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54Grado.com : Hoy es miercoles 10 de junio del 2026. Faltan 204 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1510 en Sevilla (España), la Casa de Contratación recibe su primer estatuto, gracias al cual ve ampliadas las prerrogativas iniciales. 1647 en la bahía de Manila (Filipinas) —en el transcurso de la Guerra de los Ochenta Años— se libra la batalla del Puerto de Cavite. 1682 en el suroeste de Connecticut (EE. UU.) sucede el primer tornado que queda registrado en la Historia de ese país. 1770 en Buenos Aires el gobernador español ordena el desalojo de los ocupantes británicos de las islas Malvinas, a quienes consideraba invasores en tierra española. 1776 el Congreso de Filadelfia aprueba la Declaración de Independencia de los Estados de la Unión. 1781 en la ciudad de Guatemala se funda el colegio San José de los Infantes. 1795 en la Iglesia de Santa Margarita de París se entierra en una fosa común el cadáver del rey Luis XVII. 1834 en Perú, Luis José de Orbegozo promulga la cuarta Constitución. 1836 en la región sur de la bahía de San Francisco (California) a las 15:30 sucede un terremoto de 6,5 grados en la escala sismológica de Richter (MI según Bakun, 1999). No se registran víctimas. 1843 en Oaxaca (México), la población de Huajuapan de León es elevada a la categoría de Heroica Villa. 1849 en Paraguay, los militares ocupan las misiones jesuíticas. 1865 en Alemania, Richard Wagner estrena Tristán e Isolda. 1870 en Ohio (EE. UU.), John Davidson Rockefeller y dos socios más fundan la Standard Oil of Ohio. 1898 en Cuba —en el marco de la Guerra Hispano-Estadounidense— desembarcan los soldados de marina estadounidenses. 1907 en París, Auguste Lumière presenta la fotografía en color. 1933 Mariano Barberán y Joaquín Collar Serra inician la travesía del Atlántico a bordo del avión Cuatro Vientos 1935 se funda la asociación Alcohólicos Anónimos. 1940 Italia le declara la guerra a Gran bretaña y Francia 1944 en Londres cae el primer cohete-bomba V-1 lanzado desde la Alemania nazi. 1944 Matanza de Oradour-sur-Glane de civiles indefensos, mientras tenía lugar la Batalla de Normandía en la Segunda Guerra Mundial.Símbolo de los crímenes de guerra cometidos en Francia durante la ocupación nazi y el régimen colaboracionista de Vichy. 1948 A las 12:45 se da la primera emisión de televisión realizada en España 1958 en el atolón Bikini (islas Marshall, en medio del océano Pacífico), Estados Unidos detona su bomba atómica Maple, de 213 kt. Es un éxito, ya que se logra el 89 % de la fisión predicha. Es la 15.ª de las 35 bombas de la operación Hardtack I, y la bomba n.º 136 de las 1127 que Estados Unidos detonó entre 1945 y 1992. 1967 fin de la Guerra de los Seis Días con la victoria del ejército israelí sobre la alianza árabe. 1971 en México sucede la Matanza del Jueves de Corpus. Los «Halcones» (un grupo de élite del Ejército Mexicano, entrenado con apoyo del gobierno de Estados Unidos) reprimen manifestaciones estudiantiles en la ciudad de México. Asesinan a 120 estudiantes. 1977 en EE. UU., Apple Computer presenta la Apple II. 1982 en el océano Atlántico Sur los militares argentinos se rinden ante los británicos. Termina la Guerra de Malvinas. 1984 en Amritsar (India), el Ejército Indio ataca el Templo Dorado de los sijs. Asesinan a unas 700 personas. 1985 Israel retira sus efectivos militares de Líbano. 1987 en España se realizan elecciones municipales (3.ª legislatura). 1998 en Francia se inaugura el Mundial de Fútbol. 2007 en el circuito de Gilles Villeneuve (en Canadá) Lewis Hamilton gana su primera carrera en la Fórmula 1. 2011 es lanzado el satélite argentino SAC-D / Aquarius en un cohete Delta II, desde Santa Bárbara, California.

