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Efemérides

54Grado.com : Hoy es Domingo 04 de Enero del 2026. Faltan 362 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1642 en el marco de la Guerra Civil Inglesa, el rey Carlos I de Inglaterra ataca el Parlamento. 1698 en Cataluña (España), en virtud de la paz de Riswick, las tropas del duque de Vendome evacuan Barcelona. 1717 Holanda, Inglaterra y Francia firman la Triple Alianza. 1790 las provincias belgas —a excepción de Luxemburgo— proclaman su independencia. 1797 en Rívoli (Italia) Napoleón Bonaparte derrota a los austriacos. 1805 España y Francia firman un acuerdo de ayuda militar y naval para invadir Gran Bretaña. 1817 en el arroyo Catalán, dentro de la invasión luso-brasileña al Estado Oriental del Uruguay, el general José Gervasio Artigas es derrotado por los portugueses. 1823 en Sevilla, el desbordamiento del río Guadalquivir provoca la inundación total de la ciudad. 1831 las tropas francesas ocupan la ciudad de Orán y se extienden posteriormente por toda Argelia. 1833 Fernando VII restablece la Pragmática Sanción, en virtud de la cual se designa heredera a su hija Isabel II de España en perjuicio de su hermano Carlos María Isidro de Borbón. 1834 en Perú, la guarnición de Lima realiza un golpe de Estado y proclama jefe supremo a Pedro Bermúdez, con lo que se inicia la guerra civil. 1902 en Barcelona, Felipe Pedrell estrena la ópera Los Pirineos. 1904 el presidente de los Estados Unidos, Theodore Roosevelt, dirige un mensaje al Congreso acerca de los hechos de Panamá. 1904 en España se crea el primer laboratorio de aeronáutica. 1918 la Unión Soviética reconoce la independencia de Finlandia. 1932 en la India, la policía británica arresta a Gandhi. 1933 en la costa francesa, un incendio destruye el transatlántico francés Atlantic. 1936 la revista neoyorquina The Billboard publica la primera lista de éxitos musicales del mundo. 1937 en México entra en vigencia el decreto del presidente Lázaro Cárdenas acerca del volcán Citlaltépetl. 1941 la actriz cinematográfica alemana Marlene Dietrich obtiene la nacionalidad estadounidense. 1958 el satélite artificial soviético Sputnik 1 se desintegra en la atmósfera. 1960 en Europa se crea de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA). 1962 la OEA levanta las sanciones que impuso en 1960 a la República Dominicana. 1964 el papa Pablo VI visita Jerusalén, donde se entrevista con Atenágoras (patriarca de Constantinopla y jefe de la Iglesia Ortodoxa griega). 1969 en Fez (Marruecos) se firma el tratado donde España devuelve a Marruecos el territorio de Ifni. 1970 En Londres, Reino Unido, la última sesión de The Beatles como banda. 1971 Anwar el-Sadat reconoce la presencia militar soviética en Egipto. 1977 en España se promulga la Ley para la Reforma Política, que contenía la derogación tácita del Sistema Político Franquista. 1977 las Cortes Españolas aprueban la Ley 17/1977, que permite que los nombres de pila de las personas puedan inscribirse en el Registro Civil en cualquiera de las lenguas españolas. 1978 en la República Federal Alemana finaliza la investigación sobre el "escándalo Lockheed". 1979 el Sha del Irán abandona Teherán camino del exilio. 1981 en Reino Unido, la policía detiene a Peter Sutcliffe por considerarle sospechoso de ser el "destripador de Yorkshire". 1983 en Kabul (Afganistán) sucede ola de atentados contra las posiciones soviéticas. 30 oficiales afganos asesinados por sus propios soldados. 1984 en el Líbano, el ejército israelí bombardea la región de Baalbek, matando a más de 100 civiles e hiriendo a 400. 1991 en la Organización de las Naciones Unidas se vota unánimemente una condena a Israel por su tratamiento a los palestinos. 1992 el presidente de los Estados Unidos, George H. W. Bush, anuncia el final del embargo impuesto a Camboya durante 17 años. 1994 en Ginebra se inaugura la Corte de Justicia de la Asociación Europea de Libre Cambio (EFTA). 1996 científicos del CERN anuncian haber obtenido nueve átomos de antihidrógeno, el primer logro en la obtención de antimateria. 1999 uno de los testigos del caso del ciudadano español, condenado a muerte en Estados Unidos, Joaquín José Martínez, reconoce que mintió durante el juicio. 2008 por primera vez en su historia, se cancela el Rally Dakar, por temor a ser víctima de un atentado a su paso por Mauritania. 2010 el Burj Dubai, el cuerpo arquitectónico más alto del mundo con 828 m, es oficialmente inaugurado. 2011 eclipse solar parcial visto en Europa, África y Asia Occidental. 2011 en Ben Arous (Túnez), Mohamed Bouazizi se quema a lo bonzo dando comienzo a la revolución tunecina.

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martes, 8 de junio de 2021

Estas son las medidas que se extienden en el nuevo toque de queda

Redacción digital
Santo Domingo, RD

En medio de un repunte en los casos de coronavirus en el país el presidente Luis Abinader extendió este martes el actual toque de queda que se ejecuta en el territorio nacional desde el pasado dos de junio.

El mandatario aseguró el fin de semana que dependiendo de las cifras y contagios en las distintas provincias podría haber una variación en el horario de toque de queda.

