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54Grado.com : Hoy es Martes 21 de julio del 2026. Faltan 163 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1348 Pedro IV de Aragón somete y deshace a la poderosa Unión Aragonesa, que reunía a la nobleza de Aragón, en la Batalla de Épila. 1454 Enrique IV es proclamado rey de Castilla tras la muerte de su padre, Juan II, en Valladolid. 1568 Tiene lugar la batalla de Jemmingen en los Países Bajos, con victoria aplastante del ejército de la Corona Española. 1654 en la provincia Gansu (China), un terremoto de 8 grados en la escala de Richter deja un saldo de 31.000 víctimas. 1718 se firma el tratado de Passarowitz. 1773 el papa Clemente XIV ordena la disolución de la Compañía de Jesús. 1775 comienza la construcción de la nueva capital de Guatemala (la anterior, llamada la Antigua, fue destruida por un terremoto en 1773). Se sitúa a 40 km de la anterior y se denominará Ciudad de Guatemala. 1798 Batalla de las Pirámides y toma de El Cairo por las tropas francesas de Napoleón Bonaparte. 1831 Leopoldo I es oficialmente coronado rey de los belgas en Bruselas. 1847 España firma un tratado de paz y amistad con el Gobierno boliviano, en el que reconoce la independencia del nuevo país. 1861 Primera Batalla de Bull Run en la Guerra Civil Estadounidense. 1870 Se inaugura en Madrid el Café de Fornos. 1876 Aprobada una ley que anula el Régimen foral de las provincias vascongadas. 1901 Celebración de regatas internacionales en Santander. 1903 en Ciudad Bolívar, se libró la última batalla de la Revolución Libertadora donde el ejército gubernamental al mando de Juan Vicente Gómez vence a las fuerzas opositoras del general Nicolás Rolando. 1905 El sultán de Turquía es objeto de un atentado al salir de una mezquita. 1906 En Francia, Alfred Dreyfus es reintegrado en el Ejército y condecorado con la Legión de Honor. 1906 Por mediación de Theodore Roosevelt y de Porfirio Díaz se firma la paz entre Guatemala, El Salvador y Honduras. 1912 Albania se subleva contra la dominación turca. 1917 El Primer Ministro serbio Nikola Pašić publica un plan para una unión de los serbios, croatas y eslovenos en una monarquía serbia. 1917 Lanzamiento por los alemanes de las primeras bombas de gases asfixiantes durante la Primera Guerra Mundial. 1919 La Cámara de los Comunes ratifica el Tratado de Versalles. 1920 Chile: se produce la destrucción de la sede de la Federación de Estudiantes (FECh) durante la "Guerra de don Ladislao". 1925 "Martes rojo" en Gran Bretaña: para evitar una huelga, el primer ministro otorga a los mineros un adelanto especial a la espera de una negociación. 1928 Sublevación militar en varios estados de México. 1930 Se inaugura el aeródromo de Palomar de Zaragoza.

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lunes, 26 de marzo de 2018

Cuidado, por esto te pueden despedir

El despido es la resolución del contrato de trabajo por la voluntad unilateral del empleador, según se establece en el Artículo 87 del Código Laboral Dominicano. En palabras llanas, esto sucede cuando el empleador decide que ya no quiere que seas su empleado.

Este es un derecho que puede ejercer el empleador, sin embargo, para que el despido sea “justificado”, el trabajador debe haber incurrido en algunas de las causas que plantea el documento legal en su artículo 88.
Para estar precavidos, estas son las causas por las cuales te pueden despedir de manera justificada, y por ende, no darte ni un centavo.
Causas Un empleado puede ser despedido si falta dos días seguidos al trabajo sin ninguna justificación o incluso si falta dos días en un mismo mes sin haber presentado una causa justa, la cual según el artículo 58 debe notificarla por lo menos con 24 horas de antelación a la empresa.
El empleador puede prescindir de los servicios de un trabajador si este presentó pruebas falsas de conocimientos, es decir, si en la entrevista la persona dijo tener condiciones o conocimientos indispensables que no posee, o presentó referencias o certificados personales cuya falsedad se comprueba luego.
El despido también será justificado si el empleado realiza el trabajo en forma ineficaz, sin embargo, esta causa no tendrá efecto luego de los tres primeros meses de haber iniciado.
Los aspectos de carácter moral también son planteados dentro de los motivos para realizar un despido justificado. La causa número 3 indica que si el empleado realiza algún acto de violencia, injuria o inmoralidad contra su jefe, los parientes de éste o sus propios compañeros, sin importar si está dentro o fuera de la empresa, éste puede ser despedido.
Asimismo, el empleado puede perder su trabajo si de manera intencional causa perjuicios en los edificios, obras, maquinarias, herramientas, materias primas, productos y demás objetos relacionados al trabajo.
También si los ocasiona sin intención, pero con negligencia o imprudencia.
Cometer un acto deshonesto en el lugar de trabajo, también es causa justificable de despido.
Además, si un trabajador revela los secretos de fabricación o da a conocer alguna información confidencial, igual puede perder su empleo.
Otra de las causas por las cuales pueden realizar un despido es si el empleado sale en horas de trabajo sin permiso de su superior.
También por desobedecer el trabajador al empleador o a sus representantes, siempre que se trate del servicio contratado.
Cualquier trabajador que por imprudencia o descuido comprometa la seguridad del taller, oficina u otro centro de la empresa o de personas que allí se encuentren, igualmente será despedido.
El despido será justificado cuando por falta de dedicación a las labores para las cuales ha sido contratado o por cualquier otra falta grave a las obligaciones que el contrato imponga al trabajador.
Es importante destacar que el empleador que despide a un trabajador por una de las causas ante expuestas no incurre en responsabilidad.
SOMETIMIENTO DE LAS CAUSAS
Para realizar un despido justificado el empleador deberá someter las causas en un plazo determinado, de no hacerlo, la misma no tendrá ningún efecto. El artículo 90 explica que después de que el empleador comunica a su empleado el despido tiene 15 días para ejecutar la medida; luego la empresa debe comunicarlo al Departamento de Trabajo o autoridad del Ministerio de Trabajo más cercano.
Otras causas
Si el trabajador se niega a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados por la ley, las autoridades competentes o los empleadores para evitar accidentes o enfermedades, también podrá ser despedido de manera justificable.
Un empleado igualmente puede ser despedido por presentarse al trabajo o trabajar en estado de embriaguez o en cualquier otra condición análoga, por portar armas de cualquier clase durante las horas de labor, salvo las excepciones que para ciertos trabajadores establezca la ley, por extraer de la fábrica, taller o establecimiento útiles del trabajo, materia prima o elaborada, sin permiso del empleador y por hacer durante el trabajo cualquier tipo de propaganda religiosa o política.
Asimismo, se puede despedir a un empleado por haber sido condenado el trabajador a una pena privativa de libertad por sentencia irrevocable.

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