noticia principal

                                                                 

Efemérides

54Grado.com : Hoy es jueves 5 de marzo del 2026 . Faltan 302 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1849. El general haitiano Faustino Souluque a la cabeza de 18,000 hombres se dirige por Mirebelais hacia la frontera, mientras que otro ejército salido del norte al mando del general Bidó, penetra por Hincha al territorio dominicano. 1878. El abogado Cesareo Contreras es posesionado como presidente provisional de la República, en sustitución de Ignacio Ma. González. 1863. El general José Hungría, al frente de tropas españolas, derrota a las fuerzas dominicanas al mando del general Antonio Batista en Sabaneta. 1974. El candidato presidencial del Acuerdo de Santiago, Antonio Guzmán Fernández, es arrestado en Elías Piña, por el mayor de la Policía Nacional, Benjamín Cuello Robles, acusado de tráfico de armas de fuego en la zona fronteriza. 2002. Circula por primera vez en el país el diario gratuito El Día, bajo la dirección del periodista y abogado Rafael Molina Morillo. 2005. El juez del Tercer Juzgado de Instrucción de la provincia Santo Domingo, William Encarnación, dispone la prisión de fray Meregildo Díaz y Díaz, quien era investigado con relación al asesinato de los esposos Joel Alexander Díaz Sarmiento y Yaniris Sánchez Ruiz. 2009. Un tribunal condena a 10 años de prisión al banquero Pedro Castillo, por alegadas irregularidades durante el tiempo que se desempeñó como presidente del Consejo de Directores del Banco del Progreso. 2012. Fallece de un paro cardíaco a la edad de 75 años, el locutor, productor de TV y ex alcalde del Distrito Nacional, Rafael Corporán de los Santos, quien dos días antes de ser homenajeado. 2015. El ministerio de Relaciones Exteriores, dispone la suspensión de los servicios que ofrecen los cuatro consulados en Haití, debido a las agresiones de que han sido objeto las legaciones diplomáticas por grupos haitianos, en protestan por supuestos maltratos a sus compatriotas en territorio dominicano. -Al menos 10 partidos políticos agrupados en el denominado Bloque Progresista, ofrecen su respaldo moral al ex presidente Leonel Fernández, frente a las acusaciones en su contra hechas por el narcotraficante Quirino Paulino Castillo, quien le reclama una supuesta deuda de RD$200 millones aportados para la campaña electoral del 2004. 2024. La Junta de Aviación Civil (JAC) anuncia la suspensión "con efecto inmediato" de las operaciones aéreas de pasajeros y carga desde y hacia Haití, debido al deterioro de la situación en el país vecino, sumergido en una crisis agravada desde la semana pasada. 2025. El presidente del Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), Celso Juan Marranzini, advierte sobre el impacto que podrían tener las iniciativas legislativas y decisiones tributarias tomadas sin el debido consenso con los sectores productivos, los los que podrían afectar la confianza del sector privado, las inversiones y la generación de empleo. Internacionales: 254. Muere en Roma, el Papa Lucio I, quien se caracterizó por prohibir la cohabitación entre hombres y mujeres que no fuesen consanguíneos e impuso a los eclesiásticos no convivir con las diaconisas que le daban hospitalidad por sentimientos caritativos. 1496: El rey Enrique III de Inglaterra encomienda a John y Sebastián Cabot el descubrimiento de nuevas tierras. 1933 En Alemania, Adolfo Hitler gana las elecciones parlamentarias, pero no consigue la mayoría absoluta en el Parlamento. 1946. Sir Winston Churchill advierte sobre el peligro de la expansión comunista y se refiere a la "Cortina de Hierro" que divide a Europa, iniciándose así la llamada "Guerra Fría". 1953 Muere el dictador soviético José Stalin. 1966. En Brasil, las autoridades revela un descomunal robo de materiales nucleares 2001. En Santee (California), un joven de 15 años mata a dos alumnos y hiere a otras 13 personas en su liceo. 