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Efemérides

54Grado.com : Hoy es viernes 25 de abril del 2025 . Faltan 250 días para el año 2026. tura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1809. El capitán general de Puerto Rico, Toribio Montes, despacha con destino a Santo Domingo un bergantín armado con catorce cañones, para secundar el movimiento a favor de España contra la dominación francesa, que dirigía Juan Sánchez Ramírez. 1843. El Padre de la Patria, Juan Pablo Duarte, dirige una reunión en la parroquia de Bayaguana, en su calidad de delegado de la Junta Popular de Santo Domingo, para escoger el Comité corresondiente a esa municipalidad. 1844. El general Juan Luis Pierrot, vencido el 30 de marzo en la ciudad de Santiago de los Caballeros, desconoce en Cabo Haitiano el gobierno del general Charles Riviere Herard y proclama la separación del Norte de Haití con el resto de su territorio. 1864. Las cuatro columnas españolas que se habían apoderado de San Cristóbal el día 21, regresan a sus cuarteles de la capital y Baní, cargando decenas de heridos y dejando muchos muertos en el camino. 1878. Muere el prócer de la Restauración y ex presidente de la República, Francisco Ulises Espaillat. 1933. Es promulgada una ley que obliga a los ciudadanos a respetar los símbolos patrios. 1937. El licenciado Joaquín Balaguer es nombrado con el decreto 1873, subsecretario de Estado de Relaciones Exteriores, en sustitución del profesor Telesforo R. Calderón. 1963. El Episcopado emite un comunicado en el que expresa su alarma por el contenido de la nueva constitución de la República "por la presencia de ideologías contrarias a Cristo, a la persona humana y a sus derechos, que siembran la agitación y el terrorismo". - En Haití, varios oficiales del ejército haitiano se asilan en la residencia del Embajador dominicano en Haití, provocando la presencia allí de militares de la vecina nación. 1965. Tropas constitucionalistas penetran sin oposición hasta el centro de la Capital, iniciándose movilizaciones populares, provocando la renuncia de los miembros del Triunvirato, siendo sustituidos por el doctor Rafael Molina Ureña. - Un grupo de militares forma el "Comando Militar Revolucionario", encabezado por los coroneles Vinicio A. Fernández Pérez, Giovanni Gutiérrez Ramírez, Francisco Alberto Caamaño Deñó y Eladio Ramírez Sánchez, entre otros. - Fuerzas conservadoras del ejército autodenominadas leales al depuesto régimen del Triunvirato, dirigidas por el general Elías Wessin y Wessin, tratan de contrarrestar el golpe de los constitucionalistas. 1984. Las autoridades informan que, como resultados de las protestas escenificadas en la capital y varias ciudades del interior, al menos 100 personas han perdido la vida, azuzadas por los aumentos de precios de varios artículos, al ser enfrentadas por tropas militares y policiales. 1991. El Cardenal Nicolás de Jesús López Rodríguez es elegido presidente del Consejo Episcopal Latinoamericano (CELAM), en su XXIII Asamblea Ordinaria celebrada en San Miguel, Argentina. 2016. El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Roberto Rosario, admite haber recibido presiones del embajador de Estados Unidos en el país, James Brewster, que incluían, el retiro de su visa de entrada al país norteamericano. 2019. La Corte Interamericana de Derechos Humanos reitera mediante resolución su competencia para conocer casos de República Dominicana relativos al derecho a la nacionalidad, en contra de una sentencia emitida por el Tribunal Constitucional dominicano en noviembre de 2014. - Autoridades dominicanas y haitianas firman una carta de entendimiento que permita eliminar la pesca ilegal, conservar los ecosistemas marítimos y aprovechar los recursos pesqueros de manera sostenible en la costa norte, específicamente en Montecristi y Tres Bahías, perteneciente a la vecina nación. 2023. El Poder Ejecutivo establece mediante el decreto 167-23, las pautas para convertir la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA) en una empresa pública, cuyo cambio de estatus se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 356 de la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana. 2024. La Oficina del Representante Comercial de EEUU, anuncia la eliminación de su Lista de Vigilancia, de la República Dominicana, tras 30 años de estar incluida, "por lograr avances significativos" en la observancia y la transparencia de la propiedad intelectual. - Luego de ocho horas de deliberaciones, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condena por decisión unánime, a 30, 20 y 15 años de prisión, a los acusados Alison de Jesús Pérez Mejía (Chiquito), Luis Brito Troncoso (Luisito) y Wesly Vincent Carmona ("El Dotolcito"), respectivamente, acusados de asesinar al joven Joshua Omar Fernández de un disparo en la cabeza. Internacionales: 1507. Se publica la obra de Gualtier Lud, "Cosmographie Introductivo" en que se propone por primera vez el nombre de América o América a las tierras descubiertas por Colón. 