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Efemérides

54Grado.com : Hoy es martes 7 de mayo del 2024. Faltan 238 días para el año 2025. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1842. La isla es azotada por el mayor terremoto ocurrido hasta la fecha, resultando destruidas las ciudades de Santiago, La Vega, Puerto de Paz y Cabo Haitiano, mientras en Manzanillo, Montecristi y todo el litoral Norte, se producen fuertes maremotos. 1877. La Convención Nacional dicta una nueva Constitución política. 1916. Por medio de un manifiesto "A la Nación", el presidente Juan Isidro Jiménes Pereira anuncia su renuncia al cargo, como consecuencia de la intervención militar estadounidense a la República Dominicana. 1930. Los miembros de la Junta Central Electoral se ven forzados a renunciar, debido a la represión desatada en su contra por el candidato presidencial y jefe del Ejército, Rafael Trujillo. 1955. El Poder Ejecutivo, encabezado por el generalísimo Héctor Trujillo Molina, promulga una ley que declara a su hermano, el dictador Rafael Leónidas Trujillo Molina, como "Padre de la Patria Nueva". 1961. Un grupo de jóvenes recién "elegidos" miembros del Congreso Nacional (Manuel Jiménez Rodríguez, Euclides Gutiérrez Félix, Marino Vinicio Castillo y Gregorio García Castro) informa al Presidente Joaquín Balaguer su intención de denunciar el Concordato firmado entre el Estado Dominicano y la Iglesia Católica, por considerarlo inconstitucional. 1963. El Departamento de Estado ordena al embajador de Estados Unidos ante la OEA, Walter Thurston evacuar de Haití a los dependientes del personal de su embajada, ante la amenaza dominicana de invadir el territorio del vecino país. 1965. La Junta Militar encabezada por el entonces coronel Pedro Bartolomé Benoit Vanderhorst, que operaba desde la Base Aérea de San Isidro, anuncia su dimisión, para dar paso al Gobierno de Reconstrucción Nacional, presidido por el general Antonio Imbert Barreras. - Intensos combates se registran en Santo Domingo entre tropas interventoras de los Estados Unidos y fuerzas constitucionalistas que detienen el avance de los invasores por las barriadas de Villa Francisca y San Carlos.on la tensión creciente en Santo Domingo, el embajador de Estados Unidos en el país, William Tapley Bennett solicita al departamento de Estado instrucciones sobre cuál debía ser la reacción de su gobierno en caso de que el palacio cayera en manos de las fuerzas rebeldes en medio de fuertes combates. 1978. La Junta Central Electoral (JCE) admite la solicitud del PRSC y su candidato Joaquín Balaguer, de permitir el voto observado de los electores que no aparecieran en el padrón. 1991. El presidente Joaquín Balaguer promulga la ley 10-91, que crea el Colegio Dominicano de Periodistas (CDP). 1998. El profesor Juan Bosch es condecorado por el gobierno francés con la Legión de Honor, en el grado de Gran Oficial. 2018. La Procuraduría General de la República confirma que investiga a los periodistas Danny Alcántara y Julio Martínez Pozo y sus familiares por sus presuntos vínculos con los sobornos pagados por la empresa Norberto Odebrecht, a través del empresario Ángel Rondón Rijo, para ser favorecida con obras del Estado. Internacionales: 973. Muere Otón I el grande, rey de Alemania y emperador romano. 1429. Aunque sus tropas se apoderan del acceso a la ciudad de Orléans, Juana de Arco resulta herida durante las acciones. 1848. Rebeldes polacos se rinden luego de que tropas prusianas sofocan una insurrección en Varsovia. 1856. Argentina y Brasil firman un pacto de amistad, comercio y navegación. 1915. Buques alemanes hunden el trasatlántico británico Lusitania frente a las costas de Irlanda causando la muerte de más de mil personas. 1939. Italia y Alemania anuncian la alianza político-militar conocida como el eje Berlín-Roma. 1943. Fuerzas aliadas se apoderan de Túnez y Bizereta y los alemanes se retiran al Cabo Bon durante la Segunda Guerra Mundial. 1945. Los alemanes se rinden ante las fuerzas aliadas. 1954. El ejército vietnamita, dirigido por el general Vo Nguyen Giap, derrota en la batalla de Dien Bien Phu, a las tropas francesas que ocupaban esa nación desde 1860. 1964. Pablo VI convoca en la Capilla Sixtina a una misa con artistas, y en su discurso final, subraya su íntima vinculación entre arte y religión, ofreciéndole a sus invitados una alianza de amistad. 1973. El Washington Post obtiene el premio Pulitzer por su investigación del escándalo Watergate. 1976. En Argentina, la ex presidente M." Es­tela Martínez de Perón y otros cola­boradores son oficialmente acusados de apropiarse de fondos pertenecien­tes al estado. 1999. El presidente de Guinea Bissau, Joao Bernardo Vieira, es depuesto por las fuerzas rebeldes luego de 19 años en el poder. 2001. El jefe del ejército argentino, teniente general Ricardo Brinzoni, reconoce que 22 detenidos políticos fueron fusilados en diciembre de 1976. 2002. Estados Unidos comunica a la Organización de las Naciones Unidas (ONU), su retirada definitiva del tratado fundacional de la Corte Penal Internacional. 2003. En Argentina, la Cámara Federal resuelve que los delitos conexos con los crímenes de lesa humanidad también son imprescriptibles. 2004. Es promulgada en Chile la nueva ley de matrimonio civil que permite el divorcio. 2008. El ministro de Gobierno ecuatoriano, Fernando Bustamante, acusa a las tropas colombianos de cometer "crímenes de lesa humanidad" cuando en marzo atacaron un campamento de las FARC en territorio ecuatoriano, al rematar a personas heridas y disparar por la espalda a otros. 2010. Laura Chinchilla Miranda se convierte en la primera mujer que goberna Costa Rica y cuyos principales retos serán el crecimiento económico, la generación de empleo, el combate a la inseguridad y el tráfico de drogas. 2011. Es efectuado en Ecuador el Referéndum constitucional y consulta popular, propuesto por el presidente Rafael Correa. 2020. La firma de comercio minorista Neiman Marcus se declara en quiebra golpeada por los estragos causados por el Covid-19 en su actividad, que ya arrastraba una deuda previa de 4,000 millones de dólares que precipitó esta reestructuración.

