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Efemérides

54Grado.com : Hoy es lunes 23 de marzo del 2026 . Faltan 283 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1860. Aventureros procedentes de Estados Unidos toman posesión de la isla Alto Velo y empiezan a explotarla comercialmente. Siete meses después son desalojados por fuerzas navales dominicanas. 1861. Jefes militares de Moca, La Vega y San Francisco de Macorís secundan el movimiento de anexión a España, teniendo que reprimir a quienes se resistían al izamiento de la bandera española. 1865. El Padre de la Patria Juan Pablo Duarte va hacia Montecristi por la vía marítima para luchar contra la anexión. 1903. Un grupo de presidiarios de la fortaleza Ozama, seguidores del fallecido dictador Ulises Heureaux y del ex presidente Juan Isidro Jimenes, se apoderan del recinto militar, dando inicio al derrocamiento del presidente provisional, general Horacio Vásquez Lajara. 1911. Nace en la comunidad La Garza, Higuey, el merenguero típico Dionisio Mejía (Guandulito). 1962. El Partido Revolucionario Dominicano (PRD) es inscrito en la Junta Central Electoral (JCE) con el propósito de terciar en la lucha por el poder, en las elecciones previstas para el 20 de diciembre, siendo la primera organización en hacerlo. 1979. Un movimiento sísmico de 6.1 grados sacude la isla de Santo Domingo y produce daños en La Romana, San Pedro de Macorís y Santo Domingo. 1993. El dominicano Carlos Santana, se convierte es ejecutado con una inyección letal en el condado de Harris, estado de Texas, por el asesinato de un guardia privado de seguridad en 1981. 2010. La Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional y la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), incautan una villa y un yate de lujo en Casa de Campo de La Romana a Arturo Del Tiempo Márquez, propietario de la Torre Atiemar y quien se encuentra preso en España, acusado de introducir a esa nación, un cargamento de mil 200 kilos de cocaína. 2019. El presidente Danilo Medina se reúne con su homólogo estadounidense, Donald Trump, con el que pasa revista sobre diferentes temas de interés mutuos relacionados con el comercio, seguridad, combate al delito internacional y desastres naturales. 2021. Los gobiernos dominicano y chino firman un convenio de cooperación económica y técnica, por un monto no reembolsable, de RD$1,747,371,244.80, los que serán destinados a financiar futuros proyectos acordados entre ambas partes. Internacionales: 752. Esteban es escogido Sumo Pontífice de la Iglesia Católica, con el nombre de Papa Esteban II y III. Tres días después es nuevamente escogido en el cargo como Esteban III. 1281. El Cardenal Simón de Brie es escogido Sumo Pontífice de la Iglesia Católica, con el nombre de Papa Martín IV. 1434: El Papa Clemente VII excomulga al rey Enrique VIII por su insistencia de divorciarse de Catalina de Aragón. 1508. En España, Fernando el Católico firma unas capitulaciones con Juan Díaz de Solís y Vicente Yánez Pinzón, por las que estos se comprometen a tratar de buscar un estrecho entre el Atlántico y el Pacífico. 1534. En Roma, el papa Clemente VII declara que excomulgará a Enrique VIII de Inglaterra si persiste en divorciarse de Catalina de Aragón. 1801. Es asesinado el Zar ruso Pablo I y es reemplazado por Alejandro I. 1907. Las tropas de Nicaragua derrotan a las de El Salvador y Honduras. 1919. Benito Mussolini funda el movimiento fascista en Italia. 1933. El parlamento alemán aprueba la concesión de poderes extraordinarios al canciller Adolfo Hitler. 1961. Ante la oposición de los Jefes Militares y la CIA, el presidente John Kennedy cambia la política en Laos pone fin al apoyo de los EEUU al gobernante laosiano, general Phoumi Nosavan, cuyo gobierno fue instalado por las fuerzas de la CIA/Pentágono en la administración de Eisenhower. 1994. Es asesinado en México el candidato presidencial del oficial Partido Revolucionario Independiente (PRI) Luís Donaldo Colosio. 1999. en Asunción (Paraguay) tres individuos con traje militar matan a tiros al vicepresidente paraguayo, Luis María Argaña, principal adversario político del presidente Raúl Cubas. Al día siguiente, la Cámara de Diputados acusa al gobernante del asesinato y vota que sea juzgado y destituido por el Senado. 