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54Grado.com : Hoy es jueves 9 de julio del 2026 Faltan 175 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1809. Con la entrega del Castillo de San Gerónimo, el baluarte de la Puerta del Conde y otras plazas a los líderes criollos encabezados por Juan Sánchez Ramírez, los franceses abandonan Santo Domingo y se restablece el dominio español sobre la parte occidental de la isla. Este período es conocido como "España Boba". 1822. Vicente Celestino Duarte y Díez –hermano del Padre de la Patria, Juan Pablo- contrajo matrimonio en Santo Domingo, con la señorita María Trinidad Villeta y Ponce de León. 1843. En conocimiento de que el movimiento independentista había sufrido dilaciones frente a la inminente llegada del general Charles Rivier, con intenciones de detener a sus principales dirigentes, Juan Pablo Duarte se refugió en la casa de José Ginebra, situada en La Atarazana. 1844. El Padre de la Patria Juan Pablo Duarte es recibido en Puerto Plata con varias expresiones de adhesión al movimiento iniciado en Santo Domingo días antes, el cual lo había proclamado Presidente de la República. 1856. Con el decreto 435, Manuel de Regla Mota nombra al general Lorenzo Santamaría secretario de Guerra y Marina y a Miguel Lavastida y Fernández encargado del despacho de Relaciones Exteriores. 1865. El general José de la Gándara y Navarro reduce a prisión un grupo de dominicanos y dominicanas de prestancia, a los que se lleva como rehenes al abandonar la ciudad de Santo Domingo a bordo del vapor Vasco Núñez de Balboa "como garantía de los prisioneros españoles que habían hecho los soldados de la restauración. 1894. Falleció el médico Pedro Antonio Delgado, quien prestó valiosos servicios a la ciudadanía durante las epidemias que azotaron al país. 1959. El embajador dominicano en Ecuador, Homero Hernández Almánzar, renuncia a su cargo en una comunicación enviada al presidente Héctor Trujillo, en protesta por la masacre perpetrada contra los expedicionarios de Constanza, Maimón y Estero Hondo. 1961. Unos 300 estudiantes universitarios se reúnen en la capital para demandar del gobierno la autonomía de la Universidad de Santo Domingo, siendo esta la primera actividad en procura de ese propósito. - Queda constituido formalmente el partido político "14 de Junio". 1965. El bando constitucionalista presidido por Francisco Alberto Caamaño comunica el comité Ad Hoc de la OEA su no objeción a un gobierno provisional presidido por Héctor García Godoy y Eduardo Read Barreras. 2004. La comisión del Senado de Estados Unidos sobre los servicios de inteligencia afirma que eran "erróneas" las afirmaciones del Gobierno acerca de la existencia de armas de destrucción masiva en Irak, como motivo para la invasión de ese país, pero absuelve a la Casa Blanca. 2014. La República Dominicana y Haití reanudan el diálogo bilateral de alto nivel que busca llegar a acuerdos en temas de interés común, como la migración y la seguridad, luego de ser aplazado varias veces en mayo. 2015. Una misión de la Organización de Estados Americanos (OEA) constata en la frontera la situación migratoria generada por el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros, acción que repetirá en el lado haitiano. 2018. La Justicia de Panamá condena a 50 años de prisión a los dominicanos Gilberto Ventura Ceballos y Alcibíades Méndez por el homicidio y secuestro de cinco jóvenes panameños de raíces asiáticas, un caso registrado entre 2010 y 2011 y que conmocionó al país centroamericano. 2020. La República Dominicana se convierte en el principal exportador de banano y cacao orgánico a la Unión Europea, con 324 mil toneladas exportadas en 2019, según un informe de la Comisión Europea sobre la importación de productos orgánicos provenientes de terceros países. 2022. Conforme a un documento del gubernamental Banco de Reservas, la entidad se convierte en la primera entidad dominicana que alcanza un activo ascendente a RD$1,012.1 billones, equivalentes a un "trillón" de pesos. Internacionales 1762. En Rusia, Catalina II asume el cargo de emperatriz como sucesora de su marido Pedro III, asesinado en un complot. 1789. Francia: la Asamblea Nacional se declara Asamblea Constituyente. 1816. El Soberano Congreso, bajo la presidencia de Narciso Laprida, declara en Tucumán la Independencia de las Provincias Unidas en Sudamérica (actuales Argentina, Bolivia, Paraguay, Uruguay, Santa Catarina y Río Grande del Sur de Brasil). 1821. El libertador y general argentino José de San Martín, al mando de su ejército, entra en Lima, la capital de Perú. 1930. Nace en la ciudad de San Pedro de Macorís, el empresario Mario Lama Handal, hijo del matrimonio del comerciante Pedro J. Lama y doña Afife Handal de Lama. 1854. Barcos estadounidenses inician el bombardean y destruyen la costa atlántica de Nicaragua, para vengarse de un insulto proferido contra el Embajador estadounidense 1859. Se firma en Madrid un tratado mediante el cual España reconoce a Argentina como nación "libre, soberana e independiente". 