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54Grado.com : Hoy es viernes 10 de abril del 2026. Faltan 265 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1546. La Monarquía de España emite una Cédula Real mediante la cual eleva a Montecristi a la categoría de ciudad. 1862. Duarte recibe en Venezuela la noticia de que Santo Domingo fue reanexada a España y que su compañero Francisco del Rosario Sánchez había sido fusilado. 1875. El presidente Ignacio María González decreta la obligatoriedad de los funcionarios y empleados públicos de asistir a las fiestas nacionales prescritas en la Constitución. 1923. Muere en San Pedro de Macorís don Luis Amiama, padre del héroe del 30 de Mayo, Luis Amiama Tió. 1943. Es creada la Comandancia de la Marina Nacional, siendo su primer comandante el mayor Manuel A. Perdomo, asistente del coronel McLughlin, quien la dirigió hasta el año 1947. 1956. Mediante su nota número 431, la Embajada de Estados Unidos en el país informa al Gobierno dominicano, a través de la Secretaría de Relaciones y Cultos, la aceptación por parte del presidente de su nación del Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio entre ambas naciones. 1963. Un grupo de personas ataca la radioemisora La Voz del Trópico mientras el dirigente político Juan Isidro Jimenes lee un discurso en el programa producido por el periodista Rafael Bonilla Aybar, en el cual sugería la creación de un Frente Patriótico Nacional «para escapar de la catástrofe». 2005. El expresidente Hipólito Mejía califica como «un show de persecución política contra el PRD» las acusaciones a exfuncionarios de su gobierno por la compra y distribución de invernaderos y vehículos para el transporte público con el Plan Renove. 2017. Muere a la edad de 58 años, a causa de varios quebrantos de salud, Eusebio Mercedes, primer presidente de la Federación Nacional de Estudiantes Secundarios (FENES), electo el 17 de marzo de 1979 en unas elecciones nacionales. 2019. Un informe sobre la calidad de la democracia en la República Dominicana, elaborado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, establece que el país «saca mala nota», lo que refleja un sistema democrático frágil y vulnerable. 2020. La Policía Nacional informa la captura en Bonao del ciudadano salvadoreño Mario Ernesto Peña Colocho (a) Drimer, de 36 años, quien tiene orden de captura por distintos delitos, entre ellos sicariato, como alegado miembro de la banda Mara Salvatrucha de El Salvador. 2021. Fallece en la ciudad de Santo Domingo, a los 85 años de edad, el destacado escritor, antropólogo y diplomático Marcio Veloz Maggiolo, tras ser afectado por coronavirus y permanecer varias semanas en el Centro de Diagnóstico de Medicina Avanzada y Telemedicina (Cedimat). 2023. La Policía Nacional informa que cuenta con un nuevo sistema de gestión de datos mediante el cual puede verificar y relacionar denuncias, amenazas al orden público y hechos punibles de acción penal que hayan sido registrados en el país. 2025. El presidente Luis Abinader extendió tres días más el duelo nacional por la tragedia en la discoteca Jet Set de esta capital; días antes, el mandatario había declarado tres días de duelo que vencían en esta fecha. Internacionales: 1606. En Inglaterra, el rey Jacobo I concede permisos oficiales a dos ingleses y a las compañías de Londres y Plymouth para colonizar la costa este de América del Norte, en el Nuevo Mundo. 1864. El archiduque Maximiliano de Habsburgo es coronado emperador de México en la Catedral de Ciudad de México. 1876. El inventor estadounidense Alexander Graham Bell, a través de dos aparatos (uno para hablar y otro para escuchar) llamados teléfono, transmite a su ayudante, que se encontraba en una habitación contigua, la primera frase a distancia: «Señor Watson, venga aquí, necesito que me ayude». 1905. En la calle de Caishikou, en la ciudad de Pekín (China), sucede la ejecución (mediante la muerte por mil cortes) de Fu-zhu-li, condenado por matar a un príncipe. Doce fotografías de esta ejecución recorrerán el mundo como tarjetas postales. 1912. Zarpa el Titanic desde Inglaterra hacia su primera y última travesía. 