De acuerdo con los boletines epidemiólogos emitidos por Salud Pública, desde el inicio de la pandemia, en el país hay un acumulado de 301,984 casos confirmados y 3,655 muertes por Covid-19.

El decreto 364-21, que establece la extensión del toque de queda, da continuidad a las medidas dispuestas en los artículos del 5 al 20 del decreto 364-21, emitido el pasado 31 de mayo.

¿Qué dicen estos artículos? Aquí el detalle.

Artículo 5

Se establece que en las 25 provincias donde existen mayores niveles de contagio y una alta tasa de positividad el toque de queda sea de lunes a viernes desde las 6:00 de la tarde hasta las  5:00 de la madrugada, y los sábados y domingos desde las 3:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana.

Se dispone una libre circulación de 3 horas adicionales todos los días para que las personas se desplacen hasta sus residencias.

El grupo está conformado por el Distrito Nacional, el Gran Santo Domingo, Azua, Bahoruco, Barahona, Dajabón, Elías Piña, El Seibo, Hato Mayor, Hermanas Mirabal, Independencia, La Romana, María Trinidad Sánchez, Monseñor Nouel, Monte Cristi, Monte Plata, Pedernales, Peravia, San Cristóbal, San José de Ocoa, San Juan, San Pedro de Macorís, Sánchez Ramírez, Santiago Rodríguez y Valverde.

Artículo 6

En las demarcaciones con menor nivel de contagio y tasa de positividad, como Duarte, Espaillat, La Altagracia, La Vega, Samaná, Santiago y Puerto Plata, el toque de queda inicia a las 10:00 de la noche a las 5:00 de la madrugada, entre lunes a viernes.

Los sábados y domingos se aplica desde las 9:00 de la noche hasta las 5:00 de la madrugada.

En estos casos, la libre circulación es hasta las 12:00 de la medianoche todos los días.

Artículo 7: excepciones del toque de queda

Durante el horario de toque de queda, independientemente de la demarcación, podrán circular libremente las personas dedicadas a los servicios de salud, incluido el personal que integra las jornadas de vacunación comunitarias; personas con emergencias médicas; personal dedicado a labores de seguridad privada; miembros de la prensa y miembros de comunicación; empleados de empresas que brinden servicios funerarios durante el ejercicio de sus funciones; pasajeros internacionales y operadores de vehículos que los trasladen, también aplica para transporte marítimo y aéreo.

Otras personas que gozan de esta gracia son operadores de vehículos y técnicos de empresas que prestan servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos; operadores de vehículos dedicados a la distribución urbana e interurbana de mercancías, insumos y combustible; personas que laboren en la industria y comercio de alimentos y productos farmacéuticos.

En el grupo también figuran deliverys de restaurantes, farmacias o colmados (podrán circular hasta las 11:00 de la noche);  empleados del sector hotelero, minería y zonas francas durante el ejercicio de sus funciones; empleados de la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (OPRET), Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA).

Artículo 8: expendio de bebidas alcohólicas

Se prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas para ser consumidas en lugares públicos y privados de uso público desde las 3:00 de la tarde hasta las 5:00 de la madrugada.

Artículo 9: lugares de consumo de alimentos y bebidas

Los lugares destinados al consumo de alimentos y bebidas podrán recibir el 50% de su capacidad en cumplimiento con los protocolos sanitarios vigentes.

Artículo 10: espacios al aire libre

Las personas podrán utilizar los espacios abiertos como parques y malecones para actividades que no impliquen aglomeración.

Artículo 11: uso de gimnasios

Los lugares destinados a prácticas deportivas y ejercicio físico podrán recibir el 50% de su capacidad total en cumplimiento con los protocolos sanitarios vigentes.

Artículo 12: lugares destinados a celebraciones religiosas

Las actividades de las diferentes denominaciones religiosas se podrán celebrar tres veces por semana sin exceder el 50% de su capacidad total.

Artículo 13: espacios públicos y privados de uso público

Aquellos espacios no mencionados anteriormente podrán recibir hasta el 50% de su capacidad total.

Artículo 14: sector educación

Establece que en los centros públicos se implemente la modalidad a distancia, mientras que en los privados se podrá implementar de forma voluntaria la modalidad semipresencial para impartir docencia.

Artículo 15: mercados binacionales

Se dispone el cierre de los mercados binacionales entre República Dominicana y Haití.

Artículo 16: sector turístico

Las actividades turísticas seguirán reguladas mediante el protocolo sectorial, y se prohíbe la organización, promoción y ejecución de actividades masivas en las instalaciones turísticas del país.

Artículo 17: inspectores sanitarios

Se dispone la presencia de vigilantes o inspectores sanitarios en los espacios públicos y privados de uso público para garantizar el cumplimiento de las medidas sanitarias.

Artículo 18: eventos masivos

Se prohíben las actividades y eventos que impliquen la aglomeración de personas en todo el país.

Artículo 19: cumplimiento de protocolos

Se establece el uso obligatorio de mascarillas en lugares públicos y privados de uso público, así como las demás medidas de distanciamiento social.

Aquellos que incumplan con lo dispuesto serán sancionados según lo establecido en la Ley General de Salud no. 42-01.

Artículo 20: requerimientos especiales

La Junta de Aviación Civil (JAC) deberá adoptar las acciones “necesarias” para regular el ingreso al país de pasajeros provenientes de países donde estén circulando nuevas variantes del virus.

 

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