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54Grado.com : Hoy es lunes 13 de julio del 2026 Faltan 171 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1843. Perseguido por las autoridades haitianas, el Padre de la Patria, Juan Pablo Duarte se trasladó a la casa en donde se hallaba su amigo Pedro Alejandro Pina, por considerarla más segura que la de don Luciano de Peña. -El presidente provisional haitiano, general Charles Hérard Aîné, dispone en Santo Domingo la disolución de la Municipalidad y al día siguiente impone otra, formada "por haitianos o por sus partidarios". 1865. Llega a Cuba el general dominicano Máximo Gómez, formando parte de las Reservas Dominicanas, a bordo del vapor Pizarro, en compañía de familiares. 1885. Monseñor Fernando Arturo de Meriño, quien había sido Presidente de la República entre 1880 y 1882, es consagrado como Arzobispo de Santo Domingo. 1895. Nace en Santo Domingo Antonio Mesa (El Jilguero de Quisqueya), primer dominicano en realizar grabaciones profesionales. 1961. El Congreso Nacional convierte en ley el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo, que declara ilegal la práctica de la doctrina comunista en el país. 1962. En reunión privada, los miembros del Consejo de Estado y la JCE discuten sobre las elecciones generales previstas a celebrarse el 20 de diciembre de 1962. -Disponen la congelación de todos los fondos depositados en el Banco de Créditos y Ahorros a nombre de Flor de Oro Trujillo Ledesma, primera hija del dictador Rafael Trujillo. 1963. El presidente Juan Bosch se reúne en la Base Aérea de San Isidro con la plana mayor de la oficialidad de esa unidad militar. 1966. El presidente Joaquín Balaguer disuelve la Policía Técnica Judicial, creada en el gobierno provisional de Héctor García Godoy, argumentando que el organismo tenía "carácter político". 2005. El Presidente Leonel Fernández rechaza que el país sea un "Estado fallido", como lo calificara una organización internacional. 2009. Fallece San Pedro de Macorís, a la edad de 78 años de edad, el artistas folclórico Donald Hullester Warner Henderson, mejor conocido como Linda, el guloya mayor de los Cocolos de San Pedro de Macorís, agrupación Patrimonio Mundial Intangible de la Humanidad. 2012. El ex presidente Hipólito Mejía demanda al senador Wilton Guerrero por supuesta difamación e injuria, al declarar que había sido trasladado a Sinaloa, México, por el piloto del narcotraficante Joaquín "El Chapo" Guzmán. 2018. El Instituto Dominicano de Evaluación e Investigación de la Calidad Educativa revela que solo el 2.9% de los 60,100 profesores de aulas examinados dentro de la Evaluación del Desempeño Docente 2017 pueden ser calificados de excelentes y sobresalientes, al alcanzar evaluaciones por encima de los 90 puntos. 2020. El presidente electo, Luis Abinader, ratifica al economista Héctor Valdez Albizu, como gobernador del Banco Central, quien acumula 22 años en la posición, siendo los últimos 16 de manera consecutiva. 2021. La jueza de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, Kenya Romero, dicta 18 meses de prisión preventiva en contra del ex procurador Jean Alain Rodríguez y otros tres implicados en la denominada "Operación Medusa". 2025. La Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprueba una propuesta de la República Dominicana para implementar un sistema internacional de resolución de disputas en línea para consumidores. Internacionales: 1024. Falleció el emperador Enrique II el Santo. 1592: La Corona de España nombra a Hernando Arias de Saavedra teniente de Gobernador y Justicia Mayor de la Ciudad de Asunción, siendo el primer criollo en ostentar un cargo de esa importancia en estas latitudes. 1760. Carlos III entra oficialmente en Madrid como rey de España para suceder a Fernando VI. 1793. En Francia, es asesinado el revolucionario Jean-Paul Marat. 1822. Guayaquil se incorpora a las Gran Colombia. 1854: Las tropas norteamericanas arrasaron y quemaron la ciudad de San Juan del Norte en Nicaragua. 1878: Mediante el Tratado de Berlín, Rusia, el Imperio Otomano y Austria-Hungría se reparten los Balcanes. 