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viernes, 31 de marzo de 2023

Ministerio Público ensucia lucha contra la corrupción

Felipe Ciprián
Santo Domingo, RD

La mejor demostración de que el ministerio público carece de elementos probatorios para sustentar en un tribunal las acusaciones que formula contra exfuncionarios, es que quiere que un juez los envíe a la cárcel con una condena sin juicio, disfrazada de medida de coerción.

Si contando con todos los recursos del Estado los fiscales pasan dos años interrogando y escarbando a Gonzalo Castillo, José Ramón Peralta y Donald Guerrero, estos colaboran con la investigación y nunca faltan a una cita, pero en lugar de formularle una acusación ante un tribunal lo que hace el ministerio público es encarcelarlos y luego pedir prisión, es señal de que sin pruebas, quiere lograr una condena sin juicio.

Y actuando así, los fiscales se pasan por la cola el principio de la libertad como la norma y la prisión como la excepcionalidad, haciendo un daño terrible a la lucha contra la corrupción.

También anulan la presunción de inocencia y filtrando el contenido de las acusaciones, vulneran el proceso penal que está claramente establecido como secreto en la fase de investigación, cerrada la audiencia de medida de coerción y juicio oral, público y contradictorio.   

La realidad está a la vista: el ministerio público salta por encima de la ley y la Constitución, destruyendo derechos fundamentales, en nombre de una supuesta lucha contra la corrupción que es abiertamente selectiva para no tocar a los allegados del presente gobierno.

¡Cárcel, cárcel, cárcel!

El ministerio público, cuando se trata de perseguir a “corruptos” del PLD, su modelo de operación es acosar por años, molestar, allanar y trancar.

Los fiscales no se dan por enterados nunca de los hechos de corrupción en el presente gobierno, a pesar de que debían saberlos no solo por los escándalos que provocan sus acciones, sino porque el presidente Luis Abinader, que ha dicho que tiene amigos pero no cómplices, los cancela por decreto.

Pero en la leyenda mitológica del ministerio público independiente, mientras haya corruptos del bando político fuera del gobierno, ¿para qué mirar, y mucho menos, enjuiciar a los corruptos de su propia tribu?

Una vez presos los exfuncionarios del pasado gobierno, los fiscales se esmeran en ponerles un mote mafioso para estigmatizarlos (Pulpo, Medusa, Calamar), filtran la investigación a los medios y a la ‘sociedad civil’ a pesar de que está en fase secreta, montan un cerco a los jueces de la atención para inducir presión y colocarlos contra las cuerdas para que esos magistrados no tengan más salida que dictar prisión preventiva o ser villanos por ‘complicidad con la corrupción’.

En todos los casos es lo mismo: una larga cadena de interrogatorios a los que acuden los perseguidos sin ser conducidos, llegado el ‘momento  oportuno’ montan decenas de allanamientos simultáneos y llenan la cárcel preventiva de ‘corruptos’.

Con una precisión propia de la Inteligencia Artificial, con los perseguidos encarcelados, el escrito de los fiscales se filtra a los medios de comunicación antes de ser llevado al juez que debe conocer los presupuestos para saber si acepta el pedido invariable de 18 meses de prisión preventiva y declarar el caso complejo.

Actuando así, el ministerio público, en nombre de la persecución del crimen, vulnera la ley y los derechos individuales de los investigados, erigiéndose en verdugo del derecho y fuerza de tarea para presionar a los jueces.

Dando voluminosas cifras de millones robados, crean un estado de consenso contra los ladrones, aunque no tienen pruebas. Y como faltan estas, acuden a los ladrones ‘buenos’ que se convierten en delatores premiados.

¿Qué justifica la prisión?

Es el Código Procesal el que establece que el proceso penal debe seguirse conforme a la divisa de que la libertad del enjuiciable es la regla, la prisión preventiva es la excepcionalidad, precisamente para no conculcar los derechos de una persona a la que tan solo se les imputan cargos, pero que la ley la presume inocente hasta que haya una condena irrevocable.

Para que actuando en derecho un juez imponga prisión preventiva, debe establecerse –con pruebas, no con alegatos de su persecutor- que el perseguido puede obstruir la investigación o darse a la fuga para evadir su encausamiento.

¿Tiene el ministerio público de Wilson Camacho y Yeni Berenice Reinoso pruebas de que Castillo, Guerrero y Peralta han intentado huir para no enfrentarse a las acusaciones?

¿A cuál de ellos citó Camacho y Yeni Berenice para interrogatorio y rehusó acudir o contestar sus inquisiciones?

¿Cuál de ellos desconocía que se les estaba investigando y que existía la firme intención de los fiscales de encarcelarlos, vejarlos y llevarlos a juicio por corrupción?

¿A cuál de ellos atrapó el ministerio público intentando cruzar la frontera para escapar por Haití o a bordo de un yate para irse ilegalmente del país?

Gonzalo es propietario de una pujante empresa de navegación aérea con una flota de helicópteros y aviones.

Si hubiese sido su intención salir del país, lo hubiera hecho sin las complicaciones que tuvieron José Michelén, Fulgencio Espinal, Carlos Carmona Mateo y Salvador Jorge Blanco, tíos de los líderes más espléndidos del gobernante PRM de hoy, cuando huyeron en 1986.

Vi copias (no las tengo)de las cartas que hizo Donald Guerrero a la procuradora Miriam Germán avisándole de sus salidas y regresos al país.

La primera fue recibida el 29 de marzo de 2021 y la última hace solo unos días, el 10 de marzo de 2023. En todas anunciaba la fecha de regreso y la dirección donde estaría localizable durante su permanencia en el exterior.

Durante dos años, Guerrero no solo informó sus salidas, sino que como certificó la Dirección General de Migración, siempre salió y regresó en las fechas previstas.

Peralta tiene negocios agropecuarios conocidos, familia y relacionados de solvencia, que no defraudará.

Vistos los comportamientos y sólidos arraigos de Castillo, Guerrero y Peralta, el peligro de fuga, claramente, no existe en ninguno de estos casos.

¿Obstruir qué?

El otro factor que puede inducir a un juez a acoger un pedido de prisión preventiva como medida de coerción es que el enjuiciable pueda obstruir la obtención de los elementos probatorios.

Si los hoy prisioneros del ministerio público estaban bajo control investigativo y monitoreo factual durante más de dos años y sus casas y oficinas fueron allanadas por fiscales, ¿qué piedra queda sin remover para conservar pruebas?

No creo que ahora Abinader haya reiterado su llamado de perseguir a los miembros del Comité Político del PLD por ser una “asociación de malhechores” como lo hizo en el verano de 2020.

Creo que los persecutores de la corrupción morada no quieren devolverse de lo que iniciaron entonces y por eso su trabajo será meter peledeístas presos y buscarles un bajadero a los participantes directos, pero con vínculos políticos y familiares con el PRM, mediante las delaciones premiadas, de las que podría ocuparme en los próximos días.

 

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