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54Grado.com : Hoy es jueves 13 de noviembre del 2025 . Faltan 48 días para el año 2026. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1564. La Real Audiencia dispone que nadie pueda salir de la Española sin previa autorización, en vista de lo despoblado que se encuentra la isla. 1930. El periódico Listín Diario reseña en su edición de la fecha que el país contaba con 128 aparatos telefónicos conectados, de los 500 instalados, como consecuencia de los embates del Ciclón San Zenón que azotó la ciudad de Santo Domingo. 1945. En Francia, la Asamblea Constituyente proclama unánimemente a Charles De Gaulle como jefe del Gobierno provisional francés. 1947. La Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas anuncia haber completado el desarrollo del AK-47, uno de los primeros rifles de asalto. 1950. Luego de ser secuestrado por un grupo encabezado por Rafael Simón Urbina es asesinado el presidente venezolano general Carlos Delgado Chalbaud, atribuyéndose su autoría intelectual al futuro dictador Marcos Pérez Jiménez. 1945. La Organización de las Naciones Unidas admite como miembros activos las Repúblicas de Panamá y Etiopía. 1962.-Prorrogan otra vez –un día- el plazo para proponer candidatos para las elecciones previstas a celebrarse el 20 de diciembre de este año. 1970. Muere en Santo Domingo el escritor, poeta y periodista Ramón Emilio Jiménez. 1992. Es asesinada de dos disparos en el barrio Aravaca de Madrid, la inmigrante dominicana Lucrecia Pérez, primera víctima mortal del racismo y la xenofobia reconocida como tal en España. 1996. El ex presidente Joaquín Balaguer y José Fco. Peña Gómez se reúnen con el propósito de reconciliar al caudillo reformista con el grupo disidente de esa organización, encabezado por Fernando Alvarez Bogaert. 2007. El Senado aprueba en segunda lectura el proyecto de Ley que cambia el nombre de la provincia Salcedo por el de "Hermanas Mirabal", en reconocimiento a las heroínas asesinadas durante la tiranía de Rafael Leónidas Trujillo. 2008. El Segundo Tribunal Colegiado del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional absuelve la ex directora general de Aduanas, Anisia Rissi y otros 21 implicados en un supuesto desfalco por más de RD$1,000 millones en contra del Estado, durante el período 1990-1994. 2013. El gobierno dominicano rechaza el reclamo del Primer Ministro de San Vicente y las Granadinas, Ralph Gonsalves, para que la República Dominicana sea suspendida del Foro de Estados ACP del Caribe (CARIFORO), si se aplica la sentencia168-13 del Tribunal Constitucional que aborda el tema de la nacionalidad, al considerar que el mismo es improcedente y carente de toda base legal. 2014. El expresidente Leonel Fernández recomienda en Washington la apertura de un diálogo para "rediseñar" los criterios de la Comisión y la Corte Interamericanas de Derechos Humanos, ante la "deslegitimación" a la que, asegura, han llegado por decisiones como la reciente sobre los dominicanos de origen haitiano. 2024. El Poder Ejecutivo dispone mediante decretos, la eliminación de las comisiones Internacional Asesora de Ciencia y Tecnología y la Presidencial para la Modernización y Seguridad Portuaria, así como el Consejo Nacional de Población y Familia, en el marco del plan de racionalización y modernización del Estado, de "eliminar duplicidades y optimizar el uso de recursos". - Las autoridades revelan el desmantelamiento de una red que operaba con la participación de miembros de la Policía Nacional, la que presuntamente se dedicaba a robar municiones de la institución, para venderlas a las bandas criminales que operan en Haití, tras ser alertadas por el gobierno del vecino país. Internacionales: 1494.-Los españoles derrotan en las islas Canarias a los guanches e invaden nuevamente Tenerife. 1523. Sale rumbo a Guatemala de Tenochtitlán (México), acompañado de soldados e indios tlaxcaltecas, el conquistador español Pedro de Alvarado. 1655. En Perú se registra un terremoto de magnitud 7.7 grados, que deja un saldo de 11,000 muertos y graves daños en la capital, Lima. 1849 En Estados Unidos, Peter Burnett es elegido primer gobernador del estado de California. 1945. en Francia, la Asamblea Constituyente proclama unánimemente a Charles De Gaulle como jefe del Gobierno provisional francés. 