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Efemérides

54Grado.com : Hoy es Domingo 3 de mayo del 2026 . Faltan 242 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1240 en el pueblo de Écija (Sevilla) las tropas cristianas vencen a los musulmanes. 1283 en el combate naval de Malta, la escuadra aragonesa de Roger de Lauria derrota a la francesa. 1487 en el pueblo de Vélez (Málaga) —que se rindió el 27 de abril— entra triunfal el rey Fernando el Católico. 1493 en la isla de San Miguel de La Palma (Canarias) se funda su capital, Santa Cruz de La Palma. 1493 en Roma, el papa Alejandro VI emite una bula que delimita la zona de descubrimientos de España y Portugal. 1494 se funda la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, capital de la isla de Tenerife, España. 1523 en la costa del mar Caribe, Cristóbal de Olid desembarca en lo que hoy es Honduras y toma posesión de ese territorio en nombre del rey de España. 1720 en Suecia, Federico de Hesse es coronado rey. 1787 Carlos III autoriza la creación, en Cusco, de una audiencia pretorial para administrar mejor el territorio. 1791 en Polonia se aprueba la primera Constitución del país; es la segunda Carta Magna moderna en el mundo para los chongos(después de la de EE. UU.). 1808 Durante la Guerra de Finlandia, la fortaleza de Suomenlinna, que estaba en manos de Suecia, se rindió a Rusia, facilitando la ocupación de Finlandia por las fuerzas rusas en 1809. 1808 Los rebeldes de Madrid que se levantaron el 2 de mayo son ejecutados cerca de la montaña del Príncipe Pío. Este acontecimiento dio origen al famoso cuadro de Goya. 1814 el gobierno chileno y el ejército realista de Gabino Gaínza firman el Tratado de Lircay, mediante el cual se produce un breve cese de las hostilidades. Un factor determinante fue la posterior evolución que asumió la Guerra de Emancipación de Chile. 1844 en Madrid, el general Ramón María Narváez ocupa por primera vez la presidencia del Gobierno español, con lo que se inicia la Década moderada. 1865 un Real Decreto deroga la anexión a España de Santo Domingo. 1902 en Argentina, un decreto presidencial da carácter oficial de fundación al asentamiento patagónico que lleva el nombre de San Carlos de Bariloche. 1909 en Berlín, el científico polaco Paul Ehrlich anuncia el éxito de su medicamento contra la sífilis. 1914 en Rusia, los diputados socialdemócratas son expulsados de la Duma. 1919 las tropas francesas abandonan Ucrania. 1919 primer vuelo de pasajeros en América (Nueva York-Atlantic City). 1922 el ministro del Interior prusiano anuncia la confiscación de los panfletos antisemitas, cada vez más abundantes. 1923 en EE. UU. se realiza el primer vuelo en avión sin escalas cruzando el país de costa a costa. 1924 en Barcelona se descubre una fábrica de moneda falsa. 1926 en Gran Bretaña comienza la gran huelga convocada por el Trade Union Congress. 1929 en México, un huracán interrumpe la línea férrea entre Tampico y Veracruz. 1930 en Madrid, el torero Cayetano Ordóñez (Niño de la Palma) sufre un grave cogida. 1931 en Portugal, el Gobierno sofoca la revolución promovida en la isla de Madeira por los deportados políticos. 1932 durante la primera mitad de 1931 se registraron en España 1210 suicidios. 1933 en Irlanda se aprueba una ley que deroga el juramento de fidelidad a la Corona inglesa. 1937 en Barcelona estalla una revolución anarquista y comunista que durará cinco días. La represión gubernamental causará 400 muertos y 1000 heridos. 1938 en España se restablece la Compañía de Jesús. 1942 en Colombia, Alfonso López Pumarejo es elegido presidente. 1942 los nazis alemanes reciben refuerzos para luchar contra los partisanos en Yugoslavia. 1945 los aliados ocupan Rangún. 1946 el general Douglas MacArthur prohíbe al presidente de los liberales japoneses, Ichirō Hatoyama, que acepte el mandato parlamentario obtenido. 1947 Japón se transforma en una monarquía constitucional. 1948 El dramaturgo estadounidense Tennesse Williams obtiene el Premio Pulitzer por su obra teatral Un tranvía llamado Deseo. 1948 en el Primer Gran Premio de la Peña Motorista Barcelona, los únicos pilotos españoles ganadores son Soler, Bultó y Cabestany. 1949 EE. UU. lanza el primer cohete sonda, el Viking, que se eleva a 80.000 metros de altura. 1950 en el sitio de pruebas atómicas en Semipalatinsk (Kazajistán) la Unión Soviética falla al detonar su segunda bomba atómica (que hubiera sido la novena de la Historia humana). 1952 en Chile, el Gobierno denuncia el acuerdo con Estados Unidos sobre el cobre. 1965 Camboya rompe relaciones diplomáticas con Estados Unidos. 1965 primera transmisión de TV por satélite. 1966 en Londres (RU), el periódico The Times inicia la publicación de noticias en primera plana, en lugar de los habituales pequeños anuncios.

