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Efemérides

54Grado.com : Hoy es jueves 22 de enero del 2026 . Faltan 343 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1801. Las fuerzas españolas destacadas en la parte oriental de la isla, capitulan ante las haitianas, dirigidas por el general Toussaint-Louverture. 1832. Jean Pierre Boyer crea una comisión de 7 miembros y la encarga de recibir las informaciones de las confiscaciones ordenadas por él. 1909. Nace en San Francisco de Macorís, el "play boy" dominicano Porfirio Rubirosa Ariza. 1961. El Episcopado Dominicano en pleno entrega un Memorándum reconciliatorio al dictador Rafael Trujillo, acompañado de un brindis de champaña "por la eterna unión entre el poder "material y el espiritual." 1962. El encargado de negocios de la Santa Sede, Monseñor Antonio Del Guidice solicita oficialmente a la Cancillería Dominicana un salvoconducto a favor del expresidente de la República, Joaquín Balaguer, "quien se encuentra asilado en el palacio de la Nunciatura de esta Capital". 1966. Los principales líderes militares del bando constitucionalista, el ex presidente y líder de la revolución, coroneles Francisco Caamaño Deñó, Manuel Montes Arache, Mario Peña Taveras y Héctor Lachapelle Díaz, salen con sus respectivas esposas rumbo a sus respectivos destinos a ocupar funciones como agregados militares. 1987. El ex secretario de las FFAA, general Ml. Antonio Cuervo Gómez, es recluido en la cárcel preventiva del Ensanche La Fe, por alegadas irregularidades en la compra de vehículos y otros artículos para la cartera militar. 2006. El canciller Carlos Morales Troncoso llama a los países miembros del Grupo de Río a dar su apoyo al proceso electoral de Haití, para que culmine con éxito y se cumplan los objetivos de fortalecimiento democrático. 2010. El ex pelotero dominicano Fabio Gómez condenado a muerte en Estados Unidos pide al presidente Leonel Fernández facilitarle de manera urgente un abogado para que lo represente en un juicio que celebrarán las autoridades estadounidenses el 26 de este mes. 2011. Los presidentes dominicano y haitiano, Leonel Fernández y René Preval, respectivamente se reúnen en el Palacio Nacional para tratar sobre la crisis electoral haitiana y las medidas a implementarse que eviten un vació de poder cuando el Consejo Electoral pronuncie la decisión de las pasadas elecciones. 2015. El senador de la provincia La Altagracia, Amable Aristy Castro, renuncia del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), "guiado por ineludibles imperativos éticos". 2016. La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) califica de discriminatoria la actitud de la embajada de Estados Unidos en el país, contra el periódico Diario Libre al negarle a sus periodistas cubrir una actividad que tenía esa sede diplomática. 2017. La recién creada entidad ciudadana identificada con el nombre "Marcha Verde", realiza su primera actividad contra la corrupción y la impunidad. 2020. El equipo de Grandes Ligas Mets de Nueva York firman un acuerdo de varios años con el dominicano Luis Rojas, para que lo dirija, uniéndose así en esta posición a su padre Felipe Rojas Alou, Tony Peña y Manny Acta. 2022. Fallece a la edad de 88 años, monseñor Agripino Núñez Collado, obispo de la iglesia católica, escritor y una de las principales figuras que ha ejercido como mediador en diversos conflictos políticos y sociales del país vividos desde los gobiernos de Joaquín Balaguer. Internacionales: 1793. Los Estados Unidos se declaran neutrales en las guerras europeas. 1809. La Junta Central de Sevilla declara que las colonias españolas de América "no son propiamente colonias o factorías, como las de otras naciones, sino una parte esencial e independiente de la Monarquía española". 1903. Es firmado en Washington el Tratado Hay-Herran, mediante el cual los Estados Unidos adquieren de Colombia el derecho de construir el Canal de Panamá. 1957. Israel retira sus tropas del territorio ocupado en Sinaí. 1961. En Portugal, un grupo de rebeldes armados bajo el mando del capitán Henrique Galváo, apresan el trasatlántico portugués "Santa María" con 607 pasajeros y 320 tripu­lantes, con el objetivo de organizar un levantamiento contra el dic­tador Antonio de Oliveira Salazar. 