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54Grado.com : Hoy es viernes 5 de junio del 2026 . Faltan 209 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1864. El capitán general de la Colonia, Juan José del Villar, ordena al general Pedro Santana ceder el mando al brigadier Baldomero de la Calleja de la división española bajo su mando, destacada en El Seybo. 1896. Es creado el Distrito Pacificador, en honor al presidente Ulises Hereaux (Lilís) el que desde 1925 se le denomina provincia Juan Pablo Duarte. 1924. Nace en La Romana, el fallecido merenguero y bolerista Alberto Beltrán, intérprete de El Negrito del Batey y Todo me Gusta de Tí. 1929. Nace en la capital dominicana el niño Rafael L. Trujillo Martínez (Ramfis), hijo mayor del tirano Rafael Trujillo Molina y su amante María Martínez. 1951. Es promulgada la Ley 2909, sobre Educación Primaria. 1959. La embajada cubana en el país es tiroteada por "desconocidos" y allanada por las autoridades con intención de incendiarla, en cuya acción murió el niño dominicano Ovidio Méndez. -El embajador cubano Juan José Díaz del Real y su acompañante, Mario Rivas, son atacados en el Banco de Reservas, resultando muerto uno de sus agresores. -Percatado de los aprestos militares del exilio dominicano, llegan al país procedentes de los Estados Unidos seis torres de ametralladoras y municiones, calculándose que en sólo tres meses el tirano Rafael Trujillo gastó US$70.0 millones en armas. 1963. La Asociación Nacional de Periodistas Profesionales (ANPP) elige su primera directiva, integrada por Carlos Curiel, presidente; Radhamés Gómez Pepín, secretario; Luis Miura Baralt, tesorero; Rafael Molina Morillo y Miguel Ángel Velásquez Mainardi, vocales. 1965. Es firmada la llamada Acta de Santo Domingo, mediante la cual se ratifica un cese el fuego entre los bandos enfrentados durante la guerra civil. - Morteros estadounidenses son disparados contra la llamada Zona Constitucionalista, mientras cientos de personas repudian la acción frente al Altar de la Patria, a los que habla el presidente Francisco Caamaño. 1978. El presidente de la JCE, Manuel Joaquín Castillo, es recusado por el Partido Reformista, siendo sustituido por Hugo Vargas Suberví. 2005. El Gobierno de Venezuela notifica a la Cancillería dominicana que bajo ninguna condición permitirá que empresas previamente convenidas, intervengan en el transporte del petróleo que suministra. -Una interpretación de última hora en el texto del DR-CAFTA provoca que en el gobierno y en el sector privado se planteen aprobar lo más rápido posible la reforma fiscal. 2014. El diputado por la Fuerza Nacional Progresista (FNP), Vinicio Castillo Semán, anuncia la presentación de un proyecto de ley que ordena la construcción de un muro en la frontera con Haití. 2015. El Tribunal Constitucional rechaza la medida cautelar interpuesta por la Fuerza Nacional Progresista (FNP), que buscaba la suspensión de la Asamblea Nacional Revisora convocada para reformar la Constitución y restablecer la reelección presidencial. 2018. El país junto a otras 19 naciones respalda la resolución de la OEA que declara ilegítimo el proceso electoral venezolano del pasado 20 de mayo de 2018, pese a que horas antes el canciller Miguel Vargas solicitó buscar "una salida pacífica, democrática y definitiva a la situación del país suramericano". 2024. Fallece a los 75 años de edad, el comunicador, político y abogadoWilfredo Alemany. Era hijo del señor Rafael Alemany y Juliana Ávila, así como el padre de Ernesto, Marel, Alan, Alejandra y Joan. Internacionales: 774. Carlomagno se hace coronar rey de Francia y Lombardía, luego de asediar y tomar Pavia en lugar de Desiderio. 1465. Es destronado Enrique IV de Castilla y León mediante la Farsa de Ávila. 1625. Durante la guerra de Flandes y tras un asedio de diez meses, la ciudad de Breda (Países Bajos), se rinde a las tropas españolas al mando del general Ambrosio Spinola. 1723. Nace el economista y filósofo inglés Adam Smith, considerado el padre de la economía política. 1832. En París se inician levantamientos estudiantiles, como consecuencia del funeral del general de división del imperio Jean Maximilien Lamarque fallecido durante una epidemia de cólera. 1865. Es destronado Enrique IV de Castilla y León mediante la Farsa de Ávila. 1870. Se produce un incendio en Estambul, en el que resultan muertas 1,200 personas y 60.000 quedan sin hogar. 1887. Nace, en San Juan del Río, Durango, el revolucionario mexicano Doroteo Arango, mejor conocido como Pancho Villa. 1898. Nace el poeta y dramaturgo español Federico García Lorca. 1925. Es aprobado en Ginebra el Protocolo sobre la prohibición de usar en guerra gases venenosos y armas bacteriológicas. 