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54Grado.com : Hoy es jueves 29 de enero del 2026 . Faltan 336 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1794. Las autoridades francesas en Haití, tras su rendición frente al general español Aristazábal, entregan la ciudad de Fort Liberté al dominio de la corona española. 1802. Llega a Samaná una escuadra francesa con 21 mil hombres bajo el mando de Víctor Enmanuel Leclerc, cuñado de Napoleón Bonaparte, para someter la isla de Santo Domingo al dominio francés. 1840. Nace en Puerto Plata el abogado, pintor y político Ildefonso Mella Brea, quien fue gobernador de esa provincia en 1874. 1956. La señorita Olga Fernándah Fiallo es elegida Miss República Dominicana entre las 24 concursantes, en el certamen para escoger la representante dominicana en el concurso Miss Universo. 1985. Es creada en Santo Domingo la Universidad Central Dominicana de Estudios Profesionales (UCDEP). 2006. Los "eternos rivales de la política dominicana", partidos Reformista Social Cristiano (PRSC) y Revolucionario Dominicano (PRD), acuerdan ir aliados en 26 de las 31 provincias y el Distrito Nacional, en las elecciones congresuales y municipales del 16 de mayo de este año. 2008. En la guerra de acusaciones recíprocas, el PRD emplaza al presidente Leonel Fernández a explicar por qué le habría concedido más de 10,000 contratos sin licitar al extraditado hacia EEUU por narcotráfico, Nelson Solano Guzmán. 2009. El presidente Leonel Fernández deja formalmente inaugurada la primera línea del Metro de Santo Domingo, con una longitud de 14.5 kilómetros, construido con una inversión de US$699 millones. 2014. El presidente Danilo Medina pronuncia un enérgico discurso en el marco de la II Cumbre de la Comunidad de Estados Centroamericanos y Caribeños (CELAC), celebrada en Cuba, ante las críticas de los países miembros del Caricom, a la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional que establece los criterios sobre la nacionalidad dominicana. 2019. El fraude contra el Estado por RD$4,127 millones cometido por el Grupo Tremols Payero, que con los intereses y recargos ascendió a RD$9,321.7 millones, provoca el despido de al menos 300 empleados y provocado el desmantelamiento de dos departamentos de la Dirección General de Impuestos Internos. -El Parlamento venezolano, de mayoría opositora, nombra al ex diputado Eusebio Carlino como "representantes diplomáticos" en la República Dominicana y en otras naciones que reconocen la autoproclamación del jefe legislativo, Juan Guaidó, como presidente interino. Internacionales: 1523. Ulrico Zuinglio da a conocer sus 67 tesis para la reforma de la Iglesia. 1737: Nace el periodista británico Thomas Paine, quien se destacó en la lucha por la independencia de los Estados Unidos 1801. El rey Carlos IV de España firma un tratado de alianza con Francia para la invasión de Portugal, fiel aliado de Inglaterra. 1841 Durante la llamada "Guerra del Opio", Gran Bretaña ocupa Hong Kong. 1895 José Martí ordena el inicio del levantamiento por la independencia de Cuba de España. 1979. En Washington, el primer ministro de China, Deng Xiaoping, se reúne con el presidente de Estados Unidos, Jimmy Carter. 1981. El presidente del Gobierno de España, Adolfo Suárez dimite del cargo, por la división interna de su partido, la UDC. -En Francia, el presidente Jacques Chirac anuncia el cese definitivo de los ensayos de armas nucleares de esa nación 1996. Un incendio destruye en Venecia el Teatro de la Opera La Fenice. 2002. En su discurso del Estado de la Unión, el presidente de los Estados Unidos, George W. Bush, etiqueta a Corea del Norte, Irán e Iraq como "el eje del mal". 2009. En Estados Unidos, el gobernador Rod Blagojevich es declarado culpable en forma unánime y echado del puesto, luego de ser arrestado bajo cargos de intentar vender el escaño que el nuevo presidente Barack Obama dejó vacante en el Senado. 2013. Se produce una matanza en la ciudad siria de Alepo, provocando la muerte a más de cien personas, cuyos cadáveres aparecieron flotando en el río que atraviesa la ciudad. 2014. El Parlamento de Ucrania aprueba la amnistía de todos los detenidos durante el EuroMaidan, condicionada a que en un plazo de quince días los manifestantes abandonen los edificios oficiales ocupados. 2016. La Justicia española confirma que la infanta Cristina, hermana del rey Felipe VI, será juzgada en un caso de corrupción, como cooperadora en dos delitos fiscales, presuntamente cometidos por su esposo, Iñaki Urdangarin. -La capital mexicana, el DF o Distrito Federal, desaparece oficialmente, pero no sólo cambia de nombre, sino también de también de estatus, porque tendrá su propia Constitución y Congreso, legislar en materia de seguridad y finanzas, aprobar o rechazar reformas constitucionales o acceder a millonarias ayudas federales que hasta ahora le eran vedadas. -El Observatorio Sirio de Derechos Humanos revela que el grupo terrorista Estado Islámico (EI) ha asesinado a 3,895 personas en Siria, de las que 2,114 eran civiles, desde la proclamación de un califato en este país y en Irak a finales de junio de 2014. 2019. El Consejo de la Internacional Socialista expulsa como uno de sus partidos miembros al partido oficialista Frente Sandinista de Nicaragua, por violar los derechos humanos contra ciudadanos opositores que protestantes contra el gobierno. - Un juzgado de El Salvador ordena instrucción formal con detención provisional contra el expresidente Mauricio Funes (2009-2014) por una alegada millonaria malversación de los fondos asignados a la construcción de una represa. - En Venezuela, el Tribunal Supremo de Justicia aprueba congelar los bienes y cuentas, así como la prohibición de salida del país del presidente de la Asamblea Nacional, Juan Guaidó, autoproclamado "presidente encargado" de ese país el pasado 23 de enero, medidas solicitadas por la Fiscalía General. 2020. El Parlamento Europeo da su aprobación final al divorcio de Gran Bretaña de la Unión Europea, allanando el camino para que el país abandone el bloque después de casi medio siglo y generando un gran revés para la integración europea. -La convocatoria de testigos al juicio político al que es sometido el presidente de EE.UU., Donald Trump, centra el proceso de destitución, con advertencias de los demócratas que de no permitir nuevos testimonios, "porque lo que está en juego es la seguridad nacional". -Los Emiratos Árabes Unidos anuncia la detección de cuatro personas contaminadas del coronavirus, constituyendo éstas los primeros casos en Oriente Medio. 2024. La líder opositora venezolana María Corina Machado asegura este lunes que competirá en las presidenciales de este año como candidata del mayor bloque antichavista, pese a la sentencia publicada en la que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratifica que está impedida para participar en comicios hasta 2036. 2025. Un avión de American Airlines y un helicóptero militar Black Hawk chocaron y cayeron al río Potomac, cerca del Aeropuerto Nacional Ronald Reagan de Washington DC. Las aeronaves transportaban a 60 pasajeros y cuatro tripulantes, así como tres soldados del ejército, respectivamente. -La Policía Nacional de Haití (PNH) ultimó a 20 pandilleros pertenecientes a la coalición de bandas Viv Ansanm, que intentaban apoderase de la comuna de Kenscoff, indicándose que en los tiroteos también murieron cuatro civiles, por el fuego cruzado.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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