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54Grado.com : Hoy es miércoles 6 de mayo del 2026 . Faltan 239 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1497. Por Real Cédula, España declara libre de impuestos el comercio de las Indias americanas. 1813. Llega a Santo Domingo el brigadier Carlos de Urrutia y Matos, nombrado por el Rey de España jefe militar de la colonia, cargo vacante desde la muerte del brigadier Juan Sánchez Ramírez, acaecida el 11 de febrero de 1811. 1844. Las nuevas autoridades disponen, mediante el decreto número 9, que "todo dominicano que se haya ausentado desde el 9 de marzo al extranjero, aún con la licencia del Gobierno, estará obligado a regresar dentro de tres meses, so pena de perder sus derechos civiles, políticos y sus bienes confiscados". 1910. Arriban al país y por primera vez pisan suelos de América ocho religiosas de la congregación Hermanas Mercedarias de la Caridad, procedentes de Málaga, España, para traer el carisma evangelizador mercedario. 1961. El presidente Balaguer ofrece plenas garantías a los principales dirigentes del MPD, encabezados por Máximo López Molina -presos desde hacía seis meses, acusados de publicar su periódico político sin la debida autorización y crear desórdenes- para que difundan sus ideas, con miras a las elecciones de 1962. 1962. El presidente del Consejo de Estado, Rafael Bonnelly, advierte que el Congreso no puede ser disuelto, como han pedido muchos sectores de opinión del país. 1963. En una reunión de urgencia, los jefes militares convencen al presidente de la República, profesor Juan Bosch, de la inviabilidad de invadir Haití, como respuesta a la ocupación de la embajada dominicana en Puerto Príncipe. 1965. Es firmada la llamada "Acta de Santo Domingo", entre el Gobierno Constitucionalista, la Junta Militar y la Comisión de la Décima Reunión de Consulta de la OEA, la que también "aprueba" la intervención colectiva de una Fuerza Interamericana de Paz en el conflicto dominicano. -El presidente de Francia, Charles De Gaulle, critica la intervención militar estadounidense en el país, urgiendo al retiro de las tropas de ocupación, al tiempo de anunciar la posibilidad de reconocer al gobierno encabezado por el presidente Francisco Caamaño. 1999. El director del Departamento de Prevención Contra la Corrupción (DEPRECO), Justo Pedro Castellanos, admite que en el gobierno existen funcionarios corruptos. -Alegando irregularidades en el padrón interno del PRD, los precandidatos presidenciales Hatuey De Camps y Rafael Suberví Bonilla amenazan con retirarse de la competencia contra la alianza de Hipólito Mejía y Milagros Ortiz Bosch. 2004. El Tribunal Disciplinario del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) expulsa "por alta traición e intento de división" al exvicepresidente Jacinto Peynado, por respaldar la candidatura del expresidente Leonel Fernández. 2007. El presidente Leonel Fernández gana la candidatura interna del PLD para las elecciones del 2008, al obtener el 71.46 % de los votos frente al 28.54 % logrado por su único oponente, el exsecretario de la Presidencia Danilo Medina. 2009. Es ingresado en el Centro de Diagnóstico, Medicina Avanzada y Telemedicina (CEDIMAT) el dirigente peledeista Miguel Cocco, donde permanece en cuidados intensivos 14 días después de un paro cardíaco. 2025. Fallece a la edad de 50 años el político y estratega de comunicación Roberto Rodríguez, quien fue vocero del presidente Danilo Medina durante las administraciones 2012–2020. Internacionales: 1527. Las tropas imperiales de Carlos V saquean Roma. 1626. Peter Minnewit, gobernador de Nueva Holanda, compra a los indios la isla de Manhattan. 1840. El Reino Unido efectúa la primera emisión de sellos de correos del mundo. 1895. José Martí es nombrado jefe supremo de la revolución en la lucha por la independencia de Cuba. 1910. Muere Eduardo VII, rey británico y emperador de la India. 1914. La Cámara de los Lores inglesa niega el voto a las mujeres. 1919. El presidente costarricense Federico Tinoco es depuesto y tropas estadounidenses desembarcan en defensa de los intereses de Estados Unidos en esa nación centroamericana. 1930. Un terremoto causa la muerte de 6,000 personas en Birmania. 1962. En el Vaticano, el papa Juan XXIII canoniza al peruano Martín de Porres, convirtiéndose en el primer santo negro de América. 1974. En la República Federal Alemana, el canciller Willy Brandt dimite a causa de un escándalo de espionaje. 1979. En España, una bomba atribuida a la organización terrorista ETA provoca la muerte de ocho personas en una cafetería de Madrid. 1994. Es inaugurado el Eurotúnel, que unió a Francia y el Reino Unido bajo el Canal de la Mancha. 