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Efemérides

54Grado.com : Hoy es domingo 8 de febrero del 2026 . Faltan 327 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1822. El presidente de Haití Jean Pierre Boyer invade la parte Este de la isla, a la cabeza de un ejército de 10,000 hombres, aboliendo la esclavitud e imponiendo otras medidas contenidas en la Constitución haitiana. 1875. Los congresos de la República Dominicana y Haití aprueban el tratado sobre límites fronterizos de ambas naciones. 1876. El Presidente haitiano Florvil Hippolyte anuncia al presidente dominicano Ulises Heureaux la conformación de la comisión de arbitraje de interpretación del tratado fronterizo, el cual sería encabezado por el Papa. 1907. El canciller, Emilio Tejera y Federico Velásquez, ministro de Hacienda y Comercio, firman con el cónsul de Estados Unidos en el país, Thomas Dawson, una convención de arreglo para la deuda externa, ascendente a 30 millones de dólares. 1915. Fallece en Santo Domingo, a la edad de 77 años, el varias veces presidente de la República y fundador del partido Verde, Ignacio Ma. González. 1938. El licenciado Joaquín Balaguer hijo es escogido como miembro de la Cámara de Diputados, por los integrantes de ese poder del Estado. 1973. El Presidente Joaquín Balaguer designa al Capitán de Navío, Manuel Ramón Montes Arache, encargado del patrullaje de la Capital, en momentos que tropas militares y policiales persiguen el grupo guerrillero encabezado por el ex coronel Francisco Caamaño Deñó. 1990. El presidente Joaquín Balaguer y el ex presidente Juan Bosch reciben el Premio Nacional de Literatura, en reconocimiento a su producción literaria de toda una vida. 2010. El presidente Leonel Fernández emite el Decreto No.56, mediante el cual se dispone el cambio de denominación de las secretarías de Estado por la de ministerios. 2012. El Partido Frente Amplio advierte que el presidente Leonel Fernández, la primera Margarita Cedeno de Fernández y el PLD podrían ser llevados a los tribunales por abusar de los recursos del Estado en la campana electoral. 2015. La fiscal de Santiago, Luisa Liranzo resulta herida de perdigones, luego de que a un guardia privado se le escapara un cartucho de una escopeta en el parqueo posterior del Gran Teatro del Cibao, donde la magistrada presenciaba el carnaval, junto a familiares y amistades. -El matutino Listín Diario publica una nota en la que revela que la mujer más buscada de Francia, Hayat Boumeddiene, sobre quien las autoridades de ese país advierten de su alta peligrosidad, estuvo disfrutando de las aguas de playa dominicanad con el terrorista Amedy Coulibaly, meses antes de que este yihadista islámico se atrincherara en un supermercado judío cercano a la Puerta de Vincennes, en París, donde asesinó a cuatro rehenes, hasta que fue abatido por la Policía. -Fallecen los dirigentes choferil y sindical, Ramón Pérez Figuereo y Fernando Guante, presidente de la Central Nacional de Transportistas Unificados (CNTU) y secretario general de la Confederación Autónoma Sindical Clasista (CASC), respectivamente, tras varios años de dolencias. 2016. La Presidencia de la República muestra su disconformidad con la elección del escritor y Premio Nobel de Literatura Mario Vargas Llosa, realizada por el jurado del Premio Internacional Pedro Henríquez Ureña, considerando que éste ha irrespetado las instituciones estatales del país. Internacionales: 1517. Una expedición organizada por Diego Velázquez, Gobernador de Cuba, sale a la conquista de México. 1587. Es decapitada la reina de Escocia María Estuardo, acusada de conspirar para asesinar a la reina de Gran Bretaña, Isabel I. 1815. El Congreso de Viena pone fuera de la ley internacionalmente el comercio de esclavos. 1898. Es asesinado el Presidente guatemalteco Rafael Barrios 1904. Se inicia la guerra ruso-japonesa. 1924. En Estados Unidos se emplea por primera vez la cámara de gas con un condenado a muerte. 1962. Fuerzas leales al Gobierno de Guatemala dispersan los rebeldes que dos días antes atacaron dos poblaciones del noroeste de la capital y los persiguieron hasta las montañas, después que estos emprendieron la fuga. 1971. En Suiza es aprobado mediante referéndum, el voto femenino. 1979. Estados Unidos suspende su ayuda económi­ca y militar al régimen del dictador Anastasio Somoza. 1984. Desaparece en París, Francia, donde residía desde hacía 33 años, el escritor Julio Cortázar, autor de la novela Rayuela. 1993. Mueren 134 personas al chocar un avión militar iraní contra otro civil -de la misma nacionalidad-, con 132 personas a bordo, cerca de Teherán. 1997. En Ecuador se genera un caos político al ser proclamados tres presidentes. Tras varios días de inestabilidad, Fabián Alarcón contó con los votos suficientes para su nombramiento como jefe de Estado interino. 1999. Abdalá II de Jordania jura su cargo como nuevo rey y nombra heredero a su hermanastro Hamza, tras el fallecimiento de su padre el rey Hussein. 2003. En Bogotá (Colombia), un coche-bomba explota en el edificio del club El Nogal, dejando un saldo de 30 víctimas fatales y un centenar de heridos, entre ellos varios niños. 2006. El semanario satírico francés Charlie Hebdo publica las caricaturas aparecidas en el Jyllands-Posten añadiendo otras nuevas en su portada de Mahoma llevándose las manos a la cabeza y diciendo "Es duro ser amado por tontos". 2012. El diario News York Times plantea en un editorial que Estados Unidos deberían compensar a las víctimas en Guatemala de un experimento médico efectuado hace más de 60 años, que incluyó la infección deliberada con enfermedades venéreas a más de 1,300 personas. -El presidente de Bolivia, Evo Morales, replica a la ONU que en su país no hay persecución política a opositores, después de que el organismo le pidiera que sus adversarios sean juzgados con imparcialidad, presunción de inocencia y transparencia en los casos de supuesta corrupción que les abrió su gobierno. 2013. La Fiscalía de Nueva York cita a la agencia de calificación de fraude Standard & Poor's, la corporación financiera Moody's y Fitch para investigar su actuación previa a la crisis financiera de 2007-2010. - La Unión Europea logra un acuerdo sobre el presupuesto para 2014-2020. 2014. Un avión de pasajeros cae a un río en la Amazonía brasileña, muriendo 24 personas, la mayoría de la misma familia. -La infanta Cristina de España declara como imputada por supuestos delitos de fraude fiscal y blanqueo de capitales. 2015. Fallece a la edad de 82 años, el empresario mexicano Mario Vázquez Raña, presidente de la Organización Deportiva Panamericana (Odepa). 2016. El Pentágono anuncia su intención de desplegar un moderno sistema antimisiles a Corea del Sur "lo antes posible" como parte de su respuesta a la "amenaza" por parte de Corea del Norte tras el lanzamiento de un cohete de largo alcance días antes. 2019. Sectores de la oposición haitiana realizan manifestaciones callejeras para exigir la renuncia del presidente del país, Jovenel Moise, quien precisamente, cumple dos años de Gobierno. 2023. El bañoncetista LeBron James hace historia al superar la marca de Kareem Abdul-Jabbar, como el máximo anotador histórico de la NBA, logro que concreta con 38 puntos anotados ante Oklahoma City Thunder, alcanzando un total de 38,390 puntos. 2024. El magistrado Alexandre de Moraes, juez de la Corte Suprema de Brasil, ordena al expresidente Jair Bolsonaro entregar su pasaporte en un plazo de 24 horas, como parte de la operación policial contra militares y aliados políticos del líder ultraderechista por intento de golpe de Estado, durante y después de las elecciones de 2022, para impedir la asunción al Gobierno de Luiz Inácio Lula da Silva. - El presidente de EEUU, Joe Biden, califica de "desquiciadas y atroces" las declaraciones del expresidente Donald Trump de apoyar un ataque de Rusia a aliados de la OTAN que no estén al día con sus obligaciones financieras, en un mitin de campaña en Conway (Carolina del Sur). 2025. Un potente sismo de magnitud 7.6 grados sacude el mar Caribe, a unos 209 kilómetros de la costa de las Islas Caimán, generando alertas de tsunami en varios países de la región, con peligrosas olas que podrían alcanzar áreas a lo largo de las costas de Jamaica, Cuba, México, Honduras, Bahamas, Belice, Haití, Costa Rica, Panamá, Nicaragua y Guatemala, según informes del Centro de Alerta de Tsunamis del Pacífico.

