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54Grado.com : Hoy es sábado 9 de mayo del 2026 . Faltan 236 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1672. Se registra un gran terremoto que causa muchas ruinas y muertes en toda la isla 1842. Juan Pablo Duarte declara el nacimiento de la niña Aurelia, hija de Pedro Alejandro Pina y Micaela Rozo. 1843. Es establecido el primer Ayuntamiento de Moca, creado por decreto para sustituir al concejo de notables por concejos municipales. 1844. El general haitiano Charles Rivière Hérard Haíné incendia la ciudad de Azua, antes de abandonarla en su retirada hacia su país. 1907. Aparece el periódico "La opinión", dirigido por Osvaldo Rodríguez y Abelardo René Nanita. 1919. Fallece Juan Isidro Jimenes, dos veces presidente de la República. 1927. Nace en el sector San Carlos de Santo Domingo el laureado violinista Carlos Alberto Piantini Espinal, quien a los 10 años de edad debuta como violinista, lo que le valió para ser llamado "Niño Precoz" o "El Niño Artista". 1937. Nace René del Risco Bermúdez, poeta de la llamada "Generación del 65". Falleció trágicamente el 20 de diciembre de 1972 en un accidente automovilístico. 1940. Llega al país el primer grupo de judíos acogido por el gobierno dominicano, compuesto por 26 hombres, 10 mujeres y un niño de 14, los que fueron ubicados en Sosúa, Puerto Plata. 1950. El coronel haitiano Paul Eugenio Magloire encabeza un golpe de Estado al gobierno del presidente Dumarsais Estimé, acción que fue respaldada por el dictador Rafael Trujillo, quien saludó el gesto de los golpistas. 1961. El diputado Porfirio Dante Castillo solicita al Congreso aprobar un proyecto de ley que dispone la expulsión del país de los obispos católicos Reilly y Panal. La propuesta fue rechazada. 1965. El gobierno de los Estados Unidos prohíbe a sus funcionarios cualquier contacto con el Gobierno constitucionalista encabezado por el coronel Francisco A. Caamaño Deñó. 1975. Mediante carta de un párrafo y en un hecho sin precedentes, renuncian a sus cargos los jefes militares (Ramón Emilio Jiménez hijo, secretario de las FF. AA.; Manuel A. Logroño Contín, de la M. de G.; Enrique Pérez y Pérez, de la EN; y Salvador Lluberes Montás, de la FAD), por no estar de acuerdo "con decisiones tomadas últimamente por el Poder Ejecutivo (nombramiento del general Ney Rafael Nivar Seijas como jefe de la PN)". 1987. El presidente y secretario general del PRD, José Francisco Peña Gómez y Hatuey De Camps, escriben una carta al presidente Joaquín Balaguer solicitando autorizar el traslado al exterior del expresidente Salvador Jorge Blanco, aquejado de problemas cardíacos tras ser detenido por acusaciones de corrupción administrativa durante su gobierno (1982-1986). 2011. Fallece a la edad de 83 años, de un paro cardiaco en su residencia de Salcedo, el general de brigada retirado piloto Rafael Antonio Reyes Jorge, uno de los primeros en conducir aviones P51 y jet. 2013. La Conferencia del Episcopado somete un recurso de amparo contra la entidad Profamilia para que retire la campaña que ejecuta en los medios de comunicación sobre los derechos sexuales y reproductivos, por estimar que incentiva las relaciones sexuales a temprana edad. 2022. La República Dominicana tiene más licenciados en educación graduados que los que va a necesitar por los próximos 10 años, según una investigación realizada por el periódico Diario Libre, en la que se exhorta a las autoridades educativas "concentrar esfuerzos en la calidad de los docentes que egresan de las universidades y no en la cantidad". 2023. La Dirección de Orientación y Psicología del Ministerio de Educación revela la ocurrencia de 20,120 conflictos entre alumnos desde septiembre de 2022 (inicio del año escolar vigente), de los cuales 297 fueron hechos violentos y 1,724 involucraron a docentes y estudiantes hasta el pasado mes de abril. 2025. El nuevo papa León XIV revela que su madre nació en la República Dominicana, según el arzobispo de Guayaquil, Luis Cabrera, dato ofrecido por el pontífice durante un almuerzo informal celebrado con los cardenales. -El primer ministro de Pakistán, Shehbaz Sharif, convoca una reunión de la Autoridad de Comando Nacional, la máxima autoridad del país en la toma de decisiones sobre cuestiones de política nuclear y de misiles, encuentro que se produce tras el lanzamiento de la Operación Bunyanun Marsoos, mediante la cual admite haber lanzado varios misiles contra la India, incluidas instalaciones militares. Internacionales: 1170. En la localidad de Ceccano, en el centro de Italia, es destruida por un violento terremoto que también causó daños en el sur del país y en Sicilia. 