2001. La banda terrorista ETA asesina al presidente del Partido Popular aragonés, Manuel Giménez Abad, cuando se dirigía a un partido de fútbol con su hijo. 2002. En Colombia son asesinados el ingeniero y político Guillermo Gaviria Correa y el asesor de paz Gilberto Echeverri, tras permanecer un año en poder de las FARC. 2007. Nicolas Sarkozy, de 52 años, gana la presidencia de Francia al triunfar en la segunda vuelta electoral con el 53 % de los votos, seis puntos porcentuales por encima de su rival socialista Ségolène Royal, quien obtuvo el 47 %. 2010. Los diputados haitianos aprueban una enmienda que amplía en tres meses el mandato del presidente René Preval en caso de no poder organizar las elecciones generales en noviembre como está previsto, dado el caos burocrático que vive el país desde el sismo de enero. -El Partido Conservador liderado por David Cameron gana las elecciones legislativas en el Reino Unido sin mayoría absoluta. 2011. El grupo terrorista Al Qaeda confirma -en un mensaje colocado en los foros yihadistas de Internet- la muerte de su fundador y líder Osama Bin Laden por un comando élite de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos. 2012. François Hollande es elegido presidente de la República Francesa en la segunda vuelta de las elecciones presidenciales. 2013. Son liberadas las jóvenes Amanda Berry, Gina DeJesus y Michelle Knight, luego de permanecer secuestradas durante una década en Cleveland (Ohio, EE. UU.) por tres hermanos de origen boricua. 2016. Un comité del Senado de Brasil vota mayoritariamente a favor de iniciar un juicio político contra la presidenta Dilma Rousseff, con lo que la mandataria se encuentra a un paso de ser destituida. -La Audiencia Nacional española condena a 92 años de cárcel al exdirigente de ETA, Eneko Gogeaskoetxea, por intentar matar al rey Juan Carlos I en la inauguración del Museo Guggenheim en Bilbao en 1997. 2018. El presidente ruso Vladimir Putin comienza su cuarto mandato presidencial, por el cual se mantendrá al frente de Rusia hasta 2024, después de haber dirigido el país durante 18 años, ya sea desde la presidencia o la jefatura del gobierno. -El diario The New York Times revela que el senador republicano John McCain, quien sufre un agresivo cáncer en el cerebro, instruyó a sus más allegados para que el presidente de EE. UU., Donald Trump, no acuda a su funeral, sino el vicepresidente Mike Pence. 2019. Más de 370 exfiscales de los Estados Unidos firman una carta en la que afirman que, de no ocupar el cargo de presidente de EE. UU., Donald Trump habría sido acusado formalmente de obstrucción a la justicia por las revelaciones incluidas en el informe del fiscal especial Robert Mueller sobre la llamada trama rusa. 2020. El presidente Donald Trump veta una resolución aprobada por el Congreso de Estados Unidos en febrero, que le impide tomar cualquier acción militar contra Irán sin antes solicitar permiso al Legislativo, medida que el gobernante considera "muy insultante". -Un informe de la Organización Mundial de la Salud (OMS) defiende infectar voluntarios con el virus del COVID-19 para desarrollar una vacuna a corto plazo que evite la pérdida de "millones de vidas" y una tensión extrema en los sistemas de atención de la salud en todo el planeta. 2021. Los reguladores en Rusia aprueban una versión de dosis única de la vacuna rusa Sputnik V, para acelerar la inmunidad colectiva contra el coronavirus, contraria a la Sputnik Light, que requiere dos dosis y aún no ha completado las pruebas avanzadas necesarias para garantizar su inocuidad. -Habitantes de la favela de Jacarezinho, al norte de Río de Janeiro, viven momentos de terror durante un intenso tiroteo entre la Policía y narcotraficantes que dejó un saldo de 25 muertos, entre ellos un agente policial. 2023. En la Abadía de Westminster (Reino Unido), Carlos III es coronado rey, ceremonia que más de un centenar de líderes mundiales y millones de personas siguieron en el histórico momento a través de la televisión. 2025. Los 133 cardenales electores se instalan en la residencia de Santa Marta y otras dependencias del Vaticano, donde permanecerán aislados del mundo durante el cónclave hasta elegir al sucesor del papa Francisco. -La Policía boliviana apresa a la jueza Lilian Moreno, cuando se trasladaba desde su casa en la ciudad oriental de Santa Cruz, lugar en donde trabaja, la que días antes anuló la orden de aprehensión contra el expresidente Evo Morales por un caso de trata agravada de personas, para responder por acusaciones de prevaricato y resoluciones contra la Constitución.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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