noticia principal

                                           

Efemérides

54Grado.com : Hoy es sabado 11 de julio del 2026 Faltan 173 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1302 cerca de Courtrai, tuvo lugar la llamada Batalla de las espuelas de oro. 1792 fundación de la ciudad de Manzanillo, Cuba. 1804 Aaron Burr hiere mortalmente en un duelo a pistola a Alexander Hamilton (político y escritor estadounidense), quien moriría al día siguiente. 1811 Italia: el científico italiano Amedeo Avogadro publica su ensayo sobre el contenido molecular de los gases. 1893 José Santos Zelaya López se convierte en presidente de Nicaragua por la revolución liberal. 1893 se da en Nicaragua la revolución liberal. 1907 fundación del Firmat Football Club, de la ciudad de Firmat, Argentina. 1921 Argentina: fundación de la ciudad de Río Grande, en Tierra del Fuego. 1966 En Inglaterra se da inicio la IX Copa Mundial 1975 descubrimiento arqueológico en Xi'an, China, de los Guerreros de terracota. 1978 accidente del camping de Los Alfaques en el municipio de Alcanar, provincia de Tarragona. 1979 en Australia se estrella la estación espacial Skylab; cae a la Tierra de manera incontrolada. 1987 según la ONU, hay cinco mil millones de personas en el mundo. 1991 Eclipse solar total. 1995 matanza de Srebrenica. Las tropas serbias asesinan a más de 8.000 civiles bosnios, entre ellos ancianos y niños. 1997 en el mar Caribe, al sudeste de la isla de Cuba, mueren 44 personas al caer un avión Antonov AN-24 de Cubana de Aviación. 2002 en la Isla de Perejil (España) un grupo de gendarmes marroquíes invade territorio español. Este hecho empeoró notablemente las relaciones entre estos dos países. 2006 en Bombay (India) explotan siete bombas. 2006 termina el soporte para Microsoft Windows 98. 2009 día de la desaparición óptica de los anillos de Saturno (cada 15 años). 2010 eclipse solar total que pudo ser visto en la Polinesia Francesa, en la Isla de Pascua y en América del Sur. 2010 la Selección Española de fútbol se proclama campeona del Mundial de fútbol de Sudáfrica. 2010 Un fuerte sismo de 6,9 grados en la escala sismológica de Richter sacude la ciudad chilena de Calama, sin dejar daños ni víctimas.

mausan y noticia en vivo

radio

El Tiempo

                                                      

Las Caliente Noticias

                                            Flag Counter

Buscar este blog


 


 


 

domingo, 12 de enero de 2020

Ley busca reducir impuestos a los dueños de viviendas lujosas

Lilian Tejeda
Santo Domingo, RD
En diciembre pasado fue aprobada por el Senado de la república una ley que tiene como propósito que se aplique una “considerable disminución” del Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) que pagan cada año los propietarios de viviendas suntuosas y solares urbanos no edificados.

En la actualidad se establece un impuesto de 1% sobre el patrimonio inmobiliario total de las personas físicas y en la nueva ley se propone que sea reducido a 0.25%. Esto representaría una reducción de 0.75%.
La nueva legislación, que modifica los artículos 1 y 3 de la “Ley No. 18-88 que establece un impuesto anual denominado "Impuesto sobre las Viviendas Suntuarias y los Solares Urbanos no Edificados", establece en su considerando cuarto que es necesario modificar el IPI para generar una mayor dinamización y estímulo al contribuyente en lo relativo al pago de este impuesto.
¿Cuáles son los bienes que están gravados?
Conforme a la ley 18-88 y sus modificaciones por las leyes 253-12 sobre el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible y 288-04 sobre Reforma Fiscal, las viviendas gravadas son las que su valor en conjunto, incluyendo el del solar donde estén edificados, sea superior a seis millones quinientos mil pesos (RD$6, 500,000).
También están gravados los solares urbanos no edificados y aquellos inmuebles no destinados a viviendas, incluyéndose los destinados a actividades comerciales, industriales y profesionales, pertenecientes a personas físicas, cuyo valor en conjunto sobrepase los seis millones quinientos mil pesos (RD$6,500,000).
El impuesto se pagará también cuando el valor en conjunto de los solares y viviendas en conjunto sobrepase el mondo indicado.
La ley 18-88 señala en uno de sus considerando que la creación de un impuesto que grave la vivienda suntuaria redundará en una mayor distribución de la riqueza y servirá para sustentar programas de viviendas a favor de las clases más necesitadas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario


Noticias 54

                             

Noticias