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54Grado.com : Hoy es viernes 24 de julio del 2026. Faltan 160 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1064 Fernando I de León sitia y ocupa la ciudad portuguesa de Coímbra. 1149 Conrado III y sus tropas son vencidas en Jerusalén por las fuerzas de Zengi. 1177 la paz suscrita en Venecia libera a Federico I Barbarroja de la excomunión y pone fin al Cisma eclesiástico. 1557 en Francia se proclama el edicto de Compiègne, por el que se condena a la pena de muerte a los sacramentalistas o relapsos. 1701 en Estados Unidos los franceses fundan Fort Ponchartrain (actual Detroit). 1823 Chile declara la abolición de la esclavitud. Se convierte en el segundo país de América que libera a los esclavos. 1823 en Venezuela se lleva a cabo la Batalla naval del Lago de Maracaibo, en la cual el Almirante José Prudencio Padilla, derrotó a la Armada Española, dando así un paso importante para la independencia de la Gran Colombia. 1895 una nueva expedición de militares cubanos desembarca en la costa meridional de Sancti Spíritus y difunde la sublevación. 1896 se inaugura en Argentina el Hospital Pirovano. 1908 el sultán de Turquía restablece la Constitución de 1876, lo que supone un triunfo del partido reformista Joven Turquía. 1928 China adopta el sistema métrico decimal. 1928 en el Polo Norte, un avión suizo rescata al general Nóbile. 1928 finaliza oficialmente el movimiento del general Augusto César Sandino contra la intervención estadounidense en Nicaragua, aunque la lucha guerrillera no termina. 1929 en París dimite el primer ministro Raymond Poincaré, por motivos de salud y le sustituye Aristide Briand. 1930 en el área de Treviso-Údine (Italia), un violentísimo tornado F5 devasta 80 km. Mueren 23 personas. 1933 en España se publica la sentencia contra los procesados por el intento golpista del 10 de agosto de 1932, conocido como "la Sanjurjada", con penas que oscilan entre 22 años de prisión mayor y 3 de reclusión menor. Hubo muchas absoluciones. 1936 la Junta de Defensa Nacional dispone que Franco asuma el mando del Ejército de Marruecos y del Sur de España, y Emilio Mola, el del Ejército del Norte. 1936 Onésimo Redondo, jefe de la Falange castellana, perece en el frente de Labajos (Segovia). 1999 se emite oficialmente por pirimera vez la serie de dibujos animados estadounidense, Bob Esponja, por Nickelodeon. 2001 una activista de la banda terrorista ETA muere en Alicante al estallar el artefacto explosivo que manipulaba en un apartamento de la localidad costera de Torrevieja. 2002 en Nepal, los monzones causan un centenar de muertos en los últimos cuatro días. 2003 el nadador estadounidense Michael Phelps pulveriza la plusmarca mundial de los 200 m estilo (1m 57,52s), mientras el japonés Kosure Kitajima establece un nuevo récord mundial en los 200 braza (2m 9,42s) en los Campeonatos del mundo de Natación de Barcelona. 2003 la resistencia iraquí mata a tres soldados estadounidenses en respuesta al asesinato de los hijos de Sadam Husein. 2005 en La Coruña se inaugura una exposición con los fondos cartográficos de la Hispanic Society of America. 2013 En Angrois, un barrio de las afueras de Santiago de Compostela, España, un accidente del tren Alvia que viajaba con 218 pasajeros descarrila a la altura de la curva llamada A Grandeira dejando 78 muertos y 131 heridos.

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viernes, 1 de octubre de 2021

TC frena el negocio de las rutas de transporte

Wanda Méndez
San Juan, Puerto Rico

El Tribunal Constitucio­nal (TC) estableció que las rutas de transporte públi­co son un bien jurídico de dominio público y forman parte del patrimonio na­cional, por lo que no pue­den, ni deben, pertenecer a particulares.

Señaló que por su pro­pia naturaleza, las rutas del transporte público son de la exclusiva propiedad del Estado, “sin que pue­dan ser objeto de negocio”. “Es decir, que se encuentra prohibida su venta, dona­ción, permuta o cualquier otro tipo de operación ju­rídica que conlleve el tras­paso de la potestad absolu­ta o fraccionada de estas”, puntualizó el TC en la sen­tencia TC-0330-21.

Recordó el artículo 43 de la ley 63-17, de Movi­lidad, Transporte Terres­tre, Tránsito y Seguridad Vial. Ese texto dispone que “Las rutas del trans­porte público de pasaje­ros son propiedad del Es­tado. La prestación del servicio del transporte público de pasajeros se­rá autorizada por medio de la emisión de licencias de operación, expedidas por el INTRANT (Institu­to Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre) y los ayuntamientos en su ju­risdicción a favor de ope­radores públicos o priva­dos, de conformidad con la presente ley y sin vulne­rar los derechos o las pre­rrogativas previamente es­tablecidas”.

Los jueces del TC preci­saron que lo único que está permitido es la emisión de licencias que faciliten a los particulares su explotación en los términos fijados por la Constitución y la ley 63-17, bajo la vigilancia del INTRANT.

Violaciones
El TC acogió una acción de amparo interpuesta por el chofer Danilo Vizcaíno Reyes y ordenó a la Unión Nacional de Chóferes Sin­dicalizados Independien­tes (Unachosin) el cese de la paralización de las ope­raciones de su vehículo como medio de transporte público en la ruta B de San Cristóbal, exhibiendo la fi­cha número 110 como ró­tulo de identificación.

El TC determinó que la paralización de las ope­raciones se hizo de forma arbitraria y sin fundamen­to legal, por lo que consta­tó se incurrió en una viola­ción del derecho al debido proceso y del derecho al trabajo del accionante.

Sin embargo, la Al­ta Corte consideró que no hubo vulneración del de­recho de propiedad, como argumentó el reclaman­te, debido a que no osten­ta la titularidad de la ruta, al recalcar que se trata de un bien de dominio públi­co cuya gestión está sujeta a una especial regulación por parte del Estado.

Sentencia
El TC acogió un recurso de revisión constitucio­nal de amparo interpues­to por Vizcaíno Reyes y revocó la sentencia núm. 1530-2018-SSEN-00494, dictada por la Primera Sa­la de la Cámara Civil y Co­mercial del Juzgado de Pri­mera Instancia del Distrito Judicial de San Cristóbal el 31 de julio de 2018. Ese tribunal declaró inadmisi­ble la acción de amparo in­terpuesta por el chofer el 26 de junio de 2018, al en­tender que existía otra vía judicial para incoar su re­clamo.

CIFRA
5 MIL
Impunen astreinte.

El Tribunal Constitucio­nal impuso una astreinte de RD$5,000.00 contra el sindicato de transporte Unachosin, por cada día de retardo en la ejecu­ción de la presente deci­sión, a partir de su notifi­cación, a favor del accio­nante, el chofer Danilo Vizcaíno Reyes.

 

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