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54Grado.com : Hoy es viernes 30 de enero del 2026 . Faltan 335 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1494. Cristóbal Colón entrega a los delegados de los reyes católicos las memorias de su segundo viaje, en las que da cuanta de las prestezas de nuestras tierras para el cultivo de trigo y caña. 1802. El general francés Víctor Manuel Leclerc despacha desde Samaná 2,500 hombres hacia Bayajá bajo el mando del general Rochambeau, otros 3,000 hacia Puerto Príncipe al mando del general Boudet y 4,500 a Cabo Haitiano, 1000 hacia Santo Domingo bajo las órdenes del general Kerverseau y 1,000 hasta Santiago, al mando del general Ferrand. 1875. La Asamblea Nacional de Haití aprueba el tratado de frontera, previamente acogido por la parte dominicana. 1900. Es conformada una Junta Popular encargada de recabar fondos para pagar la deuda de 280.000 francos, reclamada por el cónsul de Francia en el país. 1903. Los gobiernos dominicano y estadounidense firman un protocolo mediante el cual se establece que la República Dominicana debía pagar a Estados Unidos US$4 millones,466 mil, como deuda pendiente a la Santo Domingo Import Company que controlaba los ingresos aduanales. 1943. Es promulgada la Ley Número 168, sobre Concesión de Pensiones del Estado, en la cual se especifica que ninguna persona podría percibir una pensión del Estado sino en virtud de una ley especial, en la cual se indicara el nombre del beneficiario. 1960. Agentes de seguridad del Estado, encabezados por el Director Nacional de Seguridad, coronel Johnny Abbes García, asesinan 27 jóvenes presos en la cárcel conocida como "La 40", los que se identificaban como los "Panfleteros de Santiago". 1962. Son reemplazados de 62 planteles los nombres de la familia Trujillo con los que habían sido designados. 1965. Es firmado en Puerto Rico el llamado Pacto de Río Piedras, consistente en un acuerdo político entre los partidos Revolucionario Dominicano (PRD) y Revolucionario Social Cristiano (PRSC), para luchar contra el Triunvirato, encabezado por el doctor Donald Reid Cabral. 1967. El presidente Joaquín Balaguer, juramenta al ex dirigente perredeísta Angel Miolán Reynoso, como secretario de Estado sin cartera y encargado de la Dirección General de Turismo, dignado mediante el decreto No. 927. Internacionales: 1500. El navegante Vicente Yáñez Pinzón descubre la desembocadura del río Amazonas. 1649. Es decapitado en Londres el rey Carlos I Estuardo 1820. El capital William Smith descubre el continente Antártico. 1929. El Gobierno ruso ordena la expulsión de León Trotsky, víctima de la lucha por el Poder contra Stalin, luego de la muerte de Lenin. 1933. Adolfo Hitler es nombrado canciller en la toma del poder gubernamental Machtergreifung del Tercer Reich. 1948. Mohandas Karamchand Gandhi, mejor conocido como Mahatma Gandhi, es asesinado por Vinayak Nathura Godse, un miembro de un grupo extremista hindú. 1962. La Organización de Estados Americanos (OEA) excluye a Cuba de su membresía. 1972. En Londonderry, Irlanda del Norte, soldados británicos disparan contra miles de manifestantes irlandeses, provocando la muerte de 14 personas, tragedia que se conoce como "Domingo Sangriento". 1984. El secretario de Estado de Estados Unidos, George Shultz, visita El Salvador y se entrevista con los seis candidatos a la Presidencia, a los que advierte que el Congreso estadounidense no aprobaría el aumento de la ayuda, si no disminuyen las violaciones de los derechos humanos. 