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54Grado.com : Hoy es jueves 16 de abril del 2026. Faltan 259 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1863. Son fusilados en Santiago los patriotas Eugenio Perdomo, Ambrosio de la Cruz, el comandante Vidal Pichardo y Pedro Ignacio Espaillat, acusados por el Gobierno colonial español de dirigir un movimiento contra la anexión. 1961. Tras intento de desembarco por playa Girón, en la Bahía de Cochinos, el presidente cubano, Fidel Castro, declara el carácter socialista de la revolución que le había llevado al poder en enero de 1959. 1966. El expresidente Joaquín Balaguer, en su calidad de líder y candidato presidencial del Partido Reformista, presenta al electorado el programa de gobierno que dijo desarrollaría en el cuatrienio 1966-1970. 1970. Faltando un mes para el proceso electoral de mayo, el presidente Joaquín Balaguer toma una licencia para dedicarse a tiempo completo a promover su reelección, siendo sustituido por el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Manuel Ramón Ruiz Tejada. 1973. Muere a la edad de 96 años la señora Carmen Celia Ricardo Heureaux viuda Balaguer, madre del entonces presidente Joaquín Balaguer. 2007. La Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís condena a 20 años de cárcel al general retirado Joaquín Antonio Pou Castro y a 30 al excabo Mariano Cabrera Durán y al civil Rafael Alfredo Lluberes Ricart (Lluberito), por su participación en el asesinato del periodista Orlando Martínez, ocurrido el 17 de marzo de 1975. 2010. Fallece a la edad de 97 años don Ángel Miolán, exsenador, fundador del Partido Revolucionario Dominicano y considerado padre del turismo dominicano. 2015. El Tribunal Constitucional (TC) hace pública su decisión de declarar nulo el artículo 35 de la Ley de Divorcio, que establece que la mujer no podrá volver a casarse sino 10 meses después que este sea definitivo, a menos que su nuevo marido sea el mismo de quien se ha separado. 2019. La Octava Sala Penal del Distrito Nacional condena al periodista Álvaro Arvelo (hijo) a la pena de tres meses de prisión suspendida y al pago de RD$1.5 millones, por afirmar que las letras de la emblemática canción "Por Amor" no fueron escritas por el compositor Rafael Solano, sino por el también autor Manuel Troncoso. 2020. El Ministerio de Salud Pública dispone la obligatoriedad del uso de mascarillas para todos los ciudadanos que se movilicen durante el aislamiento social, como medida clave para evitar el contagio de la COVID-19 y frenar la propagación del nuevo coronavirus. -España registra un repunte en los contagios por coronavirus con 5,183 casos nuevos, la cifra más alta desde el pasado 9 de abril, sumando 182,816, un 2.9 % más en un día, mientras los fallecidos alcanzan los 551 en las últimas 24 horas, con lo que el total asciende a 19,130. 2023. El Poder Ejecutivo instruye a la Dirección General de Migración para que impida la entrada al territorio a más de 30 ciudadanos haitianos, entre estos el exprimer ministro Claude Joseph y 12 líderes de pandillas, a los que considera constituyen "una amenaza" para los intereses e instituciones de la República. -El Tribunal Constitucional declara inadmisible un recurso de revisión de amparo interpuesto por un grupo de personas y una empresa que reclaman ser resarcidos económicamente por su presunta condición de parceleros y terceros adquirientes de porciones de terrenos de Bahía de las Águilas. Internacionales. 1061. En España tiene lugar un matrimonio entre dos hombres, Pedro Díaz y Muñoz Vandilaz, cuyo acto se llevó a cabo en el municipio gallego Rairiz de Veiga. 1502. Américo Vespucio descubre las islas que luego los marinos llamarían Malouines (Malvinas). 1521. Martín Lutero arriba a la Dieta de Worms para defender sus 95 tesis. 1854. Un terremoto destruye la ciudad de San Salvador, por lo que la capital hubo de ser trasladada de forma provisional a Cojutepeque. 1917. Lenin retorna a Rusia luego de años de exilio para empezar la revolución. al llegar expone las "Tesis de Abril", en las que declara que los bolcheviques no apoyarían al Gobierno Provisional. 1927. Nace en Marktl am Inn, Nassau, Alemania, el sacerdote Joseph Ratzinger, quien el 19 de abril del 2005 se convirtió en el papa Benedicto XVI hasta su renuncia el 28 de febrero de 2013. 1948. Muere Babe Ruth, uno de los beisbolistas más destacados de los Estados Unidos. 1961. Fidel Castro declara la isla de Cuba República Democrática Socialista, en una alocución al pueblo cubano, tras derrotar a los participantes en la invasión de Bahía de Cochinos. 1984. Alrededor de 1,300,000 personas se manifiestan en Sao Paulo para pedir el restablecimiento de elecciones democráticas en Brasil. 2006. La Asamblea General de las Naciones Unidas vota por unanimidad el establecimiento del Consejo de Derechos Humanos. 2007. El estudiante surcoreano de la universidad de Virginia Tech, Cho Seung-hui, de 23 años, mata a 33 compañeros, hiere a otros 29 y luego se suicida. 2008. Dos tiroteos en la Universidad Politécnica de Virginia, EE. UU., dejan 33 muertos, incluido el agresor, quien, según las autoridades, se suicidó. 2014. El naufragio de un barco de pasajeros registrado frente a la costa suroeste de Corea del Sur provoca la desaparición de por lo menos 300 estudiantes, siendo esta tragedia una de las más importantes registradas en la zona Asia-Pacífico en los últimos cinco años. 2015. Una red de contrabando de alto nivel dirigida por el secretario privado de la vicepresidenta de Guatemala es descubierta por la Comisión Internacional contra la Impunidad de esa nación centroamericana. 2017. Chile anuncia el retiro de sus tropas destacadas en Haití, tras 13 años de formar parte de la misión de paz multinacional conformada en 2004 por la ONU, después de la caída del presidente haitiano Jean-Bertrand Aristide. 2019. El expresidente peruano Alan García se suicida de un disparo en la cabeza cuando iba a ser detenido, dejando una carta de despedida en la que reitera su inocencia por presunto lavado de activos provenientes de sobornos de la constructora brasileña Odebrecht. -Los movimientos Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja entregan a Venezuela el primer cargamento de fármacos e insumos médicos, en severa escasez en el país petrolero, luego de que el gobierno aprobara su ingreso a esos organismos. 2021. El líder cubano y exmandatario Raúl Castro, de 89 años, anuncia su renuncia como máximo dirigente del Partido Comunista de Cuba (PCC), "pero continuando militando como un combatiente revolucionario", poniendo fin a una era de liderazgo formal de los Castro desde el triunfo de la revolución en 1959. 2023. Una nueva filtración de documentos secretos del Departamento de Defensa de Estados Unidos recoge la preocupación sobre la capacidad antiaérea de Taiwán ante un posible ataque militar chino, principalmente en lo que respecta a la detección de misiles y a los aviones militares. 2024. El ministro de Defensa y miembro del Gabinete de Guerra de Israel, Benny Gantz, afirma que el país actuará con "inteligencia estratégica" para responder al ataque iraní con drones y misiles días antes. 2025. El presidente Donald Trump firma un memorando destinado a evitar que los migrantes indocumentados en territorio estadounidense obtengan beneficios de la seguridad social. -El presidente ecuatoriano, Daniel Noboa, afirma que a su país "le encantaría contar con la presencia de tropas estadounidenses" para hacer frente a la violencia de las pandillas, por la cual recientemente declara el estado de excepción durante dos meses en seis territorios de la nación sudamericana.

