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54Grado.com : Hoy es Jueves 18 de septiembre del 2025 . Faltan 105 días para el año 2026. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1547. Es capturado el dirigente negro antiesclavista Sebastián Lemba Calembo, quien lideró una prolongada rebelión contra la esclavitud en la isla La Española, a cuyos integrantes les llamaban "Cimarrones". 1845. Fuerzas dominicanas comandadas por el general José Joaquín Puello derrotan las tropas invasoras haitianas en la Sabana de la Estrelleta. 1863. Los generales Francisco Moreno, Tomás y Rosendo Castillo, pronuncian la plaza de las Matas de Farfán en favor de la Restauración de la República, luego de capturar al general Domingo María Lazala y Sánchez. 1878. Muere asesinado por un desconocido el entonces candidato presidencial por el partido Rojo, general Manuel (Memé) Cáceres, acto que fue atribuido al partido opositor o Azul. 1936. Nace en San Pedro de Macorís el ingeniero y luchador antitrujillista Adrúbal Ulises Domínguez Guerrero. 1947. Exiliados antitrujillas que se entrenaban militarmente en Cuba avistan y captura la goleta Angelita en el Canal Viejo de Bahamas, cuando regresaba a la República Dominicana, tras ser reparado en Miami. 1949. El joven de 17 años de edad Fabio Mamerto Rivas Santos ingresa al Aspirantado Salesiano de Jarabacoa, quien fue ordenado presbítero el 25 de marzo de 1965 en la Catedral Primada de América y el 24 de abril de 1976, siendo director del Noviciado Salesiano en La Vega, es nombrado primer obispo de la Diócesis de Barahona por el papa Pablo VI. 1960. El Congreso Nacional aprueba una Ley que beneficia con indultos a prisioneros acusados de "crímenes y delitos contra la seguridad del Estado". 1961. El general Ramfis Trujillo emite un comunicado en el que afirma: "Mi destino está ligado al Presidente Balaguer y quisiera aclarar que en caso de una renuncia por la caída de su gobierno yo me iría con el". 1962. El Consejo de Estado proclama una nueva Constitución de la República. 1964. Muere en Santo Domingo el cantante José Nicolás Casimiro Fulgencio. 1971. Son apresados los dirigentes del Movimiento Popular Dominicano Rafael Báez Pérez (Cocuyo), Moisés Blanco Genao, Edgar Erickson, Luis Sosa y Onelio Espaillat. 1975. El huracán Eloisa afecta el país en la zona de Loma de Cabrera, causando fuertes precipitaciones en el Sur de la isla. 2008. El Senado ratifica el contrato de préstamo por US$93,697,887.60, negociado con el Banco Nacional de Desenvolvimiento Económico de Brasil y la empresa de Aeronáutica Embraer, para la compra de ocho aeronaves Súper Tucano. 2010. Fallece en la ciudad de Higuey, a la edad de 82 años monseñor José Benito Taveras, el que se desempeñó como párroco del antiguo santuario de San Dionisio y la Basílica de Nuestra Señora de la Altagracia. 2014. Fallece a la edad de 98 años, en el Hospital Metropolitano de Santiago, la ex primera dama Renée Klang de Guzmán, como consecuencia de una insuficiencia renal. 2015. Autoridades haitianas reivindican su derecho a regular la entrada a su territorio de productos dominicanos, y a establecer controles para evitar "las millonarias pérdidas" generadas por el deficiente sistema de inspección en su frontera terrestre. 2019. La corporación de energía nuclear rusa Rosatom y el Ministerio de Energía y Minas de la República Dominicana firman el primer memorando sobre cooperación bilateral en el ámbito de la energía nuclear. 2020. Entra en vigencia el novedoso convenio "Plan de Asistencia Turismo Seguro RD", firmado por el Ministerio de Turismo, el Banco de Reservas y Seguros Reservas, que proveerá de seguro de salud y asistencia gratis a más de 400 mil turistas que se proyecta vendrán al país en lo que resta de año. 2023. Fallece en Texas, Estados Unidos, a la edad de 90 años, el compositor, poeta e intérprete Aníbal de Peña, autor del Himno a la Revolución de Abril de 1965, luego de luchar contra una neumonía, que lo mantuvo entubado durante varios días. 2024. En el marco del proceso de reforma curricular emprendido por la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), su rector Editrudis Beltrán, informó la actualización de 96 planes de estudios y añadidas 20 nuevas carreras para cumplir con los desafíos académicos que demanda el siglo XXI. Internacionales: 1303. En Shanxi (China), se registra un violento terremoto de magnitud 8,0 en la escala sismológica de Richter, dejando un saldo de entre 200 000 y 500 000 muertos. 