1944. Roma es liberada por los Aliados mientras más de 1000 bombarderos británicos lanzan cerca de 5000 toneladas en bombas sobre baterías alemanas en Normandía en preparación del Día D. 1945. Tras la derrota alemana en la Segunda Guerra Mundial, Berlín es gobernado por Estados Unidos, Francia, Reino Unido y la Unión Soviética 1947. Es presentado el Plan Marshall de ayuda a los países europeos afectados por la Segunda Guerra Mundial. 1963. El Ayatollah Jomeini es arrestado por las autoridades iraníes. En Teherán se producen graves disturbios y el Sha y su familia abandonan la capital. 1967. Israel inicia la guerra contra Egipto, quedando la aviación árabe fuera de combate en tres horas al ser destrui­dos 300 aparatos egipcios, en tierra. 1968. Es baleado mortalmente en California el senador y aspirante presidencial estadounidense Robert Kennedy, acción cometida por el jordano, Sirhan Bishara Sirhan. -En Checoslovaquia, el presidente Antonín Novotny, pierde el cargo de secretario general del Comité Central de PC checo, siendo sucedido por Alexander Dubcek. 1975. El canal de Suez es reabierto, luego de haber permanecido cerrado desde la guerra de los Seis Días, de 1975. 1981. El presidente Ronald Reagan autoriza la fabricación en EE.UU. de la bomba de neutrones o "bomba limpia". Los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (Centers for Disease Control and Prevention en inglés) de Estados Unidos describen en conferencia cinco casos de neumonía por Pneumocoystis carinii en la ciudad de Los Ángeles, California. 1982. La actriz italiana Sofía Loren, abandona la prisión tras 30 días de condena por evasión de impuestos. 1988. En la Unión de República Socialista Soviética se conmemora el primer milenio del cristianismo, iniciado con el bautismo del príncipe Vladimir de Kiev en el año 988. 1991. La Asamblea General de la OEA aprueba en Chile, la Resolución 1080, la que concede potestad al Secretario General de solicitar la convocatoria inmediata del Consejo Permanente, "en caso de que se produzcan hechos que ocasionen una interrupción abrupta o irregular del proceso institucional democrático". 1993. Unos 600 refugiados son masacrados en Liberia, de cuya acción fueron responsabilizados soldados del gobierno. 2000. El ex dictador chileno, general Augusto Pinochet, pierde su inmunidad como senador vitalicio y queda expuesto para ser juzgado en Chile por violación de los derechos humanos cuando era jefe del Estado. 2002. La multinacional tabacalera Philip Morris, es condenada por un tribunal de apelación de Salem (Oregón), a pagar US$79.5 millones a la familia de un fumador que fallecido de cáncer. 2003. En India y Pakistán, la grave ola de calor alcanza su punto máximo, con temperaturas superiores a los 50 °C. 2004. Es celebrado en Francia el primer matrimonio homosexual, realizado por el alcalde Noël Mamère, a pesar de la prohibición del gobierno nacional. -Muere en Los Ángeles, California, a la edad de 93 años el ex presidente de los Estados Unidos, Ronald Wilson Reagan, después de sufrir la enfermedad de Alzheimer durante casi una década. 2005. El secretario general de la ONU condena los últimos ataques a diplomáticos extranjeros en Irak y se muestra esperanzado de que no debiliten la determinación de la comunidad mundial de apoyar al pueblo iraquí. 2009. En Bagua (Perú), las protestas en contra de la explotación petrolera en la selva peruana provocan la muerte de 23 policías y nueve nativos. 2015. Fallece a los 79 años de edad el ex viceprimer ministro iraquí Tarek Aziz, en un hospital dependiente de la cárcel donde estaba recluido en Irak, tenido como el representante con la cara más amable y diplomática del régimen de Sadam Husein. 2016. En Perú, Pedro Pablo Kuczynski obtiene la presidencia del país tras vencer a Keiko Fujimori en la segunda vuelta. 2018. La asamblea general de la OEA, el principal foro político del continente, aprueba una resolución promovida por Estados Unidos que abre la puerta a una eventual suspensión de Venezuela del organismo y declara ilegítima la reelección de Nicolás Maduro "por quebrar el orden democrático". 2019. El presidente ruso, Vladímir Putin, recibe en el Palacio del Kremlin a su "querido amigo", el presidente chino Xi Jinping, en el momento más álgido de las relaciones bilaterales y en medio de las tensiones de ambos países con Estados Unidos. 2024. La NASA y Boeing confirman el lanzamiento de la primera misión espacial tripulada, tras la cancelación a menos de cuatro minutos del despegue, con los astronautas Barry 'Butch' Wilmore y Sunita "Suni" Williams a bordo, desde una plataforma de la Estación de la Fuerza Espacial de Cabo Cañaveral, en Florida (EE. UU.). -El "número dos" de la misión de Estados Unidos, Thomas Hastings, presenta ante la OEA una resolución sobre Haití la que se votará en la Asamblea General del organismo, que se celebrará en Asunción (Paraguay) del 26 al 28 de este mes.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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