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54Grado.com : Hoy es lunes 27 de abril del 2026 . Faltan 248 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 395. El emperador romano Arcadio se casa con Aelia Eudoxia, hija del general franco Flavio Bauto, convirtiéndose en una de las emperatrices más poderosas de fines de la Antigüedad. 1667. En Inglaterra, el escritor John Milton, ciego y empobrecido, vende por 10 libras esterlinas los derechos de autor de su libro Paraíso perdido. 1850. El Ministerio de Hacienda dispone una emisión de billetes en la cantidad necesaria para reunir $60,000 en oro, con el propósito de financiar los gastos de guerra del Gobierno. 1860. El presidente Pedro Santana escribe a la reina de España en términos que no dejan duda de que el interés de su gobierno era anexar el país a España, nación de la cual, decía Santana, "los dominicanos no debieron haberse separado nunca". 1895. Antonio Maceo recibe la noticia del arribo a Cuba, por la zona oriental, del líder político de la revolución, José Martí, y el general dominicano Máximo Gómez. 1957. El licenciado Joaquín Balaguer, siendo secretario de la Presidencia, es encargado interinamente de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores. 1962. El Consejo de Estado declara día festivo, no laborable, el 30 de mayo y un grupo de ciudadanos se pronuncia a favor de que se otorgue el rango de general a los sobrevivientes del ajusticiamiento del tirano Rafael Trujillo: Antonio Imbert Barreras y Luis Amiama Tió. 1963. En Haití, tropas armadas y milicia civil rodean las embajadas dominicana, brasileña y venezolana, donde se habían asilado cuando menos 48 haitianos, entre estos exoficiales del ejército y sus familias. 1965. Es iniciada la evacuación de ciudadanos estadounidenses por el puerto de Haina, mientras el portaaviones "Boxer" se acerca a las costas dominicanas con 1,500 "marines" a bordo. -El presidente Rafael Molina Ureña nombra, entre otros funcionarios, al coronel Francisco Alberto Caamaño como ministro del Interior. -La Marina de Guerra, que hasta entonces se había mantenido al margen, se une a las fuerzas de Wessin y también bombardean el Palacio de Gobierno desde sus barcos. 1967. El presidente Joaquín Balaguer es informado por el subsecretario de Interior y Policía, Lépido Lozada Grullón, sobre unas declaraciones ofrecidas en Pedernales por el senador de esa provincia, Pablo Rafael Casimiro Castro, acerca de un conflicto político en esa demarcación, días antes de ser objeto de un atentado en la capital. 1972. El Senado destituye al síndico del Distrito Nacional, Manuel Antonio (Manolín) Jiménez Rodríguez, luego de ser acusado por el presidente Joaquín Balaguer ante la Cámara de Diputados de alegada conspiración contra su gobierno. 1976. El papa Pablo VI ordena al arzobispo de Santo Domingo, monseñor Octavio A. Beras, como primer cardenal de la República Dominicana. 1988. En Caracas, Venezuela, el músico dominicano Luis María Frómeta Pereira (Billo Frómeta) sufre un derrame cerebral mientras ensayaba con la Orquesta Sinfónica de Caracas un espectáculo en el cual se conmemorarían sus 50 años en el arte. Murió el 5 de mayo. 2007. El Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo acoge una instancia elevada por el periodista Luis Eduardo (Huchi) Lora y ordena a la Oficina Nacional para el Reordenamiento del Transporte la entrega inmediata de copias de los planos del metro de Santo Domingo y el viaducto del elevado de Villa Duarte. 2011. Fallece a la edad de 70 años el general retirado Joaquín Pou Castro, quien cumplía una condena de 30 años por el asesinato del periodista Orlando Martínez, director de la revista Ahora. 2014. El equipo de Grandes Ligas Blue Jays estructura un roster de ocho jugadores dominicanos en un partido efectuado en el estadio Rogers Centre de Toronto, contra los Medias Rojas de Boston. 2020. Con el propósito de enfrentar los efectos del COVID-19, las autoridades sanitarias anuncian la conformación del Consejo de Expertos Internacionales para impulsar el intercambio de experiencias, actualizaciones de protocolos, informaciones, estudios de casos, seguimientos científicos y epidemiológicos a través de encuentros con diversas instituciones de renombre mundial. 2022. En el marco del fortalecimiento de la cooperación internacional de Estados Unidos, la jefa de la DEA para la región del Caribe, Denise Foster, reitera "el firme apoyo" del gobierno de su país a los esfuerzos de la República Dominicana para enfrentar y detener el narcotráfico, lavado de activos y sus delitos conexos. 