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Efemérides

54Grado.com : Hoy es domingo 8 de febrero del 2026 . Faltan 327 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1822. El presidente de Haití Jean Pierre Boyer invade la parte Este de la isla, a la cabeza de un ejército de 10,000 hombres, aboliendo la esclavitud e imponiendo otras medidas contenidas en la Constitución haitiana. 1875. Los congresos de la República Dominicana y Haití aprueban el tratado sobre límites fronterizos de ambas naciones. 1876. El Presidente haitiano Florvil Hippolyte anuncia al presidente dominicano Ulises Heureaux la conformación de la comisión de arbitraje de interpretación del tratado fronterizo, el cual sería encabezado por el Papa. 1907. El canciller, Emilio Tejera y Federico Velásquez, ministro de Hacienda y Comercio, firman con el cónsul de Estados Unidos en el país, Thomas Dawson, una convención de arreglo para la deuda externa, ascendente a 30 millones de dólares. 1915. Fallece en Santo Domingo, a la edad de 77 años, el varias veces presidente de la República y fundador del partido Verde, Ignacio Ma. González. 1938. El licenciado Joaquín Balaguer hijo es escogido como miembro de la Cámara de Diputados, por los integrantes de ese poder del Estado. 1973. El Presidente Joaquín Balaguer designa al Capitán de Navío, Manuel Ramón Montes Arache, encargado del patrullaje de la Capital, en momentos que tropas militares y policiales persiguen el grupo guerrillero encabezado por el ex coronel Francisco Caamaño Deñó. 1990. El presidente Joaquín Balaguer y el ex presidente Juan Bosch reciben el Premio Nacional de Literatura, en reconocimiento a su producción literaria de toda una vida. 2010. El presidente Leonel Fernández emite el Decreto No.56, mediante el cual se dispone el cambio de denominación de las secretarías de Estado por la de ministerios. 2012. El Partido Frente Amplio advierte que el presidente Leonel Fernández, la primera Margarita Cedeno de Fernández y el PLD podrían ser llevados a los tribunales por abusar de los recursos del Estado en la campana electoral. 2015. La fiscal de Santiago, Luisa Liranzo resulta herida de perdigones, luego de que a un guardia privado se le escapara un cartucho de una escopeta en el parqueo posterior del Gran Teatro del Cibao, donde la magistrada presenciaba el carnaval, junto a familiares y amistades. -El matutino Listín Diario publica una nota en la que revela que la mujer más buscada de Francia, Hayat Boumeddiene, sobre quien las autoridades de ese país advierten de su alta peligrosidad, estuvo disfrutando de las aguas de playa dominicanad con el terrorista Amedy Coulibaly, meses antes de que este yihadista islámico se atrincherara en un supermercado judío cercano a la Puerta de Vincennes, en París, donde asesinó a cuatro rehenes, hasta que fue abatido por la Policía. -Fallecen los dirigentes choferil y sindical, Ramón Pérez Figuereo y Fernando Guante, presidente de la Central Nacional de Transportistas Unificados (CNTU) y secretario general de la Confederación Autónoma Sindical Clasista (CASC), respectivamente, tras varios años de dolencias. 2016. La Presidencia de la República muestra su disconformidad con la elección del escritor y Premio Nobel de Literatura Mario Vargas Llosa, realizada por el jurado del Premio Internacional Pedro Henríquez Ureña, considerando que éste ha irrespetado las instituciones estatales del país. Internacionales: 1517. Una expedición organizada por Diego Velázquez, Gobernador de Cuba, sale a la conquista de México. 1587. Es decapitada la reina de Escocia María Estuardo, acusada de conspirar para asesinar a la reina de Gran Bretaña, Isabel I. 1815. El Congreso de Viena pone fuera de la ley internacionalmente el comercio de esclavos. 1898. Es asesinado el Presidente guatemalteco Rafael Barrios 1904. Se inicia la guerra ruso-japonesa. 1924. En Estados Unidos se emplea por primera vez la cámara de gas con un condenado a muerte. 1962. Fuerzas leales al Gobierno de Guatemala dispersan los rebeldes que dos días antes atacaron dos poblaciones del noroeste de la capital y los persiguieron hasta las montañas, después que estos emprendieron la fuga. 1971. En Suiza es aprobado mediante referéndum, el voto femenino. 