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Efemérides

54Grado.com : Hoy es martes 23 de abril del 2024. Faltan 252 días para el año 2025. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1655. Se inicia la invasión del territorio nacional encabezada por los piratas ingleses, almirante general Willian Pen y general Roberto Venables. 1844. La Junta Central Gubernativa da cuenta al pueblo de la hazaña lograda por la flotilla nacional y sus tripulantes en un enfrentamiento contra naves haitianas. 1899. Muere en Santo Domingo el poeta, escritor y político Félix María del Monte. 1902. El vicepresidente de la República, general Horacio Vásquez, quien además es representante del gobierno en el Cibao, se alza en armas, desconociendo, a través de un manifiesto, al presidente Juan Isidro Jimenes. 1951. El Poder Ejecutivo instituye el 23 de abril de cada año, como "Día del Libro", para honrar la memoria de don Miguel de Cervantes Saavedra, falleció en Madrid el día anterior a este, en 1616. 1962. Eligen al doctor Juan Isidro Jimenes Grullón presidente del partido Alianza Social Demócrata, constituido en Santiago durante una convención. 1963. Se produce una huelga en la empresa Sociedad Industrial Dominicana, procesadora de aceite de maní, provocando escasez de ese producto en el mercado dominicano. 1965. El general Marcos Rivera Cuesta ordena apresar a los tenientes coroneles Giovanni Gutiérrez Ramírez y Pedro Álvarez Holguín, los mayores Juan Lora Fernández y Eladio Ramírez Sánchez, y el capitán Aníbal Noboa Garnes, por su participación en una conjura contra el Triunvirato. - El Departamento de Estado de Estados Unidos llama a su embajador en Santo Domingo, William Tapley Bennet, para consultarlo sobre la situación política del país. 1966. Las tropas de ocupación de la llamada Fuerza Interamericana de Paz (FIP), traspasan el control de "las zonas críticas" de Ciudad Nueva a tropas de las Fuerzas Armadas regulares dominicanas. 1975. El Secretario General del Partido Revolucionario Dominicano, José Francisco Peña Gómez, demanda del presidente Joaquín Balaguer devolver al pueblo dominicano las cenizas del líder de la revolución de abril de 1965, Francisco Caamaño Deñó y los restos de sus compañeros. 1983. Sale a la luz pública en Santo Domingo, la obra del profesor Juan Bosch "Conferencias y artículos". 1984. Los organismos de seguridad del Estado, ante la amenaza de protestas al día siguiente, apresan varios dirigente de izquierda, entre estos Narciso Isa Conde, Hamlet Hermann, Carlos Ascuasiati, Braulio Torres y Abelardo King. 1999. El infielder Fernando Tatis dispara dos jonrones con las bases llenas en un mismo inning y al mismo pitcher (Chan Ho Park), en el Dodger Stadium en un partido entre los Cardenales y los Esquivadores. 2011. Fallece a la edad de 85 años, el abogado, escritor y Premio Nacional de Literatura Víctor Villegas. 2013. El coronel de la Policía Nacional Julián Suárez Cordero es asesinado de un disparo en el rostro durante protestas escenificadas en el campus de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, acción en la que además resultaron heridos el raso Rafael Batista Pérez, y el civil Juan de Jesús Pérez. 2019. La Procuraduría General de la República defiende las interceptaciones telefónicas que realiza a dirigentes opositores y jueces activos, indicando que todas se hacen "bajo estricto apego a la ley, autorizadas por tribunales competentes". 