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54Grado.com : Hoy es martes 5 de mayo del 2026 . Faltan 240 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1847. El presidente Pedro Santana prohíbe mediante decreto toda comunicación de la población dominicana con la haitiana, estableciendo la pena de muerte si se informa sobre la guerra, o la deportación si el contacto era solo amistoso. 1851. Una resolución legislativa establece que solo la Iglesia Católica dominicana tiene derecho a usar campanas en sus templos. 1855. El Senado consultor aprueba el Tratado de paz y amistad, celebrado entre la República Dominicana y Gran Bretaña. 1856. Nace en El Seybo Alejandro Woss y Gil, quien en dos ocasiones ocuparía la presidencia de la República. 1896. El papa León XIII informa que "aceptaría el cargo de juez árbitro en la solución del problema fronterizo dominico-haitiano, si se le somete la relación del asunto y con los poderes necesarios para su estudio". 1943. Nace en el Ingenio Consuelo, hoy municipio Consuelo, de la provincia de San Pedro de Macorís, el niño Maximiliano Gómez, en el seno de una humilde familia de obreros agrícolas, quien alcanzó notoriedad como líder del izquierdista Movimiento Popular Dominicano (MPD). 1959. El productor y director de televisión Freddy Miller Otero desaparece sin dejar rastro, cuando se trasladaba en un velero de la capital hacia la playa de Boca Chica, acompañado de dos mujeres y dos niños. 1960. El dictador Rafael Trujillo ordena el asesinato en México del exiliado intelectual español José Almoina, embestido por un auto, del que bajaron los expolicías cubanos Antonio Servando Molina y Francisco Quintana Valdés, ayudados por el policía mexicano Julio Coutolenc, para rematarlo de varios balazos. 1965. La Organización de Estados Americanos (OEA) decide crear la llamada Fuerza Interamericana de Paz, para "legalizar" la intervención militar de los Estados Unidos en la República Dominicana, iniciada el 28 de abril de este año. -Es terminada la evacuación de 1897 ciudadanos de los EE. UU. que se encontraban en territorio dominicano. 1996. Las autoridades descubren el cadáver del niño José Rafael Llenas Aybar, asesinado de 34 puñaladas por su primo Mario Redondo Llenas y su cómplice Juan Manuel Moliné Rodríguez. 1998. La policía presenta como responsables de la muerte del general retirado de la FAD, Luis Santiago Pérez, a los dirigentes del Partido de la Liberación Dominicana Francisco Benedito Morales, José Ramón Diloné Bencosme, Rubén Cuevas Sánchez, Diógenes de la Rosa, Antonio Ramírez Cuello y Julio César Montás. 2014. El cardenal Nicolás de Jesús López Rodríguez denuncia una alegada "confabulación perversa de naciones, poderes políticos y económicos" en procura de humillar el país ante su decisión de aplicar normas migratorias relacionadas con Haití. 2021. La Procuraduría General de la República revela al programa de TV El Día tener en su agenda investigar alrededor "de 400 nuevos y viejos casos de corrupción", citando entre otros los casos "Pulpo, Coral, Caracol y Odebrecht". 2022. El equipo Apolo 27, conformado por estudiantes del Instituto Tecnológico de Santo Domingo (INTEC), gana el primer lugar mundial en el Stem Engagement Award del NASA Human Exploration RC 2022 de la división universitaria, que organiza la agencia espacial estadounidense, siendo la segunda ocasión que la academia logra la hazaña en una de las categorías del Desafío Rover de Exploración Humana, que se realiza anualmente. -El arzobispo de Santiago, monseñor Freddy Bretón Martínez, presenta su carta de renuncia ante el papa Francisco, al aproximarse a la edad límite de 75 años como lo dispone el Derecho Canónico para desempeñar esas funciones. Internacionales: 1766. Antonio de Ulloa, el primer gobernador español de Luisiana, llega a Nueva Orleans. 1789. El rey de Francia, Luis XVI, convoca los Estados Generales a una asamblea no permanente que representaba los tres principales estamentos de la sociedad francesa (nobleza, clero y el pueblo) para conocer sus opiniones y reclamos. 1821. Muere en la isla de Santa Helena el militar y estadista francés Napoleón Bonaparte. 1862. El ejército mexicano al mando del general Ignacio Zaragoza vence a las tropas de ocupación francesas en la llamada "Batalla de Puebla". 