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54Grado.com : Hoy es jueves 9 de abril del 2026. Faltan 266 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1494. Sale de La Isabela un contingente militar para mantener el éxito de su proyecto de conquista, disponiendo el almirante Cristóbal Colón, además, organizar administrativamente la primera ciudad del Nuevo Mundo. 1799. Muere el abogado e historiador Antonio Sánchez Valverde y Ocaña. 1849. El ejército dominicano es rechazado por los haitianos próximo a Azua. 1855. Son condenados a muerte por alegadamente conspirar contra el gobierno de Pedro Santana el general Antonio Duvergé y sus hijos Alcides y Daniel, este último con solo 16 años y su ejecución para cuando cumpliera 18, así como Juan Tomás de la Concha y Juan María Albert. 1865. Se inicia el intercambio de prisioneros españoles y dominicanos en la Guerra de la Restauración. 1880. El presidente Gregorio Luperón dispone el arresto del nombrado Francisco Otamendi, quien es acusado de atentar contra la vida del patriota cubano Antonio Maceo. 1948. Joaquín Balaguer es testigo ocular del llamado «Bogotazo» colombiano, al producirse el asesinato del líder político liberal Jorge Eliécer Gaitán. 1958. Argentina rompe relaciones diplomáticas con la República Dominicana porque la tiranía trujillista acogió como exiliado al depuesto presidente, general Juan Domingo Perón. 1962. Miles de personas procedentes de todas partes del país reciben de manera jubilosa al profesor Juan Bosch, presidente del Partido Revolucionario Dominicano, quien retornaba a su patria luego de varios años de exilio. 2007. El presidente de la JCE, Julio César Castaños Guzmán, afirma que venció el tiempo para ejercer cualquier acción legal para anular el acta de nacimiento de la activista y defensora de los derechos humanos Sonia Pierre, también conocida como Solange Pierre. 2011. Fallece a la edad de 87 años, en su residencia de la capital, la magistrada de la Suprema Corte de Justicia Margarita Tavares, quien padecía desde hace tiempo serios quebrantos de salud. 2020. Ante el agotamiento del «arsenal» de pruebas rápidas para la detección de COVID-19 y otros materiales médicos, el candidato presidencial del oficialista PLD, Gonzalo Castillo, anuncia el envío de tres aeronaves de su empresa a la República Popular China en busca de insumos para enfrentar la pandemia provocada por el nuevo coronavirus en el país. 2021. El gobernador del Banco Central, Héctor Valdez Albizu, descarta que el Gobierno destine recursos económicos para crear un fondo para garantizar préstamos a micro y pequeñas empresas, como sugiere la Asociación de Bancos Múltiples, porque implicaría la necesidad de emitir dinero inorgánico. 2024. El presidente de la Junta de Aviación Civil (JAC), José Marte Piantini, informa que la República Dominicana ha sido elegida a unanimidad para ocupar la primera vicepresidencia del Comité Ejecutivo de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC). 2025. Según un estudio del Centro Regional de Estrategias Económicas Sostenibles (CREES), desde 1991, el gasto real del Gobierno central ha crecido cerca de tres veces más rápido que el PIB real (multiplicándose por 15.8 frente a 5.3 del PIB), generando déficits recurrentes y deuda, expansión que se aceleró tras 2001, impulsada por deuda externa y baja contención del gasto, superando el crecimiento económico. -El Primer Tribunal Colegiado del distrito judicial de La Vega dictó la extinción de la acción penal en el caso contra el empresario Miguel Arturo López Florencio (Micky) y varios miembros de su familia, acusados de lavado de activos provenientes del narcotráfico. Internacionales: 1455. El cardenal español Alonso de Borja es elegido papa con el nombre de Calixto III. 1492. Muere Lorenzo de Médici, banquero y político italiano, que fue un importante mecenas de las artes y las letras durante el Renacimiento. 1682. Se produce el descubrimiento de la desembocadura del río Misisipi por el explorador francés Robert Cavelier, señor de La Salle. 1865. El general norteño Ulysses Grant derrota al general sureño Robert Lee para poner fin a la guerra de Secesión norteamericana. 1891. En Estados Unidos, James Foster, de 70 años de edad, dispara durante el recreo una escopeta contra alumnos del St. Mary's Parochial School, Newburgh, Nueva York, siendo este el primer asesinato en masa en un colegio estadounidense. 