1936. Asesinan en Madrid al diputado José Calvo Sotelo, muerte que es considerada el detonante de la Guerra Civil Española. 1989. Por decisión de un Tribunal Militar, es fusilado en La Habana, por alta traición, el general de división Arnaldo Ochoa Sánchez, junto al coronel Antonio de la Guardia, el capitán Jorge Martínez y Amado Padrón. En su acta de defunción, las autoridades médicas que realizaron su autopsia, inscribieron como causa de muerte la de "anemia aguda". 2011. Una sala de la Corte Suprema de Justicia peruana confirma la condena a seis años de cárcel impuesta al ex presidente Alberto Fujimori por la irregular compra de medios de comunicación, soborno a congresistas y espionaje telefónico. - Bombay se ve sacudida por tres atentados con bombas, que matan a 26 personas, dejando heridas a 130. 2014. Es lanzada la cápsula "Cygnus" desde las costas de Virginia (Estados Unidos) con unos 1300 kilos de suministros, en su mayoría alimentos, con destino a la Estación Espacial Internacional alcanzándola en tres días. 2016. La señora Theresa May es elegida Primera Ministra de Reino Unido, convirtiéndose en la elegida segunda mujer que desempeña ese cargo en ese país. 2017. El expresidente peruano Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia, son condenados a 18 meses de prisión efectiva por el Caso Odebrecht. 2018. Unas 128 personas murieron y 122 resultaron heridas en un atentado suicida durante un mitin electoral en la provincia de Baluchistán, en el oeste de Pakistán. 2020. Un grupo de millonarios y multimillonarios de distintos países, llamado 'Millonarios por la humanidad', solicita a sus gobiernos que aumenten los impuestos a los más ricos "Inmediatamente. Sustancialmente y Permanentemente", para financiar programas estatales debido a la pandemia del coronavirus. 2021. El secretario de seguridad nacional de Estados Unidos, Alejandro Mayorkas, pide a cubanos y haitianos, cuyos países enfrentan crisis políticas, no arriesgar sus vidas tratando de entrar a territorio estadounidense de forma irregular desde el mar, "porque no se les permitirá la entrada". -Un centenar de personas permanecen detenidas en Cuba, mientras el internet móvil sigue cortado dos días después de las manifestaciones contra el gobierno, que obligaron al ex presidente Raúl Castro a salir de manera provisional de su retiro. 2022. El primer ministro británico, Boris Johnson, afirma en una discusión junto al jefe de la oposición laborista Keir Starmer, que se va del poder con "la frente en alto", al tiempo de reconocer que su salida fue provocada por una acumulación de escándalos ocurridos más temprano de lo que él hubiera deseado. -Delegaciones técnicas y expertos militares de Ucrania, Rusia y Turquía, acompañados por diplomáticos de la ONU, logran los primeros progresos para tratar el establecimiento de un corredor naval en el mar Negro, que permita sacar el cereal ucraniano bloqueado por la invasión iniciada en febrero. 2023. La Corte de Constitucionalidad de Guatemala deja sin efecto el dictamen legal que ordenaba la suspensión del partido político Semilla y su desaforo de la contienda electoral. decisión que abre paso a la participación de su candidato, Bernardo Arévalo, en la segunda vuelta electoral el 20 de agosto, frente a la ex primera dama Sandra Torres Casanova. -Este mismo día, el Ministerio Público (Fiscalía) allana el Tribunal Supremo Electoral, tras ordenar la suspensión de la agrupación Semilla, la que avanza a la segunda vuelta presidencial en el país de la mano de su candidato, Bernardo Arévalo. -Rusia lanza un nuevo ataque contra Kiev, por tercer día consecutivo con una decena de drones kamikaze Shahed, luego de que la OTAN finaliza su cumbre en Lituania con el compromiso de respaldar a Ucrania. 2024. En Pensilvania, el expresidente y candidato presidencial republicano Donald Trump, resultó levemente herido en un mitin político después de que el atacante, identificado como Thomas Matthew Crooks, de 20 años, le disparara varias veces, incidente que investiga el FBI. Según el periódico The Washington Post, durante el tiroteo dos personas murieron incluido el agresor.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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