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54Grado.com : Hoy es miércoles 3 de junio del 2026 . Faltan 211 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1770. Un terremoto, considerado por algunos historiadores como sin precedentes en las Antillas, sacude la Isla de Santo Domingo. 1777. Es ratificado el Tratado de Aranjuez, entre los representantes de España, el Conde de Floridablanca y el de Francia, el Marqués de Ossun, mediante el cual se pone fin a los problemas fronterizos de la isla de Santo Domingo. 1913. Nace en San Pedro de Macorís, el escritor Pedro Julio Mir Valentín, declarado en 1984 por el Congreso, Poeta Nacional. Era hijo del ingeniero cubano Pedro Mir y la puertorriqueña Vicenta Valentín Mendoza. 1929. El joven Joaquín Balaguer Ricardo recibe el título de licenciado en Derecho de la Universidad de Santo Domingo. 1961. El Presidente Joaquín Balaguer pronuncia el panegírico basado en la vida y obra del generalísimo Rafael Trujillo, parado ante el féretro del ajusticiado tirano, previo a su entierro en San Cristóbal. 1965. Llega al país la segunda comisión de la Organización de Estados Americanos (OEA), para "mediar" en el conflicto iniciado el 24 de abril último. Mientras, en Higuey y San Juan de la Maguana se registran disturbios callejeros, siendo reprimidos los manifestantes por agentes policiales. -El presidente de los Estados Unidos, Lindon B. Johnson, anuncia el retiro del resto de unidades de marines destacados en la República Dominicana. 1973. El guerrillero Hamlet German es autorizado por el gobierno del presidente Joaquín Balaguer a viajar a México, tras ser capturado en las proximidades de Villa Altagracia por tropas gubernamentales. 1987. Son declarados Refugios de Aves Marinas, los cayos "Las Siete Hermanas", en la bahía de Manzanillo y "Patrimonio Natural de la Nación" todas las cuevas del territorio nacional. 1998. Es aprobado el reglamento de aplicación de la ley minera 146, en el que se define e interpreta las aplicaciones de la indicada legislación. 1999. Muere a la edad de 93 años de edad el mayor EN retirado Zacarías de la Cruz, quien conducía el vehículo cuando fue ajusticiado el tirano Rafael L. Trujillo Molina. 2005. El informe del año 2005 del Departamento de Estado de Estados Unidos señala que la República Dominicana, junto a Haití y México, es ubicada en la segunda categoría sobre tráfico de personas explotadas sexualmente o mantenidas en la esclavitud. -El embajador dominicano en Estados Unidos, Flavio Darío Espinal, declara que el país no está en condiciones de absorber los efectos de una crisis haitiana, cuyas dimensiones y duración son económica, política, social, ecológica, de seguridad y orden. 2006. Es clausurada en La Romana, la II Cumbre de Presidentes y Jefes de Estado Centroamericanos, México, Colombia y República Dominicana, en la que se trataron temas relacionados con el problema energético de la región. 2014. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), anuncia que demandará al Estado dominicano ante el Relator Especial de las Naciones Unidas, Christof Heyns, bajo la acusación de realizar "ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias", a través de la Policía Nacional contra los ciudadanos Wandy Sánchez y Juan Carlos de la Cruz Adames. 2015. La Cámara de Diputados conoce el proyecto de ley que convoca a la asamblea revisora para modificar la Constitución de la República, luego del acuerdo arribado por el Comité Político del gubernamental y mayoritario congresual Partido de la Liberación Dominicana. 2018. Fallece a los 71 años de edad el médico y político de izquierda, Nelson Moreno Ceballos, quien fue presidente de la Academia de Ciencias de la República Dominicana y un destacado médico especialista en Psiquiatría. 2020. El ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, anuncia que la República Dominicana ha entrado a la segunda fase de la reapertura económica, cerrada debido a la pandemia del coronavirus, en la que las microempresas podrán trabajar el 100% de su personal; las pequeñas, el 75%. Las grandes y medianas podrán operar con hasta el 50%. - Falleció a la edad de 96 años, el ex jefe de la Policía Nacional, general retirado José Morillo López, definido como uno de los mejores titular de la institución desde su creación. 2021. El Juzgado de Atención Permanente de Santo Domingo Este, dicta tres meses de prisión preventiva contra Luis Abel Bens Álvarez, uno de los acusados de "sustraer cables eléctricos" del Aeropuerto Las Américas, que provocó la cancelación de varios vuelos y el desvío de aviones a otras terminales aéreas. 2024. La República Dominicana registró desde el 1991 un aumento significativo en la inversión de su defensa, revelándose que sólo en el siglo XXI ese incremento alcanzó el 262 %, según datos que compila el Instituto de Investigación para la Paz de Estocolmo (Sipri). Internacionales: 1763. En virtud del tratado de Fontainebleau, los ingleses vuelven a ocupar la isla de Menorca. 