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54Grado.com : Hoy es miércoles 25 de marzo del 2026 . Faltan 281 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1547. Muere en la Villa de Azua, Hernando Gorjón, rico encomendero, patrocinador de una universidad o colegio que llevó su apellido (Colegio Gorjón). 1843. Juan Pablo Duarte se dirige a San Cristóbal, donde logra que el comandante haitiano pronuncie la villa a favor de los que conspiraban contra Boyer. 1845. Se produce la muerte del general haitiano Augusto Broward, mientras exploraba posiciones militares en las frontera. 1861. Continúan los pronunciamientos a favor de la anexión a España por parte de los generales encargados de Montecristi, Sabaneta y Guayubín. 1864. El Padre de la Patria, Juan Pablo Duarte, regresa al país, luego de cumplir con la misión encomendada de recorrer América del Sur en busca de ayuda para la causa de restaurar la independencia nacional. 1865. Tras la Junta Provisional de Gobierno organizar una nueva Constitución, el general Pedro Antonio Pimentel se convierte en el nuevo presidente de la República. 1874. El presidente Ignacio María Gonzáles, dicta un decreto modificando el arrendamiento de la Península de Samaná, efectuado por Buenaventura Báez, y ratificado el 18 de febrero de este mismo año. 1879. Es creada mediante el decreto No. 1765, la provincia Montecristi, integrada por las comunes: San Fernando de Monte Cristi, común cabecera, Guayubín, Dajabón, Sabaneta y el puesto cantoral de Guaraguanó. 1894. La denominada "rebelión de los azuanos", encabezada por Ignacio María González, con el respaldo de Gregorio Luperón y Casimiro de Moya, cruzan la frontera, para enfrentar el gobierno del presidente Ulises Heureaux, el que los venció fácilmente por la colaboración del presidente haitiano Fiorvil Hippolite. 1895. José Martí y Máximo Gómez firman en Montecristi el famoso Manifiesto, para luchar ambos por la independencia de Cuba. 1936. Muere en Tamboril, provincia Santiago, a la edad de 75 años, el ex presidente Horacio Vásquez. 1962. El ingeniero Mario Penzo Fondeur renuncia como titular de la secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones, alegando que el Consejo de Estado nombraba sistemáticamente funcionarios y empleados sin consultarlo. - Queda constituida la Confederación Nacional de Trabajadores Libres (CONATRAL), con dirigentes disidentes de la original FOUPSA, siendo sus principales dirigentes Robinson Ruiz López, Antonio Checo y Diego Díaz. 1970. El presidente Joaqun Balaguer acepta su repostulación a un nuevo periodo de gobierno en las elecciones del 16 mayo, sellando así la división del Partido Reformista, con el rechazo del vicepresidente Francisco Augusto Lora. 1973. El llamado "Guerrillero Solitario", Hamlet Hermann, es apresado en Villa Altagracia por guardacampestres del ingenio Catarey, finalizando así la presencia en el país de insurrectos encabezados por el cprpnel Francisco Caamaño, en contra el régimen de Joaquín Balaguer. 1995. Monseñor Benito de la Rosa y Carpio es nombrado Obispo de la diócesis de La Altagracia (Higüey). 1999. El Gobierno dominicano deposita en la Organización de Estados Americanos (OEA), el instrumento de aceptación de la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 2002. El Congreso Nacional aprueba el Contrato para la explotación del oro entre el Estado dominicano y la empresa Placer Dome. 2003. El canciller Hugo Tolentino Dipp, renuncia al cargo, como reacción a la orden del presidente Hipólito Mejía de enviar soldados a Irán para apoyar a los Estados Unidos. 2008. Aunque dirigentes peledeistas lo niegan, la Junta Central Electoral dispone eliminar las nóminas de pago de las instituciones estatales, al margen de los funcionarios y empleados públicos que devengan salarios y remuneraciones por servicios regulares. -Al instalar la mesa interinstitucional para la lucha contra el narcotráfico, la secretaría de Interior y Policía informa que el 60% de los crímenes registrados en el país están vinculados a ese ilícito penal. 2014. El Gobierno dominicano proclama ante críticas de Estados Unidos, el derecho que tiene de establecer sus propias reglas migratorias, al impedir la salida del país a la dominico-haitiana Juliana Deguis, por no poseer la documentación requerida. 2020. Funcionarios del área económica del gobierno se reúnen con representantes de diferentes sectores productivos para ofrecerles apoyo que evite desempleos formales e identificar iniciativas para mantener el nivel de colocación en el país como pilar de la economía. 2024. El presidente Luis Abinader expresa que mientras dirija el Estado dominicano no permitirá que se creen campos de refugiados en el país, posición que dijo no cambiara "sin importar quien lo exija". 