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54Grado.com : Hoy es miercole 8 de mayo del 2024. Faltan 237 días para el año 2025. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1254 en España, el rey Alfonso X el Sabio otorga la normativa fundacional de la Universidad de Salamanca 1360 Francia e Inglaterra firman el Tratado de Brétigny. 1366 en la actual España, Pedro IV de Aragón dona a don Pedro Jordán de Urriés el castillo y villa de Ayerbe y sus términos. 1456 en Málaga (España), las tropas cristianas del rey Enrique IV de Castilla arrebatan a los musulmanes la villa de Estepona. Acontecimiento 1521 la Dieta de Worms condena las tesis de Martín Lutero. Martín Lutero Fundador del Protestantismo Martín Lutero 1527 en la actual Argentina, el navegante italiano Sebastián Caboto y sus soldados son los primeros europeos que avistan el río Paraná. Acontecimiento 1541 en la actual Estados Unidos, el conquistador español Hernando de Soto y sus soldados son los primeros europeos que avistan el río Misisipi, al que bautiza Río de Espíritu Santo. Hernando de Soto Conquistador y explorador Hernando de Soto 1701 en España, las Cortes reconocen como rey a Felipe V de Borbón. 1788 en Francia, el Parlamento se suspende con la creación de 47 nuevas cortes. 1794 en París (Francia), el químico francés Antoine Lavoisier ―acusado de traidor― es apresado, condenado y guillotinado en el mismo día por los revolucionarios. 1821 en Gravia ―en el marco de la Guerra de independencia de Grecia― los griegos derrotan a los turcos otomanos. 1847 Robert Thomson patenta uno de los primeros modelos de neumático para vehículo. 1863 la Confederación Granadina toma el nombre de Estados Unidos de Colombia. 1878 en Londres (Inglaterra), David Edward Hughes da a conocer a la Royal Society el micrófono de carbón (el primer micrófono). 1886 en Estados Unidos, John Stith Pemberton inventa la coca cola. 1895 China cede Taiwán a Japón. 1902 en la isla de Martinica se produce la erupción del Mont Pelée (Monte Pelado), que sepulta a Saint Pierre. 1906 en México se funda el Club Deportivo Guadalajara. 1914 en Estados Unidos, se crea Paramount Pictures. 1923 en México se inaugura la CYL, una de las primeras emisoras de radio de ese país. 1931 en España, las Cortes Constituyentes reconocen por primera vez a las mujeres como elegibles. 1932 en Andalucía se funda el Diario Ideal. 1933 en la India, Gandhi comienza una huelga de hambre de tres semanas contra los invasores británicos. 1942 en Corea termina la Batalla del Mar del Coral entre navíos japoneses y estadounidenses. 1942 en Filipinas se rinden las tropas estadounidenses, luego de cinco meses de lucha contra Japón. 1943 en Nueva York (Estados Unidos) se crea la FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación). 1945 la Alemania nazi firma la rendición incondicional. Día de la Victoria en Europa para los Aliados. 1953 en el Sitio de pruebas de Nevada, Estados Unidos detona la bomba atómica Encore, de 27 kt. Es la octava bomba (de once) de la operación Upshot-Knothole, y la número 42 del total de 1054 bombas atómicas que hizo detonar ese país entre 1945 y 1992. 1967 la sonda espacial lunar Orbiter 4 alcanza la órbita de la Luna. 1967 Muhammad Ali pierde su título de campeón mundial por negarse a prestar el servicio militar. 1970 en el Reino Unido sale a la venta el álbum Let it be, de Los Beatles. 1972 en Estados Unidos, el presidente Richard Nixon ordena el bloqueo y minado de los puertos de Vietnam del Norte. 1980 la OMS declara oficialmente erradicado el virus de la viruela en todo el planeta. 1981 Luis Buñuel, Cristóbal Halffter, Eduardo Chillida, Nicanor Zabaleta y Alfredo Kraus reciben la Medalla de Oro al Mérito en las Bellas Artes. 1983 segundas elecciones municipales democráticas en España después del franquismo. 1984 la Unión Soviética no participa en los Juegos Olímpicos de Los Ángeles. Trece países siguen su ejemplo. Acontecimiento 1987 Javier Pérez de Cuéllar, secretario general de la ONU, recibe el Premio Príncipe de Asturias de Cooperación Internacional. Javier Pérez de Cuéllar Político y secretario general de las Naciones Unidas Javier Pérez de Cuéllar 1996 la Asamblea Constituyente de Sudáfrica aprueba la nueva Constitución. 2005 en Uruguay se celebran elecciones municipales; por primera vez el Frente Amplio conquista varias intendencias en el interior. 2006 en Costa Rica, Óscar Arias asume por segunda ocasión la presidencia. 2008 el club argentino San Lorenzo de Almagro elimina a River Plate de la Copa Libertadores de América. 2009 el papa Benedicto XVI inicia visita a Israel, Jordania y los Territorios Palestinos.

