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54Grado.com : Hoy es sábado 17 de enero del 2026 . Faltan 348 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1842. El señor José Chevalier, familiar materno del dictador Rafael Trujillo, es designado juez de Paz de San Cristóbal, quien en 1858 firmó un documento político junto con Máximo Gómez. 1846. Una comisión militar juzga y condena al coronel haitiano Vallón Simón, por el delito de traidor y ser apresado luego de huir a su país donde es obligado a alistarse en expedición contra la República. 1864. Las tropas españolas bajo las órdenes del general Pedro Santana derrotan a las restauradoras mandadas por el coronel Santiago Mota. 1913. El arzobispo Adolfo A. Nouel, envía dos emisarios al Vaticano con una carta autógrafa notificando al papa San Pío X haber asumido la presidencia interina de la República Dominicana. 1920. Nace en Puerto Plata, el niño Hugo José Eugenio Kunhardt González, quien tras recibirse de ingeniero y realizando un maestría en Estados Unidos, se une al grupo de exiliados dominicanos participantes en la expedición que llegó a territorio dominicano por su ciudad natal en 1949. 1940. Muere en la Torre del Homenaje (Fortaleza Ozama), el general Ramón Vásquez Rivera, apresado y envenenado lentamente, por conspirar e intentar derrocar el régimen del dictador Rafael Trujillo, aprovechando la visita el mandatario a los Estados Unidos. 1962. Un escueto comunicado de la presidencia de la República informa que "Por la presente, se hace del dominio público que el doctor Joaquín Balaguer cesó en sus funciones de Presidente de la República y del Consejo de Estado en la noche del 16 de los corrientes, y que en consecuencia desde esta fecha no se encuentra en el Palacio Presidencial". -Una multitud indignada con las acciones de las Fuerzas Armadas incendia la escuela Paraguay, el cine Olimpia y varios vehículos. 1963. El presidente del PRD, Ángel Miolán, denuncia a través del programa Tribuna Democrática, la coordinación de huelgas escalonadas para impedir el ascenso al poder el 27 de febrero, del profesor Juan Bosch. 1967. Desaparece el abogado, periodista, historiador y político Guido Gíl Díaz, sin dejar rastros, pese a la identificación de los integrantes de la patrulla policial que le detuvieron. 1968. El Movimiento Popular Dominicano (MPD) celebra la "Conferencia Nacional de Cuadros Profesionales Guido Gil", en la que trazar las líneas para impulsar la lucha contra el gobierno de (Joaquín) Balaguer, consolidando las posiciones militaristas y evitar las "desviaciones ideológicas". 1983. Muere en Santo Domingo el vicepresidente de la República, Manuel Fernández Mármol. 2016. La comunidad evangélica revela que coordina con la Iglesia Católica leer en todos los recintos religiosos la lista de los candidatos a cargos electivos en las elecciones del 15 de mayo "pro aborto, pro gay y en contra de la soberanía", para que no voten por ellos. 2021. El Estado dominicano informa haber firmado dos nuevos acuerdos para adquirir dos tipos de vacunas ya aprobadas por los organismos internacionales de salud contra el COVID-19, con los que suman 17.5 millones de unidades para aplicarla a la población. - La Conferencia del Episcopado Dominicano dedica este año su carta pastoral a la celebración de los 100 años de la coronación canónica de la Virgen de la Altagracia. Internacionales: 1504. Nace en Bosco Marengo, Italia, Antonio Michele Ghislieri, quien en 1566 se convirtió en el Papa número 225, con el nombre de Pio V. 1562. En Francia, la reina Catalina de Médici, esposa de Enrique II, promulga el "Edicto de Saint-Germain" consagrando la libertad de culto y conciencia para los protestantes. 1793. La Convención francesa decide por un solo voto de diferencia (361 a favor y 360 en contra) la pena de muerte del rey Luis XVI. 1817. El general José de San Martín, al mando de 4.000 hombres, inicia el cruce de la cordillera de los Andes para la desmembración de Chile de España. 