2025. El diputado Elías Wessin Chávez, revela que el Código Penal no fue aprobado debido a la presión ejercida por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), organismo que afirma financiaba ONG para que defendieran las tres causales del aborto. Internacionales: 1507. Aparece por primera vez la palabra América en un libro que habla del Nuevo Mundo. 1634. Llegan los primeros colonos británicos a la colonia de Maryland (del actual Estados Unidos), enviados por Lord Baltimore (Cecilius Calvert). 1791. En Buenos Aires, Argentina, es reabierta al público, tras 39 años de reconstrucción, la catedral metropolitana, hundida casi por completo en 1952. 1821. Patriotas griegos inician una revolución contra el imperio otomano, la que duró 12 años y culminó con la independencia de Grecia. 1802. Es firmada la "Paz de Amiens" entre Inglaterra y Francia, mediante la cual se devuelve Menora a España. 1825. en Londres (Inglaterra) se ejecuta la Novena Sinfonía de Beethoven por primera vez en Gran Bretaña. 1911. Un incendio en la fábrica de camisas Triangle Shirtwaist de Nueva York provoca la muerte de 146 mujeres, siendo el desastre industrial más mortífero en la historia de esa ciudad y el cuarto en el número de muertes de un accidente industrial en la historia de los Estados Unidos. 1954. Radio Corporation of America (RCA) manufactura el primer televisor a color. 1972. En El Salvador, un grupo de jóvenes militares trata fallidamente de dar un golpe de estado, como reacción al alegado fraude electoral, lo que contribuyó a acelerar el proceso de radicalización social y a engrosar las filas de las recientemente fundadas organizaciones guerrilleras. 1975. Bélgica, Francia, Luxemburgo, Alemania Federal, Italia y Holanda firman el Tratado del Mercado Común y se unen para formar la Comunidad Económica Europea (CEE), origen de la actual Unión Europea (UE). 1976. Las Fuerzas Armadas argentinas deponen el Gobierno de la Presidenta María E. viuda Perón. 1991. Es anunciada la disolución del Pacto de Varsovia. 1992. Retornan a la Tierra los cosmonautas rusos varados en el espacio por la caída de la ex-URSS, después de permanecer en órbita por cinco meses más de lo previsto debido a falta de fondos para costear su regreso. 2006. Muere en su domicilio de las afueras de Madrid, la actriz y cantante española Rocío Dúrcal, tras agravarse el cáncer que padecía desde hacía varios años. 2010. El diario New York Times revela que el Cardenal Joseph Ratzinger (luego Papa Benedicto XVI) ignoró más de 200 quejas de abuso sexual contra el sacerdote Lawrence Murphy, en una escuela católica para niños sordos en Wisconsin entre 1950 y 1974. 2014. El presidente Nicolás Maduro informa la captura y envío ante los tribunales militares, de tres generales que alegadamente pretendían darle un golpe de estado. 2018. Unas 37 personas pierden la vida, entre ellas 9 niños, y más de 40 resultan heridas en el incendio desatado en el centro comercial Zímniaya Vishnia (Cereza de invierno), situado en la ciudad rusa de Kémerovo. 2019. El juez Antonio Ivan Athié, del Tribunal Regional Federal de la Segunda Región de Brasil, concede la libertad al expresidente Michel Temer (2016-2018), preso preventivamente por sospechas de corrupción. -La OEA califica de "inadmisible" la llegada de tropas rusas a Venezuela para prestar apoyo al "régimen usurpador" del presidente Nicolás Maduro, una acción que, señala la institución, viola además la Constitución del país suramericano. 2020. Un tribunal británico niega la libertad condicional a Julián Assange, reclamado por EE.UU. para ser juzgado debido a las revelaciones de su portal WikiLeaks, pese al temor de que contraiga COVID-19 en la cárcel londinense donde está en prisión preventiva. 2021. Con menos de tres meses de ser juramentado, el presidente estadounidense, Joe Biden, revela en su primera rueda de prensa, tener la intención de presentarse a la reelección en los comicios de 2024, junto a la actual vicepresidenta, Kamala Harris, como su compañera de candidatura. -Archivos desclasificados por la Embajada de EE.UU. en Buenos Aires dan cuenta de cómo la Casa Blanca no solo estaba al tanto de que se preparaba un golpe militar para marzo de 1976 en Argentina, sino además que el gobierno de facto sería "prolongado y de una severidad sin precedentes" en su combate a la guerrilla. 2024. El Tribunal Basmanny de Moscú ordena medidas preventivas contra Isroil Islómov y sus dos hijos Aminchon y Dilovar, sospechosos de haber participado en el atentado perpetrado en la sala de conciertos Crocus City Hall en Moscú. 2025. Sergio Alfieri, el médico que se ha ocupado del papa Francisco durante su hospitalización en el hospital Gemelli, revela en una entrevista al diario "Corriere della Sera", que hubo un momento "en el que hubo de decidir entre parar y dejarlo ir o probar con todos los medicamentosy terapias posibles, corriendo un riesgo muy alto".

