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Efemérides

54Grado.com : Hoy es miercoles 5 de noviembre del 2025 . Faltan 56 días para el año 2026. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1864. Muere fusilado en la playa de Maimón, el general José Antonio (Pepillo) Salcedo, prócer de la Independencia y de la Restauración. 1865. Gregorio Luperón expresa en carta al general Federico de Jesús García, que tiene por amigos "los soldados de Capotillo que concurrieron a la obra de la Restauración, no traicionaron la Patria, ni envilecen y mancillan sus glorias". 1930. El presidente Rafael Trujillo refrenda la ley que le autoriza nombrar los Comisarios, Oficiales, Clases y Agentes de los Cuerpos de Policías Municipales. 1961. El Congreso aprueba la ley 5428, que cambia el nombre del "Monumento a la Paz de Trujillo" por el de "Monumentos de los Héroes de la Restauración de la República", el levantado en Santiago. 1962. Los partidos Revolucionario Social Cristiano, Nacionalista Revolucionario Democrático y el Revolucionario Dominicano Auténtico postulan a Alfonso Moreno Martínez y Josefina Padilla; a Virgilio Mainardi Reyna y Mario Read Vittini; a Joaquín Balaguer y Nicolás Silfa, como sus respectivos candidatos a la Presidencia y vicepresidencia de la República, para las elecciones del 20 de diciembre. 1989. El profesor Juan Bosch inicia un ciclo de conferencias sobre literatura y política, invitado por el Departamento de Lenguas Románicas de la Universidad de Harvard. 1997. Se Inicia en Santo Domingo la cumbre especial con la asistencia de los siete presidentes centroamericanos dedicada a estudiar las negociaciones sobre un Tratado de Libre Comercio de bienes, servicios e inversiones entre el país caribeño y el istmo. 2005. El Servicio Jesuita para Refugiados y Migrantes y el Centro Cultural Dominico-Haitiano consideran el proyecto de eliminar la figura del jus soli de la Constitución como requisito para la nacionalidad dominicana responde "a una ideología prejuiciada". 2014. Las autoridades polacas notifican a sus par dominicanas, sobre las conclusiones del proceso de pederastía en el país, seguido al sacerdote Wojciech Waldemar Gil (Alberto Gil). 2020. El Instituto Dominicano de Telecomunicaciones (Indotel) y el Consejo Nacional de las Telecomunicaciones (Conatel) de Haití acuerdan buscar una solución al problema de las interferencias en las emisoras de radio en la frontera dominico-haitiana, situación que afecta a los usuarios en sobrecargos por costos de llamadas que deberían ser locales. La República Dominicana y Haití reabren el tradicional mercado binacional de la ciudad dominicana de Dajabón, clausurado en marzo por la llegada de la covid-19, aunque con limitaciones y bajo un "estricto" protocolo sanitario. Internacionales: 1414. Es inaugurado el Concilio de Constanza, realizado en la ciudad húngara del mismo nombre, el que concluyó el 22 de abril de 1418. 1781. John Hanson es elegido e1 primer Presidente de los EEUU en el "Congress assembled" (8 años antes que Washington fuera elegido). 1911. Italia ataca a Turquía. 1914. Gran Bretaña se anexa Chipre. 1916. En Rusia, durante un encuentro, el gran duque Nicolás Nikoláyevich, trata infructuosamente de convencer al zar Nicolás II de la necesidad de realizar concesiones políticas a la población. 1917. Las tropas norteamericanas entran en acción en Europa. 1935. El estadounidense Charles Darrow patentiza el monopoly, o monopolio, considerado el juego de mesa más practicado y vendido del mundo, cuyo objetivo es hacer un monopolio de oferta, para poseer todas las propiedades inmuebles imaginarias que aparecen en el juego. 1945. La Organización de las Naciones Unidas admite como miembro activo de la entidad mundial, la República de Colombia. 1972. Sectores comerciales y propietarios de camiones chilenos finalizan la huelga iniciada el nueve de octubre contra el Gobierno democrático de Salvador Allende. 