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54Grado.com : Hoy es Martes 21 de julio del 2026. Faltan 163 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1348 Pedro IV de Aragón somete y deshace a la poderosa Unión Aragonesa, que reunía a la nobleza de Aragón, en la Batalla de Épila. 1454 Enrique IV es proclamado rey de Castilla tras la muerte de su padre, Juan II, en Valladolid. 1568 Tiene lugar la batalla de Jemmingen en los Países Bajos, con victoria aplastante del ejército de la Corona Española. 1654 en la provincia Gansu (China), un terremoto de 8 grados en la escala de Richter deja un saldo de 31.000 víctimas. 1718 se firma el tratado de Passarowitz. 1773 el papa Clemente XIV ordena la disolución de la Compañía de Jesús. 1775 comienza la construcción de la nueva capital de Guatemala (la anterior, llamada la Antigua, fue destruida por un terremoto en 1773). Se sitúa a 40 km de la anterior y se denominará Ciudad de Guatemala. 1798 Batalla de las Pirámides y toma de El Cairo por las tropas francesas de Napoleón Bonaparte. 1831 Leopoldo I es oficialmente coronado rey de los belgas en Bruselas. 1847 España firma un tratado de paz y amistad con el Gobierno boliviano, en el que reconoce la independencia del nuevo país. 1861 Primera Batalla de Bull Run en la Guerra Civil Estadounidense. 1870 Se inaugura en Madrid el Café de Fornos. 1876 Aprobada una ley que anula el Régimen foral de las provincias vascongadas. 1901 Celebración de regatas internacionales en Santander. 1903 en Ciudad Bolívar, se libró la última batalla de la Revolución Libertadora donde el ejército gubernamental al mando de Juan Vicente Gómez vence a las fuerzas opositoras del general Nicolás Rolando. 1905 El sultán de Turquía es objeto de un atentado al salir de una mezquita. 1906 En Francia, Alfred Dreyfus es reintegrado en el Ejército y condecorado con la Legión de Honor. 1906 Por mediación de Theodore Roosevelt y de Porfirio Díaz se firma la paz entre Guatemala, El Salvador y Honduras. 1912 Albania se subleva contra la dominación turca. 1917 El Primer Ministro serbio Nikola Pašić publica un plan para una unión de los serbios, croatas y eslovenos en una monarquía serbia. 1917 Lanzamiento por los alemanes de las primeras bombas de gases asfixiantes durante la Primera Guerra Mundial. 1919 La Cámara de los Comunes ratifica el Tratado de Versalles. 1920 Chile: se produce la destrucción de la sede de la Federación de Estudiantes (FECh) durante la "Guerra de don Ladislao". 1925 "Martes rojo" en Gran Bretaña: para evitar una huelga, el primer ministro otorga a los mineros un adelanto especial a la espera de una negociación. 1928 Sublevación militar en varios estados de México. 1930 Se inaugura el aeródromo de Palomar de Zaragoza.

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sábado, 1 de abril de 2023

Financiamiento ilegal va a tribunales a meses para escoger candidatos


 Wanda Méndez

Santo Domingo, RD

Cuando se aproximan los procesos internos de los partidos para escoger a sus candidatos y  las elecciones generales del año 2024, los  tribunales ordinarios estarán conociendo varios expedientes sobre presuntos actos de corrupción administrativa para utilizar los fondos en el financiamiento de campañas electorales.

El último caso judicial, presentado por el ministerio público tras el arresto de 20 personas mediante la operación Calamar, aporta un nuevo elemento al debate político-electoral, debido a que  entre los delitos atribuidos a los exfuncionarios implicados, figura el financiamiento ilícito de la campaña política, sancionado por la ley 33-18 con una multa del doble del monto aceptado ilegalmente.

En la coyuntura política actual,  esto representa un reto para los partidos, los candidatos y  la  propia JCE.  Presiona a las organizaciones políticas, a sus dirigentes y aspirantes a puestos electivos a  transparentar el manejo  de los recursos económicos que usen en la campaña.

