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Los obispos católicos dominicanos exigen abiertamente al gobierno dictatorial de Rafael Trujillo que libere los presos políticos. 1962. Muere en Santo Domingo la señora Ángela Gaviño de Bosch, madre del presidente y líder perredeista, profesor Juan Bosch. 1966. Es asesinado por desconocidos el señor Eustaquio Agromonte Meran, miembro de la seguridad personal del ex presidente Juan Bosch, quien expresó temor de que su domicilio fuese asaltado. 1973. El líder del PRD, profesor Juan Bosch, ordena cambiar la línea política de la organización opositora por la de llevar al presidente Joaquín Balaguer a su propia legalidad. 2005. Unos 134 reclusos pierden la vida, mientras otros 26 resultaron lesionados, como consecuencia de un incendio en la cárcel pública de Higuey. 2011. El Presidente del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Luis Alberto Moreno, anuncia un financiamiento de US$2,000 millones para atender las prioridades de Centroamérica y la República Dominicana en infraestructura, redes de protección social, desastres naturales, cambio climático, finanzas públicas y seguridad ciudadana. 2012. La Primera Dama, Margarita Cedeño de Fernández somete a la justicia al comunicador Marcos Martínez, por acusarla de supuestamente poseer una cuenta con 73 millones de euros en un banco de Dinamarca. 2015. Es asesinado de un balazo en la nuca el viceministro de Energía y Minas, Victoriano Santos, luego de tres encapuchados penetrar en su residencia, los que también hieren a su hijo Víctor Manuel Santos, que fallece una semana después. 2019. Una jueza de la provincia Santo Domingo autoriza espiar el teléfono de la presidenta de la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia, Miriam Germán Brito, a solicitud del procurador general, Jean Alain Rodríguez, alegando que se investigaba una persona vinculada al narcotráfico. 2025. A través de un vídeo generado con inteligencia artificial en el que compara la ´trama Koldo´ con el popular programa "La Isla de las Tentaciones", el Partido Popular (PP) de España tilda la República Dominicana como "La isla de corrupciones" utilizando la Bandera Nacional y el mapa del país, dañando la integridad e imagen nacional. -Las autoridades son informadas de la desaparición en horas de la madrugada de la estudiante de medicina estadounidense de origen indio identificada como Sudiksha Konanki, de 20 años, mientras caminaba en la playa en un hotel de Punta Cana, provincia de La Altagracia. Internacionales: 1460. En cumplimiento del Tratado de Alcacovas, Portugal cede las Canarias a España. 1521. Hernando de Magallanes descubre las Filipinas. 1806. Francisco II de Austria declara oficialmente disuelto el Sacro Imperio Romano Germánico. 1884. En Boston, Massachusetts, los niños empezan a imitar las aventuras que leían sobre Jesse James en la prensa, algunos de la cuales se enfrentan con la policía en las afueras de una escuela, siendo capturados William Nangle, de 14, y Sidney Duncan, de 12. 1916. El vapor español "Príncipe de Asturias" embarranca en las costas brasileñas y mueren 445 personas. 1922. El Cardenal Achille Ratti es elegido Sumo Pontífice de la Iglesia Católica, con el nombre Papa Pío XI. 1927. Nace en el municipio de Aracata, Colombia, el escritor, periodista y Premio Nobel de Literatura, José de la Concordia García Márquez (Gabriel García Márquez). 1944. Los aliados comienzan los bombardeos diurnos sobre Berlín. 1957 Ghana obtiene su independencia, convirtiéndose en la primera colonia negra del Africa en ser República. 1987. Al menos 190 personas pierden la vida al naufragar un transbordador británico en el mar del Norte, frente al puerto belga de Zeebruge. 2005. La República de China advierte a Estados Unidos y Japón que no incluyan a Taiwán en su pacto militar. 2006. El ex líder de los serbios de Croacia, Milan Babic, se suicida en su celda del centro de Detención de Naciones Unidas en La Haya. 2008. El gobierno de Nicaragua rompe relaciones diplomáticas con Colombia, en apoyo a Ecuador en la disputa por el ataque del ejército colombiano a un campamento de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) en territorio ecuatoriano. 2014. La tasa de paro de Grecia termina 2013 en un 27.5%, por encima del 26,3% del cierre del año anterior, según los datos publicados por la oficina estadística helena (Elstat). 2017. El presidente estadounidense, Donald Trump, firma un nuevo decreto migratorio, tras la suspensión judicial de una primera versión que provocó indignación en el mundo y numerosas situaciones de incertidumbre. -Tres de los cuatro misiles balísticos disparados al mismo tiempo por Corea del Norte alcanzan la zona económica exclusiva de Japón, por lo que el Gobierno japonés eleva una enérgica protesta. 2018. El pleno del Tribunal Superior de Justicia de Brasil vota por unanimidad a favor de la ejecución de la pena de 12 años de cárcel contra el expresidente Luiz Inácio Lula da Silva una vez se agoten los recursos en segunda instancia. 2019. Un programa secreto estadounidense de vigilancia electrónica que fue revelado públicamente por el ex contratista de la Agencia de Seguridad Nacional Edward Snowden es suspendido, al menos temporalmente, de acuerdo con un asistente del Congreso. 2020. La OMS publica la Hoja de ruta de la investigación mundial contra el nuevo coronavirus, estableciendo las principales prioridades de la evolución del virus, epidemiología, medios diagnósticos, gestión clínica, consideraciones éticas y ciencias sociales, así como los objetivos de largo plazo para los tratamientos y las vacunas. 2024. El Poder Ejecutivo emite el decreto 138-24, mediante el cual declara duelo oficial este día, por el fallecimiento del empresario José Augusto León Asensio e instruye la rendición de honores militares y que la Bandera Nacional ondee a media asta en los recintos militares y edificios públicos. 2025. Un segundo juez federal (delTribunal de Distrito de Estados Unidos, John McConnell, en Rhode Island), extiende un bloqueo que impide algobierno de Trump congelar subvenciones y préstamos que potencialmente suman billones de dólares. - El primer ministro canadiense, Justin Trudeau, y el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, mantienen una "acalorada" conversación telefónica de 50 minutos en la que discutieron la guerra comercial que mantienen los dos países, provocada por la imposición de aranceles por parte de Estados Unidos y los esfuerzos canadienses para limitar el flujo de fentanilo a su vecino.

