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54Grado.com : Hoy es viernes 10 de julio del 2026 Faltan 174 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1509. Tras ser nombrado gobernador de la Hispaniola, con el título de virrey, llega a la isla don Diego Colón, acompañado de su esposa la virreina doña María de Toledo, así como de su séquito real, en el cual sobresalen las damas. 1844. El cónsul de Francia en Santo Domingo, E. J. Saint Daniel, enemigo declarado de los Trinitarios, informa en carta a su Ministro la inminente llegada a la ciudad de Santo Domingo del ejército del general Pedro Santana. 1845. El coronel Juan Pablo Contreras, quien recién en esos días había recibido el mando del fuerte de Cachimán rechaza con una fuerza aproximada de 400 hombres un ataque del ejército haitiano donde participan cerca de 2,000 efectivos. 1865. España se ve obligada a retirar sus tropas de Santo Domingo y nuevamente es izada la bandera nacional en todo el territorio dominicano, poniendo fin a la Guerra de la Restauración. 1959. El jefe de la Delegación dominicana en Nueva York, Enrique Marchena, informa al dictador Rafael Trujillo la deserción, horas antes, del Secretario de Primera Clase, doctor Emilio Cardero Michel. 1960. La dirección del Partido Dominicano convoca a una reunión masiva para reafirmar sus postulados e iniciar su campaña electoral con miras a las elecciones previstas para 1961. 1961. Estudiantes de la Universidad de Santo Domingo, realizan su primera manifestación pública, en demanda de la autonomía de esa Academia. 1965. El Presidente Constitucional, Francisco Alberto Caamaño Deñó, anunció su renuncia al cargo en una concentración celebrada en la Fortaleza Ozama. Horas después Héctor García Godoy toma posesión como Presidente Provisional de la República. 1982. El líder del PRD, José Fco. Peña Gómez declara al diario español El País, que el presidente Antonio Guzmán, se suicidó "tras descubrir actos de corrupción en su administración y sufrir la traición de íntimos colaboradores". 2014. La República Dominicana y Haití firman un acuerdo comercial para facilitar la importación oportuna de bienes y servicios entre ambos países, sin medidas discriminatorias, ni tomar medidas para impedir la entrada de sus productos sin antes notificarlo en un tiempo oportuno a los ministerios de Industria y Comercio de ambos países. -Fallece a la edad de 64 años, el arquitecto Emilio José Brea, considerado como un patrimonio de la arquitectura y el urbanismo dominicano. 2015. La misión enviada al país y Haití por la OEA para observar la aplicación del programa de repatriación de extranjeros indocumentados de origen haitiano, señala que hará su trabajo "con una mente abierta y sin ningún tipo de prejuicios". 2018. El primer ministro de Haití, Jack Guy Lafontant, denuncia que la República Dominicana revende el petróleo importado por su país, situación que es insostenible y conduce al incremento de los precios de los combustibles en la vecina nación, lo que es negado por el presidente de la Refinería de Petróleo, Félix Jiménez. 2020. La misión de observación de la OEA publica su informe preliminar sobre las elecciones dominicanas celebradas el 5 de julio, en el que critica a la JCE por su "falta de acción" ante delitos electorales como la compra de votos. -Varias figuras ligadas al espectáculo son electas en las posiciones que fueron postuladas, entre estas Héctor Acosta, senador, Manuel Jiménez, alcalde, Raulín Rodríguez, director municipal, Betty Gerónimo, Juliana O´Neal y Bolívar Valera, diputados. 2023. El Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, dictó auto de apertura a juicio a todos los implicados en el supuesto entramado de corrupción de las operaciones Coral y Coral 5G, así como el mantenimiento de la medida de coerción que pesa en contra de los imputados. -El ministerio de Industria Comercio y Mipymes (MICM), informó durante una conferencia de prensa, haber decomisado 84,304 botellas de alcohol adulterado; 101,197 litros de clerén no apto para el consumo humano y desmantelado 19 fábricas clandestinas en Barahona, Invivienda, Guerra, San Pedro de Macorís y Santiago. 