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Efemérides

54Grado.com : Hoy es miércoles 22 de abril del 2026 . Faltan 253 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1845. Basado en el decreto 31, emitido este día, el Congreso Nacional autoriza al presidente Pedro Santana a tomar las medidas necesarias mientras se discuta y apruebe el presupuesto del Estado para el año en curso. 1849. Terminan los combates de la batalla de "Las Carreras", cuando fuerzas nacionales, aplicando guerra de guerrillas, liquidan los restantes focos de resistencia del ejército haitiano. 1850. El Congreso Nacional autoriza al Poder Ejecutivo para que, en lo que se discuta y acuerden los presupuestos, tomara todas las medidas necesarias para hacer confeccionar y emitir papel moneda "de la misma serie y naturaleza que la determinada por su decreto del 23 de julio de 1849". 1864. El gobierno provisional de la República, instalado en Santiago, encomienda a Juan Pablo Duarte la labor diplomática de solicitar ayuda material a los gobiernos de Venezuela, Perú y Nueva Granada, la que no obtuvo el objetivo buscado. 1887. Se juramenta como presidente de la República el general Ulises Heureaux, tras lo cual concede un salvoconducto al general Federico Quezada, ausente del país por causas políticas. 1955. Fallece en Santo Domingo el doctor Froilán Tavárez, abogado tratadista de Derecho Procesal y catedrático universitario. 2005. El juez del Cuarto Juzgado de la Instrucción dispone el envío por ante un tribunal criminal a 14 exfuncionarios de la anterior administración, acusados de estafar al Estado por RD$1,800 millones a través del Plan Renove. 2007. El excónsul haitiano en el país Edwin Paraison considera que se exceden en sus pronunciamientos los defensores de los derechos de los inmigrantes haitianos cuando acusan a los dominicanos de racistas. 2015. La dirección ejecutiva de la Fuerza Nacional Progresista renuncia a las posiciones que ocupan en la administración del presidente Danilo Medina, por la iniciativa de modificación de la Constitución para reinstaurar la reelección presidencial sin un referéndum aprobatorio. 2016. El señor Ramón De Jesús, de 32 años, se convierte en el primer dominicano en desempeñarse como umpire (árbitro) en un juego de las Grandes Ligas, al ser designado en la segunda base durante el juego entre los Indios de Cleveland y los Tigres de Detroit. 2020. El ciudadano italiano Claudio Pascualini, de 62 años, quien fue el primer caso de COVID-19 en el país, luego de que en reiteradas pruebas se mantuviera positivo a la enfermedad, recibe el alta médica del hospital Ramón de Lara, donde estuvo ingresado por 53 días. -En un inusual estado de enfado, el presidente Danilo Medina advierte que la misión del Gobierno ante la pandemia de la COVID-19 es aplanar la curva de contagios, y que se trata de un objetivo para el que no existe magia, por lo que las medidas aplicadas se basan en "prueba y error", como en todo el mundo. 2021. El embajador de la República Popular China en el país, Zhang Run, califica como acusaciones sin fundamentos y ataques maliciosos las declaraciones del almirante Craig Faller, jefe del Comando Sur de EE. UU., quien en una entrevista al Listín Diario dijo que la nación asiática no era una democracia, no respetaba los derechos humanos y tampoco protegía el Estado de derecho. Internacionales: 1519. Hernán Cortés desembarca en las playas mexicanas llamadas Chalchihuecan por los indígenas mexicas, donde se comunicó con los emisarios de Moctezuma, quien los envió con ricos obsequios. 1616. Muere en Madrid el soldado, novelista, poeta y dramaturgo español Miguel de Cervantes y Saavedra, autor de la afamada obra literaria El Quijote de la Mancha. 1659. Richard Cromwell disuelve el Parlamento inglés. 1796. Napoleón Bonaparte vence a los austriacos en Mondovi, Italia. 1836. Se inicia la batalla de San Jacinto, en la que los texanos vencen al ejército mexicano y proclaman su independencia. 1870. Nace Vladímir Ilich Uliánov, "Lenin", líder de la Revolución rusa y creador del Estado soviético. 1915. Por primera vez se utilizan gases asfixiantes con fines bélicos en la Primera Guerra Mundial. Los lanzaron los alemanes en Ypres contra una división francesa. 1970. Frustrado porque el tema de los problemas medioambientales no ocupaba ningún lugar en las agendas de los políticos estadounidenses, el senador Gaylord Nelson promueve la idea de celebrar esta fecha el Día de la Tierra. 