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lunes, 31 de octubre de 2022

Periplo constitucional del voto preferencial

Julio César Castaños G.
Santo Domingo, RD

Poco tiempo después de que el ingeniero Hipólito Mejía ganase las elecciones del año 2000, en la Junta Central Electoral, entonces presidida por el doctor Manuel R.  Morel Cerda, empezó a abrirse paso, al principio como un puntito negro en el horizonte que se fue agrandando poco a poco, la idea de que los diputados(as) debían ser electos mediante listas de candidatos propuestos por los partidos políticos, con las características de que las boletas fuesen cerradas y desbloqueadas.

Cerradas, porque la propuesta de candidaturas no permite que se inscriba ningún otro candidato distinto de los ofertados en la lista; y, desbloqueadas, porque el orden numérico de prelación del candidato colocado en la boleta, no determina necesariamente su elección, sino que el escaño se adjudica, de mayor a menor, por la cantidad de votos preferentes alcanzados individualmente en su recuadro por cada candidato, respecto al número de escaños obtenidos por cada partido o alianza.

Probablemente imbuidos por la idea de que los partidos políticos tienden naturalmente a desarrollar lo que el politólogo Robert Michels denominaba como “Ley de Hierro de la Oligarquía”, que se impone de forma antidemocrática señalando de dedo candidatos de forma arbitraria y colocándolos en un orden que en la especie determinaba la elección privilegiada de unos respecto de otros que quedaban condenados a no salir electos.

