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54Grado.com : Hoy es sábado 21 de marzo del 2026 . Faltan 285 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1499. El almirante Cristóbal Colón es sustituido como gobernador de La Española por Francisco Bobadilla, lo que fue atribuido por las constantes revueltas de indios y españoles. 1843. Entran en Puerto Príncipe, al mando del general Charles Herard, las tropas de la revolución iniciada en la hacienda Praslín contra el presidente Boyer. 1844. La Junta Central Gubernativa nombra a Juan Pablo Duarte para que al lado del general Pedro Santana coopere con la defensa de la patria. 1849. El presidente Manuel Jiménez emite un decreto mediante el cual dispone que el Poder Ejecutivo fuera ejercido desde el día siguiente por el Consejo de Secretarios de Estado. 1967. El Presidente Joaquín Balaguer ofrece RD$25 mil de recompensa a la persona que ofrezca información que conduzca al esclarecimiento y una crea una Comisión Especial encargada de investigar el atentado perpetrado en la fecha contra el general Antonio Imbert Barreras. 1974. Las organizaciones de izquierda que formaban parte del "Bloque de la Dignidad Nacional", consideran que el principal y más grave error cometido en el mitin del domingo 17 de este mes, fue la retirada intempestiva del profesor Juan Bosch de esa actividad. 1982. El líder del PRD, José Fco. Peña Gómez es postulado a la sindicatura del Distrito Nacional, para las elecciones del 16 de mayo de ese año. 2008. En el sermón de las Siete Palabras, sacerdotes católicos condenan la pobreza, la concentración de riquezas y la corrupción, así como el uso de los recursos públicos en campaña política. -El Consejo Presidencial del sida en playas y ríos revela que al menos 70 personas resultan positivas en la prueba del VIH durante la campaña realizada en esos lugares, realizados de manera aleatorios. 2020. El gobierno dispone mediante el decreto 135-20, la imposición de toque de queda en todo el territorio nacional a partir de esta fecha, quedando prohibido el tránsito y circulación de personas desde las 8:00 PM hasta las 6:00 AM, hasta el tres de abril, exento el personal médico, paramédicos y otros profesionales de la salud que se desplacen a atender una emergencia. 2022. Los presidentes de República Dominicana, Luis Abinader; Costa Rica, Carlos Alvarado Quesada, y Panamá, Laurentino Cortizo Cohen, firmaron la Declaración de San José que reitera la voluntad de "trabajar decisivamente en la promoción de acciones concretas, "sobre la base del respeto de los derechos humanos, la sostenibilidad y los valores democráticos". -Fallece a la edad de 82 años la ex primera dama Rosa Altagracia Eulogia Gómez Arias de Mejía, tras sufrir un infarto, mientras se encontraba en su residencia. 2025. Uno de los archivos desclasificados por el presidente Donald Trump sobre el asesinato del presidente John F. Kennedy, ocurrida el 22 de noviembre de 1963, señala que el entonces presidente dominicano, Juan Bosch, "tuvo intenciones de colaborar con EEUU la Agencia Central de Inteligencia (CIA), para derrocar al dictador haitiano François Duvalier (Papa Doc), pero dio marcha atrás a estos intentos. -El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) anuncia la clausura tres emisoras de radio y seis negocios revendedores de servicios de internet que operaban ilegalmente, como parte de los esfuerzos para garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes en el sector y proteger el uso adecuado del espectro radioeléctrico. Internacionales: 1227. El Cardenal Ugolino es escogido Sumo Pontífice de la Iglesia Católica, con el nombre de Papa Gregorio IX. 1551: Diego de Nazariegos, compañero de Hernán Cortés, es nombrado gobernador de Cuba. 1556. Es quemado como hereje en Oxford el obispo Thomas Cranmer. 1776. Gran Bretaña prohibe ejercer el comercio con las colonias americanas insurrectas. 1788. En Estados Unidos, un incendio destruye completamente la ciudad de Nueva Orleans. 1800. En Venecia, mientras la cúpula de la iglesia desaloja Roma debido al conflicto armado, Pío VII es coronado con una tiara papal temporal hecha de papel maché. -Los ingleses derrotan a los franceses en Egipto. - El Cardenal Bernabé Gregorio Chiaramonti es escogido Sumo Pontífice de la Iglesia Católica, con el nombre de Papa Pío VII. 1843. Vaticinado por el milenarista William Miller, de acuerdo con su interpretación de las profecías de Daniel (Antiguo Testamento), este día debía haber comenzado el fin del mundo. 1847. Guatemala proclama su independencia. 1916. Durante la Primera Guerra Mundial, tropas austrohúngaras degüellan a 9.000 civiles serbios. 1933.-Desaparece la república de Weimar en Alemania y comienza el tercer Reich. 1935. Persia cambia su nombre por el de Irán. 1937. En Ponce (Puerto Rico), por órdenes del gobernador estadounidense Blanton C. Winship, la policía dispara contra una manifestación pacífica, acción que históricamente se conoce como "La Masacre de Ponce", la que provocó la muerte 16 adultos y una niña de 13 años de edad. 1945. En el marco de la Segunda Guerra Mundial, aviones británicos llevan a cago en Copenhague (Dinamarca) la Operación Cartago, bombardeando el cuartel de la Gestapo, causando la muerte a 55 soldados alemanes y 55 civiles daneses. 