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Efemérides

54Grado.com : Hoy es martes 9 de junio del 2026. Faltan 205 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1820. El gobernador Sebastián Kindelán, publica una proclama en la que advierte a los "revoltosos", que no se han terminado las diferencias entre blancos, pardos y morenos ni de libres y esclavos. 1844. Los Trinitarios, ante la inminente anexión de la República a Francia por la Junta Gubernativa, deciden dar un golpe de Estado, con el apoyo de la guarnición de la Capital. 1845. Es promulgada la Ley de Administración Provincial No.40, mediante la cual la comunidad de Higuey quedó convertida en común de la provincia del Seibo. 1851. Es promulgada la Ley contentiva del Reglamento 247, para el Régimen Interior de la Suprema Corte de Justicia. 1868. El Presidente Buenaventura Báez propone a Estados Unidos la venta de la bahía de Samaná. 1845. Es promulgada la Ley que divide el territorio nacional en las provincias de Santo Domingo, Santiago, La Vega, El Seibo y Azua. 1891. El Presidente Ulises Heureaux mediante la Resolución 3421 concede a los señores Federico Lithgow y Manuel Cocco la concesión para establecer líneas telefónicas entre las principales poblaciones del Cibao atendiendo una solicitud hecha por estos a través del Ministerio de Fomento y Obras Públicas. 1958. Es nombrado el primer jefe de la Policía Nacional, salido de esa institución, recayendo el honor al Coronel Ramón A. Soto Echavarría. 1959. Muere en Pinal del Río, Cuba, al estallar una granada de manera accidental, el luchador antitrujillista Manlio Bobadilla. 1970. El jefe de la Policía, general Guillermo Guzm-an Acosta, informa haber resuelto el caso del secuestro del coronel Donald J. Crowley, mostrando "las pruebas" y acusando del hecho, entre otros, a los dirigentes del MPD Héctor Antonio Ortiz Jaquez, Rafael Luna Cabrera, Rafael Francisco (Fafa) Taveras Rosario y Amín Abel Hasbum. 1972. El presidente Joaquín Balaguer emite el decreto 2330, mediante el cual dispone que el Gerente General de la Corporación de Fomento de la Industria Hotelera y Desarrollo del Turismo supervise y administre todos 1os hoteles del Estado y sea responsable directo ante el Poder Ejecutivo, de la buena marcha de estos. 1975. Es ultimado a balazos por miembros de seguridad del Estado, el guerrillero Manfredo Casado Villar, cuando trataba de llegar a la Capital y salir del país. -Es regularizada la expedición de pasaportes diplomáticos, limitándola al Presidente y vicepresidente, secretarios de Estado, titulares de la Suprema Corte de Justicia, la Cámara de Diputados, del Senado, el Procurador General, funcionarios del servicio exterior, organismos internacionales, altos oficiales de las FFAA y la PN y sus respectivas esposas e hijos. 2014. El ministro de Interior y Policía, José Ramón Fadul, formula un llamado al gobierno haitiano para que ayude a sus nacionales a obtener los documentos necesarios para que puedan participar en el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros indocumentados. 2016. La Embajada de los Estados Unidos, a través de la Sección de Asuntos Anti-narcóticos y Ley y la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza, dona diez perros con sus jaulas para conformar la primera unidad canina del Centro Especializado en Seguridad Fronteriza Terrestre. 2019. En un confuso incidente el ex Grandes Ligas David Ortiz es baleado por un desconocido, mientras compartía con un grupo amigos en un centro de entretenimiento de Santo Domingo Este, entre ellos el comunicador dominicano Jhoel López, quien también resultó herido. 2022. El presidente Luis Abinader, se reunió con el primer ministro haitiano, Ariel Henry, al margen de la IX,que se desarrolla en la ciudad estadounidense de Los Ángeles, los que pasan revista a los problemas que afrontan ambas naciones, sobre seguridad y migración. Internacionales: . En Atenas (Antigua Grecia) -durante la Guerra del Peloponeso entre Atenas y Esparta- un golpe de Estado voltea el Gobierno democrático ateniense y sube al poder la oligarquía de Los Cuatrocientos, que sería reemplazada unos meses después. 068. Se suicida el Emperador Nerón al conocer su condena a muerte por parte del Senado. 721. En la actual Francia, el ejército franco de Odón el Grande derrota al ejército musulmán del Califato Omeya en la Batalla de Toulouse. 1767. En Inglaterra entra en vigencia el American Import Duties Act, nuevo impuesto rechazado por los colonos americanos. 1789. En Francia inicia sus gestiones la Asamblea Nacional, la que existió hasta el 17 de julio de ese mismo año, sirviendo de transición entre los Estados Generales y la Asamblea Nacional Constituyente. 1847. Entra en Portugal la expedición militar española al mando del general Concha para sofocar la rebelión de Oporto contra el Gobierno portugués. 