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Efemérides

54Grado.com : Hoy es lunes 25 de mayo del 2026 . Faltan 220 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1824. El Presidente Boyer dispone introducir personas de raza negra procedentes de los Estados Unidos, para poblar la parte oriental de la isla. 1882. El Presidente monseñor Fernando Arturo de Meriño decreta que se abra un registro de extranjeros residentes en territorio dominicano. 1822. Nace el educador y periodista Nicolás Ureña de Mendoza, padre de la poetisa y educadora Salomé Ureña de Henríquez. 1844. Nace en Santo Domingo, el restaurador Francisco Gregorio Billini. 1845. Basado en un parte enviado por el general Antonio Duvergé, el Presidente Pedro Santana lanza una proclama dirigida al país, en la cual cita los triunfos alcanzados por las tropas dominicanas en la lucha contra los invasores haitianos, en Las Matas, Comendador, la provincia de Azua y en la línea fronteriza. 1898. Nace en Puerto Plata el luchador nacionalista e internacionalista Gregorio Urbano Gilbert. 1923. El poeta Fabio Fiallo presenta en un acto celebrado en La Vega, al patriota Cayo Báez, el campesino cibaeño torturado por las tropas norteamericanas de ocupación. 1926. El Congreso declara el último domingo de cada mes de mayo como día de Las Madres dominicanas. 1937 - Comienza a aplicarse la Ley 1307, que obliga tocar el Himno Nacional al inicio y final de todos los conciertos públicos y en las transmisiones de radio. 1942. Un grupo patriótico encabezado por Manuel Arturo Peña Batlle solicita la toma del poder por el general Rafael Trujillo, a pesar de que la fecha de posesión es el 16 de agosto, obligando la renuncia del "presidente" Manuel de Js. Troncoso de la Concha 1945. Falleció tras ser sometido a una operación quirúrgica, el ex presidente Rafael Estrella Ureña, quien según algunos rumores, fue mandado a matar por el dictador Rafael Trujillo, a través del cirujano. 1965. El Presidente Francisco Caamaño Deñó se reúne con el asesor de Seguridad Nacional de EEUU, McGeorge Bundy, buscando una salida a la crisis dominicana. -La Agencia de Prensa (AP) revela que "el fallecido ministro rebelde dominicano, coronel Rafael Fernández Domínguez, tenía un largo récord de frecuentes contactos con conocidos grupos comunistas de España, Italia y Francia, mientras desempeñaba sus funciones de agregado militar en España en 1963 y 1964". -El enlace entre la OEA y el gobierno constitucionalista del presidente Francisco Caamaño, Homero Hernández, es detenido por soldados del gobierno del General Antonio Imbert Barrera. - El Secretario General de la OEA, José A. Mora, envía un cablegrama al Presidente de la Décima Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, Embajador Guillermo Sevilla Sacasa, en el que consideraba ¨indispensable y urgente¨ la presencia en Santo Domingo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. - El comandante Rafael –Fafa- Taveras proclama al leer el panegírico del combatiente caído Euclides Morillo, que la zona controlada por los constitucionalistas, "jamás se rendirá", porque antes será volada o incendiada. 1973. El Poder Ejecutivo promulgó el reglamento de aplicación de la Ley 520, que regula el mercado nacional del gas licuado de petróleo. 1990. Luego de una crisis por las denuncias de fraude hechas por el profesor Juan Bosch, candidato presidencial del Partido de la Liberación Dominicana, la Junta Central Electoral declara ganador de las elecciones del 16 de mayo al presidente Joaquín Balaguer. 1991. Su Santidad, Juan Pablo II anuncia su propósito de agregar a Monseñor Nicolás de Jesús López Rodríguez como miembro del Colegio de los Cardenales de la Iglesia Romana. 1992. El Senado de la República convierte en ley el proyecto contentivo del nuevo Código de Trabajo. 