1960. En lo que se conoce como la "Masacre de Sherperville", la policía sudafricana asesina 56 civiles que protestaban contra leyes discriminatoria. 1961. En Miami, las dos principales organizaciones de exiliados cubanos pactan y forman un gobierno en el exilio, presidido por José Miró Cardona. -El gobierno marroquí entrega a los embajado­res de sus respectivos países, los 11 técnicos petroleros secuestrados el día 11 en la provincia española del Sahara. 1963. Cierra definitivamente la prisión de Alcatraz de San Francisco (California), luego de 29 años en uso, durante los cuales albergó 1545 reclusos. 1966. En Nueva York, la Asamblea General de la ONU proclama el "Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial" en memoria de la Masacre de Sharpeville (Sudáfrica) en esta misma fecha en 1960. 1993. El congreso salvadoreño otorga amnistía plena para los militares acusados de haber cometido atrocidades contra civiles. 2005. En Red Lake (Minnesota), el adolescente Jeffrey Weise, de 16 años mata a su abuelo y a la abuela de su novia, tras lo cual se dirige a su escuela ultimando a tiros cinco alumnos, un profesor y un guardia de seguridad antes de suicidarse. 2006. Jack Dorsey, uno de los fundadores de Twitter, publica su primer tweet. 2015. El obispo de la diócesis chilena de Osorno, Juan Barros, asume en medio de protestas y de una gran polémica por las acusaciones en su contra como cercano colaborador del sacerdote Fernando Karadima, hallado culpable por el Vaticano de abusos y condenado a una vida de oración y penitencia. 2018. El presidente de Perú, Pedro Pablo Kuczynski, anuncia su renuncia al cargo tras la divulgación de videos en los que se observa a varios de sus aliados presuntamente intentado comprar el voto de legisladores para evitar su posible destitución en el Congreso. -El expresidente de Francia Nicolas Sarkozy es imputado por haber financiado ilegalmente con dinero libio la campaña electoral que en 2007 le llevó al poder, pero es dejado en libertad bajo control judicial. 2019. El presidente de EE UU, Donald Trump, reconoce formalmente la soberanía de Israel sobre los Altos del Golán, un territorio sirio ocupado por el Estado judío desde 1967. - El expresidente brasileño Michel Temer es detenido como presunto cabecilla de "una organización criminal" que habría desviado centenas de millones de dólares a lo largo de cuatro décadas. - César Sayoc, acusado de enviar 16 paquete-bomba de fabricación casera a 13 figuras públicas, entre ellas el expresidente de Estados Unidos Barack Obama y la exsecretaria de Estado Hillary Clinton, se declara culpable ante un juez de Nueva York. 2020. El uruguayo Luis Almagro, logra su reelección como secretario general de la Organización de los Estados Americanos (OEA) hasta 2025, al recibir 23 votos frente a los 10 de su única competidora, la excanciller ecuatoriana María Fernanda Espinosa. 2021. Las autoridades israelíes confiscan la documentación de viaje del ministro de Asuntos Exteriores palestino, Riyad al Maliki, a su regreso de una visita a la sede del Tribunal Penal Internacional (TPI) en La Haya, Países Bajos, donde denunció la ocupación israelí. 2022. Ya no queda casi nada del nuevo centro comercial "Retroville", situado en el noroeste de Kiev, la capital de Ucrania, tras ser bombardeado por las fuerzas rusas, un ataque que dejó al menos ocho muertos, según un informe oficial provisional. - Un Boeing 737 operado por China Eastern Airlines con 132 personas a bordo se estrella cerca de la ciudad-prefectura de Wuzhou al sur de China, cuando volaba de la ciudad de Kunming a Cantón. 2024. El Ministerio de Defensa ruso Serguéi Shoigú, informa que las empresas del complejo militar-industrial localizado en la provincia de Nizhni Nóvgorod inicia la producción en serie de las bombas aéreas altamente explosivas de tres toneladas FAB-3.000. - Una filial del grupo extremista Estado Islámico, reivindica el más letal atentado llevado a cabo en suelo ruso en los últimos años, a la sala de conciertos en Moscú con un saldo mayor de 154 personas fallecidas y 180 heridos, por cuya acción fueron detenidas 11 sospechosos. Semanas antes EEUU había alertado a las autoridades rusas sobre un ataque inminente a multitudes. 2025. Conforme a las estadísticas de la Organización Internacional para las Migraciones de Naciones Unidas (OIM), el año pasado, al menos 1,233 personas habrían fallecido en las rutas migratorias del continente americano, lo que significó un descenso del 12 %, por segundo año consecutivo, después de una cifra récord de 1,529 desaparecidos registrada en 2022. - El gobierno estadounidense tiene en agenda revocar a partir del próximo 24 de abril, el "parole humanitario" (permiso migratorio) que ha permitido residir y trabajar temporalmente en Estados Unidos a 530.000 cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos, según un borrador publicado en el Registro Federal.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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