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54Grado.com : Hoy es Martes 21 de julio del 2026. Faltan 163 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1348 Pedro IV de Aragón somete y deshace a la poderosa Unión Aragonesa, que reunía a la nobleza de Aragón, en la Batalla de Épila. 1454 Enrique IV es proclamado rey de Castilla tras la muerte de su padre, Juan II, en Valladolid. 1568 Tiene lugar la batalla de Jemmingen en los Países Bajos, con victoria aplastante del ejército de la Corona Española. 1654 en la provincia Gansu (China), un terremoto de 8 grados en la escala de Richter deja un saldo de 31.000 víctimas. 1718 se firma el tratado de Passarowitz. 1773 el papa Clemente XIV ordena la disolución de la Compañía de Jesús. 1775 comienza la construcción de la nueva capital de Guatemala (la anterior, llamada la Antigua, fue destruida por un terremoto en 1773). Se sitúa a 40 km de la anterior y se denominará Ciudad de Guatemala. 1798 Batalla de las Pirámides y toma de El Cairo por las tropas francesas de Napoleón Bonaparte. 1831 Leopoldo I es oficialmente coronado rey de los belgas en Bruselas. 1847 España firma un tratado de paz y amistad con el Gobierno boliviano, en el que reconoce la independencia del nuevo país. 1861 Primera Batalla de Bull Run en la Guerra Civil Estadounidense. 1870 Se inaugura en Madrid el Café de Fornos. 1876 Aprobada una ley que anula el Régimen foral de las provincias vascongadas. 1901 Celebración de regatas internacionales en Santander. 1903 en Ciudad Bolívar, se libró la última batalla de la Revolución Libertadora donde el ejército gubernamental al mando de Juan Vicente Gómez vence a las fuerzas opositoras del general Nicolás Rolando. 1905 El sultán de Turquía es objeto de un atentado al salir de una mezquita. 1906 En Francia, Alfred Dreyfus es reintegrado en el Ejército y condecorado con la Legión de Honor. 1906 Por mediación de Theodore Roosevelt y de Porfirio Díaz se firma la paz entre Guatemala, El Salvador y Honduras. 1912 Albania se subleva contra la dominación turca. 1917 El Primer Ministro serbio Nikola Pašić publica un plan para una unión de los serbios, croatas y eslovenos en una monarquía serbia. 1917 Lanzamiento por los alemanes de las primeras bombas de gases asfixiantes durante la Primera Guerra Mundial. 1919 La Cámara de los Comunes ratifica el Tratado de Versalles. 1920 Chile: se produce la destrucción de la sede de la Federación de Estudiantes (FECh) durante la "Guerra de don Ladislao". 1925 "Martes rojo" en Gran Bretaña: para evitar una huelga, el primer ministro otorga a los mineros un adelanto especial a la espera de una negociación. 1928 Sublevación militar en varios estados de México. 1930 Se inaugura el aeródromo de Palomar de Zaragoza.

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lunes, 16 de agosto de 2021

Extradiciones de dominicanos a EE.UU. suman 437 en 23 años

Ramón Cruz Benzán
Santo Domingo, RD

Desde el año 1999 a la fe­cha, 437 dominicanos han sido entregados en extra­dición a los Estado Uni­dos, acusados bajo una veriedad de cargos que comprenden crímenes y delitos de narcotráfico, homicidio, fraude, lavado de activos y violación.

Estos datos están re­gistrados en estadísticas del Departamento de Ex­tradiciones y Asuntos In­ternacionales de la Pro­curaduría General de la República, a cargo de la procuradora adjunta, Gi­sela Cueto González.

Una parte de las extra­diciones fueron autoriza­das por la Segunda Sala Penal de la Suprema Cor­te de Justicia, y otros han aceptado irse de manera voluntaria para enfrentar los cargos que les son im­putados en la nación nor­teamericana.

Mientras tanto, las au­toridades estadouniden­ses han retirado 29 solici­tudes de extradición que reposaban en el Departa­mento de Extradición de la Procuraduría y la Su­prema Corte de Justicia.

Los jueces de la Segun­da Sala Penal de la Supre­ma tienen un fallo pen­diente de decisión, igual que tres solicitudes de ex­tradición por conocer.

Conforme con el regis­tro, este año 2021 un nú­mero de 17 dominicanos han aceptado irse volun­tariamente para enfrentar los cargos y tres han sido autorizados por la Supre­ma Corte, tras acoger los pedimentos presentados por el Ministerio Público.

El caso más reciente fue el del exalcalde peledeís­ta Erquidenio Balbuena Agueda (Putín), del dis­trito municipal Las Galeras, de Samaná, quien aceptó su extradición para responder al cargo de narcotráfico que le es formulada en el Distri­to Judicial Federal de Puer­to Rico.

Balbuena Agueda está ac­tualmente recluido en la cár­cel de Najayo, a espera de que el presidente Luis Abina­der firme el decreto para su extradición.

