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Efemérides

54Grado.com : Hoy es miércoles 25 de marzo del 2026 . Faltan 281 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1547. Muere en la Villa de Azua, Hernando Gorjón, rico encomendero, patrocinador de una universidad o colegio que llevó su apellido (Colegio Gorjón). 1843. Juan Pablo Duarte se dirige a San Cristóbal, donde logra que el comandante haitiano pronuncie la villa a favor de los que conspiraban contra Boyer. 1845. Se produce la muerte del general haitiano Augusto Broward, mientras exploraba posiciones militares en las frontera. 1861. Continúan los pronunciamientos a favor de la anexión a España por parte de los generales encargados de Montecristi, Sabaneta y Guayubín. 1864. El Padre de la Patria, Juan Pablo Duarte, regresa al país, luego de cumplir con la misión encomendada de recorrer América del Sur en busca de ayuda para la causa de restaurar la independencia nacional. 1865. Tras la Junta Provisional de Gobierno organizar una nueva Constitución, el general Pedro Antonio Pimentel se convierte en el nuevo presidente de la República. 1874. El presidente Ignacio María Gonzáles, dicta un decreto modificando el arrendamiento de la Península de Samaná, efectuado por Buenaventura Báez, y ratificado el 18 de febrero de este mismo año. 1879. Es creada mediante el decreto No. 1765, la provincia Montecristi, integrada por las comunes: San Fernando de Monte Cristi, común cabecera, Guayubín, Dajabón, Sabaneta y el puesto cantoral de Guaraguanó. 1894. La denominada "rebelión de los azuanos", encabezada por Ignacio María González, con el respaldo de Gregorio Luperón y Casimiro de Moya, cruzan la frontera, para enfrentar el gobierno del presidente Ulises Heureaux, el que los venció fácilmente por la colaboración del presidente haitiano Fiorvil Hippolite. 1895. José Martí y Máximo Gómez firman en Montecristi el famoso Manifiesto, para luchar ambos por la independencia de Cuba. 1936. Muere en Tamboril, provincia Santiago, a la edad de 75 años, el ex presidente Horacio Vásquez. 1962. El ingeniero Mario Penzo Fondeur renuncia como titular de la secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones, alegando que el Consejo de Estado nombraba sistemáticamente funcionarios y empleados sin consultarlo. - Queda constituida la Confederación Nacional de Trabajadores Libres (CONATRAL), con dirigentes disidentes de la original FOUPSA, siendo sus principales dirigentes Robinson Ruiz López, Antonio Checo y Diego Díaz. 1970. El presidente Joaqun Balaguer acepta su repostulación a un nuevo periodo de gobierno en las elecciones del 16 mayo, sellando así la división del Partido Reformista, con el rechazo del vicepresidente Francisco Augusto Lora. 1973. El llamado "Guerrillero Solitario", Hamlet Hermann, es apresado en Villa Altagracia por guardacampestres del ingenio Catarey, finalizando así la presencia en el país de insurrectos encabezados por el cprpnel Francisco Caamaño, en contra el régimen de Joaquín Balaguer. 1995. Monseñor Benito de la Rosa y Carpio es nombrado Obispo de la diócesis de La Altagracia (Higüey). 1999. El Gobierno dominicano deposita en la Organización de Estados Americanos (OEA), el instrumento de aceptación de la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 2002. El Congreso Nacional aprueba el Contrato para la explotación del oro entre el Estado dominicano y la empresa Placer Dome. 2003. El canciller Hugo Tolentino Dipp, renuncia al cargo, como reacción a la orden del presidente Hipólito Mejía de enviar soldados a Irán para apoyar a los Estados Unidos. 2008. Aunque dirigentes peledeistas lo niegan, la Junta Central Electoral dispone eliminar las nóminas de pago de las instituciones estatales, al margen de los funcionarios y empleados públicos que devengan salarios y remuneraciones por servicios regulares. -Al instalar la mesa interinstitucional para la lucha contra el narcotráfico, la secretaría de Interior y Policía informa que el 60% de los crímenes registrados en el país están vinculados a ese ilícito penal. 2014. El Gobierno dominicano proclama ante críticas de Estados Unidos, el derecho que tiene de establecer sus propias reglas migratorias, al impedir la salida del país a la dominico-haitiana Juliana Deguis, por no poseer la documentación requerida. 2020. Funcionarios del área económica del gobierno se reúnen con representantes de diferentes sectores productivos para ofrecerles apoyo que evite desempleos formales e identificar iniciativas para mantener el nivel de colocación en el país como pilar de la economía. 2024. El presidente Luis Abinader expresa que mientras dirija el Estado dominicano no permitirá que se creen campos de refugiados en el país, posición que dijo no cambiara "sin importar quien lo exija". 