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54Grado.com : Hoy es jueves 23 de julio del 2026. Faltan 161 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1556. Es terminada la construcción del monasterio de San Francisco, el primero del Nuevo Mundo, dispuesto por el gobernador de La Española, Nicolás de Ovando, para los franciscanos que empiezan a llegar a la isla 1847. Es creada la Policía Municipal, por mandato de la Ley de los Ayuntamientos, la cual se mantuvo sin modificaciones hasta el año 1861. 1875. El Presidente Ignacio María González dispone mediante decreto, la suspensión del periódico "Las dos Antillas", que dirigía Eugenio María de Hostos, porque alegadamente realizaba propaganda en contra de los intereses políticos de España, en Cuba y Puerto. 1880. El sacerdote Fernando Arturo de Meriño, es electo presidente de la República. 1931. Es creada la Academia Dominicana de la Historia mediante el decreto No. 186. 1960. Inicia su transmisión la emisora Radio Caribe, considerada como la más potente de América Latina, bajo la dirección de Alonzo Martín Otero. 1961. El ex presidente Joaquín Balaguer escribió una carta al director del periódico El Caribe, Germán E. Ornes Coiscou, para aclarar acusaciones en su contra acerca de la forma como se realizaron las erogaciones de fondos del disuelto Partido Dominicano. 1962. El Gobierno acusa a la Federación Nacional de Empleados Públicos Independientes (FENEPIA), de buscar el caos, auspiciando huelgas políticas. 1975. Es instalada en la ciudad de La Vega la Universidad Bilingüe del Caribe, más tarde transformada en la Universidad Católica Tecnológica del Cibao (UCATECI). 2008. El titular de la Dirección General de Etica e Integridad Gubernamental, Marino Vinicio Castillo, afirma que en los tribunales no ha habido valor ni honor para juzgar la droga, la vulnerabilidad en ese tema de los partidos y el desinterés de EEUU para frenar el auge del tráfico en la región. 2011. Falleció a la edad de 94 años, la veterana comunicadora Susana Morillo, tras permanecer hospitalizada varios días en un centro de salud privado. 2015. Un grupo de 56 pastores haitianos de diferentes denominaciones evangélicas que laboran en varias comunidades del país rechaza las acusaciones de las autoridades de su nación de que el gobierno dominicano maltrate y repatrie a sus compatriotas. 2021. Falleció a la edad de 92 años, en el Centro de Medicina Avanzada "Dr, Abel González", la señora Yolanda Reyna, madre del expresidente Leonel. 2022. El Tribunal Constitucional declara como no conforme con la Constitución, el artículo 46 de la Ley 397-19, que crea al Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPRIL), la que ordenaba traspasar los bienes de la Agrupación Médica del Instituto Dominicano de Seguros Sociales al Colegio Médico Dominicano, para que sean manejados conforme a la ley 68-03, que creó ese gremio profesional. 2025. Jean Andrés Pumarol Fernández, de 30 años y con historial de esquizofrenia, protagoniza un ataque con arma blanca en el condominio Naco Dorado IV (Distrito Nacional), agresión que deja un saldo de una mujer fallecida y cinco personas heridas. Internacionales: 1431.- Se inició el Concilio de Basilea, noveno concilio ecuménico universal. 1773. Un terremoto destruyó casi toda la ciudad de Guatemala. 1859. El presidente mexicano Benito Juárez decretó desde el puerto de Veracruz, parte de las Leyes de Reforma, entre estas, la Ley Orgánica del Registro Civil, de Libertad de Cultos y los decretos que cancelan la intervención del clero en los cementerios. 1860. Colombia - Nace José María Vargas Vila, escritor colombiano. 1906. Se inicia la matanza de judíos en Odessa, Rusia. 1914. Austria da un ultimátum a Serbia, para que realice una investigación "seria" sobre la muerte del archiduque Francisco Fernando, heredero al trono del Imperio Austro-Húngaro, durante un atentado en Sarajevo, Bosnia y la organización "Mano Negra". 1935. En Argentina, es asesinado el senador Enzo Bordabehere al alcanzar los disparos que Ramón Valdez Cora dirigió al senador Lisandro de la Torre debido a la denuncia de sobornos de la empresa británica Swift. 