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lunes, 23 de abril de 2018

Finjus aboga por más consenso en proyecto de ley sobre violencia contra las mujeres

SANTO DOMINGO. La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) considera que el Proyecto de Ley que crea el Sistema de Apoyo Integral para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres requiere de un mayor consenso entre los actores oficiales y sectores sociales vinculados, a fin de que su versión final tenga una mayor profundidad y especificidad para alcanzar la eficiencia y eficacia necesarias en la lucha contra este grave flagelo.

“Es cada día más claro que el Estado dominicano ha mostrado, en los últimos años, una gran incapacidad para contener, prevenir y minimizar los daños que provoca la violencia de género en toda la sociedad. Los niveles que ha alcanzado, tanto en víctimas mortales como en el daño agudo a las familias, especialmente a los niños, niñas y adolescentes, y el impacto negativo que este fenómeno tiene en todas las áreas sociales, ameritan que el Estado asuma el compromiso de diseñar, ejecutar y sostener políticas públicas exitosas, que respondan adecuadamente a nuestra realidad y que enfoquen el problema desde una perspectiva integral, con responsabilidad y con los recursos suficientes”, expresa Finjus en un documento enviado a los medios.
Para la institución, “este es el momento en el que las políticas a aplicar para enfrentar la violencia de género han de ser transversales y verdaderamente eficaces. Para ello, un proyecto de ley que aborde integralmente esta materia, puede significar un importante paso de avance; lo cual sumado a la creación de las capacidades operativas concretas por parte de los poderes públicos, podría traducirse en resultados positivos y distintos a los obtenidos a lo largo de la historia reciente”.
Tal como ha sido presentada, la iniciativa otorga a la Procuraduría General de la República una suerte de dirección de las acciones de prevención de estos delitos puntuales, lo que ha creado reticencia en el Ministerio de la Mujer, que considera que dicha dirección ha de ser asumida por ese organismo y no por un organismo de persecución de la criminalidad.
Sobre estas divergencias, la Finjus entiende que la violencia de género debe afrontarse desde una perspectiva dual; en primer orden, la idea de un potencial hecho punible, y, por otro lado, como el resultado de patrones socio-culturales que responden a conductas normalizadas históricamente en sociedades como la nuestra. Asimismo, que conviene revisar la iniciativa legislativa en cuanto a la factibilidad y eficacia de la centralización que pareciera ser atribuida al Ministerio Público en tanto órgano rector en la labor de diseño y formulación de las políticas públicas en contra de este flagelo”. “En ese sentido, una atención integral, que busque contrarrestar este flagelo, debe considerar la interacción entre el órgano encargado de regir la política de Estado contra la criminalidad y la entidad responsable de fomentar y lograr la equidad de género”,
A continuación el texto íntegro de la Finjus
Finjus llama a alcanzar mayores consensos en el Estado y la sociedad en proyecto de ley sobre violencia contra la mujer
La Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc. (FINJUS) considera que el Proyecto de Ley que crea el Sistema de Apoyo Integral para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres requiere de un mayor consenso entre los actores oficiales y todos los sectores sociales vinculados, a fin de que su versión final tenga una mayor profundidad y especificidad para alcanzar la eficiencia y eficacia necesarias en la lucha contra este grave flagelo.
Es cada día más claro que el Estado dominicano ha mostrado, en los últimos años, una gran incapacidad para contener, prevenir y minimizar los daños que provoca la violencia de género en toda la sociedad. Los niveles que ha alcanzado, tanto en víctimas mortales como en el daño agudo a las familias, especialmente a los niños, niñas y adolescentes, y el impacto negativo que este fenómeno tiene en todas las áreas sociales, ameritan que el Estado asuma el compromiso de diseñar, ejecutar y sostener políticas públicas exitosas, que respondan adecuadamente a nuestra realidad y que enfoquen el problema desde una perspectiva integral, con responsabilidad y con los recursos suficientes.