A esta modalidad se le denominó entonces como Voto Preferencial para los Diputados. Iniciándose la consulta a los lideres políticos de entonces, los cuales poco a poco, algunos a regañadientes, fueron aceptando esta idea.

Vale destacar la firmeza de la JCE y su presidente, que no se dejó amedrentar, por los muchos obstáculos que se presentaban y las opiniones en contra, sino que por el contrario siguió adelante con este propósito a todas luces democratizador del Sistema de Partidos en la República Dominicana y de la composición de la Cámara de Diputados.

Antes de que se dictara la Resolución correspondiente,  con el conocimiento de la Junta me entrevisté con el Presidente del PRSC, doctor Joaquín Balaguer, a quien le expliqué el proyecto, y que si bien éste no habló ni a favor ni en contra del mismo, pude interpretar que aun cuando no lo  acogía plenamente, ciertamente tampoco lo despreciaba ni aborrecía,  aun cuando advertía que esta modalidad necesariamente le quitaba el poder que siempre había tenido de colocar los candidatos en el orden en que aparecerían en la lista  cerrada y bloqueada.

Así las cosas, el día 2 de julio del año 2001, para que se aplicase en las Elecciones Congresuales y Municipales del año 2002, la JCE en atención a sus atribuciones constitucionales y reglamentarias, y la Ley Electoral 275-97 del 21 de diciembre de 1997, dictó la “Resolución sobre Circunscripciones Electorales”, NUM. CINCO (5/2001), disponiendo literalmente, lo siguiente:

“NOVENO: DISPONER que la elección de los diputados en las provincias y circunscripciones electorales establecidas, sea hecha mediante votación preferencial.

PARRAFO: ESTABLECER, en consecuencia, que el ciudadano podrá votar por un candidato determinado, marcando el recuadro con la foto del mismo; o por el partido o agrupación política, con solo marcar el recuadro con el emblema y/o las siglas del mismo.”

Esta Resolución,  pese a ser una disposición  novedosa y revolucionaria, fue atacada jurisdiccionalmente, mediante una acción directa de inconstitucionalidad, interpuesta por ante la Suprema Corte de Justicia, en fecha 20 de julio de 2001, que para ese entonces era el órgano  con competencia de atribución (Art. 67)  para conocer en única instancia de la constitucionalidad de las leyes,   arguyéndose ante la misma,  que la pieza resolutiva y algunos artículos de la Ley Electoral No. 275-97, eran contrarias a varios textos de nuestra Carta Fundamental.

La Suprema Corte de Justicia, dictó el 6 de febrero de 2002, la Sentencia que si bien acogió en parte la solicitud de los peticionarios, en tanto anuló la disposición referente a requisitos adicionales que la JCE había añadido para la admisibilidad de las  candidaturas a diputado en el artículo QUINTO, de la Resolución, no menos cierto es,  que declaró de forma palmaria y contundente  que el Voto Preferencial dispuesto mediante la Resolución  de la JCE en el  artículo NOVENO y su PARRAFO era conforme a la Constitución de la República, y en tal sentido rechazaba en ese aspecto, la acción directa de inconstitucionalidad, precedentemente indicada.

Llegada la noche de las Elecciones Congresuales y Municipales 16 de mayo de 2002, empezamos a recibir de las juntas electorales, los informes coincidentes de una gran cantidad de actas del Nivel Congresual llegadas desde los colegios electorales, con sumatorias incorrectas y totalizaciones que no cuadraban, lo cual se constituía en un obstáculo para consolidar el computo electoral en las juntas creando serias dificultades para que las mismas fueran validadas. 

Salvado el momento por las acciones pertinentes de la JCE en las Juntas Electorales, y las orientaciones para que las actas se validaran en mesas para conocer las inconsistencias contenidas en las mismas, con la presencia de los delegados de los partidos políticos. 

