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54Grado.com :Hoy es lunes 20 de abril del 2026 . Faltan 255 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1564. Un terremoto destruye varias ciudades del Cibao, entre estas Santiago y La Vega. 1857. El Senado Consultor emite el decreto 163, mediante el cual autoriza al Poder Ejecutivo a imprimir seis millones de pesos en papel moneda. 1967. El héroe del 30 de Mayo, Luis Amiama Tió, renuncia al cargo de secretario de Interior y Policía, nombrado en esa posición para dirigir las investigaciones del atentado hecho contra el general Antonio Imbert Barrera, su compañero de acción en el ajusticiamiento del generalísimo Rafael Trujillo. 1970. Fallece de manera repentina el candidato presidencial del Movimiento de Conciliación Nacional, Héctor García-Godoy, siendo sustituido en esa posición electiva por Jaime Manuel Fernández. 2004. República Dominicana y Honduras anuncian la inminente salida de sus tropas de Irak. 2007. Concluye en Santo Domingo la XIII Reunión Ministerial del Grupo de Río y la Unión Europea, la que aprobó donar a América Latina 2,700 millones de euros en un período de seis años, de los cuales 233 millones serían para Haití. 2010. Un helicóptero de la caballería aérea del Ejército Nacional asignado a la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) derriba una avioneta a cinco millas de la isla Saona, donde fue encontrado el fuselaje y parte de la droga que traía. 2012. La Fiscalía de Santiago acoge la querella que contra el comunicador Marcos Martínez interpuso la candidata vicepresidencial del PLD, Margarita Cedeño, por denunciar que esta tenía cuentas millonarias en un banco europeo a su nombre. 2020. La Junta Central Electoral inicia un proceso de reestructuración en procura de recuperar su imagen y credibilidad, afectada con el fracaso de las elecciones municipales del 16 de febrero y sacudida por auditorías de organismos internacionales que pusieron al desnudo su mala gestión informática. 2021. El almirante Craig Faller, comandante del Comando Sur de los Estados Unidos, llega al país para participar en una conferencia de seguridad de las naciones del Caribe, cuyo tema central es "Combatiendo el tráfico ilícito y respondiendo a desastres naturales en un escenario de COVID". -La fiscal de Villa Altagracia, Fátima Sánchez Guzmán, dispone el arresto del coronel César Maríñez, superior jerárquico de la patrulla policial que el 30 de marzo acribilló a los esposos Joel Eusebio Díaz Ferrer y Eliza Muñoz Marte, así como hirió a Claudio Ramírez Lamais, después de participar en una actividad religiosa. -Al menos 25,570 venezolanos en situación irregular se acogen al Plan de Normalización de Estatus que implementa el gobierno desde el lunes 12 de abril, a través de la Dirección General de Migración, los ministerios de Interior y de Relaciones Exteriores, entre otros organismos estatales. 2023. La Cámara de Cuentas revela en un informe de la investigación especial dirigida al control interno de la Junta Central Electoral (JCE), en el que se afirma haber detectado irregularidades de RD$333,471.23 relacionadas con las reposiciones de fondos de caja chica del departamento de Servicios Generales, durante el período 2019-2020. 2024. La Embajada de Estados Unidos en el país asegura que el gobierno del presidente Joe Biden nunca ha solicitado a la República Dominicana que acepte flujos de migrantes indocumentados, porque respeta la soberanía y la decisión de proteger sus fronteras e implementar una política migratoria. Internacionales. 1792. La Asamblea Francesa declara la guerra a Austria, Prusia y Cerdeña. 1810. La Capitanía General de Venezuela o Junta de Gobierno proclama "la existencia de una soberanía nacional" desligada de España. 1898. El presidente de Estados Unidos, William McKinley, envía un ultimátum a España demandando el cese de las hostilidades a las tropas cubanas, lo que fue rechazado por el país europeo. 1923. Se suprime en Italia la fiesta del 1º de mayo. 1939. Es inaugurada la Feria Mundial de Nueva York. 1945. En la Segunda Guerra Mundial, la artillería soviética dispara sobre Berlín y soldados de Stalin alcanzan los suburbios de la capital alemana. 1961. Fracasa la invasión en Cuba de la bahía de Cochinos, financiada por Estados Unidos a desafectos del régimen de Fidel Castro. 1970. Unos 20 mil soldados norteamericanos y survietnamitas penetran en Camboya para destruir depósitos de armas y bases norvietnamitas. 1978. Cazas soviéticos derriban un Boeing 747 de Korean Airlines. 1993. Muere el actor cómico mexicano Mario Moreno, "Cantinflas". 1999. En el liceo de Columbine, Colorado, 12 estudiantes y un profesor son asesinados por dos estudiantes que habían pasado meses planeando vengarse de sus compañeros, los que terminan suicidándose. 2005. El Congreso ecuatoriano destituye al presidente Lucio Gutiérrez, luego de varios días de movilización popular demandando su relevo. 2007. Un hombre armado mata a uno de sus rehenes y luego se suicida, tras estar rodeado por la policía en el Centro Espacial Johnson de la NASA en Houston, Texas. 2008. El exobispo católico Fernando Lugo gana las elecciones presidenciales paraguayas, que pusieron fin a 61 años de gobierno del centroderechista Partido Colorado. 2010. En el golfo de México tiene lugar una explosión en la torre de la plataforma petrolera de capital británico Deepwater Horizon, provocando un incendio y la desaparición de 11 personas. 2011. En Libia, dos fotoperiodistas occidentales, incluido un director de cine nominado al Óscar, son muertos, mientras otros dos periodistas que trabajaban a su lado resultan heridos, en la ciudad sitiada de Misrata mientras cubrían batallas entre los rebeldes y el ejército del gobierno libio. 2012. En Islamabad fallecen los 127 ocupantes del avión (118 pasajeros y nueve tripulantes) que se estrelló en una zona residencial a las afueras de esta ciudad, a unos diez kilómetros del aeropuerto de la capital. 2013. Fallecen 193 personas y 12,200 resultan heridas durante el terremoto de 7 grados en la escala de Richter que sacudió la provincia central china de Sichuan. -En Italia es reelecto el presidente Giorgio Napolitano, en sexta votación por falta de acuerdo. 2021. El presidente de Chad, Idriss Déby Itno, quien gobernaba el país desde hace 30 años, muere debido a las heridas de bala recibidas en una operación militar contra los rebeldes en el norte del país. -Tras el jurado de seis blancos y seis negros deliberar durante dos días, el exoficial de la policía de Minneapolis Derek Chauvin es condenado por asesinato y homicidio involuntario contra el afroamericano George Floyd, en un caso que desató protestas mundiales. 2022. La secretaria del Tesoro de Estados Unidos, Janet Yellen, y el ministro de Finanzas de Ucrania, Serhiy Marchenko, junto a varios ministros de finanzas y directores de bancos centrales, abandonaron una reunión del Grupo de los 20 cuando el representante de Rusia comenzó a hablar. 2023. El secretario de Estado de Seguridad británico, Tom Tugendhat, asegura que los países democráticos deben liderar el desarrollo de la inteligencia artificial (IA) para adelantarse a los intereses de "serios rivales" como Rusia y China. 2025. Según un informe de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la violencia que impera en Haití ha dejado un balance de 2,660 asesinatos durante el período diciembre-febrero; entre ellos, 323 mujeres y 74 niños. -La Fuerza Aérea del Reino Unido (RAF) despliega tres patrullas aéreas para interceptar aeronaves militares rusas que se aproximaban al espacio aéreo de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN).

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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