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Efemérides

54Grado.com : Hoy es miércoles 21 de enero del 2026 . Faltan 344 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: Santoral: Nuestra Señora de La Altagracia, Madre y Protectora del Pueblo Dominicano. Patrona de Higüey, San José de Ocoa, Loma de Cabrera, Nagua, Hostos, una parroquia de la Capital y otra de Santiago, Santa Inés del Monte. Día de La Altagracia y los Gremios. No laborable. Día Internacional del Abrazo y en Europa, de la Mediación Efemérides Nacionales: 1691. Tropas domínico-españolas, bajo el mando de Francisco de Segu­ra Sandoval y Castilla, vencen a los franceses que ocupaban la parte occidental de la isla, en la batalla conocida como de La Limonade, cerca de El Limonal, hoy Cabo Haitiano, 1692. La Santa Sede dispone la veneración este a la Virgen de la Altagracia, en vez del 15 de agosto, debido a que en la segunda fecha la Iglesia celebraba el Misterio de la Asunción de la Virgen a los Cielos. 1865. Nace en la ciudad de San Cristóbal, la niña Altagracia Julia Molina Chevalier, madre del dictador Rafael Leónidas Trujillo Molina. 1874. Ignacio María González asume junto con Manuel Altagracia Cáceres, la presidencia conjunta de la República bajo el título de "Generales Encargados del Poder Supremo de la Nación". 1929. Es firmado un nuevo tratado de límites territoriales entre Haití y la República Dominicana, mediante el cual esta última cede a la primera 4,000 kilómetros cuadrados, al trazar nuevos límites fronterizos. 1931. El presidente Rafael Trujillo, emite desde Santiago una proclama con motivo de la muerte un día anterior a manos de tropas regulares del sublevado general Desiderio Arias, en la dijo "cayó víctima de su irreflexión y de su desamor a la paz". 1939. Un grupo de exiliados dominicanos encabezado por Juan Bosch, Ángel Miolán, Nicolás Silfa, Enrique Cotubanamá Henríquez, Juan Isidro Jiménez Grullón, Virgilio Mainardi Reyna, Lucas Pichardo, José Manuel Santana (Pipi) y Telma Frías, fundan en la Habana, Cuba, el Partido Revolucionario Dominicano (PRD). 1952. El sicario Valentín Santamaría, asesina de 18 puñaladas al dirigente sindical Raúl Cabrera, secretario general del Sindicato de Peleteros, quien al igual que Mauricio Báez organizó los trabajadores dominicanos. 1955. La imagen de la Virgen de la Altagracia es trasladada desde Higüey hasta la Capital, donde es objeto de varios homenajes oficiales. 1959. Es promulgada la Ley 5071 que prohíbe toda exhortación o transferencia de divisas depositadas en los bancos nacionales. 1966. El ex presidente Juan Bosch realiza su primera salida de su viviendo, para visitar a su hijo León Bosch, en el hospital Padre Billini, donde se encuentra interno herido de gravedad por un militar en un lugar de diversión del sector Borojol de la capital 1970. El Vaticano dispone el traslado de Monseñor Hugo Eduardo Polanco Brito, del arzobispado de Santo Domingo a la diócesis de Higüey. 1971. Es inaugurada la Basílica Nuestra Señora de La Altagracia en Higüey, obra que estaba inconclusa desde el régimen del dictador Rafael Leónidas Trujillo. -El presidente Joaquín Balaguer designa Jefe de la Policía Nacional al mayor general E.N. Enrique Pérez y Pérez, a quien se le atribuye la conformación de la denominada "La Banda Colorá". 1993. La prensa nacional se hace eco de la Pastoral emitida por la Conferencia del Episcopado Dominicano, con motivo del Día de la Altagracia, en la que sugiere a la sociedad ejecutar acciones contra la corrupción. 2000. El presidente constitucional ecuatoriano Jamil Mahuad, es destituido luego de que miembros de la Confederación de Nacionalidades Indígenas tomaran las calles de Quito y avanzaran al Congreso Nacional, apoyados por un grupo de coroneles encabezados por Lucio Gutiérrez. 2005. El licenciado Hatuey De Camps y un grupo de dirigentes del PRD, fundan el Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSC). 2009. Desde esta fecha todas las embajadas de los Estados Unidos están sin titulares, incluyendo la de República Dominicana, debido a que el presidente electo Barack Obama, les pidió su renuncia. 2011. Desconocidos asesinan de varios balazos al coronel PN Virgilio Casilla Minaya en medio de un alegado asalto en la calle San Marcos, del barrio La Fe, en Los Alcarrizos, Santo Domingo Oeste, los que además hirieron a su esposa Mercedes Lugo de Casilla y su hermano Leoncio Casilla Minaya. 