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54Grado.com : Hoy es viernes 27 de marzo del 2026 . Faltan 279 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1495. Se produce la Batalla de la Vega Real, entre españoles y nativos, a unos 100 kilómetros al Sudeste de La Isabela, con una victoria española que logra pacificar la Isla. 1844. El general José María Imbert toma el mando de las tropas en Santiago para enfrentar al ejército haitiano del general Jean Louis Pierrot, cuyas tropas avanzaron rápidamente y toman a comunidad de Dajabón. 1848. El Arzobispo Tomás de Portes e Infante, solicita y obtiene del Congreso Nacional la creación del "Seminario Conciliar Santo Tomás de Aquino", cuyo primer rector fue el Dr. Elías Rodríguez. 1911. Entra en vigor una nueva Ley de Policía, que dota del instrumento legal a esa institución, en la que se establece como principal objetivo la preservación del orden, seguridad y la tranquilidad pública. 1912. Llega al país el Secretario de Estado de los Estados Unidos, F.H. Knox, acompañado de un contingente de 750 soldados, para ponerlos a disposición del gobierno dirigido por el presidente Eladio Victoria (Quiquí), a los fines de proteder los intereses locales de la potencia del norte. 1924. Nace en Santo Domingo niño Johnny Abbes García, hijo del alemán George Abbes y la dominicana Altagracia García Alardo, quien fue el jefe del Servicio de Inteligencia Militar durante la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo. 1934. El presidente Rafael L. Trujillo designa a Anselmo Paulino Alvarez secretario de Primera Clase de la Legación y Cónsul General en Puerto Príncipe, Haití 1943. El Congreso consagra mediante Ley No. 237, que el Baluarte del Conde sea la tumba definitiva de los Padres de la Patria. 1958. Son creadas mediante la ley 4882, las provincias Valverde y Julia Molina, la primera, con su capital Santa Cruz de Mao y la segunda en honor a la madre del dictador Rafael Trujillo, cuya denominación le fue cambiada en 1961 por el actual María Trinidad Sánchez, con su capital Nagua. 1959. Se inicia en La Habana una reunión de representantes de casi todas las organizaciones políticas en el exilio, a los fines de conformar un Frente Unido de Lucha Antitrujillista. 1962. El Gobierno haitiano rechaza que el ex general Arismendy Trujillo (Petán) esté residiendo en la vecina nación, como se rumoró insistentemente en el país. 1963. El presidente Juan Bosch declara que la acusación de comunista formulada por algunos sectores, "no es más que una conjura prefabricada", y que él no puede dedicar todo su tiempo a desmentir dicha acusación. 2011. Funcionarios y legisladores seguidores del presidente Leonel Fernández celebran una concentración en el Palacio de los Deportes de Santo Domingo, para mostrar la recolectaron 2.2 millones de firmas con el fin de pedir su repostulación para un nuevo mandato. 2012. El narcotraficante puertorriqueño José Figueroa Agosto, alias "Junior Cápsula", se declara culpable en Puerto Rico, de los cargos de tráfico de estupefacientes y lavado de dinero en la República Dominicana, ante el juez federal Juan Pérez Jiménez. 2013. El Poder Ejecutivo emite el decreto 93-13, con el que instituye el Premio Internacional Pedro Henríquez Ureña, facultando al Ministerio de Cultura a cambiar el jurado cada año a su discreción y establecer las reglas que el jurado debe cumplir para otorgar el reconocimiento y las condiciones que debe reunir el galardonado. 2015. El juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, Alejandro Moscoso Segarra, dicta un auto de "No Ha Lugar" a favor del senador Félix Bautista y otras seis personas, acusadas de corrupción y lavado de activos en contra del Estado, por el procurador general Francisco Domínguez Brito. 2020. El Banco Central de la República anuncia la adquisición de equipos ultravioletas para desinfectar los billetes y monedas que circulan en el país, para evitar la propagación del coronavirus (COVID-19). - Fallece a los 73 años de edad en un hospital de Brookdale Brooklyn, Nueva York, el conocido merenguero de música típica Bartolo Alvarado, conocido popularmente como El Cieguito de Nagua, luego de ser ingresado tras presentar problemas respiratorios. 2024. "El Otro Muro Fronterizo que Se Levanta al Sur de EE. UU.", se titula un reportaje publicado en la página principal del periódico Wall Street Journal, sobre la construcción de una pared fronteriza a lo largo de las 250 millas que separan RD de Haití, señalando que la valla "ha captado la atención internacional", cuya obra fue dispuesta tres años antes por el presidente Luis Abinader. -Haití conecta el canal construido para desviar aguas de río Dajabón/Masacre en Juana Méndez, lo que en menos de 24 horas provoca la disminución del caudal del afluente, afectando a cientos de parceleros, productores del sistema de riego "Dique Don Pedro, Los Veteranos, la zona de Los Portalatín, El Coco, Sánchez y Manzanillo. Internacionales: 1272. El Cardenal Teobaldo Visconti es escogido Sumo Pontífice de la Iglesia Católica, con el nombre de Gregorio X. 1513: Juan Ponce de León, compañero de Colón en el segundo viaje, avista una península, la que llamó La Florida, pero no pudo llega a tierra hasta el dos de abril. 