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54Grado.com : Hoy es miércoles 24 de diciembre del 2025. Faltan 7 días para el año 2026. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1492. Cristóbal Colón decide conocer personalmente al cacique Guacanagari, por lo que navega desde el Cabo de Santo Tomás hasta Punta Santa, pero al oscurecer ordena descansar, dejando el control de la nao Santa María a un mozogrumete. 1844. El Padre de la Patria, Juan Pablo Duarte, en viaje de regreso de su exilio en Hamburgo-Alemania, para reunirse con su familia, arriba a Saint Thomas para proseguir a Venezuela. 1854. Entra en vigor la nueva Constitución sancionada por el congreso y autorizada por el presidente Pedro Santana y sus ministros. 1905. Cesa en sus funciones el Consejo de Ministros que había asumido el Gobierno del Presidente Carlos F. Morales Languasco, al ser obligado a renunciar por representantes del general Horacio Vásquez, siendo sustituido por otro Consejo de Secretario, el que dura sólo cinco días, dando paso al gobierno de Ramón Cáceres. 1972. La Policía Nacional, inicia un operativo de vigilancia al carro propiedad de César A. Félix, quien alquiló la casa localizada en el kilómetro 17 de la Autopista Las Américas, en la que suponía se escondían integrantes del Comandos de la Resistencia, liderados Amauris Germán Aristy. 1994. Fallece en Santo Domingo el ex Jefe de la Marina de Guerra y político, Luis Homero Lajara Burgos. 2007. Fallece en la ciudad de Santiago, a la edad de 78 años el sacerdote y economista mexicano José Luis Alemán, quien llegó al país en 1966, tras realizar estudios en Cuba, España, Alemania, Inglaterra y Francia. 2008. El Senado aprueba la venta y el contrato de financiamiento de ocho aviones Super Tucano, accediendo a comprarlos por aproximadamente US$96.4 millones. 2009. Desconocidos ultiman de varios disparos al ex coronel de la Policía Nacional José Amado González González cuando retornaba a su vivienda en la Capital, junto a su esposa, la que resulta herida en varias partes del cuerpo. 2011. La ex Miss Universo Amelia Vega y el baloncestista de la NBA, Al Horford contraen matrimonio, en la residencia del célebre músico Juan Luis Guerra. 2012. Fallece en Santo Domingo, a la edad de 84 años el barítono Guarionex Aquino Reyes, quien estilizó su estampa de artista del canto en la década de los años 40 del pasado siglo. 2014. El oficial retirado Marcelino Rodríguez, de 78 años, se convierte en la víctima número 13 del grupo de ex combatientes constitucionalistas de la Guerra del 1965, en huelga de hambre demandando el aumento de sus pensiones de RD$8,000 a RD$20,000 mensuales. 2016. Fallece el locutor Félix Nova, considerado una de las voces de más emblemáticas por años de la locución de noticias dominicanas, a través de los noticiarios de Radio Cadena Comercial, Radio Visión, Radio Televisión Dominicana, y otros medios en el interior del país. 2017. Las autoridades sanitarias reportan el fallecimiento de al menos 23 personas en el municipio Pedro Santana, provincia Elías Piña, por la ingesta de la tradicional bebida alcohólica conocida como clerén. 2019. Fallece en Santo Domingo a la edad de 84 años el novelista, dramaturgo e historiador dominico-español, Carlos Esteban Deive, quien nació en España el 26 de diciembre de 1935. 2020. La Policía Nacional y la Comandancia de la Fuerza Aérea (FARD) crean una comisión mixta, coordinada y conjunta para investigar el incidente donde una patrulla de la Policía mata al teniente coronel piloto de la FARD, Israel Rodríguez Cruz, ocurrido en el municipio de Mao, provincia Valverde. 2022. La Policía Internacional Dominicana (Interpol) anuncia la captura del ciudadano haitiano Lerby Belus, presunto miembro de la banda criminal 400 Mawozo, durante un operativo realizado en la autovía del Este, provincia La Romana. 2023. Fallece a la edad de 52 años a causa de un infarto el embajador dominicano en Canadá, Frank Hans Dannenberg, quien representó el país además en India y Rusia , así como concurrente en otras 15 naciones. Internacionales: 1524. Muere Vasco da Gama, explorador y navegante portugués, el primer europeo en llegar a la India por la ruta que rodea África. 1167. Nace en Oxford, Inglaterra, Juan Sin Tierra, rey entre 1199 y 1216, famoso por firmar la Carta Magna. 1799. Napoleón es ungido dictador de Francia por plebiscito popular. 1814. En Bélgica es firmado el tratado de paz entre Gran Bretaña y Estados Unidos. 