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54Grado.com : Hoy es miércoles 6 de mayo del 2026 . Faltan 239 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1497. Por Real Cédula, España declara libre de impuestos el comercio de las Indias americanas. 1813. Llega a Santo Domingo el brigadier Carlos de Urrutia y Matos, nombrado por el Rey de España jefe militar de la colonia, cargo vacante desde la muerte del brigadier Juan Sánchez Ramírez, acaecida el 11 de febrero de 1811. 1844. Las nuevas autoridades disponen, mediante el decreto número 9, que "todo dominicano que se haya ausentado desde el 9 de marzo al extranjero, aún con la licencia del Gobierno, estará obligado a regresar dentro de tres meses, so pena de perder sus derechos civiles, políticos y sus bienes confiscados". 1910. Arriban al país y por primera vez pisan suelos de América ocho religiosas de la congregación Hermanas Mercedarias de la Caridad, procedentes de Málaga, España, para traer el carisma evangelizador mercedario. 1961. El presidente Balaguer ofrece plenas garantías a los principales dirigentes del MPD, encabezados por Máximo López Molina -presos desde hacía seis meses, acusados de publicar su periódico político sin la debida autorización y crear desórdenes- para que difundan sus ideas, con miras a las elecciones de 1962. 1962. El presidente del Consejo de Estado, Rafael Bonnelly, advierte que el Congreso no puede ser disuelto, como han pedido muchos sectores de opinión del país. 1963. En una reunión de urgencia, los jefes militares convencen al presidente de la República, profesor Juan Bosch, de la inviabilidad de invadir Haití, como respuesta a la ocupación de la embajada dominicana en Puerto Príncipe. 1965. Es firmada la llamada "Acta de Santo Domingo", entre el Gobierno Constitucionalista, la Junta Militar y la Comisión de la Décima Reunión de Consulta de la OEA, la que también "aprueba" la intervención colectiva de una Fuerza Interamericana de Paz en el conflicto dominicano. -El presidente de Francia, Charles De Gaulle, critica la intervención militar estadounidense en el país, urgiendo al retiro de las tropas de ocupación, al tiempo de anunciar la posibilidad de reconocer al gobierno encabezado por el presidente Francisco Caamaño. 1999. El director del Departamento de Prevención Contra la Corrupción (DEPRECO), Justo Pedro Castellanos, admite que en el gobierno existen funcionarios corruptos. -Alegando irregularidades en el padrón interno del PRD, los precandidatos presidenciales Hatuey De Camps y Rafael Suberví Bonilla amenazan con retirarse de la competencia contra la alianza de Hipólito Mejía y Milagros Ortiz Bosch. 2004. El Tribunal Disciplinario del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) expulsa "por alta traición e intento de división" al exvicepresidente Jacinto Peynado, por respaldar la candidatura del expresidente Leonel Fernández. 2007. El presidente Leonel Fernández gana la candidatura interna del PLD para las elecciones del 2008, al obtener el 71.46 % de los votos frente al 28.54 % logrado por su único oponente, el exsecretario de la Presidencia Danilo Medina. 2009. Es ingresado en el Centro de Diagnóstico, Medicina Avanzada y Telemedicina (CEDIMAT) el dirigente peledeista Miguel Cocco, donde permanece en cuidados intensivos 14 días después de un paro cardíaco. 2025. Fallece a la edad de 50 años el político y estratega de comunicación Roberto Rodríguez, quien fue vocero del presidente Danilo Medina durante las administraciones 2012–2020. Internacionales: 1527. Las tropas imperiales de Carlos V saquean Roma. 1626. Peter Minnewit, gobernador de Nueva Holanda, compra a los indios la isla de Manhattan. 1840. El Reino Unido efectúa la primera emisión de sellos de correos del mundo. 1895. José Martí es nombrado jefe supremo de la revolución en la lucha por la independencia de Cuba. 1910. Muere Eduardo VII, rey británico y emperador de la India. 1914. La Cámara de los Lores inglesa niega el voto a las mujeres. 1919. El presidente costarricense Federico Tinoco es depuesto y tropas estadounidenses desembarcan en defensa de los intereses de Estados Unidos en esa nación centroamericana. 1930. Un terremoto causa la muerte de 6,000 personas en Birmania. 1962. En el Vaticano, el papa Juan XXIII canoniza al peruano Martín de Porres, convirtiéndose en el primer santo negro de América. 1974. En la República Federal Alemana, el canciller Willy Brandt dimite a causa de un escándalo de espionaje. 1979. En España, una bomba atribuida a la organización terrorista ETA provoca la muerte de ocho personas en una cafetería de Madrid. 1994. Es inaugurado el Eurotúnel, que unió a Francia y el Reino Unido bajo el Canal de la Mancha. 