La mayoría de las políticas públicas que han sido implementadas en esta temática en el país en los últimos años han mostrado graves insuficiencias en el conocimiento apropiado de los operadores de sistema sobre la magnitud del problema y las causas que lo generan. Han mostrado asimismo la falta de personal especializado para la atención de las víctimas, la falta de coordinación interinstitucional en el logro de las metas y objetivos y finalmente en la dispersión de los sistemas de registro, monitoreo y seguimiento de casos y lo peor, de los enfoques en que ha sido abordada la problemática.
En ese sentido, desde FINJUS consideramos que este es el momento en el que las políticas a aplicar para enfrentar la violencia de género han de ser transversales y verdaderamente eficaces. Para ello, un proyecto de ley que aborde integralmente esta materia, puede significar un importante paso de avance; lo cual sumado a la creación de las capacidades operativas concretas por parte de los poderes públicos, podría traducirse en resultados positivos y distintos a los obtenidos a lo largo de la historia reciente.
El Proyecto de Ley que crea el Sistema de Apoyo Integral para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres, representa una iniciativa loable de cara a la gravísima problemática que constituye el auge de la comisión de este delito. En el contenido del proyecto se reflejan presupuestos interesantes como la colaboración interinstitucional, el manejo de datos estadísticos concretos y la articulación y coordinación de políticas sectoriales en el seno de las distintas instancias de los poderes públicos y el Estado a través de un sistema integral que planifique en base a ejes transversales.
Sin embargo, esta iniciativa de ley ha encontrado cierta reticencia por las competencias que atribuye, pues otorga a la Procuraduría General de la República una suerte de dirección de las acciones de prevención de estos delitos puntuales. Con relación a ello, el Ministerio de la Mujer considera que dicha dirección ha de ser asumida por ese organismo y no por un organismo de persecución de la criminalidad.
En cuanto a las divergencias planteadas, es preciso puntualizar que la violencia de género debe afrontarse desde una perspectiva dual; en primer orden, la idea de un potencial hecho punible, y, por otro lado, como el resultado de patrones socio-culturales que responden a conductas normalizadas históricamente en sociedades como la nuestra. En ese sentido, una atención integral, que busque contrarrestar este flagelo, debe considerar la interacción entre el órgano encargado de regir la política de Estado contra la criminalidad y la entidad responsable de fomentar y lograr la equidad de género.
El artículo 169 de nuestra Ley Sustantiva establece que “El Ministerio Público es el órgano del sistema de justicia responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, dirige la investigación penal y ejerce la acción pública en representación de la sociedad República Dominicana. Constitución Política. Artículo 169. Subrayado nuestro.”. De igual manera, la Ley No. 86-99, que crea la Secretaría de Estado de la Mujer (hoy Ministerio), establece en su artículo 1, que este organismo es “responsable de establecer las normas y coordinar la ejecución de políticas, planes y programas a nivel sectorial, interministerial y con la sociedad civil, dirigidos a lograr la equidad de género y el pleno ejercicio de la ciudadanía por parte de las mujeres Ley de Creación de la Secretaría de Estado de la Mujer No. 86-99. Artículo 1..”
De ambas disposiciones puede colegirse que el Ministerio Público define políticas contra la criminalidad, lo cual contiene el delito de violencia de género; mientras que el Ministerio de la Mujer coordina la ejecución de políticas y planes dirigidos a lograr la equidad de género y que la mujer pueda ejercer sus derechos ciudadanos a plenitud.
La Ley No. 133-11 Orgánica del Ministerio Público, establece en su artículo 7 el alcance y las especificidades de la formulación de la elaboración de la política criminal por parte del Ministerio Público al indicar que “(...) es el órgano responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, que está dirigida a prevenir, controlar, gestionar y perseguir los hechos punibles Ley Orgánica del Ministerio Público No. 133-11. Artículo 7. Subrayado y resaltado nuestro.” y que “(...) para garantizar su eficacia y vinculación, las políticas preventivas y de control serán articuladas bajo la responsabilidad directa del Procurador General de la República en colaboración con los otros órganos e instituciones que corresponda.
De ahí que pudiese entenderse que corresponde expresamente a la Procuraduría General de la República la función de elaborar las políticas contra la criminalidad y de articular las políticas de prevención y control que comprende con la colaboración de otros organismos involucrados en estos fenómenos.
