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54Grado.com : Hoy es miércoles 6 de mayo del 2026 . Faltan 239 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1497. Por Real Cédula, España declara libre de impuestos el comercio de las Indias americanas. 1813. Llega a Santo Domingo el brigadier Carlos de Urrutia y Matos, nombrado por el Rey de España jefe militar de la colonia, cargo vacante desde la muerte del brigadier Juan Sánchez Ramírez, acaecida el 11 de febrero de 1811. 1844. Las nuevas autoridades disponen, mediante el decreto número 9, que "todo dominicano que se haya ausentado desde el 9 de marzo al extranjero, aún con la licencia del Gobierno, estará obligado a regresar dentro de tres meses, so pena de perder sus derechos civiles, políticos y sus bienes confiscados". 1910. Arriban al país y por primera vez pisan suelos de América ocho religiosas de la congregación Hermanas Mercedarias de la Caridad, procedentes de Málaga, España, para traer el carisma evangelizador mercedario. 1961. El presidente Balaguer ofrece plenas garantías a los principales dirigentes del MPD, encabezados por Máximo López Molina -presos desde hacía seis meses, acusados de publicar su periódico político sin la debida autorización y crear desórdenes- para que difundan sus ideas, con miras a las elecciones de 1962. 1962. El presidente del Consejo de Estado, Rafael Bonnelly, advierte que el Congreso no puede ser disuelto, como han pedido muchos sectores de opinión del país. 1963. En una reunión de urgencia, los jefes militares convencen al presidente de la República, profesor Juan Bosch, de la inviabilidad de invadir Haití, como respuesta a la ocupación de la embajada dominicana en Puerto Príncipe. 1965. Es firmada la llamada "Acta de Santo Domingo", entre el Gobierno Constitucionalista, la Junta Militar y la Comisión de la Décima Reunión de Consulta de la OEA, la que también "aprueba" la intervención colectiva de una Fuerza Interamericana de Paz en el conflicto dominicano. -El presidente de Francia, Charles De Gaulle, critica la intervención militar estadounidense en el país, urgiendo al retiro de las tropas de ocupación, al tiempo de anunciar la posibilidad de reconocer al gobierno encabezado por el presidente Francisco Caamaño. 1999. El director del Departamento de Prevención Contra la Corrupción (DEPRECO), Justo Pedro Castellanos, admite que en el gobierno existen funcionarios corruptos. -Alegando irregularidades en el padrón interno del PRD, los precandidatos presidenciales Hatuey De Camps y Rafael Suberví Bonilla amenazan con retirarse de la competencia contra la alianza de Hipólito Mejía y Milagros Ortiz Bosch. 2004. El Tribunal Disciplinario del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) expulsa "por alta traición e intento de división" al exvicepresidente Jacinto Peynado, por respaldar la candidatura del expresidente Leonel Fernández. 2007. El presidente Leonel Fernández gana la candidatura interna del PLD para las elecciones del 2008, al obtener el 71.46 % de los votos frente al 28.54 % logrado por su único oponente, el exsecretario de la Presidencia Danilo Medina. 2009. Es ingresado en el Centro de Diagnóstico, Medicina Avanzada y Telemedicina (CEDIMAT) el dirigente peledeista Miguel Cocco, donde permanece en cuidados intensivos 14 días después de un paro cardíaco. 2025. Fallece a la edad de 50 años el político y estratega de comunicación Roberto Rodríguez, quien fue vocero del presidente Danilo Medina durante las administraciones 2012–2020. Internacionales: 1527. Las tropas imperiales de Carlos V saquean Roma. 1626. Peter Minnewit, gobernador de Nueva Holanda, compra a los indios la isla de Manhattan. 1840. El Reino Unido efectúa la primera emisión de sellos de correos del mundo. 1895. José Martí es nombrado jefe supremo de la revolución en la lucha por la independencia de Cuba. 1910. Muere Eduardo VII, rey británico y emperador de la India. 1914. La Cámara de los Lores inglesa niega el voto a las mujeres. 1919. El presidente costarricense Federico Tinoco es depuesto y tropas estadounidenses desembarcan en defensa de los intereses de Estados Unidos en esa nación centroamericana. 1930. Un terremoto causa la muerte de 6,000 personas en Birmania. 1962. En el Vaticano, el papa Juan XXIII canoniza al peruano Martín de Porres, convirtiéndose en el primer santo negro de América. 1974. En la República Federal Alemana, el canciller Willy Brandt dimite a causa de un escándalo de espionaje. 1979. En España, una bomba atribuida a la organización terrorista ETA provoca la muerte de ocho personas en una cafetería de Madrid. 1994. Es inaugurado el Eurotúnel, que unió a Francia y el Reino Unido bajo el Canal de la Mancha. 