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La secretaría de Estado de la Presidencia emite un comunicado en el que informa que el doctor Joaquín Balaguer había cesado en sus funciones de presidente de la República y el Consejo de Estado. -El coronel Elías Wessin y Wessin y el mayor de la Fuerza Aérea, Rafael Fernández Domínguez, liberan los miembros del Consejo de Estado (Rafael Bonnelly, Rafael Pichardo, Antonio Imbert y Monseñor Eliseo Pérez Sánchez), detenidos en el Club de Oficiales de esa institución por orden del general Pedro Rafael Ramón Rodríguez Echavarría, quien fue a su vez arrestado. - Renuncian ocho miembros del gabinete del Consejo de Estado (Dr. Antonio Fernández Caminero –Salud Pública-; Dr. Ángel Severo Cabral –Agricultura-; Ing. Mario Penzo Fondear –Obras Públicas-; Dr. Antonio Rosario –Trabajo-; Ing. Manuel E. Tavarez Espaillat –Finanzas-; Lic. Emilio Rodríguez Demorizi –Educación-; Rafael Vidal Torres –Sin Cartera- y Lic. Temístocles Messina, Justicia). 1973. El diario caraqueño El Mundo publica la información de que el ex Coronel dominicano Francisco Alberto Caamaño Deñó había muerto en Cuba. 2019. El mayor general José Eugenio Matos de la Cruz renuncia de la presidencia de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), horas después de que el presidente Danilo Medina se quejara de que el narcotráfico había permeado las instituciones militares y policiales, siendo sustituido mediante el decreto 39-19, por al vicealmirante Félix Alburquerque Comprés. 2021. El Arzobispo metropolitano de Santo Domingo, Francisco Ozoria, considera que los que le roban al Estado, para ser perdonado deben restituir esos bienes, en referencia a los exfuncionarios envueltos en actos de corrupción, respaldando las acciones de las autoridades para recuperar los bienes sustraídos en la administración pública. Internacionales: 1535. Es firmada el Acta de fundación de la ciudad de Lima por Pizarro. 1689. Nace el escritor, filósofo e historiador francés, Charles Louis de Secondat, "Montesquieu", autor de "El espíritu de las leyes" entre otras obras. 1863: Son iniciados los trabajos de construcción del ferrocarril que uniría Nueva York con San Francisco, California. 1867. Nace el poeta nicaragüense Rubén Darío. 1871. Guillermo I es proclamado emperador de Alemania 1915. José Doroteo Arango Arámbula mejor conocido por su seudónimo "Pancho Villa", se proclama Presidente de México, asumiendo de inmediato poderes militares y civiles. 1919. Es inaugurada en Paris la Conferencia de la Paz, en la que los aliados se reúnen en para acordar los términos de la paz con Alemania, teniendo entre sus principales objetivos privilegiar la seguridad colectiva y respetar el derecho a la libre determinación de los pueblos. 1958. En Venezuela, se produce una revuelta que derroca al dictador Marcos Pérez Jiménez. 1961. En Sudáfrica, Nelson Mandela funda el grupo Lanza de la Nación -brazo armado del Congreso Nacional Africano- bajo la consigna "Quedan solo dos alternativas: sumisión o lucha" contra el régimen racista pro Imperio británico. 1971. En España, Manuel Delgado Villegas, conocido como El Arropiero, comete su último asesinato y es detenido. 1977. Un grupo de científicos identifica una bacteria previamente desconocida como causa de la misteriosa enfermedad de los legionarios (legionelosis). 1986. Un accidente aéreo en las selvas de El Petén en Guatemala, cerca de las ruinas mayas de Tikal, provoca la muerte de las 110 personas que viajaban a bordo, de varias nacionalidades, incluyendo el político venezolano Arístides Calvani y miembros de su familia. 2006. El Parlamento Europeo (PE) aprueba la creación de una comisión que investigue las posibles actividades ilegales de la CIA en Europa. -La Asamblea (Parlamento) venezolana otorga poderes especiales al presidente Hugo Chávez Frías, para que gobierne por decreto durante año y medio. 2012. La ley SOPA apaga la página de Wikipedia en inglés durante 24 horas, por los que intentaron acceder al sitio, se encontraron con una pantalla negra en la que se podía leer "Imagina un mundo sin conocimiento libre". 2019. Una corte de El Salvador ordena la detención del expresidente Mauricio Funes (2009-2014) acusado de revelar un documento secreto del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, sobre un millonario desvío de fondos atribuido al procesado exmandatario Francisco Flores (1999-2004).

