noticia principal

                                           

Efemérides

54Grado.com : Hoy es lunes 13 de julio del 2026 Faltan 171 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1843. Perseguido por las autoridades haitianas, el Padre de la Patria, Juan Pablo Duarte se trasladó a la casa en donde se hallaba su amigo Pedro Alejandro Pina, por considerarla más segura que la de don Luciano de Peña. -El presidente provisional haitiano, general Charles Hérard Aîné, dispone en Santo Domingo la disolución de la Municipalidad y al día siguiente impone otra, formada "por haitianos o por sus partidarios". 1865. Llega a Cuba el general dominicano Máximo Gómez, formando parte de las Reservas Dominicanas, a bordo del vapor Pizarro, en compañía de familiares. 1885. Monseñor Fernando Arturo de Meriño, quien había sido Presidente de la República entre 1880 y 1882, es consagrado como Arzobispo de Santo Domingo. 1895. Nace en Santo Domingo Antonio Mesa (El Jilguero de Quisqueya), primer dominicano en realizar grabaciones profesionales. 1961. El Congreso Nacional convierte en ley el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo, que declara ilegal la práctica de la doctrina comunista en el país. 1962. En reunión privada, los miembros del Consejo de Estado y la JCE discuten sobre las elecciones generales previstas a celebrarse el 20 de diciembre de 1962. -Disponen la congelación de todos los fondos depositados en el Banco de Créditos y Ahorros a nombre de Flor de Oro Trujillo Ledesma, primera hija del dictador Rafael Trujillo. 1963. El presidente Juan Bosch se reúne en la Base Aérea de San Isidro con la plana mayor de la oficialidad de esa unidad militar. 1966. El presidente Joaquín Balaguer disuelve la Policía Técnica Judicial, creada en el gobierno provisional de Héctor García Godoy, argumentando que el organismo tenía "carácter político". 2005. El Presidente Leonel Fernández rechaza que el país sea un "Estado fallido", como lo calificara una organización internacional. 2009. Fallece San Pedro de Macorís, a la edad de 78 años de edad, el artistas folclórico Donald Hullester Warner Henderson, mejor conocido como Linda, el guloya mayor de los Cocolos de San Pedro de Macorís, agrupación Patrimonio Mundial Intangible de la Humanidad. 2012. El ex presidente Hipólito Mejía demanda al senador Wilton Guerrero por supuesta difamación e injuria, al declarar que había sido trasladado a Sinaloa, México, por el piloto del narcotraficante Joaquín "El Chapo" Guzmán. 2018. El Instituto Dominicano de Evaluación e Investigación de la Calidad Educativa revela que solo el 2.9% de los 60,100 profesores de aulas examinados dentro de la Evaluación del Desempeño Docente 2017 pueden ser calificados de excelentes y sobresalientes, al alcanzar evaluaciones por encima de los 90 puntos. 2020. El presidente electo, Luis Abinader, ratifica al economista Héctor Valdez Albizu, como gobernador del Banco Central, quien acumula 22 años en la posición, siendo los últimos 16 de manera consecutiva. 2021. La jueza de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, Kenya Romero, dicta 18 meses de prisión preventiva en contra del ex procurador Jean Alain Rodríguez y otros tres implicados en la denominada "Operación Medusa". 2025. La Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprueba una propuesta de la República Dominicana para implementar un sistema internacional de resolución de disputas en línea para consumidores. Internacionales: 1024. Falleció el emperador Enrique II el Santo. 1592: La Corona de España nombra a Hernando Arias de Saavedra teniente de Gobernador y Justicia Mayor de la Ciudad de Asunción, siendo el primer criollo en ostentar un cargo de esa importancia en estas latitudes. 1760. Carlos III entra oficialmente en Madrid como rey de España para suceder a Fernando VI. 1793. En Francia, es asesinado el revolucionario Jean-Paul Marat. 1822. Guayaquil se incorpora a las Gran Colombia. 1854: Las tropas norteamericanas arrasaron y quemaron la ciudad de San Juan del Norte en Nicaragua. 1878: Mediante el Tratado de Berlín, Rusia, el Imperio Otomano y Austria-Hungría se reparten los Balcanes. 1936. Asesinan en Madrid al diputado José Calvo Sotelo, muerte que es considerada el detonante de la Guerra Civil Española. 