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martes, 19 de octubre de 2021

Vacunación obligatoria y el respeto a la vida privada

ROGER G. PUJOLS
Santo Domingo, RD

El 8 de octubre de 2021 Daniel Rivera, ministro de Salud Pública, emitió la re­solución 48-2021, por me­dio de la cual dispone la exigencia de evidencia de vacunación para acceder a ciertos lugares de uso pú­blico en territorio domi­nicano.

La resolución ha sido recurrida en ampa­ro en atención de que, en criterio de los accionan­tes, atenta contra la dig­nidad e integridad huma­nas y vulnera los derechos a la igualdad, la libertad y seguridad personal, al tra­bajo, entre otros. A propó­sito de la vacunación obli­gatoria, el pasado 8 de abril el Tribunal Europeo de De­rechos Humanos (TEDH) emitió una sentencia por medio de la que abordó pre­supuestos importantes al respecto.

El 4 de noviembre de 1950 el Consejo de Euro­pa (distinto al Consejo Eu­ropeo propio de la Unión Europea), reunido en Ro­ma, adoptó su primer tra­tado multilateral, a saber, el Convenio Europeo de Pro­tección de los Derechos Hu­manos y de las Libertades Fundamentales (CEDH). El TEDH es el organismo en­cargado de la aplicación ju­dicial del Convenio.

La intimidad personal y familiar constituye uno de los derechos de la persona humana sujeto a protección por efecto del CEDH. Su ar­tículo 8 dispone que “[t]oda persona tiene derecho al respeto de su vida priva­da y familiar […]. No podrá haber injerencia de la auto­ridad pública en el ejercicio de este derecho sino en tan­to en cuanto esta injeren­cia esté prevista por la ley y constituya una medida que, en una sociedad democráti­ca, sea necesaria para […] la protección de la salud o de la moral, o la protección de los derechos y las liberta­des de los demás.”

La aplicación judicial del artículo 8 del Convenio re­cientemente ha cobrado vi­gencia, a propósito de la va­cunación obligatoria, con el caso Vavricka. En térmi­nos generales, la perspec­tiva legal de la vacunación reviste gran importancia. Si, además, consideramos las actuales circunstancias (es decir, una pandemia por un virus -hasta hace poco- desconocido a pro­pósito del cual se han pro­ducido vacunas en tiempo récord, cuya producción ha provocado ingentes es­fuerzos gubernamentales en lo que a campañas de vacunación respecta), co­bra mucha más relevancia el análisis jurídico-legal de un tribunal de la dimensión del TEDH. Vavricka versa sobre la vacunación infan­til regular y estándar con­tra enfermedades que son bien conocidas por la cien­cia médica y la política del Estado de hacer obligatoria la vacunación.

La decisión de referen­cia agrupa una serie de ac­ciones interpuestas -por separado- por varios ac­cionantes. Los hechos que subyacen a cada una de las acciones no son necesa­riamente iguales, pero se agrupan en (i) multa por in­cumplimiento de orden de vacunar a hijos del accio­nante, (ii) inadmisión de accionante en centros in­fantiles por insuficiencia de evidencia de haber sido va­cunados y (iii) vacunación que no coincidía con el ca­tálogo estatal.

El Tribunal Constitucio­nal Checo dispuso que -en principio- la vacunación obligatoria se configura co­mo una limitación admisi­ble al derecho fundamental de manifestar la religión y las creencias, en tanto me­dida necesaria para la pro­tección de la seguridad pública y la salud y los de­rechos y libertades de otros. No obstante, adujo que ello no podía suponer una eje­cución incondicionada del deber de vacunación en desmedro de las motivacio­nes o aspectos individuales de la resistencia de una per­sona a cumplir ese deber. Por demás, según el tribu­nal nacional, en un escena­rio en el que la persona no se comunica con la auto­ridad pública competente y solo trata de justificar su negativa respecto de la va­cuna en etapas posteriores del procedimiento, en ge­neral no serán satisfechas las condiciones de que (i) la actitud de esa persona sea consistente y (ii) el interés constitucional en la protec­ción de su autonomía sea urgente.

 

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