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54Grado.com : Hoy es lunes 13 de abril del 2026 . Faltan 262 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1844. Se lleva a cabo el combate de «El Memiso», ganado a los haitianos por las tropas dominicanas comandadas por el general Antonio Duvergé. 1849. Manuel Jiménez depone del poder al presidente Pedro Santana. 1861. El capitán general de la colonia, general Pedro Santana, deporta hacia Venezuela al sacerdote Fernando Arturo de Meriño por oponerse a la anexión de la República a España. 1923. Muere el músico Alfredo Máximo Soler, clarinetista, autor de la primera instrumentación para banda del Himno Nacional de José Reyes y Emilio Prud´Homme. 1958. El coronel Luis Ney Lluberes Padrón ultima de varios balazos al general Ludovino Fernández, quien a su vez fue muerto por un asistente del brigadier durante un incidente ocurrido en la fortaleza del Ejército de San Juan de la Maguana. 1966. El Gobierno de los Estados Unidos sustituye a su embajador acreditado en el país, William Tapley Bennett, quien asumió el cargo el 23 de marzo de 1964, por John Hugh Crimmins. 1970. Es fundada la Asociación Dominicana de Profesores (ADP). 1996. Fallece en Santo Domingo, a la edad de 78 años, monseñor Hugo Eduardo Polanco Brito, fundador y primer rector de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra. 2008. Muere el director del Instituto Agrario Dominicano, Quilvio Cabrera, como consecuencia de los golpes recibidos en un accidente de tránsito en la autopista que une Santo Domingo con Samaná. 2014. Miembros de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) desmantelan un laboratorio clandestino que operaba en la comunidad Palmar del municipio de Villa González, provincia Santiago, donde «se decomisó una ampolla de fentanyl o fentanilo». 2015. Desconocidos asesinan al periodista Blas Olivo Santana, de 64 años de edad, cuyo cadáver es encontrado con cuatro balazos en varias partes de su cuerpo en una finca del municipio de Piedra Blanca-Bonao. 2020. La Junta Central Electoral informa que «por fuerza mayor» su pleno dirigencial decide, mediante la resolución 42-2020, la posposición para el día cinco de julio de las elecciones generales congresuales y presidenciales programadas a realizarse el 17 de mayo, debido a la emergencia nacional provocada por el coronavirus que afecta al país y a la casi totalidad del mundo. 2023. El 90 % de los 2,064 extranjeros de 31 países que guardan prisión en las cárceles dominicanas son de nacionalidad haitiana y venezolana, con condena definitiva o de forma preventiva, lo que equivale al 8.03 % del total de las 25,711 personas privadas de libertad en el país. 2025. Estudiantes de los institutos Tecnológico de Santo Domingo (Intec) y Salesiano Don Bosco ganan seis y dos premios, respectivamente, en el Desafío Rover de Exploración Humana de la NASA 2025 (HERC, por sus siglas en inglés); mientras los del Don Bosco, AstroBosco, obtuvieron los suyos en la categoría de secundaria y en la modalidad de rover a control remoto. -La Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) incauta 129,867 gramos de cocaína, 27,373 de marihuana, 4,897 de crack, 09 gramos de metanfetaminas y 25 pastillas de éxtasis, para un total de 161,147 gramos, durante 56 allanamientos y cientos de operativos contra el microtráfico realizados en gran parte del territorio nacional. Internacionales: 1059. El papa Nicolás II decreta que en el futuro solo los cardenales elegirán al papa. 1519. Nace en la ciudad de Florencia Catalina de Médici, reina de Francia de 1547 a 1559, madre de los tres últimos reyes Valois de Francia. 1534. Tomás Moro, humanista inglés, autor de Utopía, se niega a firmar el acta que reconoce a Enrique VIII como jefe de la Iglesia y su divorcio de Catalina de Aragón. 1849. Los rebeldes húngaros declaran su independencia, movimiento que es rápidamente sofocado por las fuerzas imperiales. 1922. La República de Irlanda se retira de la Comunidad Británica y proclama su independencia. 1943. En el aeródromo de Campo Henderson, en la isla de Guadalcanal, uno de los radioescuchas de la inteligencia estadounidense intercepta un telegrama japonés que indicaba que el almirante Isoroku Yamamoto realizaría una visita a los emplazamientos nipones en el área de Bougainville. 1964. Sidney Poitier se convierte en el primer afroamericano que es premiado con un Óscar al mejor actor. 