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Efemérides

54Grado.com : Hoy es martes 7 de abril del 2026. Faltan 268 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1843. La Junta Popular de Santo Domingo encarga a Juan Pablo Duarte instalar las juntas populares en la zona del este, lo que aprovecha el patricio para colocar al frente de dichos organismos a personas ligadas a la idea de la Independencia Nacional. 1858. Muere el arzobispo metropolitano, monseñor Tomás de Portes e Infante, vicario de la Iglesia desde 1830 y delegado apostólico. 1917. Mediante orden ejecutiva del gobernador militar, capitán de navío William Knapp, es creada la Guardia Nacional, la cual se mantuvo funcionando hasta que surge el 21 de junio de 1921. 1920. El representante W. E. Masson somete una resolución en la que ordena una investigación sobre la intervención militar de la República Dominicana, al tiempo de exigir la inmediata evacuación de las tropas estadounidenses. 1942. El profesor Juan Bosch es elegido secretario general del primer congreso del PRD en La Habana. 1960. El Servicio de Inteligencia Militar (SIM) reporta el descubrimiento de un presunto complot terrorista auspiciado por monseñor Tomás Reilly contra el Gobierno dominicano. 1962. El procurador general de la República, doctor Antonio García Vásquez, dicta un mandato de conducencia contra 258 personas señaladas como «caliés». 1963. La Asociación de Industrias repudia los sucesos acaecidos el día anterior en Rahintel, en los que resultó herido el presidente de la entidad, Horacio Álvarez, mientras el presidente de la República, Juan Bosch, defiende la libertad de prensa. 2008. El escritor dominicano Junot Díaz gana el Premio Pulitzer a una obra de ficción por La prodigiosa vida breve de Oscar Wao (The Brief Wondrous Life of Oscar Wao). 2013. El Show Aéreo del Caribe termina en tragedia con la muerte de dos pilotos de la Fuerza Aérea Dominicana que conducían un Pillán, el cual se precipitó al mar ante la mirada atónita de las miles de personas que acudieron al Malecón a observar el espectáculo. 2020. Ante el avance de contagios y fallecimientos por el COVID-19, el Gobierno autoriza al candidato presidencial opositor, Luis Abinader, a instalar un hospital temporal en La Vega, quien dijo estar en disposición de levantar otros en Santo Domingo Este, Santo Domingo Oeste, en la región sur y en San Pedro de Macorís. 2021. El excomandante constitucionalista Rafael «Fafa» Taveras revela que el jefe de los Hombres Ranas que combatieron del lado constitucionalista en la revuelta de abril de 1965, Manuel Ramón Montes Arache, liberó ocultamente de la cárcel a los condenados por el asesinato de Patria, Minerva y María Teresa Mirabal. 2023. El ministro de Relaciones Exteriores, Roberto Álvarez, rechaza mediante una nota verbal que el Gobierno dominicano haya recibido «ni antes ni después» pruebas que justifiquen la alerta migratoria lanzada por el Departamento de Estado de los Estados Unidos. -Fallece a la edad de 91 años en su residencia del Distrito Nacional el periodista Francisco Álvarez Castellanos, quien desarrolló una prolongada carrera en los principales medios de comunicación del país. 2025. El Poder Ejecutivo deposita en el Senado de la República el proyecto de ley que contiene la propuesta de reforma a la Ley 137-03, del 7 de agosto de 2003, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas. -El vicepresidente ejecutivo del Centro Regional de Estrategias Económicas Sostenibles (CREES), Miguel Collado, advierte sobre los efectos negativos de los nuevos aranceles anunciados por la administración del presidente Donald Trump, sugiriendo al Gobierno dejar atrás los estudios y comisiones para dar paso a la acción concreta, con reformas estructurales inmediatas. Internacionales: 1614. Muere El Greco, pintor español. 1803. Muere Toussaint Louverture en el castillo de Joux en Besanzón, Francia. 1823. Entra en España el ejército francés conocido como «los Cien Mil Hijos de San Luis» para apoyar al rey Fernando VII frente a los liberales y restablecer el absolutismo, en virtud de los acuerdos de la Santa Alianza. 1863. La catedral mexicana de Puebla es tomada por los invasores franceses. 1889. Nace en Vicuña, Chile, María del Perpetuo Socorro Godoy Alcayaga, conocida mejor como Gabriela Mistral, poetisa ganadora del Premio Nobel de Literatura en 1945. 1903. Muere de hambre y frío en la fortaleza de Joux, en el Jura, Francia, el padre de la patria haitiana, Toussaint Louverture (Nota: Históricamente se refiere a Louverture; Dessalines murió en Haití en 1806). 1926. Es herido de un disparo en la nariz el jefe de gobierno italiano Benito Mussolini, cuando una mujer de 62 años, recién salida de un psiquiátrico, le disparó; logró sobrevivir. 1939. Italia invade y anexa a Albania. 1948. Se funda la Organización Mundial de la Salud como dependencia de la ONU. 1955. El primer ministro británico, sir Winston Churchill, se retira del Gobierno. 1992. El Parlamento Europeo ratifica por amplia mayoría el Tratado de Maastricht para la Unión Europea. 