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El Secretario Ejecutivo del Departamento de Estado de Estados Unidos, envía un memorándum al Consejero de Seguridad Nacional del presidente John F. Kennedy, McGeorge Bundy, referente a "la disputa domínico-haitiana. 1965. El gobierno chileno protesta ante el gobierno estadounidense a propósito de los acontecimientos de la República dominicana en una declaración de su ministro de relaciones exteriores, Gabriel Valdés, señalando que la población civil es asesinada y los derechos humanos violados". Ante las alegadas evidencias de que el líder militar constitucionalista coronel Rafael Fernández Domínguez, había sido asesinado horas antes por la espalda a manos de tropas norteamericanas en la defensa del Palacio Nacional, provocan movilizaciones de los combatientes dentro de la zona constitucionalista, exigiendo producir un ´ataque definitivo contra los yanquis´, aún a costa de sus propias vidas. 1990. Mediante el decreto 217-90, el presidente Joaquín Balaguer destituye como gobernador del Banco Central al ingeniero Guillermo Carám y designa en su lugar al licenciado Luis Toral Córdova. 1991. Es promulgada la ley 14-91, que crea el Servicio Civil y Carrera Administrativa, cuyos beneficiarios deben demostrar mediante concursos, que poseen cualidades para ocupar cualquier cargo. 2009. Muere a la edad de 62 años el sociólogo y dirigente peledeísta Miguel Salvador Cocco Guerrero. 2010. Es designado con el nombre "Licenciado Miguel Cocco", la sede principal de la Dirección General de Aduanas. 2011. Karim Mella e Iván Gómez se convierten en los primeros dominicanos en escalar la cima del Monte Everest, el más alto del mundo. 2012. Son celebradas las elecciones presidenciales y los diputados de ultramar, según lo manda la Constitución de 2010 (tercer domingo de mayo), resultando ganador el candidato del oficialista Partido de la Liberación Dominicana, Danilo Medina Sánchez. 2021. El Ministerio Público realiza 18 allanamientos en las provincias La Vega, Duarte, Monte Plata y Santo Domingo, durante los cuales incauta bienes y alegadas evidencias, en el marco de la investigación del Caso Coral. - La Contraloría General de la República inicia una auditoría al Cuerpo Especializado de la Seguridad Presidencial (CUSEP), a solicitud de las propias autoridades del organismo, como parte de las indagatorias del escándalo conocido como Operación Coral en el que, según el Ministerio Público, se estafó al Estado con más de RD$3,000 millones. 2022. El presidente Luis Abinader viaja a Ginebra y Davos, Suiza, para participar en la 75va Asamblea Mundial de la Salud y el Foro Económico Mundial (FEM), donde fue invitado para exponer sobre la experiencia dominicana en el manejo del COVID 19, de la crisis económica post-pandemia y la recuperación del turismo. 2025. El Ministerio Público, junto a la Dirección de Espectro Radioeléctrico de Indotel, ponen en marcha un plan piloto para bloquear la señal telefónica en varias cárceles del país para impedir las comunicaciones delictivas que se originan desde el interior de los centros penitenciarios. Internacionales: 325. Constantino el Grande inaugura el Concilio de Nicea. 526. En la región de Siria (parte del Imperio romano) hubo un terremoto de gran intensidad, provocando la muerte de 250 000 muertos. 1498. Vasco da Gama desembarca en la India, a donde llega circunnavegando África. 1506. Falleció en la ciudad española de Valladolid, Cristóbal Colón, navegante genovés que descubrió un continente que luego se llamaría América. 1588. Parten de Lisboa los 130 navíos de la Armada Invencible rumbo a Inglaterra. 1741. En el Virreinato de Nueva Granada, hoy Colombia, se retiran los últimos navíos ingleses que sitiaban Cartagena de Indias, vencidos por fuerzas españolas y nativos, dirigidos por el almirante Blas de Lezo. 1862. EEUU: la Homestead Act regula el reparto de tierras vírgenes entre los colonos americanos. 1874. Levy Strauss patenta su invento: los pantalones jeans. 1884. Louis Pasteur presenta en la Academia de Ciencias de París el resultado de sus experimentos sobre el virus de la rabia. 1902. Es proclamada la independencia cubana de Estados Unidos, una de las más tardías de América Latina, siendo electo Tomás Estrada Palma como su primer presidente. 