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54Grado.com : Hoy es Martes 21 de julio del 2026. Faltan 163 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1348 Pedro IV de Aragón somete y deshace a la poderosa Unión Aragonesa, que reunía a la nobleza de Aragón, en la Batalla de Épila. 1454 Enrique IV es proclamado rey de Castilla tras la muerte de su padre, Juan II, en Valladolid. 1568 Tiene lugar la batalla de Jemmingen en los Países Bajos, con victoria aplastante del ejército de la Corona Española. 1654 en la provincia Gansu (China), un terremoto de 8 grados en la escala de Richter deja un saldo de 31.000 víctimas. 1718 se firma el tratado de Passarowitz. 1773 el papa Clemente XIV ordena la disolución de la Compañía de Jesús. 1775 comienza la construcción de la nueva capital de Guatemala (la anterior, llamada la Antigua, fue destruida por un terremoto en 1773). Se sitúa a 40 km de la anterior y se denominará Ciudad de Guatemala. 1798 Batalla de las Pirámides y toma de El Cairo por las tropas francesas de Napoleón Bonaparte. 1831 Leopoldo I es oficialmente coronado rey de los belgas en Bruselas. 1847 España firma un tratado de paz y amistad con el Gobierno boliviano, en el que reconoce la independencia del nuevo país. 1861 Primera Batalla de Bull Run en la Guerra Civil Estadounidense. 1870 Se inaugura en Madrid el Café de Fornos. 1876 Aprobada una ley que anula el Régimen foral de las provincias vascongadas. 1901 Celebración de regatas internacionales en Santander. 1903 en Ciudad Bolívar, se libró la última batalla de la Revolución Libertadora donde el ejército gubernamental al mando de Juan Vicente Gómez vence a las fuerzas opositoras del general Nicolás Rolando. 1905 El sultán de Turquía es objeto de un atentado al salir de una mezquita. 1906 En Francia, Alfred Dreyfus es reintegrado en el Ejército y condecorado con la Legión de Honor. 1906 Por mediación de Theodore Roosevelt y de Porfirio Díaz se firma la paz entre Guatemala, El Salvador y Honduras. 1912 Albania se subleva contra la dominación turca. 1917 El Primer Ministro serbio Nikola Pašić publica un plan para una unión de los serbios, croatas y eslovenos en una monarquía serbia. 1917 Lanzamiento por los alemanes de las primeras bombas de gases asfixiantes durante la Primera Guerra Mundial. 1919 La Cámara de los Comunes ratifica el Tratado de Versalles. 1920 Chile: se produce la destrucción de la sede de la Federación de Estudiantes (FECh) durante la "Guerra de don Ladislao". 1925 "Martes rojo" en Gran Bretaña: para evitar una huelga, el primer ministro otorga a los mineros un adelanto especial a la espera de una negociación. 1928 Sublevación militar en varios estados de México. 1930 Se inaugura el aeródromo de Palomar de Zaragoza.

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domingo, 19 de julio de 2020

La justicia y la persecución de la corrupción

La justicia y la persecución de la corrupciónÁngel Lockward
 La Justicia dominica­na viene con taras que no son el objeto del presente análi­sis; el efecto de estas aparece en todos los reportes es­pecializados, en las estadísticas y en la percepción de la gente, pe­ro sobre todo, en la opinión de los abogados que litigan.

