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Efemérides

54Grado.com : Hoy es martes 13 de enero del 2026 . Faltan 352 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1493. Cristóbal Colón recibe la visita de varios españoles los que les informan que el cacique Caonabo había atacado el Fuerte de la Navidad, matando a Rodrigo de Escobedo, Pedro Gutiérrez y otros de sus hombres al mando de Diego de Arana. 1700. El Gobierno francés dispone el traslado de todos sus ciudadanos de la península de Samaná hacia Bayajá, hoy Fort Liberté, en Haití. 1802. Toussaint Lauverture ordena cerrar las puertas de la muralla de Santo Domingo, para impedir la salida de la ciudad y cita para el día siguiente a todos los ciudadanos frente a la plaza de armas, hoy parque Colón. 1822. El Consejo Municipal de Neyba, integrado por Francisco López y José Ramón Hernández, resuelve, expresar al presidente Jean Pierre Boyer, "que ha tenido el placer de colocarse bajo las leyes de la República haitiana". 1834. Nace en Santo Domingo José Gabriel García, autor de "Compendio de la Historia de Santo Domingo", primera y más completa obra sobre los orígenes de nuestro país. 1937. Ante la propuesta del dictador Rafael Trujillo de hacerle diputado, el escritor Juan Bosch decide salir del país viajando a Puerto Rico con la excusa de quebrantos de salud de su esposa Isabel García y su hijo León. 1844. Llega a Santo Domingo el Cónsul francés Eustache Juchereau de Saint-Denys, quien estaba acreditado en Cabo Haitiano, adonde no había podido trasladarse debido al estado de destrucción en que se encontraba esa ciudad desde el terremoto de 1842. 1913. El joven Rafael Trujillo Molina se casa -a los 21 años de edad- con Aminta Ledesma, hija de un campesino de San Cristóbal, con la que procreó a Julia Genoveva y Flor de Oro Trujillo Ledesma. 1937. Ante la propuesta del dictador Rafael Trujillo de nombrarle diputado, Juan Bosch decide salir del país hacia Puerto Rico junto a su hijo León, con la excusa de quebrantos de salud de su esposa Isabel García. 1960. El Servicio de Inteligencia Militar (SIM) inicia una drástica persecución en contra de personas relacionadas al Movimiento Político 14 de Junio, entre estas a su líder, Manolo Tavárez Justo, con miras a detener cualquier intento de oposición al régimen trujillista. 1966. El sindicato de trabajadores de la Compañía Dominicana de Teléfonos (CODETEL) inicia una huelga general, suspendiendo todos los servicios telefónicos, en protesta por la cancelación de cinco dirigentes del gremio. 1972. El presidente del Partido Revolucionario Dominicano, profesor Juan Bosch, considera que la confianza general "recibió una herida seria, pero no mortal, con los cercos y los allanamientos que tuvieron lugar el día ocho de este mes, y cayó herida de muerte ayer". 2005. Es apresado en su residencia de La Vega, y trasladado a la cárcel de Najayo, en San Cristóbal, el diputado y ex cónsul en Juana Méndez, Radhamés Ramos García, acusado de traficar con chinos indocumentados desde Haití. 2006. El Presidente Leonel Fernández proclama que la nacionalidad dominicana se establece por el derecho de sangre y si hay duda al respecto, "debe esclarecerse en un debate nacional que enmiende la Constitución y aclare las leyes". 2008. El dirigente del PRSC, Ramón Bona Rivera, propone al candidato presidencial reformista, Amable Aristy Castro, una alianza de primera vuelta con el PRD que evite el éxodo de reformistas y una derrota electoral. 2010. Utilizando el territorio nacional, la Organización Panamericana de la Salud, moviliza hacia Haití un equipo de respuesta sanitaria rápida, en respuesta al grave terremoto que se registró la tarde anterior cerca de la capital de esa nación, Puerto Príncipe. 2014. Muere en un accidente de tránsito, el general Juan Ramón de la Cruz Martínez, director Comando Regional Cibao-Sur de la Policía, quien iba acompañado de su esposa y uno de sus hijos. 2015. El presidente Danilo Medina y el gobernador de Puerto Rico, Alejandro García Padilla, firman nueve acuerdos en materia de educación superior, comercio, seguridad y recursos naturales, entre otros. 2016. El ministro de Relaciones Exteriores, Andrés Navarro, anuncia que el país será por segunda vez anfitrión de la 46ava. Asamblea General de la OEA, del 13 al 15 de junio. 2020. Autoridades de migración dominicanas y haitianas, anuncian la coordinación de acciones mancomunadas en el proceso de identificación e inscripción de nacionales del vecino país, para facilitar el registro civil haitiano de sus ciudadanos que se encuentren en territorio dominicano. -El consultor jurídico internacional de la multinacional constructora brasileña Odebrecht, Mauricio Dantas Bezerra, le confirma al Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que esa empresa se benefició con obras a cambio de los sobornos que pagó en la República Dominicana. 