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54Grado.com : Hoy es jueves 9 de julio del 2026 Faltan 175 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1809. Con la entrega del Castillo de San Gerónimo, el baluarte de la Puerta del Conde y otras plazas a los líderes criollos encabezados por Juan Sánchez Ramírez, los franceses abandonan Santo Domingo y se restablece el dominio español sobre la parte occidental de la isla. Este período es conocido como "España Boba". 1822. Vicente Celestino Duarte y Díez –hermano del Padre de la Patria, Juan Pablo- contrajo matrimonio en Santo Domingo, con la señorita María Trinidad Villeta y Ponce de León. 1843. En conocimiento de que el movimiento independentista había sufrido dilaciones frente a la inminente llegada del general Charles Rivier, con intenciones de detener a sus principales dirigentes, Juan Pablo Duarte se refugió en la casa de José Ginebra, situada en La Atarazana. 1844. El Padre de la Patria Juan Pablo Duarte es recibido en Puerto Plata con varias expresiones de adhesión al movimiento iniciado en Santo Domingo días antes, el cual lo había proclamado Presidente de la República. 1856. Con el decreto 435, Manuel de Regla Mota nombra al general Lorenzo Santamaría secretario de Guerra y Marina y a Miguel Lavastida y Fernández encargado del despacho de Relaciones Exteriores. 1865. El general José de la Gándara y Navarro reduce a prisión un grupo de dominicanos y dominicanas de prestancia, a los que se lleva como rehenes al abandonar la ciudad de Santo Domingo a bordo del vapor Vasco Núñez de Balboa "como garantía de los prisioneros españoles que habían hecho los soldados de la restauración. 1894. Falleció el médico Pedro Antonio Delgado, quien prestó valiosos servicios a la ciudadanía durante las epidemias que azotaron al país. 1959. El embajador dominicano en Ecuador, Homero Hernández Almánzar, renuncia a su cargo en una comunicación enviada al presidente Héctor Trujillo, en protesta por la masacre perpetrada contra los expedicionarios de Constanza, Maimón y Estero Hondo. 1961. Unos 300 estudiantes universitarios se reúnen en la capital para demandar del gobierno la autonomía de la Universidad de Santo Domingo, siendo esta la primera actividad en procura de ese propósito. - Queda constituido formalmente el partido político "14 de Junio". 1965. El bando constitucionalista presidido por Francisco Alberto Caamaño comunica el comité Ad Hoc de la OEA su no objeción a un gobierno provisional presidido por Héctor García Godoy y Eduardo Read Barreras. 2004. La comisión del Senado de Estados Unidos sobre los servicios de inteligencia afirma que eran "erróneas" las afirmaciones del Gobierno acerca de la existencia de armas de destrucción masiva en Irak, como motivo para la invasión de ese país, pero absuelve a la Casa Blanca. 2014. La República Dominicana y Haití reanudan el diálogo bilateral de alto nivel que busca llegar a acuerdos en temas de interés común, como la migración y la seguridad, luego de ser aplazado varias veces en mayo. 2015. Una misión de la Organización de Estados Americanos (OEA) constata en la frontera la situación migratoria generada por el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros, acción que repetirá en el lado haitiano. 2018. La Justicia de Panamá condena a 50 años de prisión a los dominicanos Gilberto Ventura Ceballos y Alcibíades Méndez por el homicidio y secuestro de cinco jóvenes panameños de raíces asiáticas, un caso registrado entre 2010 y 2011 y que conmocionó al país centroamericano. 2020. La República Dominicana se convierte en el principal exportador de banano y cacao orgánico a la Unión Europea, con 324 mil toneladas exportadas en 2019, según un informe de la Comisión Europea sobre la importación de productos orgánicos provenientes de terceros países. 2022. Conforme a un documento del gubernamental Banco de Reservas, la entidad se convierte en la primera entidad dominicana que alcanza un activo ascendente a RD$1,012.1 billones, equivalentes a un "trillón" de pesos. Internacionales 1762. En Rusia, Catalina II asume el cargo de emperatriz como sucesora de su marido Pedro III, asesinado en un complot. 1789. Francia: la Asamblea Nacional se declara Asamblea Constituyente. 1816. El Soberano Congreso, bajo la presidencia de Narciso Laprida, declara en Tucumán la Independencia de las Provincias Unidas en Sudamérica (actuales Argentina, Bolivia, Paraguay, Uruguay, Santa Catarina y Río Grande del Sur de Brasil). 1821. El libertador y general argentino José de San Martín, al mando de su ejército, entra en Lima, la capital de Perú. 1930. Nace en la ciudad de San Pedro de Macorís, el empresario Mario Lama Handal, hijo del matrimonio del comerciante Pedro J. Lama y doña Afife Handal de Lama. 1854. Barcos estadounidenses inician el bombardean y destruyen la costa atlántica de Nicaragua, para vengarse de un insulto proferido contra el Embajador estadounidense 1859. Se firma en Madrid un tratado mediante el cual España reconoce a Argentina como nación "libre, soberana e independiente". 