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54Grado.com : Hoy es miércoles 21 de enero del 2026 . Faltan 344 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: Santoral: Nuestra Señora de La Altagracia, Madre y Protectora del Pueblo Dominicano. Patrona de Higüey, San José de Ocoa, Loma de Cabrera, Nagua, Hostos, una parroquia de la Capital y otra de Santiago, Santa Inés del Monte. Día de La Altagracia y los Gremios. No laborable. Día Internacional del Abrazo y en Europa, de la Mediación Efemérides Nacionales: 1691. Tropas domínico-españolas, bajo el mando de Francisco de Segu­ra Sandoval y Castilla, vencen a los franceses que ocupaban la parte occidental de la isla, en la batalla conocida como de La Limonade, cerca de El Limonal, hoy Cabo Haitiano, 1692. La Santa Sede dispone la veneración este a la Virgen de la Altagracia, en vez del 15 de agosto, debido a que en la segunda fecha la Iglesia celebraba el Misterio de la Asunción de la Virgen a los Cielos. 1865. Nace en la ciudad de San Cristóbal, la niña Altagracia Julia Molina Chevalier, madre del dictador Rafael Leónidas Trujillo Molina. 1874. Ignacio María González asume junto con Manuel Altagracia Cáceres, la presidencia conjunta de la República bajo el título de "Generales Encargados del Poder Supremo de la Nación". 1929. Es firmado un nuevo tratado de límites territoriales entre Haití y la República Dominicana, mediante el cual esta última cede a la primera 4,000 kilómetros cuadrados, al trazar nuevos límites fronterizos. 1931. El presidente Rafael Trujillo, emite desde Santiago una proclama con motivo de la muerte un día anterior a manos de tropas regulares del sublevado general Desiderio Arias, en la dijo "cayó víctima de su irreflexión y de su desamor a la paz". 1939. Un grupo de exiliados dominicanos encabezado por Juan Bosch, Ángel Miolán, Nicolás Silfa, Enrique Cotubanamá Henríquez, Juan Isidro Jiménez Grullón, Virgilio Mainardi Reyna, Lucas Pichardo, José Manuel Santana (Pipi) y Telma Frías, fundan en la Habana, Cuba, el Partido Revolucionario Dominicano (PRD). 1952. El sicario Valentín Santamaría, asesina de 18 puñaladas al dirigente sindical Raúl Cabrera, secretario general del Sindicato de Peleteros, quien al igual que Mauricio Báez organizó los trabajadores dominicanos. 1955. La imagen de la Virgen de la Altagracia es trasladada desde Higüey hasta la Capital, donde es objeto de varios homenajes oficiales. 1959. Es promulgada la Ley 5071 que prohíbe toda exhortación o transferencia de divisas depositadas en los bancos nacionales. 1966. El ex presidente Juan Bosch realiza su primera salida de su viviendo, para visitar a su hijo León Bosch, en el hospital Padre Billini, donde se encuentra interno herido de gravedad por un militar en un lugar de diversión del sector Borojol de la capital 1970. El Vaticano dispone el traslado de Monseñor Hugo Eduardo Polanco Brito, del arzobispado de Santo Domingo a la diócesis de Higüey. 1971. Es inaugurada la Basílica Nuestra Señora de La Altagracia en Higüey, obra que estaba inconclusa desde el régimen del dictador Rafael Leónidas Trujillo. -El presidente Joaquín Balaguer designa Jefe de la Policía Nacional al mayor general E.N. Enrique Pérez y Pérez, a quien se le atribuye la conformación de la denominada "La Banda Colorá". 1993. La prensa nacional se hace eco de la Pastoral emitida por la Conferencia del Episcopado Dominicano, con motivo del Día de la Altagracia, en la que sugiere a la sociedad ejecutar acciones contra la corrupción. 2000. El presidente constitucional ecuatoriano Jamil Mahuad, es destituido luego de que miembros de la Confederación de Nacionalidades Indígenas tomaran las calles de Quito y avanzaran al Congreso Nacional, apoyados por un grupo de coroneles encabezados por Lucio Gutiérrez. 2005. El licenciado Hatuey De Camps y un grupo de dirigentes del PRD, fundan el Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSC). 2009. Desde esta fecha todas las embajadas de los Estados Unidos están sin titulares, incluyendo la de República Dominicana, debido a que el presidente electo Barack Obama, les pidió su renuncia. 2011. Desconocidos asesinan de varios balazos al coronel PN Virgilio Casilla Minaya en medio de un alegado asalto en la calle San Marcos, del barrio La Fe, en Los Alcarrizos, Santo Domingo Oeste, los que además hirieron a su esposa Mercedes Lugo de Casilla y su hermano Leoncio Casilla Minaya. 