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54Grado.com : Hoy es sábado 18 de julio del 2026. Faltan 166 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1843. Juan Pablo Duarte presencia con dolor desde su escondite donde se encontraba, la ofensa hecha a su familia por varios oficiales haitianos que intentaron sorprender a Rosa Duarte invitándole a bordarlo en una bandera las armas de la Gran Colombia. 1849. El Congreso Nacional confiere al general Pedro Santana el título de Libertador de la Patria por su victoria obtenida en la Batalla de Las Carreras y ordena que su retrato sea colocado en el Palacio del Ejecutivo, entre los de Cristóbal Colón y Juan Sánchez Ramírez. 1857. En un intento de resistir el avance de la revolución en el Cibao, el general Buenaventura Báez, llama a las armas a todos los dominicanos aptos para empuñar el fusil. 1871. Nace en Santo Domingo, el industrial azucarero y ex presidente provisional de la República, Juan Bautista Vicini Burgos. 1912. Mediante una ley aprobada y promulgada el mismo día por el Presidente Eladio Victoria, el español o castellano es consagrado como idioma oficial del país. 1947. La Tesorería Nacional expide el cheque por la suma de RD$9 millones, 271 mil, 855 pesos con 55 centavos, para pagar la deuda externa de la República Dominicana a los Estados Unidos de América. 1963. El director de la Academia Militar "Batalla de las Carreras", coronel Rafael Fernández Domínguez, es presionado por la alta jerarquía castrense, al disponer que los aspirantes a cadetes fueran admitidos sin tomar en cuenta su evaluación política. 1965. El presidente Francisco Caamaño Deñó y el diplomático Eduardo Read Barreras, escogido para Vicepresidente del proyectado Gobierno Provisional, se reúnen en privado en el Edificio Copello. 1984. El líder del PRD, José Francisco Peña Gómez, pronuncia un discurso al país, en el que admite que "el cáncer de la división (del PRD) ya ha alcanzado toda la anatomía social del perredeísta, incluyendo al bloque parlamentario". 1999. La convención ordinaria del PRD proclama al agrónomo Rafael Hipólito Mejía Domínguez y la doctora Milagros Ortiz Bosch, como sus candidatos presidencial y vicepresidencial para los comicios del 16 de mayo del 2000. También a Hatuey De Camps y Rafael Suberví Bonilla, presidente y secretario general de la organización. 2012. Un equipo médico del Hospital General de la Plaza de la Salud establece el hito en trasplante cardíaco al intervenir la joven de 22 años, Estephanie Moreno Vargas. 2016. La Asamblea Nacional proclama la reelección de los actuales mandatarios Danilo Medina y Margarita Cedeño de Fernández, como presidente y vicepresidenta de la República, respectivamente. 2020. En su boletín 121, el ministerio de Salud Pública informa el fallecimiento de 29 personas, la mayor cifra en un solo día desde el inicio de la pandemia el primero de marzo, así como otra cifra récord de 1,406 nuevos contagiados en 24 horas. 2021. El secretario general de la ONU, António Guterres, solicita por medio de una carta al presidente dominicano Luis Abinader, la cooperación de su Gobierno para detener la hambruna mundial. -El Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), informa el cierre de 38 emisoras que operaban ilegalmente en el país, con el objetivo de poner en orden el espectro radioeléctrico del país. 2023. Al menos 16 estudiantes y un profesor resultan heridos tras una explosión en el laboratorio de química de la Universidad Central del Este (UCE) en San Pedro de Macorís. 2025. La Junta Central Electoral (JCE) anuncia la entrega de cédulas a menores a partir de los 12 años, documento que funcionará exclusivamente como identificación oficial sin otorgar el derecho al voto antes de 18 años, medida implementada como parte del proyecto de la nueva cédula con tecnología avanzada y la nueva Ley del Registro Civil. Internacionales: 0064. Comienza el Gran Incendio de Roma. 1546. Muere el principal innovador de la Iglesia Católica, el ex sacerdote Martín Lutero. 