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54Grado.com : Hoy es miércoles 19 de noviembre del 2025 . Faltan 42 días para el año 2026. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1795. El gobernador Joaquín García Moreno rechaza pedimento héchole por el General Francés Esteban Laveaux, invocando el Tratado de Basilea, expresando el mandatario necesitar la presentación de poderes de la Convención Nacional de Francia. 1911. El presidente Ramón Cáceres, es muerto a tiros en el sector de Guiria, de Santo Domingo, acción atribuida a un grupo de opositores encabezados por el General Luis Tejera. 1913. Nace en Cabo Haitiano Francisco Bosch Gaviño, hermano del ex presidente Juan Bosch Gaviño. 1914. Nace en Santo Domingo Isabel Aguiar García, quien se casó con Juan Bosch en 1949. 1930. Muere enfrentando tropas regulares Príamo Bencosme, luego de sublevarse contra el recién instalado régimen del general Rafael Trujillo. 1960. Se suicida en Barquisimeto, Venezuela, el exiliado político y ex general dominicano Juan Rodríguez García. 1961. El Presidente Joaquín Balaguer se reúne con los hermanos Héctor Bienvenido y José Arismendy Trujillo, el general Pedro R. Rodríguez Echavarría y el representante de EEUU en el país, John Calvin Hill, para tratar el tema de la salida de territorio dominicano de la familia Trujillo. 1962. Un movimiento militar iniciado en Santiago por el coronel Pedro Rafael Rodríguez Echavarría proclama su respaldo al gobierno encabezado por el doctor Joaquín Balaguer. 1966. Inicia sus labores docentes la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (UNPHU) en un edificio que el gobierno le cede luego a la Fundación Universitaria Dominicana. 2005. El nuncio apostólico acreditado en el país, monseñor Timothy Broglio, considera que la disolución del Estado haitiano no debe recaer sobre la República Dominicana, sino en la comunidad internacional, "que se lava las manos como Poncio Pilatos". 1910. La jueza del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Clarivel Nivar Arias, envía a juicio de fondo a Sobeida Felix Morel, Mary Elvira Peláez Frappier, Sammy Dauhajre, Juan José Fernández Ibarra e Ivanovich Smester Ginebra implicados en el caso del boricua José David David Figueroa Agosto, por lavado de activos provenientes del narcotráfico. -Los restos del humorista y comunicador Freddy Beras Goico reciben una intensa muestra de amor y respeto, cuando miles de personas de todos los estratos sociales del país le dan el último adiós a su figura. 2011. Cientos de personas asisten al entierro de la joven dominicana Avellaneda Núñez, residente en la localidad de Collado Villalba (afueras de Madrid) y cuyo cadáver fue localizado tras cinco días de desaparecida. 2020. El principal imputado por los US$92 millones de los sobornos entregados por la constructora brasileña Odebrecht, Ángel Rondón, revela que en 2017, el ex procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, le propuso un acuerdo para acusar a "dos o tres" del entonces opositor Partido de Revolucionario Moderno (PRM). 2022. La Embajada de Estados Unidos en la República Dominicana alerta a los ciudadanos estadounidenses de piel oscura, tras recibir reportes de haber sido "retrasados, detenidos o sujetos a un mayor interrogatorio" en los puertos de entrada y en otros encuentros con funcionarios de inmigración "basados en su color de piel". 2023- Las secuelas de las constantes y fuertes lluvias que se registran desde las últimas 72 horas provocan la muerte de al menos 21 personas, (ocho tras colapsar una pared en el paso a desnivel de la avenida 27 de Febrero con Máximo Gómez, 10 en Santo Domingo Oeste), entre otras. 2024. El presidente Luis Abinader encabeza los actos de recibimiento del primer ministro de la República Socialista de Vietnam, Pham Minh Chinh, quien permanece durante tres días en el territorio nacional, con el propósito de estrechar los vínculos bilaterales y realizar acercamientos con el sector empresarial, entre otros aspectos. -La Policía española, con la portuguesa y la EUROPOL, desarticula una organización criminal que pretendía introducir toneladas de cocaína en Europa desde Colombia, Perú o República Dominicana por vía aérea y marítima, en cuya acción fueron arrestadas a 25 personas. Internacionales: 1423. La flota de Alfonso V de Aragón saquea la ciudad de Marsella. 