1534. Pedro de Alvarado termina la conquista de Guatemala. 1846. Se inicia la guerra entre México y Estados Unidos. 1898. El presidente de Estados Unidos, William McKinley, declara la guerra a España y ordena invasiones militares simultáneas a Cuba, Puerto Rico y Filipinas. 1920. El Supremo Comando Aliado asigna a Gran Bretaña el protectorado de la Mesopotamia y Palestina, y a Francia los de Siria y Líbano. 1927. Nace en el barrio de Viavélez, municipio de El Franco, Asturias, España, la escritora María del Socorro Tellado López, conocida como Corín Tellado, 1974. Se inicia en Portugal la llamada "Revolución de los claveles", en la que las Fuerzas Armadas toman el poder en un golpe de Estado incruento y cambian el régimen autoritario imperante por otro democrático. 1989. La Unión Soviética inicia la retirada parcial de sus fuerzas de Hungría. 1990. Violeta Chamorro toma posesión del poder como candidata de la coalición Unión Nacional Opositora (UNO), siendo la primera mujer presidenta del país dos meses después de derrotar al presidente sandinista Daniel Ortega en las elecciones del 25 de febrero del mismo año. 1993. Boris Yeltsin recibe un amplio respaldo a su presidencia y a su política económica y social en un referéndum celebrado en Rusia. 2007. La Cámara de Representantes aprueba un proyecto de ley que ordena iniciar la retirada de las tropas de EEUU en Irak desde octubre próximo, previendo además una asignación extraordinaria de US$124,000 millones para operaciones de tropas en ese país. - Se descubre el primer planeta extra solar más parecido a la Tierra en temperatura, tamaño y composición. 2008. En el condado de Hays, Texas, Estados Unidos, la policía detiene al gurú krisnaísta Prakashanand Sáraswati por abusar de menores en los años ochenta y noventa. 2010. El ex dictador panameño Manuel Antonio Noriega, es extraditado de Estados Unidos a Francia, para que purgue cuentas pendientes con la justicia francesa, por delito de lavado de dinero procedente del narcotráfico. 2013. Ecuador ingresa en la lista de Naciones Espaciales en el mundo, al poner en órbita su primer satélite en el espacio. - El presidente Barack Obama destaca el esfuerzo del ex mandatario republicano George W. Bush por poner al día la política migratoria de Estados Unidos, afirmando que el fracaso de su antecesor para resolver el tema abrió el camino a la reforma. 2015. En Nepal, unas 8.964 personas mueren y otras 17.868 resultan lesionados, por el terremoto de 7,8 grados en la escala abierta de Richter, el que también destruyó numerosos edificios y monumentos históricos. 2016. Fallece a la edad de 69 años de neumonía y gastroenteritis, el merenguero típico Tomás Santana de la Cruz, mejor conocido como El General Larguito. 2019. El presidente ruso, Vladímir Putin, se reúne por primera vez con el líder norcoreano Kim Jong-un, al que ofrece apoyo en su tenso pulso con Estados Unidos para la desnuclearización de la península coreana. 2020. El presidente estadounidense, Donald Trump, causa revuelo en el sector médico mundial, con su sugerencia para que los pacientes se inyecten desinfectantes para matar el patógeno covid-19. Anter la repulsa, el mandatario aclaró que se trató "de una pregunta sarcástica a los reporteros". 2022. El juez de la Corte Suprema de Manhattan, Nueva York, Arthur F. Engoron, declara en desacato al expresidente estadounidense Donald Trump, le impune una multa y entregar los documentos pedidos por la fiscalía general del estado, como parte de la investigación sobre sus transacciones financieras y las de su empresa. - El empresario sudafricano Elon Musk se convierte en el nuevo propietario de Twitter, luego de los accionistas de la red social, aceptar su oferta de compra, por valor de US$44,000 millones. 2023. El presidente de Colombia, Gustavo Petro, inaugura en Bogotá la Conferencia Internacional sobre el proceso político de Venezuela, evento en el que trazó una breve historia de la construcción democrática en América, enfatizando que la región no puede ser un espacio de sanciones, en referencia a los bloqueos impuestos por Estados Unidos a Venezuela, Cuba y Nicaragua. 2024. A escondidas y ante un público reducido, prestan juramento oficialmente en Palacio Nacional de Haití, los nueve miembros del Consejo Presidencial de Transición, integrado por Smith Agustín, Louis Gérald Gilles, Fritz Alfonso Jean, Edgard Leblanc Hijo, Laurent Saint-Cyr, Emmanuel Vertilaire, Leslie Voltaire, Régine Abraham y Frinel Joseph. - La Defensa Civil Palestina revela el descubrimiento de 10 cadáveres con las manos atadas, en fosas comunes en la Franja de Gaza, mientras otros 20 aún tenían tubos médicos conectados, por lo que sospecha haber sido enterrados vivos, incluidos niños.

