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54Grado.com : Hoy es lunes 20 de julio del 2026. Faltan 164 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1500. La reina Isabel La Católica decreta, mediante una real cédula, que se devuelvan a sus tierras de origen a todos los indígenas que los conquistadores habían secuestrado. 1814. Los reyes de España y Francia firman un tratado de Paz y Amistad, en París, Francia, mediante el cual España recupera la parte Este de la Isla de Santo Domingo. 1843. Debido al incremento de la represión de las autoridades haitianas contra patriotas dominicanos, el independentista Juan Pablo Pina cambia de escondite. 1844. Matías Ramón Mella envía una carta a la Junta Central Gubernativa, en la que le informa que los pueblos y el ejército del Norte habían proclamado a Duarte como Presidente de la República. El Padre de la Patria lo rechaza mediante comunicación a los puertoplateños. 1855. Falleció en Santo Domingo a la edad de 67 años, doña Josefa Antonia Pérez de la Paz, (Chepita Pérez), madre del prócer independentista Juan Isidro Pérez. 1865. Monseñor Arturo Mariño parte de La Guaira, Venezuela, rumbo a Curazao, a bordo del vapor "Robert Todd", y llega a la ría del Ozama el 13 de agosto. 1876. El presidente, licenciado Ulises Francisco Espaillat Quiñones, en vista de las proporciones adquiridas por los desórdenes revolucionarios iniciados en el Cibao por los cabecillas Gabino Crespo y Juan Gómez, suspende en todo el país las garantías consignadas en el artículo 20 de la Carta Fundamental. 1886. Se inicia en las ciudades de La Vega, Montecristi y Santiago, un movimiento armado contra el Gobierno del general Alejandro Woss y Gil, al cual se le llama históricamente Revolución de Moya, por haber encabezado el general Casimiro de Moya Pimentel. 1959. La dictadura trujillista da por terminadas las acciones bélicas de los expedicionarios que llegaron al país el 14 de junio, en un avión que aterrizó en el aeropuerto militar de Constanza. 1962. Es creada la Dirección de la Escuela de Sociología de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, como una dependencia de la Facultad de Filosofía y Educación. 1965. El sector controlado por tropas constitucionalistas es atacado con morteros y otros tipos de armas pesadas por soldados de la llamada Fuerza Interamericana de Paz. 1994. La Junta Central Electoral conoce el expediente del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el Acuerdo de Santiago, en el que exponen las razones por las cuales solicitan la anulación de las elecciones generales de este año. 2002. La Asamblea Revisora de la Constitución se reúne a instancia del sector perredeista del presidente Hipólito Mejía, intenta sin lograrlo modificar el párrafo del Artículo 90, para reducir el tope de 50% a un 45% para celebrar la segunda vuelta electoral. 2005. El gobierno inicia en la fecha el programa Solidaridad y "Comer es primero", para familias pobres, al que dice destinará RD$34.5 millones mensuales en 13 provincias. 2008. El ex jardinero central dominicano, César Francisco Gerónimo, es exaltado al Salón de la Fama del equipo de Grandes Ligas Rojos de Cincinnati. 2014. Varias personas resultan heridas en un tiroteo ocurrido frente a la Casa Nacional del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), después de que al aspirante a la presidencia de dicha organización, Guido Gómez Mazara, se le impidiera votar en la Trigésima Convención Ordinaria. 2015. El Tribunal Administrativo de la Región del Lazio, en Roma, Italia, anula la decisión de cierre de la embajada de la nación europea en la República Dominicana, decretada el 25 de junio de 2014, medida que fue recurrida ante la justicia por la Casa De Italia y el Comité por la Preservación de la Embajada de Italia en Santo Domingo. -El gobierno dominicano, solicita ante la ONU a Haití asumir con responsabilidad la demanda de sus ciudadanos y cesar la campaña negativa contra la República Dominicana. INTERNACIONALES: 1534. Carlos I de España ordena que se estudie la posibilidad de unir el Mar del Sur (Pacífico) con el Mar del Norte (Atlántico) por el istmo de Panamá. 1664. Es asesinado el cuarto virrey de Perú, Diego de Acevedo y Zúñiga, conde de Nieva. 1810. Bogotá se rebela contra el régimen colonial y declara la nulidad de las autoridades españolas. Colombia proclama su independencia. 1812. Fue firmado en la ciudad rusa de Velikie Luki, un "Tratado de Amistad, Unión y Alianza" entre Rusia y España, por el que Rusia reconocía la Constitución de Cádiz. 1822. Nace en Heinzendorf, Austria, el monje agustino y naturalista Gregor Johann Mendel, quien descubrió el origen de la herencia genética, por medio de los trabajos que llevó a cabo con diferentes variedades de guisante o arvejas las llamadas Leyes de Mendel. 1923. Pancho Villa es asesinado en sus tierras de Hidalgo del Parral en la región de Chihuahua, durante una emboscada tendida por Jesús Salas Barraza y Melitón Lozoya. 