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Fuerzas militares de los Estados Unidos establecen su campamento en el sector San Gerónimo y en otros lugares circundantes de Santo Domingo, exigiendo su rendición a los revolucionarios encabezados por Desiderio Arias. 1932. El presidente del Partido Dominicano, Mario Fermín Cabral, inscribe en la Junta Central Electoral el Partido Dominicano, la plataforma en que basó su política la dictadura del general Rafael Trujillo. 1965. Francotiradores de la 82va. División norteamericana disparan contra la zona constitucionalista, desde la azotea de la empresa Molinos Dominicanos, durante la guerra patria de este año. -El llamado Gobierno de Reconstrucción Nacional encabezado por el general Antonio Imbert recibe fondos del tesoro norteamericano para pagar su nómina de empleados. 1975. Todos los oficiales de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional firman sendos comunicados en los que respaldan "irrestrictamente las medidas tomadas y que en el futuro pudiere tomar nuestro Comandante en Jefe, Dr. Joaquín Balaguer". 2005. El expresidente Hipólito Mejía anuncia su decisión de presentarse como testigo en el juicio por difamación e injuria interpuesto por el senador Hermani Salazar contra el abogado y dirigente político Marino Vinicio –Vincho- Castillo y Rodríguez. 2009. La Federación Nacional de Transporte la Nueva Opción (Fenatrano), el Movimiento Unitario de Choferes de la Capital (Muchoca) y el Consejo Nacional de Choferes (Conachof) son sometidas a los tribunales por el Fondo de Desarrollo del Transporte Terrestre (Fondet), que las acusa de abuso de confianza y distracción de recursos pagados por sus afiliados para financiar vehículos a través del Plan Renove. 2010. El Poder Ejecutivo remite a la Suprema Corte de Justicia el acuerdo firmado entre los gobiernos de la República Federativa del Brasil y de la República Dominicana sobre cooperación de control preventivo de la constitucionalidad y supremacía de la Constitución. 2020. A pesar de que la frontera está cerrada y el mercado binacional no se realiza desde hace varias semanas, decenas de haitianos se asoman a la línea divisora en Pedernales, con la esperanza de cruzar a comprar alimentos para sus familiares. 2021. El gobierno dominicano anuncia un nuevo acuerdo con la farmacéutica Pfizer para la compra de dos millones de dosis más de su vacuna a las que ya habían sido pactadas, sumando así un total de 9,999,990 inoculaciones. 2022. El presidente Luis Abinader, a través de su consultor jurídico, Antoliano Peralta, comunica al Consejo Económico y Social (CES) que bajo ningún concepto impondrá la reforma constitucional propuesta si no cuenta con el aval de los sectores políticos, por lo que anuncia el retiro de su iniciativa. 2025. Llega a la República Dominicana en una visita oficial de dos días, el ministro de Exteriores de Kenia, Musalia Mudavadi, durante la cual se reúne con el presidente Luis Abinader, con el propósito de afianzar la cooperación bilateral y discutir el liderazgo del país africano en la pacificación de Haití. Internacionales: 1745. En el marco de la Guerra de Sucesión Austriaca, fuerzas francesas derrotan al ejército anglo-neerlandés en la Batalla de Fontenoy. 1797. Varios barcos de la armada británica, influidos por la Revolución Francesa, izan la bandera roja. 1812. El comerciante John Bellingham asesina de un balazo en el pecho al primer ministro británico Spencer Perceval, cuando entraba a la Cámara de los Comunes. 1814. En España, Fernando VII anula la Constitución de Cádiz y la legislación de las Cortes de Cádiz. -El marqués Arthur Coley Wellesley es nombrado duque de Wellington, como reconocimiento a su campaña contra Napoleón. 1820. En Inglaterra se realiza la botadura del HMS Beagle, barco que, una década más tarde, llevará a Charles Darwin a su viaje científico. 1858. Minnesota se convierte en el estado número 32 de Estados Unidos. 1916. El científico judío-alemán Albert Einstein publica las conclusiones de su Teoría General de la Relatividad. 1949. Siam cambia su nombre oficial por Tailandia. 1960. El exnazi Adolf Eichmann es capturado por un comando israelí en Buenos Aires. 1984. El pueblo chileno sale a la calle para manifestarse contra la dictadura del general Augusto Pinochet Ugarte. 1995. En Nueva York, más de 170 países deciden extender el Tratado de No Proliferación Nuclear de forma indefinida y sin condiciones. 2001. Los programadores Jason Richey y Toan Vo abren 11 wikis para iniciar las diferentes ediciones de Wikipedia en varios idiomas, entre ellos el español. 2010. El arzobispo de Dublín, Diarmuid Martin, denuncia la existencia de fuerzas poderosas en la Iglesia Católica irlandesa "que prefieren mantener oculta la verdad" sobre los abusos sexuales cometidos contra menores por curas pederastas en este país. 2012. Un hombre lanza un zapato contra el ultraderechista y fundamentalista cristiano Anders Behring Breivik durante el juicio en Oslo por los atentados del pasado 22 de julio en Noruega, en los que murieron 77 personas. -Los "indignados" anuncian retomar las protestas en distintos puntos de España, al aproximarse el primer año de su nacimiento: el 15 de mayo de 2011. 2014. En Venezuela, dos tribunales ordenan el arresto y enjuiciamiento de 11 jóvenes detenidos en dos de los cuatro campamentos opositores desmantelados por fuerzas policiales y militares. 2019. El dirigente opositor venezolano Juan Guaidó revela haber "dado instrucciones" a su enviado político en Washington, Carlos Vecchio, para iniciar contactos con las fuerzas armadas de Estados Unidos con el fin de aumentar la presión contra el presidente Nicolás Maduro y obligarlo a renunciar. 2020. Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) alertan de que el número de muertos por el coronavirus en la ciudad de Nueva York podría ser alrededor de 24,000 personas más alto que las cifras oficiales. 2021. Un adolescente abre fuego en una escuela de la ciudad rusa de Kazán, provocando la muerte de nueve personas, entre ellas siete estudiantes de octavo grado, un maestro y otro trabajador escolar, así como 21 hospitalizadas. -El Ministerio de Salud palestino confirma el asesinato de la periodista Shireen Abu Akleh, que laboraba para el canal de TV Al Jazeera, por fuego israelí durante una redada del Ejército en la ciudad de Yenín, al norte de Cisjordania ocupada. 2024. El Ejército ucraniano anuncia que las fuerzas rusas han intensificado durante las últimas horas sus operaciones en la región de Járkov, con nuevos ataques en dirección a siete poblaciones de la zona, por lo que casi 2,000 personas han abandonado sus hogares. 2025. El presidente de EE. UU., Donald Trump, pide a Ucrania aceptar «de inmediato» la propuesta del presidente ruso, Vladímir Putin, de reunirse en Turquía, para que ambos puedan determinar si un acuerdo es posible.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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