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Efemérides

54Grado.com :Hoy es domingo 31 de mayo del 2026 . Faltan 214 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1844. Juan Pablo Duarte y un grupo de seguidores inician un plan para tomar el poder en la naciente nación, que había caído en manos de grupos conservadores favorables a un protectorado de Francia. -La Oficialidad del Ejército de Santo Domingo pide a la Junta Central Gubernativa una nueva jerarquía militar para Duarte, Sánchez, Mella y José Joaquín Puello, lo que fue rechazado. 1881. El Presidente Fernando Arturo Meriño autoriza al señor Allen H. Crosby, para que construya un ferrocarril entre Samaná y Santiago. 1903. Es firmado en la capital dominicana un nuevo protocolo entre la República Dominicana y Estados Unidos, mediante el cual el país se declara deudora de la firma Santo Domingo Improvement Company, por la suma de US$4.5 millones. 1904. En unas elecciones consideradas fraudulentas, resultan electos Presidente y vicepresidente los generales Carlos Morales Languasco y Ramón Cáceres, respectivamente. 1935. Es promulgada la ley 914, mediante la cual se crean las Secretarías de Estado (hoy ministerios) de Industria y Comercio, la de Trabajo y de Agricultura. 1961. La nación dominicana es enterada a través de La Voz Dominicana, del ajusticiamiento, perpetrado la noche anterior, del tirano Rafael Leónidas Trujillo, a manos de un grupo de ex colaboradores. -El Poder Ejecutivo emite el decreto 6722, mediante el cual declara nueve días de luto nacional, por la muerte trágica del dictador Rafael Trujillo, pero su contenido se hace público al día siguiente. 1976. El Rey de España, Juan Carlos I y esposa, la Reyna Sofía, visita por primera vez el país, como primera escala de la gira al continente americano de la pareja real. 1992. Es promulgado por el Poder Ejecutivo el Código de Trabajo, que sustituye al que estaba vigente desde la era de Trujillo. 1996. Los líderes de los partidos Reformista Social Cristiano (PRSC) y de la Liberación Dominicana (PLD), Joaquín Balaguer y Juan Bosch, respectivamente, suscriben un pacto para integrar el "Frente Patriótico", de respaldo -en segunda vuelta-, del candidato presidencial peledeista, Leonel Fernández. 2005. El gobierno de Venezuela confirma haber reclamado al de la República Dominicana el derecho soberano de asumir el transporte del petróleo que le vende dentro del Acuerdo de Cooperación Energético de Caracas, lo que anularía el contrato entre REFIDOMSA y la naviera OSG. 2007. El Poder Ejecutivo crea mediante el decreto 282-07 el Museo Memorial de la Resistencia Dominicana con el encargo de recopilar, organizar, preservar, investigar, difundir y exponer los bienes del patrimonio tangible e intangible correspondiente a las luchas de varias generaciones durante la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo. mediante la Orden Especial 024-2008 se creó el 31 de mayo de 2008 la Dirección Central de Narcóticos (Dican) y Eliminada el 3 de febrero de 2021, 2010. El Senado de la República ratifica en única lectura el contrato de venta de 49% de las acciones de la Refinería Dominicana de Petróleo, S.A. (Refidomsa) a Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), por la suma de US$133.5 millones. 2016. Fallece en su residencia de la capital, a la edad de 95 años, el héroe nacional y general vitalicio del Ejército, Antonio Imbert Barrera, último sobreviviente del ajusticiamiento del tirano Rafael Trujillo Molina, la noche del 30 de mayo de 1961. -Un estudio realizado por el Observatorio Europeo de Drogas y Toxicomanías (OEDT) revela que la República Dominicana y Jamaica están entre las rutas más importantes para enviar cocaína a Europa. 2019. El Fondo de la Naciones Unidas para la Niñez, revela que durante los últimos seis años se han consumado 1,717 matrimonios infantiles, de los cuales en el 98% de los casos la pareja femenina era la menor de edad. -Los dominicanos residentes en el exterior envian US$36 mil 703 millones en remesas familiares formales de 2010 a 2017, según un estudio del Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos, avalado por el Banco Central. 2021. Al menos dos personas no identificadas son mantenidas en prisión e investigadas por la comisión de militares encargada del proceso relacionado al incidente ocurrido en la pista de aterrizaje del Aeropuerto Internacional de Las Américas, que provocó un apagón en el sistema de luces. -El contrato firmado por el gobierno dominicano con la farmacéutica Pfizer para el suministro de vacunas contra la covid-19 exime a la farmacéutica estadounidense de cualquier responsabilidad legal por eventuales retrasos en las entregas de las dosis. Internacionales: 1535. El Papa Paulo III nombra cardenal a San Juan Fisher, prisionero en la Torre de Londres. 