1386. Es firmado el Tratado de Windsor, mediante el cual se estableció una alianza entre Portugal e Inglaterra. 1502. El almirante Cristóbal Colón parte del puerto de Cádiz en lo que sería su último viaje a América 1588. Sale del puerto de Lisboa la llamada Armada Invencible de España, con 46,000 hombres y 1,700 piezas de artillería, con destino a las costas inglesas del canal de La Mancha, pero tiene que retornar al puerto de partida. 1781. En Estados Unidos, los españoles expulsan a los ingleses de Florida Occidental. 1883. Nace en Madrid, España, el escritor y filósofo José Ortega y Gasset. 1908. Los Hermanos Wright patentan el aeroplano. 1913. Thomas Edison inventa un teléfono grabador. 1936. Etiopía es formalmente anexionada a Italia. 1940. El dictador alemán Adolf Hitler autoriza la eutanasia. 1944. En El Salvador, el general Maximiliano Hernández Martínez, presionado por una huelga general, renuncia al poder luego de 13 años de gobierno autoritario. 1967. En Estados Unidos, Cassius Clay es desposeído de la licencia para boxear por negarse a hacer el servicio militar. 1968. Los gobiernos de Estados Unidos y Vietnam del Norte inician conversaciones de paz en París. 1978. Es hallado el cadáver del secuestrado exprimer ministro italiano Aldo Moro. 1980. En Ghana se realiza el primer encuentro entre el papa Juan Pablo II y el arzobispo de Canterbury. 2004. El gobierno venezolano informa sobre la captura de más de 50 presuntos mercenarios colombianos en una hacienda de las montañas del sur de Caracas, a los que acusa de querer atacar el palacio presidencial de Miraflores. 2005. En varias localidades de España se celebra el 400 aniversario de la aparición de la primera parte de la novela Don Quijote de la Mancha, escrita por Miguel de Cervantes Saavedra. 2007. El papa Benedicto XVI llega a Brasil en su primer viaje como sumo pontífice de la Iglesia Católica al continente americano. 2012. En España, el Gobierno anuncia recortes de 10.000 millones de euros en los presupuestos de Educación y Salud y nacionaliza el banco Bankia, que necesitaría una cifra similar para no quebrar. 2019. En Buenos Aires, en un atentado sin precedentes en la historia contemporánea argentina, calificado de "un hecho mafioso" por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, dos desconocidos agreden a tiros, dejando gravemente herido al diputado Héctor Olivares y muerto a su acompañante, Miguel Marcelo Yadón. 2020. Ante la falta de conocimiento acerca del virus covid-19 y en un esfuerzo por cortar la cadena de contagios de personas infectadas por el nuevo coronavirus, pero asintomáticas, Cuba realiza pruebas masivas y al azar a la población. 2021. El gobierno de EE. UU. declara en estado de emergencia regional tras un ciberataque a la mayor red de oleoducto del país, dejándola inactivada; acción que fue atribuida a un grupo de piratas informáticos, que desconectó por completo y robó más de 100 GB de información del Oleoducto Colonial. 2022. El exsenador haitiano John Joel Joseph comparece ante la jueza Lauren Louis, en Miami, tras ser extraditado desde Jamaica para responder por su presunta implicación en el asesinato del presidente de Haití, Jovenel Moïse, en julio de 2021. 2023. Un jurado federal de Manhattan declara culpable al expresidente de Estados Unidos Donald Trump, acusado de abusar sexualmente de la escritora Elizabeth Jean Carroll en 1996 y años después difamarla cuando denunció el asalto, a la que el juez Lewis Kaplan otorga una indemnización de US$5.0 millones. -La Oficina de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos revela que al menos 1,446 personas han fallecido como consecuencia de la ola de violencia que sufre Haití durante los primeros cuatro meses de este año. 2024. Al menos 60 gazatíes mueren en la Franja de Gaza tras una noche de bombardeos tanto en la localidad de Rafah como en el norte de Gaza, con una ofensiva terrestre en el barrio de Zeitun, donde tropas israelíes iniciaron una ofensiva.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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