2023. El ministro de Relaciones Exteriores de la India, Subrahmanyam Jaishankar, llega al país en visita oficial de dos días, durante la cual agotará una apretada agenda de trabajo en beneficio de ambos países. -Las universidades dominicana e italiana Federico Henríquez y Carvajal (UFHEC) y la de Calabria (UNICAL) anuncian que investigan cómo extraer componentes con potencial farmacéutico antioxidante a partir del sargazo que invade diferentes playas del país. 2025. El ministro de Relaciones Exteriores y Culto de Haití, Jean-Victor Harvel, convoca al embajador dominicano en el vecino país, Faruk Miguel Castillo, debido a las supuestas amenazas y actos de violencia a que son sometidos los migrantes haitianos en el país, estimando que el gobierno "ha sido muy pasivo ante el curso que tomaron las repatriaciones en consonancia con los tratados internacionales". -El Instituto Duartiano destituye a su presidente, Julio Manuel Rodríguez Grullón, tras considerar que sus declaraciones y conducta se apartaron de la línea institucional que ha mantenido desde su fundación en 1964, "basada en el vehemente accionar de la entidad patriótica, la resuelta lucha en defensa de la soberanía nacional, los derechos, seguridad y garantías del pueblo dominicano de Juan Pablo Duarte". Internacionales: 1521. Nativos en Filipinas matan a Hernando de Magallanes. 1821. En León, Argentina, un grupo de gauchos jujeños al mando del coronel José Ignacio Gorriti derrotan al ejército español. 1832. La Legión Extranjera francesa entra por primera vez en combate en la zona de la Maison-Carrée, cerca de Argel. 1927. El presidente chileno Carlos Ibáñez del Campo dispone la fundación del cuerpo policial los Carabineros de Chile. 1956. El campeón de los pesos pesados Rocky Marciano se retira invicto del deporte. 1960. La República de Togo proclama su independencia. -Es proclamada la independencia de Togo. 1961. Sierra Leona anuncia su independencia. 1969. El presidente de Bolivia, general René Barrientos, muere carbonizado cuando el helicóptero en el que viajaba enreda sus hélices con alambres del tendido eléctrico. 1978. El presidente de Afganistán, Mohammed Daoud Khan, muere durante el golpe de Estado que lleva al poder al general Nur Mohammad Taraki. 1989. Estudiantes chinos ocupan la plaza Tiananmen de Pekín. 1992. Serbia y Montenegro proclaman la República Federal de Yugoslavia. 1998. Asesinan en Guatemala a monseñor Juan Gerardi, obispo defensor de los derechos humanos. 2000. Unas 985 personas son asesinadas por una secta apocalíptica de Uganda. 2006. Un grupo armado asesina en Bagdad a la hermana del vicepresidente iraquí, el suní Tarek al Hashemi, y a uno de sus acompañantes. 2008. La excongresista colombiana Yidis Medina se entrega a la Fiscalía, que la había acusado de cohecho, luego de denunciar supuestos favores recibidos del gobierno a cambio de que votara a favor de una reforma constitucional que permitió la reelección de Álvaro Uribe, lo que es negado por el gobierno. 2010. El exdictador panameño Manuel Antonio Noriega es extraditado a Francia desde una cárcel en Miami (Estados Unidos) para ser juzgado por cargos de lavado de dinero. 2011. Un tribunal de Costa Rica condena a cinco años de prisión al expresidente y exsecretario general de la OEA en 2004, Miguel Ángel Rodríguez, tras ser acusado de recibir sobornos de la compañía francesa de telecomunicaciones Alcatel. 2013. Seis sospechosos son arrestados con relación al desplome de un edificio en Bangladesh en el que mueren alrededor de 350 personas, al tiempo que los rescatistas reconocen que las voces de los sobrevivientes se escuchan más tenues tras cuatro días de estar atrapados. 2014. Los papas Juan XXIII y Juan Pablo II fueron proclamados santos en una ceremonia histórica y multitudinaria en la que el papa Francisco destaca que ambos "restauraron y actualizaron la Iglesia" a su imagen original. 2020. Estados Unidos registra 1,303 nuevas muertes por coronavirus en las últimas 24 horas, según cifras publicadas por la Universidad Johns Hopkins, la que calcula cercanos al millón el número de casos en ese país. 2021. El presidente de Chile, Sebastián Piñera, promulga la ley que permite un nuevo retiro anticipado del 10 % de los fondos privados de pensiones, luego de que el Tribunal Constitucional declarara inadmisible la impugnación presentada por el Gobierno contra el proyecto. -En Bolivia, el gobierno de facto encabezado por Jeanine Áñez es acusado de, alegadamente, contratar con recursos del Estado a periodistas para realizar trabajos que desprestigiaran al expresidente Evo Morales y reforzar la tesis de que en esa nación no hubo golpe de Estado, sino sucesión constitucional. -Los gobiernos de Estados Unidos y Rusia acuerdan un canje de presos que implica la vuelta a sus países del exmarine norteamericano Trevor Reed, condenado a nueve años de prisión, y del piloto ruso Konstantín Yaroshenko, a pesar de las actuales tensiones entre Washington y Moscú a causa de la guerra en Ucrania. 2023. Los humoristas rusos Vladímir Kuznetsov y Alexéi Stoliarov, más conocidos como 'Vován' y 'Lexus', toman el pelo al presidente del Banco Central de Estados Unidos, Jerome Powell, haciéndole pensar que conversaba con el presidente ucraniano, Volodímir Zelenski, al que formulan preguntas desde los pronósticos de inflación hasta las acciones del regulador monetario ruso. 2025. El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, promete que el impuesto de la renta quedará muy reducido, si no «completamente eliminado», cuando entren en vigor los aranceles a los productos extranjeros que había anunciado.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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