1960. El presidente de los Estados Unidos, Dewigt D. Eisenhower, proclama que no tolerará jamás el establecimiento en el hemisferio americano de un régimen "dominado por el comunismo internacional". -La Unión Soviética, a través de su presidente Nikita Jruschov, amenazó con atacar con misiles a EE UU, en caso que ese país decidiera intervenir en Cuba. 1961. En Turquía, un referéndum aprueba la nueva Constitución, reforzando los poderes del presidente de la república, en detrimento del Parlamento, y en Atenas es firmado el acuerdo de asociación de Grecia a la Comunidad Económica Europea. 1981. El dirigente guerrillero nicaragüense Edén Pastora renuncia a sus cargos y vuelve a la lucha, esta vez contra sus antiguos compañeros del FSLN, a quienes acusa de haber instaurado una dictadura comunista. 1982. Un avión 727 de Pan Amercian se estrella en una zona residencial de New Orleáns, causando la muerte de 149 personas. 1998.- El presidente electo Andrés Pastrana celebra una primera reunión con el jefe y fundador de las FARC, Pedro Antonio Marín, "Tirofijo". 1994. Kim Jong II, hijo del fallecido presidente Kim il-Sung, se proclama nuevo jefe de Estado de Corea del Norte. 2005. La Policía italiana informa la detención de 142 personas en dos días de redadas antiterroristas en Milán, Roma, como consecuencia de los ataques terroristas de Londres. 2006. Ciento cincuenta personas mueren al estrellarse un avión A-310 con 200 pasajeros a bordo contra un edificio durante la maniobra de aterrizaje en el aeropuerto de la ciudad rusa de Irkutsk (Siberia). 2011. Es asesinado en Guatemala el cantautor argentino Facundo Cabral, durante un ataque a tiros al vehículo en el que viajaba rumbo al aeropuerto de esa nación centroamericana, atribuido a un grupo de sicarios. 2012. En Rusia, alrededor de 200 personas pierden la vida debido a las inundaciones sin precedentes registradas en el sur del país, en el litoral del Mar Negro. 2015. El presidente boliviano, Evo Morales, le regala al papa Francisco una réplica del crucifijo del periodista, cineasta y sacerdote marxista Luis Espinal (1932-1980), asesinado en La Paz (el día anterior, el papa había orado en el sitio donde fue hallado el cadáver del jesuita). -El ex dirigente de la FIFA, el estadounidense Chuck Blazer, es suspendido de por vida de todas las actividades relacionadas con el fútbol profesional por su implicación en los escándalos de corrupción. 2018. El presidente de EE.UU., Donald Trump, nombró al juez conservador Brett Kavanaugh para cubrir la vacante del magistrado del Tribunal Supremo, tras el anuncio de jubilación del derechista moderado Anthony Kennedy. -La Conferencia Episcopal de Nicaragua, mediadora y testigo del diálogo nacional, suspende las mesas de trabajo creadas para superar la crisis que vive ese país debido a la agresión física que sufrieron los obispos en la basílica de San Sebastián, en la ciudad de Diriamba. 2019. Muere en Buenos Aires a la edad de 81 años, el ex presidente argentino (1999-2001) Fernando de la Rúa, quien logró vencer al peronismo en 1999, asumiendo la presidencia el 10 de diciembre de ese año. 2020. El diario estadounidense The New York Times revela que funcionarios federales y expertos estudian la posibilidad de que los hispanos y afroamericanos sean quiénes reciban las primeras dosis de una vacuna eficaz contra el coronavirus que pudiera estar lista a fin de año. - La Corte Suprema de los Estados Unidos determina que el fiscal de Nueva York, Cyrus Vance Jr., tiene derecho a ver los registros financieros privados y comerciales del presidente Donald Trump, lo que representan una derrota para el mandatario, quien había luchado para mantenerlos ocultos. 2021. El gobierno haitiano solicita a Estados Unidos y la ONU, el envío de tropas para proteger sus puertos, aeropuertos y otros sitios estratégicos, tras el asesinato del presidente Jovenel Moise, dijo el viernes un ministro del gobierno haitiano. 2024. Tras casi dos meses de investigación, la Fiscalía de Nueva York concluye que el ex presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado, el demócrata Robert 'Bob' Menéndez, puso su poder en venta, participando en un "caso clásico de corrupción a gran escala". -Al menos 680 reclusos perdieron la vida en cárceles del Ecuador durante el período 2018-2023, según revela un informe presentado el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH), el Comité de Familiares por Justicia en Cárceles y la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), enviado al Comité contra la Tortura (CAT, por sus siglas en inglés) de las Naciones Unidas.

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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