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Efemérides

54Grado.com : Hoy es martes 14 de octubre del 2025 . Faltan 78 días para el año 2026. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1880. El secretario de Interior y Policía, Ulises Hereaux, es enviado a Puerto Príncipe para suscribir un acuerdo de buena voluntad entre la República Dominicana y Haití. 1946. Un incendio destruye en su casi totalidad la ciudad de Samaná. 1963. El depuesto presidente de la República, profesor Juan Bosch, pide desde Puerto Rico a los organismos internacionales y a los dominicanos que se reconozca el gobierno encabezado por el presidente del Senado, Juan Casanovas Garrido. 1971. El general Ney Rafael Nivar Seijas es nombrado Jefe de la Policía Nacional, disponiendo el apresamiento de los integrantes del grupo parapolicial La Banda Colorá, creada durante la gestión de su predecesor, general Enrique Pérez y Pérez 1992. El presidente Joaquín Balaguer despide al Papa Juan Pablo II, luego de su breve visita al país para participar en la celebración de los 500 años del Descubrimiento de América. 1993. El líder del PRD, José Francisco Peña Gómez responsabilizó al Presidente Balaguer "de la canallesca" campaña en su contra, que lo promueve como el unificador del país con Haití, si ganaba las elecciones de 1994. 2010. Muere a la edad de 62 años de un cáncer de próstata, el ex secretario Administrativo de la Presidencia (1982-1986), Rafael Flores Estrella. 2012. Tras varios años de demandarlo, el Consejo Nacional de Educación aprueba el Presupuesto de 2013 del Ministerio de Educación por un monto de RD$ 99, 648 millones, equivalente al 4% del Producto Interno Bruto. 2014. El Libro de los récords Guinness coloca a la República Dominicana como el país más peligroso para circular por carretera. 2019. El expresidente Leonel Fernández proclama que cuando en los países se obstaculiza el acceso al poder por la vía democrática el único camino que queda es la revolución, como reacción ante la imposibilidad de hacer valer sus alegatos de fraude en su contra en las primarias internas del partido que preside, el PLD. 2020. De manera inesperada, el dirigente y presidente del izquierdista partido Frente Amplio, Fidel Santana, anuncia su renuncia como militante y dirigente de esa organización política, la que afirma había acordado desde el pasado mes de marzo. 2021. El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a ocho y cinco años de prisión al empresario Ángel Rondón y al exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa, imputados en el caso Odebrecht, al ser hallados culpables lavado de activos y el pago de sobornos, al primero. Mientras a Conrado Pittaluga, Tommy Galán, Andrés Bautista García y Roberto Rodríguez, los otros acusados se les absolvió de toda responsabilidad penal. Internacionales: 680. El usurpador Ervigio traiciona al rey visigodo Wamba. 1066. Se libra la batalla de Hastings, Guillermo el Conquistador es el último guerrero que invadirá con éxito Inglaterra, quien se convierte en rey dos meses después, el 25 de diciembre de ese mismo año. 1492. El Almirante Cristóbal Colón describe la impresión que denotaban los habitantes de la isla Guanahaní, la que bautizó como San Salvador, señalando que "venían todos a la playa llamándonos y dando gracias a Dios. Unos nos traían agua; otros, cosas de comer y otros más se echaban a la mar nadando y venían a las naos, y entendíamos que nos preguntaban si éramos venidos del cielo". 1503. Nace el matemático y astrólogo francés Michel de Notre Dame. 1656. El estado de Massachusetts, en manos de los puritanos, presenta la primera legislación punitiva contra la Sociedad Religiosa de los Amigos (cuáqueros) considerándolos apóstatas y políticamente subversivos. 1774. Se produce la primera declaración de los derechos coloniales en América. 1805. Las tropas francesas entran en Viena. 1809. Por el tratado de Schonbrunn Napoleón se anexa vastas regiones del Imperio Austríaco. 1813. El Ayuntamiento de Caracas proclamado a Simón Bolívar general de los Ejércitos, el título de "Libertador". 1890. Nace Dwight D. Eisenhower, 34to presidente de los EEUU (1953-1961). 1920. En Italia, los fascistas incendian periódicos socialistas. 1947. Es estrenado el avión Bell X, primera aeronave tripulada más rápida que el sonido. 1962. Un avión espía norteamericano U-2 descubre misiles soviéticos en Cuba, iniciándose así la llamada "Crisis de los Misiles". 1964. El Primer Ministro de la Unión Soviética, Nikita Kruschev, es destituido por el Comité Central del Partido Comunista, lo que fue atribuido a la retirada de Cuba de los Misiles instalados en esa isla. 1978. Tras la repentina muerte del papa Juan Pablo I, cuya elección se había producido 33 días antes, los cardenales eligen a Juan Pablo I, a su colega Karol Wojtyla, quien asume el nombre de Juan Pablo II. 1992. En Colombia es muerto por el Ejército el comandante de las FARC, Rigoberto Lozada Perdomo alias "Joselo", uno de los fundadores de la organización. Cae durante una requisa en Bogotá. 1998. El Gobierno colombiano inicia conversaciones de paz con las FARC, reconociéndoles un estatuto político, y retirando el Ejército de una vasta zona selvática en los departamentos de Caquetá y Meta. 2002. Carlos Arturo Marulanda exembajador de Colombia ante la UE es extraditado por España bajo los cargos de terrorismo y formación de grupos paramilitares. 2005. Tras renunciar al asilo concedido por Colombia, el ex presidente Lucio Gutiérrez regresa a Ecuador, donde es detenido y encarcelado por "atentar contra la seguridad del Estado". 2006. El Consejo de Seguridad de la ONU aprueba sanciones comerciales y armamentísticas a Corea de Norte por realizar su primera prueba atómica, pero excluye la opción militar. 2012. El austríaco Félix Baumgartner se convierte en el primer hombre en superar la barrera del sonido sin máquina alguna a 39.000 metros de altura, en la llamada "Misión Red Bull Stratos". 2014. El Libro de los récords Guinness establece que el lugar más peligroso para circular en avión es el continente africano. 2019. Con más caminos bloqueados en todo el país, Haití inicia la quinta semana de protestas luego de que los líderes de la oposición dijeron que no cederán a su exigencia para que el presidente renuncie. - El presidente estadounidense, Donald Trump, amenaza con 'destruir' la economía de Turquía por sus operaciones militares en el norte de Siria, después de anunciar que subirá los aranceles contra el acero turco hasta el 50 % y cerrar las puertas a un posible acuerdo comercial entre ambos países. 2020. El presidente Vladímir Putin, anuncia el registro de la segunda vacuna rusa contra el coronavirus, la que identifica como EpiVacCorona, fabricada por el centro científico estatal de virología y biotecnología Véktor de Novosibirsk. 2021. El gobierno chino anuncia los preparativos para realizar el lanzamiento de la misión espacial más larga en su historia, en la que participarán tres taikonautas, los que estarán durante seis meses en la estación del país asiático. - El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), revela la existencia de un acuerdo con el Gobierno de Cuba, para adquirir la vacuna contra la Covid-19 Abdala, desarrollada por el ministerio de Salud cubano. 2024. Las empresas en Estados Unidos se preparan para más turbulencias económicas a medida que la campaña rumbo a la Casa Blanca entra en su recta final, con la aplicación de nuevos aranceles y promesas de aumentarlos, las que van desde aplazar inversiones a considerar mudarse al extranjero. - El Estado Mayor General del Ejército norcoreano anuncia haber ordenado a sus unidades de artillería desplegadas junto a la frontera con el Sur, abrir fuego si detecta nuevos drones procedentes del país vecino.

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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