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54Grado.com : Hoy es sábado 4 de julio del 2026 . Faltan 180 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1747. Según el historiador Diego Blanco Izquierdo, es fundada la ciudad de Dajabón, por el brigadier español José Solano y Bote, en la margen oriental del río Masacre o Dajabón. 1839. Muere en San Pedro de Macorís monseñor Francisco Fantino Falco, siendo sepultado su cadáver el mismo día en el Santo Cerro. 1844. - Matías Ramón Mella, proclama en el Cibao a Juan Pablo Duarte como Presidente de la República, lo que fue rechazado por el Patricio, argumentando que no emana de unas elecciones. 1845. El Congreso Nacional aprueba la entrada en vigor para toda la República Dominicana de los "Códigos Franceses de la Restauración". 1861. Son fusilados en San Juan de la Maguana, el patricio Francisco del Rosario Sánchez y 21 de los patriotas levantados en armas contra la Anexión. Estos fueron condenados a muerte por un tribunal militar dirigido por el general Pedro Santana. 1889. El Congreso dicta una resolución declarando día de Duelo Nacional el 4 de julio de cada año, como recuerdo a la memoria de los mártires de la Restauración. 1942. Nace en la comunidad de Quinigüa, provincia Santiago, el dirigente de izquierda Henry Segarra Santos, desaparecido durante el llamado "Gobierno de los 12 Años", encabezado por el presidente Joaquín Balaguer. 1958. Es promulgada la Ley 2439, mediante la cual se le otorga poderes a los regidores para asignar los nombres de las calles, avenidas, monumentos, parques, carreteras, plazas y edificios públicos correspondientes a sus respectivos municipios del que forman parte. 1959. Es aniquilado el último grupo de guerrilleros de Constanza, asumido por ser en esta fecha cuando se interrumpió el diario de campaña de Juan Enrique Puig Subirá (Johnny). -Muere en Ciudad Trujillo el médico e historiador Guido Despradel Bautista. 1961. 25 presos políticos condenados por actividades contra la dictadura trujillista y vinculados al Movimiento 14 de Junio, son lndultados, citándose entre estos a José A. Constanzo, Luis José Germán, Miguel Lama Mitre, Federico Michel, Alfredo Parra y José González. -El Senado de la República aprueba suprimir el Servicio Militar Obligatorio, que obligaba a todos los hombres que se encontraran entre los 17 y 35 años de edad a cumplir con este requisito cívico-militar durante 6 meses. 1968. El Presidente Joaquin Balaguer afirma durante una rueda de prensa improvisada en el Palacio Nacional, tras la presentación de credenciales del nuevo Embajador de Haiti, que constituía "un peligro para la nacionalidad dominicana el continuo éxodo de haitianos, razón "por la que estamos en vías de llegar a una superpoblación". 1969. El vicepresidente de la República, Francisco Augusto Lora, rompe con el presidente Joaquín Balaguer al declarar que una reelección del mandatario traería graves consecuencias al país y la define como "una hidra de siete cabezas". 1973. El Poder Ejecutivo emite el decreto No. 3673, mediante el cual confiere al Instituto Tecnológico de Santo Domingo la facultad de expedir títulos académicos con los mismos alcances, fuerza y validez que las demás instituciones universitarias. 1976. Se produce la primera transmisión en vivo por la televisión nacional, para ser transmitido vía satélite fuera del país, originado en la Catedral Primada de América, con motivo de un nuevo aniversario de la Independencia de los Estados Unidos. 1982. Es declarado oficialmente muerto el Presidente Antonio Guzmán Fernández, quien horas antes se disparó a la cabeza en su despacho del Palacio Nacional. El vicepresidente Jacobo Majluta ocupa la presidencia de la República. 1986. Fundamentada en la Convención Universal sobre la materia, es promulgada la Ley 32-86, sobre Derechos de Autor 1994. Un centenar de periodistas desfila en Santo Domingo reclamando que se aclare la desaparición del escritor Narciso González. 2000. El Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), recomienda al Poder Ejecutivo aprobar la Academia Naval de Estudios Superiores, con categoría de Universidad. 2002. El ex presidente Joaquín Balaguer es internado en la clínica Abreu, tras agravarse su estado de salud. 2006. El presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, prohíbe mediante circular a los jueces del país, diligenciar fallos o trámites de expedientes en los tribunales. 2016.- El Papa Francisco acepta la renuncia del Arzobispo de Santo Domingo, Cardenal Nicolás de Jesús López Rodríguez, al superar el límite de edad en los 75 años, nombrando en su lugar a monseñor Francisco Ozoria Acosta, Obispo de la diócesis de San Pedro de Macorís. 2021. En San Francisco de Macorís, tres personas identificadas como Winston Morel Minaya (Winston Kobe); Cesar Reynoso González (Chiky Love) y Geysha Mata Rodríguez, son acribilladas por desconocidos en el barrio San Martin de Porres (Rabo Chivo). 2023. Un nuevo escándalo sale a la luz pública relacionado con el gobierno español, relacionado a los vuelos "fantasmas" realizados por el avión presidencial a la República Dominicana durante los últimos cuatro años, según una publicación del diario español "El Debate". 