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54Grado.com : Hoy es Martes 21 de julio del 2026. Faltan 163 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1348 Pedro IV de Aragón somete y deshace a la poderosa Unión Aragonesa, que reunía a la nobleza de Aragón, en la Batalla de Épila. 1454 Enrique IV es proclamado rey de Castilla tras la muerte de su padre, Juan II, en Valladolid. 1568 Tiene lugar la batalla de Jemmingen en los Países Bajos, con victoria aplastante del ejército de la Corona Española. 1654 en la provincia Gansu (China), un terremoto de 8 grados en la escala de Richter deja un saldo de 31.000 víctimas. 1718 se firma el tratado de Passarowitz. 1773 el papa Clemente XIV ordena la disolución de la Compañía de Jesús. 1775 comienza la construcción de la nueva capital de Guatemala (la anterior, llamada la Antigua, fue destruida por un terremoto en 1773). Se sitúa a 40 km de la anterior y se denominará Ciudad de Guatemala. 1798 Batalla de las Pirámides y toma de El Cairo por las tropas francesas de Napoleón Bonaparte. 1831 Leopoldo I es oficialmente coronado rey de los belgas en Bruselas. 1847 España firma un tratado de paz y amistad con el Gobierno boliviano, en el que reconoce la independencia del nuevo país. 1861 Primera Batalla de Bull Run en la Guerra Civil Estadounidense. 1870 Se inaugura en Madrid el Café de Fornos. 1876 Aprobada una ley que anula el Régimen foral de las provincias vascongadas. 1901 Celebración de regatas internacionales en Santander. 1903 en Ciudad Bolívar, se libró la última batalla de la Revolución Libertadora donde el ejército gubernamental al mando de Juan Vicente Gómez vence a las fuerzas opositoras del general Nicolás Rolando. 1905 El sultán de Turquía es objeto de un atentado al salir de una mezquita. 1906 En Francia, Alfred Dreyfus es reintegrado en el Ejército y condecorado con la Legión de Honor. 1906 Por mediación de Theodore Roosevelt y de Porfirio Díaz se firma la paz entre Guatemala, El Salvador y Honduras. 1912 Albania se subleva contra la dominación turca. 1917 El Primer Ministro serbio Nikola Pašić publica un plan para una unión de los serbios, croatas y eslovenos en una monarquía serbia. 1917 Lanzamiento por los alemanes de las primeras bombas de gases asfixiantes durante la Primera Guerra Mundial. 1919 La Cámara de los Comunes ratifica el Tratado de Versalles. 1920 Chile: se produce la destrucción de la sede de la Federación de Estudiantes (FECh) durante la "Guerra de don Ladislao". 1925 "Martes rojo" en Gran Bretaña: para evitar una huelga, el primer ministro otorga a los mineros un adelanto especial a la espera de una negociación. 1928 Sublevación militar en varios estados de México. 1930 Se inaugura el aeródromo de Palomar de Zaragoza.

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jueves, 12 de marzo de 2015

TC prohíbe AMET incaute vehículos y, si lo hace, deberá pagar 50 mil pesos diarios a propietarios

El Tribunal Constitucional (TC) dictaminó que la Policía Nacional ni la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET), no podrán despojar de vehículos a sus legítimos dueños ni remolcarlos  sin estar amparadas en el dictamen de un juez y que si incumplen la sentencia deberán pagar 50 mil pesos cada día por la retención del bien mueble incautado.

En su dictamen, los jueces del  TC advierten que sin la autorización de un juez, la AMET no podrá incautar, retener o embargar vehículos, ya que si lo hace viola  los artículos 6, 8, 40 y 51 de la Constitución, y el artículo 8 de la Convención Americana.
La decisión del TC ha sido acogida por una gran parte de la población, ya que miles de propietarios de vehículos han sido afectados por la incautación de sus carros, jeepetas y motocicletas, muchas de las  cuales han sido entregadas luego con daños o con accesorios faltantes.
 Aclara el TC que no es atribución de la AMET,  “remover vehículos”, y que la Policía solo puede removerlo “si el dueño ha dado su consentimiento por escrito para que la Policía lo remueva”.
En la sentencia 002115, el TC le recuerda a la Policía Nacional que si encuentra un vehículo estacionado en lugares prohibidos, “tiene la obligación, el deber de hacer las diligencias razonables en el área inmediata para localizar su conductor y lograr que éste lo remueva”, colocándole la multa.
“Si no lograre localizar a dicho conductor, podrá trasladar el vehículo por cualquier medio a cualquier sitio visible desde el punto de remoción, donde pueda estacionarse legalmente”, añade, a fin de que el propietario pueda localizarlo.
“Los honorables magistrados que conforman el Tribunal Constitucional tienen a bien prohibirles a la Autoridad Metropolitana de Transporte, AMET, incautar, retener o embargar un vehículo , sin la autorización de un juez o tribunal, por ser dicha actuación u ordenanza contraria a la Constitución en sus artículos 6, 8. 40-1, 46 y 51”, expresa la sentencia.
FJT pide AMET la obedezca 
Al respecto, la  Fundación Justicia y Transparencia (FJT), tras celebrar la sentencia del TC, exhortó a las dos instituciones policiales a que le den fiel cumplimiento para que no incurran en el delito del desacato.
Asimismo, consideró violatorio a los derechos fundamentales por parte de la AMET,  apresar y retener detenido a los choferes y vehículos arbitrariamente, además del cobro compulsivo de multas por presuntas violaciones a la ley de tránsito 241, abusos que ninguna autoridad del gobierno había corregido a pesar de las quejas del pueblo.
Trajano Potentini, presidente de la FJT,  advirtió a las autoridades de la AMET que deben descontinuar esa práctica y cumplir en lo inmediato con la sentencia del TC, incluso extensiva a los vehículos que tengan retenidos hasta la fecha.

Autor: LILLIAM MATEO

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