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Se reúnen en el Edificio de San Nicolás los presidentes Ulises Heureaux de República Dominicana y el General Tyresisa Simón San de Haití, en busca de una solución final al contenido fronterizo. 1962. Los presidentes de los partidos Unión Cívica Nacional y Revolucionario Social Cristiano, Viriato Fiallo y Alfonso Moreno Martínez, rechazan se confiera el rango de general a Luis Amiama Tió y Antonio Imbert Barreras, únicos sobrevivientes del ajusticiamiento del dictador Rafael Trujillo. 2005. El cantautor Juan Luis Guerra se convierte en el primer artista dominicano que logra llenar el Madison Square Garden, de la ciudad de Nueva York, cuando ofrece un concierto conmemorativo a sus 20 años en la música. 2015. El Senado aprueba con el voto absoluto y en segunda lectura el proyecto que convoca la Asamblea Nacional Revisora de la Constitución, para restablecer la reelección presidencial. -El papa Francisco pide a los obispos dominicanos prestar atención particular a los inmigrantes provenientes de Haití, al recibirlos en la visita "Ad Limina", la que cada obispo efectúa cada cinco años para dar cuenta del estado de su diócesis. - La Dirección General de Minería pone fin al contrato con la empresa Dovemco para la extracción de bauxita en la mina Las Mercedes de Pedernales, para dar paso a un proyecto turístico, cuya vigencia será efectiva a partir de los 30 días de la notificación. 2018. Mediante el decreto 202-18, el presidente Danilo Medina establece que cada 27 de junio se celebre el Día de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), encargando al Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES, "realizar las actividades conmemorativas a la fecha". 2024. La diputada oficialista Rosa Amalia Pilarte, es condena de manera unánime a cinco años de cárcel por la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), al ser encontrada culpable de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, pena que deberá cumplir en la cárcel de Rafey Mujeres, así como al pago de una multa de 200 salarios mínimos del sector público. 2025. Fallece a la edad de 72 años el académico Julio Sánchez Mariñez, quien desempeñaba la función de rector del Instituto Tecnológico de Santo Domingo (Intec). Internacionales 1358. Campesinos de la región de Beauvezer producen una violenta insurrección campesina en el Norte de Francia. 1830: El Rey Fernando VII crea en Sevilla una Escuela de Tauromaquia (preparación de toreros), única oficial de este tipo en el Mundo. 1876 - Colombia le otorga a Antonio Gogorza y al general Etienne Turr una concesión para construir un canal por Panamá. 1901. Es aprobada la controversial Enmienda Platt, mediante la cual Estados Unidos reconoce la independencia de Cuba. 1940: Bélgica Capitula ante Alemania. 1944: En Ecuador, se produce el levantamiento militar conocido como "La Gloriosa", que depone al presidente Carlos A. Arroyo del Río, que permite posteriormente el ascenso al poder del general José Velazco Ibarra. 1993. La ONU acepta como nuevo miembro del organismo a la República de Eritrea. 2006. El presidente de Colombia, Álvaro Uribe, es reelegido como mandatario de su país en las elecciones celebradas ese día, al obtener poco más de 62% de los votos, evitando así una segunda vuelta electoral. 2007. El ministro de agricultura japonés, Toshikatsu Matsuoka, de 62 años, se suicidó ahorcándose horas antes de que debía enfrentar en el parlamento cuestionamientos en relación con un escándalo político. - La estación de TV más antigua de Venezuela, RCTV (Radio Caracas Televisión), cesa su transmisión al no ser renovada su concesión por el gobierno. 2010. La guerrilla maoísta se atribuye el atentado contra el sistema de tren en India, que causó la muerte a 146 personas. 2013. Es detenido en Madrid Arthur Budovsky, máximo responsable de Liberty Reserve, plataforma financiera del cibercrimen, para blanquear más de US$6.000 millones, mediante más de 55 millones de transacciones ilegales en todo el mundo. 2014. El presidente de Estados Unidos, Barack Obama, asegura que el terrorismo "continúa siendo la mayor amenaza" para el país y anuncia la creación de un fondo de cooperación antiterrorista de 5.000 millones de dólares. - El expresidente de Ecuador Jamil Mahuad es condenado a 12 años de prisión por el delito de peculado o malversación de fondos públicos. 2018. El presidente de Paraguay, Horacio Cartes, presenta su renuncia al cargo, con miras a asumir como senador el 1 de julio, tras ganar un escaño en las elecciones del 22 de abril, y no caer en la duplicidad de funciones, acción que debe ser aprobada o rechazada en sesión extraordinaria de ambas Cámaras del Congreso. 2020. El gobernador de Minnesota, Tim Walz, declara el estado de emergencia, desplegando la Guardia Nacional en medio de los disturbios en Minneapolis y St. Paul causados por la muerte del afroamericano George Floyd, estando bajo custodia policial días antes, cuyo deceso ha provocado indignación nacional. 2025. Un grupo armado, alegadamente perteneciente a una de las bandas que controla gran parte de Haití, se apodera del puesto aduanero de Malpasse, comuna próxima a la localidad dominicana de Jimaní, según reportan medios de prensa del vecino país.

