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El Consejo de Estado declara Día festivo, no laborable el 30 de mayo, en recordación del ajusticiamiento del tirano Rafael Trujillo, en 1961. 1963. El periodista norteamericano, Tad Szulc, reporta desde Santo Domingo cómo el presidente Juan Bosch "está aprendiendo lo difícil que puede ser mantener una democracia donde mucha gente no la quiere". 1965. El secretario de Estado, Thomas Mann, afirma que la ocupación norteamericana había salvado por tercera vez que la República Dominicana cayera en las garras del bloque sino-soviético. -Estados Unidos anunció el retiro del país de 1,600 marines, los que son sustituidos por militares de otras naciones latinoamericanas integrantes de la Fuerza Interamericana de Paz (FIP). 1966. Desde esta fecha hasta el 10 de junio, la revista estadounidense Time inicia una consistente serie de análisis con miras a las elecciones del primero de junio, en los que califican al líder perredeista Juan Bosch, calificándolo de izquierdista, errático y ser el candidato de los comunistas. 1977. La República Dominicana obtiene Medalla de oro en los Juegos Deportivos Universitarios, venciendo en básquetball al equipo Cuba. El torneo fue ganado en forma invicta. 2011. Tras permanecer cerca de dos años en el país el ex presidente de Honduras, Manuel Zelaya, retorna a su nación, "para iniciar una lucha social, política y democrática", al tiempo de agradecer las atenciones del pueblo dominicano. 2015. Falleció repentinamente a la edad de 62 años el luchador social y vicepresidente del Movimiento Patria Para Todos (MPT), Ramón Almánzar. 2019. El presidente y director ejecutivo de Barrick Gold Corporation, Mark Bristow, anuncia una propuesta de expansión de la mina de oro Pueblo Viejo, con una inversión de capital inicial estimada de más de mil millones de dólares, generando el potencial de extender la vida útil del yacimiento hasta los años 2030 y más allá. 2020. El Centro de Operaciones de Emergencia (COE) solicita a la Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas investigar si existe alguna irregularidad por parte de esta entidad, como denunció la periodista Edith Febles, de que solo cinco empresas vinculadas entre sí son las que ganan los principales procesos de licitación del organismo desde el 2016. 2024. El presidente Luis Abinader junto a su familia, son recibidos en audiencia privada por su santidad, el papa Francisco, en la Ciudad del Vaticano. - De las 13 firmas encuestadoras que ofrecieron sus resultados con miras a los comicios generales del 19 de mayo último, sólo una dio en la diana, la Mark Penn/Stawell, la que pronosticó que Luis Abinader obtendría un 57% de los votos y la Junta Central Electoral (JCE) certificó que obtuvo 57.47%. Internacionales: 1525. Tras ser torturado, es ejecutado el teólogo protestante Thomas Münzer. 1564. Muere el reformador religioso Juan Calvino. 1875. Es aprobado el Programa de Gotha del partido Socialdemócrata Alemán. 1895. Oscar Wilde es condenado a dos años en prisión por el Conde de Queensbury, acusado de homosexual. 1910. Muere en la ciudad de Baden-Baden, Alemania, el bacteriólogo, premio nobel de medicina en 1905. 1923. Nace el judío-alemán-estadounidense y ex secretario de Estado de los EEUU, Henry Alfred Kissinger. 1941. Barcos británicos hunden el acorazado alemán Bismarck. 2005. EEUU rechaza el pedido venezolano de detención con fines de extradición del anticastrista Luis Posada Carriles, acusado de provocar la explosión de un avión cubano con decenas de personas a bordo. 2006. En Java, Indonesia, un sismo mató a más de 5,800 personas y miles resultaron heridos, en el desastre más grave que sufre el país desde el tsunami de 2004. 2007. Tras 53 años de transmisión continua, Radio Caracas Televisión (RCTV) cesa sus emisiones en abierto a través del canal 2, tras el gobierno negarle la prorrogara a salir al aire, por ser una cadena "golpista". 2010. El presidente Barack Obama divulga su nueva estrategia antiterrorista, que señala a Al Qaeda como principal enemigo e insiste en que el uso de la fuerza por sí solo no puede garantizar la seguridad de Estados Unidos. 2019. La Procuraduría General de Colombia abrie una investigación contra el comandante del Ejército, Nicacio Martínez y otros funcionarios, a raíz de una denuncia del diario The New York Times, de duplicar el número de rebeldes muertos en operaciones, lo que podría poner en riesgo la vida de civiles. - Las autoridades de la Penitenciaría de Brasil encuentran 57 personas muertas en el interior de cuatro prisiones de la ciudad de Manaos, capital del estado de Amazonas, como consecuencia de riñas, presentando varias de las víctimas marcas de asfixia. 2020. Luis Almagro Lemes asume por segunda ocasión como Secretario General de la Organización de Estados Americanos (OEA), para el periodo 2020-2025, pese a que había prometido que no se postularía, durante un particular Consejo Permanente que se realiza de manera virtual. 2021. La expresidenta de facto de Bolivia, Jeanine Áñez, pide se castigue "con todo el peso de la ley" a los exfuncionarios de su gestión que fueron recientemente detenidos en EE.UU., acusados de recibir sobornos y lavar dinero, alegando que "la corrupción es un tema que nunca acepté en mi gobierno". 2021. La expresidenta de facto de Bolivia, Jeanine Áñez, pide que se castigue "con todo el peso de la ley" a los exfuncionarios de su gestión que fueron recientemente detenidos en EE.UU., acusados de recibir sobornos y lavar dinero, alegando que "la corrupción es un tema que nunca acepté en mi gobierno". 2024. La Fiscalía de Perú presenta una denuncia constitucional contra la presidenta de la República, Dina Boluarte, por su presunta autoría en el escándalo conocido como 'caso Rolex', objeto que habría recibido en calidad de donación del gobernador regional de Ayacucho, Wilfredo Oscorima Núñez, a cambio de favorecerlo con fondos para su provincia.