2024. El Senado de la República aprueba en segunda lectura el proyecto de ley del Código Penal, excluyendo las tres causales del aborto, iniciativa que ahora será enviado a la Cámara de Diputados para su conocimiento y discusión. 2025. El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) y su director, Milton Morrison, presentan una querella ante la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), contra el presidente y la gerente de la empresa Dekolor, Rogelio Oruña y Sandra Oruña, respectivamente, por supuestos intentos de sobornos, amenazas personales y otros delitos. Internacionales: 1498. Cristóbal Colón termina su breve escala en las Islas de Cabo Verde, siendo este el primer contacto de europeos en ruta para América, con un área endémica de fiebre amarilla. 1776. En Filadelfia, el presidente del Congreso Continental, John Hancock, firmó la Declaración de Independencia de las 13 colonias británicas en los Estados Unidos de América. 1846.- Filipinas se independiza de Estados Unidos. 1826. Fallecen el segundo y tercer Presidente de los Estados Unidos, John Adams y Thomas Jefferson, respectivamente. 1884: La Estatua de la Libertad es entregada a los EEUU en París. -Nace el productor de cine Louis B. Mayer, famoso por fundar la Metro Goldwyn Mayer. 1910. En Reno (Estados Unidos) el boxeador afroestadounidense Jack Johnson noquea al boxeador supremacista blanco Jim Jeffries, lo que dispara una serie de atentados en todo el país; mueren unas 20 personas negras, y cientos resultan heridas. 1934. Falleció física, química, matemática y premio Nobel Marie Salomé Sklodowska-Curie. 1941. Josep Broz Tito organiza la resistencia partisana en Yugoslavia. 1946. Estados Unidos reconoce la independencia de Filipinas, aunque el archipiélago continúa bajo su dominación económica. 1964. En Colombia, un grupo de 16 hombres, inspirados en la Revolución Cubana, organizan una protesta en el municipio de San Vicente de Chucurí, en las montañas de Santander, y fundaron el Ejército de Liberación Nacional. 1973. Representantes de Trinidad y Tobago, Barbados, Jamaica y Guyana firmaron el Tratado de Chaguaramas, creando la Comunidad del Caribe (Caricom), la que entró en vigor a comienzos de agosto. 1976. Un comando israelí libera en el aeropuerto de Entebe, Uganda, a los rehenes del aerobús francés secuestrado el 27 de junio, por un comando palestino en cuya acción mueren 31 personas, entre estas Jonathan Netanyahu, líder del equipo que llevó a cabo la operación y único militar muerto de la incursión. 1979. Liberan al ex-presidente de Argelia, Ahmed Ben Bella. 1989. El presidente sudafricano Pieter Botha recibe en su oficina al líder de los movimientos anti Apartheid Nelson Mandela, lo que provoca cierta controversia política. 1991. La Asamblea Nacional Constituyente promulgó la nueva Constitución de Colombia. 1973. Representantes de Trinidad y Tobago, Barbados, Jamaica y Guyana firman el Tratado de Chaguaramas, constituyendo lo que hoy se conoce como Comunidad del Caribe (Caricom), integrado por 15 miembros titulares y 5 miembros asociados". 2005. El Presidente de Costa Rica, Abel Pacheco, ratifica la negativa de ese país a integrarse a una fuerza militar regional, así como al uso de una visa y un pasaporte únicos en Centroamérica. 2014. Dos ex miembros de las Fuerzas Armadas argentina son condenados a prisión perpetua por el asesinato del obispo Enrique Angelelli a comienzos de la última dictadura militar (1976-1983) y que durante más de tres décadas fue encubierto como accidente automovilístico. -El exguerrillero guatemalteco Fermín Solano Barillas es condenado a 90 años de prisión por la masacre de 22 campesinos en noviembre de 1988 a manos de una unidad insurgente bajo su mando. 2022. El Ministerio de Defensa de Rusia denuncia que varias ciudades de Ucrania y de la República Popular de Donetsk, formaciones armadas ucranianas fueron acusadas de valerse de infraestructura civil, escuelas incluidas, para organizar posiciones de tiro y retener a residentes locales por la fuerza. 2023. La Unión Europea necesitará invertir anualmente 700.000 millones de euros adicionales (763.000 millones de dólares) para cumplir con sus planes de transición hacia una economía verde y completar la renuncia a los suministros del gas ruso, según un reportó de la agencia Bloomberg, que cita un informe elaborado por la Comisión Europea. - El obispo nicaragüense Rolando Álvarez, condenado a más de 26 años de prisión por "traición a la patria", es excarcelado por el Gobierno y se encuentra bajo resguardo de la Conferencia Episcopal de Nicaragua. 2024. La victoria prevista del Partido Laborista en las elecciones generales del Reino Unido marca un momento histórico en la política británica moderna y un gran triunfo personal para Keir Starmer, el líder laborista que se convertirá en el próximo primer ministro del país. - La Policía Federal de Brasil decide procesar al expresidente Jair Bolsonaro (2019-2022) por dos causas: las joyas regaladas y vendidas en el extranjero y el esquema de fraude de cartillas de vacunación contra el Covid-19, además de ser acusado de asociación criminal, lavado de dinero y apropiación de bienes públicos, por dos casos que el mandatario siempre ha negado.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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