noticia principal

                                                                 

Efemérides

54Grado.com : Hoy es martes 21 de abril del 2026 . Faltan 254 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1845. El Congreso Nacional se reúne en sesión secreta para conocer una comunicación del presidente Pedro Santana, solicitando autorización para una nueva emisión de billetes. 1849. El Ejército dominicano, comandado por el general Pedro Santana, derrota a los haitianos, al mando del general Faustino Soulouque, en la Batalla de las Carreras, cerca de la bahía de Ocoa. En su huida hacia Haití, Soulouque saquea y quema los pueblos de Azua y San Juan de la Maguana y otros que encontró a su paso. 1936. Inicia su transmisión la emisora HI9B, identificada como la "Broadcasting del Hotel Mercedes", fundada por Morito Sánchez, emitiendo desde el Roof Garden del Hotel Mercedes de la calle 30 de Marzo. 1949. El Senado aprueba el proyecto de ley sometido por el presidente Rafael Trujillo, mediante el cual se contemplaba el traslado de los restos del general Pedro Santana, vencedor de Las Carreras, a una bóveda que se preparará en una de las paredes de una iglesia de El Seibo, cubierta con una lápida ornamental. 1955. A los fines de crear un marco jurídico que regulara el sector eléctrico, en fecha 21 de abril el Congreso Nacional aprobó la Ley Orgánica de la Corporación Dominicana de Electricidad (Ley núm. 4115), que le otorgó jurisdicción y autonomía a esa corporación para ejercer de manera exclusiva la autoridad eléctrica en el territorio de la República Dominicana. 1961. Turbas movilizadas por el Servicio de Inteligencia Militar (SIM) invaden la iglesia católica y la residencia del obispo de Barahona, Tomás Reilly, como culminación de una campaña anticlerical dirigida por la dictadura trujillista. 1963. Muere el señor José Bosch, padre del presidente de la República, profesor Juan Bosch. 1964. El coronel Rafael Fernández Domínguez escribe desde Madrid, España, a su compañero de lucha por el retorno al poder del depuesto presidente Juan Bosch, mayor retirado Héctor Lachapelle, advirtiéndole de la intervención gubernamental de su correspondencia. 1966. Un grupo de catedráticos de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) deja esa academia para fundar la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (UNPHU). 1967. El director de Bellas Artes, periodista Aliro Paulino hijo, sale ileso de un atentado a tiros del que fue víctima mientras visitaba el Centro Libanés, localizado frente al parque Independencia de la capital. 1970. El expresidente Juan Bosch regresa al país de su autoexilio en España, donde escribe sus más importantes obras, con el propósito de reorganizar y modernizar al PRD. 1977. El presidente Joaquín Balaguer ordena a las fuerzas militares y policiales desocupar las instalaciones de la UASD, no sin antes advertirles a las autoridades que volvería a intervenir la zona universitaria, y se registran nuevas movilizaciones. 1992. El gobernador de Nueva York, sr. Mario Cuomo, es condecorado por el Gobierno dominicano con la Orden Heráldica de Cristóbal Colón, Grado Gran Cruz, Placa de Plata. 1998. República Dominicana y Cuba anunciaron en forma simultánea el restablecimiento de relaciones diplomáticas plenas, interrumpidas hacía casi cuatro décadas. 2006. Con la presentación de 47 propuestas y más de 300 jóvenes participantes, es inaugurada en el país la primera Feria de Desarrollo "Juventud Innovemos", con el objetivo de impulsar la creatividad y la producción de bienes por parte de emprendedores. 2015. Los edificios históricos y museos de la Ciudad Colonial de Santo Domingo abren sus puertas para festejar la edición de primavera de la Noche Larga de los Museos (Alcázar de Colón, de las Casas Reales, la Fortaleza de Santo Domingo, Museo de la Familia Dominicana, Museo Infantil Trampolín y el Centro Cultural de España), auspiciada por el Ministerio de Cultura. 2019. El Segundo Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo se convierte en el primero del país que impone 40 años de prisión por un homicidio aplicando la Ley de Armas, contra Jesús Francisco Ramírez Guzmán (Omali), acusado de asesinar al cabo de la Fuerza Aérea Diógenes Polanco González. 2021. La vicepresidenta de la República, Raquel Peña, encargada del Poder Ejecutivo ante la ausencia de su titular Luis Abinader, dispone a través de su primer decreto, el número 256-21, la modificación de los artículos 5, 7, 10 y 18 del Reglamento sobre Precio de Transferencia, contenidos en el decreto 78-14 del 2014. 2022. El Gobierno dominicano informa que se trata de donar, por vía diplomática a otros países que pudieran estar necesitando las vacunas contra el COVID-19, las que, por falta de personas a quienes inoculárseles, están a punto de vencer. -La directora ejecutiva de Trans Dominicanas, Thalia Armendariz, denuncia la exclusión que vive ese colectivo, por lo que exigió al Congreso Nacional la aprobación de una ley de identidad de género. 