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El Banco Central anuncia la implementación del Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR), mediante el cual los usuarios realizan transacciones electrónicas a través de la banca digital. 2021. El Gobierno de los Estados Unidos expresa al dominicano su interés de trabajar en los esfuerzos legislativos para crear un sistema de extinción de dominio que permita recuperar los bienes y riquezas "que los criminales y funcionarios corruptos han robado al Estado". -La Unión Dominico-Americana de Votantes (UDAV) hace historia al inscribirse de forma oficial en la Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico de cara a los próximos comicios que se celebrarán en 2024. 2022. La República Dominicana registra el mayor crecimiento de la región latinoamericana y el Caribe, con un incremento de 129 %, según datos del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). -La Organización Mundial de la Salud (OMS) invita al presidente Luis Abinader a participar como orador en el acto inaugural en su Asamblea Mundial, del 22 al 28 de mayo, con la participación de representantes de los 194 Estados miembros. 2023. El ministro de Relaciones Exteriores de la India, Subrahmanyam Jaishankar, inicia una visita oficial de dos días, cuya agenda incluye reuniones con altos funcionarios del Gobierno dominicano y la inauguración de la Embajada de esa nación en el país. -Los imputados en el caso Medusa, Reynaldo de los Santos Cruz, Carlos Augusto Guzmán y la razón social Herraje Rachel, expresan durante la audiencia que se les conoce su disposición a negociar con el Ministerio Público, por lo que proceden a desapoderar a sus abogados. Internacionales: 1814. Napoleón Bonaparte parte hacia el exilio de la isla de Elba. 1832. Mediante Real Cédula, se sustituye en España la horca por el garrote vil como instrumento de ejecuciones. 1919. Las potencias triunfantes en la I Guerra Mundial aceptan el proyecto del presidente estadounidense, Woodrow Wilson, de crear una Sociedad de Naciones, organización destinada al mantenimiento de la paz. 1937. Nace el expresidente iraquí Saddam Hussein. 1945. Benito Mussolini es fusilado junto a su amante Clara Petacci durante los últimos días de la guerra por miembros de la Resistencia italiana. 1959. Es creada en Cuba la Casa de las Américas, con el objetivo de desarrollar y ampliar las relaciones culturales entre los pueblos de Latinoamérica y el Caribe. 1967. Alegando que se había convertido a la doctrina musulmana, el campeón mundial de boxeo Muhammad Ali (antes llamado Cassius Clay) se niega a incorporarse a las Fuerzas Armadas para ser enviado a Vietnam. 1969. El general Charles de Gaulle renuncia a la Presidencia de Francia. 1974. Evacuan de Saigón a los últimos ciudadanos norteamericanos. 1986. Se produce gran pánico nuclear en la central soviética de Chernóbil. 1992. Concluye la guerra civil en Afganistán con la entrega de poderes del Gobierno comunista a Sibgatulah Muyadedi. 1995. Se informa de casi 2,000 muertos en un terremoto en Neftegorsk (isla rusa de Sajalín). 2000. La República Dominicana y la Comunidad del Caribe (CARICOM) suscriben en Santo Domingo un protocolo de implementación del acuerdo, con la intención de comenzar negociaciones para el establecimiento de un área de libre comercio. 2005. La empresa Autopistas del Nordeste, C. por A., anuncia el inicio formal y definitivo de la construcción de la carretera que une el Gran Santo Domingo con la comunidad Rincón de Molenillo, municipio de Nagua. 2010. El presidente de Irán, Mahmoud Ahmadinejad, solicita y obtiene del Departamento de Estado de Estados Unidos una visa para participar en la Conferencia de Seguimiento del Tratado de No Proliferación Nuclear. 2012. El exmilitar peruano Telmo Hurtado, acusado de haber cometido en 1985 la masacre de Accomarca, afirma durante el juicio que se le sigue que hubiera matado a su padre si recibía una orden superior en ese sentido. 2017. El presidente Donald Trump se convierte en el primer gobernante estadounidense en los últimos 34 años que pronuncia un discurso ante la Asociación Nacional del Rifle (NRA), a cuyos miembros les asegura tener un amigo en la Casa Blanca que defenderá sus intereses. -Este día el mandatario también firma una orden ejecutiva para revisar las prohibiciones de la era Obama sobre las perforaciones costeras de petróleo y gas natural en algunas partes del Ártico, el Pacífico y el Atlántico. 2020. De manera extraña, el gobierno cubano revela que el número de defunciones superó a los nacimientos durante el primer trimestre de este año, siendo la primera vez que se produce una disminución natural de la población en un país que desde hace tiempo trata de promover la natalidad para paliar su alto índice de envejecimiento. -El secretario general de la ONU, António Guterres, lamenta la decisión de la guerrilla colombiana Ejército de Liberación Nacional (ELN) de no prolongar el alto el fuego unilateral que declaró durante abril y pide a todos los grupos armados que cesen la violencia para facilitar la lucha contra el coronavirus. 2021. Muere a la edad de 90 años el astronauta Michael Collins, quien junto a Neil Armstrong y Buzz Aldrin marcaron un hito histórico en la exploración espacial: la llegada del hombre a la Luna, una de las misiones espaciales más famosas de la historia: Apolo 11 en 1969. 2022. Los enfrentamientos que se registran entre bandas haitianas en Puerto Príncipe siguen propiciando el éxodo masivo de personas para ponerse a salvo del conflicto armado, que ha causado la muerte de al menos 20 civiles entre el 24 y el 27 de abril, según datos de Protección Civil. -El secretario general de la ONU, António Guterres, se reúne con el presidente ucraniano Volodímir Zelenski en Kiev, al que le explica los esfuerzos que realiza el organismo mundial para lograr la evacuación de una planta metalúrgica localizada en la ciudad de Mariúpol, la cual es asediada por Rusia. 2023. Jamaica acoge la presentación del proyecto CoralCarib, que busca restaurar y conservar los arrecifes del país insular caribeño, de República Dominicana, Cuba y Haití, naciones que cuentan con el 60 % de los corales del Caribe, cuyos trabajos serán ejecutados a través de la Fundación Cabeza de Caimán, con financiamiento de la Iniciativa Internacional sobre el Clima de Alemania. 2025. Las autoridades de la Franja de Gaza, controladas por el Movimiento de Resistencia Islámica (Hamás), calculan en alrededor de 2,300 los palestinos muertos desde el 18 de marzo, cuando el Ejército de Israel rompió la tregua pactada en enero, relanzando su ofensiva contra el enclave, desatada en respuesta a los ataques del 7 de octubre de 2023.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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