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Efemérides

54Grado.com : Hoy es martes 9 de junio del 2026. Faltan 205 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1820. El gobernador Sebastián Kindelán, publica una proclama en la que advierte a los "revoltosos", que no se han terminado las diferencias entre blancos, pardos y morenos ni de libres y esclavos. 1844. Los Trinitarios, ante la inminente anexión de la República a Francia por la Junta Gubernativa, deciden dar un golpe de Estado, con el apoyo de la guarnición de la Capital. 1845. Es promulgada la Ley de Administración Provincial No.40, mediante la cual la comunidad de Higuey quedó convertida en común de la provincia del Seibo. 1851. Es promulgada la Ley contentiva del Reglamento 247, para el Régimen Interior de la Suprema Corte de Justicia. 1868. El Presidente Buenaventura Báez propone a Estados Unidos la venta de la bahía de Samaná. 1845. Es promulgada la Ley que divide el territorio nacional en las provincias de Santo Domingo, Santiago, La Vega, El Seibo y Azua. 1891. El Presidente Ulises Heureaux mediante la Resolución 3421 concede a los señores Federico Lithgow y Manuel Cocco la concesión para establecer líneas telefónicas entre las principales poblaciones del Cibao atendiendo una solicitud hecha por estos a través del Ministerio de Fomento y Obras Públicas. 1958. Es nombrado el primer jefe de la Policía Nacional, salido de esa institución, recayendo el honor al Coronel Ramón A. Soto Echavarría. 1959. Muere en Pinal del Río, Cuba, al estallar una granada de manera accidental, el luchador antitrujillista Manlio Bobadilla. 1970. El jefe de la Policía, general Guillermo Guzm-an Acosta, informa haber resuelto el caso del secuestro del coronel Donald J. Crowley, mostrando "las pruebas" y acusando del hecho, entre otros, a los dirigentes del MPD Héctor Antonio Ortiz Jaquez, Rafael Luna Cabrera, Rafael Francisco (Fafa) Taveras Rosario y Amín Abel Hasbum. 1972. El presidente Joaquín Balaguer emite el decreto 2330, mediante el cual dispone que el Gerente General de la Corporación de Fomento de la Industria Hotelera y Desarrollo del Turismo supervise y administre todos 1os hoteles del Estado y sea responsable directo ante el Poder Ejecutivo, de la buena marcha de estos. 1975. Es ultimado a balazos por miembros de seguridad del Estado, el guerrillero Manfredo Casado Villar, cuando trataba de llegar a la Capital y salir del país. -Es regularizada la expedición de pasaportes diplomáticos, limitándola al Presidente y vicepresidente, secretarios de Estado, titulares de la Suprema Corte de Justicia, la Cámara de Diputados, del Senado, el Procurador General, funcionarios del servicio exterior, organismos internacionales, altos oficiales de las FFAA y la PN y sus respectivas esposas e hijos. 2014. El ministro de Interior y Policía, José Ramón Fadul, formula un llamado al gobierno haitiano para que ayude a sus nacionales a obtener los documentos necesarios para que puedan participar en el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros indocumentados. 2016. La Embajada de los Estados Unidos, a través de la Sección de Asuntos Anti-narcóticos y Ley y la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza, dona diez perros con sus jaulas para conformar la primera unidad canina del Centro Especializado en Seguridad Fronteriza Terrestre. 2019. En un confuso incidente el ex Grandes Ligas David Ortiz es baleado por un desconocido, mientras compartía con un grupo amigos en un centro de entretenimiento de Santo Domingo Este, entre ellos el comunicador dominicano Jhoel López, quien también resultó herido. 2022. El presidente Luis Abinader, se reunió con el primer ministro haitiano, Ariel Henry, al margen de la IX,que se desarrolla en la ciudad estadounidense de Los Ángeles, los que pasan revista a los problemas que afrontan ambas naciones, sobre seguridad y migración. Internacionales: . En Atenas (Antigua Grecia) -durante la Guerra del Peloponeso entre Atenas y Esparta- un golpe de Estado voltea el Gobierno democrático ateniense y sube al poder la oligarquía de Los Cuatrocientos, que sería reemplazada unos meses después. 068. Se suicida el Emperador Nerón al conocer su condena a muerte por parte del Senado. 721. En la actual Francia, el ejército franco de Odón el Grande derrota al ejército musulmán del Califato Omeya en la Batalla de Toulouse. 1767. En Inglaterra entra en vigencia el American Import Duties Act, nuevo impuesto rechazado por los colonos americanos. 1789. En Francia inicia sus gestiones la Asamblea Nacional, la que existió hasta el 17 de julio de ese mismo año, sirviendo de transición entre los Estados Generales y la Asamblea Nacional Constituyente. 1847. Entra en Portugal la expedición militar española al mando del general Concha para sofocar la rebelión de Oporto contra el Gobierno portugués. 