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Efemérides

54Grado.com : Hoy es viernes 5 de diciembre del 2025 . Faltan 26 días para el año 2026. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1492. Cristóbal Colón, después de obtener informes de los habitantes de Cuba de que hacia el este se encontraba otra isla llamada Haití, se dirige en esa dirección y descubre la isla que los indígenas llamaban Haití o Quisqueya y la bautiza con el nombre de La Española. 1816. Nace en Santo Domingo el militar y político José María Cabral,. Héroe de Santomé, batalla sostenida contra los haitianos. 1844. El presidente Pedro Santana acredita a José Ma. Caminiero como agente especial ante el presidente de los Estados Unidos, John Tyler, para solicitar el reconocimiento de la República Dominicana como Estado independiente. 1849. Tiene lugar el combate naval de Los Cayos, librada entre las flotas dominicanas al mando de Juan Alejandro Acosta y las haitianas. 1865. El presidente provisional Pedro Guillermo termina su mandato iniciado el 15 de noviembre, siendo sustituido por Buenaventura Báez, proclamado por la Asamblea Nacional como presidente en esa fecha, estando exiliado en Curazao. 1898. Es inaugurado en la Catedral de Santo Domingo, el Mausoleo que guarda los restos del Descubridor Cristóbal Colón. 1911. El Congreso emite una ley designando al senador por Santiago, Eladio Victoria, Presidente de la República por dos meses, en sustitución del Consejo de Secretario. 1914. Llegan a Santo Domingo procedentes de Puerto Rico, los restos del presidente Buenaventura Báez, día en el que juró como presidente del país su hijo Ramón Báez Machado. 1937. Un grupo de 30 campesinos haitianos armados de machetes, es señalado como responsable del ataque registrado contra la colonia agrícola fronteriza dominicana de "La Peñita", "con el propósito de robar, causando muchas víctimas". 1962. El presidente del 14 de Junio, doctor Manuel Tavárez Justo, declara que las acusaciones del Procurador General y del Jefe de la PN vinculando su agrupación con un "supuesto equipo bélico que se encontraba en Villa Faro, constituyen una nueva trama criminal". 1963. Muere en la Cordillera Central combatiendo contra tropas regulares que respaldaban el gobierno de facto, el dirigente del Movimiento Revolucionario 14 de Junio, Hipólito (Polo) Rodríguez. 1965. El articulista de la revista ¡Ahora! Eduardo Sánchez Cabral, es impedido de acreditarse para cubrir las incidencias de la Reunión de Cancilleres que trataría la crisis dominicana, alegando que la publicación había cesado su publicación. 1966. El presidente Joaquín Balaguer pronuncia un extenso discurso a la Nación en el que, entre otros aspectos hace referencia al tema de la migración irregular haitiana al país. 1971. El director de información y prensa del Palacio Nacional, César Herrera, advierte que si la situación "de desorden creada por grupos estudiantiles degenera en una catástrofe", el gobierno se vería en la obligación de cerrar la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). 1983. Mueren en Santo Domingo la cantante folclorista Altagracia Casandra Damirón Santana y la dama Isabel Irene Balaguer Ricardo, hermana del fenecido ex-presidente Joaquín Balaguer. 2013. Mario José Redondo Llenas, condenado a 30 años de prisión por asesinar a su primo José Rafael Llenas Aybar junto a un cómplice, pide perdón a los 10 millones de dominicanos, afirmando que ese hecho está grabado en su alma para toda la vida. 2015. La JCE firma un contrato con la empresa española Indra Sistema, SA, para la implementación de un "Proyecto de Automatización del Registro de Concurrentes y el Escrutinio de los votos de los Colegios Electorales en las Elecciones Presidenciales, Congresuales y Municipales del 15 de mayo del 2016", por un valor de US$35,266,003. 2018. El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Flavio Darío Espinal, anuncia que Gobierno dominicano no firmará el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular de la ONU, a ser conocido por los países miembros, el 10 y 11 de diciembre, en Marrakech, Marruecos. - Al menos cuatro personas mueren y 84 resultan heridas, entre estos 19 menores de edad, debido a la explosión originada en el área de calderas de la fábrica de plásticos Polyplas, ubicada en Villas Agrícolas, cuya onda expansiva sacude estructuras en aproximadamente un kilómetro a la redonda. 2022. Fallece a la edad de 73 años el expresidente del Senado Amable Aristy Castro, tras sufrir un paro cardíaco en su residencia de su natal ciudad de Higüey, provincia La Altagracia, de la que también fue diputado. 2023. La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) anuncia la suspensión permanente del Registro de Proveedor del Estado a la empresa Transcore Latam S.R.L., a la que el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) adjudicó un contrato de RD$1,317 millones para la instalación de la red semafórica del Gran Santo Domingo. - El ministro de Relaciones Exteriores, Roberto Álvarez, reitera que es "inaceptable" el incidente en que alegados miembros de la Policía Nacional de Haití ingresaron a territorio dominicano y agredieron a comerciantes de Dajabón, mientras confiscaban y destruían mercancías adquiridas por ciudadanos haitianos. 