1989. Por decisión de un Tribunal Militar, es fusilado en La Habana, por alta traición, el general de división Arnaldo Ochoa Sánchez, junto al coronel Antonio de la Guardia, el capitán Jorge Martínez y Amado Padrón. En su acta de defunción, las autoridades médicas que realizaron su autopsia, inscribieron como causa de muerte la de "anemia aguda". 2011. Una sala de la Corte Suprema de Justicia peruana confirma la condena a seis años de cárcel impuesta al ex presidente Alberto Fujimori por la irregular compra de medios de comunicación, soborno a congresistas y espionaje telefónico. - Bombay se ve sacudida por tres atentados con bombas, que matan a 26 personas, dejando heridas a 130. 2014. Es lanzada la cápsula "Cygnus" desde las costas de Virginia (Estados Unidos) con unos 1300 kilos de suministros, en su mayoría alimentos, con destino a la Estación Espacial Internacional alcanzándola en tres días. 2016. La señora Theresa May es elegida Primera Ministra de Reino Unido, convirtiéndose en la elegida segunda mujer que desempeña ese cargo en ese país. 2017. El expresidente peruano Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia, son condenados a 18 meses de prisión efectiva por el Caso Odebrecht. 2018. Unas 128 personas murieron y 122 resultaron heridas en un atentado suicida durante un mitin electoral en la provincia de Baluchistán, en el oeste de Pakistán. 2020. Un grupo de millonarios y multimillonarios de distintos países, llamado 'Millonarios por la humanidad', solicita a sus gobiernos que aumenten los impuestos a los más ricos "Inmediatamente. Sustancialmente y Permanentemente", para financiar programas estatales debido a la pandemia del coronavirus. 2021. El secretario de seguridad nacional de Estados Unidos, Alejandro Mayorkas, pide a cubanos y haitianos, cuyos países enfrentan crisis políticas, no arriesgar sus vidas tratando de entrar a territorio estadounidense de forma irregular desde el mar, "porque no se les permitirá la entrada". -Un centenar de personas permanecen detenidas en Cuba, mientras el internet móvil sigue cortado dos días después de las manifestaciones contra el gobierno, que obligaron al ex presidente Raúl Castro a salir de manera provisional de su retiro. 2022. El primer ministro británico, Boris Johnson, afirma en una discusión junto al jefe de la oposición laborista Keir Starmer, que se va del poder con "la frente en alto", al tiempo de reconocer que su salida fue provocada por una acumulación de escándalos ocurridos más temprano de lo que él hubiera deseado. -Delegaciones técnicas y expertos militares de Ucrania, Rusia y Turquía, acompañados por diplomáticos de la ONU, logran los primeros progresos para tratar el establecimiento de un corredor naval en el mar Negro, que permita sacar el cereal ucraniano bloqueado por la invasión iniciada en febrero. 2023. La Corte de Constitucionalidad de Guatemala deja sin efecto el dictamen legal que ordenaba la suspensión del partido político Semilla y su desaforo de la contienda electoral. decisión que abre paso a la participación de su candidato, Bernardo Arévalo, en la segunda vuelta electoral el 20 de agosto, frente a la ex primera dama Sandra Torres Casanova. -Este mismo día, el Ministerio Público (Fiscalía) allana el Tribunal Supremo Electoral, tras ordenar la suspensión de la agrupación Semilla, la que avanza a la segunda vuelta presidencial en el país de la mano de su candidato, Bernardo Arévalo. -Rusia lanza un nuevo ataque contra Kiev, por tercer día consecutivo con una decena de drones kamikaze Shahed, luego de que la OTAN finaliza su cumbre en Lituania con el compromiso de respaldar a Ucrania. 2024. En Pensilvania, el expresidente y candidato presidencial republicano Donald Trump, resultó levemente herido en un mitin político después de que el atacante, identificado como Thomas Matthew Crooks, de 20 años, le disparara varias veces, incidente que investiga el FBI. Según el periódico The Washington Post, durante el tiroteo dos personas murieron incluido el agresor.

mausan y noticia en vivo

radio

El Tiempo

                                                      

Las Caliente Noticias

                                            Flag Counter

Buscar este blog


 


 


 

lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario


Noticias 54

                             

Noticias