1889. En Pensilvania (Estados Unidos) dos días de copiosa lluvia rompen la represa South Fork, a 23 km de la ciudad de Johnstown, provocando la muerte de 2,209 personas. 1921. En Tulsa (Oklahoma), hombres blancos armados ayudados por miembros de la policía perpetran la masacre de Tulsa, matando a 300 e hiriendo a otras 6,000 afroestadounidenses. 1970. Un terremoto sacude al Perú, mueren 50.000 personas y 30.000 resultan heridas. 1975. En Francia, la Convención suprime el tribunal revolucionario de París. 1820. En México es suprimida la Inquisición de la Iglesia Católica. 1902. Luego de dos años y siete meses, finaliza la guerra en los bóes y el Reino Unido. 1910. Es creada la Unión Sudafricana, dominio británico predecesor de la República de Sudáfrica. 1961. Sudáfrica proclama la república, con lo que se independiza totalmente de Gran Bretaña. 1970. En Perú, alrededor de 50,000 personas mueren como consecuencia de varios movimientos sísmicos. 1984. Edén Pastora, conocido durante la guerra contra el dictador Anastasio Somoza como "El Comandante Cero", es herido en un atentado. 1987. La Organización Mundial de la Salud y sus asociados del mundo celebran el Día Mundial del no fumador, dedicado a resaltar los riesgos para la salud al consumo de tabaco y promover políticas eficaces para reducir su uso. 1989. En un bar de Tarapoto (Perú), miembros de la banda terrorista Movimiento Revolucionario Tupac Amaru asesinan ocho travestis. Días después, declararon que los homosexuales eran "lacras sociales utilizadas para corromper a la juventud". 1991. Se firma en Lisboa un acuerdo para poner fin a la guerra civil en Angola. 2009. El juez federal de Nueva York, Denny Chin, dicta una sentencia de 150 años de prisión, la máxima que podía imponer, para el financiero Bernard Madoff, por haber cometido delitos "extraordinariamente maléficos". 2010. El presidente de Alemania, Horst Köehler, dimite al cargo debido a las polémicas declaraciones de que dio por la participación de las fuerzas militares de su país en Afganistán obedecían a intereses económicos. - La Marina israelí toma por asalto una flota que transportaba ayuda internacional e intentaba forzar el bloqueo de la Franja de Gaza, provocando la muerte a nueve pasajeros turcos y un grave enfrentamiento internacional. 2014. Estados Unidos y los talibanes intercambian cinco guerrilleros afganos detenidos en el centro de detención de Guantánamo por un soldado cautivo desde hacía cinco años. 2016. A petición del Parlamento venezolano, el secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, activa la Carta Democrática del organismo, en una acción que abre un proceso que puede llevar a suspender la membrecía del país sudamericano. 2019. El presidente del Consejo Supremo Electoral (CSE) de Nicaragua, Roberto Rivas, presenta su renuncia al cargo en medio de la crisis sociopolítica que vive el país que se ha cobrado la vida de más de un centenar de personas. 2020. La Guardia Nacional de EEUU confirma la movilización de 5,000 efectivos en 15 estados y el distrito de Columbia, en Washington D.C., para contener los disturbios por la muerte en Mineápolis del ciudadano de raza negra George Floyd durante una detención policial. 2021. La canciller alemana, Angela Merkel y el presidente francés, Emmanuel Macron, reclaman de manera conjunta "total claridad" sobre las revelaciones de que la Agencia de Seguridad Nacional de Estados Unidos recibió ayuda de Dinamarca para espiar a políticos europeos. 2022. Fallece en prisión, a la edad de 83 años el jefe del cartel de Cali, mientras pagaba una condena de 30 años en Estados Unidos, adonde fue extraditado en 2004. -El deshielo del tercer polo, el mayor depósito de agua congelada tras los polos norte y sur por efecto de la crisis climática, amenaza los más de 7,000 glaciares que alberga Pakistán y pone en peligro a millones de personas que observan cómo la magnitud y la frecuencia de las inundaciones aumenta. 2025. En su último informe mensual sobre la crisis humanitaria en Haití que cubre del 1 al 30 de abril, la Oficina de las Naciones Unidas para la Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCHA) destaca la intensificación de la violencia en los departamentos de Centro y Artibonite, donde más de 67,000 personas adicionales se convirtieron en desplazadas debido a la violencia.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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