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Efemérides

54Grado.com : Hoy es Jueves 18 de diciembre del 2025. Faltan 13 días para el año 2026. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1515. Los distribuidores de indios, Rodrigo de Alburquerque y el tesorero Miguel de Pasamonte, reparten los aborígenes de Higuey. 1848. El general Antonio Duvergé envía desde Las Matas de Farfán un comunicado redactado en español y francés a los haitianos, indicándoles que no tienen nada que buscar en la parte Este de la Isla. 1952. Entra en vigor la Ley Num.34-55,mediante la cual se establece la manera de cómo debían organizarse y funcionar los ayuntamientos y los municipios. 1918. El joven Rafael Leónidas Trujillo Molina ingresa a la Guardia Nacional, organizada por el gobierno de intervención de los Estados Unidos. 1921. El sargento de la Guardia Nacional Rafael Trujillo Molina es promovido a Segundo Teniente. 1933. El historiador, educador y genealogista Carlos Vicente Larrazábal Blanco, es admitido como miembro de la Academia Dominicana de la Historia. 1939. Arriba al puerto de Santo Domingo el tercer grupo de refugiados (770) de la guerra civil española, entre estos Jesús de Galíndez, Vela Zaneti, José Almoina, Amós Sabrás, Javier Malagón, Emilio Aparicio y Fernando Sainz, . 1962. El Consejo de Estado promete responder a la petición de transferir las elecciones, que le fue hecha por la cúpula del PRD el día anterior. - El padre Láutico García admite en un programa de televisión y radio frente al líder del PRD, Juan Bosch, que éste no era marxista-leninista, luego de discutir el tema durante más de tres horas. 1995. El Presidente Joaquín Balaguer promulga la Ley 17-95, mediante la cual se elimina el secreto bancario y contempla los allanamientos de día y de noche en cualquier lugar, con una orden judicial. 1997. Una nueva especie de palmera es bautizada con el nombre de Coccothinax boschiana en honor a Juan Bosch, dicha planta, endémica de la isla, fue sembrada formalmente durante un acto celebrado en la Plaza Central del Jardín Botánico Nacional. 2002. Un tribunal dicta una orden de prisión contra el diputado Radhamés Ramos García, acusado de "cohecho de funcionario público y organización de viajes ilegales", en violación a los artículos 59 y 177 del Código Penal Dominicano. 2003. El Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional acepta el compromiso hecho por los señores Ángel Miguel Rondón Rijo, Ricardo Pellerano Paradas y Miguel A. Pimentel Kareh, de rembolsar a los banco Central e Intercontinental (Baninter), la suma de RD$75,414,686.95 y US$213,684.41, valores que recibieran en adquisición irregular de la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, por parte del Baninter. 2004. Es apresado en el kilómetro 15 de la autopista Duarte, el teniente coronel PN, Lidio Arturo Nin Terrero, en un camión que transportaba 1387 kilos de cocaína, tras lo cual es también detenido el ex capitán Quirino Ernesto Paulino Castillo, al que acusan de ser el cabecilla de una red de narcotraficantes. 2008. La Suprema Corte de Justicia declara inadmisible los recursos de inconstitucionalidad incoados por el Partido Revolucionario Dominicano y el Foro Social Alternativo, contra el contrato de préstamo entre el Gobierno y la empresa Sun Land por US$130 millones. 2010. Las autoridades informan haber recibido las disculpas de EE.UU. por los cables de WikiLeaks en los que Washington considera que el clima de corrupción en país deja la inversión extranjera a merced de funcionarios públicos que exigen sobornos de manera "audaz". 2015. Los gobiernos de República Dominicana y Panamá firman dos tratados de extradición y asistencia legal recíproca en materia penal, dentro del marco de la visita oficial de dos días que realiza al país el presidente de la nación centroamericana, Juan Carlos Varela. 2018. El presidente de la Suprema Corte de Justicia, Mariano Germán, advierte que ningún magistrado puede tener miedo al juzgar los casos que se le apoderen, "y el que tenga miedo que deje el Poder Judicial". 2021. El Senado de Estados Unidos confirma "a viva voz", a la asesora del presidente Joe Biden, de origen dominicano, Julissa Reynoso Pantaleón, como nueva embajadora en España y Andorra, procedimiento mediante el cual se vota "sí" o "no" al unísono. 2022. La Conferencia Episcopal Haitiana (CEH) critica el alegado maltrato que reciben sus connacionales indocumentados en el país, destacando que se les pisotea "sus principios e imperativos de los derechos humanos". - Fallece a la edad de 72 años el neurólogo, escritor y maestro de la medicina dominicana, José Arturo Silié Ruiz, en el Centro de Diagnóstico y Medicina Avanzada y Telemedicina (Cedimat), donde acudió por presentar síntomas parecidos a los de la gripe. 