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54Grado.com : Hoy es lunes 26 de enero del 2026 . Faltan 339 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1801. Tropas al mando del general haitiano Toussaint Loverture ocupan sin resistencia la ciudad de Santo Domingo para ejecutar el tratado de Basilea, mediante el cual España cede a Francia la parte oriental de la Hispaniola, luego de vencer las pocas resistencias españolas. 1813. Nace en la ciudad de Santo Domingo el futuro Padre de la Patria, Juan Pablo Duarte Díez, hijo del ciudadano español Juan José Duarte Rodríguez y Manuela Díez 1828. Juan Pablo Duarte sale hacia los Estados Unidos de paso para Europa, en el que visita Nueva York, Inglaterra, Francia y España. 1838. Nace en Santo Domingo, Ignacio María González, quien fue el 14avo. presidente de la República en varias ocasiones y fundador del Partido Verde. 1971. Circula por primera vez en Santiago de los Caballeros, el matutino El Sol, con el patrocinio del empresario José A. Brea Peña, quien luego dispuso su traslado a la Capital. 1973. El coronel Francisco Caamaño y seis compañeros se hacen a la mar desde el puerto Louis, en la isla de Guadalupe con destina a la República Dominicana, con el propósito de luchar contra el gobierno del presidente Joaquín Balaguer. 1982. El ex presidente Joaquín Balaguer se reúne en su residencia con el Secretario General de la Organización de Estados Americanos (OEA), doctor Alejandro Orfila, con el que trata asuntos dominicanos y del hemisferio. 1990. El ex presidente Jacobo Majluta y un grupo de dirigentes del PRD, fundan el Partido Revolucionario Independiente (PRI). 1993. El líder del PRD, José Francisco Peña Gómez, anuncia su disposición de reunirse con el Presidente Joaquín Balaguer y otros líderes del país, para suscribir una concertación a fin de superar los problemas económicos, políticos y sociales del país. 2006. La Conferencia del Episcopado Dominicano advierte que el tráfico y consumo de drogas es una real amenaza para la estabilidad social del país. 2010. La Asamblea Nacional proclama la nueva Constitución de la República Dominicana, con la presencia del presidente Leonel Fernández, cuyo texto entra en vigencia inmediata, derogando la anterior, cuya última modificación se realizó en el 2002. 2012. En una solemne audiencia celebrada en el Aula Magna de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, es instalado oficialmente el Tribunal Constitucional de la República Dominicana, presidido por el abogado Milton Ray Guevara. 2016. Fallece en Santo Domingo a la edad de 86 años de edad, el director de la televisora Color Visión, Manolo Quiroz, luego de permanecer ingresado por varios días en un centro sanitario debido a su delicado estado de salud. 2019. El ministro de Relaciones Exteriores, Miguel Vargas, preside la reunión del Consejo de Seguridad de la ONU, donde plantea que en Venezuela se verifica una crisis que amenaza la estabilidad política en la región y a la que hay que buscarle una salida democrática, pacífica y de consenso. 2024. Fallece en la capital a la edad de 81 años el periodista, político y profesor universitario Pedro Gil Iturbides, quien fungió como secretario de Estado de Educación y Bellas Artes, secretario general de la Liga Municipal Dominicana y vicerrector de la Universidad Tecnológica de Santiago (UTESA). Internacionales: 1500. El navegante español Vicente Yañez Pinzón desembarca en lo que hoy es Brasil y toma posesión en nombre de los reyes de España. 1531. la ciudad de Lisboa (capital de Portugal) es sacudida por un violentísimo terremoto de magnitud 8.1 grados en la escala de Richter. Mueren al menos 30 000 personas (casi todos sus habitantes). 1788. Los británicos desembarcan en Australia con un barco de expresidiarios para colonizarla. 1827. Perú se proclama República independiente. 1887. Un ejército italiano es aniquilado en el desfiladero de Dogali, en Abisinia (actual Etiopía), por resistentes anticoloniales indígenas. 