1862. El Senado de Estados Unidos vota la abolición de la esclavitud en todos los territorios de la Unión. 1898. China renta la isla de Hong Kong a Gran Bretaña por un período de 99 años. 1906. En Estados Unidos, el presidente Theodore Roosevelt firma una ley que autoriza al gobierno federal a inspeccionar las industrias alimentarias y obliga a los fabricantes a especificar la lista de ingredientes. 1938. Es provocado en la República de China el desbordamiento del río Amarillo, para detener el avance del ejército japonés, lo que produce el ahogando a cientos de miles de chinos. 1940. Las tropas noruegas se rinden a los alemanes. 1946. Bumibol Adulyade, de 19 años, sustituye en el trono de Tailandia a su hermano Amanda Mahidol, muerto en extrañas circunstancias. 1960. El Gobierno de Moscú declara oficialmente que defenderá Cuba en caso de que este país fuera atacado por Estados Unidos. 1973. En España, Luis Carrero Blanco jura su cargo de presidente del gobierno. 1974. Fallece en Madrid, España a los 74 años de edad, el escritor guatemalte­co, premio Nobel de literatura y di­plomático, Miguel Ángel Asturias. 1976. El Pleno de las Cortes españolas aprueban la legalización de los partidos políticos ("que no sean comunistas ni separatistas"), por primera vez desde 1939. 1991. Con la mediación del sacerdote Rafael García Herreros, el narcotraficante colombiano Pablo Escobar se entrega a la justicia junto a sus socios Carlos Aguilar (El Mugre) y Otoniel de Js. González (Otto). 2005. En Bolivia, tras semanas de protestas y una huelga general, en demanda de la nacionalización de los yacimientos petroleros y gas natural, es destituido de su cargo el presidente Carlos Mesa, y sustituido por el presidente de la Corte Suprema, Eduardo Rodríguez Veltzé. 2006. Toma posesión el nuevo primer ministro haitiano, Jacques-Edouard Alexis y su gabinete, en una ceremonia encabezada por el Presidente René Préval, el que se reemplaza la administración interina que dirigió el vecino país desde el derrocamiento del ex presidente Jean-Bertrand Aristide dos años antes. -El ala militar de la organización palestina Hamas reanuda sus ataques a Israel luego de varios meses de observar un cese el fuego no oficial, al atacar desde la Franja de Gaza con cohetes de fabricación casera contra la localidad israelí de Ashkelon. 2013. El ex técnico de la Agencia Nacional de Seguridad de EEUU, Edward Snowden, confiesa haber filtrado datos de ciberespionaje de Estados Unidos, revelados por diarios estadounidenses. - En Grecia, tras una orden del gobierno del primer ministro Antonis Samaras, la Radiotelevisión helénica (ERT) cierra sus puertas y deja sin empleo a 2.800 personas. 2016. El Tribunal Supremo de EE.UU. determina que la soberanía de Puerto Rico reside en Washington y que la última fuente de poder sobre la isla es el Congreso estadounidense. 2019. En Baku (Azerbaiyán), tiene lugar la ceremonia de apertura de la 43ª sesión del Comité del Patrimonio Mundial de la UNESCO. 2020. The Washington Post reportó que el presidente Donald Trump enfrenta tres quejas en la Comisión de Elecciones de Florida por escribir direcciones fuera del estado en sus solicitudes de votación, la primera de las cuales trató de registrarse para votar en Florida, pero afirmaba que su "residencia legal" estaba en otra parte del país, Washington, D.C. 2021. El secretario general de la OEA, Luis Almagro, insta a los miembros del Consejo Permanente de la entidad hemisférica suspender la participación de Nicaragua, por violar el artículo 21 de la Carta Democrática Interamericana, tras la detención de varios políticos opositores. - El candidato presidencial peruano, profesor Pedro Castillo, con el 50,20% de los votos sobre Keiko Fujimori con 49,7%, se proclama ganador de las elecciones, donde el escrutinio sigue sin arrojar vencedor oficial. 2022. El Comité Selecto de la Cámara de Representantes presenta la primera de una serie de audiencias públicas sobre la investigación del asalto al Capitolio por una turba de seguidores del expresidente Donald Trump el 6 de enero de 2021, para de difundir los resultados de sus 11 meses de pesquisas. 2024. Las elecciones al Parlamento Europeo confirman el auge de la extrema derecha, en un vendaval político que, aunque no modificó los equilibrios de poder en Bruselas, motivó la convocatoria de legislativas anticipadas en Francia y logrando enormes avances en Alemania y Austria. 2025. Tras una larga batalla contra la enfermedad pulmonar obstructiva crónica, fallece en Los Ángeles a los 82 años, el icónico músico y pionero del funk, líder de Sly and the Family Stone.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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