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54Grado.com : Hoy es martes 11 de noviembre del 2025 . Faltan 50 días para el año 2026. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1516. Bartolomé de Las Casas embarca junto con tres padres jerónimos rumbo a La Española, pero en naves distintas y el llegar a San Juan de Puerto Rico el barco de Las Casas sufre una avería, debiendo prolongar su estancia allí dos semanas. 1566. El rey de España nombra a Diego Veras presidente de la Real Audiencia de Santo Domingo, en lugar de Alonso Arias. 1808. Llegan a la ciudad de Santo Domingo, procedente de Azua, tropas francesas al mando del Coronel Paco Aussenac, con banderas desplegadas y a tambor batiente, según lo habían dispuesto las fuerzas reconquistadoras. 1846. El Capitán Juan Bautista Alfonseca -autor del primer himno nacional y de otras piezas bailables autóctonas- es designado Instructor de la Banda de Música del Ejército Nacional. 1848. El canciller inglés, Henry John Tample, somete a los comisionados dominicanos, la redacción en una minuta de un tratado, el que fue objetado durante dos años por la parte dominicana. 1876. Ignacio María Valencia toma posesión por tercera ocasión como Presidente de la República, sustituyendo la Junta de Gobierno conformada al caer el régimen de Ulises Francisco Espaillat. 1926. Nace en Pimentel, provincia Duarte, el comunicador, poeta, locutor, político y promotor cultural, José Tiberio Castellanos Vargas, hijo de José Gabriel Castellanos Fondeur y Lisenda Vargas Reynoso. 1930. Es constituida la Compañía Dominicana de Teléfonos (CODETEL) como subsidiaria de la Anglo Canadian Telephone Company, con personal nativo y extranjero, iniciando sus operaciones meses más tarde, en San Pedro de Macorís, con la instalación de la primera central telefónica automática fuera de Santo Domingo. 1932. Es creada mediante la ley No. 397 la actual provincia San Cristóbal, con el nombre de Provincia Trujillo, en honor al primer apellido del dictador Rafel L. Trullido Molina y haber nacido en esa demarcación. 1946. Sale por primera vez al aire el programa "Romance Campesino", siendo sus personales centrales Macario y Felipa. 1995. Estudios sísmicos realizados por la firma petrolera Mobil, determina la existencia de unos 100 millones de barriles de petróleo en el subsuelo de la zona de Las Calderas, Azua. 2005. Ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo con la Cámara de Diputados, el gobierno anuncia que someterá al Congreso dos proyectos de Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos para el 2006, uno de los cuales incluiría una reforma fiscal. 2020. El hasta esta fecha presidente del Tribunal Superior Electoral (TSE), Román Jáquez Liranzo, es posesionado como nuevo titular de la Junta Central Electoral (JCE), adelantando que sostendrá un diálogo permanente con los partidos y la sociedad para buscar soluciones conjuntas. 2024. Unavión de la línea aérea estadounidense Spirit Airlines es tiroteado mientras se aproximaba a su destino final enPuerto Príncipe, Haití, lo que los pilotos se ven obligados a realizar un aterrizaje de emergencia en el Aeropuerto Internacional del Cibao, en Santiago de los Caballeros, República Dominicana, vuelo, que había despegado desde Fort Lauderdale, Florida, con pasajeros principalmente haitianos y algunos extranjeros. Internacionales: 1215. En Letrán (Italia) empieza el Concilio de Letrán IV, que define la doctrina católica de la transubstanciación (el proceso en el que el pan y el vino se convierten en la carne y la sangre de Cristo). 1473. Nace Fray Bartolomé de las Casas. 1493. La isla de San Martín es divisada por el navegante Cristóbal Colón, la que ocupada y colonizada por los españoles hasta el año 1648. 1500. Es firmado el Tratado de Granada entre Fernando el Católico, de España y Luis XII de Francia, mediante el cual se repartieron el territorio de Italia. 1511. En el poblado cubano de Yara (provincia de Oriente), los conquistadores españoles queman vivo en una hoguera al cacique Hatuey, símbolo de la rebeldía de los indígenas. 1563. El Concilio de Trento promulga el Decreto Tametsi, el que reguló hasta 1947 la forma del matrimonio canónico. 