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54Grado.com : Hoy es domingo 12 de julio del 2026 Faltan 172 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1843. El general haitiano Charles Herard llega a Santo Domingo al frente de varios batallones bien armados, parte de esas tropas vigilan estrechamente la casa de la familia Duarte, y se dictan órdenes de persecución contra el joven Juan Pablo. 1844. Pedro Santana hace su entrada al frente de su Ejército en Santo Domingo, proclamándose jefe supremo y prácticamente disuelve la Junta Central Gubernativa. 1865. Llega a su fin la ocupación militar y política de la República Dominicana tras la Anexión de Pedro Santana en 1861, que había muerto en 1864. 1901. El presidente Juan Isidro Jiménez indulta al general Pedro Pepín junto con sus compañeros en la revolución de Santiago. 1924. El presidente provisional de la República, Juan Bautista Vicini Burgos, emite el decreto No. 246, mediante el cual declaraba esta fecha día festivo, "con motivo de los diferentes actos que se celebrarán en ocasión de la instalación del Gobierno Constitucional de la República". -Horas después, el general Horacio Vásquez y el señor Federico Velásquez asumen sus respectivas funciones de Presidente y vicepresidente de la República, iniciándo así la llamada Tercera República, con la desocupación de las tropas estadounidenses de ocupación. 1945. La dictadura dispone el desmantelamiento de los equipos en los que se imprimía -en su segunda época-, el periódico Renovación, por su contenido antitrujillista, dirigido por el periodista Julio César Martínez, quien fue desterrado del país. 1955. La Sociedad Watch Tower Bible and Tract, con sede en Brooklyn, Nueva York, envía una carta al dictador Rafael Trujillo, en la que le solicita poner coto a la represión y levantar la proscripción para que los Testigos de Jehová puedan reunirse libremente en el país. 1959. Posiblemente basado en informaciones confidenciales ofrecidas por el secretario de Trabajo de la dictadura, Ramón Marrero Aristy, el diario The New York Times publica un reportaje contra el régimen tiránico de Rafael Trujillo Molina. 1962. Alrededor de tres mil obreros cañeros y empleados del ingenio Cristóbal Colón inician una huelga en demanda de mejoras salariales. 1965. El Gobierno Constitucionalista y la OEA acuerdan la conformación de un Gobierno Provisional, encabezado por el abogado vegano Héctor García-Godoy. -Ciudadanos afines con el sector constitucionalista recuerdan la desocupación del país de las tropas de ocupación españolas y estadounidenses en dos momentos históricos 1968. Muere en Santo Domingo a la edad de 93 años, el presidente provisional de la República (14 de abril de 1913-27 de agosto de 1914), José Bordas Valdez 1965. El Gobierno Constitucionalista encabezado por Francisco Caamaño y la OEA acuerdan la formación de un gobierno provisional encabezado por el doctor Héctor García Godoy. 1971. La revista semanal ¡AHORA!, publica en su edición número 400, la alegada revelación hecha por el sicario Carlos Everstz Fournier, de que la CIA le propuso asesinar al expresidente Juan Bosch en Benidorm, España, donde vivía en un autoexilio, porque supuestamente planeaba un golpe de Estado contra el entonces presidente Joaquín Balaguer, acción que dijo fue luego descartado. 1994. La Comisión de Verificación designada por la Junta Central Electoral (JCE), entrega su informe sobre los cómputos preliminares y las denuncias de fraude e irregularidades producidas en los comicios del 16 de mayo, varias de las cuales afirma haber confirmado. 2005. Son condenados a 30 años de prisión cuatro de los acusados de secuestrar y asesinar al joven Víctor Augusto Féliz Matos, cuya autoría fue atribuida al recluso y narcotraficante Rolando Florían Féliz. 2011. Es promulgada la Ley 146-11, que designa la Caoba y la Rosa de Bayahibe como Árbol y Flor Nacional de la República Dominicana, respectivamente. 2015. Dos desconocidos asaltan e hieren a cuchilladas a la ex gobernadora provincial y hermana del ministro de Interior y Policía, Rosa Fadul de Villamán, mientras se encontraba en la galería de su residencia de Santiago de los Caballeros. 2018. El sacerdote Rogelio Cruz anuncia que se embarcó en la recolección de un millón de firmas que serán entregadas al Papa Francisco, como respuesta a su destitución por parte de la orden de los Salesianos, al tiempo de cuestionar la actitud de la congregación a la que pertenecía de juzgarlo sin ser escuchado. 2020. El diputado reformista por la provincia de Santiago, Máximo Castro Silverio, prolonga su presencia en el Congreso Nacional durante los últimos 38 años consecutivos, al que entró en 1986. -La Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) informa la detención del fugitivo Nathanael Castro Cordero alias Ñato, jefe de seguridad del prófugo y alegado líder de la red de narcotráfico César Peralta, (El Abusador). 2021. La procuradora adjunta Yeni Berenice Reynoso, titular de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público, revela que el 80 por ciento de la data histórica de la Procuraduría General ha sido destruida durante la pasada gestión de Jean Alain Rodríguez (2026-2020). 