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54Grado.com : Hoy es miercoles 10 de junio del 2026. Faltan 204 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1510 en Sevilla (España), la Casa de Contratación recibe su primer estatuto, gracias al cual ve ampliadas las prerrogativas iniciales. 1647 en la bahía de Manila (Filipinas) —en el transcurso de la Guerra de los Ochenta Años— se libra la batalla del Puerto de Cavite. 1682 en el suroeste de Connecticut (EE. UU.) sucede el primer tornado que queda registrado en la Historia de ese país. 1770 en Buenos Aires el gobernador español ordena el desalojo de los ocupantes británicos de las islas Malvinas, a quienes consideraba invasores en tierra española. 1776 el Congreso de Filadelfia aprueba la Declaración de Independencia de los Estados de la Unión. 1781 en la ciudad de Guatemala se funda el colegio San José de los Infantes. 1795 en la Iglesia de Santa Margarita de París se entierra en una fosa común el cadáver del rey Luis XVII. 1834 en Perú, Luis José de Orbegozo promulga la cuarta Constitución. 1836 en la región sur de la bahía de San Francisco (California) a las 15:30 sucede un terremoto de 6,5 grados en la escala sismológica de Richter (MI según Bakun, 1999). No se registran víctimas. 1843 en Oaxaca (México), la población de Huajuapan de León es elevada a la categoría de Heroica Villa. 1849 en Paraguay, los militares ocupan las misiones jesuíticas. 1865 en Alemania, Richard Wagner estrena Tristán e Isolda. 1870 en Ohio (EE. UU.), John Davidson Rockefeller y dos socios más fundan la Standard Oil of Ohio. 1898 en Cuba —en el marco de la Guerra Hispano-Estadounidense— desembarcan los soldados de marina estadounidenses. 1907 en París, Auguste Lumière presenta la fotografía en color. 1933 Mariano Barberán y Joaquín Collar Serra inician la travesía del Atlántico a bordo del avión Cuatro Vientos 1935 se funda la asociación Alcohólicos Anónimos. 1940 Italia le declara la guerra a Gran bretaña y Francia 1944 en Londres cae el primer cohete-bomba V-1 lanzado desde la Alemania nazi. 1944 Matanza de Oradour-sur-Glane de civiles indefensos, mientras tenía lugar la Batalla de Normandía en la Segunda Guerra Mundial.Símbolo de los crímenes de guerra cometidos en Francia durante la ocupación nazi y el régimen colaboracionista de Vichy. 1948 A las 12:45 se da la primera emisión de televisión realizada en España 1958 en el atolón Bikini (islas Marshall, en medio del océano Pacífico), Estados Unidos detona su bomba atómica Maple, de 213 kt. Es un éxito, ya que se logra el 89 % de la fisión predicha. Es la 15.ª de las 35 bombas de la operación Hardtack I, y la bomba n.º 136 de las 1127 que Estados Unidos detonó entre 1945 y 1992. 1967 fin de la Guerra de los Seis Días con la victoria del ejército israelí sobre la alianza árabe. 1971 en México sucede la Matanza del Jueves de Corpus. Los «Halcones» (un grupo de élite del Ejército Mexicano, entrenado con apoyo del gobierno de Estados Unidos) reprimen manifestaciones estudiantiles en la ciudad de México. Asesinan a 120 estudiantes. 1977 en EE. UU., Apple Computer presenta la Apple II. 1982 en el océano Atlántico Sur los militares argentinos se rinden ante los británicos. Termina la Guerra de Malvinas. 1984 en Amritsar (India), el Ejército Indio ataca el Templo Dorado de los sijs. Asesinan a unas 700 personas. 1985 Israel retira sus efectivos militares de Líbano. 1987 en España se realizan elecciones municipales (3.ª legislatura). 1998 en Francia se inaugura el Mundial de Fútbol. 2007 en el circuito de Gilles Villeneuve (en Canadá) Lewis Hamilton gana su primera carrera en la Fórmula 1. 2011 es lanzado el satélite argentino SAC-D / Aquarius en un cohete Delta II, desde Santa Bárbara, California.

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domingo, 2 de mayo de 2021

Traspiés judiciales del estado

Ángel Lockward
Santo Domingo, RD

En nuestro ordenamiento jurídico y tradición, el Presidente de la República ha sido Jefe del Estado y de la Administración Pública; no advertimos que actualmente –por la nueva Constitución- lo es del Estado y del Gobierno, que no incluye a toda la Administración Pública, pues contrario al pasado, el Legislativo, el Judicial y los órganos constitucionales ejercen tareas propiamente administrativas: el Órgano ejecutivo tuvo atribuciones legislativas, sólo durante el Consejo de Estado, cuando como consecuencia de ello, creó tribunales y asignó competencias.