1939. Comienza el funcionamiento del campo de concentración de Auschwitz, Polonia, bajo el mando de Rudolf Hoss. 1948.-El Conde Folke Bernadotte es designado mediador de la Naciones Unidas para Palestina. 1953. El presidente cubano, general Fulgencio Batista emite un decreto mediante el cual concede amnistía "a toda la oposición, menos a los violentos del Moncada". 1955. Agentes de los aparatos represivos batistianos, incluyendo a patrulleros de la sección radiomotorizada y soldados con armas largas y ametralladoras, cercan la Universidad de La Habana. 1956. Estados Unidos detona su primera bomba de hidrógeno en el atolón de Bikini. 1960. Agentes israelíes trasladan secretamente de Argentina a Israel al Nazi Adolf Eichman, donde es juzgado y ejecutado por asesinato de judíos. 1980. En Quebec, Canadá, se realiza un referéndum para decidir la separación de Canadá. El 60 por ciento se opone a la independencia. 1996. En Uruguay se realiza la primera Marcha del Silencio por los detenidos desaparecidos. Cada 20 de mayo miles de personas exigen verdad, memoria, justicia y nunca más crímenes de lesa humanidad. 1998. En Indonesia, el dictador Suharto entrega el poder al vicepresidente ante la presión popular. 1983. El equipo del Instituto Pasteur de París dirigido por Françoise Barré-Sinoussi, Jean-Claude Chermann y Luc Montagnier, publica un artículo en el que anuncia el descubrimiento del virus lymphadenopathy-associated (posteriormente llamado VIH), vinculado a los casos de inmunodeficiencia reportados desde 1981 y nombrados como Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA). 2005. La Comisión de Gasto Público del Congreso de Costa Rica adelanta que investigará al Presidente Abel Pacheco, sobre el viaje que hizo a la República Dominicana invitado por una familia dominicana. 2008. El líder de ETA, Francisco Javier López Peña, alias "Thierry", es apresado cerca de Burdeos en una operación conjunta de la policía española y francesa. 2009. Ciento una personas mueren al estrellarse un avión militar Hércules C-130 en la isla de Java (Indonesia) con 96 pasajeros y 13 tripulantes. 2010. La mancha de petróleo provocada por la explosión y hundimiento de la plataforma en el golfo de México llega a los pantanos del delta del río Mississippi. -En Estados Unidos se anuncia la creación de la primera célula sintética con genes artificiales. 2013. La Corte de Constitucionalidad de Guatemala anula la sentencia que condenó a 80 años de prisión por genocidio, al ex presidente de facto Efraím Rios Mosst, emitida por la jueza Jazmín Barrios presidenta del Tribunal Primero de Mayor Riesgo A. 2013. En el estado de Oklahoma (Estados Unidos), un poderoso tornado categoría EF5 destruye el pueblo de Moore. 2015. El presidente del Banco Central de Guatemala, Julio Roberto Suárez, es detenido por su supuesta implicación en un caso de fraude en el Seguro Social junto a otras 15 personas solicitadas por la Fiscalía y la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala. 2020. El Gobierno de Venezuela denuncia la venta ilegal de la empresa Citgo Petroleum, filial en Estados Unidos de la estatal Petróleos de Venezuela (Pdvsa), tras una decisión judicial del tribunal estadounidense del distrito de Delaware, acción que se constituye como un acto de "piratería moderna". 2021. El Gobierno israelí acepta la propuesta de mediación de Egipto para una "tregua bilateral" con Hamás, la que entra en vigor horas más tarde, poniendo fin a once días de escalada bélica entre el Ejército israelí y las milicias palestinas de Gaza, que se ha saldado con 244 muertos. 2024. El papa Francisco sorprende durante la reunión celebrada a puerta cerrada de la Conferencia Episcopal Italiana, al afirmar que "ya había mucha mariconería" para defender la posición de no admitir a homosexuales en los seminarios. Horas después, el Sumo Pontífice pidió disculpas por sus comentarios. 2025. El secretario de Estado de EE.UU., Marco Rubio, critica la posición de la Organización de los Estados Americanos (OEA) frente a la crisis humanitaria y de seguridad que impera en Haití, al tiempo de animar la institución a dar "un paso al frente" y liderar una misión internacional de paz en el país caribeño.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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