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Efemérides

54Grado.com : Hoy es sábado 14 de junio del 2025 . Faltan 200 días para el año 2026. tura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1864. Muere en la ciudad de Santo Domingo el general Pedro Santana, primer presidente de la República y Marqués de Las Carreras. 1891. La RD y Estados Unidos acuerdan un tratado mediante el cual en lo adelante el Gobierno estadounidense otorgará privilegios de entrada a su territorio de varios productos criollos libres del pago aduanal (azúcar, melaza y café). 1907. Entra en vigor la nueva Constitución que por primera vez llama al pueblo a participar directamente en la elaboración de la Carta Sustantiva, a través de una Asamblea Constituyente, integrada por legisladores electos por votos directos. 1913. Nace en San Rafael del Yuma, el escritor Ramón Marrero Aristy. Algunos historiadores consignan el acontecimiento el 1 de este mes. 1939. Fallece en Santiago la educadora Ercilia Pepín. 1945. Se inician los trabajos de construcción del Faro a Colón a cargo del arquitecto inglés Gleave, quien lo diseñó. 1959. Se inicia la llamada expedición de Constanza, Maimón y Estero Hondo, integrada por un grupo de patriotas, encabezado por Enrique Jiménez Moya y el doctor José Horacio Rodríguez Vásquez. 1960. Agentes de seguridad del Estado apresan la ingeniera-arquitecta Tomasina Cabral Mejía, por estar seriamente comprometida en el atentado que se planeó para ajusticiar a tirano Rafael Trujillo, siendo trasladada y torturada en la cárcel "La Cuarenta". 1961. El Presidente Joaquín Balaguer envía una invitación "cordial" al presidente del PRD, profesor Juan Bosch y a tres de sus compañeros dirigentes, para que viajen al país, "con plenas garantías" a fin de iniciar discusiones tendentes a su participación en la política nacional. 1962. El ex general Pedro Rafael Santiago Rodríguez Echavarría es expulsado del país. 1964. Agentes policiales y militares realizan una redada en casi todo el país apresando y golpeando a más de mil miembros del grupo izquierdista 14 de junio, al sospechar que planeaban actos para recordar la fecha que lleva por nombre. 1965. El Departamento de Defensa de EEUU, autoriza al teniente general Bruce Palmer, de la Fuerza Interamericana de Paz (FIP), ocupar militarmente la parte de la Capital dominicana bajo control del gobierno Constitucionalista de Francisco Caamaño. - Cientos de manifestantes se movilizan frente al Altar de la Patria en respaldo de las tropas constitucionalistas que enfrentan el ataque de las tropas invasoras encabezadas por militares de los Estados Unidos. 1968. El presidente Joaquín Balaguer promulga la Ley 318, la que reglamenta todo lo relativo a la protección, conservación, enriquecimiento y utilización del patrimonio cultura de la Nación. 1971. Miembros de la Banda Colorada atacan los liceos Juan Pablo Duarte y Panamericano, así como las escuelas Paraguay y Fidel Ferrer, en la capital además del local de Unachosín en Moca. 1982. Es fundado Movimiento Independencia, Unidad y Cambio (MIUCA), ahora Frente Amplio, por un grupo de dirigentes de izquierda encabezado por la señora Virtudes Álvarez. 2005. El equipo de voleibol femenino de RD obtiene su clasificación para el Grand Prix del 2006 tras vencer en cinco games al combinado de Brasil, y terminar invicto (5-0) en el Grupo A de la IV Copa Panamericana. 2007. Muere a la edad de 74 años la ex Primera Dama Asela Mera de Jorge. 2015. La Asamblea Nacional aprueba la reforma constitucional que permite la repostulación presidencial, con el voto favorable de 181 contra 39 asambleistas, dejando el camino libre al presidente Danilo Medina. - El Gobierno dominicana rechaza la intromisión en sus asuntos internos del Departamento de Estado de Estados Unidos, el que denuncia en un informe la supuesta falta de transparencia presupuestaria del país, Nicaragua y Haití. 2016. El canciller dominicano Andrés Navarro es escogido presidente de la 46va. Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), al inicio de la reunión que se desarrolla en el Centro de Convenciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. 2018. El gobierno dominicano gestiona ante organismos internacionales y países como Francia, Canadá, Estados Unidos y la Unión Europea, la construcción de cuatro hospitales fronterizos en territorio haitiano. - El Partido Revolucionario Moderno (PRM) juramenta a José Ignacio Paliza y a Carolina Mejía, como nuevos presidente y secretaria general, los que fueron escogidos en la Convención Nacional Ordinaria celebrada el 18 de marzo de este año. 2019. El portavoz del Buró Federal de Investigaciones (FBI), Kelsey Pietranton, confirma que la agencia colabora con las autoridades dominicanas para esclarecer la muerte de varios turistas estadounidenses en el país durante los últimos meses. 