1979. Estados Unidos suspende su ayuda económi­ca y militar al régimen del dictador Anastasio Somoza. 1984. Desaparece en París, Francia, donde residía desde hacía 33 años, el escritor Julio Cortázar, autor de la novela Rayuela. 1993. Mueren 134 personas al chocar un avión militar iraní contra otro civil -de la misma nacionalidad-, con 132 personas a bordo, cerca de Teherán. 1997. En Ecuador se genera un caos político al ser proclamados tres presidentes. Tras varios días de inestabilidad, Fabián Alarcón contó con los votos suficientes para su nombramiento como jefe de Estado interino. 1999. Abdalá II de Jordania jura su cargo como nuevo rey y nombra heredero a su hermanastro Hamza, tras el fallecimiento de su padre el rey Hussein. 2003. En Bogotá (Colombia), un coche-bomba explota en el edificio del club El Nogal, dejando un saldo de 30 víctimas fatales y un centenar de heridos, entre ellos varios niños. 2006. El semanario satírico francés Charlie Hebdo publica las caricaturas aparecidas en el Jyllands-Posten añadiendo otras nuevas en su portada de Mahoma llevándose las manos a la cabeza y diciendo "Es duro ser amado por tontos". 2012. El diario News York Times plantea en un editorial que Estados Unidos deberían compensar a las víctimas en Guatemala de un experimento médico efectuado hace más de 60 años, que incluyó la infección deliberada con enfermedades venéreas a más de 1,300 personas. -El presidente de Bolivia, Evo Morales, replica a la ONU que en su país no hay persecución política a opositores, después de que el organismo le pidiera que sus adversarios sean juzgados con imparcialidad, presunción de inocencia y transparencia en los casos de supuesta corrupción que les abrió su gobierno. 2013. La Fiscalía de Nueva York cita a la agencia de calificación de fraude Standard & Poor's, la corporación financiera Moody's y Fitch para investigar su actuación previa a la crisis financiera de 2007-2010. - La Unión Europea logra un acuerdo sobre el presupuesto para 2014-2020. 2014. Un avión de pasajeros cae a un río en la Amazonía brasileña, muriendo 24 personas, la mayoría de la misma familia. -La infanta Cristina de España declara como imputada por supuestos delitos de fraude fiscal y blanqueo de capitales. 2015. Fallece a la edad de 82 años, el empresario mexicano Mario Vázquez Raña, presidente de la Organización Deportiva Panamericana (Odepa). 2016. El Pentágono anuncia su intención de desplegar un moderno sistema antimisiles a Corea del Sur "lo antes posible" como parte de su respuesta a la "amenaza" por parte de Corea del Norte tras el lanzamiento de un cohete de largo alcance días antes. 2019. Sectores de la oposición haitiana realizan manifestaciones callejeras para exigir la renuncia del presidente del país, Jovenel Moise, quien precisamente, cumple dos años de Gobierno. 2023. El bañoncetista LeBron James hace historia al superar la marca de Kareem Abdul-Jabbar, como el máximo anotador histórico de la NBA, logro que concreta con 38 puntos anotados ante Oklahoma City Thunder, alcanzando un total de 38,390 puntos. 2024. El magistrado Alexandre de Moraes, juez de la Corte Suprema de Brasil, ordena al expresidente Jair Bolsonaro entregar su pasaporte en un plazo de 24 horas, como parte de la operación policial contra militares y aliados políticos del líder ultraderechista por intento de golpe de Estado, durante y después de las elecciones de 2022, para impedir la asunción al Gobierno de Luiz Inácio Lula da Silva. - El presidente de EEUU, Joe Biden, califica de "desquiciadas y atroces" las declaraciones del expresidente Donald Trump de apoyar un ataque de Rusia a aliados de la OTAN que no estén al día con sus obligaciones financieras, en un mitin de campaña en Conway (Carolina del Sur). 2025. Un potente sismo de magnitud 7.6 grados sacude el mar Caribe, a unos 209 kilómetros de la costa de las Islas Caimán, generando alertas de tsunami en varios países de la región, con peligrosas olas que podrían alcanzar áreas a lo largo de las costas de Jamaica, Cuba, México, Honduras, Bahamas, Belice, Haití, Costa Rica, Panamá, Nicaragua y Guatemala, según informes del Centro de Alerta de Tsunamis del Pacífico.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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