2025. El Gobierno dominicano declara, mediante el Decreto 216-25, duelo oficial en todo el territorio nacional durante los días 22, 23 y 24 de abril por el fallecimiento del papa Francisco, como reconocimiento de su liderazgo global que impulsó importantes reformas dentro de la Iglesia católica y su humildad, apertura al diálogo y compromiso con la paz entre los pueblos. -El presidente Luis Abinader crea, mediante el Decreto núm. 215-25, el Observatorio de Políticas Migratorias, orientado a fortalecer la vigilancia organizada, la transparencia y la participación de la sociedad civil en el diseño, monitoreo y evaluación del Estado dominicano, organismo que estará bajo la dependencia del Ministerio de Interior y Policía. Internacionales. 1519. Hernán Cortés avista por primera vez las costas mexicanas, anclando sus naves cerca de San Juan de Ulúa. 1914. Se produce la ocupación de Veracruz (México) por tropas de Estados Unidos, ordenada por el presidente Thomas Woodrow Wilson. 1960. Brasilia es declarada nueva capital de Brasil. 1973. Los Estados Unidos denuncian a Vietnam del Norte por la violación del tratado de paz. 1975. El presidente de Vietnam del Sur, Nguyen Van Thieu, renuncia al cargo después de acusar a Estados Unidos de "negociar la suerte de los survietnamitas", siendo sustituido por el vicepresidente Tran Van Huong, de 72 años y enfermo. 2006. El rey Gyanendra de Nepal anuncia su renuncia al Poder Ejecutivo, tras dos semanas de masivas protestas ciudadanas y quince manifestantes muertos. 2010. Una plataforma perforadora de petróleo de la compañía British Petroleum se incendia y posteriormente se hunde en el golfo de México, siendo una de las peores tragedias ecológicas de las últimas décadas. 2013. Miles de franceses se manifiestan en París contra la legalización del matrimonio homosexual, a dos días de su aprobación en el Parlamento. 2015. El depuesto presidente egipcio Mohamed Mursi es condenado a 20 años de prisión por el uso de la violencia durante los disturbios registrados en El Cairo en 2012, en la primera sentencia contra él de uno de los procesos en los que afronta la pena capital. 2019. Al menos 290 personas mueren y otras 500 resultan heridas en Sri Lanka después de una serie de ocho explosiones simultáneas en cuatro hoteles, un complejo residencial y tres iglesias, donde se encontraban numerosos fieles que celebraban una de las grandes festividades cristianas. 2020. Los 193 miembros de la Asamblea General de la ONU adoptan por consenso una resolución que reclama un "acceso equitativo" a las "futuras vacunas" contra la COVID-19 y subrayan el "crucial rol dirigente" de la Organización Mundial de la Salud, criticada por Estados Unidos. -El presidente de EE. UU., Donald Trump, ordena "duplicar" el número de barcos militares y de soldados en las costas de Sudamérica para luchar contra el tráfico de drogas en el océano Pacífico y el mar del Caribe, lo que incluye a Venezuela y México. -La agitación en el mercado petrolero, hundido por la falta de demanda debido a la pandemia, persiste después de que en Estados Unidos los tenedores de contratos de venta a mayo tuvieron que pagar para deshacerse del petróleo, luego de un derrumbe histórico horas antes. 2021. Instituciones católicas haitianas, incluyendo escuelas y universidades, cierran sus puertas para demandar la libertad de cinco curas, dos monjas y otras dos personas secuestradas hace más de una semana en medio de una ola de violencia que el gobierno pasa apuros para controlar. -El presidente ruso, Vladímir Putin, promete dar "una respuesta dura" a las que denomina provocaciones de Occidente durante la lectura de su discurso anual a la nación, mientras miles de personas se manifiestan para exigir la liberación del opositor Alexéi Navalni. 2022. El expresidente de Honduras Juan Orlando Hernández es extraditado a Estados Unidos, país que lo acusa de tres cargos asociados al narcotráfico y uso de armas, en un hecho inédito en la historia de Honduras. -El Consejo Permanente de la OEA da luz verde a una resolución contra Rusia, mediante la cual le suspende como país observador permanente en el organismo, en castigo por su invasión a Ucrania. 2024. El diplomático Edmundo González Urrutia, designado sucesor de María Corina Machado, acepta su nominación como candidato presidencial de la mayor plataforma opositora de Venezuela para enfrentar al presidente Nicolás Maduro en los comicios del 28 de julio. 2025. El camarlengo, cardenal Kevin Joseph Farrell, anuncia en un videomensaje el fallecimiento del papa Francisco a los 88 años de edad en la Casa Santa Marta, siendo este el primer pontífice latinoamericano de la historia, quien cautivó al mundo con su estilo humilde y preocupación por los pobres, incomodando al sector conservador con sus críticas al capitalismo y el cambio climático.

