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54Grado.com : Hoy es martes 20 de enero del 2026 . Faltan 345 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1503. Los Reyes Católicos ordenan la creación de la Casa de Contratación de Sevilla, destinada a depositar en la isla Hispaniola las mercancías que lleguen o salgan para América. 1962. Tropas de la Aviación Militar Dominicana matan al Procurador Fiscal de Barahona, doctor Rafael Méndez y Méndez. 1966. El hijo mayor del profesor Juan Bosch es herido de varios balazos por un militar que previamente le insultó llamándole traidor a la patria, durante un incidente escenificado en el populoso barrio Borojol, de la capital. 1983. Muere en Santo Domingo el empresario y político en ejercicio de la vicepresidencia de la República, Manuel Fernández Mármol. 2004. Es promulgada la Ley 10-04 mediante la cual se le otorga a la Cámara de Cuentas la potestad de realizar el control externo, sobre las entidades generadoras y ejecutoras del presupuesto nacional, función que también realizaba la Contraloría General de la República desde sus inicios, lo que provocaba una duplicidad de funciones. -Es creada en la ciudad de Salvaleón de Higüey, provincia La Altagracia, la Universidad Católica del Este. 2006. La Conferencia del Episcopado Dominicano aboga por un diálogo entre los gobiernos dominicano y haitiano a fin de buscar solución a los conflictos que pueden afectar las relaciones bilaterales. 2010. El depuesto presidente de Honduras, Manuel Zelaya, anuncio su disposición venir al país, como acordaron el presidente Leonel Fernández y el mandatario electo, Porfirio Lobo, quien emitirá un salvoconducto en ese sentido, tan pronto asuma el poder. 2011. El Grupo de Apoyo a Refugiados y Repatriados (GARR) de Haití pide que el exdictador Jean Claude Duvalier, "Baby Doc", sea juzgado por haber "vendido" a haitianos como braceros en República Dominicana. 2022. Fallece en esta capital, el sociólogo y político Carlos Dore Cabral, cuyo deceso se produce tras estar recluido en un centro asistencial desde hace tiempo, como consecuencia de un tumor cerebral y otras complicaciones que se agravaron por la COVID-19. Internacionales: 1486. Cristóbal Colón se presenta en Córdoba a los Reyes Católicos y entra a su servicio. 1500. El marino Vicente Yáñez Pinzón es el primer español que cruza el equinoccio sobre la costa atlántica americana hasta acceder al actual Brasil. 1783. Representantes de Francia, Inglaterra y los nuevos Estados de la Unión firman en París un tratado de paz que pone fin a la guerra de independencia norteamericana. 1936. Muere el rey Jorge V del Reino Unido, siendo sustituido por su hijo mayor como Eduardo VIII. 1839. Tropas chilenas bajo el mando de Manuel Bulnes derrotan los soldados peruanos, agrupados con el nombre de la Confederación en la batalla de Yungay. 1950. Es concertado en Moscú un tratado de amistad, por treinta años de duración, entre la URSS y China. 1952. Tropas británicas ocupan la ciudad egipcia de Ismailía, fuera de la zona reservada en el Canal de Suez. 1953. El general y político Dwight David Eisenhower es juramentado como el 34 presidente de los Estados Unidos. 1960. El embajador de España, Juan Pablo Lojendio, es expulsado de Cuba, después de su irrupción en los estudios de TV, en donde Fidel Castro explicaba al país que las embajadas de España y EE UU efectuaban movimientos contrarrevolucionarios. 1961. El Presidente John F. Kennedy se juramenta como presidente de Estados Unidos, enfocando en su discurso inaugural a temas de la Guerra Fría con la esperanza "de que ambos lados (la URSS y EEUU) inicien nuevamente la búsqueda de la paz". 1973. La policía portuguesa asesina a Amílcar Cabral, poeta y líder de la revolución de Cabo Verde y Guinea Bissau. 1980. El presidente estadounidense Jimmy Carter exige la suspensión de los Juegos Olímpicos de Moscú si la Unión Soviética no se retira de Afganistán en el plazo de cuatro semanas. 1982. Es asesinado el sacerdote dominico Carlos Morales, tenido como gran defensor de los campesinos indígenas en Guatemala. 1983. En St. Louis County, Missouri, un niño de octavo grado va a su escuela con dos armas y una nota suicida, en la que prometía matar la persona que se burlara de su hermano, hiriendo a dos alumnos, tras lo cual se suicida. 