En 2020 se produjeron 24 extradiciones, incluyen­do la del dirigente del Par­tido Revolucionario Mo­derno (PRM), Yamil Abreu Navarro, quien aceptó su extradición a Estados Uni­dos para responder a la acusación de ser presunto cabecilla de una red inter­nacional de narcotráfico en República Dominicana vin­culada al Cártel de Sinaloa.

Igualmente, Luis Eduardo Velásquez Cordero, alias “El Pequeño”, también aceptó su extradición a los Estados Uni­dos, que lo requirió para en­frentar cargo por narcotráfi­co presentado por la Fiscalía de Nueva Jersey, que lo seña­ló como principal cabecilla de una red dedicada a esa activi­dad ilegal que habría movili­zado, en los últimos tres años, más de 260 millones de dóla­res. Se le vincula también a la red que dirigía César Emilio Peralta, bien conocido como “César el Abusador”.

Cronología de las extradiciones
Hubo 30 en 2019; 26 en 2018; 15 en 2017; 17 en 2016; 18 en 2015; 30 en 2014; 20 en 2013; 19 en 2012; 18 en 2011; 23 en 2010; 28 en 2009; 15 en 2008; 15 en 2007; 22 en 2006; 32 en 2005; 13 en 2004; 17 en 2003; 20 en 2002; 12 en 2001; 11 en 2000, y 7 en 1999.

Los extraditados han sido entregados a las autorida­des reclamantes en virtud de sentencias de la Supre­ma Corte de Justicia tras acoger los dictámenes del ministerio público, que for­mula esas peticiones a soli­citud de la embajada de Es­tados Unidos en el país.

Fue en el año 2005 cuan­do la Suprema Corte de Jus­ticia autorizó más extradi­ciones, entre esta la del ex capitán del Ejército Nacional, Quirino Paulino Castillo, pro­cesado en los Estados Unidos por narcotráfico. Tirso Cue­vas Nin, Julio Antonio Bur­diez de León y Lidio Arturo Nin Terrero, entre otros.

Oficina clave en procesos
El Departamento de Extra­diciones y Asuntos Interna­cionales de la Procuradu­ría está integrado, además de su titular, Gisela Cueto, por el procurador adjun­to Andrés Chalas, los fisca­les adjuntos Josefa Gonzá­lez y Francisco Cruz Solano y Analdis Alcántara Abreu, abogada de los Estados Unidos para los casos de ex­tradición.

Los fiscales se encargan del proceso de extradiciones, entrega de pruebas, informe de extradiciones activas y po­sitivas, recolección y sumi­nistro de pruebas.

Un tratado en vigor
El Tratado de Extradición entre la República Domi­nicana y los Estados Uni­dos fue firmado en Santo Domingo el 19 de junio de 1909, y está en vigor des­de el 2 de agosto de 1910. Su propósito es aunar la co­operación jurídica interna­cional para la entrega recí­proca de delincuentes. El 12 de enero de 2015, las au­toridades dominicanas y es­tadounidenses suscribieron otro tratado para enfrentar el crimen y la delincuencia na­cional e internacional, el cual abarca nuevas modalidades delictivas, como los tipificados de alta tecnología, terrorismo, narcotráfico y sicariato.

El texto expone, en su artículo 10, que en caso de urgencia, la parte requiren­te puede solicitar el arres­to provisional de la perso­na buscada, mientras está pendiente la presentación de la solicitud de extradi­ción y la documentación de respaldo que la justifica.

“Se puede transmitir una solicitud de arresto provi­sional por la vía diplomáti­ca, o directamente entre el Departamento de Justicia de los Estados Unidos y la Procuraduría General de la República Dominicana”.

Consigna que una per­sona arrestada provisio­nalmente puede ser libe­rada de la custodia a la terminación de los 60 días calendario, a partir de la fecha del arresto provisio­nal conforme, si la autori­dad ejecutiva de la parte requerida no ha recibido la petición de entrega y la documentación de respal­do que la justifica.

El hecho de que la perso­na buscada haya sido libe­rada de la custodia no será obstáculo para el posterior arresto y extradición, si la petición y la documenta­ción de respaldo que la jus­tifica es recibida en fecha posterior. Cuando se haya autorizado la extradición, pero a la persona buscada se la está procesando pe­nalmente o está cumplien­do una sentencia en la par­te requerida, esta difiere la entrega hasta que el proce­so haya concluido o haya cumplido la sentencia.

PUNTOS BÁSICOS
Más sobre acuerdo.

Consigna que una per­sona arrestada provisio­nalmente puede ser li­berada de la custodia a la terminación de los 60 días calendario, a par­tir de la fecha del arresto provisional conforme, si la autoridad ejecutiva de la parte requerida no ha recibido la petición de entrega y la documenta­ción de respaldo que la justifica.

El hecho de que la perso­na buscada haya sido li­berada de la custodia no será obstáculo para el posterior arresto y extra­dición, si la petición y la documentación de respal­do que la justifica es reci­bida en fecha posterior.

Cuando se haya autoriza­do la extradición, pero a la persona buscada se la está procesando penal­mente o está cumpliendo una sentencia en la par­te requerida, esta difie­re la entrega hasta que el proceso haya concluido o hasta se haya cumplido la sentencia.

 

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