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jueves, 10 de junio de 2021

Notan vacío jurídico en Ley Estado de Emergencia

Wanda Méndez
Santo Domingo

La experiencia del país du­rante el año y dos meses del estado de emergencia ha puesto en evidencia la necesidad de revisar la ley que lo regula, pues se han presentado situaciones y adoptado medidas cuya legalidad han sido cuestio­nadas.

Esto ha ocurrido princi­palmente ante las viola­ciones del toque de que­da, que constituye una de las preocupaciones de las autoridades, sobre todo cuando se producen aglo­meraciones de personas en barrios que aumentan los riesgos de contagio.

Han habido diversas inter­pretaciones en cuanto a la facultad legal del ministe­rio público para imponer multas por violar el hora­rio fijado para quedarse en casa. Unos han planteado que se lo permite la ley de Salud, otros no.

La ley 21-18, que regu­la los estados de excep­ción, no precisa las sancio­nes ante situaciones que se pudieran presentar espe­cialmente en el estado de emergencia, como el que se encuentra República Dominicana desde marzo del 2020 a causa de la Co­vid-19.

Sin cambios
La actual legislación prác­ticamente recoge las mis­mas disposiciones de la Constitución, que en 5 ar­tículos, del 62 al 66, define los tres estados de excep­ción (de defensa, de con­moción interior y de emer­gencia) y establece en qué momento se pueden decla­rar, el procedimiento y los derechos que pueden o no ser suspendidos.

En el caso del estado de emergencia, que es el pun­to que interesa, la Cons­titución señala en el ar­tículo 265 que podrá declararse cuando ocu­rran hechos que pertur­ben o amenacen perturbar en forma grave e inminen­te el orden económico, so­cial, medioambiental del país o que constituyan una calamidad pública.

Y en el 266, numeral 6, señala los derechos que pueden ser suspendi­dos durante el estado de emergencia, incluyendo entre ellos el de libertad de tránsito y de asociación y de reunión.

La ley 21-18 contiene muy poca novedad con relación a la Carta Magna, y algu­nos aspectos son una trans­cripción del mandato cons­titucional.

Algo diferente del manda­to constitucional está en el párrafo del artículo 10 de la ley, el cual señala que “du­rante el estado de emergen­cia podrán adoptarse todas las medidas necesarias para combatir enfermedades in­fecciosas, la protección del medioambiente, limitando o racionando el uso de ser­vicios públicos o el consu­mo de artículos de primera necesidad y acordando la intervención de entidades tanto públicas como priva­das”.

Como se observa, se refie­re a “las medidas necesarias para combatir las enferme­dades contagiosas”, sin dar muchos detalles.

En cuanto a las sanciones, la ley se limita a enunciar, en el artículo 32, que “el in­cumplimiento o resistencia a las órdenes de las autori­dades competentes en los estados de excepción será sancionado de acuerdo con las disposiciones de las le­yes vigentes.”

 CLAVES
¿Sanciones?

La ley no especifica las sanciones a aplicar, de­jando espacio a las in­terpretaciones. Unos entienden que en base a la Ley General de Sa­lud. Pero si existe una ley que configura las di­ferentes modalidades de los estados de excep­ción, por qué dejar las sanciones a otras nor­mas legales o vacíos. El país requiere un mar­co legal del estado de emergencia más amplio y más rígido.

 

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