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Un destacamento de la Policía Nacional de ocupación, "al mando del capital estadounidense Willians y el teniente Luna" asaltan por sorpresa, las fuerzas de Olivorio Mateo, muriendo éste, uno de sus hijos y otros seguidores. 1964. Se produce la renuncia del triunviro Manuel E. Tavárez Espaillat, único miembro de este gobierno colegiado, quedando este con solo dos integrantes. 1967. En un discurso radio-televisado, el presidente Galaguer declaró que desde ese momento asumió la presidencia de su Partido Reformista ni podrá hacerse nada a nivel nacional sin su autorización, lo que confirma su discrepancia con el vicepresidente Francisco Augusto Lora 2007. Alfred Joel Horford Reynoso se convierte en el noveno dominicano en ser seleccionado en un sorteo de la National Basketball Association (NBA), cuando el equipo de Atlanta Hawks lo captura en la tercera ronda. 2012. Falleció a la edad de 81 años en su casa de retiro de Monción, Santiago Rodríguez, el obispo emérito de la diócesis Mao-Montecristi, luego de una larga lucha contra el cáncer de pulmón, que le aquejaba. 2014. El Vaticano expulsa del sacerdocio al ex Nuncio Apostólico en República Dominicana, Jozef Wesolowski, acusado de haber cometido pederastia (abuso sexual de menores) durante su estancia en el país, entre enero de 2008 y agosto de 2013. - La República Dominicana traspasa a Belice la presidencia Pro Témpore del Sistema de Integración Centroamericano (SICA) reunidos en la Punta Cana, escenario en el que líderes del organismo rechaza que Estados Unidos deporte a sus naciones los niños migrantes de El Salvador, Guatemala y Honduras que cruzaron solos las fronteras a su territorio. 2019.-El Fiscalía General de Venezuela anuncia que el Ministerio Público investiga a 14 civiles y militares por su presunta vinculación con un nuevo plan para matar al presidente Nicolás Maduro, presuntamente coordinado desde República Dominicana por el exmilitar venezolano Eduardo José Báez Torrealba. 2022. El presidente Luis Abinader, es el mandatario de América Latina con mayor fortuna acumula, de acuerdo a informaciones compartidas por el sitio especializado Bloomberg Línea, al registrar informaciones referentes al patrimonio de varios jefes de Estados de la región. Duplica la de su parte que ocupa el segundo lugar. -República Dominicana fue seleccionada como vicepresidente de la Conferencia sobre los Océanos de las Naciones Unidas 2022, durante la apertura del evento que se celebra en Lisboa, capital de Portugal. 2025. El Ministerio Público apela la decisión del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional que otorgó libertad condicional a los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, al considerar que la medida no se corresponde con la gravedad del caso Jet Set, en el que fallecieron 236 personas y más de 180 resultaron heridas tras el colapso del techo de la discoteca, ocurrido el pasado 8 de abril. Internacionales: 1209. Es firmado el Tratado de Valladolid entre los reyes Alfonso IX de León y Alfonso VIII de Castilla, con el que se pone término a las disputas existentes entre ambos reinos. 1806. Simón Bolívar y su maestro, Simón Rodríguez, suben a la cima del monte Aventino, de Roma, donde el primero juró liberar a América. -Tropas inglesas al mando del general William Carr Beresford ocupan la ciudad de Buenos Aires, capital de Argentina, con el pretexto de que España se había aliado con su enemigo Napoleón. 1844. En EEUU, es linchado Joseph Smith, Jr, fundador de la iglesia de los Santos de los Últimos Días, mejor conocida como Los Mormones. 1874. Una coalición de indios comanches, kiowas, cheyennes y arapahos, al mando de Quanah Parker, asaltan la ciudad estadounidense de Adobe Walls. 1932. Fracasa en Chile el intento revolucionario encabezado por el coronel Grove, de establecer una república socialista. 1937. En Puerto Rico, el dirigente político Luis Muñoz Marín encabeza una asamblea para fundar el Partido Liberal Neto, Auténtico y Completo en contraposición del Partido Liberal que dirigía don Antonio R. Barceló. 1950. El presidente estadounidense Harry Truman ordenó a las fuerzas aeronavales acudir en socorro de los surcoreanos. 1960. La conferencia sobre desarme, iniciada en Ginebra, en marzo, concluye bruscamente al retirarse la delegación europea oriental formada por la URSS, Checoslovaquia, Polonia, Rumania y Bulgaria. 