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54Grado.com : Hoy es miércoles 1 de abril del 2026 . Faltan 274 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1844. Se produce la primera acción bélica de la Marina Dominicana, bombardeando el puerto de Tortuguero, en poder de las fuerzas haitianas. 1854. El general Pedro Santana hace aprobar una Constitución que establece que el presidente de la República estará en el poder durante dos períodos consecutivos, de seis años cada uno. 1864. El Gobierno provisional instalado en la ciudad de Santiago de los Caballeros asigna al patricio Juan Pablo Duarte una misión ante los gobiernos de Venezuela, Perú y Nueva Granada para solicitar ayuda material, la cual no fue conseguida. 1880. El Gobierno de Gregorio Luperón sugiere que todos los países europeos y americanos hagan aportes para levantar un monumento destinado a guardar los restos de Cristóbal Colón. 1895. Máximo Gómez y José Martí salen hacia Cuba para dirigir el movimiento independentista de esa isla. Martí también escribe una carta a Gonzalo de Quesada, la que se considera su testamento literario. 1895. El presidente, general Ulises Heureaux, responde a su colega haitiano, Florvil Hyppolite, su deseo de firmar un tratado que delimite la línea fronteriza entre ambos países. 1941. Se verifica la entrega de la Receptoría de Aduanas a las autoridades nacionales, siendo sustituido su director general, Thomas Pearson, por el licenciado Horacio Pérez Licairac. 1959. Es erigida por S. S. Juan XXIII, mediante la bula Solemne est Nobis, la diócesis de Salvaleón de Higüey, siendo su primer obispo monseñor Juan Félix Pepén Solimán. 1960. El generalísimo Rafael Trujillo "renuncia" como líder y miembro de su Partido Dominicano, la única organización política del país, lo que fue interpretado como una maniobra para fortalecer sus políticas. -Un "Foro" publicado en el diario El Caribe plantea que Trujillo no era realmente benefactor de la Iglesia católica, sino "de la religión", pues había ayudado a todas las denominaciones. 1962. El partido Unión Cívica Nacional (UCN) amenaza con la renuncia en masa de sus miembros que ocupan cargos claves en el Gobierno si este no acepta los términos de la carta de trece puntos que le dirigiera a mediados de marzo. 1982. El expresidente Joaquín Balaguer anuncia "su retiro del debate electoral" y su renuncia a la candidatura presidencial del Partido Reformista. 1993. El presidente Balaguer designa una comisión de alto nivel para que se encargue del traslado al Museo de los Inmortales, de la Catedral de Santiago Apóstol de Santiago de los Caballeros, los restos de los generales José María Imbert y Fernando Valerio, héroes de la batalla del 30 de Marzo. 2005. La Iglesia católica dominicana llama a sus feligreses a orar ante el crítico estado de salud del papa y convoca a una misa en la Catedral. 2008. El Senado convierte en ley el proyecto que declara el 19 de mayo de cada año como Día del Soldado Democrático. 2013. Aunque faltando algunos detalles para terminar la obra, la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (Opret) anuncia el inicio de operaciones de la segunda etapa del Metro de Santo Domingo. 2016. Fallece a los 72 años de edad el laureado actor y director teatral dominicano Ángel Haché, tras varios días ingresado en el centro clínico Corazones Unidos luego de ser sometido a un cateterismo al sufrir un infarto agudo. 2019. Una comisión militar de alto nivel de la República Popular China, encabezada por el mayor general del Ejército Popular de Liberación (EPL), Huang Xueping, llega a la República Dominicana y se reúne con el ministro de Defensa dominicano, teniente general Rubén Paulino Sem. 2021. El proyecto de ley que modificaría el Código Penal, que conoce la Cámara de Diputados, establece que quienes incurran en un "robo famélico", al sustraer productos como comestibles o de salud sin emplear violencia física y siempre que demuestren que fue para satisfacer sus necesidades o las de un familiar, será eximente de responsabilidad penal. -La Iglesia católica toca en el Sermón de las 7 Palabras uno de los temas más sensitivos del discurrir dominicano de las últimas décadas: la extorsión que se atribuye a "comunicadores y periodistas", muchos de los cuales se han dedicado al oficio sin contar con la debida formación profesional y ética. 2024. En un artículo publicado en el periódico The New York Times, la periodista Farah Stockman destaca el papel emergente de República Dominicana en la reestructuración de la cadena de suministro tecnológico, enfocándose en la disminución de la dependencia de microchips provenientes de Asia. Internacionales: 1256. Alfonso X, "el Sabio", es proclamado emperador germánico por Arnaldo de Isenburg, arzobispo de Tréveris, designación que no tuvo efecto por la oposición del resto de electores imperiales. 1389. Es firmado un pacto de no agresión entre la Confederación Suiza y Austria. 1520. En el puerto San Julián, provincia de Santa Cruz, se celebra la primera misa en territorio argentino. 1525. En El Salvador, Gonzalo de Alvarado funda la villa San Salvador, la que un año después los cuzcatlecos sublevados atacaron e incendiaron. 