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lunes, 25 de junio de 2018

Roberto Rosario critica resolución JCE prohíbe campaña a destiempo

SANTO DOMINGO.- El expresidente de la Junta Central Electoral (JCE), Roberto Rosario, criticó la resolución con la cual ese organismo prohibió actos de campaña electoral en los actuales momentos.

“A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda ni impedírsele lo que la ley no prohíbe, ya que la libertad de tránsito, libertad de asociación, libertad de expresión e información es competencia exclusiva del legislador”, expresó el exfuncionario en un comunicado.
Dijo que “el Pleno de la JCE intentó actuar con las mejores de las intenciones, pero fue sorprendido en su buena fe”.
“Ha sido una preocupación permanente de toda la sociedad Dominicana, limitar en el tiempo ,los espacios en los cuales los partidos políticos, los políticos organizados y los ciudadanos, desarrollan las actividades de carácter político electoral.
Precisamente uno de los aspectos que dio lugar a la reforma constitucional del año 2010 fue la simplificación y unificación de las elecciones en un solo año, aunque con una diferencia de tres meses entre una elección y otra.
Imbuidos de buenas intenciones en el año 2007, en el ánimo de resolver esta molestosa situación, la Cámara Administrativa de la JCE, cuando estaba dividida en dos cámaras y un pleno, sometió al debate en audiencias públicas, un proyecto de Reglamento que pretendió aplicar la disposición constitucional de ese momento, que en su artículo 92 le otorgaba a la JCE “…facultad para juzgar y reglamentar de acuerdo con la ley”.
La iniciativa en cuestión fue rechazada abrumadoramente por los partidos políticos y por las organizaciones de la sociedad civil; en efecto, al salón de sesiones de la institución comparecieron para oponerse el Dr. Rafael Molina Morillo, en nombre de la Sociedad de Diarios, el Lic. Servio Tulio Castaños de la Fundación Institucionalidad y Justicia, FINJUS, el Dr. Virgilio Bello Rosa por el PRD, entre otras personalidades y líderes políticos; en el Pleno de la JCE, el reglamento fue sometido a “paso de procesión”, y solo contó con la defensa entusiasta de la magistrada Aura Celeste Fernández y de los tres miembros de la Cámara Administrativa.
Posteriormente en los años 2012,2014 y 2016, se sometieron al pleno varios proyectos con esos mismos propósitos, en cada una de estas ocasiones, la decisión del pleno de ese momento se pronunció en el sentido siguiente:
Primero: Que en la reforma constitucional del 2010, se introdujo un capítulo, específicamente el III, en el que se definieron “Los principios de aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales”, que en su artículo 74 consigna que “Solo por ley, en los casos permitidos por esta constitución, podrá regularse el ejercicio de los derechos y garantías fundamentales, respetando su contenido esencial y el principio de razonabilidad”; por lo que reglamentar estos derechos, tales como la libertad de tránsito, libertad de asociación, libertad de expresión e información, al tenor del citado artículo, es competencia exclusiva del legislador, quien puede regular el ejercicio de los mismos. Si cualquier institución Estatal se abroga ese derecho, estaría desbordando los límites de su competencia e invadiendo la competencia legislativa, no importa cuán sanas y justas sean las causas o motivaciones.
Segundo: El otro aspecto que se valoró es que la competencia que otorga el artículo 212 de la constitución para reglamentar a la JCE, se contrae al Periodo electoral, que según se expresa en el artículo 88 de la ley 275-97, se inicia con la proclama y concluye con la proclamación de los candidatos electos, lo cual no es el caso.
Tercero: Que al constitucionalizarse la organización y funcionamiento de los partidos políticos en el artículo 216, como instituciones privadas de interés público, estos requieren un tratamiento especial, conforme su categoría de ente constitucional.
Cuarto: Que la reglamentación de la actividad política y de las campañas, es de tal trascendencia y magnitud, que requiere de un órgano como el Congreso Nacional, que defina y establezca con el más amplio consenso posible de la sociedad, las reglas de juego en la lucha por acceder al poder político de la nación. En efecto, no se conoce un solo país donde las reglas de competencia por el poder, sean definidas al margen de los actores políticos y sociales.
No es ocioso destacar que en nuestra Constitución, en su Art. 40, numeral 15 se dispone lo siguiente: “A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda ni impedírsele lo que la ley no prohíbe”.
En nuestro entendimiento el Pleno de la JCE, actuando con la mejor de las intenciones, fue sorprendida en su buena fe, desbordó sus propios límites y ha incursionado en los ámbitos del poder legislativo, colocándose en posición de riesgo innecesario, agravado con el hecho de que quienes están llamados a aplicar la medida anunciada, son funcionarios con intereses propios en el proceso en curso”.

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