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jueves, 19 de diciembre de 2024

Dominicana aplicará arancel a productos arroz EU y Nicaragua


 SANTO DOMINGO.- El Gobierno de la República Dominicana estableció una cuota preferencial de 23,300 toneladas métricas (TM) con 0% de arancel ad valorem para cuatro productos de arroz originarios de los Estados Unidos y Nicaragua, pero anunció que fuera de la misma aplicará el arancel “Nación Más Favorecida (NMF)”, equivalente a un 99% ad valorem.

Los productos involucrados en esta disposición son los que en el mundo aduanero y comercial se conocen como S.A. 1006.10.00, 1006.20.00, 1006.30.00 y 1006.40.00).

Estas decisiones están contenidas en un decreto, número 693-24, emitido este miércoles en la tarde por el presidente de la República, Luis Abinader, en momentos en que en República Dominicana hay preocupación por la inminente entrada del arancel cero previsto para enero, como parte del Tratado de Libre Comercio del DR-CAFTA (suscrito entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos).

En los considerandos del decreto, el Jefe del Estado resalta que el arroz constituye un alimento fundamental en la dieta de las familias dominicanas y un producto sensible cuya producción estable e ininterrumpida a nivel nacional resulta clave para garantizar la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional de la población.

“En esas atenciones, la República Dominicana debe preservar su capacidad productiva interna, a fin de garantizar el abastecimiento constante y seguro de alimentos para su población”, agrega.

Observa que “la afectación de la producción nacional de arroz impacta intereses esenciales del Estado dominicano, por lo que representa este producto en la estabilidad social y económica del país, particularmente en las veintiún provincias dedicadas a este cultivo”.

EL DECRETO

Textualmente el decreto presidencial dice lo siguiente:

 

“NÚMERO: 693-24

LUIS ABINADER PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DOMINICANA

CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República Dominicana en su artículo 54 configura a la seguridad alimentaria dentro de los derechos fundamentales de corte económico y social, estableciendo que “El Estado promoverá la investigación y la transferencia de tecnología para la producción de alimentos y materias primas de origen agropecuarios, con el propósito de incrementar la productividad y garantizar la seguridad alimentaria.”

CONSIDERANDO: Que, en línea con la citada disposición constitucional, la Ley 589-16, del 5 de julio de 2016, modificada por la Ley núm. 75-24, de fecha 2 de diciembre de 2024, que crea el Sistema Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (SINASSAN) en la República Dominicana, establece como principios la soberanía alimentaria y la protección e incentivo del mercado y la producción nacional, así como el deber de tutela del Estado sobre este derecho fundamental.

CONSIDERANDO: Que en su artículo 12 la Leynúm.589-16, crea el Consejo Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (CONASSAN), adscrito al Ministerio de la Presidencia, el cual funge como órgano rector y coordinador del SINASSAN, y responsable del Plan Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 8, numerales 1 y7, de la Ley núm.589-16, dentro de las funciones del SINASSAN se encuentra articular las iniciativas del país y canalizarlas en la formulación y aplicación de políticas orientadas al establecimiento de la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional de la población; así como dar seguimiento, monitorear y evaluar sistemáticamente el estado de la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional, adoptando o recomendando las medidas que considere necesarias.

CONSIDERANDO: Que asimismo el artículo 21, párrafo, de la Ley núm. 589-16, modificada por la Ley núm.75-24, faculta al CONASSAN a recomendar al presidente de la República, en materia de productos sensibles, la adopción de medidas especiales para garantizar la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional del país, cuyo propósito sea preservar los intereses esenciales del Estado en materia de seguridad, sustentada en estudios e informes de la Secretaría Técnica para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 17.2 de la Ley núm.589-16, agregado por la Ley núm. 75-24, para la recomendación de medidas especiales, en materia de productos sensibles, se deberán verificar las siguientes circunstancias: 1) Que el producto sea impactado o pueda ser impactado adversamente, en sus aspectos de carácter productivo, comercial, económico, laboral, sociales o internacionales; 2) Que se afecte o pueda afectar la seguridad alimentaria y nutricional del país o afecta o pueda afectar la soberanía alimentaria del país; y 3) Que se afecte o pueda afectar la seguridad económica y los intereses esenciales del Estado en materia de seguridad.