1996. en el Estado indio de Assam, los separatistas bodos bombardean un tren de pasajeros y matan a 26 personas. 1998. El concejal español del Partido Popular (PP) Alberto Jiménez-Becerril y su esposa Ascensión García mueren asesinados por la banda terrorista ETA 2000. Mueren 159 de las 169 personas que iban a bordo de un Airbus A310 de Kenya Airways que cayó al mar frente a Costa de Marfil. 2005. Los iraquíes acuden a las urnas para participar en las primeras elecciones celebradas en esa nación, luego del derrocamiento del presidente Sadam Husseim. 2006. Los ministros de Exteriores de la Unión Europea se reúnen en Bruselas para consensuar una postura común tras la victoria de Hamas en las legislativas palestinas. 2009. El pueblo iraní toma las calles del país para repudiar los actos violentos ocurridos el 27 de diciembre y manifestar su apoyo a la República Islámica y al Líder de la Revolución Islámica, el ayatolá Seyed Ali Jamenei. 2016. Fallece a la edad de 56 años, el ex presidente salvadoreño Francisco Flores, en el hospital donde permanecía ingresado tras sufrir un derrame cerebral, durante el proceso judicial en el que hallaba envuelto por corrupción. 2017. El presidente estadounidense Donald Trump despide a la Fiscal General Sally Yates, después de ésta negarse a hacer cumplir la orden que prohíbe la entrada de todos los ciudadanos de Irán, Irak, Siria, Libia, Somalia, Sudán y Yemen a los Estados Unidos. 2019. El primer ministro italiano, Giuseppe Conte, advierte a la comunidad internacional que "no es prudente" apoyar a una de las partes enfrentadas en la crisis de Venezuela y opina que una actitud "invasiva" generaría más división en el mundo. 2020. Una corte de apelaciones absuelve sin explicaciones al cardenal francés Philippe Barbarín, arzobispo de Lyon, acusado de encubrir el abuso sexual de menores en su diócesis. El cardenal había sido condenado en primera instancia a seis meses de prisión en suspenso por encubrir los abusos de un cura depredador que se remontaban a la década de 1970. 2022. El presidente salvadoreño Nayib Bukele, ha mantenido en silencio frente a la petición del FMI a que "le quite el estado de moneda de curso legal" a la criptomoneda bitcóin, la que desde hace cuatro meses es el método de pago junto al dólar estadounidense. 2023. Al menos cien muertos, en su mayoría funcionarios de la Policía, fue el desenlace del atentado suicida cometido contra una mezquita en el noroeste paquistaní, tenido como uno de los peores hechos contra las fuerzas de seguridad en ese país. - La oposición en México lanza una nueva plataforma política llamada "Colectivo por México", para enfrentar al partido Morena, del presidente Andrés Manuel López Obrador, en la antesala de la elección presidencial y legislativa de 2024. 2024. En Haití, el juez de Instrucción Walther Wesser Voltaire, emite una orden de arresto contra la ex primera dama Martine Moise, viuda del expresidente Jovenel Moise, asesinado en julio de 2021 en su residencia, cuyo magnicidio ha dejado un vacío de poder que agrava la convulsa situación política y económica del país. -El presidente de Kenia, William Ruto, informa que seguirá adelante con sus planes para liderar la misión de seguridad aprobada por el Consejo de Seguridad de la ONU en Haití, a pesar de un tribunal bloquear el despliegue.

