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54Grado.com : Hoy es lunes 26 de enero del 2026 . Faltan 339 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1801. Tropas al mando del general haitiano Toussaint Loverture ocupan sin resistencia la ciudad de Santo Domingo para ejecutar el tratado de Basilea, mediante el cual España cede a Francia la parte oriental de la Hispaniola, luego de vencer las pocas resistencias españolas. 1813. Nace en la ciudad de Santo Domingo el futuro Padre de la Patria, Juan Pablo Duarte Díez, hijo del ciudadano español Juan José Duarte Rodríguez y Manuela Díez 1828. Juan Pablo Duarte sale hacia los Estados Unidos de paso para Europa, en el que visita Nueva York, Inglaterra, Francia y España. 1838. Nace en Santo Domingo, Ignacio María González, quien fue el 14avo. presidente de la República en varias ocasiones y fundador del Partido Verde. 1971. Circula por primera vez en Santiago de los Caballeros, el matutino El Sol, con el patrocinio del empresario José A. Brea Peña, quien luego dispuso su traslado a la Capital. 1973. El coronel Francisco Caamaño y seis compañeros se hacen a la mar desde el puerto Louis, en la isla de Guadalupe con destina a la República Dominicana, con el propósito de luchar contra el gobierno del presidente Joaquín Balaguer. 1982. El ex presidente Joaquín Balaguer se reúne en su residencia con el Secretario General de la Organización de Estados Americanos (OEA), doctor Alejandro Orfila, con el que trata asuntos dominicanos y del hemisferio. 1990. El ex presidente Jacobo Majluta y un grupo de dirigentes del PRD, fundan el Partido Revolucionario Independiente (PRI). 1993. El líder del PRD, José Francisco Peña Gómez, anuncia su disposición de reunirse con el Presidente Joaquín Balaguer y otros líderes del país, para suscribir una concertación a fin de superar los problemas económicos, políticos y sociales del país. 2006. La Conferencia del Episcopado Dominicano advierte que el tráfico y consumo de drogas es una real amenaza para la estabilidad social del país. 2010. La Asamblea Nacional proclama la nueva Constitución de la República Dominicana, con la presencia del presidente Leonel Fernández, cuyo texto entra en vigencia inmediata, derogando la anterior, cuya última modificación se realizó en el 2002. 2012. En una solemne audiencia celebrada en el Aula Magna de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, es instalado oficialmente el Tribunal Constitucional de la República Dominicana, presidido por el abogado Milton Ray Guevara. 2016. Fallece en Santo Domingo a la edad de 86 años de edad, el director de la televisora Color Visión, Manolo Quiroz, luego de permanecer ingresado por varios días en un centro sanitario debido a su delicado estado de salud. 2019. El ministro de Relaciones Exteriores, Miguel Vargas, preside la reunión del Consejo de Seguridad de la ONU, donde plantea que en Venezuela se verifica una crisis que amenaza la estabilidad política en la región y a la que hay que buscarle una salida democrática, pacífica y de consenso. 2024. Fallece en la capital a la edad de 81 años el periodista, político y profesor universitario Pedro Gil Iturbides, quien fungió como secretario de Estado de Educación y Bellas Artes, secretario general de la Liga Municipal Dominicana y vicerrector de la Universidad Tecnológica de Santiago (UTESA). Internacionales: 1500. El navegante español Vicente Yañez Pinzón desembarca en lo que hoy es Brasil y toma posesión en nombre de los reyes de España. 1531. la ciudad de Lisboa (capital de Portugal) es sacudida por un violentísimo terremoto de magnitud 8.1 grados en la escala de Richter. Mueren al menos 30 000 personas (casi todos sus habitantes). 1788. Los británicos desembarcan en Australia con un barco de expresidiarios para colonizarla. 1827. Perú se proclama República independiente. 1887. Un ejército italiano es aniquilado en el desfiladero de Dogali, en Abisinia (actual Etiopía), por resistentes anticoloniales indígenas. 