1973. El presidente uruguayo, Juan María Bordaberry, disuelve el Congreso tras 40 años continuos de gobierno constitucional. 1976. En Uganda, un grupo de terroristas palestinos secuestraron un autobús francés en el aeropuerto de Tel-Aviv, llevándolo a Entebbe (Uganda) con 248 pasajeros a bordo, exigiendo a cambio la liberación de 53 presos palestinos, encarcelados en distintos países. 1986. El Tribunal Internacional de Justicia de La Haya condena a los Estados Unidos a pagar una indemnización provisional de 370 millones de dólares por sus actividades contra Nicaragua. 1991. Eslovenia, dos días después de declarar su independencia, es invadida por las tropas yugoslavas iniciando la Guerra de los Diez Días. 1994. El gobierno venezolano suspende una serie de garantías constitucionales para combatir la crisis financiera y monetaria. 2002. Los legisladores cubanos votan de manera unánime para que el socialismo se convierta en parte "irrevocable" de la Constitución. 2005. El presidente interino de Haití, Boniface Alexandre, y el primer ministro, Gerard Latortue, asisten a una misa en un violento barrio de Puerto Príncipe mientras se producían tiroteos en las afueras del templo. 2007. Gordon Brown se convierte en el nuevo Primer Ministro británico, después de que la reina Isabel II le encargara formar gobierno, tras sustituir a Tony Blair, quien encabezó el gobierno durante 10 años. 2008. El Senado de EE.UU. aprueba la llamada "Iniciativa Mérida", consistente en un paquete de ayuda para la lucha contra el narcotráfico en México, Centroamérica y República Dominicana. 2012. En Bolivia, tras varias horas de negociación, el gobierno del presidente Evo Morales firmó un acuerdo para subir los salarios a miles de policías de bajo rango y terminar su motín tras siete días de disturbios y un cerco al Palacio de Gobierno. 2018. Un juez de San Salvador emite órdenes de captura a escala nacional e internacional contra el expresidente salvadoreño Mauricio Funes, varios de sus familiares y algunos ex funcionarios vinculados a una red de corrupción que alegadamente malversó US$351 millones. 2021. El ministro de Defensa colombiano, Diego Molano, revela el retrato hablado realizado de dos presuntos atacantes que dispararon contra el helicóptero en el que viajaba el presidente Iván Duque cuando aterrizaba en el aeropuerto de Cúcuta. 2022. El primer ministro británico, Boris Johnson, deja entre ver que Gran Bretaña podría estar dispuesta a incumplir la legislación internacional para salvaguardar su industria siderúrgica, argumentando que el sector disfrute de "las mismas protecciones" que tienen otras economías siderúrgicas de la Unión Europea. -Los fiscales generales de 21 de los 50 estados de Estados Unidos difunden un comunicado conjunto, en el que reafirman su "compromiso a apoyar y expandir el acceso a la atención médica del aborto", en reacción a la decisión del Tribunal Supremo de prohibir la interrupción del embarazo. 2023. En Londres, la casa de subastas Sotheby's vende la pintura Dama con abanico (1918); obra de Gustav Klimt, por un valor de £85,3 millones de libras esterlinas (U$108,4 millones de dólares) a un coleccionista hongkonés, convirtiéndola en la obra de arte más costosa jamás subastada en Europa. 2024. El destituido comandante militar boliviano Juan José Zúñiga, acusado de un "intento de golpe de Estado" contra el Gobierno del presidente Luis Arce, afirma que al momento de ser capturado el mandatario le ordenó sacar los "blindados" para "levantar" su popularidad. - El Observatorio Sudanés de Derechos Humanos denuncia que el grupo paramilitar Fuerzas de Apoyo Rápido (FAR) asesinó de varios disparos a más de 40 personas "de manera brutal y premeditada" en el monte Moya, dos días antes de tomar la estratégica zona. 2024. El presidente de Estados Unidos, Joe Biden, y el expresidente Donald Trump, se enfrentan en un tenso cara a cara, en el primer debate televisado, durante el cual los lapsus del aspirante a la reelección le impidieron refutar las medias verdades y falsedades que lanzó su contrincante republicano. 2025. Irán realiza de forma recurrente funerales de Estado en Teherán para honrar a los altos mandos militares y científicos fallecidos durante los enfrentamientos y ataques aéreos en el conflicto en curso con Israel y Estados Unidos.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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