1961. En Nicaragua se funda el Frente Sandinista de Liberación Nacional. 1967. Los partidarios del Estado Libre Asociado con Estados Unidos ganan un Referéndum en Puerto Rico. 1973. El presidente estadounidense, Richard Nixon, se niega a entregar las grabaciones que lo implican en el espionaje a los dirigentes del Partido Demócrata, conocido como el "caso Watergate". 1974. En Grecia, se derrumba el gobierno militar y el ex primer ministro Constantino Karamanlis es invitado a regresar de su exilio en París. 1979. El nuevo Gobierno de Nicaragua solicita la extradición del ex dictador Anastasio Somoza. 1985. China y los Estados Unidos firman un acuerdo de colaboración nuclear para fines pacíficos. 1987: Estados Unidos suspende toda la ayuda económica y militar a Panamá, para forzar la salida del General Noriega. 1997. Clonado por primera vez un mamífero vivo, resultando lo que se conoce como la oveja Dolly. 1999. Muere el rey Hassan II de Marruecos de una neumonía aguda. Le sucede el príncipe Sidi Mohamed, que reina con el nombre de Mohamed VI. 2001. El Parlamento indonesio destituye al presidente Abdurrahman Wahid, acusado de corrupción e incompetencia y nombra sucesora a la vice presidenta Megawati Sukarnoputri, hija de Sukarno, el que fuera primer mandatario de la República. -La Cumbre del Clima, celebrada en Bonn (Alemania), logra alcanzar un acuerdo mundial para avanzar en la reducción de los gases de efecto invernadero que provocan el calentamiento global de la Tierra. 178 países votaron a favor del pacto, que sólo fue rechazado por Estados Unidos. 2009. Sudáfrica, el país más afectado por el SIDA, anunció el comienzo de pruebas clínicas en humanos de la primera vacuna contra el VIH/SIDA diseñada en el continente africano. 2012. En Irak, una ola de atentados terroristas en diversas ciudades del país deja unas 110 personas muertas y 161 heridas. - Es expulsado del Ejército venezolano y puesto en libertad por orden militar, el coronel Silvino Bustillos, detenido días antes tras denunciar al presidente Hugo Chávez por supuesta violación de las leyes electorales. 2015. Un comité del Senado estadounidense aprueba una enmienda para levantar totalmente las restricciones a los viajes a Cuba, una iniciativa que llega al Capitolio menos de una semana después de que ambos países reanudarán sus relaciones. -La Agencia Nacional de Aeronáutica y el Espacio (NASA) anuncia que su telescopio Kepler detecta el primer planeta habitable en la órbita de una estrella similar al Sol, lo que le convierte en uno de los mejores candidatos para albergar vida extraterrestre. 2018. El presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, descarta renunciar al cargo antes de terminar su mandato en 2021, como reclaman sus opositores en multitudinarias protestas que dejan casi 300 muertos durante los últimos tres meses. -La Corte Nacional de Justicia ratifica a unanimidad, la orden de prisión del expresidente Rafael Correa, quien es procesado judicialmente al ser vinculado con el proceso de secuestro en agosto de 2012 del antiguo asambleísta opositor Fernando Balda. 2021. La primera dama de Haití, Martine Moise, pide justicia para el asesinado presidente del país, Jovenel Moise, asegurando que "fue abandonado y traicionado, exponiendo la fealdad y cobardía de sus asesinos", en la ceremonia civil en honor de su esposo celebrada en Cap-Haitien, donde fue enterrado. 2024. Fallece a la edad de 99 años el trigésimo noveno presidente de Estados Unidos (1977-1981), James Earl Carter Jr. (Jimmy Carter), considerado como el exmandatario más longevo de la historia de ese país, quien antes había fue gobernador del estado de Georgia y senador estatal (1962-1966). - La directora del Servicio Secreto estadounidense, Kimberly Cheatle, dimite tras las críticas suscitadas por los errores en la seguridad del mitin en Butler (Pensilvania) en el que el expresidente Donald Trump (2017-2021) sufrió un intento de asesinato. 2025. Brasil anuncia su intervención formal ante la Corte Internacional de Justicia para unirse a la demanda de Sudáfrica que alega genocidio en Gaza.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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