2020. Aunque los expertos epidemiólogos mundiales planteaban que los menores de edad no serían infectados por el covid-19, el ministerio de Salud Pública informa el fallecimiento de cuatro niños a causa del coronavirus, cuyas edades oscilaban entre los 6 meses y los 14 años. Internacionales: 1014. El rey de Irlanda Brian Boru perece en combate ante los invasores vikingos en la batalla de Clontarf. 1564. Nace William Shakespeare, el más grande dramaturgo de Inglaterra, quien murió también un 23 de abril, en 1616. 1616. Son sepultados los cuerpos de los escritores español Miguel de Cervantes y el hispano-peruano Inca Garcilaso de la Vega fallecen y, según el calendario juliano, el inglés William Shakespeare. 1633. La Liga de Heilbron es formada con la unión de protestantes del sur de Alemania, Suecia y Francia, contra la Liga Católica y los Imperialistas. 1844. Inicia la publicación de los "Anales de la Universidad de Chile", la obra periódica en español más antigua de América. 1891. Los judíos son expulsados de Moscú. 1945. El Ejército Rojo rodea por completo la ciudad de Berlín, Alemania, por lo que el comandante en jefe de las Fuerzas Aéreas alemanas Joseph Goebbels, argumenta que estando el dictador Adolfo Hitler aislado en Berlín, él debe asumir la dirección del país. 1967. Se produce el primer accidente mortal conocido en la carrera espacial, al estrellarse la nave "Soyuz" y morir su piloto Vladimir Komarov. 1985. La Coca Cola cambia su centenaria fórmula, lo que provoca gran disgusto en el público, debido a lo cual sus propietarios se vieron obligados a retornar casi de inmediato a la tradicional. 1985. El Presidente argentino Raúl Alfonsín anuncia en la Plaza de Mayo el inicio de lo que denominó la "economía de guerra". 1990. Namibia es admitida oficialmente como miembro de la ONU. 1995. La mezzosoprano Teresa Berganza ingresa en la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, primera mujer que lo hace en los 221 años de existencia de esta institución. 2007. Muere a la edad de 76 años el ex presidente de Rusia Boris Yeltsin, quien marcó una nueva era después del colapso de la URSS y el fin del comunismo. 2012. El presentador hondureño de televisión Noel Valladares y dos personas que le acompañaban son asesinados a tiros en Tegucigalpa por un grupo de desconocidos. 2013. Los inmigrantes de ascendencia chechena, Tamerlan y Dzhokhar Tsarnaev, son señalados como los presuntos autores de los atentados de Boston. El segundo admite que él y su hermano colocaron y detonaron las bombas. 2019. El ex apoderado de la constructora Odebrecht en Perú, Jorge Barata, decodifica en Brasil los alias usados dentro del sistema que controlaba las tramas de corrupción de la empresa en el país andino. - El Senado de Florida aprueba un polémico proyecto de ley que permite a los profesores que lo deseen ir armados en los colegios, aunque deberán previamente recibir el entrenamiento adecuado y superar una evaluación psicológica. 2020. La Organización Mundial de la Salud (OMS) confirma que el total de contagios en el mundo supera los 2.54 millones, mientras los fallecidos totalizan 175.694, de los cuales 6.600 se produjeron en las últimas 24 horas. 2023. El expresidente peruano Alejandro Toledo (2001-2006) llega a su país extraditado desde Estados Unidos para ser juzgado por el proceso abierto en su contra por presuntos sobornos millonarios de la constructora Odebrecht para adjudicársele la construcción de dos tramos de la carretera Interoceánica sur.

