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54Grado.com : Hoy es lunes 12 de enero del 2026 . Faltan 353 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1493. Cristóbal Colón sostiene en Samaná el primer enfrentamiento con los indígenas Ciguayos del Nuevo Mundo, donde también por primera vez la sangre indígena fue derramada por los españoles. 1586. Tropas inglesas llegadas a la isla a inicio de mes, bajo el mando del pirata Sir Francis Drake, toman la Fortaleza Ozama, evadiendo su captura los que quedaban en ella a través unos caños. 1810. La Junta Central de Sevilla, decreta el engrandecimiento de la "siempre fiel colonia", luego de que se volviera a izar la bandera española, tras la expulsión de los franceses de la parte oriental de la isla. -El Gobierno de Santo Domingo dispone el regreso de los emigrados, la jurisdicción de las audiencias, el restablecimiento del arzobispado, la libertad de cultos y la exención del diezmo, luego de la reconquista española. 1822. El general Jean Pierre Boyer hace pública una Orden del Día para anunciar que "los ciudadanos del Este se habían sometido a las leyes de la República, y que un Ejército bajo las órdenes de jefes prudentes y experimentados iba a llegar". 1959. El presidente de la Junta Central Ejecutiva del Partido Dominicano, José Enrique Aybar, solicita al Secretario de Salud Pública, José A. Sobá, disponer "la creación de un puesto de leche, para la distribución gratuita de este gran liquido alimenticio a un considerable número de personas necesitadas", residentes en la comunidad de Cabrera, provincia Julia Molina (hoy Ma. T. Sánchez). 1962. La Unión Cívica acusa el secretario de las Fuerzas Armadas, general Pedro Rafael Rodríguez Echavarría, del malestar que existe en es institución. 1966. Un gropo de profesionales y docentes, encabezado por el doctor José Rafael Abinader, crea la Universidad Organización y Método (O&M) 1972. Mueren en un combate registrado en el kilómetro 14 de la autopista Las Américas, los dirigentes del grupo Los Palmeros Amaury Germán Aristy, Virgilio Eugenio, Perdomo Pérez, Bienvenido Leal Prandy y Arquímedes Cerón Polanco, contra tropas mixtas del Gobierno, varios de los cuales también perdieron la vida. -Una comisión de personalidades compuesta por el nuncio apostólico, monseñor Luciano Storero; el rector de la UASD, Rafael Kasse Acta; el secretario general de la AMD, José García Ramírez; el director del periódico El Caribe, Germán Emilio Ornes; el director de Listín Diario, Rafael Herrera, y el estudiante Radhamés Castillo, pide un cese al fuego para solicitar la rendición de los dirigentes izquierdista atrincherados entregarse a las autoridades. 1982. El ex presidente Joaquín Balaguer viaja a Boston, Estados Unidos, para proseguir sus tratamientos médicos de su visión, acompañado de su hermana Ema Balaguer de Vallejo y su secretario personal, Rafael Bello Andino. 1983. El Senado de la República convierte en ley 91-83, el proyecto que instituye el Colegio de Abogados de la República Dominicana. 1998. El gobierno alemán acuerda pagar 100 millones de euros a los judíos del Este que sobrevivieron al Holocausto nazi. 2012. En Cabo Haitiano, es inaugurado el recinto "Rey Henri Christophe" de la Universidad Estatal de Haití, donado por el Gobierno dominicano, en conmemoración del segundo aniversario del terremoto de 2010. 2014. El Vaticano informa a fiscales polacos que su ex nuncio en la República Dominicana, que es investigado por acusaciones de abuso sexual de menores, goza de inmunidad diplomática y que la Santa Sede no extradita a sus ciudadanos. 2015. Luego de 105 años, República Dominicana y Estados Unidos acuerdan un nuevo Tratado de Extradición, que permita eficientizar la aplicación de la ley frente a distintos delitos en ambos estados. -Son sometidos a la Justicia el jefe de la Dirección Central Antinarcóticos de la Policía (Dican), coronel Carlos Fernández Valerio, el también coronel Félix Paulino López y otros oficiales, así como los fiscales adjuntos Máximo Díaz Ogando y Ramón Veras Castro, acusados de robar y vender 1,200 kilos de cocaína incautados durante un operativo en Santo Domingo Este. 2025. El Poder Ejecutivo destituye mediante el Decreto 8-25, al ministro sin cartera para Políticas de Integración Regional, Miguel Mejía, luego de este calificara al presidente Luis Abinader de "injerencista", por su reiterado apoyo al candidato de la coalición opositora de Venezuela, Edmundo González Urrutia. Internacionales 1519. Muere el emperador romano, Maximiliano I. 1610. Se decreta la expulsión de los moriscos de Andalucía. 