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Efemérides

54Grado.com : Hoy es martes 23 de abril del 2024. Faltan 252 días para el año 2025. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1655. Se inicia la invasión del territorio nacional encabezada por los piratas ingleses, almirante general Willian Pen y general Roberto Venables. 1844. La Junta Central Gubernativa da cuenta al pueblo de la hazaña lograda por la flotilla nacional y sus tripulantes en un enfrentamiento contra naves haitianas. 1899. Muere en Santo Domingo el poeta, escritor y político Félix María del Monte. 1902. El vicepresidente de la República, general Horacio Vásquez, quien además es representante del gobierno en el Cibao, se alza en armas, desconociendo, a través de un manifiesto, al presidente Juan Isidro Jimenes. 1951. El Poder Ejecutivo instituye el 23 de abril de cada año, como "Día del Libro", para honrar la memoria de don Miguel de Cervantes Saavedra, falleció en Madrid el día anterior a este, en 1616. 1962. Eligen al doctor Juan Isidro Jimenes Grullón presidente del partido Alianza Social Demócrata, constituido en Santiago durante una convención. 1963. Se produce una huelga en la empresa Sociedad Industrial Dominicana, procesadora de aceite de maní, provocando escasez de ese producto en el mercado dominicano. 1965. El general Marcos Rivera Cuesta ordena apresar a los tenientes coroneles Giovanni Gutiérrez Ramírez y Pedro Álvarez Holguín, los mayores Juan Lora Fernández y Eladio Ramírez Sánchez, y el capitán Aníbal Noboa Garnes, por su participación en una conjura contra el Triunvirato. - El Departamento de Estado de Estados Unidos llama a su embajador en Santo Domingo, William Tapley Bennet, para consultarlo sobre la situación política del país. 1966. Las tropas de ocupación de la llamada Fuerza Interamericana de Paz (FIP), traspasan el control de "las zonas críticas" de Ciudad Nueva a tropas de las Fuerzas Armadas regulares dominicanas. 1975. El Secretario General del Partido Revolucionario Dominicano, José Francisco Peña Gómez, demanda del presidente Joaquín Balaguer devolver al pueblo dominicano las cenizas del líder de la revolución de abril de 1965, Francisco Caamaño Deñó y los restos de sus compañeros. 1983. Sale a la luz pública en Santo Domingo, la obra del profesor Juan Bosch "Conferencias y artículos". 1984. Los organismos de seguridad del Estado, ante la amenaza de protestas al día siguiente, apresan varios dirigente de izquierda, entre estos Narciso Isa Conde, Hamlet Hermann, Carlos Ascuasiati, Braulio Torres y Abelardo King. 1999. El infielder Fernando Tatis dispara dos jonrones con las bases llenas en un mismo inning y al mismo pitcher (Chan Ho Park), en el Dodger Stadium en un partido entre los Cardenales y los Esquivadores. 2011. Fallece a la edad de 85 años, el abogado, escritor y Premio Nacional de Literatura Víctor Villegas. 2013. El coronel de la Policía Nacional Julián Suárez Cordero es asesinado de un disparo en el rostro durante protestas escenificadas en el campus de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, acción en la que además resultaron heridos el raso Rafael Batista Pérez, y el civil Juan de Jesús Pérez. 2019. La Procuraduría General de la República defiende las interceptaciones telefónicas que realiza a dirigentes opositores y jueces activos, indicando que todas se hacen "bajo estricto apego a la ley, autorizadas por tribunales competentes". 2020. Aunque los expertos epidemiólogos mundiales planteaban que los menores de edad no serían infectados por el covid-19, el ministerio de Salud Pública informa el fallecimiento de cuatro niños a causa del coronavirus, cuyas edades oscilaban entre los 6 meses y los 14 años. Internacionales: 1014. El rey de Irlanda Brian Boru perece en combate ante los invasores vikingos en la batalla de Clontarf. 1564. Nace William Shakespeare, el más grande dramaturgo de Inglaterra, quien murió también un 23 de abril, en 1616. 1616. Son sepultados los cuerpos de los escritores español Miguel de Cervantes y el hispano-peruano Inca Garcilaso de la Vega fallecen y, según el calendario juliano, el inglés William Shakespeare. 1633. La Liga de Heilbron es formada con la unión de protestantes del sur de Alemania, Suecia y Francia, contra la Liga Católica y los Imperialistas. 1844. Inicia la publicación de los "Anales de la Universidad de Chile", la obra periódica en español más antigua de América. 1891. Los judíos son expulsados de Moscú. 1945. El Ejército Rojo rodea por completo la ciudad de Berlín, Alemania, por lo que el comandante en jefe de las Fuerzas Aéreas alemanas Joseph Goebbels, argumenta que estando el dictador Adolfo Hitler aislado en Berlín, él debe asumir la dirección del país. 1967. Se produce el primer accidente mortal conocido en la carrera espacial, al estrellarse la nave "Soyuz" y morir su piloto Vladimir Komarov. 1985. La Coca Cola cambia su centenaria fórmula, lo que provoca gran disgusto en el público, debido a lo cual sus propietarios se vieron obligados a retornar casi de inmediato a la tradicional. 1985. El Presidente argentino Raúl Alfonsín anuncia en la Plaza de Mayo el inicio de lo que denominó la "economía de guerra". 1990. Namibia es admitida oficialmente como miembro de la ONU. 1995. La mezzosoprano Teresa Berganza ingresa en la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, primera mujer que lo hace en los 221 años de existencia de esta institución. 2007. Muere a la edad de 76 años el ex presidente de Rusia Boris Yeltsin, quien marcó una nueva era después del colapso de la URSS y el fin del comunismo. 2012. El presentador hondureño de televisión Noel Valladares y dos personas que le acompañaban son asesinados a tiros en Tegucigalpa por un grupo de desconocidos. 2013. Los inmigrantes de ascendencia chechena, Tamerlan y Dzhokhar Tsarnaev, son señalados como los presuntos autores de los atentados de Boston. El segundo admite que él y su hermano colocaron y detonaron las bombas. 2019. El ex apoderado de la constructora Odebrecht en Perú, Jorge Barata, decodifica en Brasil los alias usados dentro del sistema que controlaba las tramas de corrupción de la empresa en el país andino. - El Senado de Florida aprueba un polémico proyecto de ley que permite a los profesores que lo deseen ir armados en los colegios, aunque deberán previamente recibir el entrenamiento adecuado y superar una evaluación psicológica. 2020. La Organización Mundial de la Salud (OMS) confirma que el total de contagios en el mundo supera los 2.54 millones, mientras los fallecidos totalizan 175.694, de los cuales 6.600 se produjeron en las últimas 24 horas. 2023. El expresidente peruano Alejandro Toledo (2001-2006) llega a su país extraditado desde Estados Unidos para ser juzgado por el proceso abierto en su contra por presuntos sobornos millonarios de la constructora Odebrecht para adjudicársele la construcción de dos tramos de la carretera Interoceánica sur.