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sábado, 18 de septiembre de 2021

Tribunal Constitucional establece modelo virtual en la justicia debe aprobarse por ley

Wanda Méndez
Santo Domingo RD

El Tribunal Constitucional estableció, mediante sentencia,  que el uso de la tecnología para instaurar la modalidad virtual en el servicio judicial  debe regularse por vía legislativa y como resultado del  consenso que se genera  en el Congreso Nacional alrededor de las leyes.

Determinó  que el  Consejo del Poder Judicial (CPJ) rebasó su ámbito de competencia al dictar la resolución  007-2020, que estableció el Protocolo para Manejo de Audiencias Virtuales, la cual anuló, por tratarse  de asuntos de naturaleza judicial, procesal y jurisdiccional que deben ser regulados por ley.

Indicó que el CPJ puede hacer las propuestas de modificaciones legislativas que le autoriza el numeral 8, del artículo 8, de su ley orgánica 28-11,  vía la Suprema Corte de Justicia (SCJ).     

 “Lo reprochable, en este caso, no es que se acuda al uso de la tecnología para hacer más eficiente el servicio de justicia e incluso la labor jurisdiccional, sino que se haya realizado mediante una normativa emanada de un órgano sin competencia para su dictado y mediante un mecanismo normativo que, no necesariamente, es el exigido por la Constitución para regular este tipo de materias”,  argumentó.

Señaló que mediante la resolución 007.2020, del 2 de junio del año 2020,  el Consejo del Poder Judicial ha diseñado un nuevo modelo de juicio adaptando las reglas propias del juicio tradicional con la presencia física e inmediata de todos los actores por un modelo virtual, a través del uso de plataformas tecnológicas.

Ese criterio está contenido en las motivaciones de la sentencia TC-0286-21, publicada el 14 de septiembre del 2021, mediante la cual el Constitucional anuló  la resolución  007-2020, que creó  el protocolo para el manejo de  audiencias virtuales;  la resolución 006-2020 sobre declaración de normas y principios del Servicio judicial,  y varios artículos de la resolución  004-2020,  que instituyó el plan de continuidad de las labores del Poder Judicial, las cuales fueron dictadas por el Consejo del Poder Judicial en el 2020 para regular el servicio  durante el estado de emergencia a causa de la  pandemia de covid 19. El dispositivo de ese fallo fue divulgado el 5 de agosto en un comunicado.

“Si bien con el dictado de tales resoluciones, el Consejo del Poder Judicial perseguía un fin constitucionalmente válido [proteger el derecho a la salud de los jueces, servidores judiciales y de los usuarios del sistema de justicia en general (artículo 61 de la Constitución)], lo cierto es que no utilizó el medio idóneo para la consecución de tales fines”, precisó el TC.

Reiteró el precedente asentado en la sentencia TC- 268/20,  de que el CPJ “no es competente para normar en asuntos fuera de lo relativo a lo  estrictamente presupuestario, administrativo, financiero y de capital humano del Poder Judicial, siendo en este caso evidente que la normativa atacada rebasa el referido ámbito competencial por tratarse de asuntos de naturaleza judicial, procesal y jurisdiccional.”

 

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