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54Grado.com : Hoy es viernes 23 de enero del 2026 . Faltan 342 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1856. Las tropas del general Luis Franco Bidó salen de Guayubín rumbo a Sabana Larga, para enfrentar las fuerzas invasoras haitianas, bajo las órdenes de los generales Fernando Valerio, Pedro Florentino y José Batista. 1864. El general Antonio Abad Alfau Bustamante, derrota las fuerzas restauradoras comandadas por Gregorio Luperón en la Sabana del Vigía. 1958. El embajador dominicano en Venezuela, doctor Rafael F. Bonnelly, recibe una breve nota del depuesto presidente argentino Juan Domingo Perón en el que expresaba su deseo de "encontrar refugio en la misión diplomática y conseguir salvoconducto para viajar a Ciudad Trujillo, donde el dictador Rafael Trujillo le recibiría con "los brazos abiertos". 1959. Fidel Castro pronuncia un discurso en la Universidad Central de Venezuela, donde luego de alzarle el brazo a Enrique Jiménez Moya dijo: "Yo sé que el día en que se esté combatiendo en Santo Domingo, no faltarán voluntarios entre el estudiantado y el pueblo de Venezuela, que quieran ir a combatir allá". 1962. Estados Unidos ofrecen US$25 millones al Gobierno Dominicano en crédito de emergencia para ayudar a resolver el problema de la balanza de pagos del país. 1964. El presidente de facto Donald Reid Cabral designa al general Ismael Emilio Román Carbuccia, Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea Dominicana, cargo que desempeña hasta el 19 de enero de 1965. 1966. El líder militar del sector constitucionalista durante la Revolución de abril, coronel Francisco Caamaño, llega a Londres para desempeñar las funciones de agregado castrense de la embajada dominicana en Reino Unido. 1968. Fallece Max Henríquez Ureña, notable escritor, político y profesor. Hijo de la poetisa Salomé Ureña. 2001. El presidente Hipólito Mejía emite el decreto 126-01, mediante el cual crea el Patronato Parque Central de Santiago, como organismo encargado de planificar y administrar toda el área donde se encontraba localizado el Aeropuerto Cibao, a los fines de poner en funcionamiento en esa área un parque que sirva de pulmón ecológico, esparcimiento y recreación. 2010. El presidente de Haití, René Préval, solicita formalmente que el gobierno dominicano permita usar los puertos del país para el traspaso de las materias primas destinadas para las zonas francas haitianas. 2019. Luego de 51 años y nueve días de su último título, el equipo Estrellas Orientales hacen realidad el "sueño verde": Lograr la ansiada corona de campeón del béisbol invernal profesional dominicano, al derrotar en su domicilio con blanqueada de 4-0 a los Toros del Este. - El papa Francisco envía un mensaje al país y al presidente Danilo Medina mientas volaba sobre República Dominicana en su viaje a Panamá, donde asiste a la Jornada Mundial de la Juventud. 2024. El tercera base Adrián Beltré Pérez se convierte en el quinto pelotero dominicano que ingresa al Salón de la Fama del Béisbol estadounidense, tras obtener el 95.1% de los votos en su primer intento. El galardonado jugó para los Rangers de Texas, Dodgers de Los Ángeles, los Marineros de Seattle, los Medias Rojas de Boston y los Texas Rangers desde 2011 hasta su retiro en 2018. 2025. La portavoz del Departamento de Estado, Tammy Bruce, anuncia que el secretario de Estado Marco Rubio, emprenderá su primera gira internacional, que lo llevará a Panamá, Guatemala, El Salvador, Costa Rica y República Dominicana. Internacionales 1516. Muere el rey Fernando el Católico, siendo sustituido por el Cardenal Cisneros, hasta que Carlos I alcanzara mayoría de edad. 1579. Se firma la Unión de Utrech, creando la república protestante de los Países Bajos. 1920. El Gobierno holandés se niega a conceder la extradición del ex emperador alemán Guillermo II, alegando que no figuraba entre los firmantes del Pacto de Versalles. 1930. México rompe relaciones diplomáticas con el Gobierno Soviético. 1943. En la Segunda Guerra Mundial, los aliados adoptan en la Conferencia de Casablanca, el principio de rendición incondicional y otras acciones militares. 