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54Grado.com : Hoy es lunes 2 de febrero del 2026 . Faltan 332 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1851. El enviado especial de Estados Unidos a Haití y República Dominicana, Robert M. Walsh, busca un entendimiento entre ambas naciones, pero tras conversar con sus pares francés e inglés, opina que sólo obligado el gobierno haitiano renuncia a la guerra contra su vecino país. 1863. Fuerzas dominicanas sostienen un reñido enfrentamiento con tropas españolas a orillas del río Ozama. 1865. El Gobierno Restaurador dirige una comunicación a Juan Pablo Duarte en Caracas, informándole de los últimos acontecimientos políticos y exhortándole a que continúe sirviendo a la patria. 1962. Una comisión del PRD encabezada por su dirigente Juan Bosch, visita el Palacio Nacional y somete al Consejo de Estado una serie de ideas encaminadas a solucionar los más urgentes problemas que afronta el país. 1973. El coronel Francisco Caamaño y otros seis hombres más desembarcan por Playa Caracoles, Azua, con el propósito de establecer un grupo guerrillero en el país. 1997. Fallece en la ciudad de Miami, Estados Unidos, el cantante de diferentes géneros, Alberto Amancio Beltrán, conocido mundialmente en el mundo musical como "El Negrito del Batey". 2011. Fallece a la edad de 78 años el periodista Rafael Bonilla Aybar (Bonillita), figura de gran principalía en el golpe de Estado contra el gobierno del profesor Juan Bosch, el 25 de septiembre de 1963. 2014. Fallece a la edad de 88 años la señora Bélgica Adela (Doña Dedé) Mirabal, única sobreviviente de las hermanas Patria, María Teresa y Minerva, asesinadas 53 años antes por la dictadura de Rafael Trujillo. 2015. El embajador dominicano en España, Aníbal de Castro, refuta los conceptos contenidos en el reportaje "Los Niños que no Existen", publicado en el periódico español El País, sobre la nacionalidad de hijos de haitianos nacidos en la República Dominicana, señalando que "se mezclan verdades y especulaciones, y se recrean viejos mitos para una idea distorsionada de lo que es la República Dominicana". 2017. A raíz de la evolución acelerada del mercado de telecomunicaciones, el crecimiento del mismo y de las nuevas tecnologías utilizadas en las redes de telecomunicaciones, el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), anuncia que elabora una propuesta a la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) para la modificación de la Ley General de Telecomunicaciones número 153-98 que regula este servicio en el país. 2018. La diputada Faride Raful denuncia que el Gobierno del extinto presidente de Venezuela Hugo Chávez habría pagado de manera irregular US$10 millones en el 2002 a la empresa dominicana Polis Caribe, de los brasileños Mónica Moura y Joao Santana, como asesoría política, los cuales supuestamente fueron entregados a estos por el actual presidente, y entonces canciller Nicolás Maduro. -El presidente Danilo Medina recibe en su despacho del Palacio Nacional una comisión de 17 legisladores haitianos, sin que los gobiernos de ambos países informaran sobre los temas tratados en el encuentro. 2021. Es oficializado el arresto de Argenis Contreras González, quien había huido a Estados Unidos para evadir el proceso judicial que se le sigue por el secuestro y asesinato del abogado Yuniol Ramírez Ferreras y la comisión de supuestos actos de corrupción. 2022. La Superintendencia de Bancos (SIB) anuncia el inicio del proceso de liquidación del banco de servicios múltiples (Bancamérica), primera entidad de su tipo que afronta ese mecanismo desde la crisis de 2003. - El Gobierno insiste en plantear la modificación de la Constitución de la República para reestablecer el Ministerio de Justicia y la independencia del Ministerio Público, iniciativa llevada para su discusión en la mesa temática sobre Transparencia e Institucionalidad del Consejo Económico y Social (CES). 2023. Los gobiernos dominicano y canadiense firman un nuevo acuerdo de transporte aéreo, mediante el cual se amplían las operaciones entre ambos Estados. Internacionales 1514. Es fundada en la costa norte de Cuba, la villa Santa María del Puerto del Príncipe (la hoy actual capital de la provincia Camagüey). 1516. Juan Díaz de Solís llega al territorio que hoy ocupa la República de Uruguay 1813. Es proclamada la abolición de la esclavitud en las provincias unidas de Río de la Plata, Argentina. 1842. En España, el sacerdote Martín Merino intenta matar con un puñal a Isabel II, hiriéndola levemente en el pecho, siendo inmediatamente arrestado y condenado a muerte. 1848. Se firma el tratado que pone fin a la guerra entre México y Estados Unidos, mediante el cual esta última nación se anexa los territorios de Nuevo México, California, Arizona y Texas. 1919. Adolfo Hitler ordena la disolución del Parlamento Alemán (Reichstang). 