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54Grado.com : Hoy es viernes 12 de junio del 2026 . Faltan 202 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1830. El Presidente haitiano Jean Pierre Boyer ordena el retiro de las armas nobiliarias colocadas en los frentes de edificios públicos y privados de la ciudad de Santo Domingo. 1866. Se rinden a las autoridades en la comunidad de Jacagua los baecistas sublevados en los alrededores de Santiago y Puerto Plata. 1924. Fue firmado en Santo Domingo por Horacio Vásquez, Federico Velázquez y Francisco J. Peynado, por la parte dominicana y William Russell por Estados Unidos, el Tratado de Evacuación, mediante el cual las tropas de ocupación de los EE.UU. abandonen el territorio nacional, militarizado desde el 1916. 1935. La avenida Juan Pablo Duarte de la capital, es rebautizada con el nombre de José Trujillo Valdez, padre del dictador Rafael Trujillo Molina. 1962: Las autoridades judiciales inician el proceso contra los miembros del Servicio de Inteligencia Militar (SIM), Alfonso Cruz Valerio, Emilio Estrada Malleta, Ramón Emilio Rojas Lora y Néstor Antonio Pérez Terrero, acusados de asesinar las hermanas Minerva, Patria y María Teresa Mirabal. 1964: El Triunvirato revoca mediante el decreto Ley No. 292, la disposición que concede el fuero a la Universidad Autónoma de Santo Domingo. 1989. Su Santidad Juan Pablo II designa al Cardenal Nicolás de Jesús López Rodríguez como Consejero de la Pontificia Comisión para América Latina, por un período de cinco años. 2009. Es inaugurada el Metro de Santo Domingo, la Estación "Centro de los Héroes", como parte de los actos conmemorativos del 50 aniversario de la Gesta Patriótica de junio de 1959. 2015. La Asamblea Nacional Revisora aprueba en segunda lectura -con 181 votos a favor y 39 en contra- la modificación de la Constitución para restablecer la reelección presidencial consecutiva, lo cual le permite al actual presidente optar por otro periodo. 2017. Son conducidos desde la cárcel del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva hacia el penal Najayo Hombres, en San Cristóbal, los imputados por el caso Odebrecht que cumplirán la medida de coerción en ese presidio. 2018. La Oficina para el Control de Activos Extranjeros de los Estados Unidos informa haber congelado los bienes del senador peledeísta Félix Bautista, al que acusa de actos de corrupción relacionados con la reconstrucción de Haití tras varios desastres naturales. 2024. La empresa minera canadiense Precipitate Gold anuncia el descubrimiento de nuevos depósitos de oro en la comunidad de Pueblo Grande, provincia Sánchez Ramírez, próximo a los yacimientos de Pueblo Viejo, cuyos resultados le proporcionarán a la empresa la base para agotar una próxima fase de perforaciones en esa zona. -El Poder Ejecutivo instruye a su consultoría jurídica elaborar el borrador en el que se sustente el proyecto de ley de la reforma constitucional de la República, concentrada esencialmente en la limitación de la reelección presidencial y la independencia del Ministerio Público. Internacionales: 1665: Los ingleses rebautizan a Nueva Amsterdam con su actual nombre de New York. 1815: Napoleón inicia la campaña de Waterloo. 1822. El general Vicente Filísola entra con sus tropas a Guatemala, para someter el movimiento armado salvadoreño y se convierte en el segundo presidente guatemalteco. 1824: El Salvador promulga la primera Constitución de Centroamérica. 1865: Marcos Paz, presidente de la Confederación Argentina, asume el poder ejecutivo por ausencia de Bartolomé Mitre, quien pasa a desempeñar el cargo de general en jefe del Ejército aliado. 1898: Emilio Aguinaldo (1869-1964) declara la Independencia de Filipinas. 1954. El papa Pío XII, dispone la canonización del sacerdote Domingo Savio, cuya fiesta se celebra el 6 de mayo. 1956: El general Juan José Valle, que se sublevó contra el Gobierno provisional argentino del general Pedro Eugenio Aramburu, es fusilado tras ser capturado. 