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martes, 27 de octubre de 2020

El Presidente de la Cámara de Cuentas no puede ser interpelado

JULIO CURY
Santo Domingo, RD

 Nuestro sistema presiden­cial se basa en una suerte de simbiosis entre el Congreso Nacional y el Poder Ejecuti­vo que, a modo de ejemplo, se manifiesta en las cuen­tas que debe rendir el presi­dente de la República los 27 de febrero de cada año por mandato de los arts.

93.2 li­teral d) y 128.2 literal f) de la Constitución. La interpela­ción es una de las dos técni­cas de control a través de la cual las cámaras legislativas fiscalizan las políticas públi­cas del gobierno y sus institu­ciones autónomas y descen­tralizadas.

Del literal f) del art. 93.2 constitucional y del vínculo de fiducia o estrecha colabora­ción entre ambos poderes es­tatales, se infiere que los fun­cionarios de la rama ejecutiva son los que pueden ser inter­pelados. No obstante, el art. 95 induce a cierta confusión, ya que al listar quienes pueden ser alcanzados por esta herra­mienta incluye “… a los direc­tores o administradores de los organismos autónomos y des­centralizados del Estado…”. Una lectura precipitada y nada analítica llevaría a creer enton­ces que todos los funcionarios públicos son pasibles de inter­pelarse, pero por más de una razón no es así.

Aunque se piense lo con­trario, el indicado precepto no ofrece dudas interpretativas. Para empezar, se refiere a “di­rectores o administradores”, título que no ostenta ningún miembro de los órganos extra­poder creados directamente por el texto supremo, mas co­mo el método textual no es el más aconsejable para concre­tar el significado de las normas constitucionales, abandonaré todo esfuerzo argumentativo inspirado en la literalidad de dicha disposición y abordaré otros de mayor peso que per­miten llegar a la misma con­clusión.