Ahora bien, más allá de definir competencias absolutas respecto a este tema que, de entrada, obliga a la cooperación de todas las instancias del Estado a la ejecución de una planificación que surja homogeneizada tanto desde la Procuraduría como del Ministerio de la Mujer, conviene revisar la iniciativa legislativa en cuanto a la factibilidad y eficacia de la centralización que pareciera ser atribuida al Ministerio Público en tanto órgano rector en la labor de diseño y formulación de las políticas públicas en contra de este flagelo.
Es menester considerar que uno de los mayores problemas del modelo de centralización de competencias en la elaboración estratégica de iniciativas legislativas y políticas públicas, se encuentra al momento de su formulación, ya que la misma centralización no permite una debida coordinación efectiva con los distintos actores. Es por ello que entendemos que se debe apostar a la instalación de un modelo con responsabilidades articuladas que no hagan las instancias incumbentes dependientes de la voz de un órgano que, hasta por su misma naturaleza, no puede conocer las particularidades sectoriales de las demás entidades.
La distribución de funciones con una buena coordinación interinstitucional permite una mayor eficiencia a cada una de los actores, los cuales tendrán objetivos precisos y mecanismos apropiados para que cada órgano cumpla con su función, a fin de cuentas la vinculación y coordinación transversal entre órganos del Estado, resulta fundamental para lograr una eficacia mayor en la ejecución de las políticas de que se trate.
Reiteramos que, en la violencia de género inciden factores culturales, sociológicos, históricos y sociales, que rodean el contenido meramente jurídico que pudiera hacerse al respecto; a modo de ilustración, resultaría engorroso atribuir al órgano persecutor de la criminalidad el diseño de políticas especializadas para la atención de violencia de género desde las unidades de atención sanitaria. Diferente fuera que desde salud pública se diseñe un plan y/o políticas enfocadas a ese sector que sean discutidas en la mesa de trabajo del sistema de apoyo donde de manera genérica podrán valorarse los ejes transversales de prevención del crimen y de equidad de género.
La labor del Ministerio Público, dentro de ese sistema de apoyo, debe enfocarse en lograr una coordinación para aplicar las políticas correspondientes a la prevención del delito, fomentando que los demás ministerios y/o entidades asuman responsablemente lineamientos que permitan combatir las causales de la violencia contra la mujer. Entendiendo que, en materia de manejo de la criminalidad, son los encargados de indicar las estrategias que correspondan.
De su lado, el Ministerio de la Mujer, como entidad que busca lograr la equidad de género, debe estar inmersa en todas las iniciativas que afecten directa o indirectamente a las mujeres y sus familias; su rol debe materializarse desde la procura de hacer reconocer y visibilizar la transversalidad del tema de género en todas las políticas públicas del país a ser ejecutadas por los distintos ministerios e instancias gubernamentales.
En definitiva, el Estado reconoce que todo acto de violencia y discriminación contra las mujeres tiene que ser enfrentado de manera integral y multidimensional, facilitando que las mujeres se conviertan, a través de los órganos e instituciones oficiales y privados, en parte de las iniciativas que diseñen y ejecuten propuestas de soluciones a estos males.
Al haber explicado los aspectos jurídicos, sin dejar de lado la factibilidad del asunto, desde FINJUS expresamos nuestro deseo de que este proyecto legislativo recorra el camino del consenso social y, más allá de su marco formal, puedan definirse los detalles sustantivos que hacen de las normas un instrumento de operativización de políticas integrales. De este modo, podrán generarse los apoyos y la legitimidad que puedan dar al país una respuesta conjunta e institucional frente a esta grave problemática que preocupa enormemente a toda la población dominicana.
Finalmente, consideramos que como en toda sociedad democrática, es necesario que una ley de esa naturaleza sea producto del conocimiento amplio de todos los sectores involucrados, de forma que las mejores iniciativas y propuestas sean debatidas y adoptadas por los órganos correspondientes, en el marco de nuestro ordenamiento jurídico.
Solo así podremos convertir las leyes, políticas públicas y propuestas ciudadanas en herramientas de cambio en todas las áreas que lo requieren, pero de manera muy especial en el campo de la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres donde el Estado dominicano ha mostrado graves dificultades, debilidades y deficiencias. La sociedad dominicana desea que en este caso específico y en otros similares, reine la coordinación interinstitucional e intersectorial y que en los diferentes órganos del ámbito estatal predomine la inteligencia y el diálogo para articular sus respectivas competencias en una causa tan imperiosa como la erradicación de la violencia contra la mujer.

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