2024. Con motivo de celebrarse el Día de la Virgen de La Altagracia,el arzobispo de la Arquidiócesis de Santo Domingo, monseñor Francisco Ozoria, pide a la población orar por los procesos electorales que se desarrollarán en los siguientes meses y a no elegir candidatos "delincuentes y corruptos". Internacionales: 1564. El Concilio de Trento ordena cubrir todas las partes consideradas obscenas en la Capilla Sixtina, pintada por Miguel Ángel. 1790. La Asamblea Constituyente francesa proclama la igualdad de todos los ciudadanos ante la Ley. 1793. El depuesto rey Luis XVI es condenado a ser decapitado, al ser encontrado culpable de conspiración contra el gobierno francés. 1811. En Venezuela, el Congreso promulga la primera Constitución de la república. 1879. El periódico New York Herald anuncia que Thomas Edison ha inventado el alumbrado público por electricidad. 1919. Primera reunión del Parlamento irlandés, en la que se confirma el establecimiento de la república de este país. 1924. Muere líder comunista ruso Vladimir Ilich Lenin. 1976. Es inaugurado el servicio regular de aviones supersónicos de pasajeros conocidos como "Concorde", con vuelos simultáneos de Air France entre París y Río de Janeiro, vía Senegal. 1999. En México, es condenado a 50 años de prisión Raúl Salinas de Gortari, hermano del ex presidente Carlos Salinas de Gortari, al ser hallado culpable de planificar el asesinato, en 1994, de Francisco Ruiz Massieu, secretario general del Partido Revolucionario Institucional (PRI). 1998. Llega a Cuba el Papa Juan Pablo II en visita pastoral al país. Es recibido por el Presidente Fidel Castro en el aeropuerto de Ciudad de La Habana. 2000. En Ecuador, el coronel del Ejército Lucio Gutiérrez derroca al presidente Jamil Mahuad, en una sublevación conocida como "La Revolución de Quito". 2006. Fallece a los 62 años el presidente de Kosovo, Ibrahim Rugova, quien sufría de cáncer pulmonar. 2008. La bolsa española sufre la mayor caída del índice IBEX 35, desde su creación en 1992, al registrar pérdidas de 7.54%, equivalente a un retroceso de 12,625 puntos. 2009. En su primer día de su mandato, el Presidente Barack Obama ordena suspender por 120 días los procesos judiciales en la cárcel de Guantánamo, en Cuba. 2013. Al menos 67 personas -37 extranjeros de ocho nacionalidades, un argelino y 29 integrantes del comando islamista- mueren en el ataque y la toma de rehenes que 32 "terroristas" llevan a cabo en una planta de gas del sudeste de Argelia. 2014. Una comisión de fiscales y forenses da a conocer un informe encargado por el gobierno de Catar sobre las torturas cometidas por el Gobierno de Siria basado en el análisis de miles de fotografías de cadáveres de presos torturados, aportadas por un desertor funcionario sirio. 2016. Al menos 19 personas murieron y otras 45 resultan heridas por disparos en la República Democrática del Congo durante los enfrentamientos entre las fuerzas de seguridad del Estado y manifestantes contrarios al presidente Joshep Kabila. 2019. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró nula la directiva de la Asamblea Nacional (AN), en desacato, juramentada el pasado 5 de enero. El presidente de la Sala Constitucional del TSJ, Juan José Mendoza, leyó una sentencia donde se declara que la AN "no tiene junta directiva válida". - Cerca de cien miembros de las fuerzas de seguridad afganas mueren en un ataque de los talibanes a una base de la principal agencia de inteligencia afgana, el Directorio Nacional de Seguridad, recientemente construida en el centro del país. 2020. Las autoridades sanitarias de los Estados Unidos confirman el primer caso en su territorio de la pandemia de COVID-19, correspondiendo a un hombre de aproximadamente 30 años, originario del Estado de Washington, que había viajado recientemente a China Continental. 2024. Según cifra del Ministerio de Salud de Gaza, los muertos palestinos en Gaza tras tres meses de guerra entre Israel y Hamás, supera las 25,000 personas, mientras el gobierno israelí parecía lejos de alcanzar su objetivo de aplastar al grupo armado y rescatar a más de 100 rehenes. 2025. La obispa Mariann Edgar Budde, de la Diócesis Episcopal de Washington, exigió al presidente de Estados Unidos, Donald Trump, durante la ceremonia religiosa por su investidura, tener misericordia con los niños, los inmigrantes y la comunidad LGTBIQ, lo que el mandatario rechazó, exigiéndole pedir disculpas al "público" asistente.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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