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54Grado.com : Hoy es Martes 21 de julio del 2026. Faltan 163 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1348 Pedro IV de Aragón somete y deshace a la poderosa Unión Aragonesa, que reunía a la nobleza de Aragón, en la Batalla de Épila. 1454 Enrique IV es proclamado rey de Castilla tras la muerte de su padre, Juan II, en Valladolid. 1568 Tiene lugar la batalla de Jemmingen en los Países Bajos, con victoria aplastante del ejército de la Corona Española. 1654 en la provincia Gansu (China), un terremoto de 8 grados en la escala de Richter deja un saldo de 31.000 víctimas. 1718 se firma el tratado de Passarowitz. 1773 el papa Clemente XIV ordena la disolución de la Compañía de Jesús. 1775 comienza la construcción de la nueva capital de Guatemala (la anterior, llamada la Antigua, fue destruida por un terremoto en 1773). Se sitúa a 40 km de la anterior y se denominará Ciudad de Guatemala. 1798 Batalla de las Pirámides y toma de El Cairo por las tropas francesas de Napoleón Bonaparte. 1831 Leopoldo I es oficialmente coronado rey de los belgas en Bruselas. 1847 España firma un tratado de paz y amistad con el Gobierno boliviano, en el que reconoce la independencia del nuevo país. 1861 Primera Batalla de Bull Run en la Guerra Civil Estadounidense. 1870 Se inaugura en Madrid el Café de Fornos. 1876 Aprobada una ley que anula el Régimen foral de las provincias vascongadas. 1901 Celebración de regatas internacionales en Santander. 1903 en Ciudad Bolívar, se libró la última batalla de la Revolución Libertadora donde el ejército gubernamental al mando de Juan Vicente Gómez vence a las fuerzas opositoras del general Nicolás Rolando. 1905 El sultán de Turquía es objeto de un atentado al salir de una mezquita. 1906 En Francia, Alfred Dreyfus es reintegrado en el Ejército y condecorado con la Legión de Honor. 1906 Por mediación de Theodore Roosevelt y de Porfirio Díaz se firma la paz entre Guatemala, El Salvador y Honduras. 1912 Albania se subleva contra la dominación turca. 1917 El Primer Ministro serbio Nikola Pašić publica un plan para una unión de los serbios, croatas y eslovenos en una monarquía serbia. 1917 Lanzamiento por los alemanes de las primeras bombas de gases asfixiantes durante la Primera Guerra Mundial. 1919 La Cámara de los Comunes ratifica el Tratado de Versalles. 1920 Chile: se produce la destrucción de la sede de la Federación de Estudiantes (FECh) durante la "Guerra de don Ladislao". 1925 "Martes rojo" en Gran Bretaña: para evitar una huelga, el primer ministro otorga a los mineros un adelanto especial a la espera de una negociación. 1928 Sublevación militar en varios estados de México. 1930 Se inaugura el aeródromo de Palomar de Zaragoza.

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martes, 11 de mayo de 2021

¿Les tocaba cárcel común o militar a los acusados en el caso Coral?

Wanda Méndez
Santo Domingo, RD

El envío al Centro de Co­rrección y Rehabilitación de Najayo por la jueza Kenya Romero, de los mi­litares y policías implica­dos en el entramado de corrupción develado a tra­vés de la Operación Coral, ha generado un debate in­mediato en el ámbito jurí­dico.

Por lo conocido ya, no existe consenso entre los abogados penalistas so­bre el lugar donde de­ben cumplir la prisión preventiva los militares y policías involucrados en este complejo caso. Unos plantean que de­ben ir a cárcel ordinaria, junto a los civiles, como dispuso la magistrada, y otros a recintos espe­ciales creados para los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Na­cional.

Los abogados exper­tos en derecho penal, Bu­nel Ramírez, Carlos Sal­cedo y Marino Batista Ubrí plantean que tanto los militares como los po­licías deben cumplir pri­sión en cárceles comunes, porque la Constitución no les otorga ningún privile­gio, sino que, en contrario, establece el derecho a la igualdad.

En cambio, Carlos No­vas, Cándido Simón y Tir­so Pérez, también juristas especialistas en materia penal, disienten de la deci­sión de la jueza de atención permanente del Distrito Nacional, pues consideran que les corresponde recin­tos especializados, como El Polvorín, de Villa Mella, en caso de los militares, y en Operaciones Especiales, de Manoguayabo, a los poli­cías.

Las cárceles ordinarias
Bunel Ramírez sostiene que el derecho a la igualdad que dispone la Constitución no segrega a militares ni a policías.

Precisó que en el caso Coral las imputaciones son por crímenes comunes con­tra el Estado, por lo que es­tá de acuerdo con la resolu­ción de la jueza.

Incluso, plantea que no deberían existir cárceles es­peciales para militares y po­licías.

Derecho de igualdad
“No deben ser premiados, porque ese privilegio impli­ca vulneración al derecho de igualdad”, dice.

En opinión de Marino Batista Ubrí, el rango no les da privilegios, por lo que cree los militares sometidos a procesos penales no tie­nen recintos específicos.

“El envío a determinado recinto es discrecional del juez de la oficina de ser­vicio judicial de atención permanente, así como de­signar al juez control de la investigación”, acotó Ba­tista Ubrí.

El abogado Carlos Sal­cedo argumentó que des­de la aprobación del Có­digo Procesal Penal, quedaron sin efecto los tribunales especiales para militares y policías.

“La ley no establece pri­vilegios ni diferencias entre un civil y un militar o un po­licía que sea acusado de un delito ordinario de los pre­vistos en el Código Penal y las leyes de esa naturaleza”, subrayó Salcedo.

Las cárceles especiales
Carlos Novas plantea que el derecho a la igualdad no opera en este tipo de expe­dientes, debido a que a los militares y policías les co­rresponde cárceles espe­cializadas, y no una nor­mal.

Tampoco está de acuerdo con que se le haya impues­to la prisión preventiva a los implicados en la operación Coral, que consideró fue excesiva y la más gravosa. Expuso que se les podía fi­jar la prisión domiciliaria, el brazalete electrónico, o in­cluso, dejarlos sin coerción, porque son personas con suficiente arraigo.

Presunción de inocencia
Por su parte, Tirso Pérez afirmó que con el envío a Najayo, a los militares y po­licías afectados por la de­cisión del tribunal les fue vulnerado el principio cons­titucional de presunción de inocencia.

En efecto, consideró la medida como “una aberra­ción muy peligrosa”. Cree que no había razón para enviarlos a una cárcel ordi­naria.

¿LEGAL O ILEGAL?
Lo que dijo Simón
De su lado, el aboga­do Cándido Simón di­jo que la decisión del tribunal de enviar a los militares y policías a una cárcel oridinaria fue algo “innecesario e ilegal”, indicando que para los militares y po­licías hay cárceles espe­ciales.

Asimismo, declaró que tampoco es cuestión de privilegios, sino de “seguridad y legali­dad”.

Simón puntualizó que los centros del nuevo modelo están previstos para presos condenados, no para preventivos.

El jurista sostiene que al enviar reos preventivos se están desnaturalizan­do esos centros, a algo que, asegura, está prohi­bido por la ley 224 sobre régimen penitenciario.

El grupo, enviado a pri­sión preventiva por 18 meses, está acusado de robo de los dineros del erario a través de un en­tramado de carácter mi­litar y policial.

 

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