2023. El Tribunal Nacional de Disciplina y Ética del opositor Partido de la Liberación Dominicana (PLD), expulsa de manera definitiva por "alta traición" a su dirigente Diego José García, quien era el candidato al Colegio de Abogados y subsecretario de la Secretaria de Asuntos Jurídicos del partido, quien admitió haber recibido soborno para respaldar al nominado por el oficialismo. 2024. La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP) emite un dictamen contra Kingtom Aluminio S.R.L., la primera entidad de propiedad china en la República Dominicana, basándose en información que indica razonablemente el uso de trabajo forzado en violación del Título 19 del Código de los Estados Unidos 1307 en la producción de esa mercancía. Internacionales: 633. Se inicia el IV Concilio de Toledo, en presencia del rey Sisenando, bajo la dirección de San Isidoro. 1484. El Papa Inocencio VIII lanza su famosa Bula por la cual ordena a la Inquisición perseguir las brujas. 1496. Los judíos son expulsados de Portugal. 1791. Muere Wolfgang Amadeus Mozart, compositor austriaco de música clásica. 1848. Yucatán se vuelve a reincorporar a México. 1901. Nace Walter Elías Disney, fundador de The Walt Disney Company y creador de Mickey Mouse. 1933. Llega a su fin la Ley Seca en los Estados Unidos. 1941. Los alemanes sufren una grave derrota a las pertas de Moscú. 1953. Muere en Los Angeles California el actor y cantante mexicano Jorge Negrete. 1961. En Cuba, Fidel Castro, tras definirse como marxista-leninista, declara que se confiscarán los bienes de todos los cubanos que huyan de la isla. 1969. El comunicador Ercilio Veloz Burgos inicia la transmisión de su programa de TV "El Pueblo Cuestiona". 1998. En Londres, la defensa del ex dictador chileno Augusto Pinochet presenta ante la Cámara de los Lores una solicitud de revisión del fallo dictado el 25 de noviembre, impugnando al Lord Leonard Hoffman por su asociación con Amnistía Internacional, que es parte al juicio. 2005. El ex dictador Augusto Pinochet es notificado de su procesamiento y detención domiciliaria por orden del juez que lo investiga por su responsabilidad en crímenes en la "Operación Cóndor", que provocó el asesinato de cientos de opositores al régimen. 2006. En Asunción (Paraguay) se producen graves desórdenes públicos en protesta por la sentencia a solo a cinco años de prisión contra Juan Pío Paiva y su hijo Víctor Daniel por haber cerrado las puertas de su supermercado mientras se incendiaba (muriendo 396 personas, la mitad de ellas niños. -Las fuerzas armadas de Fiyi, bajo el mando del comodoro Frank Bainimarama, perpetran un golpe de Estado contra el presidente Ratu Josefa Iloilo y el primer ministro Laisenia Qarase. 2013. Fallece a la edad de 95 años en su hogar de Houghton, Johannesburgo, el ex presidente, abogado, político y filántropo, Nelson Mandela, luego de sufrir una prolongada infección respiratoria. 2014. Fallece a la edad de 86 años la reina Fabiola de Bélgica, la que lega todo su patrimonio personal a una organización sin ánimo de lucro para ayudar a las personas más desfavorecidas y necesitadas en Bélgica. 2018. El Tribunal Supremo Electoral de Bolivia acepta la postulación del presidente Evo Morales a un cuarto mandato en las elecciones de 2019 en medio de protestas opositoras que reclaman el cumplimiento de un referendo que rechazó la reelección del mandatario. 2020. El Pentágono rechazó de manera enérgica los informes periodísticos de que se le había impedido al equipo de transición del presidente Joe Biden se reuniera con las agencias de inteligencia de defensa, insistiendo en que está comprometido con una transferencia sin problemas incluso cuando el presidente Donald Trump aún se niega a conceder elección. 2022. El ministro ruso de Exteriores, Serguéi Lavrov advierte que los esfuerzos de Estados Unidos y la OTAN para contener a Rusia vienen acompañados de un elevado riesgo de confrontación militar directa entre potencias nucleares. - La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso de Perú aprueba archivar las denuncias contra la vicepresidenta, Dina Boluarte, sobre supuesta infracción a la Constitución por gestión de un club privado en el momento que ejercía un cargo público. 2023. El Tribunal Constitucional de Perú ordena al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) la liberación inmediata del expresidente Alberto Fujimori (1990-2000), a pesar de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) ordenó lo contrario el año pasado. - El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, aclara que la próxima entrada de al menos 11 oficiales del Ejército de EE.UU. a su país, no vulnera la soberanía mexicana ni se trata de una intromisión extranjera, ante una pregunta sobre la solicitud de permitir la entrada a México de soldados estadounidenses, como parte de un acuerdo bilateral. 2024. El primer ministro francés, Michel Barnier, presenta su dimisión al presidente Emmanuel Macron, quien la aceptó al tiempo de pedirle que siga ocupándose de los asuntos corrientes hasta el nombramiento de un sustituto. La renuncia fue consecuencia de la derrota de su Gobierno en una moción de censura presentada por el bloque de partidos de izquierda apoyada por la extrema derecha de Marine Le Pen.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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