2020. En la lucha política entre seguidores y contrarios al ex presidente Leonel Fernánez, la viceministra de Energía y Mina, Susana Gautreaux, expresa que si el PLD y su gobierno constituyen una mafia, Fernández fue el "capo di tutti capi" (jefe de todos los jefes) de esa mafia, ya que presidió el partido y gobernó en tres ocasiones con los peledeístas. 2021. El presidente Luis Abinader confía que el gobierno de Haití detendrá los trabajos de canalización del río Masacre, para desviar su cauce a esa nación, cuando es una fuente hídrica entre las dos naciones por la zona de Dajabón y Juana Méndez. 2022. La República Dominicana anuncia el lanzamiento de su candidatura a ser uno de los 47 Estados miembros del Consejo Derechos Humanos de la ONU para el período 2024-2026, luego de su reciente participación como Miembro No Permanente del Consejo de Seguridad del organismo mundial. Internacionales: 1645. En el marco de la Revolución inglesa, las fuerzas parlamentarias vencen en la Batalla de Naseby a 12.000 miembros de las fuerzas monárquicas. 1648. La ciudadana Margaret Jones es colgada por bruja, en la primera ejecución de este tipo en la ciudad de Boston, Estados Unidos. 1777. En Estados Unidos, el Segundo Congreso Continental aprueba la Resolución de la Bandera, determinando que "la bandera de los trece Estados Unidos sean 13 barras rojas y blancas alternadas. 1807. El emperador francés Napoleón I, derrota a los rusos en la Batalla de Friedeland. 1809. Los franceses, dentro de la Guerra de la Independencia, comienzan el sitio y bombardeo de la plaza de Gerona, que resistió hasta el 10 de diciembre. 1823. Guatemala se separa de México. 1855. El filibustero estadounidense Willian Walker desembarca en Nicaragua, financiado por los esclavistas del sur de Estados Unidos en su afán por robar nuevos territorios. 1864. Nace el psiquiatra y neurólogo alemán, Alois Alzheimer. 1900. Hawaii se convierte en el estado 50 de los EEUU. 1928. Nace en la ciudad argentina de Rosario, Ernesto "Che" Guevara, protagonista de la Revolución Cubana y símbolo mundial del espíritu rebelde. 1931. En Francia, se hunde en el río Loira una embarcación de recreo y perecen ahogadas varios centenares de personas. 1964. François Duvalier es investido presidente vitalicio de Haití, mandato iniciado en 1957. 1982. Los Generales Jeremy Moore y Mario Benjamín Menéndez, comandante de las fuerzas británicas y Gobernador militar argentino de las Islas Malvinas, respectivamente, acuerdan el cese definitivo de las hostilidades por el control del territorio insular. 1985. Milicianos chiíes libaneses se apoderan de un avión de la TWA cuando volaba de Atenas a Roma, con 147 pasajeros, acción que se prolongó durante 16 días. 1995. Terroristas chechenos toman un hospital en la ciudad de Budionovsk, con un saldo de 150 muertos y 400 heridos. 2005. El Comité de Finanzas del Senado de EEUU se prepara para dar luz verde al RD-CAFTA, trancado a raíz del tema del azúcar, que representa una prueba de fuego para el gobierno de George W. Bush. 2006. Muere a la edad de 77 años de edad en su ciudad natal de Florencia, Italia, la periodista y escritora Oriana Fallaci, la que logró hacerse de un nombre en el periodismo cuando éste se consideraba un "oficio de hombres". 2012. En Irak, una ola de atentados terroristas en diferentes ciudades del país deja más de 70 muertos y decenas de heridos. 2016. En Cumaná, capital del estado Sucre, Venezuela, se da el "Cumanazo", donde se registran saqueos y fuertes disturbios por la escasez de comida en el país, a propósito de la crisis económica que atraviesa. 2018. La fiscalía de Nueva York, presenta una demanda contra el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, al que acusa de utilizar ilegalmente la fundación que lleva su nombre para apoyar su campaña electoral, pagar gastos personales y promocionar sus negocios. - Nicaragua es paralizada por la oposición política en demanda del cese de la represión y la salida del presidente Daniel Ortega, en medio de nuevos ataques contra manifestantes en varias ciudades que aumentan a 162 el número de muertos en casi dos meses de protestas. 2020. Estados Unidos alcanza la cifra de 115,706 muertos y 2,091,348 casos confirmados de la COVID-19, de acuerdo con el recuento independiente de la Universidad Johns Hopkins. 2021. La oficina de Naciones Unidas en Haití expresa su "profunda preocupación" por el recrudecimiento de la violencia atribuidas a las bandas armadas contra civiles, al tiempo de pedir que cesen las agresiones, - La Red Nacional en Defensa de los Derechos Humanos de Haití denuncia la creciente cifra de asesinatos de agentes policiales haitianos, mientras solicita elevar la seguridad de los responsables de mantener el orden público.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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