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Efemérides

54Grado.com : Hoy es lunes 25 de mayo del 2026 . Faltan 220 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1824. El Presidente Boyer dispone introducir personas de raza negra procedentes de los Estados Unidos, para poblar la parte oriental de la isla. 1882. El Presidente monseñor Fernando Arturo de Meriño decreta que se abra un registro de extranjeros residentes en territorio dominicano. 1822. Nace el educador y periodista Nicolás Ureña de Mendoza, padre de la poetisa y educadora Salomé Ureña de Henríquez. 1844. Nace en Santo Domingo, el restaurador Francisco Gregorio Billini. 1845. Basado en un parte enviado por el general Antonio Duvergé, el Presidente Pedro Santana lanza una proclama dirigida al país, en la cual cita los triunfos alcanzados por las tropas dominicanas en la lucha contra los invasores haitianos, en Las Matas, Comendador, la provincia de Azua y en la línea fronteriza. 1898. Nace en Puerto Plata el luchador nacionalista e internacionalista Gregorio Urbano Gilbert. 1923. El poeta Fabio Fiallo presenta en un acto celebrado en La Vega, al patriota Cayo Báez, el campesino cibaeño torturado por las tropas norteamericanas de ocupación. 1926. El Congreso declara el último domingo de cada mes de mayo como día de Las Madres dominicanas. 1937 - Comienza a aplicarse la Ley 1307, que obliga tocar el Himno Nacional al inicio y final de todos los conciertos públicos y en las transmisiones de radio. 1942. Un grupo patriótico encabezado por Manuel Arturo Peña Batlle solicita la toma del poder por el general Rafael Trujillo, a pesar de que la fecha de posesión es el 16 de agosto, obligando la renuncia del "presidente" Manuel de Js. Troncoso de la Concha 1945. Falleció tras ser sometido a una operación quirúrgica, el ex presidente Rafael Estrella Ureña, quien según algunos rumores, fue mandado a matar por el dictador Rafael Trujillo, a través del cirujano. 1965. El Presidente Francisco Caamaño Deñó se reúne con el asesor de Seguridad Nacional de EEUU, McGeorge Bundy, buscando una salida a la crisis dominicana. -La Agencia de Prensa (AP) revela que "el fallecido ministro rebelde dominicano, coronel Rafael Fernández Domínguez, tenía un largo récord de frecuentes contactos con conocidos grupos comunistas de España, Italia y Francia, mientras desempeñaba sus funciones de agregado militar en España en 1963 y 1964". -El enlace entre la OEA y el gobierno constitucionalista del presidente Francisco Caamaño, Homero Hernández, es detenido por soldados del gobierno del General Antonio Imbert Barrera. - El Secretario General de la OEA, José A. Mora, envía un cablegrama al Presidente de la Décima Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, Embajador Guillermo Sevilla Sacasa, en el que consideraba ¨indispensable y urgente¨ la presencia en Santo Domingo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. - El comandante Rafael –Fafa- Taveras proclama al leer el panegírico del combatiente caído Euclides Morillo, que la zona controlada por los constitucionalistas, "jamás se rendirá", porque antes será volada o incendiada. 1973. El Poder Ejecutivo promulgó el reglamento de aplicación de la Ley 520, que regula el mercado nacional del gas licuado de petróleo. 1990. Luego de una crisis por las denuncias de fraude hechas por el profesor Juan Bosch, candidato presidencial del Partido de la Liberación Dominicana, la Junta Central Electoral declara ganador de las elecciones del 16 de mayo al presidente Joaquín Balaguer. 1991. Su Santidad, Juan Pablo II anuncia su propósito de agregar a Monseñor Nicolás de Jesús López Rodríguez como miembro del Colegio de los Cardenales de la Iglesia Romana. 1992. El Senado de la República convierte en ley el proyecto contentivo del nuevo Código de Trabajo. 