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54Grado.com : Hoy es miércoles 25 de marzo del 2026 . Faltan 281 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1547. Muere en la Villa de Azua, Hernando Gorjón, rico encomendero, patrocinador de una universidad o colegio que llevó su apellido (Colegio Gorjón). 1843. Juan Pablo Duarte se dirige a San Cristóbal, donde logra que el comandante haitiano pronuncie la villa a favor de los que conspiraban contra Boyer. 1845. Se produce la muerte del general haitiano Augusto Broward, mientras exploraba posiciones militares en las frontera. 1861. Continúan los pronunciamientos a favor de la anexión a España por parte de los generales encargados de Montecristi, Sabaneta y Guayubín. 1864. El Padre de la Patria, Juan Pablo Duarte, regresa al país, luego de cumplir con la misión encomendada de recorrer América del Sur en busca de ayuda para la causa de restaurar la independencia nacional. 1865. Tras la Junta Provisional de Gobierno organizar una nueva Constitución, el general Pedro Antonio Pimentel se convierte en el nuevo presidente de la República. 1874. El presidente Ignacio María Gonzáles, dicta un decreto modificando el arrendamiento de la Península de Samaná, efectuado por Buenaventura Báez, y ratificado el 18 de febrero de este mismo año. 1879. Es creada mediante el decreto No. 1765, la provincia Montecristi, integrada por las comunes: San Fernando de Monte Cristi, común cabecera, Guayubín, Dajabón, Sabaneta y el puesto cantoral de Guaraguanó. 1894. La denominada "rebelión de los azuanos", encabezada por Ignacio María González, con el respaldo de Gregorio Luperón y Casimiro de Moya, cruzan la frontera, para enfrentar el gobierno del presidente Ulises Heureaux, el que los venció fácilmente por la colaboración del presidente haitiano Fiorvil Hippolite. 1895. José Martí y Máximo Gómez firman en Montecristi el famoso Manifiesto, para luchar ambos por la independencia de Cuba. 1936. Muere en Tamboril, provincia Santiago, a la edad de 75 años, el ex presidente Horacio Vásquez. 1962. El ingeniero Mario Penzo Fondeur renuncia como titular de la secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones, alegando que el Consejo de Estado nombraba sistemáticamente funcionarios y empleados sin consultarlo. - Queda constituida la Confederación Nacional de Trabajadores Libres (CONATRAL), con dirigentes disidentes de la original FOUPSA, siendo sus principales dirigentes Robinson Ruiz López, Antonio Checo y Diego Díaz. 1970. El presidente Joaqun Balaguer acepta su repostulación a un nuevo periodo de gobierno en las elecciones del 16 mayo, sellando así la división del Partido Reformista, con el rechazo del vicepresidente Francisco Augusto Lora. 1973. El llamado "Guerrillero Solitario", Hamlet Hermann, es apresado en Villa Altagracia por guardacampestres del ingenio Catarey, finalizando así la presencia en el país de insurrectos encabezados por el cprpnel Francisco Caamaño, en contra el régimen de Joaquín Balaguer. 1995. Monseñor Benito de la Rosa y Carpio es nombrado Obispo de la diócesis de La Altagracia (Higüey). 1999. El Gobierno dominicano deposita en la Organización de Estados Americanos (OEA), el instrumento de aceptación de la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 2002. El Congreso Nacional aprueba el Contrato para la explotación del oro entre el Estado dominicano y la empresa Placer Dome. 2003. El canciller Hugo Tolentino Dipp, renuncia al cargo, como reacción a la orden del presidente Hipólito Mejía de enviar soldados a Irán para apoyar a los Estados Unidos. 2008. Aunque dirigentes peledeistas lo niegan, la Junta Central Electoral dispone eliminar las nóminas de pago de las instituciones estatales, al margen de los funcionarios y empleados públicos que devengan salarios y remuneraciones por servicios regulares. -Al instalar la mesa interinstitucional para la lucha contra el narcotráfico, la secretaría de Interior y Policía informa que el 60% de los crímenes registrados en el país están vinculados a ese ilícito penal. 2014. El Gobierno dominicano proclama ante críticas de Estados Unidos, el derecho que tiene de establecer sus propias reglas migratorias, al impedir la salida del país a la dominico-haitiana Juliana Deguis, por no poseer la documentación requerida. 2020. Funcionarios del área económica del gobierno se reúnen con representantes de diferentes sectores productivos para ofrecerles apoyo que evite desempleos formales e identificar iniciativas para mantener el nivel de colocación en el país como pilar de la economía. 2024. El presidente Luis Abinader expresa que mientras dirija el Estado dominicano no permitirá que se creen campos de refugiados en el país, posición que dijo no cambiara "sin importar quien lo exija". 