1934. Alemania y Polonia firman el Pacto de no agresión germano-polaco, con una validez de diez años. 1974. El Presidente soviético, Leonid Breznez visita La Habana, Cuba. 1984. La Asamblea Legislativa salvadoreña prorroga por seis meses un decreto de Reforma Agraria por el que se entregan tierras menores de 100 hectáreas, a los campesinos que las cultivan. 2001. Un terremoto de 7,9 grados en la escala de Richter asola el estado indio de Guyarat, causando la muerte a por lo menos 20,000 personas y lesiones a otras 200,000. 2005. La nueva secretaria de Estado norteamericana Condoleezza Rice asume sus funciones poniendo énfasis en el "programa audaz" de promoción de la libertad y la democracia lanzado por el presidente George W. Bush. 2009. El ex líder de las milicias de la República Democrática del Congo, Thomas Lubanga, se convierte en el primer reo en ser enjuiciado por la Corte Penal Internacional que tiene su sede en La Haya. 2011. En Al-Hasakah, Hasan Ali Akleh se baña en gasolina y se prendió fuego, en "una protesta contra el gobierno sirio". 2012. La policía de Nueva York confisca 12 kilos de cocaína valorados en US$ 2.0 millones enviados a la sede de Naciones Unidas, aparentemente por error, escondida en paquetes de cuadernos. 2013. El socialdemócrata Milos Zeman es elegido nuevo presidente de la República Checa, en las primeras elecciones presidenciales de la historia democrática del país. 2015. El ex mandatario cubano Fidel Castro afirma que no confía en la política de Estados Unidos ni ha intercambiado con sus representantes, aunque respalda "los pasos pertinentes" de su hermano, el presidente Raúl Castro, para buscar una solución pacífica con su histórico adversario. 2016. El presidente de los Estados Unidos, Barack Obama, prohíbe el confinamiento solitario de menores en las prisiones federales de la nación, citando el "desgarrador" caso de un adolescente que estuvo aislado dos años tras robar una mochila y luego se suicidó. 2019. El jefe negociador de paz del Ejército de Liberación Nacional (ELN) de Colombia, Israel Ramírez, alias "Pablo Beltrán", anuncia que tras la reactivación de las órdenes de captura los 10 integrantes del equipo no pedirán asilo político en Cuba, sino que volverán a sus campamentos guerrilleros. 2020. Muere a los 41 años al estrellarse en su helicóptero privado en Calabasas (Los Ángeles, EE.UU.), la leyenda del baloncesto Kobe Bryant acompañado de otras ocho personas –incluida Gianna Maria Onore, de 13 años, una de sus cuatro hijas. -El diario chino South China Morning Post anuncia que el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades desarrolla una vacuna para contrarrestar el nuevo coronavirus 19-nCoV, que ya ha dejado 56 muertos en el país asiático. 2021. El presidente de Haití, Jovenel Moise, ordena a los principales organismos de seguridad que se movilicen de cara a las protestas que previsiblemente se convocarán el 7 de febrero, día en el que, según la oposición, expira el mandato del actual jefe de Estado. 2022. En Francia, científicos de la Escuela Politécnica Federal de Lausana (EPFL) anuncian haber desarrollado un nuevo método para obtener biocarbón sólido y gas hidrógeno, dos de los combustibles más limpios y eficientes, a partir de un proceso químico fototérmico sobre residuos biológicos como cáscaras de plátano (banano) o granos de café. 2024. El expresidente de EE.UU. Donald Trump (2017-2021) es declarado culpable en ausencia, por un jurado de difamar a la escritora E. Jean Carroll, a través de comentarios externados en 2019, siendo presidente, por lo que tendrá que pagar una indemnización de US$83.3 millones. 2025. El presidente de Colombia, Gustavo Petro, cede a las exigencias de su par estadounidense Donald Trump, y acepta recibir vuelos con deportados colombianos a cambio de que Estados Unidos no le imponga al país un arancel del 25% a sus importaciones. -El miembro del buró político de Hamás, Basem Naim, asegura que los palestinos «no aceptarán ninguna propuesta o solución bajo el disfraz de la reconstrucción, como propone el presidente estadounidense Donald Trump», a raíz de las declaraciones en que el mandatario estadounidense se mostraba partidario de desplazar a los gazatíes a países árabes vecinos.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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