De la Presidencia
A principios de mes el Listín Diario –y los demás– cubrieron la designación mediante el Decreto 161-21 de los integrantes de la jurisdicción penal militar: Órgano que no existe, puesto que conforme a las leyes 76-02 y 278-04 y, en particular, a la sentencia TC 350-19, del Tribunal Constitucional, las atribuciones penales son una competencia de la jurisdicción ordinaria.

w. …es necesario señalar que la jurisdicción militar es un ente administrativo de carácter disciplinario, que tiene competencia exclusiva para conocer de las infracciones y faltas disciplinarias contenidas en las leyes y reglamentos castrenses, quedando fuera de sus competencia el procesamiento y juzgamiento de aquellas faltas penales que constituyan una infracción a su régimen penal militar, las cuales deben ser instruidas y conocidas por los tribunales penales ordinarios del Poder Judicial. TC 350-19

Entendió el Tribunal Constitucional que la Ley la No. 278-04 que implementa el Proceso Penal en su artículo 15, numeral 13 derogó las normas penales relativas a la justicia penal militar previstas en el Código de Enjuiciamiento Militar, dejando vigentes exclusivamente, las cuestiones disciplinarias. Eso ya había sido planteado por dicho tribunal en su TC 512-17.

La creación y designación de personal jurisdiccional penal, así como la creación de tribunales es potestad exclusiva del Poder Legislativo, conforme a la Constitución, en consecuencia, esa parte del decreto referido, debe ser revisada, pues la condición constitucional vinculante del Tribunal Constitucional se impone incluso al Presidente de la República: Incluso cuando el TC se equivoca, que ha sucedido. Sin embargo, eso no es lo principal, lo importante es que el Presidente y la sociedad se enteren de que hay una Cárcel, El Polvorín, en el Cuartel General del Polvorín, Villa Mella, llena de internos condenados por un tribunal inexistente, que es peor que incompetente y, eso debe resolverse.

Aunque eso no se hizo en la Administración Abinader, incluso si alguno de esos internos fuere culpable, si deseamos un estado de derecho, el país no puede permitir tal iniquidad y, los togados, encabezados por el CARD, debíamos, incluso gratis ofrecer nuestros servicios para su excarcelación.

Del Poder Judicial
No hay que negar –siempre- al Presidente de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial el beneficio de la duda; le imputan un carácter dictatorial y el deseo de imponer una administración de justicia virtual al margen de la ley, empero, la virtualidad desde la pandemia es una realidad cada día más forzosa aunque las plataformas sean de mala calidad en cuanto a sonido e imagen y esto afecta grandemente su eficacia.

Hace poco el Consejo dio a conocer algunas medidas relativas a la Jurisdicción Contenciosa; se nombró a más jueces para la tarea de liquidación de expedientes en estado de mora, todo lo cual, es bueno.

Sin embargo, en abril se cumplieron dos años del ascenso del Magistrado Vásquez Goico y de una titular de ese tribunal a la Suprema: Hace tiempo que debieron designar a los titulares, el Presidente Interino, un juez excelente, el más antiguo rendiría mejor servicio, siendo titular esperando confirmación.

Animo al Presidente del Poder Judicial a observar el área de mora en esta jurisdicción, pues no es en todas las materias que ésta se produce a nivel de escándalo o denegación de justicia: En todas las materias que se conocen de forma oral, pública y contradictoria, hay poca mora en expedientes que están en estado de fallo. Puede haber tardanza de días en la fijación de las audiencias y de semanas en el conocimiento, pero el retraso no es crítico.

En donde hay una mora seria es en los recursos contenciosos y, la razón no es la falta de jueces sino el sistema de cámara de consejo, escrito, tedioso y neciamente repetitivo en los escritos y contra escritos: Es un problema administrativo, no jurisdiccional: Liquiden los expedientes viejos y dispongan que las audiencias sean orales, públicas y contradictorias y gran parte de este problema se resuelve solo.

Se tarda meses asignar las salas para conocer de los expedientes, en notificar los expedientes contenciosos a las partes y, luego el purgatorio del dictamen del Procurador General Administrativo, los entes públicos envueltos y escritos y contra escritos, todo eso antes de que el Juez conozca del caso: Todo eso se evita con el juicio oral, público y contradictorio que dispone la Constitución en todas las materias, sin excepción.

El Poder Judicial no puede abrir tribunales sin dinero, creemos, pero administrar las competencias sí; una parte de los casos contenciosos que se conocen en Tribunal Superior Administrativo corresponden a disposiciones de los cabildos que, bien pueden y deben ser conocidas, por los tribunales de primera instancia en atribuciones contenciosas dejando al TSA exclusivamente el Gobierno Central, los órganos constitucionales y las instituciones autónomas o de propiedad estatal y, para eso no hace falta un peso, excepto entrenar a los jueces ordinarios para que conozcan la materia tan bien, como los del TSA que están entre los mejores jueces del país.

 

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