1808: El papa Pío VII excomulga al emperador Napoleón. 1854: Gran Bretaña y Francia declararon la guerra a Rusia. 1942. Las autoridades alemanas empiezan deportaciones sistemáticas de judíos de Francia. 1968. Es declarado desaparecido al cosmonauta Yuri Gagarin. 1973. El actor Marlon Brando rechaza el Oscar de la Academia de Hollywood, en rechazo al trato que los indios recibían por parte del pueblo americano y en las películas. 1976. En España, un accidente aéreo en el aeropuerto de los Rodeos, provoca 575 víctimas. 2006. Zacarías Moussaoui, único procesado en EEUU por los atentados del 11 de septiembre, anuncia durante su juicio, que él iba a estrellar un avión contra la Casa Blanca. 2008. El gobernador de Puerto Rico, Aníbal Acevedo Vilá y otras 12 personas, incluidos algunos cercanos colaboradores, son acusados por el gobierno federal de conspiración para violar la Ley Federal de Elecciones y para defraudar el Servicio de Rentas Internas, entre otras infracciones. 2014. El Gobierno filipino y la guerrilla del Frente Moro de Liberación Islámica firman la paz después de 30 años de lucha fratricida, a cambio de la creación de una región autónoma musulmana en el sur del país. - Francisco, el primer papa latinoamericano y Barack Obama, primer presidente afroamericano de Estados Unidos sostienen una histórica reunión de 50 minutos en la Sala del Tronetto de la Casa Blanca. -La Asamblea General de la ONU aprueba una resolución mediante la cual declara ilegal el referendum celebrado en Crimea respaldado por Rusia y apoya la integridad territorial de Ucrania. 2015. El Senado de Estados Unidos, dominado por los republicanos, aprueba un proyecto de presupuesto para 2016, que apunta a equilibrar el gasto federal en 10 años sin aumentar los impuestos, recortes de gastos sociales y la derogación de la ley de seguridad social llamada "Obamacare". 2016. El FBI anuncia haber logrado acceder a la información del iPhone 5C del llamado "Terrorista de San Bernardino", California, luego de varias semanas de polémica pública con Apple, que se negaba a poner a sus ingenieros al servicio de la investigación. 2018. El presidente de Haití, Jovenel Moise, juramenta al general Sadrac Saintil como jefe de Estado Mayor de las restablecidas Fuerzas Armadas, algunos de los cuales fueron anteriormente acusados de violar los derechos humanos. 2019. La Justicia argentina condena al expresidente Carlos Menem (1989-1999) a tres años y nueve meses de prisión por fraude en la venta de un inmueble, orden que no será efectiva por el momento debido a los fueros que disfruta como senador nacional. 2020. El presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, firma la ley de más de US$2 billones de alivio económico por el coronavirus, en un momento en que las empresas y los hogares se preparan para más penurias económicas, constituyendo la medida el gasto de emergencia más grande en la historia de Estados Unidos. -El registro del Negociado Federal de Prisiones de los Estados Unidos confirma la puesta en libertad del narcotraficante puertorriqueño José David Figueroa Agosto, quien cumplía 209 años de prisión en la Federal Correctional Institution Terre Haute, en Indiana. En el país fue acusado de dirigir una red de narcotráfico internacional. 2022. A solicitud del presidente Nayib Bukele, el Congresode El Salvador decreta en una sesión extraordinaria, un régimen de excepción con la intención de frenar un "incremento desmedido" de los asesinatos, que ha puesto en jaque la estrategia gubernamental de seguridad con 76 asesinatos en dos días. -El presidente de Ucrania, Volodymyr Zelenski, acusa a Occidente de cobardía mientras su país lucha por frenar una invasión rusa, en una exasperada petición de aviones de combate y tanques para mantener la defensa en un conflicto que se ha convertido en una guerra de desgaste. 2024. El subcomandante de operaciones de la Guardia Costera de los Estados Unidos, vicealmirante Peter Gautier, asegura que el buque mercante que chocó horas antes contra un puente en Baltimore, lleva a bordo 4,700 contenedores, 56 de ellos con material peligroso, no suponen un peligro público. 2025. El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, confirma la suspensión de dos años contra vicepresidenta, Verónica Abad, a la que acusa de ser "una traidora", situación que se da en medio de un conflicto político que se intensifica durante la campaña para la segunda vuelta presidencial, prevista para el 13 de abril.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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