1984. El narcotraficante colombiano Pablo Escobar Gaviria anuncia su retiro de la política y las filas del movimiento de Renovación Liberal. 1993. El jefe de los militares golpistas haitianos, general Raoul Cedrás, desmiente "tajantemente", los rumores según los cuales los militares respaldaban el regreso al poder del ex Presidente Jean Bertrand Aristide. 2006. Alí Agca, el turco que le disparó al Papa Juan Pablo II en 1981, regresa a la cárcel, horas después de que un tribunal de apelaciones fallara que debía permanecer más tiempo en prisión por el homicidio de un periodista de Turquía y otros delitos. 2009. Barack Obama jura como el presidente número 44 de los Estados Unidos, convirtiéndose en el primer mandatario afroamericano que ocupa la Casa Blanca. 2010. El presidente Evo Morales emite el Decreto Supremo número 0405, mediante el cual dispone la celebración del "Día del Estado Plurinacional de Bolivia", una jornada político-patriótica sobre la plural configuración del país. 2011. La policía suiza arresta al banquero Rudolf Elmer, acusado de revelar a WikiLeaks un gran sistema de evasión fiscal que emplean los empresarios ricos y los políticos. 2012. Los gobiernos de Bolivia, Brasil y Estados Unidos firma en la capital boliviana el acuerdo trilateral "Proyecto piloto de sistema de control de la reducción de cultivos excedentarios de coca", destinado al control y reducción de cultivos de coca en el país andino. 2013. El presidente de Estados Unidos, Barack Obama, jura su segundo mandato con un discurso en el que defiende a inmigrantes y homosexuales. 2017. El magnate inmobiliario Donald Trump, tras asumir la presidencia de los EEUU, lanza su reiterada advertencia a México sobre el tema migratorio y comercial, a lo que Peña Nieto la recuerda que "la soberanía, el interés nacional y la protección de los mexicanos guiarán la relación con el nuevo gobierno de Estados Unidos". -Centenares de miles de personas en Estados Unidos salen a la calle para mostrar su rechazo al nuevo presidente. Sólo en Washington más de medio millón los manifestantes que dicen 'no' a Trump. 2018. El presidente estadounidense, Donald Trump, cumple su primer año en el poder, coincidiendo con el cierre parcial de la Administración, después de que republicanos y demócratas no logran un acuerdo en el Congreso para aprobar el presupuesto federal. Durante este período desmantela varias iniciativas de su predecesor Barak Obama. 2020. El reconocido científico chino Zhong Nanshan, confirma que el coronavirus es una enfermedad que se transmite entre humanos. -Al menos 75 presos integrantes de un grupo criminal brasileño logra fugarse de la cárcel paraguaya de Pedro Juan Caballero, atribuido a 'un error de apreciación por parte del sistema de Inteligencia', según las autoridades. 2021. El abogado y político Joseph Robinette Biden Jr., más conocido como Joe Biden, ex vicepresidente durante el período 2009-2017, es juramentado como el 46º presidente de los Estados Unidos. -Se reportan 1 723 209 casos de COVID-19 en todo el mundo. El mayor récord en 24 horas desde que inició la pandemia. 2022. El destructor de la Armada estadounidense ´USS Benfold´ "desafía" al Gobierno chino al adentrarse en las aguas en disputa del mar de China Meridional en medio de las tensiones en la zona por las reclamaciones territoriales de varios países. 2025. El empresario Donald Trump asume oficialmente su segundo mandato como el 47° presidente de Estados Unidos, tras lo cual proclamó que la decadencia de la nación había terminado, continuando su trayectoria política con un enfoque que ha generado intensos debates tanto a nivel nacional como internacional. -El Ejército de Israel anunciado la liberación de las primeras tres rehenes en manos del movimiento islamista palestino Hamás como parte de la iniciativa de intercambio de cautivos de las milicias de Gaza por prisioneros palestinos en pleno alto el fuego iniciado horas antes, identificadas como Romi Gonen, Emily Damari y Doron Steinbrecher, a cambio de 90 palestinos.

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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