1950. El Parlamento Israelí declara la ciudad de Jerusalén como capital del estado de Israel. 1958. Las Fuerzas Armadas venezolanas expulsan del poder al general Marcos Pérez Jiménez. 1959. El comandante Fidel Castro viaja a Venezuela para agradecer al pueblo la ayuda brindada a la revolución. 1961. El presidente de Venezuela, Rómulo Betancourt, suspende las garantías constituciona¬les, y proclama una nueva Constitu¬ción (la 26 que se da en el país). 1967. En Managua se registra un enfrentamiento, entre unos 5.000 manifestantes antisomocistas y miembros de la Guardia Nacional, dejando como resultado 30 personas mueren y 80 resultan heridas. 1989. Fallece a la edad de 84 años en la ciudad de Figueras, el pintor surrealista español Salvador Felipe Jacinto Dalí i Doménech (Salvador Dalí). 1994. Guerrilleros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) asesinan en Apartadó (departamento de Antioquia) a 35 personas en una fiesta del partido Esperanza, Paz y Libertad. 2000. El vicepresidente ecuatoriano Gustavo Noboa Bejarano, asuma constitucionalmente la primera magistratura del país, sustituyendo el Triunvirato que sustituyó el derrocado presidente Jamil Mahuad. 2006. El general brasileño José Elito Carvalho Siqueira asume como comandante en jefe de las tropas de la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas para Haití (MINUSTAH), cargo en el que sucede a su compatriota Urano Teixeira Da Matta Bacellar, quien se suicidó semanas antes. 2009. Los ejércitos de Ruanda y del Congo anuncian la captura del líder rebelde congoleño, Laurent Nkunda, en la localidad ruandese de Bunagana, a donde había escapado. 2010. En Haití, el joven Exantus Wismond, dependiente de un comercio de la calle Dessalines, es recuperado con vida once días después de quedar enterrado bajo los tres pisos de un edificio que se vino abajo. 2013. El primer ministro británico, David Cameron, anuncia un referéndum sobre la pertenencia del Reino Unido a la UE antes de las elecciones de 2015. 2015. El nuevo rey de Arabia Saudí, Salman bin Abdul-Aziz Al Saud, designa al ministro del Interior, el príncipe Mohammed bin Nayef en la línea para ascender al trono, después del primer heredero, el príncipe Muqrin. Mohamed. 2017. El presidente mexicano, Peña Nieto, presenta la nueva política internacional de su gobierno, la que se basará en emprender durante los siguientes dos años, en expandir su relación política y comercial con otros países de Asia, Europa, Latinoamérica, el Caribe y África. 2019. El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, anuncia su decisión de romper relaciones diplomáticas y políticas con el Gobierno de Estados Unidos, al que acusa de "intervencionismo" en el país, dando 72 horas para que el personal de la embajada abandone el territorio venezolano. Washington dice mantendrá abierta la legación. -El presidente de Estados Unidos Donald Trump, reconoce al opositor Juan Guaidó como presidente interino de Venezuela, luego de su autoproclamación, tras la reelección del presidente Nicolás Maduro, que asumió su segundo período el 10 enero. 2020. Las autoridades chinas prohíben la movilización de trenes y aviones, los que no pueden salir de Wuhan, (cuna del virus covid-19), bloqueando todas las autopistas y aislando varias ciudades de la provincia de Hubei. 2022. La Policía boliviana captura en la frontera con Argentina al coronel Maximiliano Dávila, el exdirector nacional de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico acusado presuntamente de legitimación de ganancias ilícitas e investigado por la Administración de Control de Drogas (DEA). - El presidente de Armenia, Armen Sarkissian, anuncia su dimisión alegando carecer de los poderes suficientes para influir en la política interior y exterior del país. 2025. En Seattle, el juez del distrito federal John C. Coughenour, bloquea temporalmente la orden ejecutiva del presidente Donald Trump de acabar con la ciudadanía por nacimiento para hijos de inmigrantes indocumentados o con un estatus temporal nacidos en territorio estadounidense.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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