noticia principal

                                                                 

Efemérides

54Grado.com : Hoy es sábado 31 de enero del 2026 . Faltan 334 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 868. Los baecistas derrocan el gobierno encabezado por el general José María Cabral. 1905. Fallece a la edad de 70 años el compositor José Reyes, autor de la música del Himno Nacional Dominicano 1938. El presidente Rafael Trujillo firma en Washington un acuerdo con el gobierno de Haití, consistente en indemnizarlo con US$750.000 por la matanza de haitianos en territorio nacional, pero valiéndose de artimañas sólo pagó US$550.000. 1960. Todas las iglesias católicas del país se ponen de acuerdo y mediante una carta pastoral muestran su desacuerdo con el régimen del dictador Rafael Trujillo, el que responde atacando mediáticamente a la iglesia y promoviendo protestas contra sus obispos. 1961. La prensa nacional al servicio de la dictadura trujillista, cita a Monseñor Octavio Beras, dando a entender que los obispos estudian la solicitud formulada por el Presidente Balaguer y el Gobierno en pleno, para que declarara al dictador Trujillo, "Benefactor de la Iglesia Católica Dominicana". 1964. Las señoritas Clara Chapuseaux, de Comendador; Mildred Almonte, de Mao, y Georgina Garrido, de Sosúa, son elegidas señoritas República Dominicana, Café y Merengue, respectivamente, en al Concurso Nacional de Belleza. 2005. Entra en vigor la disposición del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), que establece marcar los dígitos 809, antes del número de teléfono al que se quiera comunicar. 2006. La Junta Central Electoral (JCE) rechaza los colores del Partido Revolucionario Socialdemócrata (PRSD), fundado por el ex presidente del PRD, Hatuey De Camps, por considerar que coinciden con los de la bandera nacional. -La secretaría de Trabajo establece que los braceros haitianos empleados por la industria azucarera deberán llegar amparados en un contrato laboral, redactado en español y creole, que les garantice un salario adecuado y vivienda. 2010. La ganadora del Reality Show Latin American Idol, Martha Heredia, recibe el Gran Premio Nacional de la Juventud 2010, en un acto presidido por el vicepresidente de la República, Rafael Alburquerque. 2014. Fallece a la edad de de 88 años de edad, la señora Bélgica Adela Mirabal (Doña Dedé Mirabal) último reducto de la familia Mirabal que enfrentó la tiranía de Rafael Leonidas Trujillo Molina y asumió el reto de criar y educar los hijos de sus hermanas que quedaron huérfanos, porque la dictadura mató sus madres. 2018. El Tribunal Constitucional declara no conforme con la Constitución el Acuerdo de Servicios Aéreos suscrito en la ciudad de Nassau, Bahamas, el 17 de diciembre del 2016 entre la República Dominicana y Kuwait, por no estar conforme con la Constitución del país, siendo este el tercero que el organismo invalida. Internacionales: 1542. En la actual Argentina, el conquistador español Álvar Núñez Cabeza de Vaca y sus soldados se convierten en los primeros europeos que ven las Cataratas del Iguazú. 1854. Mediante el Tratado de Kanagawa, Estados Unidos obliga a Japón abrir sus puertos al comercio norteamericano 1558. En el actual Chile, García Hurtado de Mendoza toma posesión de la Isla Grande de Chiloé para el Imperio español. 1865. El Congreso de los Estados Unidos aprueba la Encomienda 13 de la Constitución promulgada por el presidente Abraham Lincoln, quien además prohíbe la esclavitud o servicio involuntario. 1917. Alemania anuncia el comienzo de la guerra submarina irrestricta. 1943. Los alemanes se rinden en Stalingrado. 1950 El presidente norteamericano Harry Truman anuncia la construcción de la bomba de hidrógeno. 1919. Nace Jackie Robinson, el primer negro jugador de baseball en liga mayor. 1949. El papa Pío XII anuncia el descubrimiento de la tumba de san Pedro bajo la cúpula vaticana. 1956. Tras ganar las elecciones el Partido Social Demócrata Brasileño, Juscelino Kubitshek asume la presidencia y promete un mandato con "50 años de progreso". 1962. Cuba es expulsada de la Organización de Estados Americanos. 