1965. A 96 kilómetros de Nassau (islas Bahamas), se incendia y se hunde el barco SS Yarmouth Castle, provocando la muerte de muerte de 90 personas. 1985 Hace erupción el volcán Nevado del Ruiz, provocando decenas de muertos en Colombia. 2001. Oficiales de Corea del Norte y Corea del Sur acuerdan el 10 de diciembre de este año, la fecha para que las familias de ambas naciones, divididas desde 1953, vuelvan a verse. 2002. Aante las costas de Galicia (España) comienza el hundimiento del petrolero Prestige, que terminará de hundirse seis días después. 2005. El Papa Benedicto XVI dice que el desorden social, la guerra, la injusticia y la violencia se combaten con el respeto de la ley moral. 2006. Los Nacionales de Washington presentan al dominicano Manny Acta como su nuevo mánager para las venideras dos temporadas de Béisbol de Grandes Ligas. 2009. Tras el impacto de la sonda LCROSS, la NASA anuncia el descubrimiento de "significativas cantidades" de agua en la Luna. 2014. Las hermanas María José Alvarado y Sofía Trinidad, la primera candidata hondureña al concurso Miss Mundo, son asesinadas por Plutarco Ruiz, novio de la segunda, cuando participaban en el cumpleaños del homicida. -El jefe de la diplomacia estadounidense, John Kerry, el primer ministro israelí Benjamín Netanyahu y el rey de Jordania, Abdalá II, se reúnen en Amán para discutir sobre la escalada de violencia en Jerusalén Este. 2015. París vive uno de los peores crímenes al ser atacada por terroristas usando armas de fuego y explosivos contra personas que se encontraban disfrutando en restaurantes, bares, estadio deportivo y concierto musical en varios lugares de la capital, matando más de 129 personas y 352 heridos. -Estados Unidos informa haber matado al iraquí Abu Nabil, considerado líder del Estado Islámico (EI) en Libia, durante un bombardeo aéreo en el país norteafricano. 2018. La cadena de noticias CNN presenta una demanda contra el presidente de Estados Unidos, Donald Trump y cinco miembros de su equipo, por retirarle la credencial permanente de la Casa Blanca a uno de sus periodistas que protagonizó un rifirrafe (discusión ruidoda) con el mandatario días antes. -Fallece en México a la edad de 90 años cantante chileno Lucho Gatica, intérprete de éxitos como "El reloj", "La barca" y "Contigo en la distancia". 2020. El ex asesor de Seguridad Nacional de Estados Unidos, John Bolton, pide a los congresistas y políticos republicanos "reconocer la realidad" de que el candidato demócrata a la Casa Blanca, Joe Biden, "ha ganado las elecciones". 2022. Al menos seis personas pierden la vida y otras 81 resultan heridas -12 de gravedad- como consecuencia de una explosión ocurrida en una turística calle de Estambul (Turquía), según informó el presidente Recep Tayyip Erdogan a través de Twitter. 2023. El ex primer ministro británico David Cameron (que dirigió el gobierno entre 2010 y 2016), regresa de manera inesperada al gobierno del premier Rishi Sunak, convirtiéndose en secretario de Exteriores, dentro de una gran reestructuración del gobierno conservador, que también supuso la destitución de la divisiva secretaria del Interior, Suella Braverman. - Miles de personas huyen del mayor hospital de Gaza, mientras fuerzas israelíes y milicianos palestinos combatían ante sus puertas, pero cientos de pacientes, incluidos docenas de bebés que corrían peligro de morir por falta de electricidad, seguían dentro, según las autoridades de salud. - En Haití, es asesinado el profesor de Matemáticas y Física, convertido en un poderoso y temido jefe de pandillas, Iskar Andrice, acusado de dirigir varios ataques letales contra civiles en la capital, Puerto Príncipe, en un barrio pobre que controló durante años. 2024. En Argentina, la Cámara Federal de Casación Penal condena a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner a la pena de seis años de prisión y su inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos", tras ser hallada responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado, sanción que la exmandataria consideró "un show". -La compañía aérea estadounidense JetBlue informa que una de sus aeronaves fue tiroteada tras despegar dos días antes del aeropuerto de Puerto Príncipe, Haití con destino a Nueva York, acto que se había repetido con un avión de Spirit Airlines cuando se disponía aterrizar en esa terminal.

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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