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Circula por primera vez en el país el diario gratuito El Día, bajo la dirección del periodista y abogado Rafael Molina Morillo. 2005. El juez del Tercer Juzgado de Instrucción de la provincia Santo Domingo, William Encarnación, dispone la prisión de fray Meregildo Díaz y Díaz, quien era investigado con relación al asesinato de los esposos Joel Alexander Díaz Sarmiento y Yaniris Sánchez Ruiz. 2009. Un tribunal condena a 10 años de prisión al banquero Pedro Castillo, por alegadas irregularidades durante el tiempo que se desempeñó como presidente del Consejo de Directores del Banco del Progreso. 2012. Fallece de un paro cardíaco a la edad de 75 años, el locutor, productor de TV y ex alcalde del Distrito Nacional, Rafael Corporán de los Santos, quien dos días antes de ser homenajeado. 2015. El ministerio de Relaciones Exteriores, dispone la suspensión de los servicios que ofrecen los cuatro consulados en Haití, debido a las agresiones de que han sido objeto las legaciones diplomáticas por grupos haitianos, en protestan por supuestos maltratos a sus compatriotas en territorio dominicano. -Al menos 10 partidos políticos agrupados en el denominado Bloque Progresista, ofrecen su respaldo moral al ex presidente Leonel Fernández, frente a las acusaciones en su contra hechas por el narcotraficante Quirino Paulino Castillo, quien le reclama una supuesta deuda de RD$200 millones aportados para la campaña electoral del 2004. 2024. La Junta de Aviación Civil (JAC) anuncia la suspensión "con efecto inmediato" de las operaciones aéreas de pasajeros y carga desde y hacia Haití, debido al deterioro de la situación en el país vecino, sumergido en una crisis agravada desde la semana pasada. 2025. El presidente del Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), Celso Juan Marranzini, advierte sobre el impacto que podrían tener las iniciativas legislativas y decisiones tributarias tomadas sin el debido consenso con los sectores productivos, los los que podrían afectar la confianza del sector privado, las inversiones y la generación de empleo. Internacionales: 254. Muere en Roma, el Papa Lucio I, quien se caracterizó por prohibir la cohabitación entre hombres y mujeres que no fuesen consanguíneos e impuso a los eclesiásticos no convivir con las diaconisas que le daban hospitalidad por sentimientos caritativos. 1496: El rey Enrique III de Inglaterra encomienda a John y Sebastián Cabot el descubrimiento de nuevas tierras. 1933 En Alemania, Adolfo Hitler gana las elecciones parlamentarias, pero no consigue la mayoría absoluta en el Parlamento. 1946. Sir Winston Churchill advierte sobre el peligro de la expansión comunista y se refiere a la "Cortina de Hierro" que divide a Europa, iniciándose así la llamada "Guerra Fría". 1953 Muere el dictador soviético José Stalin. 1966. En Brasil, las autoridades revela un descomunal robo de materiales nucleares 2001. En Santee (California), un joven de 15 años mata a dos alumnos y hiere a otras 13 personas en su liceo. 2008. La Organización de Estados Americanos (OEA) condena a Colombia por violar la soberanía e integridad territorial de Ecuador en la incursión sobre una base de las FARC. 2013. Fallece en el hospital militar de Caracas, Venezuela, a la edad de 58 años, el presidente Hugo Chávez, víctima de un sarcoma o cáncer pélvico. 2014. El presidente venezolano Nicolás Maduro, anuncia la ruptura de relaciones diplomáticas y políticas con Panamá, como respuesta a la solicitud de esta última de convocar una sesión extraordinaria de la OEA para analizar la situación venezolana. 2015. El ex presidente del Supremo panameño, Alejandro Moncada Luna se convierte en el primer magistrado de ese organismo que es condenado por delitos de corrupción y enviado a una cárcel. -North Bonneville, del estado de Washington, se convierte en el primer pueblo estadounidense que inaugura una tienda para la venta de marihuana, propiedad de la Alcaldía, una iniciativa pensada para fomentar el turismo. 2018. Unos 3,000 diputados chinos aplauden calurosamente la reforma que ofrece a Xi Jinping, un mandato ilimitado, con el objetivo de transformar al gigante asiático en superpotencia mundial. -En Nigeria, un brote sin precedentes de fiebre de Lassa, enfermedad mortal que posee un alto potencial epidémico que se manifiesta en forma de hemorragia viral aguda, actualmente sin cura que se produce por contacto con la orina o las heces de roedores de la especie Mastomys natalensis, causa estragos esta nación Africana. 2019. El presidente Comité Judicial de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, Jerrod Nadler, pide a 60 personas relacionadas con el presidente Donald Trump, documentos sobre su supuesta obstrucción a la Justicia, corrupción y abuso de poder. - La Iglesia Católica admite que 101 sacerdotes han sido llevados a proceso por delitos sexuales desde el año 2010 en México, sin informar su estatus ni resultado de las acusaciones ante las autoridades civiles. 2021. El Gobierno venezolano anuncia la emisión de un nuevo cono monetario con la incorporación de tres nuevos billetes de 200,000, 500,000 y un millón de bolívares, teniendo este último un valor de 50 centavos de dólar. 2023. El gobierno de Nicaragua declara ilegal el Consejo Superior de la Empresa Privada y las 19 cámaras que lo integran, alegando incumplimiento en la actualización de sus permisos para trabajar, cuyos máximos directivos fueron encarcelados en 2021 y deportados en febrero de este año. 2024. Después de varios días en paradero desconocido, el primer ministro, Ariel Henry, llega a San Juan de Puerto Rico procedente de Estados Unidos, país al que había ido tras su estadía en Kenia, mientras el jefe de las bandas armadas Jimmy Chérizier, alias (Barbecue), asegura que si no dimite, el país se encamina a un "genocidio". - Israel y Hamás acuerdan los "puntos básicos" para alcanzar una tregua de 40 días, entre los que se incluye el canje de 40 rehenes israelíes por 404 presos palestinos en cárceles israelíes. - "El conflicto en Ucrania es bueno para la industria y la economía de EE.UU.", proclamó el secretario de Defensa, Lloyd Austin, durante una reunión del Consejo de Competencia de la Casa Blanca, en la que también participa el presidente Joe Biden. 2025. El presidente de Panamá, José Raúl Mulino, afirma que su homólogo de Estados Unidos, Donald Trump, "nuevamente miente" al afirmar que el Canal de Panamá está "en proceso de recuperación" por parte del Gobierno estadounidense. - La provincia de Ontario suspende un contrato de 100 millones de dólares con el servicio de internet por satélite Starlink, propiedad del empresario Elon Musk, en represalia por los aranceles impuestos por EE.UU. contra Canadá.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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