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54Grado.com : Hoy es jueves 29 de enero del 2026 . Faltan 336 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1794. Las autoridades francesas en Haití, tras su rendición frente al general español Aristazábal, entregan la ciudad de Fort Liberté al dominio de la corona española. 1802. Llega a Samaná una escuadra francesa con 21 mil hombres bajo el mando de Víctor Enmanuel Leclerc, cuñado de Napoleón Bonaparte, para someter la isla de Santo Domingo al dominio francés. 1840. Nace en Puerto Plata el abogado, pintor y político Ildefonso Mella Brea, quien fue gobernador de esa provincia en 1874. 1956. La señorita Olga Fernándah Fiallo es elegida Miss República Dominicana entre las 24 concursantes, en el certamen para escoger la representante dominicana en el concurso Miss Universo. 1985. Es creada en Santo Domingo la Universidad Central Dominicana de Estudios Profesionales (UCDEP). 2006. Los "eternos rivales de la política dominicana", partidos Reformista Social Cristiano (PRSC) y Revolucionario Dominicano (PRD), acuerdan ir aliados en 26 de las 31 provincias y el Distrito Nacional, en las elecciones congresuales y municipales del 16 de mayo de este año. 2008. En la guerra de acusaciones recíprocas, el PRD emplaza al presidente Leonel Fernández a explicar por qué le habría concedido más de 10,000 contratos sin licitar al extraditado hacia EEUU por narcotráfico, Nelson Solano Guzmán. 2009. El presidente Leonel Fernández deja formalmente inaugurada la primera línea del Metro de Santo Domingo, con una longitud de 14.5 kilómetros, construido con una inversión de US$699 millones. 2014. El presidente Danilo Medina pronuncia un enérgico discurso en el marco de la II Cumbre de la Comunidad de Estados Centroamericanos y Caribeños (CELAC), celebrada en Cuba, ante las críticas de los países miembros del Caricom, a la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional que establece los criterios sobre la nacionalidad dominicana. 2019. El fraude contra el Estado por RD$4,127 millones cometido por el Grupo Tremols Payero, que con los intereses y recargos ascendió a RD$9,321.7 millones, provoca el despido de al menos 300 empleados y provocado el desmantelamiento de dos departamentos de la Dirección General de Impuestos Internos. -El Parlamento venezolano, de mayoría opositora, nombra al ex diputado Eusebio Carlino como "representantes diplomáticos" en la República Dominicana y en otras naciones que reconocen la autoproclamación del jefe legislativo, Juan Guaidó, como presidente interino. Internacionales: 1523. Ulrico Zuinglio da a conocer sus 67 tesis para la reforma de la Iglesia. 1737: Nace el periodista británico Thomas Paine, quien se destacó en la lucha por la independencia de los Estados Unidos 1801. El rey Carlos IV de España firma un tratado de alianza con Francia para la invasión de Portugal, fiel aliado de Inglaterra. 1841 Durante la llamada "Guerra del Opio", Gran Bretaña ocupa Hong Kong. 1895 José Martí ordena el inicio del levantamiento por la independencia de Cuba de España. 1979. En Washington, el primer ministro de China, Deng Xiaoping, se reúne con el presidente de Estados Unidos, Jimmy Carter. 1981. El presidente del Gobierno de España, Adolfo Suárez dimite del cargo, por la división interna de su partido, la UDC. -En Francia, el presidente Jacques Chirac anuncia el cese definitivo de los ensayos de armas nucleares de esa nación 1996. Un incendio destruye en Venecia el Teatro de la Opera La Fenice. 2002. En su discurso del Estado de la Unión, el presidente de los Estados Unidos, George W. Bush, etiqueta a Corea del Norte, Irán e Iraq como "el eje del mal". 2009. En Estados Unidos, el gobernador Rod Blagojevich es declarado culpable en forma unánime y echado del puesto, luego de ser arrestado bajo cargos de intentar vender el escaño que el nuevo presidente Barack Obama dejó vacante en el Senado. 2013. Se produce una matanza en la ciudad siria de Alepo, provocando la muerte a más de cien personas, cuyos cadáveres aparecieron flotando en el río que atraviesa la ciudad. 2014. El Parlamento de Ucrania aprueba la amnistía de todos los detenidos durante el EuroMaidan, condicionada a que en un plazo de quince días los manifestantes abandonen los edificios oficiales ocupados. 2016. La Justicia española confirma que la infanta Cristina, hermana del rey Felipe VI, será juzgada en un caso de corrupción, como cooperadora en dos delitos fiscales, presuntamente cometidos por su esposo, Iñaki Urdangarin. -La capital mexicana, el DF o Distrito Federal, desaparece oficialmente, pero no sólo cambia de nombre, sino también de también de estatus, porque tendrá su propia Constitución y Congreso, legislar en materia de seguridad y finanzas, aprobar o rechazar reformas constitucionales o acceder a millonarias ayudas federales que hasta ahora le eran vedadas. -El Observatorio Sirio de Derechos Humanos revela que el grupo terrorista Estado Islámico (EI) ha asesinado a 3,895 personas en Siria, de las que 2,114 eran civiles, desde la proclamación de un califato en este país y en Irak a finales de junio de 2014. 2019. El Consejo de la Internacional Socialista expulsa como uno de sus partidos miembros al partido oficialista Frente Sandinista de Nicaragua, por violar los derechos humanos contra ciudadanos opositores que protestantes contra el gobierno. - Un juzgado de El Salvador ordena instrucción formal con detención provisional contra el expresidente Mauricio Funes (2009-2014) por una alegada millonaria malversación de los fondos asignados a la construcción de una represa. - En Venezuela, el Tribunal Supremo de Justicia aprueba congelar los bienes y cuentas, así como la prohibición de salida del país del presidente de la Asamblea Nacional, Juan Guaidó, autoproclamado "presidente encargado" de ese país el pasado 23 de enero, medidas solicitadas por la Fiscalía General. 2020. El Parlamento Europeo da su aprobación final al divorcio de Gran Bretaña de la Unión Europea, allanando el camino para que el país abandone el bloque después de casi medio siglo y generando un gran revés para la integración europea. -La convocatoria de testigos al juicio político al que es sometido el presidente de EE.UU., Donald Trump, centra el proceso de destitución, con advertencias de los demócratas que de no permitir nuevos testimonios, "porque lo que está en juego es la seguridad nacional". -Los Emiratos Árabes Unidos anuncia la detección de cuatro personas contaminadas del coronavirus, constituyendo éstas los primeros casos en Oriente Medio. 2024. La líder opositora venezolana María Corina Machado asegura este lunes que competirá en las presidenciales de este año como candidata del mayor bloque antichavista, pese a la sentencia publicada en la que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratifica que está impedida para participar en comicios hasta 2036. 2025. Un avión de American Airlines y un helicóptero militar Black Hawk chocaron y cayeron al río Potomac, cerca del Aeropuerto Nacional Ronald Reagan de Washington DC. Las aeronaves transportaban a 60 pasajeros y cuatro tripulantes, así como tres soldados del ejército, respectivamente. -La Policía Nacional de Haití (PNH) ultimó a 20 pandilleros pertenecientes a la coalición de bandas Viv Ansanm, que intentaban apoderase de la comuna de Kenscoff, indicándose que en los tiroteos también murieron cuatro civiles, por el fuego cruzado.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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