1755. La emperatriz Isabel aprueba la creación de la primera universidad rusa, la de Moscú. 1816. Una ley del Gobierno francés dispone el destierro de toda la familia de Napoleón Bonaparte. 1945. Comienza la contraofensiva soviética sobre las líneas alemanas del Este. 1946. La Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas crea el Consejo de Seguridad. 1971. Inicia en Estados Unidos el juicio contra el sacerdote católico Philip Berrigan y otras cinco personas, por afirmar que harían un "arresto simbólico" contra el Secretario de Estado, Henry Kissinger (uno de los responsables de la Guerra de Vietnam). 1984. Honduras solicita una reunión urgente del Consejo Permanente de la OEA para tratar sobre las acciones de Nicaragua en la zona fronteriza, al atacar un helicóptero estadounidense. 1998. Dirigentes del Partido Comunista de Chile presentan la primera querella judicial en contra del ex dictador Augusto Pinochet. 2006. Dos personas mueren y otras siete resultan heridas, entre ellas tres soldados de la fuerza de la ONU en Haití, durante las protestas en la localidad haitiana de Juana Méndez por la muerte de 25 haitianos en República Dominicana. 2006. En Arabia Saudí, una estampida humana sobre un puente abarrotado de peregrinos musulmanes en las cercanías de La Meca provoca la muerte de al menos 345 personas de diversas nacionalidades, así como 289 heridos. 2009. El presidente de Estados Unidos, George W. Bush, reconoce la comisión de errores durante sus dos períodos de gobierno, entre los que cita haber proclamado por adelantado, la victoria en Irak. 2010. En Haití, un devastador terremoto de magnitud siete grados en la escala de Richter, provoca la muerte y heridas a más de 300 mil personas, además de millonarios daños materiales. -Un equipo de científicos revela haber descubierto el origen de las cepas del virus de inmunodeficiencia humana (VIH) que afectan a hombres homosexuales y bisexuales. 2012. Un grupo de piratas somalíes intenta atacar el buque de aprovisionamiento logístico de la Armada Española Patiño tras confundirlo con un barco mercante de gran tamaño. 2013. El presidente francés, François Hollande, ordena que tropas francesas intervengan junto al ejército regular de Mali, que intenta detener el avance hacia el sur del país de los grupos salafistas que desde mediados de 2012 controlan la mitad septentrional de ese país africano. 2014. La agencia japonesa de noticias Kyodo publica documentos desclasificados que revelan el Ejército de Estados Unidos realizó experimentos con armas biológicas en Taiwán y las islas japonesas de Okinawa a principios de la década de los años 60. 2015. Bruce Rauner es juramentado como nuevo gobernador de Illinois, convirtiéndose en el primer republicano en ocupar el cargo desde el 2003. 2016. En Estambul, se perpetra un nuevo atentado suicida cerca de la atracción turística de la Mezquita Azul con saldo de 10 muertos y 15 heridos. 2018. El Gobierno y la oposición de Venezuela vuelven a reunirse en el país, tras concluir la ronda de dialogo con avances aunque sin lograr aún un acuerdo que permita una salida a la grave crisis política y económica que vive el país sudamericano. 2022. El Gobierno de Colombia reitera que el cónsul honorario en Puerto Príncipe, Julio Santa, ha sido amenazado, destacando la ineficacia de la justicia haitiana para avanzar la investigación del magnicidio perpetrado contra el presidente Jovenel Moise, en el que están implicados 20 mercenarios colombianos. 2024. Los rebeldes hutíes de Yemen prometen lanzar fuertes represaliaspor los ataques estadounidenses y británicos contra ellos, elevando aún más la perspectiva de un conflicto más amplio en una región ya agobiada por la guerra de Israel en Gaza. 2025. El presidente Nicolás Maduro, juramentado horas antes por el Parlamento para el periodo 2025-2031, afirma que Venezuela se prepara junto con Cuba y Nicaragua para "tomar las armas, de ser necesario, para defender el derecho a la paz".

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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