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54Grado.com : Hoy es Domingo 10 de mayo del 2026 . Faltan 235 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1508 en Roma, Miguel Ángel inicia la pintura de los frescos de la Capilla Sixtina. 1534 el explorador Jacques Cartier llega a la isla de Terranova. 1713 en España se promulga la Ley Sálica que prohíbe el acceso de las mujeres al trono. 1720 en Salamanca (España) se inicia la construcción de la Plaza Mayor. 1774 en Francia sube al trono Luis XVI. 1789 en Brasil es detenido el patriota Tiradentes (José da Silva Xavier). 1796 en Francia sucede la Conspiración de los Iguales. 1807 en Montevideo (Uruguay), el general inglés John Whitelocke llega a este puerto con el propósito de atacar Buenos Aires (Invasiones inglesas). 1808 en Bayona, Fernando VII de España renuncia a sus derechos a la corona española. 1832 Tomás Escalante deja el cargo como Gobernador de Sonora. 1837 en Nueva York se produce un crash bancario. 1840 en España se funda la Sociedad de Tejedores, primer sindicato español. 1841 las Cortes nombran al general Espartero regente de España. 1847 R. W. Thonson patenta los neumáticos de goma. 1857 en Mirut (India) se rebelan los cipayos (soldados indios al mando de oficiales británicos). El levantamiento se tradujo en la proclamación de la India como virreinato de la corona británica. 1869 en Estados Unidos se termina la construcción de la primera línea férrea que cruza de costa a costa. 1871 entre Francia y Alemania se firma el Tratado de Fráncfort. 1873 el padre Damián viaja hacia la isla de Molokai, donde estaban confinados todos los enfermos de lepra. 1877 Rumania se independiza de Turquía (la cual la reconoce el 26 de marzo de 1881). 1886 en España se abren las primeras Cortes de la Regencia de María Cristina, viuda de Alfonso XII de España. 1891 en España se estrena el primer número de la revista ilustrada Blanco y Negro, fundada por Torcuato Luca de Tena y Álvarez Ossorio. 1900 en Buenos Aires se estrena Atahualpa, ópera en cuatro actos de Cattelani. 1906 en San Petersburgo el zar ruso abre las sesiones de la Duma. 1907 en París se estrena la ópera Ariane y Barba Azul (de Paul Dukas). 1911 el proyecto de ley para dividir el archipiélago canario en dos provincias es aplaudido en Las Palmas y rechazado en Tenerife. 1911 en el marco de la Revolución mexicana, las tropas maderistas toman Ciudad Juárez. 1914 un temblor de tierra causa 60 muertos en Sicilia. 1915 en El Salvador se funda el periódico La Prensa Gráfica. 1915 Londres recibe el primer ataque con zepelines. 1920 en Irlanda, 180 detenidos inician una huelga de hambre de 18 días. 1920 en Madrid se inaugura una exposición de abanicos antiguos. 1921 Dinamarca declara a Groenlandia territorio de su soberanía. 1924 Alfonso XIII inaugura la exposición oficial del automóvil. 1924 en EE. UU., J. Edgar Hoover es designado director del FBI. 1928 la aeronave Jesús del Gran Poder parte con dirección a Oriente con el objetivo de batir el récord mundial de distancia en línea recta. 1929 Alberto Moravia publica Los indiferentes. 1932 Albert Lebrun es elegido presidente de la República Francesa. 1933 en Berlín, el régimen nazi quema 20.000 libros de autores que figuraban en su lista negra. 1933 Paraguay declara la guerra a Bolivia. 1934 Famous funnies se convierte en el primer libro de cómics publicado en los Estados Unidos que se pone a la venta en los kioscos.

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viernes, 1 de octubre de 2021

TC frena el negocio de las rutas de transporte

Wanda Méndez
San Juan, Puerto Rico

El Tribunal Constitucio­nal (TC) estableció que las rutas de transporte públi­co son un bien jurídico de dominio público y forman parte del patrimonio na­cional, por lo que no pue­den, ni deben, pertenecer a particulares.

Señaló que por su pro­pia naturaleza, las rutas del transporte público son de la exclusiva propiedad del Estado, “sin que pue­dan ser objeto de negocio”. “Es decir, que se encuentra prohibida su venta, dona­ción, permuta o cualquier otro tipo de operación ju­rídica que conlleve el tras­paso de la potestad absolu­ta o fraccionada de estas”, puntualizó el TC en la sen­tencia TC-0330-21.

Recordó el artículo 43 de la ley 63-17, de Movi­lidad, Transporte Terres­tre, Tránsito y Seguridad Vial. Ese texto dispone que “Las rutas del trans­porte público de pasaje­ros son propiedad del Es­tado. La prestación del servicio del transporte público de pasajeros se­rá autorizada por medio de la emisión de licencias de operación, expedidas por el INTRANT (Institu­to Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre) y los ayuntamientos en su ju­risdicción a favor de ope­radores públicos o priva­dos, de conformidad con la presente ley y sin vulne­rar los derechos o las pre­rrogativas previamente es­tablecidas”.

Los jueces del TC preci­saron que lo único que está permitido es la emisión de licencias que faciliten a los particulares su explotación en los términos fijados por la Constitución y la ley 63-17, bajo la vigilancia del INTRANT.

Violaciones
El TC acogió una acción de amparo interpuesta por el chofer Danilo Vizcaíno Reyes y ordenó a la Unión Nacional de Chóferes Sin­dicalizados Independien­tes (Unachosin) el cese de la paralización de las ope­raciones de su vehículo como medio de transporte público en la ruta B de San Cristóbal, exhibiendo la fi­cha número 110 como ró­tulo de identificación.

El TC determinó que la paralización de las ope­raciones se hizo de forma arbitraria y sin fundamen­to legal, por lo que consta­tó se incurrió en una viola­ción del derecho al debido proceso y del derecho al trabajo del accionante.

Sin embargo, la Al­ta Corte consideró que no hubo vulneración del de­recho de propiedad, como argumentó el reclaman­te, debido a que no osten­ta la titularidad de la ruta, al recalcar que se trata de un bien de dominio públi­co cuya gestión está sujeta a una especial regulación por parte del Estado.

Sentencia
El TC acogió un recurso de revisión constitucio­nal de amparo interpues­to por Vizcaíno Reyes y revocó la sentencia núm. 1530-2018-SSEN-00494, dictada por la Primera Sa­la de la Cámara Civil y Co­mercial del Juzgado de Pri­mera Instancia del Distrito Judicial de San Cristóbal el 31 de julio de 2018. Ese tribunal declaró inadmisi­ble la acción de amparo in­terpuesta por el chofer el 26 de junio de 2018, al en­tender que existía otra vía judicial para incoar su re­clamo.

CIFRA
5 MIL
Impunen astreinte.

El Tribunal Constitucio­nal impuso una astreinte de RD$5,000.00 contra el sindicato de transporte Unachosin, por cada día de retardo en la ejecu­ción de la presente deci­sión, a partir de su notifi­cación, a favor del accio­nante, el chofer Danilo Vizcaíno Reyes.

 

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