No obstante fueron muchas las actas que fueron declaradas nulas, en tanto sus guarismos no hacían fe, de un resultado cierto atribuible a los candidatos, sin embargo al final, después de un gran trabajo, esto no fue óbice para que se hiciese el cómputo y se declararán los ganadores.

Andando el tiempo, y por las dificultades gerenciales y administrativas que siguió generando esta modalidad en certámenes sucesivos, el pleno de la Junta Central Electoral (JCE) decidió en fecha 29 de octubre de 2010, mediante la Resolución No. 74/2010, eliminar el Voto Preferencial.

Pero, poco tiempo después, El Congreso Nacional, mediante la Ley No. 157-13, del 20 de noviembre de 2013, lo instituyó de nuevo, esta vez ampliándolo por ley al Nivel Municipal, mediante el Artículo 1, que reza así: “Restablecimiento del voto preferencial. Se instituye el voto preferencial para la elección de diputados y diputadas al Congreso Nacional, los regidores y regidoras de los municipios y los vocales de los distritos municipales.”

Esto último fue reforzado posteriormente, mediante lo dispuesto por la Ley de Régimen   Electoral No. 15-19, del 18 de febrero de 2019, de la manera siguiente: “Artículo 267.- Sistema de Designación de Escaños. Para la asignación de escaños correspondientes a los representantes electos para la Cámara de Diputados, Concejos de Regidores y Juntas de Vocales, se utilizará el sistema establecido en la Ley No. 157-13, sobre Voto Preferencial.”

Con detractores y defensores, el Voto Preferencial es, ha sido y será una bandera discutida, con ventajas y desventajas, todas ellas debatidas y proclamadas durante años, sin embargo hasta el momento esta modalidad, ha demostrado sobrevivir a todas las tempestades.

A esto se adiciona,  que nuestro Tribunal Constitucional, Guardián de la  Constitución y de las leyes,  haya dictado la sentencia TC/0482/20, publicada el 29 de diciembre de 2020, que es vinculante a todos los poderes públicos,   mediante la cual establece que los  siete (7) Diputados Representantes de la Comunidades en el Exterior, se escogerán para las próximas elecciones mediante listas cerradas y desbloqueadas… habilitando de esta forma el Voto Preferencial en las elecciones  de diputados (as) en las  tres (3) Circunscripciones del Exterior.

Elegir 1,164 Regidores y sus suplentes, correspondientes a 157 Municipios y el Distrito Nacional, 735 Vocales, que integran los 235 Distritos Municipales,   con listas cerradas y desbloqueadas,  es tarea compleja,  mas no  imposible, pese a todas las dificultades que ello conlleva,  tales como hacer un escrutinio en el Nivel Municipal y llenado de actas a mano al final de la jornada electoral, con nocturnidad, cansancio y complejidad aritmética de varias totalizaciones individualizadas en un mismo documento.

Sin embargo, estimamos nosotros que, ya que el Voto Preferencial para los diputados, que ha sido reforzado por los órganos constitucionales, llegó para quedarse, valdría la pena en el nivel de los municipios, considerar seriamente para que sean sopesadas, las razones institucionales que arguye en este momento el órgano electoral en este tema, para que el país tenga una jornada electoral fluida y despejada de las contrariedades propias de tiempo y espacio. 

Adelante pues, que se imponga el diálogo y el consenso que hasta ahora siempre ha podido librarnos, permitiendo que salgamos adelante.

¡La Democracia es indetenible!, y ¡los Derechos Fundamentales progresivos! Pocos países del mundo tienen un sistema de partidos tan fuerte y consolidado como la República Dominicana, y su sistema electoral, que aún con todas sus dificultades, ha demostrado tener la capacidad y fortaleza para sortear cualquier contrariedad. Siempre de la mano de Dios Todopoderoso, junto con la buena voluntad y la sabiduría que aplicadas a la realidad… edifican el Sentido Común.  

 

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