CONSIDERANDO:  Que, dentro de las medidas especiales que podrá recomendar CONASSAN al presidente de la República, según el artículo 17. 3 de la Ley núm. 589-16, agregado por la Ley núm. 75-24, se encuentra la aplicación del arancel NMF (Nación más favorecida) hacia el consolidado en la Organización Mundial del Comercio (OMC).

CONSIDERANDO: Que la Secretaría Técnica para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (SINASSAN) elaboró un Informe de Monitoreo de Tutela de Producto Sensible, en que abordan ciertos factores productivos, laborales, sociales, económicos e internacionales que inciden en la cadena del arroz en la República Dominicana.

CONSIDERANDO: Que el arroz constituye un alimento fundamental en la dieta de las familias dominicanas, constituyendo un producto sensible cuya producción estable e ininterrumpida a nivel nacional resulta clave para garantizar la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional de la población. En esas atenciones, la República Dominicana debe preservar su capacidad productiva interna, a fin de garantizar el abastecimiento constante y seguro de alimentos para su población.

CONSIDERANDO: Que la afectación de la producción nacional de arroz impacta intereses esenciales del Estado dominicano, por lo que representa este producto en la estabilidad social y económica del país, particularmente en las veintiún provincias dedicadas a este cultivo.

CONSIDERANDO: Que, en virtud del citado informe técnico, el CONASSAN adoptó la Resolución núm. 07-2024, del 6 de diciembre de 2024, mediante la cual recomienda al presidente de la República la adopción de medidas especiales en favor de la soberanía y seguridad alimentaria del país, en lo que respecta al arroz como producto sensible.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 589-16, del 5 de julio de 2016, que crea el Sistema Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional en la República Dominicana, modificada por la Ley 75-24, del 2 de diciembre de 2024.

VISTA: La Resolución núm. 2-95 del Congreso Nacional, del 20 de enero de 1995, que aprueba los Acuerdos en se incorporan los resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales, suscritos el 15 de abril de 1994, en Marrakech, por las Partes Contratantes del GATT, la cual crea la Organización Mundial del Comercio (OMC)

VISTA: La Resolución núm. 357-05 del Congreso Nacional, del 9 de septiembre de 2005, que aprueba el Tratado de Libre Comercio suscrito entre la República Dominicana, Centroamérica y los Estados Unidos de América (DR-CAFTA, por sus siglas en inglés).

VISTA: La Resolución núm. 696-16 del Congreso Nacional, del 16 de diciembre de 2016, que aprueba el Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech, por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (OMC).

VISTA: La Resolución núm. 07- 2024, emitido por el Consejo Nacional para la Soberanía y

Seguridad Alimentaria y Nutricional en la República Dominicana (CONASSAN), del 6 de diciembre de 2024.

En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se dispone aplicar a los productos de arroz (S.A. 1006.10.00, 1006.20.00, 1006.30.00 y 1006.40.00), el trato arancelario establecido en la Lista XXlll de República Dominicana ante la Organización Mundial del Comercio (OMC), que dispone un 20% ad valorem dentro del contingente y 99% ad valorem fuera de éste.

ARTÍCULO 2. Se establece una cuota preferencial de 23,300 Toneladas Métricas (TM) con 0% de arancel ad valorem para los productos de arroz (S.A. 1006.10.00, 1006.20.00, 1006.30.00 y 1006.40.00) originarios de los Estados Unidos de América, y fuera de esta cuota se aplicará el arancel Nación Más Favorecida (NMF), equivalente a un 99% ad valorem.

ARTÍCULO 3. Se aplicará el tratamiento arancelario NMF de 99% ad valorema los productos de arroz (S.A. 1006.10.00, 1006.20.00, 1006.30.00 y 1006.40.00) originarios de la República de Nicaragua.

ARTÍCULO 4. Las medidas adoptadas en el presente Decreto mantendrán su vigencia hasta tanto el Consejo Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (CONASSAN) recomiende lo contrario, basado en las consideraciones presentadas en un nuevo informe por la Secretaría Técnica de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutrición.

ARTÍCULO 5. El presente Decreto entrará en vigor a partir de su publicación en la GacetaOficial.

ARTÍCULO 6. Envíese a las instituciones correspondientes para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17 ) días del mes de diciembre del (2024); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.

LUIS ABINADER”

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