2023. El presidente de la República, Luis Abinader, junto al presidente electo de Guatemala, Bernardo Arévalo (quien realiza una visita oficial a la RD), rechazan los intentos que tienen varias instituciones de la nación centroamericana en desconocer los resultados de las elecciones presidenciales. Internacionales: 1499. En España, 3,000 moros de Granada son bautizados bajo la amenaza de expulsión. 1774. María Teresa ordena la expulsión de los judíos de Bohemia y Moravia. 1912. Entra en Estados Unidos la ley que prohíbe la entrada a su territorio de inmigrantes analfabetos. 1914. Gran Bretaña establece un protectorado sobre Egipto. 1944. Circula por primera vez el diario vespertino francés Le Monde. 1945. La República de Uruguay es aceptada como miembro de las Naciones Unidas. 1956. La Asamblea General de la ONU vota a unanimidad la admisión de Japón como miembro del organismo. 1961. En Brasil, un incendio de un circo ambulante, cerca de Río de Janeiro, causa 323 muertos y 600 heridos. 1969. Es abolida la pena de muerte en Gran Bretaña. 1978. La ONU acoge como su nueva miembro la República de Dominica. 1980. Muere el ex Primer Ministro soviético Aleksei Nikolayevich Kosygin. 1989. Los presidentes de los cinco países integrantes del Pacto Andino (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela), reunidos en las islas Galápagos, acuerdan reactivar el Pacto. 1998. La ex guerrilla Unidad Revolucionaria guatemalteca se constituye en partido político, dos años después de haber firmado la paz con el gobierno. 2005. El primer ministro israelí, Ariel Sharón, sufre un infarto cerebral y es ingresado en el hospital Hadasa Ein Karem de Jerusalén. 2005. El líder cocalero Evo Morales se convierte en el primer presidente indígena en la historia de Bolivia, luego de ganar de manera arrolladora la elección presidencial. 2010. El fundador de Wikileaks, Julian Assange, denuncia que tanto él como su portal son víctimas de una campaña agresiva del gobierno de Estados Unidos. 2013. Muere a la edad de 84 años en una residencia de ancianos de East Barnet, el británico Ronnie Biggs, apodado el "ladrón del siglo" por su participación en el asalto al tren de Glasgow en 1963, tras el cual produjo su espectacular huida a Brasil. 2015. El fiscal argentino Alberto Nisman, que denunció a la presidenta Cristina Fernández de Kirchner de encubrir a un grupo de sospechosos del atentado contra el edificio de la Asociación Mutual Israelita Argentina, es encontrado muerto con un disparo en la cabeza en su apartamento. 2018. El primer ministro belga, Charles Michel, informa la renuncia de su gobierno de centro derecha, nueve días después de dimitir los ministros nacionalistas flamencos que se oponían al pacto mundial de la ONU sobre las migraciones. - La Fiscal General de Nueva York, Barbara D. Underwood, anuncia que, luego de una decisión judicial a favor, la Fundación Trump firma una estipulación acordando disolverse bajo supervisión judicial. 2019. La mayoría de la Cámara de Representantes (216 votos de los demócratas, necesarios para acusar al presidente de Estados Unidos) vota a favor de un juicio político contra Donald Trump, en el Senado por abuso de poder. - La Fiscalía boliviana emite una orden de detención contra el expresidente Evo Morales -refugiado en Argentina-, a quien el Gobierno interino de Jeanine Áñez acusa de supuestos delitos de sedición y terrorismo. 2020. La Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos, autoriza el uso de la vacuna contra la covid-19 de la biotecnológica estadounidense Moderna, justo una semana después de la farmacéutica Pfizer, cuyas primeras dosis ya se administran. 2022. La presidenta de Perú, Dina Boluarte, ratifica la legitimidad constitucional de su gobierno, mientras las fuerzas de seguridad informan haber retomado el control en el interior del país, luego de las protestas y violentos enfrentamientos que dejaron al menos, 22 muertos y cientos de heridos. - El papa Francisco revela en una entrevista con la cadena ABC, haber firmado su renuncia en caso de impedimento médico, la que afirma entregó al cardenal Tarcisio Bertone, secretario de Estado del Vaticano. 2023. En Perú, la Fiscalía solicita la detención preliminar del expresidente y una nueva condena de 25 años de cárcel al considerar que se configuran delitos de lesa humanidad, junto a su ex asesor Vladimiro Montesinos y otros 21 investigados por el delito de homicidio calificado en el caso de la matanza de Pativilca. 2024. El Tribunal Supremo francés confirma la condena por corrupción y tráfico de influencias contra el expresidente Nicolás Sarkozy (2007-2012), lo que convierte la sentencia en definitiva, convirtiéndolo en el primer ex gobernante galo obligado a cumplir una condena de arresto, aunque sea domiciliario. - Las autoridades rusas anuncian la toma de otras dos localidades situadas en la provincia ucraniana de Donetsk, principal epicentro de sus operaciones militares durante los últimos meses en el marco de la invasión desatada en febrero de 2022 por orden del presidente ruso, Vladimir Putin.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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