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lunes, 31 de octubre de 2022

Periplo constitucional del voto preferencial

Julio César Castaños G.
Santo Domingo, RD

Poco tiempo después de que el ingeniero Hipólito Mejía ganase las elecciones del año 2000, en la Junta Central Electoral, entonces presidida por el doctor Manuel R.  Morel Cerda, empezó a abrirse paso, al principio como un puntito negro en el horizonte que se fue agrandando poco a poco, la idea de que los diputados(as) debían ser electos mediante listas de candidatos propuestos por los partidos políticos, con las características de que las boletas fuesen cerradas y desbloqueadas.

Cerradas, porque la propuesta de candidaturas no permite que se inscriba ningún otro candidato distinto de los ofertados en la lista; y, desbloqueadas, porque el orden numérico de prelación del candidato colocado en la boleta, no determina necesariamente su elección, sino que el escaño se adjudica, de mayor a menor, por la cantidad de votos preferentes alcanzados individualmente en su recuadro por cada candidato, respecto al número de escaños obtenidos por cada partido o alianza.

Probablemente imbuidos por la idea de que los partidos políticos tienden naturalmente a desarrollar lo que el politólogo Robert Michels denominaba como “Ley de Hierro de la Oligarquía”, que se impone de forma antidemocrática señalando de dedo candidatos de forma arbitraria y colocándolos en un orden que en la especie determinaba la elección privilegiada de unos respecto de otros que quedaban condenados a no salir electos.

A esta modalidad se le denominó entonces como Voto Preferencial para los Diputados. Iniciándose la consulta a los lideres políticos de entonces, los cuales poco a poco, algunos a regañadientes, fueron aceptando esta idea.

Vale destacar la firmeza de la JCE y su presidente, que no se dejó amedrentar, por los muchos obstáculos que se presentaban y las opiniones en contra, sino que por el contrario siguió adelante con este propósito a todas luces democratizador del Sistema de Partidos en la República Dominicana y de la composición de la Cámara de Diputados.

Antes de que se dictara la Resolución correspondiente,  con el conocimiento de la Junta me entrevisté con el Presidente del PRSC, doctor Joaquín Balaguer, a quien le expliqué el proyecto, y que si bien éste no habló ni a favor ni en contra del mismo, pude interpretar que aun cuando no lo  acogía plenamente, ciertamente tampoco lo despreciaba ni aborrecía,  aun cuando advertía que esta modalidad necesariamente le quitaba el poder que siempre había tenido de colocar los candidatos en el orden en que aparecerían en la lista  cerrada y bloqueada.

Así las cosas, el día 2 de julio del año 2001, para que se aplicase en las Elecciones Congresuales y Municipales del año 2002, la JCE en atención a sus atribuciones constitucionales y reglamentarias, y la Ley Electoral 275-97 del 21 de diciembre de 1997, dictó la “Resolución sobre Circunscripciones Electorales”, NUM. CINCO (5/2001), disponiendo literalmente, lo siguiente:

“NOVENO: DISPONER que la elección de los diputados en las provincias y circunscripciones electorales establecidas, sea hecha mediante votación preferencial.

PARRAFO: ESTABLECER, en consecuencia, que el ciudadano podrá votar por un candidato determinado, marcando el recuadro con la foto del mismo; o por el partido o agrupación política, con solo marcar el recuadro con el emblema y/o las siglas del mismo.”

Esta Resolución,  pese a ser una disposición  novedosa y revolucionaria, fue atacada jurisdiccionalmente, mediante una acción directa de inconstitucionalidad, interpuesta por ante la Suprema Corte de Justicia, en fecha 20 de julio de 2001, que para ese entonces era el órgano  con competencia de atribución (Art. 67)  para conocer en única instancia de la constitucionalidad de las leyes,   arguyéndose ante la misma,  que la pieza resolutiva y algunos artículos de la Ley Electoral No. 275-97, eran contrarias a varios textos de nuestra Carta Fundamental.

