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Efemérides

54Grado.com : Hoy es miércoles 22 de octubre del 2025 . Faltan 70 días para el año 2026. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1844. Los miembros de la comisión redactora de la primera Constitución de República, diputados por Azua, Vicente Mancebo y Buenaventura Báez, Manuel María Valencia, por Santo Domingo, Julián de Aponte, por El Seybo y Andrés Rosón, por Baní, firman en San Cristóbal el proyecto que presentaron a la Asamblea Nacional para su debate. 1848. La República Dominicana y la República Francesa inician sus relaciones diplomáticas y consulares. 1872. Fallece en Jacmel, Haiti, el general Marcos Evangelista Adón, héroe de la Restauración. 1914. Es instituido en el país mediante la ley 5353, la figura jurídica del recurso de Habeas Corpus. 1922. Es electo presidente provisional de la República el empresario Juan B. Vicini Burgos y puesto en libertad el luchador contra la invasión de EEUU, Gregorio Urbano Gilbert. 1998. Las Bibliotecas Nacionales dominicana y haitiana firman un acuerdo de cooperación, intercambiando todo tipo de materiales, monografías, publicaciones y otros materiales. 2006. Muere durante un viaje de Chile a Boston, el dominicano Nelson de la Rosa, considerado por el libro de récord Guinnes como el hombre más pequeño del mundo, quien media menos de tres metros de estatura. 2007. El país inicia relaciones diplomáticas y consulares con las repúblicas de Uganda y Bahréin. 2009. La Asamblea Nacional Revisora da por concluida la segunda lectura del nuevo proyecto de reforma constitucional, promulgada el 26 de enero (natalicio de Juan Pablo Duarte) de 2010. 2014. La Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) condena el país, mediante sentencia, ordenándole desconocer la aplicación de la Sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional y toda norma constitucional, legal y reglamentaria de la nacionalidad de descendientes haitianos. Internacionales: 1625. Los españoles, al mando de Juan de Amézcua, obligan a los holandeses a evacuar la ciudad de San Juan de Puerto Rico. 1751. Muere Guillermo IV de Orange-Nassau, noble holandés y príncipe de Orange. 1797. Se produce el primer descenso en paracaídas a cargo de Andrés Jacques Garnerin que saltó desde un globo aerostático sobre el Parque Monceau de París. 1814. En Apatzingán, México, es promulga la primera constitución del país. 1881. Se produce el primer concierto de la Orquesta Sinfónica de Boston. 1945. El general Juan Domingo Perón sube al poder en Argentina. 1961. En Berlín, carros de combate norteamericanos toman posiciones en el lado occidental de las dos Alemania. Días después, aparecen también tanques soviéticos en la Alemania del Este. 1962. El presidente de Estados Unidos John F. Kennedy impone a Cuba un bloqueo naval para evitar que los barcos rusos lleven a la isla misiles de alcance medio y otras armas. 1973. Muere el destacado maestro de la música clásica don Pablo Casals. 2001. El gobierno Talibán de Afganistán acusa a las fuerzas de Estados Unidos de matar a más de 100 personas en un hospital durante una de sus incursiones, y de usar armas químicas y biológicas. 2006. Los panameños aprueban en referéndum la ampliación de su canal interoceánico. 2013. El papa Francisco expulsa temporalmente de su diócesis de Limburg, al obispo alemán Franz-Peter Tebartz-van Elst, debido a un escándalo sobre un proyecto de 31 millones de euros para construir una nueva residencia y otras renovaciones. 2014. Un joven radicalizado asesina en Ottawa a un militar antes de asaltar el Parlamento canadiense, donde fue abatido por la policía. 2019. "Hemos escuchado fuerte y clara la voz de las chilenas y chilenos", afirma el presidente Sebastián Piñera, previo a anunciar una serie de medidas para atender los reclamos de las manifestaciones en el país, que incluyen modificaciones a las pensiones y las tarifas eléctricas. - El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, afirma desconocía que el Ejército llevaría a cabo un operativo para capturar a Ovidio Guzmán, hijo de Joaquín "el Chapo" Guzmán, antes de que se produjera y luego dejado en libertad. - El Pentágono confirma en un comunicado, el asesinato del líder de Al Qaida, Abdul Hamid al-Matar, durante un ataque aéreo con un dron de Estados Unidos, en el noroeste de Siria. 2023. El ministro de Defensa israelí, Yoav Gallant, proclama ante los miembros del alto mando de la Fuerza Aérea del país, que la ofensiva terrestre de las Fuerzas de Defensa en la Franja de Gaza "continuará hasta que el movimiento Hamás sea erradicado, "por la sencilla razón de que después de ella no habrá Hamás". 2024. Las Fuerzas de Defensa de Israel (FDI) confirman haber asesinado a Hashem Safieddine, el alto cargo de Hezbolá y supuesto sucesor del asesinado líder del grupo, Hassan Nasrallah, en un ataque junto a otros comandantes del grupo, incluido el jefe del cuartel general de inteligencia de Hezbolá, Hossein Ali al-Zima.