1914. Se produce el llamado «Incidente de Tampico», debido al cual el gobierno estadounidense «se sintió ofendido» por el gobierno de Victoriano Huerta y así apoyó a las fuerzas constitucionalistas de Venustiano Carranza en su lucha revolucionaria. 1948. En Bogotá, Colombia, un grupo de veintiún países firman la Carta constitutiva de la Organización de los Estados Americanos (OEA), teniendo como principales objetivos la soberanía y la lucha por la democracia. -El jurista, escritor y político colombiano Jorge Eliécer Gaitán Ayala es asesinado de varios balazos por el joven Juan Roa Sierra, quien fue linchado por la muchedumbre y su cadáver desnudo arrastrado por la calle después del asesinato, lo que dio inicio al episodio local conocido como El Bogotazo. 1965. Se firma el tratado que establece las instituciones comunes de la entonces Comunidad Económica Europea. 1992. El general Manuel Antonio Noriega, expresidente de Panamá, es condenado en Miami a prisión por tráfico de drogas, crimen organizado y blanqueo de dinero. 1995. Alberto Fujimori es reelegido presidente de Perú. 1998. En La Meca, Arabia Saudita, 118 personas mueren aplastadas por una multitud en el último día de la peregrinación ritual musulmana. 2000. Muere a manos de su guardia personal durante un golpe de Estado el presidente de Níger, Ibrahim Baré. 2003. Entran a Bagdad los primeros tanques estadounidenses sin encontrar mucha resistencia. 2008. El ministro de Defensa de Ecuador, Wellington Sandoval, presenta su renuncia al presidente Rafael Correa, siendo sustituido por el asesor presidencial Javier Ponce Ceballos. 2009. El presidente de Bolivia, Evo Morales, se declara en huelga de hambre junto con los movimientos sociales que lo apoyan para exigir al Congreso Nacional la aprobación de la ley electoral necesaria para convocar los comicios generales del próximo 6 de diciembre. 2012. El exoficial del Ejército peruano Telmo Hurtado admite su responsabilidad en la ejecución de 31 personas de las casi 70 asesinadas en 1985 en la localidad de Accomarca, en Ayacucho. 2013. Fallece a la edad de 87 años de un derrame cerebral la ex primera ministra británica (1979-1990) Margaret Thatcher. 2016. El Gobierno de Estados Unidos continúa su presión para lograr un precedente judicial que obligue a compañías tecnológicas como Apple a colaborar con las fuerzas de seguridad cuando sea requerido por un juez. 2018. El presidente chileno, Sebastián Piñera, presenta una propuesta de ley migratoria que busca la regularización de los inmigrantes en condición irregular, estimados en más de 300,000 personas. 2021. Fallece a la edad de 99 años, en el palacio de Windsor, el príncipe Felipe de Edimburgo, luego de ser intervenido con éxito de una dolencia cardíaca preexistente, según anunció su esposa, la reina Isabel II. -Un grupo de balseros cubanos rescatado tras huir de las autoridades migratorias de las Islas Caimán se niega a abandonar el buque de bandera panameña que los auxilió, exigiendo ser llevado a Panamá para continuar su travesía hacia la frontera sur de Estados Unidos. 2024. El Gobierno ecuatoriano acusa al de México, ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), de «socavar» la figura del asilo diplomático, al hacerse eco de la importancia y respeto que otorga a la institución del asilo. -La fiscalía de Venezuela anuncia el arresto de los exministros de Economía y de Finanzas, Tareck El Aissami y Simón Zerpa, además del empresario Samark López, por su presunta implicación en un escándalo de corrupción en perjuicio de Petróleos de Venezuela (PDVSA) y otras dos instituciones estatales, además de traición a la patria, apropiación del patrimonio público, tráfico de influencias, legitimación de capitales y asociación. 2025. El presidente de EE. UU., Donald Trump, se burla de los países que, según dice, quieren negociar los aranceles que ha impuesto de manera unilateral: «Estos países nos están llamando. Me están besando el trasero», proclamó. -Según un reporte de NBC News, la administración Trump está considerando atacar con drones a los cárteles de la droga en México, a pesar de los avances en seguridad del gobierno mexicano.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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