La Suprema Corte de Justicia, dictó el 6 de febrero de 2002, la Sentencia que si bien acogió en parte la solicitud de los peticionarios, en tanto anuló la disposición referente a requisitos adicionales que la JCE había añadido para la admisibilidad de las  candidaturas a diputado en el artículo QUINTO, de la Resolución, no menos cierto es,  que declaró de forma palmaria y contundente  que el Voto Preferencial dispuesto mediante la Resolución  de la JCE en el  artículo NOVENO y su PARRAFO era conforme a la Constitución de la República, y en tal sentido rechazaba en ese aspecto, la acción directa de inconstitucionalidad, precedentemente indicada.

Llegada la noche de las Elecciones Congresuales y Municipales 16 de mayo de 2002, empezamos a recibir de las juntas electorales, los informes coincidentes de una gran cantidad de actas del Nivel Congresual llegadas desde los colegios electorales, con sumatorias incorrectas y totalizaciones que no cuadraban, lo cual se constituía en un obstáculo para consolidar el computo electoral en las juntas creando serias dificultades para que las mismas fueran validadas. 

Salvado el momento por las acciones pertinentes de la JCE en las Juntas Electorales, y las orientaciones para que las actas se validaran en mesas para conocer las inconsistencias contenidas en las mismas, con la presencia de los delegados de los partidos políticos. 

No obstante fueron muchas las actas que fueron declaradas nulas, en tanto sus guarismos no hacían fe, de un resultado cierto atribuible a los candidatos, sin embargo al final, después de un gran trabajo, esto no fue óbice para que se hiciese el cómputo y se declararán los ganadores.

Andando el tiempo, y por las dificultades gerenciales y administrativas que siguió generando esta modalidad en certámenes sucesivos, el pleno de la Junta Central Electoral (JCE) decidió en fecha 29 de octubre de 2010, mediante la Resolución No. 74/2010, eliminar el Voto Preferencial.

Pero, poco tiempo después, El Congreso Nacional, mediante la Ley No. 157-13, del 20 de noviembre de 2013, lo instituyó de nuevo, esta vez ampliándolo por ley al Nivel Municipal, mediante el Artículo 1, que reza así: “Restablecimiento del voto preferencial. Se instituye el voto preferencial para la elección de diputados y diputadas al Congreso Nacional, los regidores y regidoras de los municipios y los vocales de los distritos municipales.”

Esto último fue reforzado posteriormente, mediante lo dispuesto por la Ley de Régimen   Electoral No. 15-19, del 18 de febrero de 2019, de la manera siguiente: “Artículo 267.- Sistema de Designación de Escaños. Para la asignación de escaños correspondientes a los representantes electos para la Cámara de Diputados, Concejos de Regidores y Juntas de Vocales, se utilizará el sistema establecido en la Ley No. 157-13, sobre Voto Preferencial.”

Con detractores y defensores, el Voto Preferencial es, ha sido y será una bandera discutida, con ventajas y desventajas, todas ellas debatidas y proclamadas durante años, sin embargo hasta el momento esta modalidad, ha demostrado sobrevivir a todas las tempestades.

A esto se adiciona,  que nuestro Tribunal Constitucional, Guardián de la  Constitución y de las leyes,  haya dictado la sentencia TC/0482/20, publicada el 29 de diciembre de 2020, que es vinculante a todos los poderes públicos,   mediante la cual establece que los  siete (7) Diputados Representantes de la Comunidades en el Exterior, se escogerán para las próximas elecciones mediante listas cerradas y desbloqueadas… habilitando de esta forma el Voto Preferencial en las elecciones  de diputados (as) en las  tres (3) Circunscripciones del Exterior.

Elegir 1,164 Regidores y sus suplentes, correspondientes a 157 Municipios y el Distrito Nacional, 735 Vocales, que integran los 235 Distritos Municipales,   con listas cerradas y desbloqueadas,  es tarea compleja,  mas no  imposible, pese a todas las dificultades que ello conlleva,  tales como hacer un escrutinio en el Nivel Municipal y llenado de actas a mano al final de la jornada electoral, con nocturnidad, cansancio y complejidad aritmética de varias totalizaciones individualizadas en un mismo documento.

Sin embargo, estimamos nosotros que, ya que el Voto Preferencial para los diputados, que ha sido reforzado por los órganos constitucionales, llegó para quedarse, valdría la pena en el nivel de los municipios, considerar seriamente para que sean sopesadas, las razones institucionales que arguye en este momento el órgano electoral en este tema, para que el país tenga una jornada electoral fluida y despejada de las contrariedades propias de tiempo y espacio. 

Adelante pues, que se imponga el diálogo y el consenso que hasta ahora siempre ha podido librarnos, permitiendo que salgamos adelante.

¡La Democracia es indetenible!, y ¡los Derechos Fundamentales progresivos! Pocos países del mundo tienen un sistema de partidos tan fuerte y consolidado como la República Dominicana, y su sistema electoral, que aún con todas sus dificultades, ha demostrado tener la capacidad y fortaleza para sortear cualquier contrariedad. Siempre de la mano de Dios Todopoderoso, junto con la buena voluntad y la sabiduría que aplicadas a la realidad… edifican el Sentido Común.  

 

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