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54Grado.com : Hoy es viernes 8 de mayo del 2026 . Faltan 237 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1804. Tras el líder haitiano Jean-Jacques Dessalines ser aclamado Emperador bajo el nombre de Jacques I, acelera las acciones para extender su dominio sobre toda la isla, por lo que lanza una proclama en que decía a los dominicanos: "Españoles, os doy 15 días para uniros bajo mis banderas". 1880. El presidente Gregorio Luperón, mediante el decreto 1880, crea los primeros cuerpos de bomberos en Santo Domingo, Azua, Samaná, La Vega, Moca, San Pedro de Macorís, Cotuí, El Seybo y Baní. 1916. El Congreso declara acéfalo el mandato ejecutivo que ejercía Juan Isidro Jimenes Pereira y acuerda nombrar un titular del Poder Ejecutivo conforme a la Constitución. 1963. Ante el agravamiento del conflicto entre la RD y Haití, el Consejo de Seguridad de la ONU debatió el caso, en el que la representación del vecino país acusó al nuestro de tratar de destruir a la "única República negra en América del Norte". De su lado, el embajador dominicano Guaroa Velázquez contraacusó al gobierno de Francois Duvalier de mentir repetidamente y de que en la dictadura se realizaban "incesantes esfuerzos y crímenes contra la tierra dominicana". 1967. El jefe del Servicio Secreto de la Policía, Jorge Valdera, informa a sus superiores mediante oficio que el grupo estudiantil Fragua y la Unión Cívica Nacional realizan actos terroristas con fines políticos contra el gobierno. 1948. El arzobispo Tomás Portes e Infante funda el Seminario Santo Tomás de Aquino. 1962. El embajador de EE. UU. en el país, John Bartlow Martin, niega que su nación trate de intervenir en los comicios dominicanos, como lo señalan rumores en la población. 1964. La señora Gladys Bello de Lachapelle, esposa del cancelado capitán E.N. Héctor Lachapelle Díaz, denuncia la persecución de que era objeto su marido por su vinculación con el movimiento cívico-militar que conspiraba contra el Triunvirato. 1965. Un contingente compuesto por 42.412 militares estadounidenses se encuentra apostado en la República Dominicana, según informa el Departamento de Defensa de los EE. UU. 1994. El Poder Ejecutivo promulga la ley que dispone un aumento general de salarios de 20 y 30 %, ante el fracaso de las negociaciones de sindicalistas y empresarios. 1981. Circula por primera vez el matutino El Nuevo Diario, bajo la dirección del periodista Juan Bolívar Díaz Santana. 2000. El Poder Ejecutivo promulga la Ley 19-2000 del Mercado de Valores, con el objetivo de regular y promover el mercado de valores en forma organizada, eficiente y transparente, contribuyendo de esta forma al desarrollo económico y social del país. 2005. El presidente Leonel Fernández afirma en Santiago que en el pasado gobierno la nación cayó en una profunda y severa crisis económica, porque "el país estuvo cuatro años dirigido por un grupo de ineptos". 2006. Líderes de los partidos políticos, con el presidente Leonel Fernández a la cabeza, firman un "Pacto de Civilidad por una Campaña Electoral en un Clima de Paz", faltando solo una semana para los comicios legislativos y municipales. 2007. Un fuerte tornado afecta varios sectores de la provincia Dajabón, dejando como resultado decenas de personas heridas e igual número de viviendas destruidas y árboles caídos. 2018. El presidente Danilo Medina anuncia que con él no han hablado ni cree que participe en una nueva ronda de diálogo sobre la crisis de Venezuela, a raíz del anuncio de Nicolás Maduro de haber solicitado retomar esas conversaciones con la oposición venezolana en República Dominicana. 2019. El Primer Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo condena a 30 años de prisión y el pago de una multa de RD$5 millones a los acusados de dirigir una organización criminal que se dedicaba al tráfico internacional de drogas y al lavado de activos, Manuel Emilio Mesa Beltré (El Gringo), y su principal socio Catalino Acevedo Rodríguez (alias José). 2020. Los casos confirmados del coronavirus Covid-19 suben a 9.376, con 283 nuevos, mientras los fallecidos ascienden a 380, con siete muertos adicionales registrados durante las últimas 24 horas. 2025. El recién electo papa León XIV (Robert Francis Prevost) estuvo en la ciudad de La Vega el año 2004, donde hizo entrega de un reconocimiento póstumo a la señora Gladys Altagracia García, como prior general de la Orden de San Agustín. Internacionales: 589. Se inicia el Concilio III de Toledo, por el que se elimina el arianismo como religión del pueblo godo. 1527. En la actual Argentina, el navegante italiano Sebastián Caboto y sus soldados, pero al servicio de España, se convierten en los primeros europeos que avistan el río Paraná. 1541. En lo que ahora es territorio de Estados Unidos, el conquistador español Hernando de Soto es el primer europeo que avista el río Misisipi, al que bautiza Río de Espíritu Santo. 1542. Hernando de Soto descubre el río Mississippi, fortaleciendo la expansión española hacia el interior de América del Norte. 