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54Grado.com : Hoy es Domingo 7 de diciembre del 2025 . Faltan 25 días para el año 2026. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1703 entre el 5 y el 9 de diciembre («24 a 28 de noviembre» según el calendario juliano vigente en esas fechas en Europa) en las Islas británicas se produce la Gran Tormenta de 1703 ―la más violenta registrada en la Historia de la región―. Comenzó el 5 de diciembre, abarcando un área de 500 km de anchura, desde Gales, el centro y el sur de Inglaterra, el mar del Norte, los Países Bajos y el norte de Alemania. Se informaron tornados. El periodista y escritor británico Daniel Defoe (autor de Robinson Crusoe) escribió que fue «la más terrible tormenta que haya visto el mundo». Se hundieron muchos barcos de las flotas de guerra neerlandesas y británicas, con centenares de ahogados. En muchos lugares se produjeron marejadas ciclónicas. Las inundaciones generadas ahogaron a un número indeterminado de personas (entre 8000 y 15 000). 1732 en el barrio de Covent Garden (Londres) se inaugura la Royal Opera House. 1760 en Venezuela, el fraile capuchino Lucas de Zaragoza funda la localidad de Maturín. 1787 en Estados Unidos, el estado de Delaware es el primero que ratifica la constitución. 1848 en Costa Rica se funda el cantón de San José. 1895 los etíopes derrotan al ejército invasor italiano en Ambia Alagi. 1917 en Argentina se funda la ciudad de El Calafate (ciudad donde se encuentra el glaciar Perito Moreno). 1933 a 400 km al noroeste de Asunción y 60 km al norte de la frontera con Argentina, comienza el Cerco de Campo Vía, que terminará cuatro días después, en que el ejército paraguayo vencerá al ejército boliviano. 1941 en Hawái, la Marina Imperial Japonesa lanza su ataque a Pearl Harbor. 1943 en Trento (Italia), Chiara Lubich funda el Movimiento de los Focolares. 1953 dimite el jefe de gobierno israelí David Ben-Gurión. 1966 Siria pide el derribamiento del rey Hussein de Jordania. 1983 en el aeropuerto de Madrid-Barajas (Madrid), un accidente aéreo deja 93 muertos. 1987 en Lima (Perú) sucede la Tragedia aérea de Alianza Lima. 1988 en Armenia ocurre el terremoto de Spitak, que destruye varias ciudades y causa más de 70.000 muertos. 1991 la URSS firma un tratado y pasa a llamarse Rusia. 1995 la sonda atmosférica de la misión Galileo penetra en la atmósfera del planeta Júpiter. 1997 Último campeonato del equipo Cruz Azul en el fútbol mexicano. 2001 lanzamiento del satélite artificial TIMED, dedicado al estudio de las capas altas de la atmósfera. 2003 en Uruguay se realiza un referéndum de ANCAP, en el que ganará el voto positivo. 2005 en el Aeropuerto Internacional de Miami, un grupo de policías federales matan a tiros al pasajero costarricense Rigoberto Alpízar, quien dijo tener una bomba, lo que resultó no siendo cierto.

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martes, 11 de mayo de 2021

¿Les tocaba cárcel común o militar a los acusados en el caso Coral?

Wanda Méndez
Santo Domingo, RD

El envío al Centro de Co­rrección y Rehabilitación de Najayo por la jueza Kenya Romero, de los mi­litares y policías implica­dos en el entramado de corrupción develado a tra­vés de la Operación Coral, ha generado un debate in­mediato en el ámbito jurí­dico.

Por lo conocido ya, no existe consenso entre los abogados penalistas so­bre el lugar donde de­ben cumplir la prisión preventiva los militares y policías involucrados en este complejo caso. Unos plantean que de­ben ir a cárcel ordinaria, junto a los civiles, como dispuso la magistrada, y otros a recintos espe­ciales creados para los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Na­cional.

Los abogados exper­tos en derecho penal, Bu­nel Ramírez, Carlos Sal­cedo y Marino Batista Ubrí plantean que tanto los militares como los po­licías deben cumplir pri­sión en cárceles comunes, porque la Constitución no les otorga ningún privile­gio, sino que, en contrario, establece el derecho a la igualdad.

En cambio, Carlos No­vas, Cándido Simón y Tir­so Pérez, también juristas especialistas en materia penal, disienten de la deci­sión de la jueza de atención permanente del Distrito Nacional, pues consideran que les corresponde recin­tos especializados, como El Polvorín, de Villa Mella, en caso de los militares, y en Operaciones Especiales, de Manoguayabo, a los poli­cías.

Las cárceles ordinarias
Bunel Ramírez sostiene que el derecho a la igualdad que dispone la Constitución no segrega a militares ni a policías.

Precisó que en el caso Coral las imputaciones son por crímenes comunes con­tra el Estado, por lo que es­tá de acuerdo con la resolu­ción de la jueza.

Incluso, plantea que no deberían existir cárceles es­peciales para militares y po­licías.

Derecho de igualdad
“No deben ser premiados, porque ese privilegio impli­ca vulneración al derecho de igualdad”, dice.

En opinión de Marino Batista Ubrí, el rango no les da privilegios, por lo que cree los militares sometidos a procesos penales no tie­nen recintos específicos.

“El envío a determinado recinto es discrecional del juez de la oficina de ser­vicio judicial de atención permanente, así como de­signar al juez control de la investigación”, acotó Ba­tista Ubrí.

El abogado Carlos Sal­cedo argumentó que des­de la aprobación del Có­digo Procesal Penal, quedaron sin efecto los tribunales especiales para militares y policías.

“La ley no establece pri­vilegios ni diferencias entre un civil y un militar o un po­licía que sea acusado de un delito ordinario de los pre­vistos en el Código Penal y las leyes de esa naturaleza”, subrayó Salcedo.

Las cárceles especiales
Carlos Novas plantea que el derecho a la igualdad no opera en este tipo de expe­dientes, debido a que a los militares y policías les co­rresponde cárceles espe­cializadas, y no una nor­mal.

Tampoco está de acuerdo con que se le haya impues­to la prisión preventiva a los implicados en la operación Coral, que consideró fue excesiva y la más gravosa. Expuso que se les podía fi­jar la prisión domiciliaria, el brazalete electrónico, o in­cluso, dejarlos sin coerción, porque son personas con suficiente arraigo.

Presunción de inocencia
Por su parte, Tirso Pérez afirmó que con el envío a Najayo, a los militares y po­licías afectados por la de­cisión del tribunal les fue vulnerado el principio cons­titucional de presunción de inocencia.

En efecto, consideró la medida como “una aberra­ción muy peligrosa”. Cree que no había razón para enviarlos a una cárcel ordi­naria.

¿LEGAL O ILEGAL?
Lo que dijo Simón
De su lado, el aboga­do Cándido Simón di­jo que la decisión del tribunal de enviar a los militares y policías a una cárcel oridinaria fue algo “innecesario e ilegal”, indicando que para los militares y po­licías hay cárceles espe­ciales.

Asimismo, declaró que tampoco es cuestión de privilegios, sino de “seguridad y legali­dad”.

Simón puntualizó que los centros del nuevo modelo están previstos para presos condenados, no para preventivos.

El jurista sostiene que al enviar reos preventivos se están desnaturalizan­do esos centros, a algo que, asegura, está prohi­bido por la ley 224 sobre régimen penitenciario.

El grupo, enviado a pri­sión preventiva por 18 meses, está acusado de robo de los dineros del erario a través de un en­tramado de carácter mi­litar y policial.

 

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