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miércoles, 15 de septiembre de 2021

Mecenazgo cultural: una ley esperada durante mucho tiempo para un sector deprimido

Ynmaculada Cruz Hierro
Santo Domingo. RD

Aunque la Ley de Mecenazgo Cultural en República Dominicana fue aprobada solo con el 2.5% del 5% que se solicitó al principio, deducibles de los impuestos de las empresas, el sector cultural celebra que el Poder Ejecutivo emitiera, el pasado viernes, el decreto 558-2.

En esa disposición se ordena el reglamento para la aplicación de la ley número 340-19, del 17 de julio de 2019, mediante la cual se establece el régimen de incentivo y fomento del Mecenazgo Cultural en el país.

La pieza tiene como objetivo definir un régimen de fomento e incentivo, aportes económicos y de otra índole de mecenazgo del sector privado, sea de personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, para que contribuyan al financiamiento, total o parcial, de programas y proyectos para el desarrollo cultural de la nación que benefician a entidades públicas y privadas.

“Siempre estuvo establecido un cinco (5) por ciento dentro del proyecto de ley, pero en último momento se dedujo a un 2.5 por ciento, aunque la información que tenemos es que el presidente Luis Abinader está de acuerdo en se incremente y eso es lo que realmente desea el sector artístico cultural”, refiere Roldán Mármol presidente de la Fundación Cultural Cofradía y quien estuvo trabajando en diferentes comisiones para la creación de dicha ley.

Entre los objetivos de la ley 340-19 se encuentran: estimular y proteger la formación de profesionales en los ámbitos de la creación artística, gestión, gerencia y administración de proyectos; orientados al fomento, desarrollo, innovación y modernización del sector cultural.

Uno de los aspectos cuestionables que trae el proyecto, según el director teatral Basilio Nova, es que tiene una amplia protección a las artes plásticas y visuales, sin embargo, asegura manifestaciones como el teatro, la danza, la música y otras áreas culturales no serán tan beneficiadas.

“Hay una cierta inclinación de priorizar las artes plásticas y visuales, de alguna manera, hubo un mejor lobby, una mejor relación de negociación, digamos en la elaboración del contenido de la ley por parte de ese sector”, explica sobre el tema Roldán Mármol.

De los siete numerales que implica el reglamento cuatro están referidos a las artes plásticas y visuales, asegura.

“El numeral que refiere a la gestión cultural  es que entra los demás proyectos que tienen que ver con el teatro, con la danza, la música, el folclor y las manifestaciones del patrimonio intangible de toda la manifestación cultural dominicana. Entendemos que debe estar más explícita la diversidad de prioridades en que se van a implementar los fondos en la Ley de Mecenazgo”, comenta el gestor cultural.

+ Nuevos organismos

La Ley 340-19 crea, además, la Dirección General de Mecenazgo (DGM) y el Consejo Nacional de Mecenazgo (CONME).

El consejo estará integrado por un representante del ministerio de hacienda, ministerio de cultura, representante del Consejo Nacional de Empresas Privadas Conep, un rector elegido por las rectorías de todas las universidades del país, un técnico impositivo y técnico del área de planificación.

También crea el Fondo Solidario de Apoyo a la Cultura, con recursos provenientes de los aportes financieros y donaciones voluntarias realizadas por los benefactores, y donantes públicos y privados, que contribuyan con recursos nacionales o internacionales para esos fines.

Ya creado el consejo sigue la asignación de los fondos de parte del gobierno de 10 millones de pesos, que plantea la ley para iniciar el funcionamiento administrativo. Faltará posteriormente formar las comisiones de trabajo que van a regir las evaluaciones, aprobaciones de proyectos en cada una de las áreas.

“Hay que organizar una serie de detalles, de forma de funcionamiento, el protocolo de cada una de las comisiones, es un proceso que va a llevar unos largos meses de trabajo, hay que buscar un espacio físico para que fusione el consejo y luego viene ya la gestión  de los fondos el 2.5 por ciento que plantea la ley deducible de lo que paga el sector privado a nivel de impuesto.

De acuerdo a la realidad que vive el sector cultural en cuanto a organización empresarial, Roldán Mármol entiende que en una primera etapa el sector artístico debe formar técnicos, planificadores, proyectistas, formar gerentes y administradores de la cultura, y así en cada provincia del país tener la posibilidad de que esas instituciones puedan estar en buenas condiciones para acceder a los fondos y manejarlos adecuadamente.

+ Opinión de ANJE

Susana Martínez Nadal, presidente de la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE)  favorece la promulgación del decreto 558-21, que norma los procedimientos, protocolos y resoluciones para la ley 340-19 de incentivo y fomento al mecenazgo cultural.

“Los jóvenes empresarios consideramos que la creación de un marco regulatorio especial juega un papel importante en la creación de nuevas fuentes de empleos e ingresos que ayuden a la recuperación económica del país, en especial dentro de una actividad económica que por sí sola aportó el 1.4% del PIB de la RD y casi medio millón de empleos (468,324; 12.5% de los ocupados de ese año) en el 2014, según los datos de la Cuenta Satélite de Cultural del BCRD”, expone Martínez Nadal.

Luego reafirma: “Por tanto, la Ley de Mecenazgo llega para terminar de impulsar la economía naranja, la cual fue muy afectada durante la pandemia, a través de la creación de incentivos y el acceso a nuevas fuentes de microcrédito para el financiamiento de los proyectos que aprobados por la Dirección General de Mecenazgo. Por otro lado, la ley también abre la oportunidad de que el empresariado se involucre, a través de donaciones al Fondo Solidario de Apoyo a la Cultura (FSAC), en alianzas público-privadas (APP) para el fortalecimiento de las industrias culturales y creativas”. 

+ Beneficiarios

Dicha Ley beneficia a artistas, gestores culturales o entidades culturales públicas o privadas, que diseñen y presenten al Consejo de Mecenazgo, proyectos y propuestas de gestión cultural de acuerdo al objeto y procedimiento establecido en la misma

También, favorece a personas naturales o jurídicas que realizan donaciones extraordinarias o especiales a personas físicas o jurídicas, contribuyendo a desarrollar y consolidar proyectos creativos y artísticos individuales, y proyectos culturales institucionales de tipo comunitario, municipal, provincial o nacional, siguiendo las normativas de la presente ley.

+ Áreas o categorías

Para poder ser evaluados y posteriormente declarados de interés cultural, los proyectos deben corresponder a las siguientes categorías o áreas: construcción de infraestructuras físicas para instituciones culturales sin fines de lucro; conservación, restauración y puesta en valor de bienes muebles e inmuebles, calificados y registrados dentro de la categoría de patrimonio cultural de la nación.

También, arte público, exposiciones de artes visuales en todas sus variantes de género, técnica y estilo; arte escénico; investigación sociocultural de orden artístico, histórico, antropológico, arqueológico, etnográfico, sociológico, museológico, museográfico, y estudio de economía de la cultura.

Del mismo modo, planificación, organización y presentación de espectáculos de música clásica y popular; proyectos y propuestas sobre la creación y desarrollo de industrias culturales y creativas; estímulo al desarrollo y mejora en la calidad de la artesanía dominicana; fortalecimiento y desarrollo de capacidades de más MYPIMES culturales, y formación y capacitación técnica y profesional para el sector artístico y cultural.

 

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