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Efemérides

54Grado.com : Hoy es lunes 12 de enero del 2026 . Faltan 353 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1493. Cristóbal Colón sostiene en Samaná el primer enfrentamiento con los indígenas Ciguayos del Nuevo Mundo, donde también por primera vez la sangre indígena fue derramada por los españoles. 1586. Tropas inglesas llegadas a la isla a inicio de mes, bajo el mando del pirata Sir Francis Drake, toman la Fortaleza Ozama, evadiendo su captura los que quedaban en ella a través unos caños. 1810. La Junta Central de Sevilla, decreta el engrandecimiento de la "siempre fiel colonia", luego de que se volviera a izar la bandera española, tras la expulsión de los franceses de la parte oriental de la isla. -El Gobierno de Santo Domingo dispone el regreso de los emigrados, la jurisdicción de las audiencias, el restablecimiento del arzobispado, la libertad de cultos y la exención del diezmo, luego de la reconquista española. 1822. El general Jean Pierre Boyer hace pública una Orden del Día para anunciar que "los ciudadanos del Este se habían sometido a las leyes de la República, y que un Ejército bajo las órdenes de jefes prudentes y experimentados iba a llegar". 1959. El presidente de la Junta Central Ejecutiva del Partido Dominicano, José Enrique Aybar, solicita al Secretario de Salud Pública, José A. Sobá, disponer "la creación de un puesto de leche, para la distribución gratuita de este gran liquido alimenticio a un considerable número de personas necesitadas", residentes en la comunidad de Cabrera, provincia Julia Molina (hoy Ma. T. Sánchez). 1962. La Unión Cívica acusa el secretario de las Fuerzas Armadas, general Pedro Rafael Rodríguez Echavarría, del malestar que existe en es institución. 1966. Un gropo de profesionales y docentes, encabezado por el doctor José Rafael Abinader, crea la Universidad Organización y Método (O&M) 1972. Mueren en un combate registrado en el kilómetro 14 de la autopista Las Américas, los dirigentes del grupo Los Palmeros Amaury Germán Aristy, Virgilio Eugenio, Perdomo Pérez, Bienvenido Leal Prandy y Arquímedes Cerón Polanco, contra tropas mixtas del Gobierno, varios de los cuales también perdieron la vida. -Una comisión de personalidades compuesta por el nuncio apostólico, monseñor Luciano Storero; el rector de la UASD, Rafael Kasse Acta; el secretario general de la AMD, José García Ramírez; el director del periódico El Caribe, Germán Emilio Ornes; el director de Listín Diario, Rafael Herrera, y el estudiante Radhamés Castillo, pide un cese al fuego para solicitar la rendición de los dirigentes izquierdista atrincherados entregarse a las autoridades. 1982. El ex presidente Joaquín Balaguer viaja a Boston, Estados Unidos, para proseguir sus tratamientos médicos de su visión, acompañado de su hermana Ema Balaguer de Vallejo y su secretario personal, Rafael Bello Andino. 1983. El Senado de la República convierte en ley 91-83, el proyecto que instituye el Colegio de Abogados de la República Dominicana. 1998. El gobierno alemán acuerda pagar 100 millones de euros a los judíos del Este que sobrevivieron al Holocausto nazi. 2012. En Cabo Haitiano, es inaugurado el recinto "Rey Henri Christophe" de la Universidad Estatal de Haití, donado por el Gobierno dominicano, en conmemoración del segundo aniversario del terremoto de 2010. 2014. El Vaticano informa a fiscales polacos que su ex nuncio en la República Dominicana, que es investigado por acusaciones de abuso sexual de menores, goza de inmunidad diplomática y que la Santa Sede no extradita a sus ciudadanos. 2015. Luego de 105 años, República Dominicana y Estados Unidos acuerdan un nuevo Tratado de Extradición, que permita eficientizar la aplicación de la ley frente a distintos delitos en ambos estados. -Son sometidos a la Justicia el jefe de la Dirección Central Antinarcóticos de la Policía (Dican), coronel Carlos Fernández Valerio, el también coronel Félix Paulino López y otros oficiales, así como los fiscales adjuntos Máximo Díaz Ogando y Ramón Veras Castro, acusados de robar y vender 1,200 kilos de cocaína incautados durante un operativo en Santo Domingo Este. 2025. El Poder Ejecutivo destituye mediante el Decreto 8-25, al ministro sin cartera para Políticas de Integración Regional, Miguel Mejía, luego de este calificara al presidente Luis Abinader de "injerencista", por su reiterado apoyo al candidato de la coalición opositora de Venezuela, Edmundo González Urrutia. Internacionales 1519. Muere el emperador romano, Maximiliano I. 1610. Se decreta la expulsión de los moriscos de Andalucía. 