Como es sabido, los órga­nos extrapoder, entre los cua­les figuran el Tribunal Constitu­cional, la Cámara de Cuentas, el Ministerio Público, el Defensor del Pueblo y el Tribunal Supe­rior Electoral, escapan a toda lí­nea jerárquica, o lo que es igual, no están orgánicamente supe­ditados a ninguno de los tres po­deres clásicos. Su previsión en la Carta Fundamental obedece al interés de dotarlos de garantías de actuación e independencia para que puedan desempeñar sin conrtapisas sus funciones esenciales en beneficio del Esta­do y la sociedad.

Así las cosas, su esfera com­petencial está libre de controles e injerencias, por lo que sus inte­grantes no pueden ser siquiera objeto de las dos únicas conse­cuencias que el párrafo del art. 95 constitucional apareja en perjuicio de los funcionarios in­terpelados: voto de censura y petición de destitución a sus su­periores. En efecto, la separa­ción anticipada de sus cargos apenas es posible a través de la celebración de un juicio políti­co derivado de la comprobable comisión de faltas graves, por lo que el presidente de la Cáma­ra de Cuentas, como sugirió re­cientemente cierto senador, no puede ser interpelado.

El contenido esencial de la autonomía reforzada de que goza el órgano extrapode que encabeza, rechaza de plano que otras autoridades pue­dan fiscalizar sus competen­cias fundamentales, accesorias e instrumentales, y muy parti­cularmente su desempeño insti­tucional, que es lo que se procu­ra con la interpelación. Suponer lo contrario, esto es, que están sometidos a la vigilancia del Congreso Nacional, equivaldría a minar la autonomía funcional de la que están revestidos como órganos troncales del Estado y, más aún, que sus titulares pue­den ser censurados o destutidos por recomendación hecha al “Presidente de la República o al superior jerárquico correspon­diente”, como dispone el párra­fo del art. 95, lo cual, insisto, es absolutamente imposible.

Pero eso no es todo; los orga­nismos autónomos del Estado que caen bajo la órbita del refe­rido precepto son que se seña­lan en el art. 141 del propio tex­to supremo, tal como precisó el Tribunal Constitucional en su Sentencia TC/0305/14, reafir­mada en la TC/0001/15: “… la autonomía de la que han sido revestidos los órganos extrapo­der en la Constitución de 2010 es cualitativamente superior a la autonomía meramente admi­nistrativa que la Constitución re­conoce a los organismos autó­nomos y descentralizados de la Administración Pública, los cua­les podrán ser creados por ley y estarán adscritos al sector de la administración compatible con su actividad, bajo la vigilancia de la ministra o ministro titular del sector”.

Nada distinto prevén los arts. 50 y siguientes de la Ley núm. 247-12, que al desarrollar di­chos organismos aclaran que la ley que los cree –no la Constutu­ción- deberá adscribirlo “al mi­nisterio que sea rector del sector de políticas públicas afines a su misión y competencia”, el cual lo controlará “con el propósito de garantizar la coherencia po­lítica de la acción del gobierno”. Son justamente esos y no otros los organismos aludidos por el constituyente en el repetido art. 95, y en vista de que los mismos dependen de la rama ejecutiva, sus titulares pueden ser interpe­lados, pero no así los de los ór­ganos extrapoder, cuyo grado de autogobierno y autonomía constitucional –no legal- los si­túa fuera del perímetro de eva­luación y control de los hemici­clos de La Feria.

Agustín Ruiz Robledo, en su Compendio de Derecho Cons­titucional español, sostiene que la función de fiscalización del parlamento, llamadas allá Cor­tes Generales en tributo a una tradición de la Edad Media, se ejerce exclusivamente sobre los funcionarios del gobierno, cri­terio que secunda el formidable tratadista argentino Néstor Pe­dro Sagués: “Las interpelacio­nes, típicas de los sistemas parla­mentaristas, significan también un requerimiento de informes a los miembros del Gabinete, pero tienen como objeto even­tual, después de oído los minis­tros, formular votos de confian­za o de censura que importan, en uno y otro caso, la continui­dad o la conclusión de los minis­tros”.

Exactamente lo mismo con­sidera Germán Bidart Campos, en tanto que Jorge Rodríguez-Zapata, haciendo referencia a la Sentencia núm. 225/1992 del Tribunal Constitucional es­pañol, expresa que “las interpe­laciones versan sobre los moti­vos o propósitos de la conducta del Poder Ejecutivo”. Efectiva­mente, la decisión de referen­cia apuntó que el derecho a interpelar está circunscrito al “ejecutivo en cuestiones de po­lítica general, bien del Gobier­no, bien de algún Departamen­to Ministerial”. Recapitulando: ni el Presidente de la Cámara de Cuentas ni ninguno de sus miembros, como tampoco los de los demás órganos extrapo­der, pueden ser interpelados, instrumento de control de des­empeño funcional de aplicabi­lidad restringida a los funciona­rios del ramo ejecutivo.

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