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Efemérides

54Grado.com : Hoy es miércoles 18 de febrero del 2026 . Faltan 317 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1794. El gobernador de Santo Domingo, don Joaquín García, da cuenta de la recepción de las tres medallas de oro para tres jefes negros y de doce de plata "para que éstos las distribuyan entre los caudillos más beneméritos de su séquito". 1801. Se rinde el capitán general español destacado en Santo Domingo, Joaquín García Moreno, luego de resistir en todo el país a las tropas haitianas encabezadas por Toussaint Loverture. 1818. Una orden del Gobierno español manda a abrir el comercio extranjero en todos los puertos de la isla de Santo Domingo. 1855. La República Dominicana y España firman un Tratado de reconocimiento, paz, amistad, comercio, navegación y extradición, así como la prohibición de que se enajene "la menor parte del territorio dominicano. 1867. Es ejecutado en El Seibo el ex presidente Pedro Guillermo Guerrero. 1868. Un pelotón de fusilamiento hace efectiva la sentencia dictada contra los baecistas, general Pedro Guillermo, José Mata y Secundino Belén, acusados de rebelión armada contra la República. 1880. Es inaugurada en Santo Domingo la primera Escuela Normal -llamada La Escuela sin Dios-, dirigida por el educador puertorriqueño Eugenio María de Hostos, a cuya actividad sólo asistieron dos personas. 1962. Los doctores Julio César Castaños Espaillat y Miguel A. Piantini, así como el ingeniero Andrés Aybar Nicolás, son elegidos rector y vice rectores de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). 1962. El consejo de Estado nombra al civil Manuel Secundino Pérez Peña jefe de la Policía Nacional. 1973. El teniente general retirado EN, Fausto Caamaño Medina, su esposa, hijos y demás familiares solicitan al Presidente Joaquín Balaguer la entrega del cadáver de su pariente Francisco Caamaño Deñó "enterrado inhumanamente sin una caja protectora". 1997. Es promulgada la Ley 194-97, mediante la cual se le concede autonomía presupuestaria y administrativa al Ministerio Público y la Cámara de Cuentas de la República, además de establecer el los Poderes Legislativos y Judicial. 1999. Es inaugurado el Instituto Politécnico "Máximo Gómez", construido en la ciudad de Baní, con el auspicio del gobierno cubano, como muestra de agradecimiento por la participación del militar dominicano en la lucha independentista de Cuba. 2020. Varios técnicos de la Junta Central Electoral trabajan con los equipos del voto automatizado, sin avisarlo con anterioridad a los delegados políticos informando horas después la imposibilidad de mostrar algunos de los candidatos. 2025. El presidente Luis Abinader informó en la Conferencia de Energía y Expo sobre la Cadena de Suministro, Guyana 2025, que el país está listo para la exploración petrolera en el bloque Berbice de esa nación, destacando que, después de estudios e intercambios entre ambas comisiones, RD está en las condiciones para completar los acuerdos sobre la exploración minera. Internacionales: 1519. Hernán Cortés, zarpa del cabo de San Antón Cubano, con una flota de once naves y un millar de hombres, con propósito de conquistar México. 1546. Muere a causa de una apoplejía, el ex-sacerdote Martín Lutero, fundador de la reforma protestante del siglo XVI. 1806. Napoleón Bonaparte ordena la construcción del Arco de Triunfo de París, en memoria d la batalla de Austerlitz, ganada por su Ejército. 1815. Los Estados Unidos y Gran Bretaña firman su primer Tratado de paz. 1960. Argentina, Chile, México, Paraguay, Perú y Uruguay firman, en Montevideo, un convenio sobre la formación de una zona de Libre Co­mercio Latinoamericano (LAFTA). 1961. En Gran Bretaña, cerca de 2000 personas, encabezadas por el filósofo Bertrand Russell, protagonizan una sentada ante el Ministerio de Defensa, contra la instalación en Escocia de una base americana de lanzamiento de misiles atómicos. 1965. Es proclamada la Independencia de Gambia, de Gran Bretaña. 1977. El dictador argentino, general Jorge Rafael Videla, sale ileso de un atentado, perpetrado por el Ejército Republicano del Pueblo. 1983. En Venezuela, la estabilidad y fiabilidad que había caracterizado al Bolívar como signo monetario, inicia su declive, al cotizarse a 4.30 bolívares por dólar. 