2008. El gobierno dominicano entrega al representante local de la Shell Company, Rafael Maradiaga, la propuesta de compra del 50% de las acciones que tiene esa empresa en la Refinería Dominicana de Petróleo. 2010. Los organismos investigativos del Estado señalan al fugitivo y narcotraficante boricua José Figueroa Agosto, de ser el autor intelectual de las muertes del empresario Rubén Soto Hayet, dueño de la panadería La Francesa, del coronel José Amado González y del vigilante Omar Antigua Polanco. 2018. El equipo técnico del Plan Nacional de Alfabetización "Quisqueya Aprende Contigo" declara oficialmente la comunidad Bajos de Haina como "Municipio Libre de Analfabetismo" tras disminuir su tasa de analfabetismo a 4.2 %. 2021. El canciller Roberto Álvarez revela a través de un Twitter que los presidentes dominicano, Luis Abinader y Jovenel Moïse, de Haití, se reunieron para conversar sobre la situación del río Masacre, acordando "no caer en el juego de los ultranacionalistas dominicanos y haitianos". -La República Dominicana recibe el noveno lote con un millón de vacunas Sinovac procedente de China, con las que contempla continuar su Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19. 2023. Fallece a la edad de 78 años el economista Juan Octavio Guiliani Cury, quien fue director ejecutivo del Consejo Nacional de Zonas Francas, la Asociación Dominicana de Bancos Múltiples, vicecanciller de la República y editor económico del periódico Hoy. 2024. La caída registrada por el otrora poderoso Partido de la Liberación Dominicana (PLD), ha sido abismal, respecto a los resultados de las recién pasadas elecciones presidenciales y congresuales del 19 de mayo, los que le retornaron al mismo nivel que tenía hace 42 años cuando la cantidad de votos alcanzados en 1982 fue de un 9.8%. Internacionales: 1521: Carlos V declara a Martín Luthero hereje y fuera de la ley, de acuerdo a lo dispuesto por la Dieta de Worms. 1539. El navegante español, Hernando de Soto, llega sin contratiempos, a la bahía del Espíritu Santo (Tampa, hoy Estado de La Florida), donde encuentra a Juan Ortiz, un superviviente de la expedición de Narváez, que vivía desde hacía doce años con los indios. 1659. En Londres, Richard Cromwell (32) -el hijo de Oliver Cromwell- comienza un segundo y breve periodo de gobierno republicano, conocido como Commonwealth. 1571. Se proclama en la Basílica de San Pedro de Roma, la Liga Santa contra el turco. 1809. Se produce la sublevación anticolonial española de la población de Chuquisaca (Bolivia). 1810. En Argentina, se inicia la llamada Revolución de Mayo, con una serie de acontecimientos revolucionarios que provocaron la deposición del virrey Baltasar Hidalgo de Cisneros y su reemplazo por la Primera Junta de Gobierno. 1813. El venezolano Santiago Mariño derrota al español Domingo de Monteverde en la batalla del Alto de los Godos. 1814. Tropas enviadas por el general José de San Martín al mando del coronel Ignacio Warnes toman la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, en el Alto Perú, tras derrotar a los realistas en la batalla de Florida. 1824. Estados Unidos reconoce el nuevo Gobierno de Brasil, país que había obtenido su Independencia de Portugal. 1848. El congreso mexicano ratifica el Tratado de Guadalupe Hidalgo, mediante el cual pierde tres millones cien mil kilómetros cuadrados a manos de los Estados Unidos. 1922. Vladimir Lenín sufre un ataque que lo deja paralítico. 1947. Es aprobada en el Senado de los EEUU la ley que crea la CIA. 1963. Es fundada la Organización de la Unidad Africana (OUA). 1979. Dos miembros del grupo terrorista ETA, asesinan en Madrid, durante un atentado, al teniente general Luis Gómez Hortigüela, a los coroneles Agustín Laso Corral y Jesús Abalos Giménez y el soldado que conducía el coche, Luis Gómez Borrero. -En Chicago, un avión DC-10 de American Airlines se estrelló segundos después del despegue, muriendo las 272 personas a bordo y tres en tierra. 