1976. Se reintroduce en los EE. UU. el billete de $2. 1986. El papa Juan Pablo II se reúne con el gran rabino de Roma en la sinagoga de la Ciudad Eterna. 1994. Se constituye un nuevo gobierno en Kuwait mientras continúan las tensiones fronterizas con Irak. Los cambios ministeriales favorecieron a los liberales frente a los integristas. 2000. El Departamento de Justicia de EE. UU. suspende temporalmente la orden de entrega del niño balsero cubano Elián González a su padre, Juan Miguel, después de que el Tribunal de Apelaciones de Atlanta decidiera detener el proceso de forma provisional a petición de los abogados de los familiares de Miami. 2002. En Venezuela, el presidente interino Pedro Carmona Estanga es reemplazado por el vicepresidente Diosdado Cabello, con lo que se inicia el retorno a la constitucionalidad y del presidente Hugo Chávez al poder. 2007. El papa Benedicto XVI presenta su libro Jesús de Nazaret, su primer libro como papa. 2008. El barco de la organización de defensa de los derechos de los animales, Sea Shepherd, es capturado por autoridades canadienses «para proteger» a sus cazadores de focas, actividad calificada por la entidad como «acto de guerra». 2009. El presidente de Estados Unidos, Barack Obama, decide levantar las restricciones a los viajes de familiares y envíos de remesas a Cuba. -El presidente de Paraguay y exobispo de la Iglesia católica, Fernando Lugo, reconoce ser el padre de un niño de dos años concebido cuando aún vestía los hábitos. 2010. Un terremoto de 7.1 en la escala de Richter afecta la provincia de Qinghai, una de las más pobres de la República Popular China, provocando la muerte de 600 personas, 10,000 heridos y una gran destrucción. Mueren siete personas, cinco tripulantes y dos civiles, al estrellarse un Airbus A300 de la aerolínea Aerotransporte de Carga Unión sobre la ciudad mexicana de Monterrey. 2011. El expresidente egipcio Hosni Mubarak es detenido mientras continuaba su hospitalización en la localidad costera de Sharm el Sheij con pronóstico «inestable», en tanto que sus hijos Alaa y Gamal ingresaron en una cárcel de El Cairo. 2013. Un golpe de Estado en Guinea-Bisáu depone al presidente interino, Raimundo Pereira, y al primer ministro, Carlos Gomes Junior. -El papa Francisco constituye un grupo de ocho cardenales para revisar la constitución apostólica Pastor Bonus, promulgada por Juan Pablo II en 1988, que regula los dicasterios y organismos de la Curia Romana. 2020. El Fondo Monetario Internacional (FMI) anuncia la aprobación de fondos para aliviar la deuda de 25 países pobres, casi todos en África, incluyendo Haití, Afganistán y Yemen, para que puedan dirigir sus recursos a combatir la pandemia del coronavirus. 2021. En Haití, al menos nueve religiosos de EE. UU. y Canadá, entre ellos cinco sacerdotes y dos religiosas, son secuestrados por miembros de la banda de los «400 Mawozo» cuando se dirigían a la instalación de un párroco en la zona de Gallete Chambón, en la comuna de Ganthier. -El secretario general de la ONU, António Guterres, sugiere a los gobiernos que establezcan un impuesto para los ricos que se han beneficiado con al menos cinco billones de dólares durante la pandemia, «para reducir las desigualdades en el mundo». 2023. El fiscal general de Estados Unidos, Merrick Garland, anuncia que agentes del FBI arrestan a un miembro de la Guardia Nacional sospechoso de estar detrás de una filtración de secretos confidenciales del Gobierno, incluidos documentos de inteligencia sobre la guerra en Ucrania. 2024. Irán lanza una ofensiva sin precedentes con misiles y aviones no tripulados (drones) contra Israel, lo que fue interpretado como una nueva escalada en la confrontación en Medio Oriente. 2025. China anuncia el aumento de sus aranceles a todos los productos importados de Estados Unidos de hasta el 125 %, frente al 84 % anterior, como respuesta a las medidas dispuestas por el presidente estadounidense, Donald Trump. -Fallece a los 89 años de edad en Lima el premio nobel de literatura Mario Vargas Llosa, informó su familia en un comunicado emitido por sus hijos Álvaro, Gonzalo y Morgana, en el que expresaron que no se llevará a cabo ninguna ceremonia pública para despedir al autor.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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