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54Grado.com : Hoy es viernes 24 de julio del 2026. Faltan 160 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1064 Fernando I de León sitia y ocupa la ciudad portuguesa de Coímbra. 1149 Conrado III y sus tropas son vencidas en Jerusalén por las fuerzas de Zengi. 1177 la paz suscrita en Venecia libera a Federico I Barbarroja de la excomunión y pone fin al Cisma eclesiástico. 1557 en Francia se proclama el edicto de Compiègne, por el que se condena a la pena de muerte a los sacramentalistas o relapsos. 1701 en Estados Unidos los franceses fundan Fort Ponchartrain (actual Detroit). 1823 Chile declara la abolición de la esclavitud. Se convierte en el segundo país de América que libera a los esclavos. 1823 en Venezuela se lleva a cabo la Batalla naval del Lago de Maracaibo, en la cual el Almirante José Prudencio Padilla, derrotó a la Armada Española, dando así un paso importante para la independencia de la Gran Colombia. 1895 una nueva expedición de militares cubanos desembarca en la costa meridional de Sancti Spíritus y difunde la sublevación. 1896 se inaugura en Argentina el Hospital Pirovano. 1908 el sultán de Turquía restablece la Constitución de 1876, lo que supone un triunfo del partido reformista Joven Turquía. 1928 China adopta el sistema métrico decimal. 1928 en el Polo Norte, un avión suizo rescata al general Nóbile. 1928 finaliza oficialmente el movimiento del general Augusto César Sandino contra la intervención estadounidense en Nicaragua, aunque la lucha guerrillera no termina. 1929 en París dimite el primer ministro Raymond Poincaré, por motivos de salud y le sustituye Aristide Briand. 1930 en el área de Treviso-Údine (Italia), un violentísimo tornado F5 devasta 80 km. Mueren 23 personas. 1933 en España se publica la sentencia contra los procesados por el intento golpista del 10 de agosto de 1932, conocido como "la Sanjurjada", con penas que oscilan entre 22 años de prisión mayor y 3 de reclusión menor. Hubo muchas absoluciones. 1936 la Junta de Defensa Nacional dispone que Franco asuma el mando del Ejército de Marruecos y del Sur de España, y Emilio Mola, el del Ejército del Norte. 1936 Onésimo Redondo, jefe de la Falange castellana, perece en el frente de Labajos (Segovia). 1999 se emite oficialmente por pirimera vez la serie de dibujos animados estadounidense, Bob Esponja, por Nickelodeon. 2001 una activista de la banda terrorista ETA muere en Alicante al estallar el artefacto explosivo que manipulaba en un apartamento de la localidad costera de Torrevieja. 2002 en Nepal, los monzones causan un centenar de muertos en los últimos cuatro días. 2003 el nadador estadounidense Michael Phelps pulveriza la plusmarca mundial de los 200 m estilo (1m 57,52s), mientras el japonés Kosure Kitajima establece un nuevo récord mundial en los 200 braza (2m 9,42s) en los Campeonatos del mundo de Natación de Barcelona. 2003 la resistencia iraquí mata a tres soldados estadounidenses en respuesta al asesinato de los hijos de Sadam Husein. 2005 en La Coruña se inaugura una exposición con los fondos cartográficos de la Hispanic Society of America. 2013 En Angrois, un barrio de las afueras de Santiago de Compostela, España, un accidente del tren Alvia que viajaba con 218 pasajeros descarrila a la altura de la curva llamada A Grandeira dejando 78 muertos y 131 heridos.

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miércoles, 16 de marzo de 2022

El Constitucional elimina barreras para desalojar a inquilinos que no pagan

Wanda Méndez
Santo Domingo, RD

El Tribunal Constitucional ha ido allanando el cami­no a los dueños de inmue­bles para que puedan de­mandar el desalojo de los inquilinos cuando estos se niegan a entregarlos, pro­tegiendo con ello su dere­cho de propiedad, que es­tablece el artículo 51 de la Carta Magna.

En al menos dos senten­cias, el constitucional ha anulado trabas que impe­dían que los dueños pudie­ran accionar judicialmen­te ante ciertas situaciones, con posibilidad de tener éxito en la demanda.

En el 2021, el TC anuló el artículo 8 de la ley 4314, que exigía la presentación de un recibo o una certifi­cación del Banco Agríco­la del depósito que pagan los inquilinos, para poder demandar la modificación del contrato de alquiler, el desalojo o el cumplimien­to de alguna obligación. Esa ley fue promulgada en octubre del año 1955.

El TC consideró que cuando los propietarios de inmuebles incumplen la obligación que le impo­ne ese texto legal, están impedidos de ejercer las acciones administrativas y judiciales relacionadas con la protección del dere­cho de propiedad.

“La prohibición prevista en el artículo 8 de la refe­rida Ley núm. 4314 se tra­duce en una restricción del derecho acceso a la justi­cia, al impedir al propie­tario ejercer directamen­te las acciones nacidas del contrato de inquilinato cuando este no pruebe ha­ber satisfecho el mandato del legislador”, argumentó la alta corte en la sentencia TC-208-21, emitida el 19 de julio de 2019.

Anteriormente, en el 2014, anuló el artícu­lo 3 del decreto 4807 so­bre control de alquileres, emitido el 16 de mayo de 1959, que también im­ponía una serie de condi­ciones al propietario de un inmueble para poder des­alojar a un inquilino.

Ese texto del decreto 4807 también había sido anulado por la Suprema Corte de Justicia (SCJ), pe­ro por vía difusa, median­te fallo del 3 de diciembre del 2008, según precisa el TC en la sentencia TC-208-21. “Este tribunal conside­ra, al igual que lo consideró la Cámara Civil de la Supre­ma Corte de Justicia, que las restricciones al derecho de propiedad que se deri­van de la aplicación del ar­tículo 3 del Decreto núm. 4807 si bien se justificaban a finales de los años cin­cuenta del siglo pasado y durante los siguientes años, no menos cierto es que en la actualidad resultan injus­tificables”, señaló el Consti­tucional en la sentencia TC-174-14, emitida el 11 de agosto de 2014.

En criterio de los jueces del TC, “lo que demanda la realidad actual es una política inversa, orientada a fortalecer el derecho de propiedad, con la finalidad de incentivar la inversión de capitales en viviendas que luego de construidas podrán ser alquiladas o vendidas”.

Proceso judicial
Los procesos judiciales re­sultan largos y costosos, por lo que muchos propietarios evitan usar la vía judicial para lograr que el inquili­no desocupe la vivienda. En ocasiones, suelen facilitar­les dinero para que se mu­den, pues algunos alegan que no tienen para pagar los depósitos que se exigen.

Y además, mientras ob­tienen un sentencia que or­dena el desalojo, los inquili­nos suelen no pagar.

SEPA MÁS
Caso de Constanza

Listín Diario publicó ayer el caso de la seño­ra Altagracia Morales, de Constanza, quien de­mandó el desalojo de un inquilino en diciembre de 2020 y todavía no ha podido lograr que le des­ocupe el inmueble.

El caso está en fase de apelación. Si en esta eta­pa se ratifica la senten­cia del juzgado de paz que ordenó el desalojo, puede ser recurrida a la Suprema, por lo que la propietaria tendrá que esperar más tiempo pa­ra obtener una senten­cia definitiva, con la cual tendrá derecho a sacar al inquilino por la fuerza.

En casi 5 años de alqui­ler, solo recibió el dinero de los primeros 8 meses.

 

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