La mayoría de los jueces in­corporados a través de la carre­ra son buenos y, algunas juris­dicciones funcionan bien a pesar de sus graves limitaciones mate­riales, el problema está en la cú­pula que no obedece a la Consti­tución y a la Ley, sino a dictados políticos partidarios.
Su ineficacia, como un poder que presta un servicio a la socie­dad ha quedado en evidencia en ocasión del Covid 19: está cerra­da desde el 17 de marzo y na­die parece necesitarla: Solo han operado cuestiones penales ur­gentes.
Las cuestiones civiles están congeladas y los referimientos, en la práctica, siguen igual suer­te: Eso ha dado lugar a múltiples oposiciones en bancos y acree­dores notificadas con el exclu­sivo propósito de entorpecer y chantajear, pero que sin tribu­nales, no pueden ser levantadas generando daños económicos terribles.
Lució sospechoso que el Con­sejo del Poder Judicial (CPJ) no dejara abierto el Tribunal Supe­rior Administrativo, aunque fue­ra para conocer en amparo las medidas dictadas por la Admi­nistración, puesto que esto es un imperativo constitucional esta­blecido en el artículo 266 nume­ral 5, de la carta Política, para los estados de excepción.
A cuatro (4) meses de la sus­pensión de labores con el pretex­to de establecer distancia social en el público la Administración del Poder Judicial, no utilizó ese tiempo ni siquiera para instruir a los jueces que fallaran, desde la so­ledad de sus despachos, la dece­na de miles de casos en estado de fallo, los miles de casos que se en­cuentran en las tres salas de la SCJ, en materia de Casación desde ha­ce años.
Hay reclamos públicos del Co­legio de Abogados de la RD que incluso ha llevado a la Justicia al CPJ –a través del Tribunal Supe­rior Administrativo (TSA)– en una Acción de Inconstituciona­lidad en contra de la Resolución 07-2020 del CPJ que organiza la “justicia digital”, a los fines de que se abra el servicio de la Justi­cia presencial: Eso está condena­do al fracaso no por falta de mé­ritos, sino porque es el CPJ quien designa al TSA cuyo Presidente, desde hace más de un año, esta interino: Nadie afila cuchillo pa­ra su propia garganta: las audien­cias virtuales han sido declaradas inconstitucionales en España y Colombia, aunque en el país, el Tribunal Constitucional y el Tri­bunal Superior Electoral, las ce­lebran.
El malestar es grande entre abogados y usuarios, que se que­jan de la amenaza, al margen de la ley, de suprimir cientos de tri­bunales en las provincias pobre­mente pobladas, pero es mayor en los mismos jueces que sufren una contrareforma que preten­de eliminar las jurisdicciones al margen de la normativa vigente.
En el marco de ese ambiente de ineficacia, paro y control político partidario, surgen los reclamos sociales al Presidente electo para la designación de un Procurador General independiente: Un fun­cionario que sin una reforma a la Justicia, no podrá hacer mucho.
¿La cuestión es, cómo romper este círculo vicioso? Los jueces de la SCJ, entre los cuales hay al­gunos excelentes no pueden ser destituidos sino mediante un jui­cio político establecido en el artí­culo 83 que ahora es posible en el Senado de la República pero que sería traumático.
Pero, dejar las cosas como es­tán es ir contra el deseo ciuda­dano expresado el 5 de julio, de sus derechos y de la democracia: No hacer nada no es una opción para el nuevo Presidente. Desde luego, si como Jefe del Ejecutivo hiciera algo seria acusado de vio­lar el principio de separación de poderes.
Muchos colegas, sobre todo el CARD que agrupa a los aboga­dos, se han roto la cabeza bus­cando una solución en la Ley de Organización Judicial y en la Ley que crea el CPJ: No está ahí. Suge­rí estudiar las funciones del CNM y me dijeron, que en la Ley 138-11 no había solución al problema.
¡Claro que la hay! Además, es la única.
Esa Ley, mal hecha como casi todas las leyes de los últimos 30 años, redactadas con prisa co­yuntural, omitió el párrafo No. 4 del artículo 179 de la Constitu­ción, el cual establece como una función del CNM: Evaluar el des­empeño de los jueces de la Su­prema Corte de Justicia: Es una de las cosas que nunca se han he­cho.
Lo que procede es que el CNM sea apoderado, a través del Presi­dente de la República, de la eva­luación del desempeño –no ju­risdiccional– de esa alta Corte en relación con las medidas adopta­das o no adoptadas en el Poder Ju­dicial en el curso de la pandemia que han dejado sin justicia al pue­blo y que al margen de la Ley pre­tende modificar la organización ju­dicial del país.
Esta iniciativa, si bien parece más obvio que la sustente el CARD, es imprescindible para las organi­zaciones que desean una justicia que garantice la transparencia: La persecución de la corrupción no es tomando las calles, ni presionando a un Gobierno que no tiene los me­dios, sino forzando mejoras en el Poder Judicial.

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