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viernes, 18 de enero de 2019

CNM da a conocer el reglamento para la evaluación de jueces a la Suprema Corte de Justicia

El Consejo Nacional Magistratura dio a conocer el reglamento mediante el cual se evaluaría el desempeño de los jueces a la Suprema Corte de Justicia.

Dentro de los criterios, el CNM establece que serán tomados en cuenta cantidad de proyectos de sentencias elaborados y presentados por mes y año; cantidad de proyectos de sentencias aprobados y rechazados por su respectiva sala; tiempo promedio entre asignación de casos y presentación de proyectos de sentencias.
Además, la integridad, imparcialidad, independencia y objetividad. Reputación intelectual e imagen pública de los  candidatos.
A continuación el reglamento de evaluación:
ARTÍCULO 1. Objeto. Este reglamento tiene por ­nalidad regular el proceso de evaluación del desempeño de los jueces de la Suprema Corte de Justicia por parte del Consejo Nacional de la
Magistratura en virtud de lo que establece el artículo 181 de la Constitución de la República.
ARTÍCULO 2. Criterios para la evaluación del desempeño. Los criterios para evaluar el desempeño de los jueces son:
1. Aspectos técnicos:
a. Cantidad de proyectos de sentencias elaborados y presentados por mes y año.
b. Cantidad de proyectos de sentencias aprobados y rechazados por su respectiva sala.
c. Tiempo promedio entre asignación de casos y presentación de proyectos de sentencias.
d. Expedientes asignados por sus respectivas salas y no presentados al pleno de estas para su decisión.
e. Recusaciones formuladas y aceptadas contra el juez y el número de inhibiciones.
f. Aportes jurídicos y votos disidentes motivados.
2. Éticos y personales:
a. Integridad, imparcialidad, independencia y objetividad.
b. Reputación intelectual e imagen pública.
c. Disciplina en el desempeño de la función jurisdiccional.
d. Puntualidad.
e. Artículos, libros y monografías publicadas sobre temas jurídicos.
f. Cantidad de permisos y licencias médicas solicitadas.
g. Estado de salud física y mental según certifi­cado médico expedido por profesional acreditado.
PÁRRAFO I. En la evaluación de los jueces se tomarán en cuenta los informes de desempeño que, de conformidad con la Ley de Carrera Judicial, deben presentar los presidentes de las salas sobre cada juez miembro, el presidente de la Suprema Corte de Justicia sobre los jueces presidentes de cada sala y los presidentes de salas sobre el presidente de la Suprema Corte de Justicia.
PÁRRAFO II. Para la evaluación del desempeño del presidente de la Suprema Corte de Justicia se tomarán en consideración, además de los criterios establecidos en la parte capital de este artículo, su labor jurisdiccional, su participación en las audiencias del Pleno de la Suprema Corte de Justicia y de las Salas Reunidas, en el Consejo del Poder Judicial, en el Consejo de la Escuela Nacional de la Judicatura, en el Consejo de la Defensa Pública, en la conservación de la disciplina judicial y administrativa, en la elaboración de autos, reglamentos y resoluciones, en el ejercicio de la iniciativa
legislativa en virtud de la atribución constitucional; así como los criterios que pudieren resultar de la aplicación de la Constitución y las leyes para cada caso.
PARRAFO III. Para la evaluación de los demás jueces de la Suprema Corte de Justicia se tomarán en consideración, además de los criterios técnicos, éticos y personales previstos en este artículo, su participación en las audiencias del Pleno de la Suprema Corte de Justicia, de las Salas Reunidas y en las audiencias disciplinarias de abogados y notarios; así como los criterios que pudieren resultar de la aplicación de la Constitución y las leyes para cada caso. En la evaluación de los jueces de la Suprema Corte de Justicia que sean miembros del Consejo del Poder Judicial se tomará en
consideración, además de su labor jurisdiccional, su rol como consejero durante el tiempo que dure su designación.
PÁRRAFO IV. Los informes de desempeño de los jueces de la Suprema Corte de Justicia deberán ser depositados en la secretaría del Consejo Nacional de la Magistratura a más tardar el 31 de enero de cada año.
