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54Grado.com : Hoy es jueves 23 de octubre del 2025 . Faltan 69 días para el año 2026. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1861. Nace en Santo Domingo el poeta y crítico literario Gastón Fernando Deligne Figueroa. 1863. La Corona española nombra a Carlos de Vargas y Cerveto capitán general de Santo Domingo, quien reconquistó para España la provincia de Azua. 1883. Es habilitado para la importación el puerto de San Pedro de Macorís, que ya lo era para la exportación. 1914. Los jefes de partidos Juan Isidro Jimenes y Federico Velásquez firman un pacto para concurrir unidos a las elecciones presidenciales. 1922. Sale del país rumbo a la base naval estadounidense de Guantánamo, Cuba, el ex gobernador militar de Santo Domingo durante varios años, Contralmirante de la Armada de los Estados Unidos, S.S. Robinson. 1946. De conformidad con la Ley Orgánica No.1529, inicia sus operaciones el Banco Central dominicano. 1955. Es inaugurado en Ciudad Trujillo el Estadio Quisqueya. 1965. Una radioemisora controlada por militares seguidores del coronal Elías Wessin, llama a derrocar el gobierno provisional del presidente Héctor García-Godoy, por considerarle afín a las ideas comunista. 1967. El agregado militar en la embajada dominicana en Londres, coronel Francisco Alberto Caamaño Deñó, abandona la misión diplomática sin saberse su nuevo destino. 2011. Desconocidos se roban un avión del hangar de la empresa Grupo Puntacana, en el Aeropuerto Internacional "Dr. Joaquín Balaguer" (La Isabela). 2013. El Tribunal Constitucional emite una sentencia que niega la nacionalidad a los hijos de padres extranjeros en situación migratoria irregular o "en tránsito" que hayan nacido en el país a partir de 1929. 2023. El presidente Luis Abinader encabeza el acto del establecimiento formal del Programa Nacional de Transporte Estudiantil (TRAE), tras pasar un proceso de prueba durante 10 meses de ejecución del plan piloto, con 400 vehículos dando el servicio en el Gran Santo Domingo, beneficiando a miles de estudiantes y sus familiares. 1520. Carlos I de España es coronado en Aquisgrán rey de Alemania. 1641. En Irlanda del Norte se produce una sublevación católica contra el dominio inglés en el Ulster. 1821. El General José de San Martín declara en el Perú la libertad de imprenta. 1835. Culmina una serie de eventos que sacuden los cimientos de la nueva nación Mexicana, tras el triunfo en las elecciones de las fuerzas conservadoras, durante la presidencia interina de Miguel Barragán. 1906. En Bagatelle, Francia, vuela por primera vez el 14-bis, avión creado por Alberto Santos Dumont. 1929. Las cotizaciones en las bolsas bursátiles registraron una pérdida media de 18 a 20 puntos, y pasaron de mano en mano unos seis millones de títulos, iniciándose así el llamado crac financiero. 1940. Francisco Franco y Adolf Hitler se reúnen en Hendaya. 1940. Nace el futbolista brasileño Edson Arantes do Nascimento "Pelé". 1956. Empieza una revuelta en Hungría comunista, la que es sofocada por los tanques soviéticos. 1969. Richard Nixon declara que las tropas norteamericanas se retirarán progresivamente de Vietnam. 1980. Estalla en Bilbao una caldera de gas produciéndose 52 víctimas, de entre ellas 49 niños. 1983. Miembros del grupo Jihad Islámico realizan un doble atentado suicida contra un cuartel estadounidenses en Beirut, muriendo 241 soldados, y en el puesto de mando francés en Ramlat Al Abida, también en el Líbano, con 58 muertos. 1985. Guerrilleros del M-19 atentan contra el general Rafael Samudio, jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Militares de Colombia. 1991. Terminan más de 20 años de guerra civil en Camboya. 2002. Un grupo terrorista checheno asalta el teatro Dubrovka de Moscú, con unas 700 personas, resultando muertos 150 rehenes en las operaciones de rescate. 2006. En Panamá fallecen 18 personas y otras 27 quedan heridas, al incendiarse un bus del transporte público debido a problemas mecánicos, lo que desencadena un movimiento social que buscó la mejora del transporte público en el país. 2011. La presidenta argentina, Cristina Fernández viuda Kirchner, logra su reelección para otros cuatro años más en el poder, imponiéndose con un histórico 54.11% de los votos en las elecciones. - La autopsia hecha al cadáver del ultimado presidente libio Muamar el Gadafi, revelan que fue asesinado de dos disparos a quemarropa en la sien y el vientre. 2013. El arzobispo alemán Gerhard Ludwig Müller, prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, publica un artículo en L´Osservatore Romano, en el que desmonta "cualquier posibilidad de que los casados en segundas nupcias puedan comulgar". 2015. Cuarenta y dos personas mueren y cuatro sufren heridas graves cuando un camión y un autobús que llevaba de excursión a un grupo de ancianos chocan y se incendian en una carretera secundaria en el suroeste de Francia. 2023. El portavoz de las Fuerzas de Defensa de Israel (FDI), Jonathan Conricus, revela que si la milicia de Hamas "sele de sus escondites" y liberan a los 212 rehenes que retiene, el país renuncia a la ofensiva terrestre que planea realizar en la Franja de Gaza contra el movimiento islamista. - El gobernante Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV o chavismo) emite un comunicado en el que advierte que "no hay ni una sola posibilidad" de que un inhabilitado para ejercer cargos de elección popular sea "habilitado para participar en los comicios presidenciales de 2024", luego de María Corina Machado, sobre la que pesa esta sanción, ganara de manera amplia las primarias opositoras. 2024. El Ministerio de Justicia y Seguridad Pública de Haití denuncia la existencia de un alegado complot para asesinar al primer ministro interino, Garry Conille,y varios de sus ministros, en el marco de la ola de violencia que atraviesa el país caribeño. - El Gobierno de Colombia anuncia la investigación de la posible muerte en Venezuela, del líder de la disidencia Segunda Marquetalia de las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), Luciano Marín Arango (´Iván Márquez´), aunque por ahora no se tiene una confirmación o negación al respecto.

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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