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Efemérides

54Grado.com : Hoy es martes 16 de diciembre del 2025 temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1500. Los reyes de España ofrecen a Colón un desagravio por las ofensas recibidas del gobernador Francisco de Bobadilla. 1846. Un decreto del presidente Pedro Santana declara libres de gravamen de importación desde el primero de enero de 1847 hasta el 28 de febrero del mismo año el arroz, harina de trigo, bacalao, carne de cerdo y res, frijoles y maíz. 1911. El ex Presidente Horacio Vásquez inicia un movimiento armado en Puerto Plata, para impedir que el senador Eladio Victoria asuma el poder, tras ser proclamado presidente por el Senado, para llenar el vacío dejado por el asesinato del Presidente Ramón Cáceres. 1918. El comandante de las tropas de ocupación norteamericana mayor C. F. William, ordena realizar el examen físico al dominicano Rafael Trujillo, para su ingreso a la recién creada Guardia Nacional. 1933. Entra en la margen de la ría Ozama, a las 2:30 de la tarde, la primera unidad naval de guerra de la Marina de Guerra, bautizada con el nombre de "Presidente Trujillo". 1937. El Congreso Nacional otorga un voto de confianza al presidente Rafael Trujillo, "por su ejemplar actuación en el caso fronterizo", que causó la muerte de miles de haitianos. 1954. Son fusilados los 14 participantes en el asalto a la sucursal de Santiago del banco The Royal Banc of Canada, en el sector Los Platanitos, donde se le aplicó la ley de fuga. El general Ludovino Fernández que acusado de la acción. 1957. Es creada la provincia Pedernales, cuyo territorio fue segregado a la provincia Barahona. 1962. El Sacerdote Jesuita Láutico García acepta debatir con el candidato presidencial del PRD, Juan Bosch, su acusación de este era marxista-leninista hecha en un artículo titulado "Gobierno y Agitación". 1996. Muere en Santo Domingo, el abogado y el miembro de la Academia Dominicana de la Historia, Manuel de Js. Goico Castro. 1997. El Senado convierte en ley 271-97, mediante la cual se actualizan las funciones de la Junta Central Electoral, la previamente había sido aprobada el días nueve por la Cámara de Diputados. 2002. Fallece a la edad de 72 años en su ciudad natal de Bonao, la luchadora antitrujillista y defensora dela conservación del medio ambiente, Aniana Ondina Vargas Jáquez. 2005. El embajador de Estados Unidos en el país, Hans Hertell, visita el recinto de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), donde entrega una donación de US$19,000 al rector Roberto Reyna, para programas de lucha contra el Sida. 2007. Decenas de personas mueren ahogadas como consecuencia del vaciado de la presa de Tavera, con el paso por el territorio nacional de la tormenta Olga. 2018. El pastor evangélico Ezequiel Molina Rosario asegura que en el país "y en todo el mundo", los grandes empresarios y políticos consumen drogas, por lo que están equivocados quienes piensan que el uso de sustancias narcóticas sólo lo hacen los de abajo. 2020. La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) coloca el país entre las cuatro naciones de la región (Paraguay, Nicaragua y Panamá), cuyo nivel de endeudamiento con acreedores externos supera el 70% de su Producto Interno Bruto (PBI). Internacionales: 1485. Nace Catalina de Aragón, reina de Inglaterra, hija de los reyes católicos. 1631. Hace erupción el volcán Vesubio al sur de Italia, provocando la destrucción de cinco ciudades y la muerte de más de 3.000 personas. 1770. Nace Ludwig van Beethoven, compositor y pianista del clasicismo alemán. 1773. Se produce en Boston, el llamado Motín del Té, protesta de colonos americanos contra Gran Bretaña. 1901. Nace Margaret Mead, antropóloga estadounidense, célebre por sus estudios de las sociedades no industriales y su contribución a la antropología social. 1902. Nace el poeta español Rafael Alberti. 1939. Nace la actriz sueca Liv Ullman. 