1943. Finaliza la batalla de Stalingrado con la rendición del ejercito alemán. 1960. Comienzan en Greensboro (Carolina del Norte) las protestas pa­cíficas de los estudiantes negros que quieren ser atendidos en los restau­rantes públicos. 1962. En Guatemala, el gobierno declara el estado de sitio, tras descubrirse una conjura para asesinar al presidente, a todos los ministros y al prelado metropolitano. 1964. La nave espacial no tripula­da Ranger 6, lanzada dos días antes desde EE UU, llega a la Luna, pero se destroza y no puede enviar la información fotográfica que se esperaba. 1982. En Colombia, el líder del Partido Nuevo Liberalismo, Luis Carlos Galán, descalifica la lista del Movimiento de Renovación Liberal de Antioquia, que incluye la nominación a representante de Pablo Escobar. 1993. Holanda despenaliza parcialmente la eutanasia. 1996. En Moses Lake, Washington, Barry Loukaitis, de 14 años, se viste como un pistolero y mata a tres personas y en Atlanta, Georgia, David Dubose, de 16 años, mata a un profesor. 1999. El ex Teniente Coronel venezolano Hugo Rafael Chávez asume la Presidencia del país y convoca a un referéndum para designar una Asamblea Constituyente que redacte una nueva Carta Magna. 2000. El ex teniente coronel Hugo Antonio Chávez Frías asume como Presidente de la República de Venezuela, anunciando el comienzo de la construcción de la V República. 2006. En Gran Bretaña, un organismo que revisa las medidas antiterroristas alerta sobre la ejecución de posibles nuevos ataques terroristas, entre ellos atentados suicidas como los que mataron a 52 pasajeros del sistema de transporte de Londres el 7 de julio de 2005. 2008. Las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) anuncian, a través de un noticiero de televisión, la liberación por motivos de salud, de los ex congresistas Gloria Polanco de Lozada, Luis Eladio Pérez y Orlando Beltrán, secuestrados en 2001, formando parte desde entonces del grupo de 43 rehenes considerados "canjeables". 2010. El secretario de Defensa de EE. UU., Robert Gates, y el jefe del Estado Mayor Conjunto, almirante Michael Mullen, promueven ante el Senado la anulación de una ley que prohíbe a los soldados gays hablar públicamente de su orientación sexual, so pena de ser despedidos. 2012. En Ucrania, una ola de frío provoca la muerte de 101 personas. 2013. El Frente de Salvación Nacional de Egipto llama a derrocar al presidente Mohamed Mursi, para llevarle ante la justicia. 2016. El primer ministro de Haití, Evans Paul, dimite en medio de la crisis electoral que ha impedido elegir al sucesor del presidente del país, Michel Martelly, cuyo mandato concluye el siete de este mes. -El senador republicano por Texas Ted Cruz, derrota en Iowa a su contrincante Donald Trump, el magnate y showman neoyorquino que ha revolucionado la política estadounidense con su retórica agresiva y sus exabruptos xenófobos. 2020. Un juez boliviano dicta seis meses de prisión preventiva bajo acusaciones de sedición y terrorismo a la apoderada legal del depuesto presidente Evo Morales, encargada de los trámites para su postulación como legislador en las elecciones de mayo. -La policía británica ultima un hombre al que identifica, en el barrio londinense de Streatham, después de apuñalar varias personas en un incidente calificado de "terrorista". 2021. Tras su regreso a su patria, la Justicia rusa impone al líder opositor Alexéi Navalni, una pena de tres años y medio de prisión, al hacer efectiva una sentencia suspendida de 2014 que fue calificada de arbitraria por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. 2022. El presidente Joe Biden ordena el despliegue de 3,000 tropas estadounidenses en territorios de países aliados situados al este de Europa, en medio de las tensiones militares con Rusia por la crisis de Ucrania. -En la Provincia de Buenos Aires, Argentina, una guerra de narcotraficantes deja decenas de muertos y personas internadas por consumo de cocaína envenenada. 2023. El senador opositor brasileño Marcos do Val, revela que un cercano colaborador del expresidente ultraderechista Jair Bolsonaro intentó convencerlo de unirse a una conspiración para anular las elecciones de octubre, ganada por el expresidente Luix Inacio Lula da Silva. 2025. El secretario de Estado de EE. UU., Marco Rubio, insta al presidente panameño, José Raúl Mulino, a implementar "cambios inmediatos" para frenar la presunta influencia china en el Canal interoceánico. - La aplicación de mensajería instantánea WhatsApp, propiedad de la tecnológica estadounidense Meta, denuncia una campaña de ciberespionaje contra 90 usuarios, entre ellos periodistas, realizada usando el software de la empresa israelí Paragon Solutions, indicando que esa campaña, interrumpida en diciembre de 2024, usó "programas espía" (spyware).

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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