1966. La Unión Soviética lanza la sonda espacial "Lunik 9", primer en posarse suavemente sobre la superficie de la Luna. 1980. En ciudad Guatemala, varios disidentes políticos y campesinos indígenas toman la embajada de España para protestar por el Genocidio maya, pero horas después la policía los quema vivos con fósforo blanco, muriendo 36 personas, sobreviviendo el embajador Máximo Cajal López y el campesino Gregorio Iujá-Shoná, quien es secuestrado esa misma noche en el hospital, y torturado hasta morir. 1994. El Gran teatro del Liceo de Barcelona es devorado por las llamas. 1996. Más de 200 muertos y mil 400 heridos en una acción suicida de la guerrilla tamil al estrellarse un camión-bomba contra el edificio del Banco Central en Colombo (Sri Lanka). 1999. Científicos de los Estados Unidos descubren en los restos de un chimpancé el virus VIH-1. 2000. El vuelo MD-83 de Alaska Airlines cae al Océano Pacífico cerca de Point Mugu, California. Fallecen los 83 pasajeros y los 5 miembros de la tripulación que iban a bordo. 2006. Muere a la edad de 78 años en la comunidad mexicana de Rosarito, la señora Coretta Scott King, quien consagró su vida, brutalmente alterada por el asesinato de su marido, Martin Luther King, a promover su legado por los derechos humanos y la igualdad de razas. 2009. En Kenia, centenares de persona que recogían gasolina de un carro tanque que se había accidentado, son sorprendidas con una explosión, provocando la muerte de 111 de estas. 2010. En Ciudad Juárez (México), durante una fiesta 17 jóvenes son asesinados por miembros de grupos de narcotraficantes(Masacre de Villas de Salvárcar). 2013. Unas 37 personas mueren y más de un centenar de heridos en una explosión en la sede central de Petróleos Mexicanos (Pemex), en Ciudad de México. 2015. En Madrid es celebrada una marcha por el cambio político a la que acuden más de 300.000 personas, entre ellos, muchos militantes del partido político Podemos. 2017. La Asamblea Constituyente de la Ciudad de México termina la redacción de la Constitución de la CDMX. 2019. La ola de frío extremo que azota a Estados Unidos con temperaturas que alcanzan los 39 grados bajo cero y una sensación térmica de -45 en zonas del medio-oeste del país, deja ya al menos 11 muertos y alcanza a cerca del 75 % de la población, lo que supone cerca de 216 millones de habitantes. 2021. Coreando consignas contra el presidente Vladimir Putin, decenas de miles de personas salen a las calles en toda Rusia para exigir la liberación del encarcelado líder opositor Alexei Navalny. 2023. The Boeing Company, la empresa multinacional estadounidense que diseña, fabrica y vende aviones, helicópteros, misiles y satélites, se despedirá definitivamente de su modelo más emblemático apodado Reina de los cielos , el Boeng 747, tras 55 años de producción. 2024. El Parlamento de Austria aprueba una nueva ley de acceso a la información, que elimina el secreto oficial, establecido desde hace un siglo en la Constitución del país centroeuropeo, la que entrará en vigor en septiembre de 2025, siendo la única nación de la Unión Europea (UE) que limitaba el acceso ciudadano a ciertas informaciones de interés general. -El ex asesor presidencial peruano Vladimiro Montesinos, considerado el "hombre fuerte" del Gobierno de Alberto Fujimori (1990-2000), es condenado a cumplir 19 años y 8 meses de cárcel por el secuestro, tortura y asesinato de seis personas supuestamente vinculadas a Sendero Luminoso, perpetrado en las ciudades de Pativilca y La Cantuta, cometidas en 1992 por el grupo militar encubierto Colina. 2025. Decenas de miles de personas marchan en Buenos Aires para repudiar el discurso homofóbico que el presidente, Javier Milei, llevó como bandera al Foro Económico Mundial en Davos, recordando que el mandatario vincula la homosexualidad con la pedofilia como parte de sus ataques contra lo que llama "el cáncer de la ideología woke".

mausan y noticia en vivo

El Tiempo

                                                      

Las Caliente Noticias

Buscar este blog


 


 


 

sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario


Noticias54

                             

Noticias