2008. El gobierno dominicano entrega al representante local de la Shell Company, Rafael Maradiaga, la propuesta de compra del 50% de las acciones que tiene esa empresa en la Refinería Dominicana de Petróleo. 2010. Los organismos investigativos del Estado señalan al fugitivo y narcotraficante boricua José Figueroa Agosto, de ser el autor intelectual de las muertes del empresario Rubén Soto Hayet, dueño de la panadería La Francesa, del coronel José Amado González y del vigilante Omar Antigua Polanco. 2018. El equipo técnico del Plan Nacional de Alfabetización "Quisqueya Aprende Contigo" declara oficialmente la comunidad Bajos de Haina como "Municipio Libre de Analfabetismo" tras disminuir su tasa de analfabetismo a 4.2 %. 2021. El canciller Roberto Álvarez revela a través de un Twitter que los presidentes dominicano, Luis Abinader y Jovenel Moïse, de Haití, se reunieron para conversar sobre la situación del río Masacre, acordando "no caer en el juego de los ultranacionalistas dominicanos y haitianos". -La República Dominicana recibe el noveno lote con un millón de vacunas Sinovac procedente de China, con las que contempla continuar su Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19. 2023. Fallece a la edad de 78 años el economista Juan Octavio Guiliani Cury, quien fue director ejecutivo del Consejo Nacional de Zonas Francas, la Asociación Dominicana de Bancos Múltiples, vicecanciller de la República y editor económico del periódico Hoy. 2024. La caída registrada por el otrora poderoso Partido de la Liberación Dominicana (PLD), ha sido abismal, respecto a los resultados de las recién pasadas elecciones presidenciales y congresuales del 19 de mayo, los que le retornaron al mismo nivel que tenía hace 42 años cuando la cantidad de votos alcanzados en 1982 fue de un 9.8%. Internacionales: 1521: Carlos V declara a Martín Luthero hereje y fuera de la ley, de acuerdo a lo dispuesto por la Dieta de Worms. 1539. El navegante español, Hernando de Soto, llega sin contratiempos, a la bahía del Espíritu Santo (Tampa, hoy Estado de La Florida), donde encuentra a Juan Ortiz, un superviviente de la expedición de Narváez, que vivía desde hacía doce años con los indios. 1659. En Londres, Richard Cromwell (32) -el hijo de Oliver Cromwell- comienza un segundo y breve periodo de gobierno republicano, conocido como Commonwealth. 1571. Se proclama en la Basílica de San Pedro de Roma, la Liga Santa contra el turco. 1809. Se produce la sublevación anticolonial española de la población de Chuquisaca (Bolivia). 1810. En Argentina, se inicia la llamada Revolución de Mayo, con una serie de acontecimientos revolucionarios que provocaron la deposición del virrey Baltasar Hidalgo de Cisneros y su reemplazo por la Primera Junta de Gobierno. 1813. El venezolano Santiago Mariño derrota al español Domingo de Monteverde en la batalla del Alto de los Godos. 1814. Tropas enviadas por el general José de San Martín al mando del coronel Ignacio Warnes toman la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, en el Alto Perú, tras derrotar a los realistas en la batalla de Florida. 1824. Estados Unidos reconoce el nuevo Gobierno de Brasil, país que había obtenido su Independencia de Portugal. 1848. El congreso mexicano ratifica el Tratado de Guadalupe Hidalgo, mediante el cual pierde tres millones cien mil kilómetros cuadrados a manos de los Estados Unidos. 1922. Vladimir Lenín sufre un ataque que lo deja paralítico. 1947. Es aprobada en el Senado de los EEUU la ley que crea la CIA. 1963. Es fundada la Organización de la Unidad Africana (OUA). 1979. Dos miembros del grupo terrorista ETA, asesinan en Madrid, durante un atentado, al teniente general Luis Gómez Hortigüela, a los coroneles Agustín Laso Corral y Jesús Abalos Giménez y el soldado que conducía el coche, Luis Gómez Borrero. -En Chicago, un avión DC-10 de American Airlines se estrelló segundos después del despegue, muriendo las 272 personas a bordo y tres en tierra. 