1821. Las autoridades de la provincia de Buenos Aires, capital de Argentina, suprimen los Cabildos y establece Juzgados de Primera Instancia y de Paz, así como la Oficina de Policía. 1865. Es formado en Estados Unidos el Ku Klux Klan (KKK), nombre que adoptaron varias organizaciones que han predicado la supremacía de la raza blanca, el antisemitismo, racismo, anticatolicismo, anticomunismo, homofobia y el nativismo. 1906. El profesor canadiense Reginald Aubrey Fessenden realiza la primera emisión radiofónica, en la que se escucha su voz y música de Haendel en los barcos que navegan cerca de Terranova. 1909. Alberto I es coronado rey de Bélgica. 1924. Albania se proclama República. 1933. Mueren más de 200 personas en un choque de trenes cerca de París. 1942.Alemania lanza su primer cohete tierra-tierra. 1943. En el marco de la Segunda Guerra Mundial, el general estadounidense Dwight D. Eisenhower asume los poderes de comandante en jefe de las tropas aliadas. 1950. España y EE.UU. reanudan sus relaciones diplomáticas. 1961. El presidente Gamal Abdel Nasser, anuncia que la República Árabe Unida nacionaliza todas las tierras de propiedad extranjera, y la ruptura de Egipto con Yemen, lo que deshace la Fede­ración Árabe. 1963. El Aeropuerto Internacional de Nueva York (antiguamente conocido como Aeropuerto de Idlewild) es rebautizado con el nombre del extinto presidente John F. Kennedy. 1979. Tropas soviéticas invaden Afganistán, lo que sirvió como génesis del régimen talibán en esa nación. 1986. El presidente argentino Raúl Alfonsín, promulga la Ley 23.492 de Punto Final, la que establece la caducidad de la acción penal contra los imputados como autores de cometer la desaparición forzada de personas (que involucró detenciones ilegales, torturas y homicidios agravados o asesinatos). 1999. El motín iniciado por 200 soldados en Costa de Marfil se transforma en golpe de Estado. El líder golpista, el general Robert Guei, destituye al presidente, Henry Konan Bedie. 2005. El papa Benedicto XVI lanzó un llamado por la paz en el Medio Oriente durante la primera misa de Nochebuena que celebra desde que se convirtió en Pontífice. 2006. El presidente iraní, Mahmoud Ahmadinejad, declara que la resolución del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas para imponer sanciones a Irán por cuenta de su programa nuclear "es un pedazo de papel". 2010. El fundador del portal WikiLeaks, Julian Assange, revela que guarda material de impacto sobre EEUU, país del que dijo que lo persigue como si fuera Osama bin Laden. 2011. Kim Jong-un es designado líder supremo de la República Popular Democrática de Corea, siendo confirmado por Kim Yong Nam, como presidente de la Asamblea Suprema del Pueblo cinco días después. 2013. El presidente uruguayo José Mujica firma y promulga la ley que habilita y regula el mercado de la marihuana en esa nación, último paso formal para su entrada en vigencia. - Una sexagenaria se convierte en la mujer china de mayor edad en dar a luz, tras traer al mundo a los 60 años, dos gemelas concebidas mediante fecundación in vitro. 2108. El presidente Donald Trump afirma que los aliados ya no se aprovecharán de Estados Unidos, al tiempo de criticar al renunciante secretario de Defensa Jim Mattis, quien se opone al retiro de las tropas estadounidenses de Siria decidido por el mandatario. 2020. La Unesco registra que este año al menos 59 periodistas fueron asesinados en el mundo, con América Latina y Asia como los lugares más peligrosos para una profesión que vio cómo su trabajo sufrió más amenazas a causa de la pandemia de coronavirus. - Costa Rica, Chile y México inician la aplicación de la vacuna de Pfizer-BioNTec, lo que alivia y da esperanza para muchos sectores de esos países. 2022. El presidente salvadoreño, Nayib Bukele, ordena un dispositivo con la participación de más de mil soldados y 130 policías, para cercar la comunidad de Tutunichapa de la capital, San Salvador, con el propósito de detener a los presuntos pandilleros que allí habitan. 2024. Lo que sería la apertura de un hospital ubicado en la Universidad Estatal de Haití, de Puerto Príncipe, se convierte en una escena de terror con el ataque de la banda ViV Ansanm, liderada por Jimmy Chérizier (Barbecue), con el saldo de un policía y un periodista fallecidos, así como cinco comunicadores heridos.

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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