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54Grado.com : Hoy es jueves 23 de julio del 2026. Faltan 161 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1556. Es terminada la construcción del monasterio de San Francisco, el primero del Nuevo Mundo, dispuesto por el gobernador de La Española, Nicolás de Ovando, para los franciscanos que empiezan a llegar a la isla 1847. Es creada la Policía Municipal, por mandato de la Ley de los Ayuntamientos, la cual se mantuvo sin modificaciones hasta el año 1861. 1875. El Presidente Ignacio María González dispone mediante decreto, la suspensión del periódico "Las dos Antillas", que dirigía Eugenio María de Hostos, porque alegadamente realizaba propaganda en contra de los intereses políticos de España, en Cuba y Puerto. 1880. El sacerdote Fernando Arturo de Meriño, es electo presidente de la República. 1931. Es creada la Academia Dominicana de la Historia mediante el decreto No. 186. 1960. Inicia su transmisión la emisora Radio Caribe, considerada como la más potente de América Latina, bajo la dirección de Alonzo Martín Otero. 1961. El ex presidente Joaquín Balaguer escribió una carta al director del periódico El Caribe, Germán E. Ornes Coiscou, para aclarar acusaciones en su contra acerca de la forma como se realizaron las erogaciones de fondos del disuelto Partido Dominicano. 1962. El Gobierno acusa a la Federación Nacional de Empleados Públicos Independientes (FENEPIA), de buscar el caos, auspiciando huelgas políticas. 1975. Es instalada en la ciudad de La Vega la Universidad Bilingüe del Caribe, más tarde transformada en la Universidad Católica Tecnológica del Cibao (UCATECI). 2008. El titular de la Dirección General de Etica e Integridad Gubernamental, Marino Vinicio Castillo, afirma que en los tribunales no ha habido valor ni honor para juzgar la droga, la vulnerabilidad en ese tema de los partidos y el desinterés de EEUU para frenar el auge del tráfico en la región. 2011. Falleció a la edad de 94 años, la veterana comunicadora Susana Morillo, tras permanecer hospitalizada varios días en un centro de salud privado. 2015. Un grupo de 56 pastores haitianos de diferentes denominaciones evangélicas que laboran en varias comunidades del país rechaza las acusaciones de las autoridades de su nación de que el gobierno dominicano maltrate y repatrie a sus compatriotas. 2021. Falleció a la edad de 92 años, en el Centro de Medicina Avanzada "Dr, Abel González", la señora Yolanda Reyna, madre del expresidente Leonel. 2022. El Tribunal Constitucional declara como no conforme con la Constitución, el artículo 46 de la Ley 397-19, que crea al Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPRIL), la que ordenaba traspasar los bienes de la Agrupación Médica del Instituto Dominicano de Seguros Sociales al Colegio Médico Dominicano, para que sean manejados conforme a la ley 68-03, que creó ese gremio profesional. 2025. Jean Andrés Pumarol Fernández, de 30 años y con historial de esquizofrenia, protagoniza un ataque con arma blanca en el condominio Naco Dorado IV (Distrito Nacional), agresión que deja un saldo de una mujer fallecida y cinco personas heridas. Internacionales: 1431.- Se inició el Concilio de Basilea, noveno concilio ecuménico universal. 1773. Un terremoto destruyó casi toda la ciudad de Guatemala. 1859. El presidente mexicano Benito Juárez decretó desde el puerto de Veracruz, parte de las Leyes de Reforma, entre estas, la Ley Orgánica del Registro Civil, de Libertad de Cultos y los decretos que cancelan la intervención del clero en los cementerios. 1860. Colombia - Nace José María Vargas Vila, escritor colombiano. 1906. Se inicia la matanza de judíos en Odessa, Rusia. 1914. Austria da un ultimátum a Serbia, para que realice una investigación "seria" sobre la muerte del archiduque Francisco Fernando, heredero al trono del Imperio Austro-Húngaro, durante un atentado en Sarajevo, Bosnia y la organización "Mano Negra". 1935. En Argentina, es asesinado el senador Enzo Bordabehere al alcanzar los disparos que Ramón Valdez Cora dirigió al senador Lisandro de la Torre debido a la denuncia de sobornos de la empresa británica Swift. 