1833. El Congreso de los Estados Unidos vota a favor de la Independencia de Filipinas. 1934. Fulgencio Batista toma el poder en Cuba y nombra en la presidencia al general Carlos Mendieta. 1893. El reino de Hawaii pasa a ser una república. 1917. Durante la I Guerra Mundial, Estados Unidos teme que Alemania invada las Islas Vírgenes para usarlas como base naval, por lo que presiona al Reino de Dinamarca para que le venda ese territorio. 1920. En Estados Unidos entra en vigor la Ley Volstead, conocida popularmente como "Ley Seca", consistente en la ilegalización de la fabricación, elaboración, transporte, importación, exportación y venta de alcohol. 1946. El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas se reúne por primera vez. 1961. En el Congo-Leopoldville, Patrice Lumumba, ex jefe del gobierno congoleño, es asesinado durante su traslado a Katanga, para ser entregado a Moise Tshombé. -El presidente Dwight Eisenhower pronuncia la alocución final de su mandato, en la que acuñó una frase que se hizo célebre, que advertía de la peligrosa influencia del complejo industrial-militar de los Estados Unidos. 1991. Al menos 21 países atacan Bagdad, dándo inicio a la Guerra del Golfo Pérsico. 1993. El Servicio de Guardacostas de Estados Unidos inicia un cerco a Haití para evitar un posible éxodo de haitianos luego de la juramentación del electo Presidente Bill Clinton. 1995. Un terremoto de 7.2 grados en la escala de Richter sacude la región de Kansas, Japón, causando más de 6,400 muertos, 26,000 heridos, 45,000 hogares destruidos y pérdidas superiores a los cien mil millones de dólares. 2005. Termina el plazo para que cada uno de los 16 países que participará en el Clásico Mundial de Béisbol entregue su lista de 60 jugadores preseleccionados y confirmados a los organizadores, la que será reducida a 30 jugadores para cuando inicie el torneo. 2006. El presidente Hugo Chávez revela que seguirá el ejemplo cubano en la preparación de los venezolanos ante una amenaza estadounidense contra su administración. 2010. En Chile se realiza segunda vuelta de las elecciones presidenciales, ganadas por el actual ex mandatario Sebastián Piñera, frente al ex presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle. 2014. Surge en España el partido político de izquierdas Podemos, liderado por el politólogo y presentador de TV Pablo Iglesias Turrión. 2021. Estados Unidos despierta con un fuerte dispositivo de seguridad en Washington y en las capitales de los 50 estados, como medida preventiva de nuevos episodios de violencia durante la toma de posesión, el día 20, del presidente demócrata Joe Biden. -El líder opositor ruso Alexéi Navalni es detenido por la policía en el control de pasaportes del aeropuerto Sheremetievo de Moscú. 2022. La justicia de Guatemala inicia un proceso contra el expresidente Otto Pérez Molina, acusado de haberse enriquecido durante su mandato gracias a la formación de una sofisticada red de contrabandos en las aduanas del país. El caso es conocido como La Línea, fue destapado por la ahora extinta Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (Cicig) en 2015. - El primer ministro de Haití, Ariel Henry, hace un llamado para que se eviten "luchas fratricidas" por el poder, un día después de que grupos en la diáspora nombraran un "presidente interino" para el país. 2024. Es acribillado por desconocidos en Guayaquil, Ecuador, el fiscal César Suárez, quien investigaba la reciente toma de un canal de televisión y que tenía a su cargo otras indagatorias de alto perfil relacionadas con el caso 'Metástasis'. - El presidente de Argentina, Javier Milei, llama "héroes" a los empresarios que escuchaban su intervención en el Foro de Davos (Suiza) afirmando, por ser "los creadores del período de prosperidad más grande que hemos vivido".

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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