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lunes, 16 de agosto de 2021

Extradiciones de dominicanos a EE.UU. suman 437 en 23 años

Ramón Cruz Benzán
Santo Domingo, RD

Desde el año 1999 a la fe­cha, 437 dominicanos han sido entregados en extra­dición a los Estado Uni­dos, acusados bajo una veriedad de cargos que comprenden crímenes y delitos de narcotráfico, homicidio, fraude, lavado de activos y violación.

Estos datos están re­gistrados en estadísticas del Departamento de Ex­tradiciones y Asuntos In­ternacionales de la Pro­curaduría General de la República, a cargo de la procuradora adjunta, Gi­sela Cueto González.

Una parte de las extra­diciones fueron autoriza­das por la Segunda Sala Penal de la Suprema Cor­te de Justicia, y otros han aceptado irse de manera voluntaria para enfrentar los cargos que les son im­putados en la nación nor­teamericana.

Mientras tanto, las au­toridades estadouniden­ses han retirado 29 solici­tudes de extradición que reposaban en el Departa­mento de Extradición de la Procuraduría y la Su­prema Corte de Justicia.

Los jueces de la Segun­da Sala Penal de la Supre­ma tienen un fallo pen­diente de decisión, igual que tres solicitudes de ex­tradición por conocer.

Conforme con el regis­tro, este año 2021 un nú­mero de 17 dominicanos han aceptado irse volun­tariamente para enfrentar los cargos y tres han sido autorizados por la Supre­ma Corte, tras acoger los pedimentos presentados por el Ministerio Público.

El caso más reciente fue el del exalcalde peledeís­ta Erquidenio Balbuena Agueda (Putín), del dis­trito municipal Las Galeras, de Samaná, quien aceptó su extradición para responder al cargo de narcotráfico que le es formulada en el Distri­to Judicial Federal de Puer­to Rico.

Balbuena Agueda está ac­tualmente recluido en la cár­cel de Najayo, a espera de que el presidente Luis Abina­der firme el decreto para su extradición.

En 2020 se produjeron 24 extradiciones, incluyen­do la del dirigente del Par­tido Revolucionario Mo­derno (PRM), Yamil Abreu Navarro, quien aceptó su extradición a Estados Uni­dos para responder a la acusación de ser presunto cabecilla de una red inter­nacional de narcotráfico en República Dominicana vin­culada al Cártel de Sinaloa.

Igualmente, Luis Eduardo Velásquez Cordero, alias “El Pequeño”, también aceptó su extradición a los Estados Uni­dos, que lo requirió para en­frentar cargo por narcotráfi­co presentado por la Fiscalía de Nueva Jersey, que lo seña­ló como principal cabecilla de una red dedicada a esa activi­dad ilegal que habría movili­zado, en los últimos tres años, más de 260 millones de dóla­res. Se le vincula también a la red que dirigía César Emilio Peralta, bien conocido como “César el Abusador”.

Cronología de las extradiciones
Hubo 30 en 2019; 26 en 2018; 15 en 2017; 17 en 2016; 18 en 2015; 30 en 2014; 20 en 2013; 19 en 2012; 18 en 2011; 23 en 2010; 28 en 2009; 15 en 2008; 15 en 2007; 22 en 2006; 32 en 2005; 13 en 2004; 17 en 2003; 20 en 2002; 12 en 2001; 11 en 2000, y 7 en 1999.

