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54Grado.com : Hoy es viernes 6 de febrero del 2026 . Faltan 329 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1806. Siendo Santo Domingo colonia de Francia, se libra un combate marítimo entre franceses e ingleses frente al puerto de Palenque. 1948. El arquitecto Joseph L. Gleave entrega al dictador Rafael Leónidas Trujillo Molina, los planos estructurales y arquitectónicos del Faro a Colón, obra a ejecutarse en la ciudad de Santo Domingo, con el apoyo de los países interamericanos. 1960. Los doctores Alfredo Simpson y Jordi Brossa tratan infructuosamente de salvar la vida en la clínica Abreu, de Santo Domingo, a la joven parturienta Pilar Báez Perelló de Awad, al sufrir "una hemorragia incontenible, al complicársele el parto con una condición conocida como "atonía o hipotonía uterina". 1961. El Episcopado Dominicana escribe una carta al "presidente" Joaquín Balaguer, en la que le explica la imposibilidad de complacer una solicitud de declarar el dictador Rafael Trujillo "Benefactor de la Iglesia Católica Dominicana", por ser ello una potestad del Sumo Pontífice. 1962. Son dados a conocer los estatutos que regirían la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), los que consignan que la academia no podrá intervenir en la política partidista. 1973. Agentes de la Policía Nacional allanan la residencia del ex Presidente y líder del PRD, profesor Juan Bosch, por considerar las autoridades que tenía algún compromiso con el recién llegado grupo guerrillero, encabezado por el Coronel Caamaño Deñó. 1989. Juan Bosch obtiene el Premio Nacional de Literatura de la Fundación Corripio, Santo Domingo. 1996. Un Boeing 757, que sale de Puerto Plata en dirección a Franfort, Alemania, cae al Océano Atlántico, muriendo sus 13 miembros de la tripulación y los 176 pasajeros, la mayoría turistas alemanes que retornaban a su patria después de unas vacaciones en el país. 2006. La Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional revoca en todas sus partes la sentencia que había condenado a diez implicados en el expediente del Plan Renové, y los absolvió a todos de los cargos de estafa, prevaricación, falsificación y asociación de malhechores. 2010. El presidente Leonel Fernández emite el decreto 56-10 mediante el cual las Secretarías de Estado cambian sus denominaciones por las de Ministerio. 2019. El ministro de Haciende de la República Dominicana, Donald Guerrero y el presidente de empresas estadounidenses Corporación de Inversión Privada en el Extranjero (OPIC), Ray W. Washburne firman un acuerdo para facilitar la inversión en el país a través ese consorcio. 2022. El Ministerio de Salud Pública emite su la resolución No. 00006-2022, con la cual regula la administración de la vacuna Coronavac de la farmacéutica Sinovac en niños mayores de cinco años, en una primera etapa y la segunda en un periodo de 28 días de diferencia. 2023. Los cuerpos sin vida de Luis Miguel Jáquez Rodríguez y Elizabeth Amarante, pareja de esposos residentes en el distrito municipal de La Guáyiga, municipio Pedro Brand, provincia Santo Domingo, son hallados en el interior de un pozo séptico, tras permanecer 15 días desaparecidos. 2024. El representante federal estadounidense de origen dominicano, Adriano Espaillat, revela que la comunidad criolla en EEUU representa la cuarta población más grande de latinos en esa nación, solo superada por México, Puerto Rico y Cuba. 2025. Durante su primera parada en Santo Domingo de su gira en el Caribe, el Secretario de Estado, Marco Rubio, afirma que el país ha demostrado liderazgo al abordar los desafíos regionales, incluyendo la crisis en Haití, por lo que EEUU y RD trabajarán juntos para promover la libertad y la democracia en la región. - El presidente Luis Abinader designa al presidente de la DNCD, vicealmirante José Manuel Cabrera Ulloa, como zar antidrogas del país, encargado de liderar los esfuerzos conjuntamente con Estados Unidos para frenar la expansión de las sustancias controladas. Internacionales: 1483. Nace el pintor italiano Rafael 1778. Benjamín Franklin consigue el apoyo francés en la Guerra de la Independencia de los EEUU. 1899. Termina la guerra entre España y los Estados Unidos. 1904. Inesperadamente, Japón rompe sus relaciones diplomáticas con Rusia. 1916. Muere el poeta nicaragüense Félix Rubén García Sarmiento (Rubén Darío). 1918. Se instituye el voto femenino en el Reino Unido. 1922. El arzobispo de Milán, Achile Ratti, sucede al Papa Benedicto XV y toma el nombre de Pío XI. 1947. El Alto Comité Árabe informa a la ONU sobre su rechazo absoluto a la resolución que funda el Estado de Israel. 