2025. El diputado Elías Wessin Chávez, revela que el Código Penal no fue aprobado debido a la presión ejercida por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), organismo que afirma financiaba ONG para que defendieran las tres causales del aborto. Internacionales: 1507. Aparece por primera vez la palabra América en un libro que habla del Nuevo Mundo. 1634. Llegan los primeros colonos británicos a la colonia de Maryland (del actual Estados Unidos), enviados por Lord Baltimore (Cecilius Calvert). 1791. En Buenos Aires, Argentina, es reabierta al público, tras 39 años de reconstrucción, la catedral metropolitana, hundida casi por completo en 1952. 1821. Patriotas griegos inician una revolución contra el imperio otomano, la que duró 12 años y culminó con la independencia de Grecia. 1802. Es firmada la "Paz de Amiens" entre Inglaterra y Francia, mediante la cual se devuelve Menora a España. 1825. en Londres (Inglaterra) se ejecuta la Novena Sinfonía de Beethoven por primera vez en Gran Bretaña. 1911. Un incendio en la fábrica de camisas Triangle Shirtwaist de Nueva York provoca la muerte de 146 mujeres, siendo el desastre industrial más mortífero en la historia de esa ciudad y el cuarto en el número de muertes de un accidente industrial en la historia de los Estados Unidos. 1954. Radio Corporation of America (RCA) manufactura el primer televisor a color. 1972. En El Salvador, un grupo de jóvenes militares trata fallidamente de dar un golpe de estado, como reacción al alegado fraude electoral, lo que contribuyó a acelerar el proceso de radicalización social y a engrosar las filas de las recientemente fundadas organizaciones guerrilleras. 1975. Bélgica, Francia, Luxemburgo, Alemania Federal, Italia y Holanda firman el Tratado del Mercado Común y se unen para formar la Comunidad Económica Europea (CEE), origen de la actual Unión Europea (UE). 1976. Las Fuerzas Armadas argentinas deponen el Gobierno de la Presidenta María E. viuda Perón. 1991. Es anunciada la disolución del Pacto de Varsovia. 1992. Retornan a la Tierra los cosmonautas rusos varados en el espacio por la caída de la ex-URSS, después de permanecer en órbita por cinco meses más de lo previsto debido a falta de fondos para costear su regreso. 2006. Muere en su domicilio de las afueras de Madrid, la actriz y cantante española Rocío Dúrcal, tras agravarse el cáncer que padecía desde hacía varios años. 2010. El diario New York Times revela que el Cardenal Joseph Ratzinger (luego Papa Benedicto XVI) ignoró más de 200 quejas de abuso sexual contra el sacerdote Lawrence Murphy, en una escuela católica para niños sordos en Wisconsin entre 1950 y 1974. 2014. El presidente Nicolás Maduro informa la captura y envío ante los tribunales militares, de tres generales que alegadamente pretendían darle un golpe de estado. 2018. Unas 37 personas pierden la vida, entre ellas 9 niños, y más de 40 resultan heridas en el incendio desatado en el centro comercial Zímniaya Vishnia (Cereza de invierno), situado en la ciudad rusa de Kémerovo. 2019. El juez Antonio Ivan Athié, del Tribunal Regional Federal de la Segunda Región de Brasil, concede la libertad al expresidente Michel Temer (2016-2018), preso preventivamente por sospechas de corrupción. -La OEA califica de "inadmisible" la llegada de tropas rusas a Venezuela para prestar apoyo al "régimen usurpador" del presidente Nicolás Maduro, una acción que, señala la institución, viola además la Constitución del país suramericano. 2020. Un tribunal británico niega la libertad condicional a Julián Assange, reclamado por EE.UU. para ser juzgado debido a las revelaciones de su portal WikiLeaks, pese al temor de que contraiga COVID-19 en la cárcel londinense donde está en prisión preventiva. 2021. Con menos de tres meses de ser juramentado, el presidente estadounidense, Joe Biden, revela en su primera rueda de prensa, tener la intención de presentarse a la reelección en los comicios de 2024, junto a la actual vicepresidenta, Kamala Harris, como su compañera de candidatura. -Archivos desclasificados por la Embajada de EE.UU. en Buenos Aires dan cuenta de cómo la Casa Blanca no solo estaba al tanto de que se preparaba un golpe militar para marzo de 1976 en Argentina, sino además que el gobierno de facto sería "prolongado y de una severidad sin precedentes" en su combate a la guerrilla. 2024. El Tribunal Basmanny de Moscú ordena medidas preventivas contra Isroil Islómov y sus dos hijos Aminchon y Dilovar, sospechosos de haber participado en el atentado perpetrado en la sala de conciertos Crocus City Hall en Moscú. 2025. Sergio Alfieri, el médico que se ha ocupado del papa Francisco durante su hospitalización en el hospital Gemelli, revela en una entrevista al diario "Corriere della Sera", que hubo un momento "en el que hubo de decidir entre parar y dejarlo ir o probar con todos los medicamentosy terapias posibles, corriendo un riesgo muy alto".

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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