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jueves, 19 de diciembre de 2024

Dominicana aplicará arancel a productos arroz EU y Nicaragua


 SANTO DOMINGO.- El Gobierno de la República Dominicana estableció una cuota preferencial de 23,300 toneladas métricas (TM) con 0% de arancel ad valorem para cuatro productos de arroz originarios de los Estados Unidos y Nicaragua, pero anunció que fuera de la misma aplicará el arancel “Nación Más Favorecida (NMF)”, equivalente a un 99% ad valorem.

Los productos involucrados en esta disposición son los que en el mundo aduanero y comercial se conocen como S.A. 1006.10.00, 1006.20.00, 1006.30.00 y 1006.40.00).

Estas decisiones están contenidas en un decreto, número 693-24, emitido este miércoles en la tarde por el presidente de la República, Luis Abinader, en momentos en que en República Dominicana hay preocupación por la inminente entrada del arancel cero previsto para enero, como parte del Tratado de Libre Comercio del DR-CAFTA (suscrito entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos).

En los considerandos del decreto, el Jefe del Estado resalta que el arroz constituye un alimento fundamental en la dieta de las familias dominicanas y un producto sensible cuya producción estable e ininterrumpida a nivel nacional resulta clave para garantizar la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional de la población.

“En esas atenciones, la República Dominicana debe preservar su capacidad productiva interna, a fin de garantizar el abastecimiento constante y seguro de alimentos para su población”, agrega.

Observa que “la afectación de la producción nacional de arroz impacta intereses esenciales del Estado dominicano, por lo que representa este producto en la estabilidad social y económica del país, particularmente en las veintiún provincias dedicadas a este cultivo”.

EL DECRETO

Textualmente el decreto presidencial dice lo siguiente:

 

“NÚMERO: 693-24

LUIS ABINADER PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DOMINICANA

CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República Dominicana en su artículo 54 configura a la seguridad alimentaria dentro de los derechos fundamentales de corte económico y social, estableciendo que “El Estado promoverá la investigación y la transferencia de tecnología para la producción de alimentos y materias primas de origen agropecuarios, con el propósito de incrementar la productividad y garantizar la seguridad alimentaria.”

CONSIDERANDO: Que, en línea con la citada disposición constitucional, la Ley 589-16, del 5 de julio de 2016, modificada por la Ley núm. 75-24, de fecha 2 de diciembre de 2024, que crea el Sistema Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (SINASSAN) en la República Dominicana, establece como principios la soberanía alimentaria y la protección e incentivo del mercado y la producción nacional, así como el deber de tutela del Estado sobre este derecho fundamental.

CONSIDERANDO: Que en su artículo 12 la Leynúm.589-16, crea el Consejo Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (CONASSAN), adscrito al Ministerio de la Presidencia, el cual funge como órgano rector y coordinador del SINASSAN, y responsable del Plan Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 8, numerales 1 y7, de la Ley núm.589-16, dentro de las funciones del SINASSAN se encuentra articular las iniciativas del país y canalizarlas en la formulación y aplicación de políticas orientadas al establecimiento de la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional de la población; así como dar seguimiento, monitorear y evaluar sistemáticamente el estado de la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional, adoptando o recomendando las medidas que considere necesarias.

CONSIDERANDO: Que asimismo el artículo 21, párrafo, de la Ley núm. 589-16, modificada por la Ley núm.75-24, faculta al CONASSAN a recomendar al presidente de la República, en materia de productos sensibles, la adopción de medidas especiales para garantizar la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional del país, cuyo propósito sea preservar los intereses esenciales del Estado en materia de seguridad, sustentada en estudios e informes de la Secretaría Técnica para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 17.2 de la Ley núm.589-16, agregado por la Ley núm. 75-24, para la recomendación de medidas especiales, en materia de productos sensibles, se deberán verificar las siguientes circunstancias: 1) Que el producto sea impactado o pueda ser impactado adversamente, en sus aspectos de carácter productivo, comercial, económico, laboral, sociales o internacionales; 2) Que se afecte o pueda afectar la seguridad alimentaria y nutricional del país o afecta o pueda afectar la soberanía alimentaria del país; y 3) Que se afecte o pueda afectar la seguridad económica y los intereses esenciales del Estado en materia de seguridad.

CONSIDERANDO:  Que, dentro de las medidas especiales que podrá recomendar CONASSAN al presidente de la República, según el artículo 17. 3 de la Ley núm. 589-16, agregado por la Ley núm. 75-24, se encuentra la aplicación del arancel NMF (Nación más favorecida) hacia el consolidado en la Organización Mundial del Comercio (OMC).