1480. Los Reyes Católicos ordenan el establecimiento de la Inquisición en España. 1659. Es firmado el acta de paz de los Pirineos entre España y Francia. 1787. Los congresistas firman la Constitución de los Estados Unidos. 1862. El presidente de los Estados Unidos Abraham Lincoln declara que desde el 1 de enero de 1863 todos los esclavos de ese país serán libres. 1879. El patriota cubano José Martí es detenido en La Habana acusado de conspiración contra España. 1980. Un comando integrado por militantes del grupo guerrillero Tupamaros, dirigido por Enrique Gorriarán Merlo, ajusticia al ex dictador nicaragüense Anastasio Somoza Debayle en el Paraguay. 1991. La Asamblea General de la ONU admite como miembros del organismo a Corea del Norte, Corea del Sur, Micronesia, las Islas Marshall, Estonia, Letonia y Lituania. 2010. El vicecanciller alemán y ministro de Exteriores, Guido Westerwelle, contrae matrimonio con su pareja del mismo sexo Michael Mronz, en una ceremonia organizada en el más estricto secreto y a la que acudieron solamente 20 invitados del círculo familiar. 2014. El Ministerio del Interior y Justicia de Venezuela inicia el proceso legal para "desnacionalizar" la actriz y cantante María Conchita Alonso, quien nació en Cuba, pero desde los cinco años de edad vivió en Venezuela y desde el año 2007 tiene la ciudadanía de Estados Unidos. 2015. Fuerzas de seguridad mexicanas detienen al nombrado Gildardo López Astudillo, presunto miembro del cártel Guerreros Unidos que jugó un papel clave en la desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa casi un año antes, en la ciudad de Iguala. - Suizas acepta la solicitud de Estados Unidos de extraditar al ex vicepresidente de la FIFA, Eugenio Figueredo, acusado de soborno y obtener fraudulentamente la ciudadanía estadounidense. 2018. El nuevo primer ministro de Haití, Jean Henry Ceant, asume oficialmente el cargo, después de que su política de Gobierno lograra el fin de semana el respaldo del Congreso Nacional (bicameral), dos meses después de la dimisión de su antecesor en medio de protestas sociales. 2019. El escándalo de sobornos de las empresas brasileñas Odebrecht y OAS llega a Chile: un ex empresario condenado por corrupción revela que hizo un supuesto aporte de 140,000 dólares a la campaña presidencial de Michelle Bachelet de 2013. - El exejecutivo Henrique Valladares, que por muchos años se desempeñó como vicepresidente de Odebrecht y fue uno de los principales delatores del acuerdo que la constructora brasileña firmó con la Fiscalía para confesar sus corruptelas, fue hallado muerto en su residencia de Río de Janeiro. 2020. Un sector de la oposición de Haití denuncia la alegada intromisión de Estados Unidos en la política local y rechaza lo que consideró "amenazas", dirigidas "a los que luchan por un verdadero Estado de derecho en el país". 2021. Fallece a la edad de 84 años, el ex presidente argelino Abdelaziz Bouteflika, derrocado del poder en 2019, después de protestas masivas contra su deseo de postularse para un nuevo mandato. 2023. El expresidente de Estados Unidos Donald Trump (2017-2021) admite en un tribunal estatal de Georgia, haber instigado el asalto al Capitolio, para revertir los comicios de 2020 en ese estado, lo que podría acabar en la cárcel. 2024. Al menos 11 personas murieron y cerca de 4,000 resultaron gravemente heridas en el sur del Líbano y en los suburbios de Beirut por la explosión de buscapersonas en todo el país, comunicó el ministro de Salud del Líbano, Firas Abiad, citado por Al Jazeera quien informó que cientos de miembros del movimiento chiita Hezbolá sufrieron heridas graves.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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