2006. En Argentina, el presidente Néstor Kirchner le restituye su grado militar y asciende a general al coronel Juan Jaime Cesio, a quien la dictadura cívico-militar (1976-1983) condenó en 1983 por denunciar las desapariciones 2011. En Portugal, El Primer Ministro José Sócrates dimite del cargo al no conseguir apoyo para el nuevo plan de recortes consensuado con la Unión Europea. 2013. El papa Francisco viaja a la residencia veraniega de Castel Gandolfo para almorzar con su predecesor Benedicto XVI. 2014. Muere en Madrid a la edad de 81 años, el ex presidente del Gobierno español, Adolfo Suárez, hombre clave en la transición política española. 2016. El presidente colombiano Juan Manuel Santos revela que este día su gobierno y las Fuerzas Armadas revolucionarias de Colombia (FARC), sellan la paz y la guerrilla dejará las armas 60 días después. -El aspirante a la nominación presidencial republicana, Donald Trump, se burla de la esposa de su contrincanteTed Cruz, Heidi, publicando una foto ésta en su cuenta de Twitter y otra de Melania con el texto: "a picture is worth a thousand words (una fotografía vale por mil palabras". 2018. El ingeniero y empresario Martín Vizcarra jura como nuevo presidente de Perú, en la culminación de la sucesión constitucional que se produjo en su país tras la dimisión de Pedro Pablo Kuczynski en medio de una grave crisis política. -El Concejo municipal de Los Ángeles (California) declara esta fecha como el día para recordar al canonizado monseñor Oscar Romero, arzobispo asesinado en 1980 en El Salvador. 2019. La misión francesa antiterrorista militar Sentinelle es movilizada ante las manifestaciones de los "chalecos amarillos", para proteger edificios oficiales y otros "puntos fijos". 2021. El buque portacontenedores Ever Given queda atrapado el canal de Suez, de camino hacia Róterdam desde Tanjung Pelepas, bloqueando la vía acuática, tras perder la capacidad de maniobrar en medio de fuertes vientos y una tormenta de polvo. -Tras un tiroteo que deja diez muertos en un supermercado de Boulder (Colorado), el presidente estadounidense, Joe Biden, solicita al Congreso la aprobación "inmediata" medidas para reforzar el control de armas,incluidas las de asalto y los cargadores de munición de gran capacidad. 2022. El embajador de Nicaragua ante la OEA, Arturo McFields, se rebela contra el Gobierno de su país, con un duro e inesperado alegato en el que denunció la "dictadura" del presidente Daniel Ortega y exigiendo la liberación de los presos políticos. -El presidente de Rusia, Vladímir Putin, ordena aceptar el pago del suministro de gas natural ruso a Europa solo en rublos, argumentando que "no tiene sentido suministrar nuestros productos a la UE y a Estados Unidos y cobrar en dólares y euros". - Fallece a los 84 años de edad a causa de un cáncer, la ex secretaria de Estado de Estados Unidos, Madeleine Albright (la primera mujer en ocupar ese puesto en la historia de su país). 2023. Las acciones del gobierno de Nicaragua contra sus opositores políticos le genera el rechazo de líderes políticos latinoamericanos denominados "de izquierda", como Colombia, México, Chile y Argentina, quienes, según los expertos, estarían dejando atrás la "solidaridad ideológica". 2025. El director de la Práctica Global de Agua, del Banco Mundial, Saroj Kumar Jha, revela que el almacenamiento de agua natural ha disminuido cerca de 27 billones de metros cúbicos en los últimos 50 años, debido al cambio climático, la destrucción de humedales y el derretimiento de glaciares, situación que ocurre mientras la población mundial se ha duplicado, aumentando la demanda de agua en un contexto de sequías más frecuentes. -La Casa Blanca publica un memorando mediante el cual prohíbe a 15 ex altos funcionarios del país, el acceso a los registros clasificados, a través de departamentos y agencias del Ejecutivo, entre estos el expresidente Joe Biden, la pasada vice mandataria Kamala Harris, la ex secretaria de Estado Hilary Clinton, "y cualesquiera otros miembros de sus familias".

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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