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54Grado.com : Hoy es miércoles 1 de abril del 2026 . Faltan 274 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1844. Se produce la primera acción bélica de la Marina Dominicana, bombardeando el puerto de Tortuguero, en poder de las fuerzas haitianas. 1854. El general Pedro Santana hace aprobar una Constitución que establece que el presidente de la República estará en el poder durante dos períodos consecutivos, de seis años cada uno. 1864. El Gobierno provisional instalado en la ciudad de Santiago de los Caballeros asigna al patricio Juan Pablo Duarte una misión ante los gobiernos de Venezuela, Perú y Nueva Granada para solicitar ayuda material, la cual no fue conseguida. 1880. El Gobierno de Gregorio Luperón sugiere que todos los países europeos y americanos hagan aportes para levantar un monumento destinado a guardar los restos de Cristóbal Colón. 1895. Máximo Gómez y José Martí salen hacia Cuba para dirigir el movimiento independentista de esa isla. Martí también escribe una carta a Gonzalo de Quesada, la que se considera su testamento literario. 1895. El presidente, general Ulises Heureaux, responde a su colega haitiano, Florvil Hyppolite, su deseo de firmar un tratado que delimite la línea fronteriza entre ambos países. 1941. Se verifica la entrega de la Receptoría de Aduanas a las autoridades nacionales, siendo sustituido su director general, Thomas Pearson, por el licenciado Horacio Pérez Licairac. 1959. Es erigida por S. S. Juan XXIII, mediante la bula Solemne est Nobis, la diócesis de Salvaleón de Higüey, siendo su primer obispo monseñor Juan Félix Pepén Solimán. 1960. El generalísimo Rafael Trujillo "renuncia" como líder y miembro de su Partido Dominicano, la única organización política del país, lo que fue interpretado como una maniobra para fortalecer sus políticas. -Un "Foro" publicado en el diario El Caribe plantea que Trujillo no era realmente benefactor de la Iglesia católica, sino "de la religión", pues había ayudado a todas las denominaciones. 1962. El partido Unión Cívica Nacional (UCN) amenaza con la renuncia en masa de sus miembros que ocupan cargos claves en el Gobierno si este no acepta los términos de la carta de trece puntos que le dirigiera a mediados de marzo. 1982. El expresidente Joaquín Balaguer anuncia "su retiro del debate electoral" y su renuncia a la candidatura presidencial del Partido Reformista. 1993. El presidente Balaguer designa una comisión de alto nivel para que se encargue del traslado al Museo de los Inmortales, de la Catedral de Santiago Apóstol de Santiago de los Caballeros, los restos de los generales José María Imbert y Fernando Valerio, héroes de la batalla del 30 de Marzo. 2005. La Iglesia católica dominicana llama a sus feligreses a orar ante el crítico estado de salud del papa y convoca a una misa en la Catedral. 2008. El Senado convierte en ley el proyecto que declara el 19 de mayo de cada año como Día del Soldado Democrático. 2013. Aunque faltando algunos detalles para terminar la obra, la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (Opret) anuncia el inicio de operaciones de la segunda etapa del Metro de Santo Domingo. 2016. Fallece a los 72 años de edad el laureado actor y director teatral dominicano Ángel Haché, tras varios días ingresado en el centro clínico Corazones Unidos luego de ser sometido a un cateterismo al sufrir un infarto agudo. 2019. Una comisión militar de alto nivel de la República Popular China, encabezada por el mayor general del Ejército Popular de Liberación (EPL), Huang Xueping, llega a la República Dominicana y se reúne con el ministro de Defensa dominicano, teniente general Rubén Paulino Sem. 2021. El proyecto de ley que modificaría el Código Penal, que conoce la Cámara de Diputados, establece que quienes incurran en un "robo famélico", al sustraer productos como comestibles o de salud sin emplear violencia física y siempre que demuestren que fue para satisfacer sus necesidades o las de un familiar, será eximente de responsabilidad penal. -La Iglesia católica toca en el Sermón de las 7 Palabras uno de los temas más sensitivos del discurrir dominicano de las últimas décadas: la extorsión que se atribuye a "comunicadores y periodistas", muchos de los cuales se han dedicado al oficio sin contar con la debida formación profesional y ética. 2024. En un artículo publicado en el periódico The New York Times, la periodista Farah Stockman destaca el papel emergente de República Dominicana en la reestructuración de la cadena de suministro tecnológico, enfocándose en la disminución de la dependencia de microchips provenientes de Asia. Internacionales: 1256. Alfonso X, "el Sabio", es proclamado emperador germánico por Arnaldo de Isenburg, arzobispo de Tréveris, designación que no tuvo efecto por la oposición del resto de electores imperiales. 1389. Es firmado un pacto de no agresión entre la Confederación Suiza y Austria. 1520. En el puerto San Julián, provincia de Santa Cruz, se celebra la primera misa en territorio argentino. 1525. En El Salvador, Gonzalo de Alvarado funda la villa San Salvador, la que un año después los cuzcatlecos sublevados atacaron e incendiaron. 