2008. La Organización de Estados Americanos (OEA) condena a Colombia por violar la soberanía e integridad territorial de Ecuador en la incursión sobre una base de las FARC. 2013. Fallece en el hospital militar de Caracas, Venezuela, a la edad de 58 años, el presidente Hugo Chávez, víctima de un sarcoma o cáncer pélvico. 2014. El presidente venezolano Nicolás Maduro, anuncia la ruptura de relaciones diplomáticas y políticas con Panamá, como respuesta a la solicitud de esta última de convocar una sesión extraordinaria de la OEA para analizar la situación venezolana. 2015. El ex presidente del Supremo panameño, Alejandro Moncada Luna se convierte en el primer magistrado de ese organismo que es condenado por delitos de corrupción y enviado a una cárcel. -North Bonneville, del estado de Washington, se convierte en el primer pueblo estadounidense que inaugura una tienda para la venta de marihuana, propiedad de la Alcaldía, una iniciativa pensada para fomentar el turismo. 2018. Unos 3,000 diputados chinos aplauden calurosamente la reforma que ofrece a Xi Jinping, un mandato ilimitado, con el objetivo de transformar al gigante asiático en superpotencia mundial. -En Nigeria, un brote sin precedentes de fiebre de Lassa, enfermedad mortal que posee un alto potencial epidémico que se manifiesta en forma de hemorragia viral aguda, actualmente sin cura que se produce por contacto con la orina o las heces de roedores de la especie Mastomys natalensis, causa estragos esta nación Africana. 2019. El presidente Comité Judicial de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, Jerrod Nadler, pide a 60 personas relacionadas con el presidente Donald Trump, documentos sobre su supuesta obstrucción a la Justicia, corrupción y abuso de poder. - La Iglesia Católica admite que 101 sacerdotes han sido llevados a proceso por delitos sexuales desde el año 2010 en México, sin informar su estatus ni resultado de las acusaciones ante las autoridades civiles. 2021. El Gobierno venezolano anuncia la emisión de un nuevo cono monetario con la incorporación de tres nuevos billetes de 200,000, 500,000 y un millón de bolívares, teniendo este último un valor de 50 centavos de dólar. 2023. El gobierno de Nicaragua declara ilegal el Consejo Superior de la Empresa Privada y las 19 cámaras que lo integran, alegando incumplimiento en la actualización de sus permisos para trabajar, cuyos máximos directivos fueron encarcelados en 2021 y deportados en febrero de este año. 2024. Después de varios días en paradero desconocido, el primer ministro, Ariel Henry, llega a San Juan de Puerto Rico procedente de Estados Unidos, país al que había ido tras su estadía en Kenia, mientras el jefe de las bandas armadas Jimmy Chérizier, alias (Barbecue), asegura que si no dimite, el país se encamina a un "genocidio". - Israel y Hamás acuerdan los "puntos básicos" para alcanzar una tregua de 40 días, entre los que se incluye el canje de 40 rehenes israelíes por 404 presos palestinos en cárceles israelíes. - "El conflicto en Ucrania es bueno para la industria y la economía de EE.UU.", proclamó el secretario de Defensa, Lloyd Austin, durante una reunión del Consejo de Competencia de la Casa Blanca, en la que también participa el presidente Joe Biden. 2025. El presidente de Panamá, José Raúl Mulino, afirma que su homólogo de Estados Unidos, Donald Trump, "nuevamente miente" al afirmar que el Canal de Panamá está "en proceso de recuperación" por parte del Gobierno estadounidense. - La provincia de Ontario suspende un contrato de 100 millones de dólares con el servicio de internet por satélite Starlink, propiedad del empresario Elon Musk, en represalia por los aranceles impuestos por EE.UU. contra Canadá.

mausan y noticia en vivo

El Tiempo

                                                      

Las Caliente Noticias

                                            Flag Counter

Buscar este blog


 


 


 

lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario


Noticias54

                             

Noticias