Los extraditados han sido entregados a las autorida­des reclamantes en virtud de sentencias de la Supre­ma Corte de Justicia tras acoger los dictámenes del ministerio público, que for­mula esas peticiones a soli­citud de la embajada de Es­tados Unidos en el país.

Fue en el año 2005 cuan­do la Suprema Corte de Jus­ticia autorizó más extradi­ciones, entre esta la del ex capitán del Ejército Nacional, Quirino Paulino Castillo, pro­cesado en los Estados Unidos por narcotráfico. Tirso Cue­vas Nin, Julio Antonio Bur­diez de León y Lidio Arturo Nin Terrero, entre otros.

Oficina clave en procesos
El Departamento de Extra­diciones y Asuntos Interna­cionales de la Procuradu­ría está integrado, además de su titular, Gisela Cueto, por el procurador adjun­to Andrés Chalas, los fisca­les adjuntos Josefa Gonzá­lez y Francisco Cruz Solano y Analdis Alcántara Abreu, abogada de los Estados Unidos para los casos de ex­tradición.

Los fiscales se encargan del proceso de extradiciones, entrega de pruebas, informe de extradiciones activas y po­sitivas, recolección y sumi­nistro de pruebas.

Un tratado en vigor
El Tratado de Extradición entre la República Domi­nicana y los Estados Uni­dos fue firmado en Santo Domingo el 19 de junio de 1909, y está en vigor des­de el 2 de agosto de 1910. Su propósito es aunar la co­operación jurídica interna­cional para la entrega recí­proca de delincuentes. El 12 de enero de 2015, las au­toridades dominicanas y es­tadounidenses suscribieron otro tratado para enfrentar el crimen y la delincuencia na­cional e internacional, el cual abarca nuevas modalidades delictivas, como los tipificados de alta tecnología, terrorismo, narcotráfico y sicariato.

El texto expone, en su artículo 10, que en caso de urgencia, la parte requiren­te puede solicitar el arres­to provisional de la perso­na buscada, mientras está pendiente la presentación de la solicitud de extradi­ción y la documentación de respaldo que la justifica.

“Se puede transmitir una solicitud de arresto provi­sional por la vía diplomáti­ca, o directamente entre el Departamento de Justicia de los Estados Unidos y la Procuraduría General de la República Dominicana”.

Consigna que una per­sona arrestada provisio­nalmente puede ser libe­rada de la custodia a la terminación de los 60 días calendario, a partir de la fecha del arresto provisio­nal conforme, si la autori­dad ejecutiva de la parte requerida no ha recibido la petición de entrega y la documentación de respal­do que la justifica.

El hecho de que la perso­na buscada haya sido libe­rada de la custodia no será obstáculo para el posterior arresto y extradición, si la petición y la documenta­ción de respaldo que la jus­tifica es recibida en fecha posterior. Cuando se haya autorizado la extradición, pero a la persona buscada se la está procesando pe­nalmente o está cumplien­do una sentencia en la par­te requerida, esta difiere la entrega hasta que el proce­so haya concluido o haya cumplido la sentencia.

PUNTOS BÁSICOS
Más sobre acuerdo.

Consigna que una per­sona arrestada provisio­nalmente puede ser li­berada de la custodia a la terminación de los 60 días calendario, a par­tir de la fecha del arresto provisional conforme, si la autoridad ejecutiva de la parte requerida no ha recibido la petición de entrega y la documenta­ción de respaldo que la justifica.

El hecho de que la perso­na buscada haya sido li­berada de la custodia no será obstáculo para el posterior arresto y extra­dición, si la petición y la documentación de respal­do que la justifica es reci­bida en fecha posterior.

Cuando se haya autoriza­do la extradición, pero a la persona buscada se la está procesando penal­mente o está cumpliendo una sentencia en la par­te requerida, esta difie­re la entrega hasta que el proceso haya concluido o hasta se haya cumplido la sentencia.

 

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