2025. La República Dominicana celebró un hito académico al ser sede del Campeonato Mundial Universitario de Debate en Español, evento académico que tuvo lugar en las instalaciones de la Universidad del Caribe (Unicaribe) en Santo Domingo Internacionales: 100 A.C. Nace en Roma el emperador Julio César, quien participó en la guerra civil contra Pompeyo y la conquista de las Galias. 1561. En Rusia, el zar Iván el Terrible ordena a Postnik Yakovlev, construir la catedral de la Intercesión de la Virgen en el Montículo o de San Basilio, para glorificar su victoria sobre el Kanato de Kazán. 1789. En Francia se producen revueltas que dan pie al inicio de la Revolución Francesa. 1806. Napoleón Bonaparte crea la Confederación del Rhin, la que al ser aceptada por los príncipes alemanes termina con su imperio. 1812: Los Estados Unidos invaden Canadá. 1920: Lituania firma un tratado con la URSS que le reconoce su independencia. 1920. Es inaugurado el Canal de Panamá 1956 Es secuestrado en una estación de tren de Nueva York, el exiliado y escritor español Jesús de Galíndez, luego de publicar un libro sobre la dictadura trujillista. 1957. En Pakistán, es proclamado el príncipe Karim Al-hussain como Aga Kan III. 1961. Estados Unidos lanza el satélite de exploración Midas 3, destinado a detectar lanzamientos de cohetes soviéticos, así como otro metorológico (Tiros 3) que, cada 98 minutos de circunvalación terrestre, envía a la Tierra 32 fotografías. -En Marruecos, un avión Ilyushin 18, de la compañía aérea checa CSA, se estrella en las cercanías de la comunidad Casablanca, pereciendo 72 viajeros. 1975. Se anuncia la independencia de Sao Tomé y Príncipe. 1979. Un grupo de islas del Pacífico proclamó su independencia bajo el nombre de República de Kiribati. 1985. La Coca Cola emplea de nuevo la fórmula tradicional en la bebida ante el fracaso de su cambio. 1988. En Colombia, unos 250 guerrilleros del ELN y las FARC, atacan un puesto del Ejército en el corregimiento de Puerto López (Antioquia), provocando la muerte de 15 militares y al menos 20 guerrilleros. 1997. Tras el hallazgo en una fosa común en Valle Grande, Bolivia, el médico cubano Jorge González revela que uno de los cadáveres pertenece al guerrillero argentino Ernesto "Che" Guevara los restos que luego fueron entregados por el gobierno de Bolivia al de Cuba. - En España, el grupo terrorista ETA asesina al concejal popular Miguel Ángel Blanco. 2011.- Resolución 1998 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas es adoptada. 2014. bombardeo del ejército ucraniano en el suburbio de Marynka (Donetsk) deja al menos 10 muertos durante el conflicto armado en el este del país. 2018. Los Gobiernos de todo el mundo, con la excepción de EE.UU., aprueban en la ONU el borrador final del Pacto Mundial para la Migración que contempla aumentar las vías para la migración regular, mejorar su protección durante sus viajes y su llegada a un nuevo país. 2021. El Gobierno haitiano anuncia la creación de un comité organizador del funeral de Estado que se realizará al asesinado presidente Jovenel Moise, compuesto por el Premier Claude Joseph, tres ministros, el director de gabinete, el secretario de la Presidencia y el director del Museo del Panteón Nacional. - La Organización Mundial de la Salud (OMS) advierte que la variante Delta del coronavirus causante de la COVID-19, pronto se convertirá en la dominante a nivel mundial, la que ya está presente en al menos 104 países. 2022. El Comando Central de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos confirma haber dado muerte a Maher al Agal, uno de los cinco principales líderes del grupo Estado Islámico (EI) en Siria, en un ataque aéreo, cuya acción se produjo en una zona ocupada por tropas de Turquía. 2023. La Asamblea Legislativa de El Salvador, de amplia mayoría oficialista, aprueba la duodécima ampliación de un régimen de excepción, con lo que el país supera el año con esta medida pedida por el gobierno de Nayib Bukele, con la que se declaró la guerra contra las pandillas. -El Departamento de Estado de EE.UU. anuncia haber sido objeto de un ciberataque, menos de un mes después de que un grupo de hackers rusos se infiltraran en varias agencias del Gobierno, frente a lo que se tomaron medidas inmediatas. - Fallece a los 94 años, el escritor checo Milan Kundera, autor de la obra "La insoportable levedad del ser", quien tuvo una difícil relación con su país natal, hasta el punto de escribir en francés y negarse a revisar las traducciones al checo de sus obras. 2024. El Consejo de Seguridad de la ONU extiende el trabajo de la Oficina Integrada en Haití de Naciones Unidas (Binuh) hasta el 15 de julio, tras aprobar por unanimidad una resolución al respecto, cuya acción no guarda relación con la Misión Multinacional de Apoyo a la Seguridad liderada por Kenya. -Nueve integrantes de la red internacional de narcotráfico enfrentada con la Operación Búfalo se declaran culpables, cinco de los cuales son condenados mediante procedimiento penal abreviado tras aceptar los hechos sustentados por el Ministerio Público, mientras cuatro esperan que un tribunal valide sus acuerdos.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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