2021. El Poder Ejecutivo conforma mediante el decreto 22-21, un equipo de abogados que le representará "en las acciones y procesos tendentes a la recuperación del patrimonio que se verifique haya sido distraído de las arcas pública, ya sea en las administraciones pasadas o en la presente". 2025. El Ministerio de Educación Superior (MESCyT) revela que el país ha alcanzado 25 patentes registradas y 400 publicaciones científicas e incorporado 720 nuevos miembros a la Carrera Nacional de Investigadores en los últimos años. Internacionales: 1558. Es coronada la reina Isabel I, de Inglaterra, instituyendo de inmediato la Iglesia Anglicana como religión del Estado. 1776. Durante la guerra de Independencia de los Estados Unidos, el general George Washington entra triunfante con sus tropas a Nueva York. 1888. En Estados Unidos, el abogado, filántropo y financiero Gardiner Greene Hubdard, fundada la Nacional Geographic Society. 1904. Entra en vigencia el tratado firmado entre Estados Unidos y China, mediante el cual se abren los puertos manchúes al comercio exterior. 1932. Se produce la liberación de la República de Togo. 1947. Se inicia una guerra civil en Paraguay, en procura de derrocar el Gobierno del general Higinio Morinigo. 1959. El comandante cubano Fidel Castro asegura ante la prensa nacional e internacional, que "son calumnias contra la revolución decir que somos comunistas, de que estamos infiltrados de comunistas". 1989. El virus viernes 13 arruina miles de computadoras IBM en Gran Bretaña. 1993. Es firmado en París, Francia, un tratado que prohíbe el uso de las armas químicas. 2000. En Río de Janeiro, Brasil la cantante mexicana Gloria Trevi es detenida junto con su corista Mary Boquitas y su productor Sergio Andrade, acusados de rapto, secuestro y violación de menores. 2001. En El Salvador, un terremoto de magnitud 7.7 en la escala de Richter produce cerca de 1150 muertos y pérdidas económicas calculadas en US$3,000 millones. 2002. un incendio que dura más de quince días, en las zonas cercanas a Sídney (Australia), es considerado por su intensidad como uno de los que mayores daños ha causado. 2006. Estados Unidos niega a España el permiso para venderle a Venezuela 12 aviones militares con componentes norteamericanos, alegando podría alterar el equilibrio militar de Sudamérica. 2008. El presidente de Interpol, Jack Selebi, renuncia al cargo tras ser removido de la jefatura de policía de Sudáfrica al enfrentar acusaciones de corrupción. 2012. El crucero italiano Costa Concordia, en el que viajaban 4.229 personas choca contra unas rocas y se hunde frente a la costa de la isla toscana del Giglio, provocando 32 muertos. 2013. La Corte Suprema egipcia ordena repetir el juicio al ex presidente Hosni Mubarak, condenado por la muerte de centenares de manifestantes durante la revolución. 2015. Fallece a la edad de 107 años, la política independentista puertorriqueña Isabel Rosado Morales. 2018. Las mujeres sauditas de Yedá asisten por primera vez en directo a un partido de fútbol, un hecho inaudito en Arabia Saudí, reino musulmán ultraconservador que da síntomas de una tímida apertura en los usos sociales en los últimos tiempos. 2019. Una veintena de ex jefes de Estado y de Gobierno iberoamericanos reconocen como "presidente encargado" de Venezuela al diputado Juan Guaidó, jefe la Asamblea Nacional (Parlamento), llaman a las Fuerzas Armadas venezolanas y la comunidad internacional a acompañarlo. 2020. La OMS informa el primer caso de una persona infectada fuera de China, en Tailandia: una mujer con neumonía leve que regresaba de un viaje a Wuhan. 2021. La Cámara de Representantes de EE.UU. aprueba la apertura de un nuevo juicio político contra el presidente Donald Trump, en esta ocasión bajo la acusación de "incitación a la insurrección", por el asalto a la sede del Congreso de sus partidarios. 2024. El Gobierno ecuatoriano informa haber liberado a los 158 guardias y 20 empleados administrativos, los que horas antes habían sido retenidos como rehenes por reclusos en al menos siete Centros de Privación de Libertad (CPL). 2025. La ministra de Asuntos Exteriores de Canadá, Mélanie Joly, afirma que el gobierno no descarta ninguna contramedida (entre estas cortar las exportaciones de energía a EE.UU.), a la hora de enfrentar al presidente electo, Donald Trump, en particular su amenaza de imponer fuertes aranceles a las importaciones canadienses.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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