1765. En la actual Guatemala, el primer asentamiento de la ciudad de Chiquimula es destruido por un violento huracán y varios temblores de tierra, conocidos como Terremotos de la Santísima Trinidad. 1863. Un terremoto derriba la catedral de Manila, capital de Filipinas, pereciendo en la catástrofe los miembros del Cabildo. 1899. Reanudación de las relaciones diplomáticas entre España y los Estados Unidos, tras la pérdida de las últimas colonias españolas alimentadas por el país norteamericano. 1908. El rey de España Alfonso XIII recibe en audiencia al nuevo embajador de Nicaragua, el poeta Rubén Darío. 1937. El duque de Windsor de Gran Bretaña se casa con la norteamericana Wallis Simpson, por la que renuncia a ser rey de Inglaterra. 1960. Costa de Marfil, Dahomey, Níger y Alto Volta piden a Francia su independencia total. 1961. El presidente de Estados Unidos, John F. Kennedy vi­sita Viena, donde se entrevista du­rante dos días con el Primer Ministro sovié­tico Nikita Kruschov. 1963. Muere en El Vaticano, a la edad de 82 años el Papa Juan XXIII. 1965. En EE. UU. el astronauta Edward White realiza el primer paseo espacial desde la nave Gémini 4, desplazándose con la ayuda de una pistola de gases. 1971. En España fallece, a los 83 años, en Zaragoza, el político Miguel Maura Gamazo, uno de los firmantes del «Pacto de San Sebastián», y ministro de la II República. 1980. En Estados Unidos, un fallo técnico dispara una importante alerta de guerra termonuclear (Incidente del Chip Defectuoso). 1981. El Papa Juan Pablo II abandona el hospital y regresa al Vaticano luego de ser herido tres semanas antes. 1989. Se produce la masacre en la plaza Tianamen en Beijing, China. -Muere, en Teherán, a la edad de 89 de un cáncer de próstata, el Sha de Irán, Ayatollaj Ruhollah Jomeini. 1993. La Asamblea General de las Naciones Unidas proclama este día como el "Día Mundial de la Libertad de Prensa". 1996. La OTAN aprueba una profunda reforma estructural que permitirá a los aliados europeos operaciones autónomas sin la participación de tropas estadounidenses. 1998. En Alemania se produce la muerte de más de cien personas al descarrilar un tren de alta velocidad. 2006. El Parlamento de Montenegro declara la independencia tras aprobarse en el plebiscito de ese mismo año. -Se registran 40 muertos al estrellarse un avión militar en China. 2009. En Honduras, durante una histórica decisión, la Asamblea de Cancilleres de la OEA, reunida, con el aval de Estados Unidos, es anulada la resolución que, en 1962, sacó del gran foro continental el gobierno comunista de Cuba. 2012. Un avión de la línea nigeriana Dana Air con 153 pasajeros y tripulantes a bordo se estrella en una zona densamente poblada de la ciudad de Lagos, Nigeria, provocando la muerte a 159 y decenas de heridos. 2014. En Nueva York, la ONG Human Rights Watch afirma oficialmente que no expulsará de su junta directiva a Javier Solana (ex secretario general de la OTAN) ni a otros de sus más altos directivos que tienen relación directa con el gobierno de Estados Unidos y con la CIA. 2016. Fallece a la edad de 74 años en un hospital de Phoenix, Arizona, el triple campeón mundial de los pesos pesados, Mohamed Ali (antes Cassius Clay), leyenda del boxeo y del deporte mundial. 2018. Fallece a la edad de 92 años, el cardenal emérito Miguel Obando y Bravo, quien enfrentó al gobierno sandinista de Nicaragua con el que se reconcilió después. -En Guatemala, la erupción del Volcán de Fuego causó más de 100 muertos, 200 desaparecidos, 600 heridos y cerca de dos millones de habitantes afectados. Dos días más tarde se produciría otra explosión. 2019. El Tribunal Supremo de Estados Unidos rechaza valorar por el momento la intención del presidente estadounidense, Donald Trump, de eliminar el programa de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA), promulgado por su antecesor, el ex mandatario Barack Obama. 2020. El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, se ha autoproclama como el líder que más progresos ha logrado para la población afroamericano en toda la historia del país, con la "posible excepción" de Abraham Lincoln, bajo cuyo mandato se abolió la esclavitud. 2024. El Consejo Presidencial de Transición oficializa el nombramiento de Garry Conille como primer ministro de Haití, lo que le faculta para iniciar el proceso de formación de Gobierno. - La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) de Argentina anuncia una nueva jornada de manifestaciones contra la polémica ley Bases, también conocida como 'ómnibus', proyecto que el Gobierno de Javier Milei pretende aprobar en el Congreso para comenzar una reforma radical en el país que sería acompañada por una declaratoria de emergencia nacional. 2025. El dólar estadounidense sufre su peor comienzo de año desde 1973, al caer más del 10% en los primeros seis meses del año en comparación con una cesta de divisas fuertes, situación que economistas atribuyen a la política arancelaria del presidente Donald Trump.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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