1960. El presidente de los Estados Unidos, Dewigt D. Eisenhower, proclama que no tolerará jamás el establecimiento en el hemisferio americano de un régimen "dominado por el comunismo internacional". -La Unión Soviética, a través de su presidente Nikita Jruschov, amenazó con atacar con misiles a EE UU, en caso que ese país decidiera intervenir en Cuba. 1961. En Turquía, un referéndum aprueba la nueva Constitución, reforzando los poderes del presidente de la república, en detrimento del Parlamento, y en Atenas es firmado el acuerdo de asociación de Grecia a la Comunidad Económica Europea. 1981. El dirigente guerrillero nicaragüense Edén Pastora renuncia a sus cargos y vuelve a la lucha, esta vez contra sus antiguos compañeros del FSLN, a quienes acusa de haber instaurado una dictadura comunista. 1982. Un avión 727 de Pan Amercian se estrella en una zona residencial de New Orleáns, causando la muerte de 149 personas. 1998.- El presidente electo Andrés Pastrana celebra una primera reunión con el jefe y fundador de las FARC, Pedro Antonio Marín, "Tirofijo". 1994. Kim Jong II, hijo del fallecido presidente Kim il-Sung, se proclama nuevo jefe de Estado de Corea del Norte. 2005. La Policía italiana informa la detención de 142 personas en dos días de redadas antiterroristas en Milán, Roma, como consecuencia de los ataques terroristas de Londres. 2006. Ciento cincuenta personas mueren al estrellarse un avión A-310 con 200 pasajeros a bordo contra un edificio durante la maniobra de aterrizaje en el aeropuerto de la ciudad rusa de Irkutsk (Siberia). 2011. Es asesinado en Guatemala el cantautor argentino Facundo Cabral, durante un ataque a tiros al vehículo en el que viajaba rumbo al aeropuerto de esa nación centroamericana, atribuido a un grupo de sicarios. 2012. En Rusia, alrededor de 200 personas pierden la vida debido a las inundaciones sin precedentes registradas en el sur del país, en el litoral del Mar Negro. 2015. El presidente boliviano, Evo Morales, le regala al papa Francisco una réplica del crucifijo del periodista, cineasta y sacerdote marxista Luis Espinal (1932-1980), asesinado en La Paz (el día anterior, el papa había orado en el sitio donde fue hallado el cadáver del jesuita). -El ex dirigente de la FIFA, el estadounidense Chuck Blazer, es suspendido de por vida de todas las actividades relacionadas con el fútbol profesional por su implicación en los escándalos de corrupción. 2018. El presidente de EE.UU., Donald Trump, nombró al juez conservador Brett Kavanaugh para cubrir la vacante del magistrado del Tribunal Supremo, tras el anuncio de jubilación del derechista moderado Anthony Kennedy. -La Conferencia Episcopal de Nicaragua, mediadora y testigo del diálogo nacional, suspende las mesas de trabajo creadas para superar la crisis que vive ese país debido a la agresión física que sufrieron los obispos en la basílica de San Sebastián, en la ciudad de Diriamba. 2019. Muere en Buenos Aires a la edad de 81 años, el ex presidente argentino (1999-2001) Fernando de la Rúa, quien logró vencer al peronismo en 1999, asumiendo la presidencia el 10 de diciembre de ese año. 2020. El diario estadounidense The New York Times revela que funcionarios federales y expertos estudian la posibilidad de que los hispanos y afroamericanos sean quiénes reciban las primeras dosis de una vacuna eficaz contra el coronavirus que pudiera estar lista a fin de año. - La Corte Suprema de los Estados Unidos determina que el fiscal de Nueva York, Cyrus Vance Jr., tiene derecho a ver los registros financieros privados y comerciales del presidente Donald Trump, lo que representan una derrota para el mandatario, quien había luchado para mantenerlos ocultos. 2021. El gobierno haitiano solicita a Estados Unidos y la ONU, el envío de tropas para proteger sus puertos, aeropuertos y otros sitios estratégicos, tras el asesinato del presidente Jovenel Moise, dijo el viernes un ministro del gobierno haitiano. 2024. Tras casi dos meses de investigación, la Fiscalía de Nueva York concluye que el ex presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado, el demócrata Robert 'Bob' Menéndez, puso su poder en venta, participando en un "caso clásico de corrupción a gran escala". -Al menos 680 reclusos perdieron la vida en cárceles del Ecuador durante el período 2018-2023, según revela un informe presentado el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH), el Comité de Familiares por Justicia en Cárceles y la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), enviado al Comité contra la Tortura (CAT, por sus siglas en inglés) de las Naciones Unidas.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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