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Efemérides

54Grado.com : Hoy es Domingo 7 de diciembre del 2025 . Faltan 25 días para el año 2026. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1703 entre el 5 y el 9 de diciembre («24 a 28 de noviembre» según el calendario juliano vigente en esas fechas en Europa) en las Islas británicas se produce la Gran Tormenta de 1703 ―la más violenta registrada en la Historia de la región―. Comenzó el 5 de diciembre, abarcando un área de 500 km de anchura, desde Gales, el centro y el sur de Inglaterra, el mar del Norte, los Países Bajos y el norte de Alemania. Se informaron tornados. El periodista y escritor británico Daniel Defoe (autor de Robinson Crusoe) escribió que fue «la más terrible tormenta que haya visto el mundo». Se hundieron muchos barcos de las flotas de guerra neerlandesas y británicas, con centenares de ahogados. En muchos lugares se produjeron marejadas ciclónicas. Las inundaciones generadas ahogaron a un número indeterminado de personas (entre 8000 y 15 000). 1732 en el barrio de Covent Garden (Londres) se inaugura la Royal Opera House. 1760 en Venezuela, el fraile capuchino Lucas de Zaragoza funda la localidad de Maturín. 1787 en Estados Unidos, el estado de Delaware es el primero que ratifica la constitución. 1848 en Costa Rica se funda el cantón de San José. 1895 los etíopes derrotan al ejército invasor italiano en Ambia Alagi. 1917 en Argentina se funda la ciudad de El Calafate (ciudad donde se encuentra el glaciar Perito Moreno). 1933 a 400 km al noroeste de Asunción y 60 km al norte de la frontera con Argentina, comienza el Cerco de Campo Vía, que terminará cuatro días después, en que el ejército paraguayo vencerá al ejército boliviano. 1941 en Hawái, la Marina Imperial Japonesa lanza su ataque a Pearl Harbor. 1943 en Trento (Italia), Chiara Lubich funda el Movimiento de los Focolares. 1953 dimite el jefe de gobierno israelí David Ben-Gurión. 1966 Siria pide el derribamiento del rey Hussein de Jordania. 1983 en el aeropuerto de Madrid-Barajas (Madrid), un accidente aéreo deja 93 muertos. 1987 en Lima (Perú) sucede la Tragedia aérea de Alianza Lima. 1988 en Armenia ocurre el terremoto de Spitak, que destruye varias ciudades y causa más de 70.000 muertos. 1991 la URSS firma un tratado y pasa a llamarse Rusia. 1995 la sonda atmosférica de la misión Galileo penetra en la atmósfera del planeta Júpiter. 1997 Último campeonato del equipo Cruz Azul en el fútbol mexicano. 2001 lanzamiento del satélite artificial TIMED, dedicado al estudio de las capas altas de la atmósfera. 2003 en Uruguay se realiza un referéndum de ANCAP, en el que ganará el voto positivo. 2005 en el Aeropuerto Internacional de Miami, un grupo de policías federales matan a tiros al pasajero costarricense Rigoberto Alpízar, quien dijo tener una bomba, lo que resultó no siendo cierto.

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sábado, 18 de septiembre de 2021

Tribunal Constitucional establece modelo virtual en la justicia debe aprobarse por ley

Wanda Méndez
Santo Domingo RD

El Tribunal Constitucional estableció, mediante sentencia,  que el uso de la tecnología para instaurar la modalidad virtual en el servicio judicial  debe regularse por vía legislativa y como resultado del  consenso que se genera  en el Congreso Nacional alrededor de las leyes.

Determinó  que el  Consejo del Poder Judicial (CPJ) rebasó su ámbito de competencia al dictar la resolución  007-2020, que estableció el Protocolo para Manejo de Audiencias Virtuales, la cual anuló, por tratarse  de asuntos de naturaleza judicial, procesal y jurisdiccional que deben ser regulados por ley.

Indicó que el CPJ puede hacer las propuestas de modificaciones legislativas que le autoriza el numeral 8, del artículo 8, de su ley orgánica 28-11,  vía la Suprema Corte de Justicia (SCJ).     

 “Lo reprochable, en este caso, no es que se acuda al uso de la tecnología para hacer más eficiente el servicio de justicia e incluso la labor jurisdiccional, sino que se haya realizado mediante una normativa emanada de un órgano sin competencia para su dictado y mediante un mecanismo normativo que, no necesariamente, es el exigido por la Constitución para regular este tipo de materias”,  argumentó.

Señaló que mediante la resolución 007.2020, del 2 de junio del año 2020,  el Consejo del Poder Judicial ha diseñado un nuevo modelo de juicio adaptando las reglas propias del juicio tradicional con la presencia física e inmediata de todos los actores por un modelo virtual, a través del uso de plataformas tecnológicas.

Ese criterio está contenido en las motivaciones de la sentencia TC-0286-21, publicada el 14 de septiembre del 2021, mediante la cual el Constitucional anuló  la resolución  007-2020, que creó  el protocolo para el manejo de  audiencias virtuales;  la resolución 006-2020 sobre declaración de normas y principios del Servicio judicial,  y varios artículos de la resolución  004-2020,  que instituyó el plan de continuidad de las labores del Poder Judicial, las cuales fueron dictadas por el Consejo del Poder Judicial en el 2020 para regular el servicio  durante el estado de emergencia a causa de la  pandemia de covid 19. El dispositivo de ese fallo fue divulgado el 5 de agosto en un comunicado.

“Si bien con el dictado de tales resoluciones, el Consejo del Poder Judicial perseguía un fin constitucionalmente válido [proteger el derecho a la salud de los jueces, servidores judiciales y de los usuarios del sistema de justicia en general (artículo 61 de la Constitución)], lo cierto es que no utilizó el medio idóneo para la consecución de tales fines”, precisó el TC.

Reiteró el precedente asentado en la sentencia TC- 268/20,  de que el CPJ “no es competente para normar en asuntos fuera de lo relativo a lo  estrictamente presupuestario, administrativo, financiero y de capital humano del Poder Judicial, siendo en este caso evidente que la normativa atacada rebasa el referido ámbito competencial por tratarse de asuntos de naturaleza judicial, procesal y jurisdiccional.”

 

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