1545. Un grupo de españoles encabezados por el capitán Juan de Villarroel toman posesión de los yacimientos de plata de Potosí, actual Bolivia, tras confirmar el hallazgo el pastor indio Diego Huallpa, e inmediatamente establecen un poblado. 1810. En Venezuela, Vicente Emparan descubre una rebelión militar impulsada desde la Casa de la Misericordia que tenía como objetivo deponer a las autoridades españolas e instaurar un nuevo gobierno en Caracas. 1829. Vicente Guerrero toma posesión como presidente de México. 1864. Es firmado el Tratado Secreto de la Triple Alianza entre Argentina, Brasil y Uruguay para aniquilar al Paraguay, bajo el supuesto de derrocar al "tirano" Francisco Solano López. 1892. Un grupo de independentistas cubanos en el exilio, liderados por José Martí, Antonio Maceo y Máximo Gómez, fundan el Partido Revolucionario Cubano. 1901. En España son celebrados numerosos mítines anticlericales, especialmente en La Coruña y Málaga. 1918. En el Reino Unido es fundada la Royal Air Force, más conocida por sus siglas RAF, con soldados del Cuerpo Aéreo Real y del Servicio Naval. 1924. Adolf Hitler es condenado a cinco años de cárcel por alta traición al intentar deponer por la fuerza al Gobierno democrático el 8 de noviembre anterior. 1939. Concluye oficialmente la Guerra Civil Española con el parte firmado por el general Francisco Franco, convertido ya en dictador. 1945. Dos divisiones del Ejército de los Estados Unidos y dos divisiones de los Marines desembarcan en la isla japonesa de Okinawa, a 550 km al sur de Japón, planeando usar la isla como base para las operaciones aéreas con tal de invadir territorio japonés; la llamada Operación Downfall. -Representantes del general alemán Karl Wolff llegan a un acuerdo con los aliados para la rendición de las tropas alemanas en Italia, sin informar de esta acción a Mussolini. 1979. Irán proclama la República Islámica. 1982. Panamá toma el control sobre la zona del canal, luego de que Estados Unidos se lo transfiere formalmente. 1991. Se disuelve oficialmente el llamado Pacto de Varsovia, integrado por naciones gobernadas por dirigentes comunistas. -En Chile, el senador Jaime Guzmán Errázuriz, colaborador del dictador chileno Augusto Pinochet, es acribillado por miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez. 1997. En Japón se inicia una oleada de quiebras de entidades financieras. 1998. En Nueva York, EE. UU., la niña Emily Rosa, de 11 años, se convierte en la persona más joven que ha publicado un artículo en la revista científica Journal of the American Medical Association. 2000. En Japón, el primer ministro Obuchi Keizo sufre un ataque cerebrovascular y entra en coma, del que no pudo salir, muriendo el 14 de mayo. 2001. Holanda se convierte en el primer país que legaliza el matrimonio entre personas del mismo sexo al entrar en vigor la ley aprobada en septiembre del año anterior, celebrándose este mismo día en Ámsterdam las primeras cuatro bodas gais. 2005. El papa Juan Pablo II, un día antes de morir, acepta la renuncia del cardenal Miguel Obando Bravo como arzobispo de Managua, Nicaragua, y nombra como su sucesor a monseñor Leopoldo Brenes, obispo de Matagalpa. 2009. Las autoridades libias suspenden los operativos de búsqueda de los más de 200 desaparecidos de un naufragio ocurrido tres días antes frente a las costas de Libia. 2011. Un avión de reconocimiento naval de EE. UU., modelo EP-3, colisiona en el aire con uno de los dos cazas chinos F-8 que trataban de expulsarle del área cercana a unas maniobras militares. 2014. Corea del Sur ordena al Ejército "responder con fuerza" a un eventual ataque norcoreano, tras las amenazas de este último país contra intereses de Estados Unidos y Corea del Sur. 2016. Fallece a la edad de 89 años, de un paro cardíaco, el exministro de Exteriores alemán Hans-Dietrich Genscher, el más histórico jefe de la diplomacia de Berlín. 2019. La Fiscalía brasileña solicita a la Justicia ordenar nuevamente el arresto del expresidente Michel Temer, por considerar sin fundamentos la decisión de un tribunal de segunda instancia que le liberó. -El presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela, Maikel Moreno, solicita a la Asamblea Nacional Constituyente el levantamiento de la inmunidad del jefe del Parlamento, el opositor Juan Guaidó, reconocido como presidente interino del país por unos 60 gobiernos. 2020. El Gobierno de Cuba confirma la liberación anticipada de 6,579 presos de las cárceles de la isla durante los meses de marzo y abril, coincidiendo con la pandemia de la COVID-19, que, según el último balance de las autoridades sanitarias, ha dejado 1,501 contagios y 61 víctimas mortales. 2021. El presidente de Estados Unidos, Joe Biden, revoca por "inapropiadas e ineficaces" las sanciones impuestas por el Gobierno de Donald Trump a funcionarios de la Corte Penal Internacional (CPI) que investiguen a tropas estadounidenses o a aliados, aunque expresa sus discrepancias por las medidas de ese organismo sobre la situación en Afganistán y Palestina. 2025. La fiscal general de EE. UU., Pamela Bondi, informa que, después de "una cuidadosa consideración", había ordenado a los fiscales federales solicitar la pena de muerte para Luigi Mangione, presunto asesino del director ejecutivo de UnitedHealthcare, Brian Thompson.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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