1755. La emperatriz Isabel aprueba la creación de la primera universidad rusa, la de Moscú. 1816. Una ley del Gobierno francés dispone el destierro de toda la familia de Napoleón Bonaparte. 1945. Comienza la contraofensiva soviética sobre las líneas alemanas del Este. 1946. La Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas crea el Consejo de Seguridad. 1971. Inicia en Estados Unidos el juicio contra el sacerdote católico Philip Berrigan y otras cinco personas, por afirmar que harían un "arresto simbólico" contra el Secretario de Estado, Henry Kissinger (uno de los responsables de la Guerra de Vietnam). 1984. Honduras solicita una reunión urgente del Consejo Permanente de la OEA para tratar sobre las acciones de Nicaragua en la zona fronteriza, al atacar un helicóptero estadounidense. 1998. Dirigentes del Partido Comunista de Chile presentan la primera querella judicial en contra del ex dictador Augusto Pinochet. 2006. Dos personas mueren y otras siete resultan heridas, entre ellas tres soldados de la fuerza de la ONU en Haití, durante las protestas en la localidad haitiana de Juana Méndez por la muerte de 25 haitianos en República Dominicana. 2006. En Arabia Saudí, una estampida humana sobre un puente abarrotado de peregrinos musulmanes en las cercanías de La Meca provoca la muerte de al menos 345 personas de diversas nacionalidades, así como 289 heridos. 2009. El presidente de Estados Unidos, George W. Bush, reconoce la comisión de errores durante sus dos períodos de gobierno, entre los que cita haber proclamado por adelantado, la victoria en Irak. 2010. En Haití, un devastador terremoto de magnitud siete grados en la escala de Richter, provoca la muerte y heridas a más de 300 mil personas, además de millonarios daños materiales. -Un equipo de científicos revela haber descubierto el origen de las cepas del virus de inmunodeficiencia humana (VIH) que afectan a hombres homosexuales y bisexuales. 2012. Un grupo de piratas somalíes intenta atacar el buque de aprovisionamiento logístico de la Armada Española Patiño tras confundirlo con un barco mercante de gran tamaño. 2013. El presidente francés, François Hollande, ordena que tropas francesas intervengan junto al ejército regular de Mali, que intenta detener el avance hacia el sur del país de los grupos salafistas que desde mediados de 2012 controlan la mitad septentrional de ese país africano. 2014. La agencia japonesa de noticias Kyodo publica documentos desclasificados que revelan el Ejército de Estados Unidos realizó experimentos con armas biológicas en Taiwán y las islas japonesas de Okinawa a principios de la década de los años 60. 2015. Bruce Rauner es juramentado como nuevo gobernador de Illinois, convirtiéndose en el primer republicano en ocupar el cargo desde el 2003. 2016. En Estambul, se perpetra un nuevo atentado suicida cerca de la atracción turística de la Mezquita Azul con saldo de 10 muertos y 15 heridos. 2018. El Gobierno y la oposición de Venezuela vuelven a reunirse en el país, tras concluir la ronda de dialogo con avances aunque sin lograr aún un acuerdo que permita una salida a la grave crisis política y económica que vive el país sudamericano. 2022. El Gobierno de Colombia reitera que el cónsul honorario en Puerto Príncipe, Julio Santa, ha sido amenazado, destacando la ineficacia de la justicia haitiana para avanzar la investigación del magnicidio perpetrado contra el presidente Jovenel Moise, en el que están implicados 20 mercenarios colombianos. 2024. Los rebeldes hutíes de Yemen prometen lanzar fuertes represaliaspor los ataques estadounidenses y británicos contra ellos, elevando aún más la perspectiva de un conflicto más amplio en una región ya agobiada por la guerra de Israel en Gaza. 2025. El presidente Nicolás Maduro, juramentado horas antes por el Parlamento para el periodo 2025-2031, afirma que Venezuela se prepara junto con Cuba y Nicaragua para "tomar las armas, de ser necesario, para defender el derecho a la paz".

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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