Obliga al órgano  de administración electoral a ser riguroso con  la supervisión de los informes financieros que presenten los partidos,  a dar respuestas oportunas  a las denuncias que reciba sobre irregularidades y violaciones a la ley de partido y electoral, y  a imponer las medidas cautelares que establecen las  legislaciones.

De entrada se percibe que el Pleno de la JCE se adelantó, al adoptar algunas medidas a pocos meses de asumir los actuales miembros.  En noviembre del 2020,  dispuso que la Unidad Especializada de Control Financiero de Partidos, Agrupaciones y movimientos políticos, que crea la ley 33-18,   sea de carácter permanente, para que funcione no sólo en años electorales y preelectorales. Y le otorgó rango de dirección.

Según se explicó en un comunicado de prensa,  la finalidad es “que el personal que la integre pueda llevar un control y seguimiento eficiente del régimen de financiamiento que se le otorga a los partidos, y además que pueda estar en condiciones de detectar a tiempo las posibles violaciones a la ley y  poner en conocimiento oportuno al Pleno para que adopte las medidas y sanciones que correspondan.”

Nulidad de operaciones ilícitas

La ley 33-18 le da fuerza a la JCE, al otorgarle facultad  “para regular y en caso necesario anular, cualquier operación ilícita de la cual sea apoderada o tenga conocimiento.”

Le confiere competencia para incautar provisionalmente o tomar cualquier medida cautelar respecto a un bien,  o para hacer cesar de inmediato el uso indebido de los recursos y medios del Estado.

Podrá actuar a solicitud de parte interesada o por iniciativa propia y gestionar el auxilio de la fuerza pública.

Tope de gastos

La  nueva ley de régimen electoral  también asigna  a la JCE la potestad para elaborar un procedimiento sancionador.

La ley 20-23  retuvo  en la JCE la competencia  para imponer sanciones administrativas, que ya contenía la derogada ley 15-19.

El  exceso  de gasto de campaña en un 5%  del tope fijado,  está sancionado en el artículo 221 de la ley electoral con una multa equivalente al triple del monto excedido.

Según lo prescrito en el artículo 219 de la norma legal, el límite de  gastos  para las  entidades políticas será el equivalente a RD$1.75 por electores hábiles inscritos en el padrón.

Se establece en el artículo 220,  un tope de gastos para los candidatos a cargos electivos. Para el presidencial es de RD$ 122.50 por electores hábiles;  para senadores y diputados de  RD$105,00;  para alcaldes y directores de distritos municipales,  de RD$87.50,  y para regidores y vocales, de RD$43.00.

En el caso de directores de Distritos Municipales con menos de 5,000  electores, el tope es de RD$150.00.

Las contribuciones individuales a los candidatos no podrán ser superiores al  1%  de los límites establecidos, según la ley, que dispone que  los fondos sobrantes de las recaudaciones se destinen a los programas de formación política de sus miembros.

La nueva ley electoral llenó el vacío de la derogada  15-19 en cuanto al monto del  financiamiento público. Establece en el artículo 224 que en el Presupuesto General del Estado se consignará  una suma equivalente al 1/2% de los ingresos nacionales en los años de comicios generales y de un 1/4%  en los no electorales.

Los partidos están obligados a depositar  su presupuesto de ingresos y gastos en un plazo inferior a los 30 días después  de  publicada la resolución de la JCE que establece los topes de gastos de campaña.

La ley de partidos también impone un límite de gastos a los aspirantes a candidatos  en el periodo de  la precampaña.

En el nivel presidencial es  de RD$70.00 por electores hábiles; en el congresual, de RD$60.00,; en el municipal, de RD$50.00 para alcaldes, y RD$25.00 para regidores, y en los distritos municipales de RD$100.00 para directores y RD25,00 para vocales.

Inicio oficial de la campaña interna

El 2 de julio arrancará oficialmente la precampaña política,   período destinado para que los partidos, agrupaciones y movimientos escojan  a los candidatos que postularán en las elecciones del 2024, mediante diversas modalidades que le permite la ley 33-18.

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