1944. Adolfo Hitler desencadena la ofensiva de las Ardenas, el último intento del régimen nazi por cambiar el curso de la guerra. 1946. La ONU admite como miembro de la organización la República de Tailandia. 1950. El presidente de los EE.UU. Harry Truman declara el estado de emergencia nacional a raíz de la guerra en Corea. 1963. La ONU acepta como su nueva miembro, la República de Kenya. 1966. La Asamblea General de la ONU adopta los pactos internacionales de Derechos Civiles y Políticos, Económicos, Sociales y Culturales, como refuerzo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. 1986. El presidente estadounidense, Ronald Reagan, solicita al Congreso otorgar inmunidad a los principales responsables del Irangate, teniente coronel Oliver North y el ex consejero de Seguridad Nacional John Poindexter, en un intento de evitar el lento goteo, de revelaciones que amenazan con desintegrar su presidencia y persuadirles a testificar. - Sicarios al servicio del narcotraficante colombiano Pablo Escobar acribillan frente a las instalaciones del periódico El Espectador, a su director Guillermo Cano, quien al momento de su muerte escribía sobre ascenso del capo colombiano. 1990. En Haití, el candidato del Frente Nacional para el Cambio y la Democracia y cabeza del movimiento Lavalás, el ex sacerdote Jean Bertrand Aristide, obtiene el triunfo con el 67% de los votos sobre Marc Bazin, candidato respaldado por Estados Unidos. 1999. Venezuela es escenario por segundo días de las intensas lluvias que dejan más de 30,000 muertos, en lo que se llamó la Tragedia de Vargas. 2002.En Lusaka (Zambia) se firma el Acuerdo de Lusaka, que establece las bases del proceso de paz que finalizarían la Segunda Guerra del Congo. 2013. En Venezuela, el oficialismo chavista se impone en 20 de los 23 estados y el opositor Henrique Capriles gana en Miranda, en las elecciones generales. 2014. Un grupo talibán abre fuego contra una escuela en Peshawar (Pakistán), causando al menos 151 muertos y 131 heridos, en su mayoría niños. 2015. El ministro de Hacienda de Brasil, Joaquim Levy, deja el cargo y el país sudamericano pierde su "grado de inversión" por parte de la agencia calificadora Fitch. 2017. El Congreso peruano aprueba debatir el pedido de destitución del presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, por "incapacidad moral permanente", al presuntamente ocultar pagos de la constructora brasileña Odebrecht, a una de su empresa Westield Capital, cuando era ministro de Economía. - El juez federal conservador de Texas Reed O´Connor, declara "inválida" la Ley de Cuidado de Salud Asequible, promulgada por el presidente Barack Obama, en un fallo emitido la víspera de que venza el plazo para contratar pólizas para el año entrante. 2020. El presidente iraní, Hasan Rohaní, expresa su alegría de que su par estadounidense, Donald Trump, deje su cargo, tras calificarle de "terrorista" y "desprovisto de principios humanos". 2021. Con la liberación de los 12 misioneros que continuaban secuestrados en Haití, se pone fin a una larga agonía iniciada a mediados del mes de octubre, cuando un comando del grupo armado "400.Mawozo" capturó a 17 religiosos que regresaban de una misión. 2022. El Instituto Nacional Penitenciario (INPE) de Perú anuncia el traslado del expresidente peruano Pedro Castillo Terrones a una cárcel en Lima, tras el Poder Judicial dictaminar 18 meses de prisión preventiva en su contra. 2024. Más de 1,300 menores separados a la fuerza de sus padres en la frontera de México y EEUU siguen sin reunirse con ellos seis años después, lo que representa casi una tercera parte de los que en ese momento sufrieron una de las medidas más radicales de la política migratoria del entonces presidente Donald Trump, según un informe conjunto de Human Rights Watch, la ONG Texas Civil Rights Project y un centro de derechos humanos de la Universidad de Yale.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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