1566. Muere en Madrid, España, Fray Bartolomé de las Casas, gran defensor de la dignidad humana. 1817. Se cumplen 200 años de la muerte de la autora inglesa Jane Austen. 1870. Tras haber sido elaborada y aprobada por el Concilio Ecuménico Vaticano I, el papa Pío IX promulga la Constitución Dogmática Pastor Æternus, que contiene la definición solemne del Dogma de la Infalibilidad Pontificia. 1872. Muere en la Ciudad de México, Benito Juárez, Benemérito de las Américas. 1918. Nace en la ciudad Qunu, Umtata, el ex presidente de Sudáfrica Nelson Rolihlahia Mandela. 1936. En España, parte del ejército se levanta contra la Segunda República Española en un golpe de Estado que desembocará en la Guerra Civil. -El general Francisco Franco sale de Gran Canaria para ponerse al frente del Ejército de África, sublevado contra el Gobierno. 1961. En España, es descubierto un sabotaje en la vía por la que iba a pasar un tres con ex combatientes, siendo esta la primera acción militar de ETA desde que fuera fundada en 1959. 1962. El ejército peruano, bajo el mando del jefe del Estado Mayor, general Ricardo Pérez Godoy, se hace cargo del gobierno, derrocando al presidente Manuel Prado. 1965. Se produce la independencia de Gambia. 1967. El expresidente brasileño Humberto Castelo Branco fallece en un accidente aéreo. 1969. La OEA ordena el cese del fuego en la guerra entre El Salvador y Honduras. 1990. La ONU declaró esta fecha como el Día Internacional de Nelson Mandela, en reconocimiento a su contribución a la paz y a la libertad. 1994. El Frente Patriótico Ruandés comunica oficialmente a la Organización de las Naciones Unidas el fin de la guerra en el país africano. -Un atentado terrorista a la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), deja 85 muertos y más de 300 heridos. 1998. En las costas del norte de Papúa Nueva Guinea, un maremoto hace desaparecer a unas 3000 personas. 2005. Un influyente centro de investigación del Reino Unido asegura que la alianza del gobierno británico con los Estados Unidos contribuye a que el país se convierta en blanco de ataques extremistas. 2012. En Siria, un atentado cometido en Damasco provoca la muerte del Ministro de Defensa y otros altos funcionarios del Gobierno, cuya acción fue reivindicada por los rebeldes. 2013. Tijuana se convierte en la primera ciudad mexicana y latinoamericana en realizar el apagón analógico, o el cese de las emisiones analógicas de los operadores de televisión alrededor del mundo. 2019. El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, se refiere al gobernador de Puerto Rico, Ricardo Rosselló, como una persona despreciable e incompetente, en quien no confiaría en ninguna circunstancia. 2020. Muere de cáncer a la edad de 80 años, el histórico dirigente afroamericano y congresista demócrata John Lewis, definido por la presidenta de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, Nancy Pelosi, como "la conciencia del Congreso". 2021. Al menos 160 personas pierden la vida como consecuencia de las inundaciones provocadas por las lluvias torrenciales registradas en Alemania, según el reporte oficial ofrecido por las autoridades. 2023. El expresidente Donald Trump revela haber recibido una carta "del transtornado Jack Smith, el fiscal del DOJ de Joe Biden", que lo confirma como un "objetivo" del Departamento de Justicia en la investigación sobre el asalto al Capitolio, ocurrido previo a la terminación de su mandato en 2020. 2024. El expresidente estadounidense Donald Trump (2017-2021) acepta la nominación como candidato republicano a la Casa Blanca, en su primer discurso público, en el que reitera su promesa de acabar con la crisis migratoria y terminar de levantar el muro en la frontera sur con México, tras haber sido víctima de un intento de asesinato días antes. 2025. En Siria, se registran intensos enfrentamientos armados en la región de Sueida, entre combatientes locales, beduinos y grupos rusos, dejando un saldo de cientos de muertos.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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