PÁRRAFO V. Además de los informes de desempeño presentados por los presidentes de sala y por el presidente de la Suprema Corte de Justicia, el Consejo Nacional de la Magistratura podrá recabar las informaciones que considere necesarias para realizar las evaluaciones.
ARTICULO 3. Presentación de evaluaciones. El presidente de la Suprema Corte de Justicia y los presidentes de cada sala someterán al Consejo Nacional de la Magistratura, los informes de desempeño correspondientes al período de siete años que corresponda la evaluación.
ARTÍCULO 4. Procedimiento de evaluación. Los jueces de la Suprema Corte de Justicia sujetos a evaluación de desempeño serán entrevistados, en sesiones públicas, por el Consejo Nacional de Magistratura. Durante la entrevista, el juez evaluado deberá contestar las interrogantes que le sean formuladas por los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura en lo referente a su desempeño en la Suprema Corte de Justicia. Con relación a aquellas relativas a procesos jurisdiccionales en los cuales haya tenido o tenga participación, podrá guardar silencio.
PÁRRAFO I. Quince (15) días previos al inicio de las entrevistas, el Consejo Nacional de la Magistratura publicará en un periódico de circulación nacional el aviso de que los informes de desempeño de los jueces sujetos a evaluación están disponibles en el portal electrónico del Consejo. Igualmente, se pondrá a disposición de la ciudadanía, a través de la Secretaría del Consejo y de su portal electrónico, un buzón donde cualquier interesado podrá depositar, dentro de los siete (7) días siguientes a la publicación de los informes de desempeño, sus objeciones a la confo­rmación de alguno de los jueces evaluados. Agotado dicho plazo, los jueces objetados podrán contestar a tales objeciones dentro de los siete (7) días siguientes.
PARRAFO II. El Consejo Nacional de la Magistratura valorará los documentos presentados, las informaciones recibidas y la entrevista del juez sujeto a evaluación, así como ponderará sus cualidades personales y calidades profesionales, conforme a los criterios establecidos en este reglamento.
PARRAFO III. El Consejo Nacional de la Magistratura, luego de concluida la evaluación de los jueces, resolverá según procediere.
PARRAFO IV. Los informes de evaluación, documentos e informaciones presentados serán sometidos a una estricta ­scalización. El Consejo Nacional de la Magistratura dispondrá de cuantas medidas sean necesarias para asegurar que la información proporcionada sea veraz. Con este ­n, podrá solicitar a las instituciones públicas o privadas cualquier información que estas dispongan y que pudieren ser útiles para verifi­car la veracidad del contenido de los expedientes de los evaluados.
PÁRRAFO V. Los jueces de la Suprema Corte de Justicia que forman parte del Consejo Nacional de la Magistratura y sean sujeto de evaluación se abstendrán de participar en su evaluación.
ARTÍCULO 5. Los jueces separados como resultado del proceso de evaluación permanecerán en sus funciones hasta la juramentación de los jueces que los sustituirán.
ARTÍCULO 6. El Consejo Nacional de la Magistratura utilizará el Reglamento CNM-1-17, para la aplicación de la Ley núm. 138-11, Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, para la elección de los jueces de la Suprema Corte de Justicia, si procediere.
ARTICULO 7. Para cualquier asunto no previsto en este reglamento, el Consejo Nacional de la Magistratura tomará la decisión que estime conveniente, en estricto apego a la Constitución de la República, la Ley núm. 327-98 de Carrera Judicial, la Ley núm. 138-11 del Consejo Nacional de la Magistratura y su reglamento de aplicación, y a los principios de razonabilidad, proporcionalidad, imparcialidad, previsibilidad y relevancia.
En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, el dieciocho (18) de enero de dos mil diecinueve (2019); año 175 de la Independencia y 156 de la Restauración.
Miembros del CNM
Danilo Medina Sánchez, presidente de la República y del Consejo Nacional de la Magistratura; Reinaldo Pared Pérez, presidente del Senado de la República; Radhamés Camacho, presidente de la Cámara de Diputados; Jean Alain Rodríguez, Procurador General de la República; José Paliza, senador; Josefa Castillo, diputada y Fran E. Soto, juez de la Suprema Corte de Justicia, quien funge como Secretario.

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