1933. El secretario de Estado de la Santa Sede, Eugenio Pacelli (más tarde papa Pío XII), firma un concordato con Hitler. 1944. La bomba que intentó asesinar a Adolf Hitler estalla a las 12:42 en el cuartel general de las SS, en Prusia Oriental, saliendo ileso el líder nazi. 1956. Francia reconoce la Independencia de Túnez. 1961. En una reunión del Consejo de Seguridad Nacional, los jefes militares y la CIA presentan al presidente John Kennedy un plan de un ataque nuclear a la Unión Soviética "a finales de 1963", precedido por un periodo de altas tensiones. -La Liga Árabe acoge a Kuwait en su organización como undécimo miembro y acuerda, además, poner a disposición de este país fuerzas armadas pacificadoras, con el fin de relevar a las tropas británicas. 1965. La sonda norteamericana "Ranger VIII" envió 7.000 imágenes antes de chocar con la superficie lunar. 1969. La nave Apolo XI llega a la Luna a las 4:18 de la tarde, con los tripulantes Neil Armstrong, Edwin Aldrin y Michael Collins. 1978. Se produce un encuentro de los dictadores argentino y chileno, Videla y Pinochet, para tratar el conflicto del canal de Beagle. 1990. El presidente de Irak, Sadam Husein, solicita apoyo al mundo árabe contra Kuwait y los Emiratos Árabes Unidos, a los que acusa de saturar de petróleo el mercado. 2005. El presidente de los Estados Unidos, George W. Bush pidió en un discurso televisado anoche desde la Casa Blanca, un proceso de confirmación "digno" para su nominado a la Corte Suprema de Justicia, el conservador juez federal de apelaciones John Roberts, quien reemplaza a la saliente magistrada de la Corte Suprema Sandra Day O´Connor. 2007. En la India, la gobernadora del estado de Rajastán, Pratibha Patil, se convierte en la primera mujer designada presidenta de esa nación, luego de la Comisión Electoral anunciar el triunfo de su candidatura frente a la del vicepresidente Bhairon Singh Shekhawat. 2008. En cada municipio y ciudad de Colombia; en varias ciudades de todo el mundo, se realiza una marcha por la liberación de los secuestrados por las FARC (Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia). 2012. En un cine de la localidad estadounidense de Aurora (Colorado), el joven de 24 años James Eagan Holmes, armado con dos pistolas, una escopeta, un fusil semiautomático, mata a 12 personas y hiere a otras 59. 2013. Al menos 21 militares colombianos mueren en dos ataques atribuidos a las FARC en los departamentos de Arauca y Caquetá, siendo el mayor ataque de la guerrilla desde que se iniciaron las conversaciones de paz a finales de 2012. 2015. Las hasta ahora "secciones de intereses" de Washington y La Habana se convierten de nuevo en embajadas, un paso definitivo de reconciliación que culmina la primera fase del proceso anunciado el 17 de diciembre por los presidentes Barack Obama y Raúl Castro. - La Policía Federal de Brasil imputa a cinco ejecutivos de la Constructora Norberto Odebrecht, incluido su presidente, Marcelo Odebrecht, como sospechosos de fraude en licitación, lavado de dinero, corrupción activa y pasiva y organización criminal. 2020. El FBI identifica a Roy Den Hollander como principal sospechoso del tiroteo a la residencia de la jueza federal del Tribunal de Distrito de Nueva Jersey, Esther Salas, en el que pierde la vida su hijo, Daniel Anderl, de 20 años, y resulta herido el esposo, Mark Anderl. -El Tribunal Superior de Justicia de Brasil autoriza la exhumación del expresidente paraguayo Alfredo Stroessner, atendiendo a una petición de Enrique Alfredo Fleitas, que afirma ser su hijo para realizar una prueba de paternidad post mortem. -El presidente Donald Trump firma un memorando para excluir a los inmigrantes indocumentados del Censo 2020, a fin de que no sean contados en las zonas donde viven para dividir los escaños en el Congreso. 2021. El multimillonario estadounidense Jeff Bezos expresa haberse quedado "atónito por la belleza y fragilidad de la Tierra", al verla desde el espacio durante su vuelo a bordo de una nave espacial de su compañía Blue Origin. -La ex Primera Dama haitiana, Martine Moise, anuncia que su familia costeará el funeral de Estado de su marido, el asesinado presidente Jovenel Moise, rechazando que se emplee dinero público para este fin. 2023. La empresa brasileña Embraer, tercer mayor fabricante de aeronaves del mundo, anunció que montará en Taubaté, ciudad en el interior del estado de Sao Paulo, su primera fábrica de aviones eléctricos de despegue y aterrizaje horizontal (eVTOL), llamados "carros voladores". 2025. En Japón, la coalición gobernante del Partido Liberal Democrático pierde su mayoría en la Cámara de Consejeros (el Senado) por primera vez en sus 70 años de historia, un hecho sin precedentes desde la fundación del partido en 1955.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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