2024. Con motivo de celebrarse el Día de la Virgen de La Altagracia,el arzobispo de la Arquidiócesis de Santo Domingo, monseñor Francisco Ozoria, pide a la población orar por los procesos electorales que se desarrollarán en los siguientes meses y a no elegir candidatos "delincuentes y corruptos". Internacionales: 1564. El Concilio de Trento ordena cubrir todas las partes consideradas obscenas en la Capilla Sixtina, pintada por Miguel Ángel. 1790. La Asamblea Constituyente francesa proclama la igualdad de todos los ciudadanos ante la Ley. 1793. El depuesto rey Luis XVI es condenado a ser decapitado, al ser encontrado culpable de conspiración contra el gobierno francés. 1811. En Venezuela, el Congreso promulga la primera Constitución de la república. 1879. El periódico New York Herald anuncia que Thomas Edison ha inventado el alumbrado público por electricidad. 1919. Primera reunión del Parlamento irlandés, en la que se confirma el establecimiento de la república de este país. 1924. Muere líder comunista ruso Vladimir Ilich Lenin. 1976. Es inaugurado el servicio regular de aviones supersónicos de pasajeros conocidos como "Concorde", con vuelos simultáneos de Air France entre París y Río de Janeiro, vía Senegal. 1999. En México, es condenado a 50 años de prisión Raúl Salinas de Gortari, hermano del ex presidente Carlos Salinas de Gortari, al ser hallado culpable de planificar el asesinato, en 1994, de Francisco Ruiz Massieu, secretario general del Partido Revolucionario Institucional (PRI). 1998. Llega a Cuba el Papa Juan Pablo II en visita pastoral al país. Es recibido por el Presidente Fidel Castro en el aeropuerto de Ciudad de La Habana. 2000. En Ecuador, el coronel del Ejército Lucio Gutiérrez derroca al presidente Jamil Mahuad, en una sublevación conocida como "La Revolución de Quito". 2006. Fallece a los 62 años el presidente de Kosovo, Ibrahim Rugova, quien sufría de cáncer pulmonar. 2008. La bolsa española sufre la mayor caída del índice IBEX 35, desde su creación en 1992, al registrar pérdidas de 7.54%, equivalente a un retroceso de 12,625 puntos. 2009. En su primer día de su mandato, el Presidente Barack Obama ordena suspender por 120 días los procesos judiciales en la cárcel de Guantánamo, en Cuba. 2013. Al menos 67 personas -37 extranjeros de ocho nacionalidades, un argelino y 29 integrantes del comando islamista- mueren en el ataque y la toma de rehenes que 32 "terroristas" llevan a cabo en una planta de gas del sudeste de Argelia. 2014. Una comisión de fiscales y forenses da a conocer un informe encargado por el gobierno de Catar sobre las torturas cometidas por el Gobierno de Siria basado en el análisis de miles de fotografías de cadáveres de presos torturados, aportadas por un desertor funcionario sirio. 2016. Al menos 19 personas murieron y otras 45 resultan heridas por disparos en la República Democrática del Congo durante los enfrentamientos entre las fuerzas de seguridad del Estado y manifestantes contrarios al presidente Joshep Kabila. 2019. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró nula la directiva de la Asamblea Nacional (AN), en desacato, juramentada el pasado 5 de enero. El presidente de la Sala Constitucional del TSJ, Juan José Mendoza, leyó una sentencia donde se declara que la AN "no tiene junta directiva válida". - Cerca de cien miembros de las fuerzas de seguridad afganas mueren en un ataque de los talibanes a una base de la principal agencia de inteligencia afgana, el Directorio Nacional de Seguridad, recientemente construida en el centro del país. 2020. Las autoridades sanitarias de los Estados Unidos confirman el primer caso en su territorio de la pandemia de COVID-19, correspondiendo a un hombre de aproximadamente 30 años, originario del Estado de Washington, que había viajado recientemente a China Continental. 2024. Según cifra del Ministerio de Salud de Gaza, los muertos palestinos en Gaza tras tres meses de guerra entre Israel y Hamás, supera las 25,000 personas, mientras el gobierno israelí parecía lejos de alcanzar su objetivo de aplastar al grupo armado y rescatar a más de 100 rehenes. 2025. La obispa Mariann Edgar Budde, de la Diócesis Episcopal de Washington, exigió al presidente de Estados Unidos, Donald Trump, durante la ceremonia religiosa por su investidura, tener misericordia con los niños, los inmigrantes y la comunidad LGTBIQ, lo que el mandatario rechazó, exigiéndole pedir disculpas al "público" asistente.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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