1961. En Nicaragua se funda el Frente Sandinista de Liberación Nacional. 1967. Los partidarios del Estado Libre Asociado con Estados Unidos ganan un Referéndum en Puerto Rico. 1973. El presidente estadounidense, Richard Nixon, se niega a entregar las grabaciones que lo implican en el espionaje a los dirigentes del Partido Demócrata, conocido como el "caso Watergate". 1974. En Grecia, se derrumba el gobierno militar y el ex primer ministro Constantino Karamanlis es invitado a regresar de su exilio en París. 1979. El nuevo Gobierno de Nicaragua solicita la extradición del ex dictador Anastasio Somoza. 1985. China y los Estados Unidos firman un acuerdo de colaboración nuclear para fines pacíficos. 1987: Estados Unidos suspende toda la ayuda económica y militar a Panamá, para forzar la salida del General Noriega. 1997. Clonado por primera vez un mamífero vivo, resultando lo que se conoce como la oveja Dolly. 1999. Muere el rey Hassan II de Marruecos de una neumonía aguda. Le sucede el príncipe Sidi Mohamed, que reina con el nombre de Mohamed VI. 2001. El Parlamento indonesio destituye al presidente Abdurrahman Wahid, acusado de corrupción e incompetencia y nombra sucesora a la vice presidenta Megawati Sukarnoputri, hija de Sukarno, el que fuera primer mandatario de la República. -La Cumbre del Clima, celebrada en Bonn (Alemania), logra alcanzar un acuerdo mundial para avanzar en la reducción de los gases de efecto invernadero que provocan el calentamiento global de la Tierra. 178 países votaron a favor del pacto, que sólo fue rechazado por Estados Unidos. 2009. Sudáfrica, el país más afectado por el SIDA, anunció el comienzo de pruebas clínicas en humanos de la primera vacuna contra el VIH/SIDA diseñada en el continente africano. 2012. En Irak, una ola de atentados terroristas en diversas ciudades del país deja unas 110 personas muertas y 161 heridas. - Es expulsado del Ejército venezolano y puesto en libertad por orden militar, el coronel Silvino Bustillos, detenido días antes tras denunciar al presidente Hugo Chávez por supuesta violación de las leyes electorales. 2015. Un comité del Senado estadounidense aprueba una enmienda para levantar totalmente las restricciones a los viajes a Cuba, una iniciativa que llega al Capitolio menos de una semana después de que ambos países reanudarán sus relaciones. -La Agencia Nacional de Aeronáutica y el Espacio (NASA) anuncia que su telescopio Kepler detecta el primer planeta habitable en la órbita de una estrella similar al Sol, lo que le convierte en uno de los mejores candidatos para albergar vida extraterrestre. 2018. El presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, descarta renunciar al cargo antes de terminar su mandato en 2021, como reclaman sus opositores en multitudinarias protestas que dejan casi 300 muertos durante los últimos tres meses. -La Corte Nacional de Justicia ratifica a unanimidad, la orden de prisión del expresidente Rafael Correa, quien es procesado judicialmente al ser vinculado con el proceso de secuestro en agosto de 2012 del antiguo asambleísta opositor Fernando Balda. 2021. La primera dama de Haití, Martine Moise, pide justicia para el asesinado presidente del país, Jovenel Moise, asegurando que "fue abandonado y traicionado, exponiendo la fealdad y cobardía de sus asesinos", en la ceremonia civil en honor de su esposo celebrada en Cap-Haitien, donde fue enterrado. 2024. Fallece a la edad de 99 años el trigésimo noveno presidente de Estados Unidos (1977-1981), James Earl Carter Jr. (Jimmy Carter), considerado como el exmandatario más longevo de la historia de ese país, quien antes había fue gobernador del estado de Georgia y senador estatal (1962-1966). - La directora del Servicio Secreto estadounidense, Kimberly Cheatle, dimite tras las críticas suscitadas por los errores en la seguridad del mitin en Butler (Pensilvania) en el que el expresidente Donald Trump (2017-2021) sufrió un intento de asesinato. 2025. Brasil anuncia su intervención formal ante la Corte Internacional de Justicia para unirse a la demanda de Sudáfrica que alega genocidio en Gaza.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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