1862. El Senado de Estados Unidos vota la abolición de la esclavitud en todos los territorios de la Unión. 1898. China renta la isla de Hong Kong a Gran Bretaña por un período de 99 años. 1906. En Estados Unidos, el presidente Theodore Roosevelt firma una ley que autoriza al gobierno federal a inspeccionar las industrias alimentarias y obliga a los fabricantes a especificar la lista de ingredientes. 1938. Es provocado en la República de China el desbordamiento del río Amarillo, para detener el avance del ejército japonés, lo que produce el ahogando a cientos de miles de chinos. 1940. Las tropas noruegas se rinden a los alemanes. 1946. Bumibol Adulyade, de 19 años, sustituye en el trono de Tailandia a su hermano Amanda Mahidol, muerto en extrañas circunstancias. 1960. El Gobierno de Moscú declara oficialmente que defenderá Cuba en caso de que este país fuera atacado por Estados Unidos. 1973. En España, Luis Carrero Blanco jura su cargo de presidente del gobierno. 1974. Fallece en Madrid, España a los 74 años de edad, el escritor guatemalte­co, premio Nobel de literatura y di­plomático, Miguel Ángel Asturias. 1976. El Pleno de las Cortes españolas aprueban la legalización de los partidos políticos ("que no sean comunistas ni separatistas"), por primera vez desde 1939. 1991. Con la mediación del sacerdote Rafael García Herreros, el narcotraficante colombiano Pablo Escobar se entrega a la justicia junto a sus socios Carlos Aguilar (El Mugre) y Otoniel de Js. González (Otto). 2005. En Bolivia, tras semanas de protestas y una huelga general, en demanda de la nacionalización de los yacimientos petroleros y gas natural, es destituido de su cargo el presidente Carlos Mesa, y sustituido por el presidente de la Corte Suprema, Eduardo Rodríguez Veltzé. 2006. Toma posesión el nuevo primer ministro haitiano, Jacques-Edouard Alexis y su gabinete, en una ceremonia encabezada por el Presidente René Préval, el que se reemplaza la administración interina que dirigió el vecino país desde el derrocamiento del ex presidente Jean-Bertrand Aristide dos años antes. -El ala militar de la organización palestina Hamas reanuda sus ataques a Israel luego de varios meses de observar un cese el fuego no oficial, al atacar desde la Franja de Gaza con cohetes de fabricación casera contra la localidad israelí de Ashkelon. 2013. El ex técnico de la Agencia Nacional de Seguridad de EEUU, Edward Snowden, confiesa haber filtrado datos de ciberespionaje de Estados Unidos, revelados por diarios estadounidenses. - En Grecia, tras una orden del gobierno del primer ministro Antonis Samaras, la Radiotelevisión helénica (ERT) cierra sus puertas y deja sin empleo a 2.800 personas. 2016. El Tribunal Supremo de EE.UU. determina que la soberanía de Puerto Rico reside en Washington y que la última fuente de poder sobre la isla es el Congreso estadounidense. 2019. En Baku (Azerbaiyán), tiene lugar la ceremonia de apertura de la 43ª sesión del Comité del Patrimonio Mundial de la UNESCO. 2020. The Washington Post reportó que el presidente Donald Trump enfrenta tres quejas en la Comisión de Elecciones de Florida por escribir direcciones fuera del estado en sus solicitudes de votación, la primera de las cuales trató de registrarse para votar en Florida, pero afirmaba que su "residencia legal" estaba en otra parte del país, Washington, D.C. 2021. El secretario general de la OEA, Luis Almagro, insta a los miembros del Consejo Permanente de la entidad hemisférica suspender la participación de Nicaragua, por violar el artículo 21 de la Carta Democrática Interamericana, tras la detención de varios políticos opositores. - El candidato presidencial peruano, profesor Pedro Castillo, con el 50,20% de los votos sobre Keiko Fujimori con 49,7%, se proclama ganador de las elecciones, donde el escrutinio sigue sin arrojar vencedor oficial. 2022. El Comité Selecto de la Cámara de Representantes presenta la primera de una serie de audiencias públicas sobre la investigación del asalto al Capitolio por una turba de seguidores del expresidente Donald Trump el 6 de enero de 2021, para de difundir los resultados de sus 11 meses de pesquisas. 2024. Las elecciones al Parlamento Europeo confirman el auge de la extrema derecha, en un vendaval político que, aunque no modificó los equilibrios de poder en Bruselas, motivó la convocatoria de legislativas anticipadas en Francia y logrando enormes avances en Alemania y Austria. 2025. Tras una larga batalla contra la enfermedad pulmonar obstructiva crónica, fallece en Los Ángeles a los 82 años, el icónico músico y pionero del funk, líder de Sly and the Family Stone.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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