1984. Se firma un nuevo concordato entre Italia y la Santa Sede. 2004. En Irán, más de 295 personas, incluyendo cerca de 200 rescatistas, mueren cuando se incendia y explota un tren que carga azufre, petróleo y fertilizantes. 2005. La revista Science presenta el primer mapa de las insignificantes diferencias genéticas existentes entre los seres humanos. 2006. En los Territorios Palestinos se constituye el nuevo parlamento, controlado por Hamás. 2007. Se inicia la conmemoración del Día Internacional del Síndrome de Asperger (en honor al nacimiento del pediatra Hans Asperger, ). 2013. El presidente Evo Morales anuncia la nacionalización de la empresa Servicios de Aeropuertos Bolivianos SA (SABSA), filial del grupo español Abertis-Airports, que desde 1997 administraba los tres principales aeropuertos internacionales de Bolivia. -El presidente venezolano Hugo Chávez, llega a su país y recluido en el Hospital Militar de Caracas, para continuar el tratamiento contra el cáncer al que estaba siendo sometido en La Habana, Cuba. 2014. El presidente colombiano, Juan Manuel Santos, introduce cambios en la cúpula militar precipitados por el escándalo causado por las denuncias sobre supuesta corrupción en las compras y licitaciones del Ejército y otras irregularidades. -Arqueólogos israelíes informan haber descubierto una pequeña aldea de 2.300 años de antigüedad cerca de la carretera que conecta Tel Aviv con Jerusalén. 2015. Kate Brown se convierte en la primera gobernadora abiertamente bisexual de la historia de Estados Unidos, al jurar el cargo en el estado de Oregón, tras la renuncia de su antecesor por presunto tráfico de influencias. 2016. Es una poca habitual intervención en campaña para un presidente en ejercicio, Barack Obama duda de la capacidad del favorito en las primarias republicanas, Donald Trump, para ejercer el cargo de presidente de los Estados Unidos. 2018. La Cumbre de las Américas aprueba la exclusión de Venezuela y la incorporación de Cuba, con lo que la próxima cita política de la región, que se celebrará en Lima (Perú) en abril, volverá a estar incompleta. 2019. El primer ministro de Haití, Jean Henry Céant, anuncia una serie de medidas para tratar de paliar la crisis económica y luchar contra la corrupción en un intento por bajar la tensión política de los últimos días, para reclamar la dimisión del presidente haitiano, Jovenel Moise. -El Secretario de Defensa de Estados Unidos, Patrick Shanahan, dice no haber determinado si levantar un muro fronterizo con México con dinero del Pentágono, era una "necesidad militar". 2020. Tras 35 años después del papa Juan Pablo II suspender ´a divinis´ por formar parte de la revolución sandinista, el Papa Francisco concede la absolución al poeta y sacerdote nicaragüense Ernesto Cardenal. 2021. La NASA informa que la misión espacial del Programa de Exploración de Marte, Rover Perseverance, ha llegado al cráter Jezero del llamado Planeta Rojo, convirtiéndose en el quinto vehículo de exploración que la agencia espacial estadounidense coloca en la superficie de ese planeta. - La OMS reitera su reclamo a las compañías farmacéuticas de compartir sus "conocimientos" sobre las vacunas contra el coronavirus, para "ampliar la fabricación del suero y aumentar drásticamente su suministro mundial". 2022. En la provincia de Corrientes (Argentina), el gobernador Gustavo Valdes declara ese territorio como "Zona de Catástrofe Ecológica y Ambiental", debido a los incendios forestales sin precedentes que quemaron más del 10% de su superficie. 2024. La justicia rusa condena a penas de cárcel a al menos 150 personas detenidas en manifestaciones de homenaje al líder opositor Alexei Navalni, quien falleció dos días antes mientras cumplía una pena de 19 años en una prisión del Ártico de Yamal. 2025. Funcionarios rusos y estadounidenses de alto nivel, incluidos los principales diplomáticos de ambos países, mantienen conversaciones sobre la mejora de sus lazos y las primeras negociaciones de un acuerdo para poner fin a la guerra en Ucrania.

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sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

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