1724. En Londres es ahorcado Joseph Blueskin Blake, un ladrón que intentó degollar al jefe de policía (cazador general de ladrones) Jonathan Wild en el tribunal penal central de Old Bailey. 1821. Nace Fiódor Dostoyevski, escritor ruso, autor de Crimen y Castigo y El idiota. 1918. Es declarado el Día del Armisticio, al llegar a su fin la I Guerra Mundial. 1942. Alemania completa la ocupación total de Francia. 1951. Se produce la primera llamada telefónica de larga distancia sin intervención de operadora. 1961. Vyacheslav Molotov, Georgi Mikhailovich y Lázar Kaganóvich son expulsados del Partido Comunista de la Unión Soviética. 1965. Rhodesia declara unilateralmente su independencia. No es reconocida internacionalmente por implantar el apartheid. 1960. En Vietnam del Sur, se raliza un golpe de estado contra el presidente Ngo Dinh Diem. 1975 Angola obtiene su independencia de Portugal. 1981. La Organización de las Naciones Unidas admite como miembro activo la República de Antigua y Bermuda. 1989. En El Salvador, el Frente Farabundo Martí de Liberación Nacional (FMLN) lanza una ofensiva San Salvador y otras ciudades importantes del país. 1992. La Iglesia anglicana admite la ordenación sacerdotal de mujeres. 2000. En Kaprun (Austria) mueren 155 esquiadores al incendiarse un teleférico en un túnel alpino. 2001. China ingresa oficialmente en la Organización Mundial de la Salud (OMC). 2004. Muere en un hospital de París, Francia, el presidente de la Organización para la Liberación de Palestina (OLP), Yasser Arafat, es sustituido por Mahmoud Abbas. 2014. Al menos 11 mujeres en Chhattisgarh (India) pierden la vida tras someterse a una cirugía de esterilización, que forman parte del programa gratuito ofrecido por el Gobierno para intentar reducir el crecimiento demográfico del país 2015. La presidenta de Chile, Michelle Bachelet, inaugura en el desierto de Atacama la construcción del Telescopio Gigante de Magallanes, que es el más grande del mundo, cuyas operaciones comenzarán en 2021. 2018. La revista Focus, citando datos de una investigación, revela que la Oficina Federal de Investigación Criminal de Alemania frustró un complot de militares que "se preparaban para el fin del mundo" y planeaban el asesinato de varios políticos "indeseados". - En Francia, unos 70 líderes mundiales participan en los eventos dedicados a conmemorar el centenario del final de la Primera Guerra Mundial, que se cobró la vida de unos 10 millones de combatientes y millones de civiles. 2019. La Organización de los Estados Americanos (OEA) da a conocer un informe en el que alega la comisión de un fraude electoral el Estado Plurinacional de Bolivia, para alegadamente favorecer la reelección del presidente Evo Morales, quien se ve obligado a renunciar por sectores militares y políticos. 2020. Funcionarios electorales de todos los estados, republicanos y demócratas, reconocen que no hay evidencia de fraude electoral, como reclama el presidente Donald Trump, según confiaron al periódico The New York Times que les llamó a sus oficinas. 2022. El Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA) autoriza la contratación de una empresa externa para investigar si el secretario general del organismo hemisférico, Luis Almagro, violó las reglas éticas de la institución por su relación con una subalterna. 2023. La Procuraduría de Colombia anuncia que investigará al comandante del Ejército, general Luis Mauricio Ospina, por alegadamente haber ordenado dar seguimientos e interceptaciones ilegales a Leonardo Colmenares, profesor de inglés de su esposa, al que vinculó como supuesto miembro de las disidencias de las FARC. - El primer ministro israelí, Benjamín Netanyahu, rechaza nuevamente, los llamados de la comunidad internacional a un alto el fuego en la Franja de Gaza, respuesta que tuvo lugar tras los líderes árabes reunidos en una cumbre en Riad pidieran un alto el fuego inmediato, algo que también urgió el presidente de Francia, Emmanuel Macron. 2024. El Primer Ministro haitiano Gary Conille, es destituido por el Consejo Presidencial de Transición de Haití (CPT), en medio de una crisis avivada por las pandillas, tras una lucha por el poder político que se desarrolla en medio de una oleada de secuestros y asesinatos.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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