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Efemérides

54Grado.com : Hoy es sábado 23 de mayo del 2026 . Faltan 222 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1844. El Presidente haitiano, Phillippe Guerrier, ordena perseguir a los autores de la conflagración de Azua y San Juan de la Maguana, ocurrida en la retirada del General Charles Herard. 1872. Muere el munícipe Tomás Bobadilla, hijo del primer presidente de la Junta Central Gubernativa de 1844 de su mismo nombre. 1883. Debido a las diferencias en cuanto al criterio para debatir los límites fronterizos entre República Dominicana y Haití, el canciller Segundo Imbert Delmonte se adhiere a los puntos de vista sostenidos por los dominicanos. 1935. Es creado el Archivo General de la Nación. 1941. El dictador Rafael Trujillo llega a Cabo Haitiano en el yate Ramfis donde es recibido con grandes honores por su viejo amigo, el presidente Elie Lescot . 1950. El Poder Ejecutivo dispone la cancelación del nombramiento del segundo teniente Ulises Sánchez Hinojosa, quien cinco años después, tras llegar a Cuba como falso prófugo antitrujillista, participa en el asesinato en La Habana de Pipí Hernández, regresando al país y reasumiendo su cargo como oficial de la Policía Nacional. 1963. El periodista norteamericano Hal Hendrix, reporta desde Santo Domingo al periódico Miami News, que "la penetración comunista marcha con velocidad durante la administración del presidente Juan Bosch. 1965. Estados Unidos, a través de la OEA, oficializa la presencia de soldados de diferentes naciones del hemisferio la llamada Fuerza Interamericana de Paz (FIP), dirigida por el general brasileño Hugo Panasco Alvin. 1971. Son asesinados en Bruselas, Bélgica el exiliado líder del izquierdista Movimiento Popular (MPD), Maximiliano Gómez Horacio y Miriam Pinedo, viuda Otto Morales Efres, dirigente de la misma organización política asesinado el año anterior. 1976. Muere en un accidente de tránsito en la provincia Santiago, el merenguero típico Tatico Henríquez. 1989. Los diputados convirtieron en ley el proyecto que autoriza a los legisladores importar, libre de impuestos, dos vehículos que no excedan los US$18,000 cada uno. 2004. El juez de Instrucción, Eduardo Sánchez Ortiz, mandó al tribunal criminal a Ramón Báez Figueroa, Vivian Lubrano de Castillo y Marcos Báez Cocco, acusados de desfalcar el Banco Interamericano (BANINTER), por más de RD$55,000 millones. 2005. El ex secretario de las Fuerzas Armadas, Mayor General retirado Miguel Ángel Soto Jiménez, afirma que recomendó al ex presidente Hipólito Mejía cancelar al ex teniente del Ejército, Quirino Ernesto Paulino Castillo, y que el ex mandatario la retuvo para profundizar las investigaciones sobre el alegado enriquecimiento ilícito del entonces militar. 2008. Los secretarios generales de los partidos PRD y PRSC, Orlando Jorge Mera y Víctor Gómez Casanova, respectivamente, señalan que no han recibido propuestas concretas del gobierno sobre una posible concertación para afrontar los grandes desafíos del país. 2013. El Programa de Nacional de Desarrollo de las Naciones Unidas (PNUD) rechaza en un informe técnico la explotación de Loma Miranda por parte de la empresa minera Falcondo Dominicana. 2018. Impulsado por el congresista demócrata de origen dominicano Adrián Espaillat, la Cámara de Representantes de Estados Unidos rinde homenaje a título póstumo al líder perredeísta José Francisco Peña Gómez, en presencia del canciller y presidente del PRD, Miguel Vargas, Peggy Cabral viuda Peña, y otros miembros de ese partido. 2021. Las autoridades a cargo de la aviación y de los aeropuertos nacionales, revelan que el corte de luz producido en la pista de Aeropuerto Internacional de la Américas, fue un "acto vandálico" al cortar de manera "intencional y planificada" los cables eléctricos del circuito que alimenta el sistema de luces en la pista de aterrizaje. 2024. Fallece este jueves a la edad 88 años, Jesús de la Rosa, el ex ministro de Deportes, quien además fue vicerrector Académico de la UASD, así como combatiente de la revolución de abril del año 1965. Internacionales: 1430. Juana de Arco es atrapada por los borgoñones, quienes la entregan a los ingleses. 