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54Grado.com : Hoy es miércoles 25 de marzo del 2026 . Faltan 281 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1547. Muere en la Villa de Azua, Hernando Gorjón, rico encomendero, patrocinador de una universidad o colegio que llevó su apellido (Colegio Gorjón). 1843. Juan Pablo Duarte se dirige a San Cristóbal, donde logra que el comandante haitiano pronuncie la villa a favor de los que conspiraban contra Boyer. 1845. Se produce la muerte del general haitiano Augusto Broward, mientras exploraba posiciones militares en las frontera. 1861. Continúan los pronunciamientos a favor de la anexión a España por parte de los generales encargados de Montecristi, Sabaneta y Guayubín. 1864. El Padre de la Patria, Juan Pablo Duarte, regresa al país, luego de cumplir con la misión encomendada de recorrer América del Sur en busca de ayuda para la causa de restaurar la independencia nacional. 1865. Tras la Junta Provisional de Gobierno organizar una nueva Constitución, el general Pedro Antonio Pimentel se convierte en el nuevo presidente de la República. 1874. El presidente Ignacio María Gonzáles, dicta un decreto modificando el arrendamiento de la Península de Samaná, efectuado por Buenaventura Báez, y ratificado el 18 de febrero de este mismo año. 1879. Es creada mediante el decreto No. 1765, la provincia Montecristi, integrada por las comunes: San Fernando de Monte Cristi, común cabecera, Guayubín, Dajabón, Sabaneta y el puesto cantoral de Guaraguanó. 1894. La denominada "rebelión de los azuanos", encabezada por Ignacio María González, con el respaldo de Gregorio Luperón y Casimiro de Moya, cruzan la frontera, para enfrentar el gobierno del presidente Ulises Heureaux, el que los venció fácilmente por la colaboración del presidente haitiano Fiorvil Hippolite. 1895. José Martí y Máximo Gómez firman en Montecristi el famoso Manifiesto, para luchar ambos por la independencia de Cuba. 1936. Muere en Tamboril, provincia Santiago, a la edad de 75 años, el ex presidente Horacio Vásquez. 1962. El ingeniero Mario Penzo Fondeur renuncia como titular de la secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones, alegando que el Consejo de Estado nombraba sistemáticamente funcionarios y empleados sin consultarlo. - Queda constituida la Confederación Nacional de Trabajadores Libres (CONATRAL), con dirigentes disidentes de la original FOUPSA, siendo sus principales dirigentes Robinson Ruiz López, Antonio Checo y Diego Díaz. 1970. El presidente Joaqun Balaguer acepta su repostulación a un nuevo periodo de gobierno en las elecciones del 16 mayo, sellando así la división del Partido Reformista, con el rechazo del vicepresidente Francisco Augusto Lora. 1973. El llamado "Guerrillero Solitario", Hamlet Hermann, es apresado en Villa Altagracia por guardacampestres del ingenio Catarey, finalizando así la presencia en el país de insurrectos encabezados por el cprpnel Francisco Caamaño, en contra el régimen de Joaquín Balaguer. 1995. Monseñor Benito de la Rosa y Carpio es nombrado Obispo de la diócesis de La Altagracia (Higüey). 1999. El Gobierno dominicano deposita en la Organización de Estados Americanos (OEA), el instrumento de aceptación de la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 2002. El Congreso Nacional aprueba el Contrato para la explotación del oro entre el Estado dominicano y la empresa Placer Dome. 2003. El canciller Hugo Tolentino Dipp, renuncia al cargo, como reacción a la orden del presidente Hipólito Mejía de enviar soldados a Irán para apoyar a los Estados Unidos. 2008. Aunque dirigentes peledeistas lo niegan, la Junta Central Electoral dispone eliminar las nóminas de pago de las instituciones estatales, al margen de los funcionarios y empleados públicos que devengan salarios y remuneraciones por servicios regulares. -Al instalar la mesa interinstitucional para la lucha contra el narcotráfico, la secretaría de Interior y Policía informa que el 60% de los crímenes registrados en el país están vinculados a ese ilícito penal. 2014. El Gobierno dominicano proclama ante críticas de Estados Unidos, el derecho que tiene de establecer sus propias reglas migratorias, al impedir la salida del país a la dominico-haitiana Juliana Deguis, por no poseer la documentación requerida. 2020. Funcionarios del área económica del gobierno se reúnen con representantes de diferentes sectores productivos para ofrecerles apoyo que evite desempleos formales e identificar iniciativas para mantener el nivel de colocación en el país como pilar de la economía. 2024. El presidente Luis Abinader expresa que mientras dirija el Estado dominicano no permitirá que se creen campos de refugiados en el país, posición que dijo no cambiara "sin importar quien lo exija". 