1975. Ante la solicitud de ayuda del Movimiento Popular de Liberación de Angola, el Gobierno cubano decide enviar tropas a esa nación, para enfrentar la agresión exterior que pretendía frustrar su independencia. 1985. En Italia se inicia un macroproceso contra la mafia. El juez Falcone acusa a 709 mafiosos. 1964. Es iniciado en Venezuela un nuevo Gobierno de coalición, conocido como el Pacto de Punto Fijo. 1991. En Colombia, es ejecutado el llamado "robo del siglo" en la Caja Agraria de Bogotá de donde cargan con casi 3,000 millones de dólares. 1999. El juez estadounidense Thomas Penfield Jackson declara que Microsoft tiene una posición de monopolio. 2005. La IV Cumbre de las Américas finaliza sin acuerdo en torno al Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA). 2006. En Iraq, la corte de Bagdad encargada del juicio al ex presidente Saddam Hussein, lo condena a muerte por alegados crímenes contra la humanidad, lo que de inmediato provoca numerosas reacciones en su mayoría contrarias en todo el mundo. 2009. En la base militar Fort Hood de Estados Unidos, el comandante psiquiatra Nidal Hasan -ante la inminencia de su traslado a Irak- tirotea a sus compañeros, matando a 13 e hiriendo a más de 30. - Luego de la empresa Facebook alertar acerca de una intrusión de la CIA entre sus usuarios, la agencia de inteligencia compra una empresa de tecnologías con capacidad para vigilar acontecimientos en la red. 2010. Un avión turboprop de Aerocaribbean se estrella en las montañas de la región central de Cuba, muriendo sus 68 ocupantes. -En México, fuerzas de la Marina abaten al capo Ezequiel Cárdenas (Tony Tormenta), tras seis horas de batalla campal en las calles de Matamoros (Tamaulipas). 2011. El tribunal antiterrorista de Pakistán que instruye el caso del asesinato de la ex primera ministra Benazir Bhuto imputa a siete acusados en relación con estos hechos, entre estos dos antiguos altos mandos policiales y cinco supuestos insurgentes. -El grupo de hackers Anonymous amenaza con lanzar un ataque contra la red social que lo hará "dejar de existir" un día como hoy, lo que obviamente no sucede. 2015. El sacerdote polaco que se declaró gay y fue despedido por el Vaticano justo antes de una reunión de obispos sobre el trato a los homosexuales y divorciados denuncia la existencia de una "homofobia especial", que obliga a los curas homosexuales "a odiarse a sí mismos". 2018. El mexicano Joaquín "El Chapo" Guzmán afronta en Nueva York, a partir de la fecha, un juicio por narcotráfico que le puede costar la cadena perpetua, en un proceso que empezará con la elección del jurado. -Las empresas de televisión Fox News y NBC retiran del aire una publicidad de la campaña electoral de Donald Trump que compara a un criminal mexicano con los migrantes de la caravana en ruta hacia Estados Unidos. 2019. El presidente estadounidense, Donald Trump, ofrece ayuda militar a su homólogo mexicano, Andrés Manuel López Obrador, para combatir a los cárteles de la droga en su país, después de que se conociera que varios miembros de una familia mormona estadounidense fueron asesinados por supuestos narcotraficantes. 2020. El Tribunal Constitucional de Chile declara ilegítimo el polémico proyecto de ley que prohíbe el negacionismo de los abusos y crímenes de la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990), y deja en interrogante la discusión de la norma, que estaba a la espera de aprobarse en el Senado. -Los observadores electorales de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) acusaron el jueves al presidente estadounidense Donald Trump de "flagrante abuso de poder" por haber pedido la interrupción del recuento de votos antes de finalizar el proceso. 2024. El nuevo ministro de Defensa de Israel, Israel Katz, establece como objetivos principales de la guerra la liberación de todos los rehenes que se encuentran secuestrados por Hamás en la Franja de Gaza, así como la derrota del movimiento palestino y de Hezbolá en el Líbano.

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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