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jueves, 28 de julio de 2022

La prueba del ilícito tiene que estar clara para emitir sentencia

Wanda Méndez
Santo Domingo, RD.

La  pérdida de la propiedad mediante sentencia definitiva o extinción de dominio solo podrá ser declarada por un tribunal cuando se pruebe que existe  un hecho ilícito vinculado con el bien perseguido y la ausencia de buena fe en su adquisición.  

Estos son los dos elementos a tomar en cuenta en una acción penal de extinción de dominio, en virtud del artículo 5 de la nueva ley aprobada por el Congreso Nacional, los que deben ser demostrados en el juicio por el Ministerio Público, que  puede presentar la acción de oficio o por denuncia. 

“Las pruebas aportadas por el  Ministerio Público deberán ser las que  sirvan, primordialmente, para acreditar la existencia de un hecho ilícito y su vinculación con los bienes objeto de la acción de extinción de dominio…”, indica la ley en el artículo 62. 

Mientras, para demostrar la licitud del bien, el afectado podrá acreditar la no existencia del hecho ilícito, la procedencia lícita de los bienes, que ha actuado de buena fe, y los daños morales, materiales y su cuantificación que le pueda haber provocado la adopción de medidas cautelares o provisionales que hayan sido impuestas,  a fin de solicitar la indemnización correspondiente.   

La extinción de dominio está definida en la ley como la pérdida del dominio declarada mediante sentencia definitiva sobre un bien cuando el Ministerio Público logre probar su vinculación con algún hecho  ilícito  y demuestre  la ausencia de buena fe en quienes aleguen derechos.  
Agrega que esto implica “su traspaso a favor del Estado sin contraprestación o compensación alguna, y siempre respetando a los terceros acreedores de buena fe”.   

La legislación señala  una  lista  de  actuaciones indebidas que son susceptibles de extinción de dominio, entre estas figuran el tráfico ilícito de drogas, de órganos, de armas y de seres humanos; cualquier infracción relacionada con el terrorismo, la trata de personas, pornografía infantil, secuestro, extorsión,  estafa contra el Estado y otros delitos cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones. 

También el soborno trasnacional, contrabando, testaferrato, sicariato, enriquecimiento no justificado, crímenes y delitos de alta tecnología, entre otros. 

Principio de buena fe 
La buena fe,  según el artículo 14,  se presume  en todo acto o negocio jurídico relacionado con la adquisición o destinación de los bienes.  

Si no se prueba el hecho indebido y la mala fe, la ley dispone que el tribunal rechazará la solicitud de extinción de dominio y ordenará la devolución de los bienes que hayan sido objeto de medida cautelar o provisional, a quienes hayan probado derechos legítimos. 

También contempla que el juez puede imponer una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la indisponibilidad de los bienes de que fue objeto el afectado. Y si fueron vendidos, ordenará el pago del valor. 

En tanto, la sentencia que acoja la acción, adjudicará  los bienes a favor del Estado. La ley  establece que los bienes ingresarán al patrimonio público. 
 
Bienes abandonados  
Los bienes abandonados pueden ser pasible de un proceso de extinción de dominio, cuando no se sepa quién es el propietario o nadie a acuda a reclamarlos en un plazo de 90 días a partir de la última publicación en tres periódicos de circulación nacional. 

Además, contempla acuerdos entre el Ministerio Público y el propietario de los bienes ilícitos, por lo cual quien colabore puede ser retribuido con hasta el 3 por ciento del valor de los bienes.

 

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