1934. Alemania y Polonia firman el Pacto de no agresión germano-polaco, con una validez de diez años. 1974. El Presidente soviético, Leonid Breznez visita La Habana, Cuba. 1984. La Asamblea Legislativa salvadoreña prorroga por seis meses un decreto de Reforma Agraria por el que se entregan tierras menores de 100 hectáreas, a los campesinos que las cultivan. 2001. Un terremoto de 7,9 grados en la escala de Richter asola el estado indio de Guyarat, causando la muerte a por lo menos 20,000 personas y lesiones a otras 200,000. 2005. La nueva secretaria de Estado norteamericana Condoleezza Rice asume sus funciones poniendo énfasis en el "programa audaz" de promoción de la libertad y la democracia lanzado por el presidente George W. Bush. 2009. El ex líder de las milicias de la República Democrática del Congo, Thomas Lubanga, se convierte en el primer reo en ser enjuiciado por la Corte Penal Internacional que tiene su sede en La Haya. 2011. En Al-Hasakah, Hasan Ali Akleh se baña en gasolina y se prendió fuego, en "una protesta contra el gobierno sirio". 2012. La policía de Nueva York confisca 12 kilos de cocaína valorados en US$ 2.0 millones enviados a la sede de Naciones Unidas, aparentemente por error, escondida en paquetes de cuadernos. 2013. El socialdemócrata Milos Zeman es elegido nuevo presidente de la República Checa, en las primeras elecciones presidenciales de la historia democrática del país. 2015. El ex mandatario cubano Fidel Castro afirma que no confía en la política de Estados Unidos ni ha intercambiado con sus representantes, aunque respalda "los pasos pertinentes" de su hermano, el presidente Raúl Castro, para buscar una solución pacífica con su histórico adversario. 2016. El presidente de los Estados Unidos, Barack Obama, prohíbe el confinamiento solitario de menores en las prisiones federales de la nación, citando el "desgarrador" caso de un adolescente que estuvo aislado dos años tras robar una mochila y luego se suicidó. 2019. El jefe negociador de paz del Ejército de Liberación Nacional (ELN) de Colombia, Israel Ramírez, alias "Pablo Beltrán", anuncia que tras la reactivación de las órdenes de captura los 10 integrantes del equipo no pedirán asilo político en Cuba, sino que volverán a sus campamentos guerrilleros. 2020. Muere a los 41 años al estrellarse en su helicóptero privado en Calabasas (Los Ángeles, EE.UU.), la leyenda del baloncesto Kobe Bryant acompañado de otras ocho personas –incluida Gianna Maria Onore, de 13 años, una de sus cuatro hijas. -El diario chino South China Morning Post anuncia que el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades desarrolla una vacuna para contrarrestar el nuevo coronavirus 19-nCoV, que ya ha dejado 56 muertos en el país asiático. 2021. El presidente de Haití, Jovenel Moise, ordena a los principales organismos de seguridad que se movilicen de cara a las protestas que previsiblemente se convocarán el 7 de febrero, día en el que, según la oposición, expira el mandato del actual jefe de Estado. 2022. En Francia, científicos de la Escuela Politécnica Federal de Lausana (EPFL) anuncian haber desarrollado un nuevo método para obtener biocarbón sólido y gas hidrógeno, dos de los combustibles más limpios y eficientes, a partir de un proceso químico fototérmico sobre residuos biológicos como cáscaras de plátano (banano) o granos de café. 2024. El expresidente de EE.UU. Donald Trump (2017-2021) es declarado culpable en ausencia, por un jurado de difamar a la escritora E. Jean Carroll, a través de comentarios externados en 2019, siendo presidente, por lo que tendrá que pagar una indemnización de US$83.3 millones. 2025. El presidente de Colombia, Gustavo Petro, cede a las exigencias de su par estadounidense Donald Trump, y acepta recibir vuelos con deportados colombianos a cambio de que Estados Unidos no le imponga al país un arancel del 25% a sus importaciones. -El miembro del buró político de Hamás, Basem Naim, asegura que los palestinos «no aceptarán ninguna propuesta o solución bajo el disfraz de la reconstrucción, como propone el presidente estadounidense Donald Trump», a raíz de las declaraciones en que el mandatario estadounidense se mostraba partidario de desplazar a los gazatíes a países árabes vecinos.

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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