1994. El papa Juan Pablo II inaugura la Capilla Sixtina, cuyos trabajos de restauración se prolongaron durante trece años. 2000. El presidente boliviano Hugo Banzer decreta estado de sitio, siendo la sexta vez que se determina esta medida de excepción en el país desde la recuperación de la democracia en octubre de 1982. 2003. En Bagdad (Irak), los camarógrafos José Couso y Taras Prostyuk (de Reuters) mueren como consecuencia del ataque de un tanque de Estados Unidos contra el Hotel Palestina de Bagdad. 2008. En China, es condenado a 19 años de prisión el magnate Zhang Rongkun, al que además le fue confiscada su fortuna valorada en 145 millones de euros (228 millones de dólares), por su implicación en el escándalo de los fondos de pensiones de Shanghái. 2009. El expresidente peruano Alberto Fujimori, de 70 años de edad, es condenado a 25 años de prisión por violaciones a los derechos humanos. 2010. Se inician en la localidad de Talas, Kirguistán, las revueltas que horas más tarde se extienden a otras ciudades del país centroasiático. 2016. La Corte Constitucional de Colombia rechaza una ponencia contraria al matrimonio de parejas del mismo sexo, lo que abre la puerta a la unión legal de homosexuales. 2018. El expresidente de Brasil Luiz Inácio Lula da Silva entra a la cárcel de Curitiba, donde empieza a cumplir su sentencia de 12 años. 2019. Las confesiones de delitos del exmilitar uruguayo José Gavazzo durante la dictadura (1973-1985), que fueron omitidas por las autoridades, ponen a tambalear al Gobierno de Tabaré Vázquez y traen como consecuencia una ola de destituciones que van desde el ministro de Defensa hasta la cúpula del Ejército. 2020. Un estudio del Instituto de Finanzas Internacionales revela que la deuda mundial alcanzó en 2019 los 255 billones de dólares y el año en curso supera el 322 % del producto interno bruto (PIB) planetario o 40 puntos porcentuales (87 billones de dólares) más que la acumulada al inicio de la anterior crisis económica en 2008. -El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anuncia que estudia congelar —en plena pandemia del COVID-19— los fondos que su Gobierno aporta a la Organización Mundial de la Salud (OMS), a la que acusa de estar presuntamente «sesgada» en favor de China. -La justicia ecuatoriana condena al expresidente Rafael Correa a ocho años de prisión y la retirada de sus derechos políticos por el delito de cohecho, al considerar que dirigió una estructura de corrupción con la que se financió ilegalmente su partido a cambio de contratos con el Estado. 2021. El expresidente Luiz Inácio Lula da Silva responsabiliza al entonces mandatario Jair Bolsonaro por supuestamente convertir a Brasil en una amenaza para el mundo con la circulación incontrolable de la COVID-19 y la aparición de nuevas mutaciones. -El diario The Washington Post revela que el presidente de El Salvador, Nayib Bukele, rechaza reunirse con Ricardo Zúñiga, el hombre elegido por el presidente Joe Biden para lidiar con Centroamérica, sin dar explicaciones de su decisión. 2022. La Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba una resolución que suspende a Rusia del Consejo de Derechos Humanos a raíz de las acusaciones de «horrendas violaciones a los derechos humanos» cometidas por soldados rusos en Ucrania. -El presidente de EE. UU., Joe Biden, define de «histórico» y un paso clave para la «diversidad» el hecho de que el Senado confirmara a Ketanji Brown Jackson como la primera mujer afroamericana que será jueza del Supremo del país. 2023. El juez Juan Merchan, asignado al caso contra el expresidente Donald Trump en Nueva York por falsificación de documentos mercantiles, denuncia haber recibido, al igual que su familia, amenazas a través de llamadas y correos electrónicos desde que leyó los 34 cargos que presentó la Fiscalía de Manhattan contra Trump, quien se declaró no culpable. -El Fondo Monetario Internacional (FMI) afirma que India y China protagonizarán la mitad del crecimiento económico mundial en 2023 durante un evento celebrado en Washington. 2024. La cifra oficial de muertos alcanzó en la Franja de Gaza los 33,175, de los cuales el 42 % de las víctimas mortales son niños, mientras 9,220 serían mujeres; en tanto, el número de heridos suma 75,886, a los que se añaden 7,000 cuerpos que se estima siguen bajo toneladas de escombros. -La Policía Nacional de Haití recupera un carguero lleno de arroz que había sido secuestrado tras enfrascarse en un tiroteo con pandillas que duró más de cinco horas, resultando heridos agentes y un número no especificado de pandilleros muertos en el enfrentamiento frente a la costa de la capital haitiana, Puerto Príncipe. 2025. Dos personas murieron y al menos otras nueve resultaron heridas en un ataque aéreo israelí en el sur de la Franja de Gaza, provocando la muerte del periodista Helmi Al-Faqawi y de un joven, Youssef al-Khazandar, quemados vivos. -China responde con firmeza a los aranceles anunciados por el presidente Donald Trump al imponer un gravamen del 34 % a todas las importaciones de productos estadounidenses, medida que desató una nueva jornada de pérdidas en los mercados bursátiles globales.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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