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Efemérides

54Grado.com : Hoy es lunes 2 de febrero del 2026 . Faltan 332 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1851. El enviado especial de Estados Unidos a Haití y República Dominicana, Robert M. Walsh, busca un entendimiento entre ambas naciones, pero tras conversar con sus pares francés e inglés, opina que sólo obligado el gobierno haitiano renuncia a la guerra contra su vecino país. 1863. Fuerzas dominicanas sostienen un reñido enfrentamiento con tropas españolas a orillas del río Ozama. 1865. El Gobierno Restaurador dirige una comunicación a Juan Pablo Duarte en Caracas, informándole de los últimos acontecimientos políticos y exhortándole a que continúe sirviendo a la patria. 1962. Una comisión del PRD encabezada por su dirigente Juan Bosch, visita el Palacio Nacional y somete al Consejo de Estado una serie de ideas encaminadas a solucionar los más urgentes problemas que afronta el país. 1973. El coronel Francisco Caamaño y otros seis hombres más desembarcan por Playa Caracoles, Azua, con el propósito de establecer un grupo guerrillero en el país. 1997. Fallece en la ciudad de Miami, Estados Unidos, el cantante de diferentes géneros, Alberto Amancio Beltrán, conocido mundialmente en el mundo musical como "El Negrito del Batey". 2011. Fallece a la edad de 78 años el periodista Rafael Bonilla Aybar (Bonillita), figura de gran principalía en el golpe de Estado contra el gobierno del profesor Juan Bosch, el 25 de septiembre de 1963. 2014. Fallece a la edad de 88 años la señora Bélgica Adela (Doña Dedé) Mirabal, única sobreviviente de las hermanas Patria, María Teresa y Minerva, asesinadas 53 años antes por la dictadura de Rafael Trujillo. 2015. El embajador dominicano en España, Aníbal de Castro, refuta los conceptos contenidos en el reportaje "Los Niños que no Existen", publicado en el periódico español El País, sobre la nacionalidad de hijos de haitianos nacidos en la República Dominicana, señalando que "se mezclan verdades y especulaciones, y se recrean viejos mitos para una idea distorsionada de lo que es la República Dominicana". 2017. A raíz de la evolución acelerada del mercado de telecomunicaciones, el crecimiento del mismo y de las nuevas tecnologías utilizadas en las redes de telecomunicaciones, el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), anuncia que elabora una propuesta a la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) para la modificación de la Ley General de Telecomunicaciones número 153-98 que regula este servicio en el país. 2018. La diputada Faride Raful denuncia que el Gobierno del extinto presidente de Venezuela Hugo Chávez habría pagado de manera irregular US$10 millones en el 2002 a la empresa dominicana Polis Caribe, de los brasileños Mónica Moura y Joao Santana, como asesoría política, los cuales supuestamente fueron entregados a estos por el actual presidente, y entonces canciller Nicolás Maduro. -El presidente Danilo Medina recibe en su despacho del Palacio Nacional una comisión de 17 legisladores haitianos, sin que los gobiernos de ambos países informaran sobre los temas tratados en el encuentro. 2021. Es oficializado el arresto de Argenis Contreras González, quien había huido a Estados Unidos para evadir el proceso judicial que se le sigue por el secuestro y asesinato del abogado Yuniol Ramírez Ferreras y la comisión de supuestos actos de corrupción. 2022. La Superintendencia de Bancos (SIB) anuncia el inicio del proceso de liquidación del banco de servicios múltiples (Bancamérica), primera entidad de su tipo que afronta ese mecanismo desde la crisis de 2003. - El Gobierno insiste en plantear la modificación de la Constitución de la República para reestablecer el Ministerio de Justicia y la independencia del Ministerio Público, iniciativa llevada para su discusión en la mesa temática sobre Transparencia e Institucionalidad del Consejo Económico y Social (CES). 2023. Los gobiernos dominicano y canadiense firman un nuevo acuerdo de transporte aéreo, mediante el cual se amplían las operaciones entre ambos Estados. Internacionales 1514. Es fundada en la costa norte de Cuba, la villa Santa María del Puerto del Príncipe (la hoy actual capital de la provincia Camagüey). 1516. Juan Díaz de Solís llega al territorio que hoy ocupa la República de Uruguay 1813. Es proclamada la abolición de la esclavitud en las provincias unidas de Río de la Plata, Argentina. 1842. En España, el sacerdote Martín Merino intenta matar con un puñal a Isabel II, hiriéndola levemente en el pecho, siendo inmediatamente arrestado y condenado a muerte. 1848. Se firma el tratado que pone fin a la guerra entre México y Estados Unidos, mediante el cual esta última nación se anexa los territorios de Nuevo México, California, Arizona y Texas. 1919. Adolfo Hitler ordena la disolución del Parlamento Alemán (Reichstang). 