1919. Es asesinado el líder reformador agrarista mexicano Emiliano Zapata en una emboscada organizada por el coronel Jesús Guajardo, en la ciudad mexicana de Morelos. 1932. En Alemania, el presidente Paul von Hindenburg es reelecto, derrotando por amplia mayoría a Adolf Hitler en las segundas elecciones presidenciales alemanas. 1957. Es rehabilitado el canal de Suez para el uso de cualquier tipo de buques. -Nace Osama bin Laden, líder yihadista de origen saudí, conocido mundialmente por ser el fundador de la red terrorista Al Qaeda. 1965. En Madrid, la policía desata una represión sangrienta contra protestas estudiantiles de la Universidad Central de Madrid (Noche de San Daniel). 1970. Se produce la separación de los integrantes del grupo musical británico The Beatles luego de varias divergencias, siendo su último disco grabado Let It Be. 1974. La primera ministra de Israel, Golda Meir, renuncia al cargo en medio de una crisis política, siendo reemplazada por Yitzhak Rabin. 1982. En Argentina, alrededor de 300,000 personas llenan la Plaza de Mayo en respaldo a la invasión argentina en las Malvinas. 1988. Los partidos norirlandeses llegan a un acuerdo de paz para el Úlster que pone fin a 30 años de violencia. 1991. Las tropas estadounidenses abandonan el golfo Pérsico al finalizar la guerra en esa parte del mundo. 2003. Se produce el saqueo del Museo Nacional de Bagdad en el curso de la segunda guerra del golfo Pérsico. 2010. Muere en un accidente aéreo el presidente de Polonia, Lech Kaczynski, junto a su esposa, el presidente del Banco Central y el jefe de las Fuerzas Armadas, entre otros altos funcionarios. 2012. Los organizadores de Miss Universo anuncian que personas transexuales podrán competir en ese concurso de belleza el próximo año, lo que se produce una semana después de que accedieran a que la transgénero Jenna Talackova se presentara a uno de esos certámenes en Canadá. 2013. En Uruguay se aprueba la ley de matrimonio igualitario. 2019. El Poder Judicial peruano ordena la detención por 10 días del expresidente Pedro Pablo Kuczynski en el marco de una investigación por el presunto delito de lavado de activos en el escándalo de corrupción de Odebrecht. -La República de Cuba promulga su nueva Constitución durante una sesión solemne e histórica de la Asamblea Nacional, el mismo día en que, hace 150 años, se comenzó a redactar la primera Carta Magna de la isla. 2020. El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, sugiere la posibilidad de congelar los 500 millones de dólares de fondos estadounidenses destinados a la Organización Mundial de la Salud (OMS). 2023. Documentos filtrados del Pentágono revelan que un grupo de mercenarios rusos opera en Haití; un video muestra cuando un desertor era golpeado con un mazo hasta morir y supuestamente ofreció ayuda al gobierno de Haití para enfrentar a las pandillas. -El líder espiritual tibetano, Dalái Lama, se disculpa a través de un comunicado por pedirle a un niño que le «chupara la lengua» en un acto público. 2024. El exvicepresidente de Ecuador Jorge Glas, quien fue detenido por la policía tras asaltar la Embajada de México donde acababa de recibir asilo, inició una huelga de hambre en la cárcel, según confirmó su abogada Sonia Vera. -La fiscalía de Perú incauta al empresario y gobernador regional de Ayacucho, Wilfredo Oscorima, tres relojes Rolex y una pulsera que supuestamente le prestó a la presidenta Dina Boluarte, por los que se la investiga en un caso de presunto enriquecimiento ilícito. 2025. La Casa Blanca informa que el sumatorio de los aranceles combinados que Donald Trump ha impuesto a los productos importados de China asciende ya al 145 %, tras incluirse un 20 % extra por la supuesta inacción del gigante asiático ante el tráfico de fentanilo. -La inusual tensión financiera derivada de los aranceles impuestos por el presidente estadounidense Donald Trump registra una de sus señales más graves con el incremento en los rendimientos y la venta masiva de los bonos del Tesoro a 10 y 30 años; esta situación presagia una debacle mayor, provocando que el mandatario cediera con una pausa de 90 días en su guerra comercial.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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