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lunes, 7 de febrero de 2022

Los fundamentos técnicos del fideicomiso público

Aquiles Calderón
Santo Domingo, RD

Durante las últimas semanas se han suscitado intensas confrontaciones sobre la figura del fideicomiso público. Sin embargo, cuando las pasiones se desbordan, la razón se nubla y la cordura se oculta.

  En  nuestro caso, el activismo político se circunscribe al ámbito de las disquisiciones entre contertulios. He sido -eso sí- un entusiasta cultivador del fideicomiso y de las alianzas público-privadas, habiéndome correspondido participar en la redacción de su normativa legal e intervenir en la estructuración o asesoría de la mayoría de fideicomisos los públicos conformados en el país, no así en el fideicomiso para la administración de la Termoeléctrica de Punta Catalina, lo que nos permite plantear una opinión objetiva sobre el tema, distante de posturas que pudieren resultar interesadas. 

La razón de ser de los fideicomisos públicos consiste en la posibilidad de provisión de servicios públicos y la ejecución o administración de obras de interés colectivo, bajo un esquema que permita agregar valor a la función del Estado, mediante la incorporación de herramientas, prácticas y procedimientos propios de la gestión privada que resultan consustanciales a las actividades generadoras de riqueza. No obstante, la constitución de todo fideicomiso público debe partir de un análisis de pertinencia y de una evaluación exhaustiva de los riesgos para así lograr que la estructuración de la operación resulte técnicamente correcta, consistente con las motivaciones que la impulsaron, funcional, y compatible con el interés publico.

En el lenguaje del trust anglosajón se habla de certeza de intención, certeza de objeto y certeza de fines y destinatarios. Un esquema que no resista ese test, habrá de resultar defectuoso. 

En el caso del fideicomiso para la administración de la Termoeléctrica Punta Catalina, el solo hecho de que su concertación haya propiciado toda una oleada de cuestionamientos, sugiere que los riesgos envueltos en la operación debieron ser evaluados con mayor esmero; sobre todo en aspectos tan sensibles como la integración del Comité Técnico, la regulación de los procesos de compras y contrataciones, la adhesión de fideicomitentes, la validación de políticas o decisiones públicas; debieron ser abordados con mayor reflexividad, a la luz del derecho administrativo y de la doctrina fiduciaria, pues en su configuración técnico-jurídica se revelan “ostensibles oportunidades de mejora”.

Es pertinente enfatizar que el fideicomiso público no conlleva la transformación de un bien público en una propiedad privadaNo constituye una fórmula de privatización, ni de expropiación. La clave técnica del asunto radica en el concepto de “patrimonio autónomo”; en aplicación del cual los bienes colocados bajo un fideicomiso conforman un compartimiento independiente que se destina de forma exclusiva al logro de los fines que dieron lugar a su constitución, evitando así un manejo discrecional de los recursos; los cuales solo podrán ser utilizados para la consecución del objetivo que haya dado origen al fideicomiso, siguiendo las instrucciones previamente establecidas en el acto constitutivo del mismo.

En el caso del fideicomiso público, el artículo 4, literal d, del Reglamento de Aplicación de la Ley No. 189-11 (cuya redacción resultó ser la que propusiéramos durante su etapa de consulta) lo define como aquel que es “constituido por el Estado o cualquier entidad de Derecho Público con respecto a bienes o derechos que formen parte de su patrimonio o con el objetivo de gestionar, implementar o ejecutar obras o proyectos de interés colectivo”.

Los rasgos característicos del fideicomiso público se manifiestan en función de que a la persona del fideicomitente, como en función de sus fines y de su objeto, ya que se constituye por disposición del Estado, mediante el aporte de determinados bienes o derechos que forman parte de su patrimonio y que serán destinados a la realización de una actividad de interés público, bajo el entendido de que estos activos pasarán a engrosar un “patrimonio autónomo”, que para fines operativos quedará bajo la administración y dominio legal del fiduciario; sin que por ello, su naturaleza pública se transforme, puesto que permanecerán indisolublemente ligados a una función de interés colectivo.

Por demás, la posibilidad de que el Estado recurra al esquema del fideicomiso público se inscribe dentro de la facultad general de contratación de la administración, al amparo de los artículos 128 y 147 de la Constitución de la República. La constitución y administración de un fideicomiso público, como generalizadamente se admite en todas las legislaciones que consagran la figura, se rige por las mismas reglas y principios que gobiernan el objeto y alcance del contrato de fideicomiso ordinario, solo que apuntalándolas sobre las normas constitucionales y del derecho administrativo que regulan la formación de los contratos en que participa el Estado. Por tanto, al margen de que el ejercicio del dominio fiduciario; y con ello, la tutela, protección y la la gestión económica y financiera de dichos bienes se encuentren a cargo de una institución fiduciaria; dado su origen público, los mismos se mantendrán sujetos al control y fiscalización del Estado, puesto que su naturaleza pública no se extingue por el tránsito que experimentan al patrimonio de un fideicomiso, sino que estos recursos conservarán siempre su esencia pública. Este es un principio fundamental del fideicomiso público, pues el fideicomiso no puede servir como escudo para propiciar la realización de operaciones que no podrían llevarse a cabo en ausencia de esta estructura. En puridad ahí reside la esencia técnica de una operación de esta naturaleza.

 

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