1971. La República Federal de Alemania se compromete a pagar más de 100 millones de marcos como reparación por los daños ocasiona­dos por el nacionalsocialismo en Hungría. 1973. Muere el ex-presidente de los Estados Unidos Lyndon Baines Jonson, quien en 1965 dispuso el desembarco de tropas en la República Dominicana. 1980. El gobierno ruso ordena el arresto de Andrei Sájarov, eminente físico nuclear soviético y activista de los derechos humanos. 1981. Se inician combates entre fuerzas militares de Ecuador y Perú en la zona fronteriza de ambas naciones. 1987. El político estadounidense Robert Budd Dwyer se suicida en público, en la ciudad de Harrisburg (Pensilvania), para evitar ser encarcelado por varios delitos. 1989. En España, el grupo terrorista ETA anuncia una tregua e inicia conversaciones con el gobierno en Argel. 1996. El ex ministro de Defensa colombiano, Fernando Bolero Zea, en comparecencia televisiva desde la cárcel, afirma que el Presidente Ernesto Samper solicitó y aceptó contribuciones del Cártel de Cali para la campaña electoral de 1994. 2006. Evo Morales es investido como el 65 presidente de Bolivia. 2009. El presidente de los Estados Unidos, Barack Obama firma una orden ejecutiva para el cierre del campo de detención de la Bahía de Guantánamo que funciona en Cuba y prohíbe el uso de la tortura y otras técnicas coercitivas ilegales. 2010. El secretario de Estado adjunto para América Latina, Arturo Valenzuela, afirma que Estados Unidos "respeta la soberanía de Haití y que su presencia allí se debe a que los haitianos "nos invitaron, nos rogaron, nos lo pidieron". 2014. Comienza la conferencia internacional "Ginebra II", en procura de una salida a la guerra civil siria, a la que asisten representantes del gobierno de Bachar al Asad, la opositora Coalición Nacional Siria y la ausencia de los grupos yihadistas. 2015. El presidente de la Asamblea estatal de Nueva York, el demócrata Sheldon Silver, es detenido por las autoridades federales bajo cargos de corrupción. -Fallece a la edad de 90 años, el rey de Arabia Saudí, Abdalá bin Abdulaziz, tras sufrir una neumonía. -El presidente Evo Morales asume por tercera vez consecutiva la Presidencia de Bolivia, tras jurar su cargo para el periodo 2015-20. 2016. El Consejo Electoral Provisorio de Haití cancela las elecciones presidenciales pautadas para domingo 25, alegando "razones de seguridad", en medio de protestas callejeras de la oposición y denuncias de fraude electoral. -La Asamblea Nacional de Venezuela, bajo control de la oposición, rechaza el decreto de emergencia económica del presidente Nicolás Maduro, decisión que amenaza con recrudecer las tensiones políticas entre el gobierno y el Congreso. 2017. El nuevo presidente de EEUU, Donald Trump invita a su homólogo mexicano a visitar la Casa Blanca el 31 de enero para sostener un acercamiento, hablar sobre la agenda bilateral y la nueva relación entre ambos países. 2019. El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, anuncia la revisión de las relaciones con el Gobierno de EE.UU., después de que el vicepresidente norteamericano, Mike Pence, le diera un espaldarazo a la oposición venezolana y alentara a la población marchar para desconocer el segundo mandato del Jefe de Estado electo. 2020. Las autoridades chinas advierten que el nuevo coronavirus, que se transmite por vía respiratoria, podría "mutar y propagarse más fácilmente", mientras en Europa, Londres y Roma anuncian medidas de vigilancia de los pasajeros procedentes de Wuhan. -El representante demócrata Adam Schiff, titular de la Comisión de Inteligencia de la Cámara Baja inicia en el Senado la presentación de las acusaciones en el juicio político contra el presidente de los Estados Unidos Donald Trump. 2025. La Asamblea Nacional de Nicaragua aprobó este miércoles artículos de una reforma a la Constitución Política que autoriza al Estado a poder otorgar concesiones para la construcción de un canal interoceánico por el país centroamericano.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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