1627. Sebastián Caboto descubre el río Paraná. 1702. Con motivo de la guerra de sucesión española, Holanda declara la guerra a Francia y España. 1704. Carlos de Austria desembarca en Lisboa para destronar a Felipe V de España. 1794. Es guillotinado el físico y químico Antoine Laurent Lavoisier. 1826. El secretario de Estado norteamericano, Henry Clay, le da instrucciones a los delegados de los Estados Unidos al Congreso de Panamá de incluir el tema de la construcción de un canal por Centroamérica. 1842. Mueren unas 200 personas en un accidente ferroviario del tren Versalles-París. 1945. Durante la II Guerra Mundial, se produce la capitulación de Alemania. 1971. Fracasa en Estados Unidos el lanzamiento del vehículo espacial no tripulado Mariner 8 con destino al planeta Marte. 1973. Es firmado en EE. UU. un acuerdo entre los sioux y el gobierno para mejorar la vida de los indios de las reservas. 1979. En El Salvador, un enfrentamiento entre fuerzas del ejército que rodea la catedral, ocupada por miembros del izquierdista Bloque Popular Revolucionario y manifestantes que los apoyan, deja 23 muertos y 70 heridos. 1980. EE. UU. declara el estado de emergencia en La Florida, a causa de una oleada de inmigrantes cubanos llamados "marielitos". 1998. El economista y abogado Miguel Ángel Rodríguez asume como presidente de Costa Rica. 1999. El Partido Independentista Puertorriqueño instala un campamento como protesta por la ocupación de la isla municipio de Vieques, utilizada como polígono de la Armada de los Estados Unidos. 2006. El presidente estadounidense George W. Bush nomina al general Michael Hayden para director de la CIA, medida que genera recelos en el Congreso, que no ve con buenos ojos la idea de poner un militar a cargo de una agencia civil. 2010. Con la presencia del nuevo mandatario de la región, Laura Chinchilla Miranda asume la presidencia de Costa Rica, convirtiéndose en la primera gobernante de la nación centroamericana. 2015. En Guatemala renuncia la vicepresidenta Roxana Baldetti (la primera mujer guatemalteca en alcanzar ese cargo); fue el segundo vicepresidente en renunciar a su cargo, luego de Gustavo Espina. 2018. Los tribunales de la ciudad de Tianjin condenan a cadena perpetua a Sun Zhengcai, exministro de Agricultura chino y antiguo secretario general del Partido Comunista en la provincia de Chongqing, por aceptar sobornos de 170 millones de yuanes (27 millones de dólares, 22 millones de euros). -El periodista y politólogo Carlos Alvarado jura como nuevo presidente de Costa Rica en una ceremonia con presencia de seis gobernantes de Bolivia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Panamá y República Dominicana. 2019. El expresidente brasileño Michel Temer recibe la orden de un juez federal para regresar a la cárcel mientras es investigado en varios casos de presunta corrupción. 2020. El Defensor del Pueblo de Nueva York, Jumaane Williams, denuncia que la gran mayoría de los arrestados por violaciones de distanciamiento social en Nueva York han sido negros (68 %), hispanos (24 %), mientras solo un 7 % han sido blancos. 2022. El Ministerio de Salud Pública cubano informa que el número de víctimas mortales dejado por la explosión registrada en el Hotel Saratoga, en el centro de La Habana, ya asciende a 40, mientras 94 personas resultaron lesionadas, de las cuales 18 se encuentran hospitalizadas. 2023. La Suprema Corte de Justicia de México invalida el primer decreto de las reformas político-electorales impulsadas por el presidente Andrés Manuel López Obrador, un paquete de normas conocido también como "Plan B". -La escritora E. Jean Carroll, que denunció al expresidente Donald Trump por violación en el probador de unos grandes almacenes y por difamación, afirma a través de su abogada, Roberta Kaplan, que no busca dinero sino "restaurar su buen nombre". 2024. El presidente colombiano, Gustavo Petro, denuncia el inicio de un alegado "golpe de Estado", con la ponencia favorable presentada por dos magistrados del Consejo Nacional Electoral (CNE), para que se formulen cargos en su contra por la presunta financiación irregular de su campaña. 2025. El papa León XIV (Robert Francis Prevost) asume oficialmente el pontificado de la Iglesia Católica, convirtiéndose en el 267.º papa tras la muerte de Francisco, y el primer miembro de la Orden Agustina que lidera el catolicismo de nacionalidad estadounidense. El nuevo pontífice fue ordenado sacerdote en 1982, obteniendo la licenciatura en 1984 y luego enviado a trabajar a la misión de Chulucanas, en Perú, por lo que tiene amplio acercamiento con América Latina. -La secretaria de Educación de EE. UU., Linda McMahon, manda una carta a la Universidad de Harvard llena de faltas gramaticales, por lo que los usuarios de redes sociales emiten correcciones al "estilo profesor", las que se difunden de manera profusa en los últimos días.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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