2001. La banda terrorista ETA asesina al presidente del Partido Popular aragonés, Manuel Giménez Abad, cuando se dirigía a un partido de fútbol con su hijo. 2002. En Colombia son asesinados el ingeniero y político Guillermo Gaviria Correa y el asesor de paz Gilberto Echeverri, tras permanecer un año en poder de las FARC. 2007. Nicolas Sarkozy, de 52 años, gana la presidencia de Francia al triunfar en la segunda vuelta electoral con el 53 % de los votos, seis puntos porcentuales por encima de su rival socialista Ségolène Royal, quien obtuvo el 47 %. 2010. Los diputados haitianos aprueban una enmienda que amplía en tres meses el mandato del presidente René Preval en caso de no poder organizar las elecciones generales en noviembre como está previsto, dado el caos burocrático que vive el país desde el sismo de enero. -El Partido Conservador liderado por David Cameron gana las elecciones legislativas en el Reino Unido sin mayoría absoluta. 2011. El grupo terrorista Al Qaeda confirma -en un mensaje colocado en los foros yihadistas de Internet- la muerte de su fundador y líder Osama Bin Laden por un comando élite de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos. 2012. François Hollande es elegido presidente de la República Francesa en la segunda vuelta de las elecciones presidenciales. 2013. Son liberadas las jóvenes Amanda Berry, Gina DeJesus y Michelle Knight, luego de permanecer secuestradas durante una década en Cleveland (Ohio, EE. UU.) por tres hermanos de origen boricua. 2016. Un comité del Senado de Brasil vota mayoritariamente a favor de iniciar un juicio político contra la presidenta Dilma Rousseff, con lo que la mandataria se encuentra a un paso de ser destituida. -La Audiencia Nacional española condena a 92 años de cárcel al exdirigente de ETA, Eneko Gogeaskoetxea, por intentar matar al rey Juan Carlos I en la inauguración del Museo Guggenheim en Bilbao en 1997. 2018. El presidente ruso Vladimir Putin comienza su cuarto mandato presidencial, por el cual se mantendrá al frente de Rusia hasta 2024, después de haber dirigido el país durante 18 años, ya sea desde la presidencia o la jefatura del gobierno. -El diario The New York Times revela que el senador republicano John McCain, quien sufre un agresivo cáncer en el cerebro, instruyó a sus más allegados para que el presidente de EE. UU., Donald Trump, no acuda a su funeral, sino el vicepresidente Mike Pence. 2019. Más de 370 exfiscales de los Estados Unidos firman una carta en la que afirman que, de no ocupar el cargo de presidente de EE. UU., Donald Trump habría sido acusado formalmente de obstrucción a la justicia por las revelaciones incluidas en el informe del fiscal especial Robert Mueller sobre la llamada trama rusa. 2020. El presidente Donald Trump veta una resolución aprobada por el Congreso de Estados Unidos en febrero, que le impide tomar cualquier acción militar contra Irán sin antes solicitar permiso al Legislativo, medida que el gobernante considera "muy insultante". -Un informe de la Organización Mundial de la Salud (OMS) defiende infectar voluntarios con el virus del COVID-19 para desarrollar una vacuna a corto plazo que evite la pérdida de "millones de vidas" y una tensión extrema en los sistemas de atención de la salud en todo el planeta. 2021. Los reguladores en Rusia aprueban una versión de dosis única de la vacuna rusa Sputnik V, para acelerar la inmunidad colectiva contra el coronavirus, contraria a la Sputnik Light, que requiere dos dosis y aún no ha completado las pruebas avanzadas necesarias para garantizar su inocuidad. -Habitantes de la favela de Jacarezinho, al norte de Río de Janeiro, viven momentos de terror durante un intenso tiroteo entre la Policía y narcotraficantes que dejó un saldo de 25 muertos, entre ellos un agente policial. 2023. En la Abadía de Westminster (Reino Unido), Carlos III es coronado rey, ceremonia que más de un centenar de líderes mundiales y millones de personas siguieron en el histórico momento a través de la televisión. 2025. Los 133 cardenales electores se instalan en la residencia de Santa Marta y otras dependencias del Vaticano, donde permanecerán aislados del mundo durante el cónclave hasta elegir al sucesor del papa Francisco. -La Policía boliviana apresa a la jueza Lilian Moreno, cuando se trasladaba desde su casa en la ciudad oriental de Santa Cruz, lugar en donde trabaja, la que días antes anuló la orden de aprehensión contra el expresidente Evo Morales por un caso de trata agravada de personas, para responder por acusaciones de prevaricato y resoluciones contra la Constitución.

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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