1493. En su segundo viaje al Nuevo Mundo, el Almirante Cristóbal Colón descubre la isla de Puerto Rico. 1600. nace el rey Carlos I de Inglaterra, que luego fuera ejecutado por el Parlamento. 1803. En Haití termina el dominio francés, al entrar las tropas haitianas del general Jacques Dessalines enCap Francais. 1819. Se inaugura el Museo del Prado. 1917. Nace Indira Gandhi ex primera ministra de la India. 1946. La Organización de las Naciones Unidas admite como miembros activos las República de Suecia e Islandia. 1951. El Reino Unido usa por primera vez un reactor atómico para producir calor. 1961. Es inaugurada en Nueva Delhi, India, la III Asamblea plenaria del Consejo Ecuménico Eclesial, con la participación de 23 iglesias, entre ellas las ortodoxas rusa, búlgara, rumana y polaca, 11 africanas y por primera vez observadores de la Iglesia Católica. 1977. En India, un ciclón causa la muerte a unas 20,000 personas 1988 muere Christine Onassis, hija del magnate petrolero Aristóteles Onassis. 2002. Se hunde en España el petrolero monocasco Prestige frente a las costas de Galicia. 2005. El gobierno brasileño anuncia el envío de 150 nuevos oficiales, suboficiales y soldados del Ejército para reforzar durante seis meses la Misión de las Naciones Unidas, para la Estabilización de Haití. 2006. La cumbre de la Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC) finaliza en Hanoi sin una condena formal a Corea del Norte por su ensayo nuclear. 2008. El oncólogo español José Luis García Sabrido, quien operara a Fidel Castro en 2006, asegura que el ex-Presidente nunca tuvo cáncer, que se ha recuperado y que no vuelve al poder porque no lo desea. 2013. En Beirut (Líbano), dos suicidas musulmanes hacen explotar sendas bombas en la embajada iraní; provocando la muerte de 23 personas y 160 heridas. 2018. El máximo directivo de la alianza Renault, Nissan y Mitsubishi, Carlos Ghosn, es detenido en Tokio debido a una investigación de las autoridades japonesas por supuestas irregularidades en sus finanzas personales. - Jesús "El Rey" Zambada García, que estuvo a cargo de operaciones del cártel de Sinaloa en Ciudad México y es testigo de la Fiscalía de Nueva York contra Joaquín "El Chapo" Guzmán, detalla cómo evolucionó la relación de ese grupo con el cartel de los Zeta y cómo estalló la guerra entre ellos en 2008. 2019. La fiscal general adjunta de Suecia, Eva-Marie Persson, anuncia la decisión de su despacho de cerrar la investigación preliminar por violación contra el fundador de WikiLeaks, Julian Assange, indicando que la decisión puede ser apelada. 2020. El Senado de Estados Unidos confirma el nombramiento del diplomático James Story como nuevo embajador en Venezuela, cargo que permanecía vacante desde 2010, cuando Washington y Caracas rebajaron el nivel de sus relaciones bilaterales por orden de los entonces presidentes, Barack Obama y Hugo Chávez. - En Argentina, el candidato ultraderechista del partido La Libertad Avanza, Javier Milei, es elegido nuevo presidente, con el 55,89 % de los votos, al computarse el 91,81 % de las mesas, derrotando así al oficialista Sergio Massa, quien sumó el 44,10 % de los sufragios. -El Centro Carter informa el fallecimiento a la edad de 96 años, de la ex primera dama de EE.UU., Rosalynn Carter, a la que definió como "una apasionada defensora de la salud mental, los cuidados y los derechos de las mujeres", la que estuvo casada durante 77 años con el expresidente Jimmy Carter. 2024. El canciller Serguéi Lavrov promete que Rusia dará una respuesta acorde al disparo de misiles de largo alcance ATACMS realizado por Ucrania, al estimar que Estados Unidos está implicado en estos ataques que abren una "nueva fase" de la guerra.

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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