1952. Muere el rey Jorge II de Inglaterra y es sucedido por Isabel II. 1956. En Estados Unidos se producen protestas por la entrada de la primera estudiante negra en la Universidad de Alabama. 1968. España reanuda, en Bruselas, sus negociaciones con la Comunidad Europea y es otorgada la categoría de goberna­dor civil a los alcaldes de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. 1979. En Pakistán, el Tribunal Supremo con­firma la pena de muerte contra el ex primer ministro Ali Bhutto. 1988. Un terremoto se registra en la ciudad brasileña de Petrópolis, provocando unos 120 muertos. 2013. Las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) presentan al gobierno colombiano, en La Habana, un documento con su propuesta de ocho puntos para el uso de la tierra, donde proponen legalizar la marihuana, amapola y la coca. - El primer ministro tunecino, Hamadi Yabali, promete un Gobierno de tecnócratas, tras el asesinato del opositor Chukri Bel Aid. 2016. La Agencia Espacial de Estados Unidos (NASA) lo registra en sulista de bolas de fuego o bolides (meteoros extremadamente brillantes), la caída en el Océano Atlántico, a 1.000 kilómetros de la costa brasileña, liberando una energía similar a la primera bomba atómica. 2018. El presidente estadounidense, Donald Trump, afirma que le "encantaría" forzar un cierre parcial de la Administración federal de EE.UU. por falta de fondos en caso de que los demócratas en el Congreso no acepten las condiciones que él ha planteado para reformar el sistema migratorio del país. 2019. La Justicia brasileña condena nuevamente a 12 años y 11 meses de cárcel al expresidente Luiz Inácio Lula da Silva por otro caso de corrupción y lavado de dinero relacionados a las reformas que las constructoras OAS y Odebrecht hicieron en una propiedad rural atribuida al líder izquierdista en Atibaia, Sao Paulo, como pago a sus favores políticos. - El director del Servicio Federal de Cooperación Técnico-Militar de Rusia, Dmitri Shugáev, declara que su país quiere conservar la cooperación militar que mantiene desde 2005 con Venezuela, el mayor importador de armas rusas en América Latina. 2021. Varios partidos y organizaciones de la oposición haitiana nombran al juez Joseph Mécène Jean Louis, quien de inmediato acepta ser "presidente de la transición", al considerar que el pasado día 7 finalizó el mandato del presidente Jovenel Moise. - El presidente de Honduras, Juan Orlando Hernández, junto a otros "funcionarios de alto rango", serían el centro de una investigación judicial en EE.UU., basadas en documentos judiciales presentados en la Corte del Distrito Sur de Nueva York, durante el desarrollo del caso del presunto narcotraficante Geovanny Fuentes Ramírez. 2022. Cientos de tropas élite de la 82da. División Aerotransportada de Estados Unidos, llegan al sudeste de Polonia, cerca de la frontera con Ucrania, en medio de temores de que Rusia se apresta a invadir este último país. 2023. El sureste de Turquía y una parte de Siria son azotados por uno de los sismos más mortíferos en cien años, con una magnitud de 7.8 grados, seguido de otros nueve horas después, dejando al menos 56,000 muertos, casi 6,000 de ellos en el lado sirio. - El expresidente de Chile Sebastián Piñera muere en un accidente de helicóptero, cuando sobrevolaba el lago Ranco, en el sur del país, dejando además tres sobrevivientes. su hermana Magdalena Piñera, el empresario Ignacio Guerrero y un hijo de este último, llamado Bautista. - La Fiscalía de Kenia acusa al líder de la secta, identificado como Paul Mackenzie, el que presuntamente persuadió a unas 430 personas a ayunar hasta morir para encontrarse con Jesucristo, y el asesinato de 191 niños cuyos cadáveres se encontraron enterrados el año pasado en un bosque del sur del país. 2025. La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito y el Gobierno de Brasil dan la voz de alarma sobre la expansión de un nuevo súper opioide identificado como nitazenos, con un potencial para desatar una epidemia peor 50 veces que la del fentanilo. -El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, acusa a medios como "Politico" de haber recibido parte de "los miles de millones de dólares" que, según dijo, han sido "robados" de la Agencia para la Ayuda al Desarrollo Internacional (Usaid), como "pago" por tratar bien informativamente a los demócratas.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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