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Efemérides

54Grado.com : Hoy es lunes 2 de febrero del 2026 . Faltan 332 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1851. El enviado especial de Estados Unidos a Haití y República Dominicana, Robert M. Walsh, busca un entendimiento entre ambas naciones, pero tras conversar con sus pares francés e inglés, opina que sólo obligado el gobierno haitiano renuncia a la guerra contra su vecino país. 1863. Fuerzas dominicanas sostienen un reñido enfrentamiento con tropas españolas a orillas del río Ozama. 1865. El Gobierno Restaurador dirige una comunicación a Juan Pablo Duarte en Caracas, informándole de los últimos acontecimientos políticos y exhortándole a que continúe sirviendo a la patria. 1962. Una comisión del PRD encabezada por su dirigente Juan Bosch, visita el Palacio Nacional y somete al Consejo de Estado una serie de ideas encaminadas a solucionar los más urgentes problemas que afronta el país. 1973. El coronel Francisco Caamaño y otros seis hombres más desembarcan por Playa Caracoles, Azua, con el propósito de establecer un grupo guerrillero en el país. 1997. Fallece en la ciudad de Miami, Estados Unidos, el cantante de diferentes géneros, Alberto Amancio Beltrán, conocido mundialmente en el mundo musical como "El Negrito del Batey". 2011. Fallece a la edad de 78 años el periodista Rafael Bonilla Aybar (Bonillita), figura de gran principalía en el golpe de Estado contra el gobierno del profesor Juan Bosch, el 25 de septiembre de 1963. 2014. Fallece a la edad de 88 años la señora Bélgica Adela (Doña Dedé) Mirabal, única sobreviviente de las hermanas Patria, María Teresa y Minerva, asesinadas 53 años antes por la dictadura de Rafael Trujillo. 2015. El embajador dominicano en España, Aníbal de Castro, refuta los conceptos contenidos en el reportaje "Los Niños que no Existen", publicado en el periódico español El País, sobre la nacionalidad de hijos de haitianos nacidos en la República Dominicana, señalando que "se mezclan verdades y especulaciones, y se recrean viejos mitos para una idea distorsionada de lo que es la República Dominicana". 2017. A raíz de la evolución acelerada del mercado de telecomunicaciones, el crecimiento del mismo y de las nuevas tecnologías utilizadas en las redes de telecomunicaciones, el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), anuncia que elabora una propuesta a la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) para la modificación de la Ley General de Telecomunicaciones número 153-98 que regula este servicio en el país. 2018. La diputada Faride Raful denuncia que el Gobierno del extinto presidente de Venezuela Hugo Chávez habría pagado de manera irregular US$10 millones en el 2002 a la empresa dominicana Polis Caribe, de los brasileños Mónica Moura y Joao Santana, como asesoría política, los cuales supuestamente fueron entregados a estos por el actual presidente, y entonces canciller Nicolás Maduro. -El presidente Danilo Medina recibe en su despacho del Palacio Nacional una comisión de 17 legisladores haitianos, sin que los gobiernos de ambos países informaran sobre los temas tratados en el encuentro. 2021. Es oficializado el arresto de Argenis Contreras González, quien había huido a Estados Unidos para evadir el proceso judicial que se le sigue por el secuestro y asesinato del abogado Yuniol Ramírez Ferreras y la comisión de supuestos actos de corrupción. 2022. La Superintendencia de Bancos (SIB) anuncia el inicio del proceso de liquidación del banco de servicios múltiples (Bancamérica), primera entidad de su tipo que afronta ese mecanismo desde la crisis de 2003. - El Gobierno insiste en plantear la modificación de la Constitución de la República para reestablecer el Ministerio de Justicia y la independencia del Ministerio Público, iniciativa llevada para su discusión en la mesa temática sobre Transparencia e Institucionalidad del Consejo Económico y Social (CES). 2023. Los gobiernos dominicano y canadiense firman un nuevo acuerdo de transporte aéreo, mediante el cual se amplían las operaciones entre ambos Estados. Internacionales 1514. Es fundada en la costa norte de Cuba, la villa Santa María del Puerto del Príncipe (la hoy actual capital de la provincia Camagüey). 1516. Juan Díaz de Solís llega al territorio que hoy ocupa la República de Uruguay 1813. Es proclamada la abolición de la esclavitud en las provincias unidas de Río de la Plata, Argentina. 1842. En España, el sacerdote Martín Merino intenta matar con un puñal a Isabel II, hiriéndola levemente en el pecho, siendo inmediatamente arrestado y condenado a muerte. 1848. Se firma el tratado que pone fin a la guerra entre México y Estados Unidos, mediante el cual esta última nación se anexa los territorios de Nuevo México, California, Arizona y Texas. 1919. Adolfo Hitler ordena la disolución del Parlamento Alemán (Reichstang). 