2025. La Dirección General de Aduanas (DGA) alcanza una cifra récord al retener 7,018,084 unidades de productos ilícitos, marcando un incremento del 160% en la detección de mercancías en comparación con períodos anteriores. Internacionales: 1099. Muere El Cid Campeador. 1509. Nace en Japón, Francia, el reformador religioso Juan Calvino. 1555: El pirata francés Jacques de Sores asalta, incendia y destruye La Habana. 1913. En el Valle de la Muerte, California, Estados Unidos, se registra el segundo gran récord mundial de temperatura más alta alcanzada sobre la Tierra, con 56,7 grados centígrados. 1918. Se estableció la República Federativa Soviética de Rusia. 1962. En España es creado el cargo de vicepresidente del gobierno, para el que se nombra al capitán general Miguel Muñoz Grandes. 1973: Es proclamada la independencia de Bahamas, después de estar bajo dominio inglés por más de 300 años. 1976, se produce una explosión en la planta química ICMESA, localizada en la ciudad turística italiana de Seveso. 1985. Los servicios secretos franceses hunden el Reinbow Warrir en la bahía de Auckland (Nueva Zelandia). 1987. Militares al mando del general Manuel Antonio Noriega toman las ciudades de Panamá, Colón, Chitré, David y la Chorrera, reprimen las manifestaciones auspiciadas por la Cruzada Civilista. 1992: La justicia estadounidense impone 40 años de prisión al ex-presidente panameño general Manuel Antonio Noriega, por alegado tráfico de drogas. 2006. Estados Unidos anuncia que intensificará su apoyo a los grupos de oposición que promueven elecciones multipartidistas en Cuba. -Fallecieron 45 personas al estrellarse un avión "Fokker" de la aerolínea estatal PIA en el este de Pakistán. 2014. El Gobierno alemán anuncia haber instado al máximo representante de los servicios secretos estadounidenses de la embajada de EEUU en Berlín a abandonar el país, por presunto espionaje estadounidense detectado en Alemania. 2015. Falleció a la edad de 83 años en un hospital de El Cairo, el actor egipcio Omar Sharif, conocido internacionalmente por sus papeles en las películas "Lawrence of Arabia" y "Doctor Zhivago". 2018. Un juez federal de EE.UU. ordena el traslado de Paul Manafort, exjefe de campaña del presidente Donald Trump, a una cárcel que esté más cerca de su defensa, mientras se prepara para uno de los dos juicios que afronta en el marco de la investigación de la trama rusa. -El Departamento de Estado insta a los ciudadanos de los Estados Unidos a no viajar a Haití y autoriza la evacuación voluntaria de todo el personal no esencial perteneciente al Gobierno estadounidense y a sus familias, debido a las protestas en ese país. 2023. A pesar de que la Carta Magna prohíbe la reelección presidencia en El Salvador y la oposición de abogados constitucionalistas y políticos opositores, el gubernamental Partido Nuevas Ideas oficializa las candidaturas de los actuales presidente y vicepresidente Nayib Bukele y Félix Ulloa, respectivamente, para los comicios de febrero de 2024. 2025. Los abogados del estudiante palestino de la Universidad de Columbia, Mahmud Khalil, cuya detención desencadenó una ofensiva contra activistas o simpatizantes palestinos, presentan una demanda de US$20 millones por daños y perjuicios contra el gobierno federal, alegando que su defendido fue encarcelado sin base legal, enjuiciado y calumniado al ser calificado de antisemita. -El Programa de las Naciones Unidas para el Medioambiente (PNUMA) publica un informe sobre los riesgos asociados al aumento de las temperaturas para las personas mayores, el derretimiento de los glaciares, la contaminación de las aguas de las inundaciones y la obsolescencia de las presas.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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