1985. El presidente argentino, Raúl Alfonsín, denuncia la existencia de conspiraciones civiles para arrastrar a las fuerzas armadas a un golpe de Estado. 1992. En la ciudad de Guadalajara (México), un derrame de combustible en un drenaje genera violentas explosiones que destrozan 15 km de calles y dejan un saldo de entre 230 y 700 muertos, y entre 800 y 1800 heridos. 1994. Muere Richard Nixon, presidente estadounidense (derrame cerebral). 1997. Soldados peruanos asaltan la residencia del embajador de Japón en Lima y liberan a 71 de los 72 rehenes que retenía el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru desde el 17 de diciembre. Mueren los 14 secuestradores, dos militares y un rehén. 2001. Los jefes de Estado y de Gobierno de las Américas, reunidos en la III Cumbre de las Américas celebrada en Quebec (Canadá), establecen el veto para participar en cualquier actividad de la entidad al gobierno surgido de la alteración o ruptura inconstitucional del orden democrático en un Estado del hemisferio. 2006. El Gobierno de Venezuela comunica oficialmente su retirada de la Comunidad Andina de Naciones (CAN). 2008. En Colombia, la Fiscalía captura al excongresista Mario Uribe, primo segundo del presidente Álvaro Uribe, por supuestos lazos con el paramilitarismo. 2010. Dimite el primer ministro belga, Yves Leterme, al sentir que no era capaz de resolver el conflicto lingüístico entre las dos grandes comunidades culturales de flamencos y valones. -Como resultado de una explosión registrada dos días antes, se hunde en el golfo de México la plataforma petrolera Deepwater Horizon, provocando el más importante vertido de petróleo de la historia, estimado en 779,000 toneladas de petróleo crudo. 2012. Corea del Norte amenaza con la destrucción de importantes objetivos de su vecino país, Corea del Sur, mediante una actividad especial que "empezaría en poco tiempo y duraría tres o cuatro minutos". 2015. En Chile, tras permanecer 43 años inactivo, entra en erupción el volcán Calbuco, produciendo dos pulsos eruptivos con penachos de ceniza de unos 10 kilómetros de altura, por lo que 4,433 personas debieron ser evacuadas en un radio de 20 kilómetros. 2020. Los médicos chinos Yi Fan y Hu Weifeng, de 42 años, sobrevivientes del coronavirus después de largas batallas con soporte vital, registran cambios de color en su piel como resultado del tratamiento aplicado tras ser infectados con COVID-19 mientras trataban a pacientes en el Hospital Central de Wuhan en enero. 2021. Un bangladesí que detonó una bomba en un abarrotado túnel del metro de Nueva York en diciembre de 2017, inspirado por el grupo Estado Islámico (EI), es sentenciado a cadena perpetua por el juez federal de Nueva York, Richard Sullivan. -Los países de América Latina y la península ibérica rechazan el "acaparamiento" de vacunas de las naciones más ricas y promueven su acceso "universal", en una Cumbre Iberoamericana que se realiza de forma semipresencial en Andorra, España. 2024. El jefe de la Dirección de Inteligencia israelí, Aharon Haliva, solicita poner fin a su cargo castrense, al considerarse responsable de la inacción militar que no evitó el ataque múltiple de Hamás del pasado 7 de octubre en el que murieron 1,200 personas en territorio israelí. -El Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz colombiano denuncia el recrudecimiento de la violencia durante los últimos días, situación que es atribuida a grupos armados, los que acabaron con la vida de los líderes sociales Carlos Arturo Londoño, Clarivet Ocampo, Zayra Enciso Gómez, Eliberto Chilhueso y Narciso Beleño, con los que suman 51 homicidios de defensores de derechos humanos en lo que va de año. 2025. El Fondo Monetario Internacional (FMI) calcula que la economía mundial crecerá solo un 2.8 % este año, debido a la incertidumbre provocada por los aranceles del presidente Donald Trump y las represalias en contra de algunos países aliados y rivales. -El ministro de Interior ecuatoriano, John Reimberg, anuncia el arresto de un hombre con antecedentes delictivos por haber publicado en TikTok (empresa china propiedad de ByteDance) un vídeo en el que incita al asesinato del presidente del país sudamericano, Daniel Noboa.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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