mausan y noticia en vivo

El Tiempo

                                                      

Las Caliente Noticias

                                            Flag Counter

Buscar este blog


 


 


 

sábado, 18 de febrero de 2023

A lo que nadie tiene derecho

Julio César Castaños Guzmán
Santo Domingo, RD.

Hay palabras terribles porque resumen en unas pocas sílabas el drama de lo inevitable o la  contundencia de lo concreto; a veces, solo a veces, contienen una afirmación absoluta. 

La palabra: “nadie”, es uno de esos pocos vocablos que sintetizan lo específico de una sentencia jurídica que no tiene excepción.

De seguro que por esto los antiguos para formular algunos aforismos se sirvieron de dicho concepto, porque, esta acepción siempre se refiere a las personas, es decir,  que ningún individuo puede hacer esto o aquello; a que nadie estaba, que nadie fue.  Nunca se emplea para las cosas y los animales; siempre se refiere a personas, entes y conglomerados con personalidad, con voluntad.

El Derecho, de acuerdo al jurisconsulto Triboniano abarca tres grandes aspectos de la convivencia humana: a) vivir decentemente, b) darle a cada cual lo suyo, y, c) no perjudicar a nadie.  En el desafío que plantea este resumen del objeto de las ciencias jurídicas se ha debatido la civilización grecolatina durante muchos siglos.

En ese interactuar los juristas clásicos nos han legado diversas máximas que concretan en una sentencia corta la solución a un problema judicial en particular o establecen una base para la interpretación de los conflictos.  Son algunos de esos aforismos y disposiciones constitucionales pautadas por la palabra “nadie”, que deseo compartir.  Veamos.

“Nemo Judex inre sua”.  “Nadie puede ser juez en asunto propio”.  Se procura de esa forma garantizar la imparcialidad de las decisiones, y se refiere además, a las incompatibilidades de la función judicial con cualquier otra actividad pública, y la imposibilidad para un magistrado de pertenecer a un mismo tribunal que su cónyuge, pariente o amigo.  En definitiva, la prohibición de ser juez y parte.

“Nadie debe enriquecerse injustamente con perjuicio de otro”.  Toda obligación necesita una causa justa, lícita.  La acumulación originaria de capital precisa la base del trabajo remunerado y el intercambio legal de bienes y servicios.  Salvo por la apropiación de una “res nullius” (la cosa que no es de nadie), enseñorearse sobre un bien supone que el mismo antes estaba en el  patrimonio de alguien, y, hasta los bienes mostrencos o perdidos cuyo propietario es desconocido tienen en algunas legislaciones un estatuto particular. La causa para la transferencia de un bien siempre debe tener su origen en un merecimiento acorde a una juridicidad determinada.  Nunca por causa de la violencia, el engaño o la perfidia.

“Nemo dat quod non habet”.  “Nadie puede dar lo que no tiene”.  Profunda sentencia que se aplica a toda situación.  Existen obligaciones de dar, pero el que da lo hace a título oneroso o a título gratuito.  En todo caso, en principio, quien da debe ser a la vez propietario y señor de lo que concede.  Se extiende además, independientemente de la enajenación del bien, a los casos de dar en disfrute por comodato o arrendamiento.

También, la obligación de devolver al propietario los bienes de los que el poseedor se está sirviendo.  Pero la máxima es siempre válida, porque está fundada en la realidad objetiva, de que el causante solo puede dar lo que tiene.

