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54Grado.com : Hoy esviernes 15 de mayo del 2026 . Faltan 230 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1252 el Papa Inocencio IV hace pública la bula papal ad extirpanda, en la que se autoriza, con algunos límites, la tortura de herejes a cargo de la Inquisición. 1303 fundación de la ciudad española de Chiclana de la Frontera por parte de don Alonso Pérez de Guzmán. 1536 Ana Bolena, reina de Inglaterra, comparece al jucio en Londres para enfrentarse a los cargos de traición, adulterio e incesto. Fue condenada a la pena de muerte por un jurado especialmente seleccionado. 1567 en Inglaterra, la reina María Estuardo se casa con el aristócrata James Hepburn, su tercer esposo. 1568 en Shanxi (China) sucede un terremoto. Posiblemente sea el mismo que se registró dos semanas atrás. 1602 Bartholomew Gosnold se convierte en le primer europea en divisar el Cabo Cod. 1618 Johannes Kepler confirma su descubrimiento previo sobre la tercera ley de movimientos de los planetas. 1629 se produce la Batalla de Las Cangrejeras, un enfrentamiento militar en el contexto de la Guerra de Arauco librada en el sur de Chile durante la guerra defensiva entre españoles y mapuches. La batalla terminó en una importante victoria de los indígenas. 1648 Tratado de Münster, en el cual España reconoce la independencia de los Países Bajos. 1701 se inicia la Guerra de Sucesión Española. 1718 James Puckle, un abogado londinense patenta la primera ametralladora. 1755 los españoles se establecen en Laredo (Texas). 1792 en el marco de la Primera Coalición, Francia declara la guerra al Reino de Cerdeña. 1793 Diego Marín Aguilera vuela cerca de 360 metros y con una altitutd de 5 o 6 metros, con el primer avión de plumas. 1796 en el marco de la Primera Coalición, Napoleón Bonaparte entra en Milán. 1800 Jorge III de Inglaterra sobrevive a un intento de asesinato a cargo de James Hadfield, que posteriormente alegó locura. 1811 Paraguay se independiza de España, siendo el primer país sudamericano en lograr su independencia permanente. 1813 en el marco de la guerra de independencia chilena, se libra el combate de San Carlos. 1836 en España, Francisco Javier Istúriz es nombrado presidente del gobierno. 1849 Tropas de las Dos Sicilias toman Palermo y derrocan el gobierno de Sicilia. 1858 sew abre el Royal Opera House en Covent Garden, Londres. 1867 caída del Sitio de Querétaro y fin del Segundo Imperio Mexicano. 1891 se promulga la encíclica Rerum Novarum del papa León XIII, a partir de la cual surge el movimiento político llamado democracia cristiana. 1896 primera proyección cinematográfica en España. 1902 El estadounidense Lyman Gilmore voló en un avión con motor a vapor, aunque no fue confirmado oficialmente. 1905 Se empieza a crear Las Vegas cuando 110 acres, en los que se construirá el centro de la ciudad, son auditados. 1911 en México, se produce en Torreón la Matanza de chinos. 1919 Invasión griega de İzmir. Durante la invasión, el ejército griego matan o hieren a 350 turcos. Sus responsbales son condenados por el comandante griego Aristides Stergiades. 1928 Mickey Mouse se presente en sociedad por primera vez en Plane Crazy. 1931 en México se inaugura el Aeropuerto Internacional Benito Juárez. 1934 Kārlis Ulmanis establece el gobierno legítimo de Letonia. 1935 en Moscú se inaugura la primera línea del metro. 1940 en el marco de la Segunda Guerra Mundial, después de una dura batalla, las pésimas tropas entrenadas de Países Bajos se rinden a Alemania, comenzando cinco años de ocupación. 1940 en Estados Unidos, los hermanos Dick y Mac McDonald abrieron el primer restaurante McDonald's en San Bernandino (California). 1943 Joseph Stalin disuelve el Comintern. 1943 las tropas alemanas comienzan, al este de Bosnia, la Operación Schwarz, con el objetivo de aniquilar las bases partisanas y a su líder, Tito. 1948 en Inglaterra, el asesinato de una niña de tres años de edad en Blackburn lleva a tomar las huellas digitales de más de 40.000 hombres en la ciudad en un intento por encontrar al asesino. 1955 en el Sitio de pruebas de Nevada, Estados Unidos detona su bomba atómica Zucchini, de 28 kt, la última de las 14 bombas de la operación Teapot, y la n.º 65 de las 1127 que Estados Unidos detonó entre 1945 y 1992. 1957 en la isla Malden (en el océano Pacífico), los británicos hacen la primera prueba de bomba de hidrógeno, en la llamada Operación Grapple. 1958 lanzamiento del satélite artificial soviético Sputnik 3. 1960 la Unión Soviética lanza el satélite Sputnik 4. 1963 en el marco del Proyecto Mercury, Estados Unidos lanza con éxito la nave Mercury Atlas 9, con el astronauta Gordon Cooper a bordo. Se convierte en el primer estadounidense que pasa más de un día en el espacio. 1966 después de una disputa, el primer ministro survietnamita Nguyen Cao Ky da la orden de atacar las fuerzas del general Ton That Dinh. 1972 la isla de Okinawa, bajo el control estadounidense desde 1945, vuelve al control de Japón. 1988 las tropas soviéticas inician la retirada de Afganistán después de ocho años de ocupación. 1993 se celebra en Millstreet, Irlanda, la XXXVIII Edición de Eurovisión. El tema del país anfitrión, «In your eyes» de la solista Niamh Kavanagh, es el vencedor. 2002 el equipo de fútbol español Real Madrid gana por novena vez la Copa de Europa. 2004 Sudáfrica es elegido sede para la Copa Mundial de Fútbol de 2010, convirtiéndose en el primer país africano en organizar la máxima competencia futbolística internacional y el segundo en organizar un evento deportivo masivo siendo el primero el Mundial de Rugby de 1995 celebrado en Sudáfrica misma 2009 En México se publica en el Diario Oficial de la Federación, la creación de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. 2010 el cantante argentino, Gustavo Cerati sufre un accidente cerebrovascular que lo mantiene en coma hasta la actualidad. 2011 creación del movimiento 15M ―o «Indignados»― en toda España. 2011 manifestaciones del movimiento Democracia Real Ya 2012 en Bogotá se produce un ataque terrorista contra el exministro colombiano Fernando Londoño.

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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