1943. Finaliza la batalla de Stalingrado con la rendición del ejercito alemán. 1960. Comienzan en Greensboro (Carolina del Norte) las protestas pa­cíficas de los estudiantes negros que quieren ser atendidos en los restau­rantes públicos. 1962. En Guatemala, el gobierno declara el estado de sitio, tras descubrirse una conjura para asesinar al presidente, a todos los ministros y al prelado metropolitano. 1964. La nave espacial no tripula­da Ranger 6, lanzada dos días antes desde EE UU, llega a la Luna, pero se destroza y no puede enviar la información fotográfica que se esperaba. 1982. En Colombia, el líder del Partido Nuevo Liberalismo, Luis Carlos Galán, descalifica la lista del Movimiento de Renovación Liberal de Antioquia, que incluye la nominación a representante de Pablo Escobar. 1993. Holanda despenaliza parcialmente la eutanasia. 1996. En Moses Lake, Washington, Barry Loukaitis, de 14 años, se viste como un pistolero y mata a tres personas y en Atlanta, Georgia, David Dubose, de 16 años, mata a un profesor. 1999. El ex Teniente Coronel venezolano Hugo Rafael Chávez asume la Presidencia del país y convoca a un referéndum para designar una Asamblea Constituyente que redacte una nueva Carta Magna. 2000. El ex teniente coronel Hugo Antonio Chávez Frías asume como Presidente de la República de Venezuela, anunciando el comienzo de la construcción de la V República. 2006. En Gran Bretaña, un organismo que revisa las medidas antiterroristas alerta sobre la ejecución de posibles nuevos ataques terroristas, entre ellos atentados suicidas como los que mataron a 52 pasajeros del sistema de transporte de Londres el 7 de julio de 2005. 2008. Las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) anuncian, a través de un noticiero de televisión, la liberación por motivos de salud, de los ex congresistas Gloria Polanco de Lozada, Luis Eladio Pérez y Orlando Beltrán, secuestrados en 2001, formando parte desde entonces del grupo de 43 rehenes considerados "canjeables". 2010. El secretario de Defensa de EE. UU., Robert Gates, y el jefe del Estado Mayor Conjunto, almirante Michael Mullen, promueven ante el Senado la anulación de una ley que prohíbe a los soldados gays hablar públicamente de su orientación sexual, so pena de ser despedidos. 2012. En Ucrania, una ola de frío provoca la muerte de 101 personas. 2013. El Frente de Salvación Nacional de Egipto llama a derrocar al presidente Mohamed Mursi, para llevarle ante la justicia. 2016. El primer ministro de Haití, Evans Paul, dimite en medio de la crisis electoral que ha impedido elegir al sucesor del presidente del país, Michel Martelly, cuyo mandato concluye el siete de este mes. -El senador republicano por Texas Ted Cruz, derrota en Iowa a su contrincante Donald Trump, el magnate y showman neoyorquino que ha revolucionado la política estadounidense con su retórica agresiva y sus exabruptos xenófobos. 2020. Un juez boliviano dicta seis meses de prisión preventiva bajo acusaciones de sedición y terrorismo a la apoderada legal del depuesto presidente Evo Morales, encargada de los trámites para su postulación como legislador en las elecciones de mayo. -La policía británica ultima un hombre al que identifica, en el barrio londinense de Streatham, después de apuñalar varias personas en un incidente calificado de "terrorista". 2021. Tras su regreso a su patria, la Justicia rusa impone al líder opositor Alexéi Navalni, una pena de tres años y medio de prisión, al hacer efectiva una sentencia suspendida de 2014 que fue calificada de arbitraria por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. 2022. El presidente Joe Biden ordena el despliegue de 3,000 tropas estadounidenses en territorios de países aliados situados al este de Europa, en medio de las tensiones militares con Rusia por la crisis de Ucrania. -En la Provincia de Buenos Aires, Argentina, una guerra de narcotraficantes deja decenas de muertos y personas internadas por consumo de cocaína envenenada. 2023. El senador opositor brasileño Marcos do Val, revela que un cercano colaborador del expresidente ultraderechista Jair Bolsonaro intentó convencerlo de unirse a una conspiración para anular las elecciones de octubre, ganada por el expresidente Luix Inacio Lula da Silva. 2025. El secretario de Estado de EE. UU., Marco Rubio, insta al presidente panameño, José Raúl Mulino, a implementar "cambios inmediatos" para frenar la presunta influencia china en el Canal interoceánico. - La aplicación de mensajería instantánea WhatsApp, propiedad de la tecnológica estadounidense Meta, denuncia una campaña de ciberespionaje contra 90 usuarios, entre ellos periodistas, realizada usando el software de la empresa israelí Paragon Solutions, indicando que esa campaña, interrumpida en diciembre de 2024, usó "programas espía" (spyware).

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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