1618. Se inicia la guerra de los 30 años al triunfar los Rebeldes Bohemios en Praga. 1788.- Carolina del Sur ratifica la Constitución de los Estados Unidos de América y se convierte en el octavo estado de la Unión. 1908. Los Hermanos Wright patentan el aeroplano. 1913. Thomas Edison inventó un teléfono grabador. 1947. Es fundado en Argentina el Partido Justicialista, herramienta electoral perteneciente al Movimiento Nacional Justicialista, fundado por el General Juan Domingo Perón. 1984. El gobierno cubano se une a la decisión de la Unión Soviética y casi todos los países de la órbita soviética de no participar en los Juegos Olímpicos de Los Ángeles, Estados Unidos. 1992. En Italia, es asesinado el juez antimafia Giovanni Falcone, al estallar mil kilogramos de explosivos colocados bajo la autopista que une el aeropuerto de Palermo. 2008. El precandidato demócrata a la presidencia estadounidense, Barack Obama, promete que si llega a la Casa Blanca impulsará una política de alianza con América Latina y tendrá una "nueva estrategia con Cuba" 2010. Las fuerzas de seguridad jamaiquinas enfrentan las protestas de seguidores del narcotraficante Christopher Coke, solicitado en extradición por Estados Unidos por lavado de dinero y narcotráfico. 2011. Son exhumados los restos del presidente chileno Salvador Allende, para iniciar las pericias que determinen las circunstancias de su trágica muerte, durante su derrocamiento el 11 de septiembre de 1973.- 2012. La Gendarmería del Vaticano detiene al mayordomo del papa Benedicto XVI, Paolo Gabriele, por supuestamente revelar documentos secretos (que aparecieron en el libro Su Santidad: los papeles secretos de Benedicto XVI). 2015. En El Salvador, bajo un intenso repicar de campana, es proclamado beato de la Iglesia Católica Oscar Arnulfo Romero, el asesinado arzobispo de San Salvador, a 35 años de su muerte, en una ceremonia que contó con la presencia de millares de personas. 2016. El presidente de Estados Unidos, Barack Obama, anunció en Hanoi el levantamiento del embargo militar a Vietnam, una decisión que supone la "completa normalización" de las relaciones entre dos antiguos países enemigos. -El asesinado arzobispo salvadoreño Oscar Arnulfo Romero, símbolo de una iglesia identificada con los pobres, es proclamado beato en una masiva ceremonia en la capital de su país, a 35 años de su muerte. 2018. El cardenal nicaragüense Leopoldo Brenes informa la suspensión indefinida del diálogo con el presidente Daniel Ortega, del que era mediador entre el gobierno y los grupos que protagonizaron las protestas del último mes, dejando un saldo de menos 76 personas han muerto y 900 heridas. - Fallece en Miami, Florida, a la edad de 90 años, el ex agente de la CIA, Luis Posada Carriles, uno de los más enconados enemigos del régimen cubano de los hermanos Fidel y Raúl Castro. 2019. Estados Unidos presenta nuevos cargos contra el fundador de WikiLeaks, Julian Assange, en los que lo acusa de exponer al país a un riesgo muy grave luego de publicar miles de documentos reservados, incluidos los nombres de fuentes confidenciales de las fuerzas armadas estadounidenses. 2024. Irán sepulta a su presidente Ebrahim Raisí en un mausoleo religioso de la ciudad de Mashad, en el tercer día de masivos funerales que contaron con una recepción a la que asistieron delegaciones de unos 60 países. - El presidente de Estados Unidos, Joe Biden, nombra a Kenia como "aliado principal no miembro de la OTAN", durante la visita de estado de tres días del presidente William Ruto, la primera de un líder africano a Washington desde 2008. 2025. Una jueza federal de Boston (Massachusetts) bloquea temporalmente la decisión del presidente Donald Trump, de paralizar las matriculaciones de estudiantes extranjeros en la Universidad de Harvard, respondiendo a una moción presentada por la academia pidiendo una pausa temporal para eliminar su permiso para acoger a alumnos internacionales.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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