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54Grado.com : Hoy es lunes 22 de diciembre del 2025. Faltan 9 días para el año 2026. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1847. Una Comisión Especial Mixta, integrada por 25 miembros del Poder Judicial, el Poder Legislativo, y generales y otros oficiales del Ejército Nacional, recomienda al presidente Pedro Santana el fusilamiento del general José Joaquín y su hermano Gabino Puello. 1854. Muere en Haití, donde se encontraba exilado, el ex presidente Manuel Jiménes González. 1855. En las proximidades de San Juan de la Maguana es librada la batalla de Santomé, en la que las tropas dominicanas, bajo el mando del general José María Cabral, vencen a las de Haití, dirigidas por el general Antoine Pierret. 1868. Los baecistas ocupan la ciudad de Santiago donde forman una Junta Central Gubernativa presidida por el general José Hungría. 1893. El presidente Ulises Heureaux, ordena el fusilamiento en La Clavellina de Azua, del general Eugenio De Marchena, su prisionero político, al que inculpó de asesinar el gobernador de esa demarcación, general Joaquín Campos. 1913. Se produce el primer embarque de caña desde La Romana, a bordo del vapor "Norhilda", para ser procesara en el central Guánica, de Puerto Rico. 1921. El segundo teniente de la Guardia Nacional Dominicana, Rafael L.Trujillo, es asignado a prestar servicios en la primera Compañía en San Pedro de Macorís, por el gobierno de ocupación de los Estados Unidos. 1922. El gobierno de ocupación de los Estados Unidos designa al oficial del Ejército Rafael Trujillo, en la jefatura de la Guarnición de San Pedro de Macorís. 1930. Muere en La Romana el ex tesorero municipal Federico Acosta Báez, hijo del prócer Juan Alejandro Acosta, uno de los fundadores de La Marina de Guerra Nacional. 1936. La conferencia panamericana de Buenos Aires en Argentina aprueba a unanimidad y con la votación de todos sus miembros la decisión de participar en la erección del faro a Colón en Santo Domingo. 1955. Contraen matrimonio en la iglesia Santa Ana, de San Francisco de Macorís, los jóvenes Rafael Fernández Domínguez y Arlette Fernández. 1958. Los dictadores dominicano y haitiano, Rafael Trujillo y François Duvalier, respectivamente, firman un acuerdo de mutua protección, mediante el cual ninguno de los dos gobiernos permitiría en sus territorios actividades subversivas en contra de alguno de ellos. 1963. Renuncia el Presidente del triunvirato, doctor Emilio de Los Santos, en desacuerdo con las medidas tomadas por las Fuerzas Armadas contra la guerrilla que dirigió el doctor Manuel Aurelio Tavárez Justo. 1965. El gobierno de los Estados Unidos comunica al embajador de Nicaragua Guillermo Sevilla Sasaca, en su calidad de presidente de la Comisión de la OEA, que se ocupa de la crisis dominicana, el reemplazo del jefe adjunto de la Fuerza Interamericana de Paz en el país, el teniente general estadounidense Bruce Palmer, jr. 1966. El doctor Luis Augusto Caminero inicia la publicación de la revista turística Bohío. 1973. El seminarista Lidio Cadet Jiménez es ordenado sacerdote, quien luego ocupó la secretaría general del Partido de la Liberación Dominicana (PLD). 1981. El profesor Juan Bosch pide al gobierno dominicano que cobre a la Gulf and Western la suma de RD$13,059,169 que ésta le adeuda por concepto de la ley 491 sobre Colonato Azucarero. 1994. La ex directora general de Aduanas, Anisia Rissi de Mercedes, es detenida por denuncias de presuntas irregularidades cometidas en esa dependencia. 1996. Es fundado el Centro San Juan de la Maguana, de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), el que recibe estudiantes de las provincias de Azua, San Juan y Elías Piña, formando los recursos humanos más importantes de la región sur. 2006. El presidente del Senado, Reinaldo Pared Pérez, juramenta los jueces de la Cámara de Cuentas en una ceremonia en la que su titular, Andrés Terrero, se compromete a restaurar la confianza y credibilidad del país mediante la correcta fiscalización y control de los recursos públicos. - La Fundación Robert F. Kennedy se declara sorprendida por la decisión del canciller, Carlos Morales Troncoso, de hacer pública una carta privada entre ambas partes a raíz de la entrega del premio 2006 de derechos humanos a la activista dominico-haitiana Sonia Pierre. 2008. El ex capitán del Ejército, Quirino Ernesto Paulino Castillo llega a un acuerdo judicial con la fiscalía de Nueva York, que incluye protección a su familia, a cambio de declararse culpable de los cargos de tráfico internacional de narcóticos y lavado de dinero. 