1963. Medgar Evers, un líder estadounidense de los derechos civiles, es asesinado por un racista blanco en Jackson, Mississippi. 1964. El líder del Congreso Nacional Africano, Nelson Mandela es condenado a cadena perpetua junto a otros siete compañeros, siendo enviados a cumplir la pena en la prisión de Robben Island, Sudáfrica. -En Suecia, un tribunal de Estocolmo condena a prisión perpetua al ex coronel Stig Wennerstrom, por espionaje en favor de la Unión Soviética, provocando cambios dentro del sistema defensivo de la OTAN. 1991. El Presidente Boris Yeltsin logró una rotunda victoria en las primeras elecciones presidenciales de Rusia. 2006. En Chile, los estudiantes secundarios de Chile se reintegran a sus clases, luego de protagonizar un paro que inmovilizó su enseñanza durante tres semanas. 2009. La Organización Mundial de la Salud (OMS) declara la influenza AH1N1 como la primera pandemia del siglo XXI. 2015. La Corte de Justicia francesa absuelve al ex director del Fondo Monetario Internacional (FMI), Dominique Strauss-Kahn, acusado de organizar una serie de orgías sexuales en París, Bruselas y Washington entre 2008 y 2011, cuando todavía presidía el organismo financiero internacional. 2016. En Orlando, estado de La Florida, un joven de ascendencia afgana, identificado como Omar Siddique Mateen, de 29 años abre fuego en una discoteca popular entre la comunidad gay, matando al menos a 50 personas e hiriendo a otras 53, siendo este el peor tiroteo múltiple registrado en la historia del país. 2019. Estados Unidos inaugura en Taiwán una nueva embajada de facto, en ausencia de lazos diplomáticos oficiales, que simboliza la importancia de sus relaciones bilaterales en un momento en el que tanto Washington como Taipei afrontan fuertes tensiones con China. - El cotidiano The Wall Street Journal, revela que Kim Jong-nam, hermano mayor del líder norcoreano, Kim Jong-un, asesinado en 2017 en Malasia, era informante de la Agencia Central de Inteligencia (CIA) de Estados Unidos. 2020. La Universidad Johns Hopkins reporta que Brasil se convierte en el segundo país del mundo con más muertos y contagios por coronavirus, al registrar 41,828 fallecidos y más de 828,810 casos, superando a Reino Unido en número de decesos, que alcanza 41.566. -Corea del Norte acusa al presidente de Estados Unidos, Donald Trump, de incumplir su palabra, asegurando que las "promesas vacías" hechas hace dos años en su primera cumbre con el líder norcoreano, Kim Jong Un, han frustrado la esperanza de un proceso de nuclearización. 2022. Presuntos miembros de la banda de 'Village de Dieu 5 Segond', asaltan y toman el control del Palacio de Justicia de Haití, según denuncia del fiscal general de Puerto Príncipe, Jacques la Fontant, al periódico 'Gazette Haití'. - "Occidente debe tener en cuenta los intereses de Moscú para evitar que Rusia se convierta en "un puesto de avanzada de China en Europa", opina el exsecretario de Estado estadounidense Henry Kissinger. 2024. El nuevo primer ministro de Haití, Garry Conille, y su gabinete, es instalado en un acto realizado en las instalaciones de Villa d'Accueil, Puerto Príncipe, prometiendo que se concentrará de inmediato en responder a las expectativas de la población. -Una flotilla de la Marina de Guerra de Rusia que incluye una moderna fragata y un submarino de propulsión nuclear llega a La Habana, dentro de una visita programada que ha generado gran expectación por su significación geopolítica, cuya acción es seguida de cerca por el Departamento de Defensa estadounidense. 2025. Un avión Boeing 787-8 de la línea aérea Air India, correspondiente al vuelo AI-171 que cubría la ruta Ahmedabad-Londres, se estrella un minuto después de despegar con 242 personas a bordo, solo salvándose un hombre de origen indio, identificado como Vishwash Kumar Ramesh, impactando contra una residencia médica cercana al aeropuerto, calculándose en más de 270 los muertos, incluyendo a personas en tierra.

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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