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miércoles, 24 de febrero de 2021

Miembros CC pueden ir a tribunal sin juicio político

Wanda Méndez
Santo Domingo, RD

Las actuaciones del minis­terio público contra fun­cionarios públicos y de órganos autónomos por presuntos delitos pena­les, no están supeditadas a la realización de un jui­cio político en el Congreso Nacional.

Los jueces eméritos del Tribunal Constitucional, Hermógenes Acosta de los Santos y Jottin Cury, junto al abogado constituciona­lista Namphi Rodríguez, coinciden en que no se viola ningún procedimien­to constitucional cuando el ministerio público abre una investigación penal a los miembros de la Cáma­ra de Cuentas (CC), por presuntos actos ilícitos, sin un juicio político previo.

Persecución penal

Acosta de los Santos expu­so que los miembros de la CC al igual que los jueces de las Altas Cortes y otros órganos constitucionales, pueden ser sometidos a un juicio político si come­ten una falta en el ejercicio de sus funciones. que en principio pudiera dar lu­gar a la destitución y a su vez derivar o no en perse­cuciones penales y civiles.

Aclaró que ese escenario es diferente a cuando hay una denuncia o una quere­lla por la comisión de algún delito o crimen, lo que pue­de dar lugar es a un proce­dimiento jurisdiccional es­pecial, y que en el caso de la Cámara de Cuentas, el alla­namiento se hizo en base a una orden emitida por una jueza de la Cámara Penal de la Suprema Corte.

No viola prcedimiento

Cury sostiene que no se vio­la ningún procedimiento constitucional cuando se hace un sometimiento de un funcionario directamen­te, sin previo juicio político.

Empero, percibe que el  único problema es que ya los miembros de la CC es­tán terminando su gestión, por lo que iniciar un juicio ahora ante la Suprema Cor­te no tiene ninguna utilidad práctica, porque tan pronto dejen de ser titulares de la institución van a tener que declinar el expediente a la jurisdicción ordinaria.

Indicó que existen las dos posibilidades: someterlos di­rectamente por delitos o irre­gularidades cometidas en el ejercicio de sus funciones, o mediante un juicio político que es para destituir al fun­cionario, y se formula me­diante acusación de la Cá­mara de Diputados ante el Senado, que lo puede poner a disposición de la justicia.

Privilegio de jurisdicción

Rodríguez sostiene tam­bién que si hubiese que es­perar un juicio político pa­ra someter a un funcionario por delitos penales no tu­viera sentido el privile­gio de jurisdicción, porque tan pronto son destituidos les corresponde la jurisdic­ción ordinaria. Indicó que la Constitución establece un procedimiento para juz­gar a los funcionarios pú­blico, que “consiste en que una persona que ha cometi­do un delito de carácter pe­nal puede ser juzgado en el  ejercicio de su función, sin ser destituido. El juicio po­lítico tiene otros causales de carácter constitucional”.

Sostiene que un funcio­nario que haya cometido un ilícito de carácter penal puede ser juzgado en pri­vilegio de jurisdicción, que tiene la ventaja de que no se va a establecer una cul­pa anticipada, porque se le va a mantener en su fun­ción hasta que se determine que existen suficientes ele­mentos para inducir a su culpabilidad, porque la des­titución sería una pena an­ticipada.

“El funcionario se juzga en ejercicio de su función para preservarle su dere­cho y su presunción de ino­cencia, si le destituimos pa­ra luego juzgarle, por una causal de carácter penal, pudiera ser que se dé la des­titución en el juicio político y luego los jueces penales determinen que es inocen­te, y eso crea un problema de derecho del procesado”, expresó. La ley 133-11 es­tablece el principio de inde­pendencia de las actuacio­nes del ministerio público, señalando que “desarrolla­rá sus atribuciones con in­dependencia funcional de los demás órganos del Esta­do, a los cuales no estará su­bordinado”.

 SEPA MÁS

Ministerio público.

La Constitución dispo­ne que el ministerio pú­blico es el órgano del sis­tema de justicia respon­sable de la formulación e implementación de la política del Estado con­tra la criminalidad, diri­ge la investigación penal y ejerce la acción públi­ca en representación de la sociedad. Le confie­re al MP autonomía fun­cional, administrativa y presupuestaria.

 

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