1877. Porfirio Díaz es proclamado presidente de México, iniciando una dictadura que duró 35 años. 1939. En Cuba, el presidente Federico Laredo Brú pide al Congreso, mediante el decreto 937, prohibir la entrada de un crucero con más de 900 refugiados judíos, los que debieron regresar a Europa y terminar sus vidas en los campos de concentración nazis. 1955. La República Federal de Alemania recupera su plena soberanía. 1960. El primer ministro de la Unión Soviética, Nikita Kruschev, anuncia el derribo en el espacio aéreo soviético de un avión espía norteamericano modelo U-2. 1961. Se registra el primer vuelo espacial de un norteamericano, en la cápsula Mercury III, llevando a bordo al teniente coronel Alan B. Shepard. 1965. En España, un avión Super Constellation de Iberia (línea Madrid-Tenerife) se estrella al aterrizar en el aeropuerto de Los Rodeos (Tenerife): 31 muertos y 17 heridos graves. 1979. Margaret Thatcher se convierte en la primera mujer que es elegida jefe de gobierno británico, tras la victoria electoral del Partido Conservador. 1998. En Perú mueren 74 de las 87 personas que viajaban en un avión que se estrella en un área de la selva amazónica cercana a la frontera con Ecuador. 2002. En Egipto, el Ministerio de Cultura anuncia el descubrimiento en la región de Guiza (de El Cairo) de una nueva pirámide de la IV dinastía faraónica. 2006. La policía madrileña desarticula una red de clínicas médicas ilegales para ciudadanos chinos y detiene a varios falsos médicos. 2007. Es conmemorado en unas 232 ciudades alrededor del mundo, 22 de estas en América Latina, el Día Internacional de la Lucha por la Liberación de la Marihuana. -Un Boeing 737-800 de Kenya Airways se estrella al sur de Camerún, provocando la muerte de las 114 personas que estaban a bordo. 2010. Las fuertes medidas impuestas por el gobierno griego para contrarrestar la crisis económica desencadenan un paro general que deja tres muertos y una veintena de heridos. 2018. Despega la misión InSight de la NASA rumbo al planeta Marte, teniendo como objetivo principal descubrir la sismología de Marte. 2019. El considerado número dos del chavismo, Diosdado Cabello, revela que el mandatario Nicolás Maduro le "perdona la vida" al grupo de militares que se alzó junto al jefe del Parlamento, Juan Guaidó, a quien más de 50 países reconocen como presidente interino de Venezuela. 2020. La ONG World Vision advierte que "los grandes progresos para salvar vidas y reducir la pobreza en los últimos 30 años serán revertidos", a no ser que la comunidad internacional responda de inmediato y priorice a los más vulnerables en la lucha contra la COVID-19. 2022. El gobierno colombiano entrega al Departamento de Justicia de los Estados Unidos y a la Interpol al alegado jefe del Clan del Golfo, Dairo Antonio Úsuga (Otoniel), capturado el 23 de octubre de 2021 durante una operación policial y militar en la región de Urabá, del departamento de Antioquia. -La secretaria del Ejército estadounidense, Christine Wormuth, revela durante una audiencia en el Comité de Servicios Armados del Senado que el Departamento de Defensa no descarta la posibilidad de desplegar tropas en la región del Sudeste Asiático para intervenir en un posible conflicto entre China y Taiwán. 2023. La Organización Mundial de la Salud (OMS) declara finalizada la emergencia sanitaria internacional por COVID-19, la que se estima provocó la muerte de entre 13.3 y 16.6 millones de personas en todo el mundo, desde enero de 2020 a diciembre de 2021. 2024. La cadena de televisión catarí Al Jazeera califica de "acto criminal" la medida aprobada por el Gobierno de Israel de cerrar la emisión y las oficinas del canal en el país, algo que el medio denunció que "viola los derechos humanos de acceso a la información". -El candidato presidencial de la alianza Salvar Panamá, José Raúl Mulino, definido como el delfín y persona de confianza del exmandatario Ricardo Martinelli (inhabilitado electoralmente tras una condena por blanqueo de dinero), gana las elecciones presidenciales con más del 95% del escrutinio preliminar y el reconocimiento por parte de sus rivales de su victoria. 2025. El secretario de Estado de Estados Unidos, Marco Rubio, anuncia que los cinco opositores venezolanos que permanecían asilados desde hace más de un año en la Embajada de Argentina en Caracas (Magalli Meda, Omar González, Pedro Urruchurtu, Claudia Macero y Humberto Villalobos) fueron "rescatados" y ya se encuentran en territorio estadounidense.

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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