1993. En Guatemala se produce un autogolpe del presidente Jorge Serrano Elías. 2002. En las islas Penghu (Taiwán), el vuelo 611 de China Airlines se estrella a los pocos minutos de haber despegado del aeropuerto internacional de Taoyuan, muriendo las 225 personas a bordo, al desintegrarse en el aire. 2005. En Bolivia, un grupo de militares de rango intermedio pide la renuncia del presidente Carlos Mesa, y el cierre del Congreso, lo que rechaza la plana mayor de las Fuerzas Armadas. 2006. Kenneth Lay y Jeffrey Skilling, ex directores de la empresa Enron, son hallados culpables de asociación delictuosa y fraude en uno de los escándalos corporativos más grandes de la historia. 2007. El presidente de EE.UU., George W. Bush, firmó la ley de fondos adicionales para las guerras en Irak y Afganistán, que tras un acuerdo entre la Casa Blanca y el Congreso se excluyó un calendario para la retirada de las tropas del país árabe. 2010. Pese a la existencia de una orden de captura por parte de la Corte Penal Internacional por crímenes de lesa humanidad, el presidente sudanés Omar al Bashir se juramenta para un segundo mandato. -En Surinam, es electo presidente el ex dictador y golpista Desiré Bouterse, líder de una coalición de partidos de Izquierda y de Derecha. 2012. En Siria, se produce una masacre en la ciudad de Hula, en la que mueren 108 personas, en su mayoría civiles y una gran parte de ellos niños, atribuyéndose el hecho a las fuerzas leales al gobierno. 2018. El expresidente panameño Ricardo Martinelli, detenido en una cárcel de Miami y en proceso de extradición a su país, señala en una carta difundida en la fecha, que durante su mandato (2009-2014) siempre apoyó los intereses de Estados Unidos y siguió instrucciones de la CIA. -El senador y expresidente de Colombia Álvaro Uribe (2002-2010) fue acusado en numerosas ocasiones por diplomáticos estadounidenses de tener vínculos con el narcotráfico en los años 90, según documentos desclasificados del Departamento de Estado. -Los partidos opositores españoles inician una enérgica campaña para expulsar al gobierno de derechas del presidente Mariano Rajoy, después de un fallo judicial según el cual su Partido Popular se benefició de una amplia trama de sobornos a cambio de contratos. 2021. El fiscal general de Manhattan (Nueva York), Cyrus Vance, convoca a un gran jurado para estudiar una posible imputación relacionada con la investigación contra el conglomerado empresarial del expresidente Donald Trump (2017-2021). - Los periodistas nicaragüenses María Lilly Delgado y Lourdes Arróliga y Guillermo Medrano, comparecen ante el Ministerio Público por un caso de presunto lavado de dinero en perjuicio del Estado, por el que se investiga a la aspirante opositora a la Presidencia Cristiana Chamorro Barrios. 2022- El exprimer ministro haitiano, Claude Joseph, reclama a los organismos internacionales dar seguimiento a las redadas que realizan las autoridades dominicanas para detectar y repatriar a haitianos indocumentados. - La Unión Europea, Estados Unidos y Reino Unido anuncian la creación del Grupo Asesor de Crímenes Atroces, con el objetivo de apoyar la Oficina del Fiscal General de Ucrania, que investiga los delitos de guerra cometidos durante la invasión rusa. 2025. La baja afluencia predomina en las elecciones de gobernadores y parlamentarios de Venezuela, después del llamado hecho por la mayoría opositora a la abstención, en protesta por la cuestionada reelección del presidente Nicolás Maduro. - El Departamento de Justicia de Estados Unidos condena a 210 años de prisión por abuso sexual infantil al estadounidense Michael Karl Geilenfeld, de 73 años, quien fundó en 1985 y dirigió en Haití el orfanato "Hogar de Niños San José".

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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