2001. La banda terrorista ETA asesina al presidente del Partido Popular aragonés, Manuel Giménez Abad, cuando se dirigía a un partido de fútbol con su hijo. 2002. En Colombia son asesinados el ingeniero y político Guillermo Gaviria Correa y el asesor de paz Gilberto Echeverri, tras permanecer un año en poder de las FARC. 2007. Nicolas Sarkozy, de 52 años, gana la presidencia de Francia al triunfar en la segunda vuelta electoral con el 53 % de los votos, seis puntos porcentuales por encima de su rival socialista Ségolène Royal, quien obtuvo el 47 %. 2010. Los diputados haitianos aprueban una enmienda que amplía en tres meses el mandato del presidente René Preval en caso de no poder organizar las elecciones generales en noviembre como está previsto, dado el caos burocrático que vive el país desde el sismo de enero. -El Partido Conservador liderado por David Cameron gana las elecciones legislativas en el Reino Unido sin mayoría absoluta. 2011. El grupo terrorista Al Qaeda confirma -en un mensaje colocado en los foros yihadistas de Internet- la muerte de su fundador y líder Osama Bin Laden por un comando élite de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos. 2012. François Hollande es elegido presidente de la República Francesa en la segunda vuelta de las elecciones presidenciales. 2013. Son liberadas las jóvenes Amanda Berry, Gina DeJesus y Michelle Knight, luego de permanecer secuestradas durante una década en Cleveland (Ohio, EE. UU.) por tres hermanos de origen boricua. 2016. Un comité del Senado de Brasil vota mayoritariamente a favor de iniciar un juicio político contra la presidenta Dilma Rousseff, con lo que la mandataria se encuentra a un paso de ser destituida. -La Audiencia Nacional española condena a 92 años de cárcel al exdirigente de ETA, Eneko Gogeaskoetxea, por intentar matar al rey Juan Carlos I en la inauguración del Museo Guggenheim en Bilbao en 1997. 2018. El presidente ruso Vladimir Putin comienza su cuarto mandato presidencial, por el cual se mantendrá al frente de Rusia hasta 2024, después de haber dirigido el país durante 18 años, ya sea desde la presidencia o la jefatura del gobierno. -El diario The New York Times revela que el senador republicano John McCain, quien sufre un agresivo cáncer en el cerebro, instruyó a sus más allegados para que el presidente de EE. UU., Donald Trump, no acuda a su funeral, sino el vicepresidente Mike Pence. 2019. Más de 370 exfiscales de los Estados Unidos firman una carta en la que afirman que, de no ocupar el cargo de presidente de EE. UU., Donald Trump habría sido acusado formalmente de obstrucción a la justicia por las revelaciones incluidas en el informe del fiscal especial Robert Mueller sobre la llamada trama rusa. 2020. El presidente Donald Trump veta una resolución aprobada por el Congreso de Estados Unidos en febrero, que le impide tomar cualquier acción militar contra Irán sin antes solicitar permiso al Legislativo, medida que el gobernante considera "muy insultante". -Un informe de la Organización Mundial de la Salud (OMS) defiende infectar voluntarios con el virus del COVID-19 para desarrollar una vacuna a corto plazo que evite la pérdida de "millones de vidas" y una tensión extrema en los sistemas de atención de la salud en todo el planeta. 2021. Los reguladores en Rusia aprueban una versión de dosis única de la vacuna rusa Sputnik V, para acelerar la inmunidad colectiva contra el coronavirus, contraria a la Sputnik Light, que requiere dos dosis y aún no ha completado las pruebas avanzadas necesarias para garantizar su inocuidad. -Habitantes de la favela de Jacarezinho, al norte de Río de Janeiro, viven momentos de terror durante un intenso tiroteo entre la Policía y narcotraficantes que dejó un saldo de 25 muertos, entre ellos un agente policial. 2023. En la Abadía de Westminster (Reino Unido), Carlos III es coronado rey, ceremonia que más de un centenar de líderes mundiales y millones de personas siguieron en el histórico momento a través de la televisión. 2025. Los 133 cardenales electores se instalan en la residencia de Santa Marta y otras dependencias del Vaticano, donde permanecerán aislados del mundo durante el cónclave hasta elegir al sucesor del papa Francisco. -La Policía boliviana apresa a la jueza Lilian Moreno, cuando se trasladaba desde su casa en la ciudad oriental de Santa Cruz, lugar en donde trabaja, la que días antes anuló la orden de aprehensión contra el expresidente Evo Morales por un caso de trata agravada de personas, para responder por acusaciones de prevaricato y resoluciones contra la Constitución.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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