CONSIDERANDO: Que la Secretaría Técnica para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (SINASSAN) elaboró un Informe de Monitoreo de Tutela de Producto Sensible, en que abordan ciertos factores productivos, laborales, sociales, económicos e internacionales que inciden en la cadena del arroz en la República Dominicana.

CONSIDERANDO: Que el arroz constituye un alimento fundamental en la dieta de las familias dominicanas, constituyendo un producto sensible cuya producción estable e ininterrumpida a nivel nacional resulta clave para garantizar la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional de la población. En esas atenciones, la República Dominicana debe preservar su capacidad productiva interna, a fin de garantizar el abastecimiento constante y seguro de alimentos para su población.

CONSIDERANDO: Que la afectación de la producción nacional de arroz impacta intereses esenciales del Estado dominicano, por lo que representa este producto en la estabilidad social y económica del país, particularmente en las veintiún provincias dedicadas a este cultivo.

CONSIDERANDO: Que, en virtud del citado informe técnico, el CONASSAN adoptó la Resolución núm. 07-2024, del 6 de diciembre de 2024, mediante la cual recomienda al presidente de la República la adopción de medidas especiales en favor de la soberanía y seguridad alimentaria del país, en lo que respecta al arroz como producto sensible.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.

VISTA: La Ley núm. 589-16, del 5 de julio de 2016, que crea el Sistema Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional en la República Dominicana, modificada por la Ley 75-24, del 2 de diciembre de 2024.

VISTA: La Resolución núm. 2-95 del Congreso Nacional, del 20 de enero de 1995, que aprueba los Acuerdos en se incorporan los resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales, suscritos el 15 de abril de 1994, en Marrakech, por las Partes Contratantes del GATT, la cual crea la Organización Mundial del Comercio (OMC)

VISTA: La Resolución núm. 357-05 del Congreso Nacional, del 9 de septiembre de 2005, que aprueba el Tratado de Libre Comercio suscrito entre la República Dominicana, Centroamérica y los Estados Unidos de América (DR-CAFTA, por sus siglas en inglés).

VISTA: La Resolución núm. 696-16 del Congreso Nacional, del 16 de diciembre de 2016, que aprueba el Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech, por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (OMC).

VISTA: La Resolución núm. 07- 2024, emitido por el Consejo Nacional para la Soberanía y

Seguridad Alimentaria y Nutricional en la República Dominicana (CONASSAN), del 6 de diciembre de 2024.

En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se dispone aplicar a los productos de arroz (S.A. 1006.10.00, 1006.20.00, 1006.30.00 y 1006.40.00), el trato arancelario establecido en la Lista XXlll de República Dominicana ante la Organización Mundial del Comercio (OMC), que dispone un 20% ad valorem dentro del contingente y 99% ad valorem fuera de éste.

ARTÍCULO 2. Se establece una cuota preferencial de 23,300 Toneladas Métricas (TM) con 0% de arancel ad valorem para los productos de arroz (S.A. 1006.10.00, 1006.20.00, 1006.30.00 y 1006.40.00) originarios de los Estados Unidos de América, y fuera de esta cuota se aplicará el arancel Nación Más Favorecida (NMF), equivalente a un 99% ad valorem.

ARTÍCULO 3. Se aplicará el tratamiento arancelario NMF de 99% ad valorema los productos de arroz (S.A. 1006.10.00, 1006.20.00, 1006.30.00 y 1006.40.00) originarios de la República de Nicaragua.

ARTÍCULO 4. Las medidas adoptadas en el presente Decreto mantendrán su vigencia hasta tanto el Consejo Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (CONASSAN) recomiende lo contrario, basado en las consideraciones presentadas en un nuevo informe por la Secretaría Técnica de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutrición.

ARTÍCULO 5. El presente Decreto entrará en vigor a partir de su publicación en la GacetaOficial.

ARTÍCULO 6. Envíese a las instituciones correspondientes para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17 ) días del mes de diciembre del (2024); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración.

LUIS ABINADER”

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