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54Grado.com : Hoy es jueves 5 de marzo del 2026 . Faltan 302 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1849. El general haitiano Faustino Souluque a la cabeza de 18,000 hombres se dirige por Mirebelais hacia la frontera, mientras que otro ejército salido del norte al mando del general Bidó, penetra por Hincha al territorio dominicano. 1878. El abogado Cesareo Contreras es posesionado como presidente provisional de la República, en sustitución de Ignacio Ma. González. 1863. El general José Hungría, al frente de tropas españolas, derrota a las fuerzas dominicanas al mando del general Antonio Batista en Sabaneta. 1974. El candidato presidencial del Acuerdo de Santiago, Antonio Guzmán Fernández, es arrestado en Elías Piña, por el mayor de la Policía Nacional, Benjamín Cuello Robles, acusado de tráfico de armas de fuego en la zona fronteriza. 2002. Circula por primera vez en el país el diario gratuito El Día, bajo la dirección del periodista y abogado Rafael Molina Morillo. 2005. El juez del Tercer Juzgado de Instrucción de la provincia Santo Domingo, William Encarnación, dispone la prisión de fray Meregildo Díaz y Díaz, quien era investigado con relación al asesinato de los esposos Joel Alexander Díaz Sarmiento y Yaniris Sánchez Ruiz. 2009. Un tribunal condena a 10 años de prisión al banquero Pedro Castillo, por alegadas irregularidades durante el tiempo que se desempeñó como presidente del Consejo de Directores del Banco del Progreso. 2012. Fallece de un paro cardíaco a la edad de 75 años, el locutor, productor de TV y ex alcalde del Distrito Nacional, Rafael Corporán de los Santos, quien dos días antes de ser homenajeado. 2015. El ministerio de Relaciones Exteriores, dispone la suspensión de los servicios que ofrecen los cuatro consulados en Haití, debido a las agresiones de que han sido objeto las legaciones diplomáticas por grupos haitianos, en protestan por supuestos maltratos a sus compatriotas en territorio dominicano. -Al menos 10 partidos políticos agrupados en el denominado Bloque Progresista, ofrecen su respaldo moral al ex presidente Leonel Fernández, frente a las acusaciones en su contra hechas por el narcotraficante Quirino Paulino Castillo, quien le reclama una supuesta deuda de RD$200 millones aportados para la campaña electoral del 2004. 2024. La Junta de Aviación Civil (JAC) anuncia la suspensión "con efecto inmediato" de las operaciones aéreas de pasajeros y carga desde y hacia Haití, debido al deterioro de la situación en el país vecino, sumergido en una crisis agravada desde la semana pasada. 2025. El presidente del Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), Celso Juan Marranzini, advierte sobre el impacto que podrían tener las iniciativas legislativas y decisiones tributarias tomadas sin el debido consenso con los sectores productivos, los los que podrían afectar la confianza del sector privado, las inversiones y la generación de empleo. Internacionales: 254. Muere en Roma, el Papa Lucio I, quien se caracterizó por prohibir la cohabitación entre hombres y mujeres que no fuesen consanguíneos e impuso a los eclesiásticos no convivir con las diaconisas que le daban hospitalidad por sentimientos caritativos. 1496: El rey Enrique III de Inglaterra encomienda a John y Sebastián Cabot el descubrimiento de nuevas tierras. 1933 En Alemania, Adolfo Hitler gana las elecciones parlamentarias, pero no consigue la mayoría absoluta en el Parlamento. 1946. Sir Winston Churchill advierte sobre el peligro de la expansión comunista y se refiere a la "Cortina de Hierro" que divide a Europa, iniciándose así la llamada "Guerra Fría". 1953 Muere el dictador soviético José Stalin. 1966. En Brasil, las autoridades revela un descomunal robo de materiales nucleares 2001. En Santee (California), un joven de 15 años mata a dos alumnos y hiere a otras 13 personas en su liceo. 2008. La Organización de Estados Americanos (OEA) condena a Colombia por violar la soberanía e integridad territorial de Ecuador en la incursión sobre una base de las FARC. 2013. Fallece en el hospital militar de Caracas, Venezuela, a la edad de 58 años, el presidente Hugo Chávez, víctima de un sarcoma o cáncer pélvico. 2014. El presidente venezolano Nicolás Maduro, anuncia la ruptura de relaciones diplomáticas y políticas con Panamá, como respuesta a la solicitud de esta última de convocar una sesión extraordinaria de la OEA para analizar la situación venezolana. 2015. El ex presidente del Supremo panameño, Alejandro Moncada Luna se convierte en el primer magistrado de ese organismo que es condenado por delitos de corrupción y enviado a una cárcel. -North Bonneville, del estado de Washington, se convierte en el primer pueblo estadounidense que inaugura una tienda para la venta de marihuana, propiedad de la Alcaldía, una iniciativa pensada para fomentar el turismo. 2018. Unos 3,000 diputados chinos aplauden calurosamente la reforma que ofrece a Xi Jinping, un mandato ilimitado, con el objetivo de transformar al gigante asiático en superpotencia mundial. -En Nigeria, un brote sin precedentes de fiebre de Lassa, enfermedad mortal que posee un alto potencial epidémico que se manifiesta en forma de hemorragia viral aguda, actualmente sin cura que se produce por contacto con la orina o las heces de roedores de la especie Mastomys natalensis, causa estragos esta nación Africana. 2019. El presidente Comité Judicial de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, Jerrod Nadler, pide a 60 personas relacionadas con el presidente Donald Trump, documentos sobre su supuesta obstrucción a la Justicia, corrupción y abuso de poder. - La Iglesia Católica admite que 101 sacerdotes han sido llevados a proceso por delitos sexuales desde el año 2010 en México, sin informar su estatus ni resultado de las acusaciones ante las autoridades civiles. 2021. El Gobierno venezolano anuncia la emisión de un nuevo cono monetario con la incorporación de tres nuevos billetes de 200,000, 500,000 y un millón de bolívares, teniendo este último un valor de 50 centavos de dólar. 2023. El gobierno de Nicaragua declara ilegal el Consejo Superior de la Empresa Privada y las 19 cámaras que lo integran, alegando incumplimiento en la actualización de sus permisos para trabajar, cuyos máximos directivos fueron encarcelados en 2021 y deportados en febrero de este año. 2024. Después de varios días en paradero desconocido, el primer ministro, Ariel Henry, llega a San Juan de Puerto Rico procedente de Estados Unidos, país al que había ido tras su estadía en Kenia, mientras el jefe de las bandas armadas Jimmy Chérizier, alias (Barbecue), asegura que si no dimite, el país se encamina a un "genocidio". - Israel y Hamás acuerdan los "puntos básicos" para alcanzar una tregua de 40 días, entre los que se incluye el canje de 40 rehenes israelíes por 404 presos palestinos en cárceles israelíes. - "El conflicto en Ucrania es bueno para la industria y la economía de EE.UU.", proclamó el secretario de Defensa, Lloyd Austin, durante una reunión del Consejo de Competencia de la Casa Blanca, en la que también participa el presidente Joe Biden. 2025. El presidente de Panamá, José Raúl Mulino, afirma que su homólogo de Estados Unidos, Donald Trump, "nuevamente miente" al afirmar que el Canal de Panamá está "en proceso de recuperación" por parte del Gobierno estadounidense. - La provincia de Ontario suspende un contrato de 100 millones de dólares con el servicio de internet por satélite Starlink, propiedad del empresario Elon Musk, en represalia por los aranceles impuestos por EE.UU. contra Canadá.

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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