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jueves, 10 de junio de 2021

Notan vacío jurídico en Ley Estado de Emergencia

Wanda Méndez
Santo Domingo

La experiencia del país du­rante el año y dos meses del estado de emergencia ha puesto en evidencia la necesidad de revisar la ley que lo regula, pues se han presentado situaciones y adoptado medidas cuya legalidad han sido cuestio­nadas.

Esto ha ocurrido princi­palmente ante las viola­ciones del toque de que­da, que constituye una de las preocupaciones de las autoridades, sobre todo cuando se producen aglo­meraciones de personas en barrios que aumentan los riesgos de contagio.

Han habido diversas inter­pretaciones en cuanto a la facultad legal del ministe­rio público para imponer multas por violar el hora­rio fijado para quedarse en casa. Unos han planteado que se lo permite la ley de Salud, otros no.

La ley 21-18, que regu­la los estados de excep­ción, no precisa las sancio­nes ante situaciones que se pudieran presentar espe­cialmente en el estado de emergencia, como el que se encuentra República Dominicana desde marzo del 2020 a causa de la Co­vid-19.

Sin cambios
La actual legislación prác­ticamente recoge las mis­mas disposiciones de la Constitución, que en 5 ar­tículos, del 62 al 66, define los tres estados de excep­ción (de defensa, de con­moción interior y de emer­gencia) y establece en qué momento se pueden decla­rar, el procedimiento y los derechos que pueden o no ser suspendidos.

En el caso del estado de emergencia, que es el pun­to que interesa, la Cons­titución señala en el ar­tículo 265 que podrá declararse cuando ocu­rran hechos que pertur­ben o amenacen perturbar en forma grave e inminen­te el orden económico, so­cial, medioambiental del país o que constituyan una calamidad pública.

Y en el 266, numeral 6, señala los derechos que pueden ser suspendi­dos durante el estado de emergencia, incluyendo entre ellos el de libertad de tránsito y de asociación y de reunión.

La ley 21-18 contiene muy poca novedad con relación a la Carta Magna, y algu­nos aspectos son una trans­cripción del mandato cons­titucional.

Algo diferente del manda­to constitucional está en el párrafo del artículo 10 de la ley, el cual señala que “du­rante el estado de emergen­cia podrán adoptarse todas las medidas necesarias para combatir enfermedades in­fecciosas, la protección del medioambiente, limitando o racionando el uso de ser­vicios públicos o el consu­mo de artículos de primera necesidad y acordando la intervención de entidades tanto públicas como priva­das”.

Como se observa, se refie­re a “las medidas necesarias para combatir las enferme­dades contagiosas”, sin dar muchos detalles.

En cuanto a las sanciones, la ley se limita a enunciar, en el artículo 32, que “el in­cumplimiento o resistencia a las órdenes de las autori­dades competentes en los estados de excepción será sancionado de acuerdo con las disposiciones de las le­yes vigentes.”

 CLAVES
¿Sanciones?

La ley no especifica las sanciones a aplicar, de­jando espacio a las in­terpretaciones. Unos entienden que en base a la Ley General de Sa­lud. Pero si existe una ley que configura las di­ferentes modalidades de los estados de excep­ción, por qué dejar las sanciones a otras nor­mas legales o vacíos. El país requiere un mar­co legal del estado de emergencia más amplio y más rígido.

 

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