2025. El diputado Elías Wessin Chávez, revela que el Código Penal no fue aprobado debido a la presión ejercida por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), organismo que afirma financiaba ONG para que defendieran las tres causales del aborto. Internacionales: 1507. Aparece por primera vez la palabra América en un libro que habla del Nuevo Mundo. 1634. Llegan los primeros colonos británicos a la colonia de Maryland (del actual Estados Unidos), enviados por Lord Baltimore (Cecilius Calvert). 1791. En Buenos Aires, Argentina, es reabierta al público, tras 39 años de reconstrucción, la catedral metropolitana, hundida casi por completo en 1952. 1821. Patriotas griegos inician una revolución contra el imperio otomano, la que duró 12 años y culminó con la independencia de Grecia. 1802. Es firmada la "Paz de Amiens" entre Inglaterra y Francia, mediante la cual se devuelve Menora a España. 1825. en Londres (Inglaterra) se ejecuta la Novena Sinfonía de Beethoven por primera vez en Gran Bretaña. 1911. Un incendio en la fábrica de camisas Triangle Shirtwaist de Nueva York provoca la muerte de 146 mujeres, siendo el desastre industrial más mortífero en la historia de esa ciudad y el cuarto en el número de muertes de un accidente industrial en la historia de los Estados Unidos. 1954. Radio Corporation of America (RCA) manufactura el primer televisor a color. 1972. En El Salvador, un grupo de jóvenes militares trata fallidamente de dar un golpe de estado, como reacción al alegado fraude electoral, lo que contribuyó a acelerar el proceso de radicalización social y a engrosar las filas de las recientemente fundadas organizaciones guerrilleras. 1975. Bélgica, Francia, Luxemburgo, Alemania Federal, Italia y Holanda firman el Tratado del Mercado Común y se unen para formar la Comunidad Económica Europea (CEE), origen de la actual Unión Europea (UE). 1976. Las Fuerzas Armadas argentinas deponen el Gobierno de la Presidenta María E. viuda Perón. 1991. Es anunciada la disolución del Pacto de Varsovia. 1992. Retornan a la Tierra los cosmonautas rusos varados en el espacio por la caída de la ex-URSS, después de permanecer en órbita por cinco meses más de lo previsto debido a falta de fondos para costear su regreso. 2006. Muere en su domicilio de las afueras de Madrid, la actriz y cantante española Rocío Dúrcal, tras agravarse el cáncer que padecía desde hacía varios años. 2010. El diario New York Times revela que el Cardenal Joseph Ratzinger (luego Papa Benedicto XVI) ignoró más de 200 quejas de abuso sexual contra el sacerdote Lawrence Murphy, en una escuela católica para niños sordos en Wisconsin entre 1950 y 1974. 2014. El presidente Nicolás Maduro informa la captura y envío ante los tribunales militares, de tres generales que alegadamente pretendían darle un golpe de estado. 2018. Unas 37 personas pierden la vida, entre ellas 9 niños, y más de 40 resultan heridas en el incendio desatado en el centro comercial Zímniaya Vishnia (Cereza de invierno), situado en la ciudad rusa de Kémerovo. 2019. El juez Antonio Ivan Athié, del Tribunal Regional Federal de la Segunda Región de Brasil, concede la libertad al expresidente Michel Temer (2016-2018), preso preventivamente por sospechas de corrupción. -La OEA califica de "inadmisible" la llegada de tropas rusas a Venezuela para prestar apoyo al "régimen usurpador" del presidente Nicolás Maduro, una acción que, señala la institución, viola además la Constitución del país suramericano. 2020. Un tribunal británico niega la libertad condicional a Julián Assange, reclamado por EE.UU. para ser juzgado debido a las revelaciones de su portal WikiLeaks, pese al temor de que contraiga COVID-19 en la cárcel londinense donde está en prisión preventiva. 2021. Con menos de tres meses de ser juramentado, el presidente estadounidense, Joe Biden, revela en su primera rueda de prensa, tener la intención de presentarse a la reelección en los comicios de 2024, junto a la actual vicepresidenta, Kamala Harris, como su compañera de candidatura. -Archivos desclasificados por la Embajada de EE.UU. en Buenos Aires dan cuenta de cómo la Casa Blanca no solo estaba al tanto de que se preparaba un golpe militar para marzo de 1976 en Argentina, sino además que el gobierno de facto sería "prolongado y de una severidad sin precedentes" en su combate a la guerrilla. 2024. El Tribunal Basmanny de Moscú ordena medidas preventivas contra Isroil Islómov y sus dos hijos Aminchon y Dilovar, sospechosos de haber participado en el atentado perpetrado en la sala de conciertos Crocus City Hall en Moscú. 2025. Sergio Alfieri, el médico que se ha ocupado del papa Francisco durante su hospitalización en el hospital Gemelli, revela en una entrevista al diario "Corriere della Sera", que hubo un momento "en el que hubo de decidir entre parar y dejarlo ir o probar con todos los medicamentosy terapias posibles, corriendo un riesgo muy alto".

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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