1943. Finaliza la batalla de Stalingrado con la rendición del ejercito alemán. 1960. Comienzan en Greensboro (Carolina del Norte) las protestas pa­cíficas de los estudiantes negros que quieren ser atendidos en los restau­rantes públicos. 1962. En Guatemala, el gobierno declara el estado de sitio, tras descubrirse una conjura para asesinar al presidente, a todos los ministros y al prelado metropolitano. 1964. La nave espacial no tripula­da Ranger 6, lanzada dos días antes desde EE UU, llega a la Luna, pero se destroza y no puede enviar la información fotográfica que se esperaba. 1982. En Colombia, el líder del Partido Nuevo Liberalismo, Luis Carlos Galán, descalifica la lista del Movimiento de Renovación Liberal de Antioquia, que incluye la nominación a representante de Pablo Escobar. 1993. Holanda despenaliza parcialmente la eutanasia. 1996. En Moses Lake, Washington, Barry Loukaitis, de 14 años, se viste como un pistolero y mata a tres personas y en Atlanta, Georgia, David Dubose, de 16 años, mata a un profesor. 1999. El ex Teniente Coronel venezolano Hugo Rafael Chávez asume la Presidencia del país y convoca a un referéndum para designar una Asamblea Constituyente que redacte una nueva Carta Magna. 2000. El ex teniente coronel Hugo Antonio Chávez Frías asume como Presidente de la República de Venezuela, anunciando el comienzo de la construcción de la V República. 2006. En Gran Bretaña, un organismo que revisa las medidas antiterroristas alerta sobre la ejecución de posibles nuevos ataques terroristas, entre ellos atentados suicidas como los que mataron a 52 pasajeros del sistema de transporte de Londres el 7 de julio de 2005. 2008. Las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) anuncian, a través de un noticiero de televisión, la liberación por motivos de salud, de los ex congresistas Gloria Polanco de Lozada, Luis Eladio Pérez y Orlando Beltrán, secuestrados en 2001, formando parte desde entonces del grupo de 43 rehenes considerados "canjeables". 2010. El secretario de Defensa de EE. UU., Robert Gates, y el jefe del Estado Mayor Conjunto, almirante Michael Mullen, promueven ante el Senado la anulación de una ley que prohíbe a los soldados gays hablar públicamente de su orientación sexual, so pena de ser despedidos. 2012. En Ucrania, una ola de frío provoca la muerte de 101 personas. 2013. El Frente de Salvación Nacional de Egipto llama a derrocar al presidente Mohamed Mursi, para llevarle ante la justicia. 2016. El primer ministro de Haití, Evans Paul, dimite en medio de la crisis electoral que ha impedido elegir al sucesor del presidente del país, Michel Martelly, cuyo mandato concluye el siete de este mes. -El senador republicano por Texas Ted Cruz, derrota en Iowa a su contrincante Donald Trump, el magnate y showman neoyorquino que ha revolucionado la política estadounidense con su retórica agresiva y sus exabruptos xenófobos. 2020. Un juez boliviano dicta seis meses de prisión preventiva bajo acusaciones de sedición y terrorismo a la apoderada legal del depuesto presidente Evo Morales, encargada de los trámites para su postulación como legislador en las elecciones de mayo. -La policía británica ultima un hombre al que identifica, en el barrio londinense de Streatham, después de apuñalar varias personas en un incidente calificado de "terrorista". 2021. Tras su regreso a su patria, la Justicia rusa impone al líder opositor Alexéi Navalni, una pena de tres años y medio de prisión, al hacer efectiva una sentencia suspendida de 2014 que fue calificada de arbitraria por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. 2022. El presidente Joe Biden ordena el despliegue de 3,000 tropas estadounidenses en territorios de países aliados situados al este de Europa, en medio de las tensiones militares con Rusia por la crisis de Ucrania. -En la Provincia de Buenos Aires, Argentina, una guerra de narcotraficantes deja decenas de muertos y personas internadas por consumo de cocaína envenenada. 2023. El senador opositor brasileño Marcos do Val, revela que un cercano colaborador del expresidente ultraderechista Jair Bolsonaro intentó convencerlo de unirse a una conspiración para anular las elecciones de octubre, ganada por el expresidente Luix Inacio Lula da Silva. 2025. El secretario de Estado de EE. UU., Marco Rubio, insta al presidente panameño, José Raúl Mulino, a implementar "cambios inmediatos" para frenar la presunta influencia china en el Canal interoceánico. - La aplicación de mensajería instantánea WhatsApp, propiedad de la tecnológica estadounidense Meta, denuncia una campaña de ciberespionaje contra 90 usuarios, entre ellos periodistas, realizada usando el software de la empresa israelí Paragon Solutions, indicando que esa campaña, interrumpida en diciembre de 2024, usó "programas espía" (spyware).

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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