2025. El diputado Elías Wessin Chávez, revela que el Código Penal no fue aprobado debido a la presión ejercida por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), organismo que afirma financiaba ONG para que defendieran las tres causales del aborto. Internacionales: 1507. Aparece por primera vez la palabra América en un libro que habla del Nuevo Mundo. 1634. Llegan los primeros colonos británicos a la colonia de Maryland (del actual Estados Unidos), enviados por Lord Baltimore (Cecilius Calvert). 1791. En Buenos Aires, Argentina, es reabierta al público, tras 39 años de reconstrucción, la catedral metropolitana, hundida casi por completo en 1952. 1821. Patriotas griegos inician una revolución contra el imperio otomano, la que duró 12 años y culminó con la independencia de Grecia. 1802. Es firmada la "Paz de Amiens" entre Inglaterra y Francia, mediante la cual se devuelve Menora a España. 1825. en Londres (Inglaterra) se ejecuta la Novena Sinfonía de Beethoven por primera vez en Gran Bretaña. 1911. Un incendio en la fábrica de camisas Triangle Shirtwaist de Nueva York provoca la muerte de 146 mujeres, siendo el desastre industrial más mortífero en la historia de esa ciudad y el cuarto en el número de muertes de un accidente industrial en la historia de los Estados Unidos. 1954. Radio Corporation of America (RCA) manufactura el primer televisor a color. 1972. En El Salvador, un grupo de jóvenes militares trata fallidamente de dar un golpe de estado, como reacción al alegado fraude electoral, lo que contribuyó a acelerar el proceso de radicalización social y a engrosar las filas de las recientemente fundadas organizaciones guerrilleras. 1975. Bélgica, Francia, Luxemburgo, Alemania Federal, Italia y Holanda firman el Tratado del Mercado Común y se unen para formar la Comunidad Económica Europea (CEE), origen de la actual Unión Europea (UE). 1976. Las Fuerzas Armadas argentinas deponen el Gobierno de la Presidenta María E. viuda Perón. 1991. Es anunciada la disolución del Pacto de Varsovia. 1992. Retornan a la Tierra los cosmonautas rusos varados en el espacio por la caída de la ex-URSS, después de permanecer en órbita por cinco meses más de lo previsto debido a falta de fondos para costear su regreso. 2006. Muere en su domicilio de las afueras de Madrid, la actriz y cantante española Rocío Dúrcal, tras agravarse el cáncer que padecía desde hacía varios años. 2010. El diario New York Times revela que el Cardenal Joseph Ratzinger (luego Papa Benedicto XVI) ignoró más de 200 quejas de abuso sexual contra el sacerdote Lawrence Murphy, en una escuela católica para niños sordos en Wisconsin entre 1950 y 1974. 2014. El presidente Nicolás Maduro informa la captura y envío ante los tribunales militares, de tres generales que alegadamente pretendían darle un golpe de estado. 2018. Unas 37 personas pierden la vida, entre ellas 9 niños, y más de 40 resultan heridas en el incendio desatado en el centro comercial Zímniaya Vishnia (Cereza de invierno), situado en la ciudad rusa de Kémerovo. 2019. El juez Antonio Ivan Athié, del Tribunal Regional Federal de la Segunda Región de Brasil, concede la libertad al expresidente Michel Temer (2016-2018), preso preventivamente por sospechas de corrupción. -La OEA califica de "inadmisible" la llegada de tropas rusas a Venezuela para prestar apoyo al "régimen usurpador" del presidente Nicolás Maduro, una acción que, señala la institución, viola además la Constitución del país suramericano. 2020. Un tribunal británico niega la libertad condicional a Julián Assange, reclamado por EE.UU. para ser juzgado debido a las revelaciones de su portal WikiLeaks, pese al temor de que contraiga COVID-19 en la cárcel londinense donde está en prisión preventiva. 2021. Con menos de tres meses de ser juramentado, el presidente estadounidense, Joe Biden, revela en su primera rueda de prensa, tener la intención de presentarse a la reelección en los comicios de 2024, junto a la actual vicepresidenta, Kamala Harris, como su compañera de candidatura. -Archivos desclasificados por la Embajada de EE.UU. en Buenos Aires dan cuenta de cómo la Casa Blanca no solo estaba al tanto de que se preparaba un golpe militar para marzo de 1976 en Argentina, sino además que el gobierno de facto sería "prolongado y de una severidad sin precedentes" en su combate a la guerrilla. 2024. El Tribunal Basmanny de Moscú ordena medidas preventivas contra Isroil Islómov y sus dos hijos Aminchon y Dilovar, sospechosos de haber participado en el atentado perpetrado en la sala de conciertos Crocus City Hall en Moscú. 2025. Sergio Alfieri, el médico que se ha ocupado del papa Francisco durante su hospitalización en el hospital Gemelli, revela en una entrevista al diario "Corriere della Sera", que hubo un momento "en el que hubo de decidir entre parar y dejarlo ir o probar con todos los medicamentosy terapias posibles, corriendo un riesgo muy alto".

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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