1993. En Guatemala se produce un autogolpe del presidente Jorge Serrano Elías. 2002. En las islas Penghu (Taiwán), el vuelo 611 de China Airlines se estrella a los pocos minutos de haber despegado del aeropuerto internacional de Taoyuan, muriendo las 225 personas a bordo, al desintegrarse en el aire. 2005. En Bolivia, un grupo de militares de rango intermedio pide la renuncia del presidente Carlos Mesa, y el cierre del Congreso, lo que rechaza la plana mayor de las Fuerzas Armadas. 2006. Kenneth Lay y Jeffrey Skilling, ex directores de la empresa Enron, son hallados culpables de asociación delictuosa y fraude en uno de los escándalos corporativos más grandes de la historia. 2007. El presidente de EE.UU., George W. Bush, firmó la ley de fondos adicionales para las guerras en Irak y Afganistán, que tras un acuerdo entre la Casa Blanca y el Congreso se excluyó un calendario para la retirada de las tropas del país árabe. 2010. Pese a la existencia de una orden de captura por parte de la Corte Penal Internacional por crímenes de lesa humanidad, el presidente sudanés Omar al Bashir se juramenta para un segundo mandato. -En Surinam, es electo presidente el ex dictador y golpista Desiré Bouterse, líder de una coalición de partidos de Izquierda y de Derecha. 2012. En Siria, se produce una masacre en la ciudad de Hula, en la que mueren 108 personas, en su mayoría civiles y una gran parte de ellos niños, atribuyéndose el hecho a las fuerzas leales al gobierno. 2018. El expresidente panameño Ricardo Martinelli, detenido en una cárcel de Miami y en proceso de extradición a su país, señala en una carta difundida en la fecha, que durante su mandato (2009-2014) siempre apoyó los intereses de Estados Unidos y siguió instrucciones de la CIA. -El senador y expresidente de Colombia Álvaro Uribe (2002-2010) fue acusado en numerosas ocasiones por diplomáticos estadounidenses de tener vínculos con el narcotráfico en los años 90, según documentos desclasificados del Departamento de Estado. -Los partidos opositores españoles inician una enérgica campaña para expulsar al gobierno de derechas del presidente Mariano Rajoy, después de un fallo judicial según el cual su Partido Popular se benefició de una amplia trama de sobornos a cambio de contratos. 2021. El fiscal general de Manhattan (Nueva York), Cyrus Vance, convoca a un gran jurado para estudiar una posible imputación relacionada con la investigación contra el conglomerado empresarial del expresidente Donald Trump (2017-2021). - Los periodistas nicaragüenses María Lilly Delgado y Lourdes Arróliga y Guillermo Medrano, comparecen ante el Ministerio Público por un caso de presunto lavado de dinero en perjuicio del Estado, por el que se investiga a la aspirante opositora a la Presidencia Cristiana Chamorro Barrios. 2022- El exprimer ministro haitiano, Claude Joseph, reclama a los organismos internacionales dar seguimiento a las redadas que realizan las autoridades dominicanas para detectar y repatriar a haitianos indocumentados. - La Unión Europea, Estados Unidos y Reino Unido anuncian la creación del Grupo Asesor de Crímenes Atroces, con el objetivo de apoyar la Oficina del Fiscal General de Ucrania, que investiga los delitos de guerra cometidos durante la invasión rusa. 2025. La baja afluencia predomina en las elecciones de gobernadores y parlamentarios de Venezuela, después del llamado hecho por la mayoría opositora a la abstención, en protesta por la cuestionada reelección del presidente Nicolás Maduro. - El Departamento de Justicia de Estados Unidos condena a 210 años de prisión por abuso sexual infantil al estadounidense Michael Karl Geilenfeld, de 73 años, quien fundó en 1985 y dirigió en Haití el orfanato "Hogar de Niños San José".

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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