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El Banco Central anuncia la implementación del Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR), mediante el cual los usuarios realizan transacciones electrónicas a través de la banca digital. 2021. El Gobierno de los Estados Unidos expresa al dominicano su interés de trabajar en los esfuerzos legislativos para crear un sistema de extinción de dominio que permita recuperar los bienes y riquezas "que los criminales y funcionarios corruptos han robado al Estado". -La Unión Dominico-Americana de Votantes (UDAV) hace historia al inscribirse de forma oficial en la Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico de cara a los próximos comicios que se celebrarán en 2024. 2022. La República Dominicana registra el mayor crecimiento de la región latinoamericana y el Caribe, con un incremento de 129 %, según datos del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). -La Organización Mundial de la Salud (OMS) invita al presidente Luis Abinader a participar como orador en el acto inaugural en su Asamblea Mundial, del 22 al 28 de mayo, con la participación de representantes de los 194 Estados miembros. 2023. El ministro de Relaciones Exteriores de la India, Subrahmanyam Jaishankar, inicia una visita oficial de dos días, cuya agenda incluye reuniones con altos funcionarios del Gobierno dominicano y la inauguración de la Embajada de esa nación en el país. -Los imputados en el caso Medusa, Reynaldo de los Santos Cruz, Carlos Augusto Guzmán y la razón social Herraje Rachel, expresan durante la audiencia que se les conoce su disposición a negociar con el Ministerio Público, por lo que proceden a desapoderar a sus abogados. Internacionales: 1814. Napoleón Bonaparte parte hacia el exilio de la isla de Elba. 1832. Mediante Real Cédula, se sustituye en España la horca por el garrote vil como instrumento de ejecuciones. 1919. Las potencias triunfantes en la I Guerra Mundial aceptan el proyecto del presidente estadounidense, Woodrow Wilson, de crear una Sociedad de Naciones, organización destinada al mantenimiento de la paz. 1937. Nace el expresidente iraquí Saddam Hussein. 1945. Benito Mussolini es fusilado junto a su amante Clara Petacci durante los últimos días de la guerra por miembros de la Resistencia italiana. 1959. Es creada en Cuba la Casa de las Américas, con el objetivo de desarrollar y ampliar las relaciones culturales entre los pueblos de Latinoamérica y el Caribe. 1967. Alegando que se había convertido a la doctrina musulmana, el campeón mundial de boxeo Muhammad Ali (antes llamado Cassius Clay) se niega a incorporarse a las Fuerzas Armadas para ser enviado a Vietnam. 1969. El general Charles de Gaulle renuncia a la Presidencia de Francia. 1974. Evacuan de Saigón a los últimos ciudadanos norteamericanos. 1986. Se produce gran pánico nuclear en la central soviética de Chernóbil. 1992. Concluye la guerra civil en Afganistán con la entrega de poderes del Gobierno comunista a Sibgatulah Muyadedi. 1995. Se informa de casi 2,000 muertos en un terremoto en Neftegorsk (isla rusa de Sajalín). 2000. La República Dominicana y la Comunidad del Caribe (CARICOM) suscriben en Santo Domingo un protocolo de implementación del acuerdo, con la intención de comenzar negociaciones para el establecimiento de un área de libre comercio. 2005. La empresa Autopistas del Nordeste, C. por A., anuncia el inicio formal y definitivo de la construcción de la carretera que une el Gran Santo Domingo con la comunidad Rincón de Molenillo, municipio de Nagua. 2010. El presidente de Irán, Mahmoud Ahmadinejad, solicita y obtiene del Departamento de Estado de Estados Unidos una visa para participar en la Conferencia de Seguimiento del Tratado de No Proliferación Nuclear. 2012. El exmilitar peruano Telmo Hurtado, acusado de haber cometido en 1985 la masacre de Accomarca, afirma durante el juicio que se le sigue que hubiera matado a su padre si recibía una orden superior en ese sentido. 2017. El presidente Donald Trump se convierte en el primer gobernante estadounidense en los últimos 34 años que pronuncia un discurso ante la Asociación Nacional del Rifle (NRA), a cuyos miembros les asegura tener un amigo en la Casa Blanca que defenderá sus intereses. -Este día el mandatario también firma una orden ejecutiva para revisar las prohibiciones de la era Obama sobre las perforaciones costeras de petróleo y gas natural en algunas partes del Ártico, el Pacífico y el Atlántico. 2020. De manera extraña, el gobierno cubano revela que el número de defunciones superó a los nacimientos durante el primer trimestre de este año, siendo la primera vez que se produce una disminución natural de la población en un país que desde hace tiempo trata de promover la natalidad para paliar su alto índice de envejecimiento. -El secretario general de la ONU, António Guterres, lamenta la decisión de la guerrilla colombiana Ejército de Liberación Nacional (ELN) de no prolongar el alto el fuego unilateral que declaró durante abril y pide a todos los grupos armados que cesen la violencia para facilitar la lucha contra el coronavirus. 2021. Muere a la edad de 90 años el astronauta Michael Collins, quien junto a Neil Armstrong y Buzz Aldrin marcaron un hito histórico en la exploración espacial: la llegada del hombre a la Luna, una de las misiones espaciales más famosas de la historia: Apolo 11 en 1969. 2022. Los enfrentamientos que se registran entre bandas haitianas en Puerto Príncipe siguen propiciando el éxodo masivo de personas para ponerse a salvo del conflicto armado, que ha causado la muerte de al menos 20 civiles entre el 24 y el 27 de abril, según datos de Protección Civil. -El secretario general de la ONU, António Guterres, se reúne con el presidente ucraniano Volodímir Zelenski en Kiev, al que le explica los esfuerzos que realiza el organismo mundial para lograr la evacuación de una planta metalúrgica localizada en la ciudad de Mariúpol, la cual es asediada por Rusia. 2023. Jamaica acoge la presentación del proyecto CoralCarib, que busca restaurar y conservar los arrecifes del país insular caribeño, de República Dominicana, Cuba y Haití, naciones que cuentan con el 60 % de los corales del Caribe, cuyos trabajos serán ejecutados a través de la Fundación Cabeza de Caimán, con financiamiento de la Iniciativa Internacional sobre el Clima de Alemania. 2025. Las autoridades de la Franja de Gaza, controladas por el Movimiento de Resistencia Islámica (Hamás), calculan en alrededor de 2,300 los palestinos muertos desde el 18 de marzo, cuando el Ejército de Israel rompió la tregua pactada en enero, relanzando su ofensiva contra el enclave, desatada en respuesta a los ataques del 7 de octubre de 2023.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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