1545. Un grupo de españoles encabezados por el capitán Juan de Villarroel toman posesión de los yacimientos de plata de Potosí, actual Bolivia, tras confirmar el hallazgo el pastor indio Diego Huallpa, e inmediatamente establecen un poblado. 1810. En Venezuela, Vicente Emparan descubre una rebelión militar impulsada desde la Casa de la Misericordia que tenía como objetivo deponer a las autoridades españolas e instaurar un nuevo gobierno en Caracas. 1829. Vicente Guerrero toma posesión como presidente de México. 1864. Es firmado el Tratado Secreto de la Triple Alianza entre Argentina, Brasil y Uruguay para aniquilar al Paraguay, bajo el supuesto de derrocar al "tirano" Francisco Solano López. 1892. Un grupo de independentistas cubanos en el exilio, liderados por José Martí, Antonio Maceo y Máximo Gómez, fundan el Partido Revolucionario Cubano. 1901. En España son celebrados numerosos mítines anticlericales, especialmente en La Coruña y Málaga. 1918. En el Reino Unido es fundada la Royal Air Force, más conocida por sus siglas RAF, con soldados del Cuerpo Aéreo Real y del Servicio Naval. 1924. Adolf Hitler es condenado a cinco años de cárcel por alta traición al intentar deponer por la fuerza al Gobierno democrático el 8 de noviembre anterior. 1939. Concluye oficialmente la Guerra Civil Española con el parte firmado por el general Francisco Franco, convertido ya en dictador. 1945. Dos divisiones del Ejército de los Estados Unidos y dos divisiones de los Marines desembarcan en la isla japonesa de Okinawa, a 550 km al sur de Japón, planeando usar la isla como base para las operaciones aéreas con tal de invadir territorio japonés; la llamada Operación Downfall. -Representantes del general alemán Karl Wolff llegan a un acuerdo con los aliados para la rendición de las tropas alemanas en Italia, sin informar de esta acción a Mussolini. 1979. Irán proclama la República Islámica. 1982. Panamá toma el control sobre la zona del canal, luego de que Estados Unidos se lo transfiere formalmente. 1991. Se disuelve oficialmente el llamado Pacto de Varsovia, integrado por naciones gobernadas por dirigentes comunistas. -En Chile, el senador Jaime Guzmán Errázuriz, colaborador del dictador chileno Augusto Pinochet, es acribillado por miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez. 1997. En Japón se inicia una oleada de quiebras de entidades financieras. 1998. En Nueva York, EE. UU., la niña Emily Rosa, de 11 años, se convierte en la persona más joven que ha publicado un artículo en la revista científica Journal of the American Medical Association. 2000. En Japón, el primer ministro Obuchi Keizo sufre un ataque cerebrovascular y entra en coma, del que no pudo salir, muriendo el 14 de mayo. 2001. Holanda se convierte en el primer país que legaliza el matrimonio entre personas del mismo sexo al entrar en vigor la ley aprobada en septiembre del año anterior, celebrándose este mismo día en Ámsterdam las primeras cuatro bodas gais. 2005. El papa Juan Pablo II, un día antes de morir, acepta la renuncia del cardenal Miguel Obando Bravo como arzobispo de Managua, Nicaragua, y nombra como su sucesor a monseñor Leopoldo Brenes, obispo de Matagalpa. 2009. Las autoridades libias suspenden los operativos de búsqueda de los más de 200 desaparecidos de un naufragio ocurrido tres días antes frente a las costas de Libia. 2011. Un avión de reconocimiento naval de EE. UU., modelo EP-3, colisiona en el aire con uno de los dos cazas chinos F-8 que trataban de expulsarle del área cercana a unas maniobras militares. 2014. Corea del Sur ordena al Ejército "responder con fuerza" a un eventual ataque norcoreano, tras las amenazas de este último país contra intereses de Estados Unidos y Corea del Sur. 2016. Fallece a la edad de 89 años, de un paro cardíaco, el exministro de Exteriores alemán Hans-Dietrich Genscher, el más histórico jefe de la diplomacia de Berlín. 2019. La Fiscalía brasileña solicita a la Justicia ordenar nuevamente el arresto del expresidente Michel Temer, por considerar sin fundamentos la decisión de un tribunal de segunda instancia que le liberó. -El presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela, Maikel Moreno, solicita a la Asamblea Nacional Constituyente el levantamiento de la inmunidad del jefe del Parlamento, el opositor Juan Guaidó, reconocido como presidente interino del país por unos 60 gobiernos. 2020. El Gobierno de Cuba confirma la liberación anticipada de 6,579 presos de las cárceles de la isla durante los meses de marzo y abril, coincidiendo con la pandemia de la COVID-19, que, según el último balance de las autoridades sanitarias, ha dejado 1,501 contagios y 61 víctimas mortales. 2021. El presidente de Estados Unidos, Joe Biden, revoca por "inapropiadas e ineficaces" las sanciones impuestas por el Gobierno de Donald Trump a funcionarios de la Corte Penal Internacional (CPI) que investiguen a tropas estadounidenses o a aliados, aunque expresa sus discrepancias por las medidas de ese organismo sobre la situación en Afganistán y Palestina. 2025. La fiscal general de EE. UU., Pamela Bondi, informa que, después de "una cuidadosa consideración", había ordenado a los fiscales federales solicitar la pena de muerte para Luigi Mangione, presunto asesino del director ejecutivo de UnitedHealthcare, Brian Thompson.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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