2020. Con el objetivo de ejecutar las infraestructuras necesarias para el desarrollo turístico de la provincia Pedernales, el Poder Ejecutivo dispone mediante el decreto 724-20, la constitución del fideicomiso público Pro-Pedernales. 2022. El Poder Ejecutivo promulga la Ley 368-22, de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos, mediante la cual se regula el uso de suelo y crea las herramientas jurídico-administrativas para la formulación de planes de ordenamiento territorial a nivel nacional, regional y municipal Internacionales: 1216. Honorio III aprueba la Orden de los Dominicos. 1512. Son redactadas las llamadas "Leyes de Indias o de Burgos", con el propósito de establecer justicia a los indígenas de La Española, Puerto Rico y Jamaica. 1606. Bajo pena de muerte, España prohíbe a sus colonias de América cualquier tipo de negociación con los extranjeros. 1849. El escritor ruso Fyodor Dostoyevski es indultado ante el pelotón que iba a fusilarle. 1857. Fuerzas aliadas anglo-francesas toman la ciudad china de Cantón, gobernada hasta 1901 por una comisión anglo-francesa. 1870. Muere el escritor español Gustavo Adolfo Becquer, una de las principales figuras del romanticismo. 1894. La justicia francesa condena al militar Alfredo Dreyfus de alta traición. Años más tarde se probó su inocencia. Su caso conmovió al mundo. 1961. Cae abatido el soldado estadounidense James Thomas Davis, de 28 años, siendo esta la primera víctima de la invasión a Viet Nam del Ejército de los Estados Unidos. 1976. En España, la policía detiene, en Ma­drid, a Santiago Carrillo y varios miembros del Comité Ejecutivo del Partido Comunista Español. 1989. Tropas de los Estados Unidos asesinan al fotoperiodista español, Juantxu Rodríguez Moreno, durante la ocupación militar realizada en Panamá, para capturar al presidente de facto, general Manuel Antonio Noriegas. 1933. Las mujeres españolas votan por primera vez en unas elecciones legislativas. 1947. Guerra civil china: los comunistas llegan a las puertas de Pekín. 1972. Son rescatados en los Andes los 16 supervivientes (de los 45 ocupantes) del avión de la Fuerza Aérea Uruguaya estrellado, después de 72 días aislados del mundo, de los cuales 29 murieron. - Un terremoto destruye Managua, capital de Nicaragua. 1981. El Teniente general Leopoldo F. Galtieri jura como Presidente de la Junta Militar que gobierna Argentina. 1989. Con el ejército y la población en contra, el presidente de Rumania, Nicolae Ceausescu, intenta sin lograrlo huir de Bucarest, junto a su esposa Elena, los que fueron ejecutados tres días después. 1994. El Primer Ministro italiano Silvio Berlusconi renuncia al cargo. 2001. a bordo del vuelo 63 de American Airlines, un ciudadano estadounidense (Richard Reid) intenta destruir el avión con explosivos en sus zapatos. 2014. El presidente nicaragüense Daniel Ortega y la empresa china HKND inauguran las obras de inicio de la construcción del Gran Canal en esa nación centroamericana. - Al menos 20 personas mueren y 50 resultan heridas al explotar un coche bomba en la estación de autobuses de Dukku, noreste de Nigeria, atribuyéndose la acción al grupo islamista nigeriano Boko Haram. 2018. El Parlamento de Cuba aprueba un proyecto consensuado de nueva Constitución que reconoce el papel del mercado y la propiedad privada, sin renunciar al comunismo como meta, y que será llevado a referendo en febrero. - Estados Unidos entra en un período turbulento, a pocos días de la Navidad, con el cierre parcial del gobierno federal por falta de un compromiso entre el Congreso y la Casa Blanca sobre la financiación de un muro en la frontera con México pretendido por el presidente Donald Trump. 2020. El presidente ruso, Vladimir Putin, firma una ley que garantiza inmunidad vitalicia a los exmandatarios rusos y a sus familias, para que no puedan ser interrogados por la policía o por investigadores, registros o arrestos, ni procesados por delitos que hayan cometido. 2022. El primer ministro de Haití, Ariel Henry, acuerda con los partidos políticos y organizaciones de la sociedad civil abandonar el cargo en un plazo de14 meses y facilitar una transición de poder en el país. - El servicio de meteorología de Estados Unidos advierte sobre "una tormenta invernal única en una generación", que amenaza con causar estragos en los planes de viaje de millones de estadounidenses en esta Navidad. 2024. El presidente panameño, José Raúl Mulino, proclama que el canal interoceánico "es panameño y lo seguirá siendo, porque la soberanía e independencia de nuestro país no son negociables", en respuesta a la amenaza del presidente electo de Estados Unidos, Donald Trump, de que exigirá su devolución si no se reducen las tarifas que cobra para su tránsito.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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