“Nemo censetur ignorare legem”.  “De nadie se supone que desconoce la ley”. Las obligaciones legales no pueden ser rehuidas alegando que se desconoce la ley.  La Ley se reputa conocida por todos los ciudadanos, en el Distrito Nacional, el día siguiente al de la publicación. En todas las provincias que componen el resto del territorio nacional, el segundo día, de la forma que se establece en el Código Civil,  Art. 1. (Modificado por la Ley 1930 del 1949).

“Nemo plus juris ad alium transferre potest quam ipse habet”.  “Nadie puede transferir a otro más derecho que el que él mismo posee”.  El derecho tiene límites, la cesión de un bien incorporal, por ejemplo, no le adiciona accesorios que antes no pertenecían al principal, lo recibe pues el cesionario del cedente con los mismos frutos, atributos y modalidades que le eran inherentes originalmente.

 “Nemo liberalis nisi libertatus”.  “Nadie puede liberar si no está liberado”.  Es decir, quien tiene deudas no puede hacer liberalidades.  Existe un principio universalmente aceptado acerca del derecho de prenda general que tienen todos los acreedores sobre el patrimonio de su deudor. (Código Civil, Art. 2093). De donde, son anulables las maniobras de un deudor tramposo que pretende insolventarse, transfiriendo a favor de terceros los bienes que posee con la finalidad de eludir sus responsabilidades.

“Nadie puede litigar por procurador”.  Es una regla de procedimiento para la debida identificación de los litigantes y su eventual responsabilidad. Nadie puede servirse de interpósitas personas para reclamar en justicia un derecho.

Los requisitos indispensables de calidad e interés del peticionario reclamante en justicia son personales, no pocas veces personalísimas, por ejemplo,  el que demanda un divorcio, ya que, el interés es la medida de la acción.  Y esta realidad hace que cada acto procesal indique necesariamente a requerimiento de la persona que se hace, independientemente de que la procuración la tenga un abogado que actúa por su demandante.

“Nemo auditur propriam turpitudinem allegans”. “No se escucha a nadie (en juicio) que alega su propia falta”.  Trátase, por ejemplo, de aquellas personas que habiendo cometido faltas en la concertación de un acuerdo inmoral e ilícito pretenden luego ser restituidas o resarcidas por el imperio del poder judicial, cuando ellas sabían muy bien que lo que concertaban por su naturaleza ilegal les exponía a una eventualidad fatal.

Por otra parte, y para preservar a los ciudadanos contra los abusos del Poder Público, del Leviatán o del “ogro filantrópico” como le ha llamado Octavio Paz, la palabra “nadie” se utiliza con bastante eficacia en la formulación normativa constitucional de los derechos del procesado.

La Constitución de la República Dominicana dice expresamente en su artículo 40:

1) Nadie podrá ser reducido a prisión ni cohibido en su libertad sin orden motivada y escrita de un funcionario judicial competente, salvo el caso de flagrante delito;

13) Nadie  puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa;

14) Nadie es penalmente responsable por el hecho del otro.

Del Derecho Romano, “Nemo damnatur sine audiatur”. La necesidad siempre de ser oído en el proceso antes de ser condenado.

También, de los antiguos jurisconsultos: “Nemo debet bis puniri pro uno delicto”, es decir, nadie puede ser sancionado dos veces por el mismo delito. Universalmente conocido y constitucionalizado como: “Nom bis in idem.”  15)      A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda e impedírsele lo que la ley no prohíbe.

Por su claridad meridiana estas últimas formulaciones no necesitan glosa, ni explicación.   En una palabra todas las personas, todas la naciones, han de ser respetadas en su propia dignidad, y nadie puede esclavizarlas, porque resumen en ellas mismas derechos inalienables e inextinguibles.      

Finalmente, paciente lector, me atrevo a proclamar a los cuatro vientos y sin ambages, que:  ¡Nadie, absolutamente ¡NADIE!, tiene el derecho de atentar contra la Soberanía de la República Dominicana, porque ella se ha ganado a pulso histórico y por un merecimiento honorable, su lugar en el concierto de las naciones libres. Atesorando, por el mérito de sus héroes y la dignidad de su pueblo, el derecho imperecedero para que en plena libertad…  decida su destino.

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario


Noticias54

                             

Noticias