noticia principal

                                                                 

Efemérides

54Grado.com : Hoy es lunes 23 de marzo del 2026 . Faltan 283 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1860. Aventureros procedentes de Estados Unidos toman posesión de la isla Alto Velo y empiezan a explotarla comercialmente. Siete meses después son desalojados por fuerzas navales dominicanas. 1861. Jefes militares de Moca, La Vega y San Francisco de Macorís secundan el movimiento de anexión a España, teniendo que reprimir a quienes se resistían al izamiento de la bandera española. 1865. El Padre de la Patria Juan Pablo Duarte va hacia Montecristi por la vía marítima para luchar contra la anexión. 1903. Un grupo de presidiarios de la fortaleza Ozama, seguidores del fallecido dictador Ulises Heureaux y del ex presidente Juan Isidro Jimenes, se apoderan del recinto militar, dando inicio al derrocamiento del presidente provisional, general Horacio Vásquez Lajara. 1911. Nace en la comunidad La Garza, Higuey, el merenguero típico Dionisio Mejía (Guandulito). 1962. El Partido Revolucionario Dominicano (PRD) es inscrito en la Junta Central Electoral (JCE) con el propósito de terciar en la lucha por el poder, en las elecciones previstas para el 20 de diciembre, siendo la primera organización en hacerlo. 1979. Un movimiento sísmico de 6.1 grados sacude la isla de Santo Domingo y produce daños en La Romana, San Pedro de Macorís y Santo Domingo. 1993. El dominicano Carlos Santana, se convierte es ejecutado con una inyección letal en el condado de Harris, estado de Texas, por el asesinato de un guardia privado de seguridad en 1981. 2010. La Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional y la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), incautan una villa y un yate de lujo en Casa de Campo de La Romana a Arturo Del Tiempo Márquez, propietario de la Torre Atiemar y quien se encuentra preso en España, acusado de introducir a esa nación, un cargamento de mil 200 kilos de cocaína. 2019. El presidente Danilo Medina se reúne con su homólogo estadounidense, Donald Trump, con el que pasa revista sobre diferentes temas de interés mutuos relacionados con el comercio, seguridad, combate al delito internacional y desastres naturales. 2021. Los gobiernos dominicano y chino firman un convenio de cooperación económica y técnica, por un monto no reembolsable, de RD$1,747,371,244.80, los que serán destinados a financiar futuros proyectos acordados entre ambas partes. Internacionales: 752. Esteban es escogido Sumo Pontífice de la Iglesia Católica, con el nombre de Papa Esteban II y III. Tres días después es nuevamente escogido en el cargo como Esteban III. 1281. El Cardenal Simón de Brie es escogido Sumo Pontífice de la Iglesia Católica, con el nombre de Papa Martín IV. 1434: El Papa Clemente VII excomulga al rey Enrique VIII por su insistencia de divorciarse de Catalina de Aragón. 1508. En España, Fernando el Católico firma unas capitulaciones con Juan Díaz de Solís y Vicente Yánez Pinzón, por las que estos se comprometen a tratar de buscar un estrecho entre el Atlántico y el Pacífico. 1534. En Roma, el papa Clemente VII declara que excomulgará a Enrique VIII de Inglaterra si persiste en divorciarse de Catalina de Aragón. 1801. Es asesinado el Zar ruso Pablo I y es reemplazado por Alejandro I. 1907. Las tropas de Nicaragua derrotan a las de El Salvador y Honduras. 1919. Benito Mussolini funda el movimiento fascista en Italia. 1933. El parlamento alemán aprueba la concesión de poderes extraordinarios al canciller Adolfo Hitler. 1961. Ante la oposición de los Jefes Militares y la CIA, el presidente John Kennedy cambia la política en Laos pone fin al apoyo de los EEUU al gobernante laosiano, general Phoumi Nosavan, cuyo gobierno fue instalado por las fuerzas de la CIA/Pentágono en la administración de Eisenhower. 1994. Es asesinado en México el candidato presidencial del oficial Partido Revolucionario Independiente (PRI) Luís Donaldo Colosio. 1999. en Asunción (Paraguay) tres individuos con traje militar matan a tiros al vicepresidente paraguayo, Luis María Argaña, principal adversario político del presidente Raúl Cubas. Al día siguiente, la Cámara de Diputados acusa al gobernante del asesinato y vota que sea juzgado y destituido por el Senado. 2006. En Argentina, el presidente Néstor Kirchner le restituye su grado militar y asciende a general al coronel Juan Jaime Cesio, a quien la dictadura cívico-militar (1976-1983) condenó en 1983 por denunciar las desapariciones 2011. En Portugal, El Primer Ministro José Sócrates dimite del cargo al no conseguir apoyo para el nuevo plan de recortes consensuado con la Unión Europea. 2013. El papa Francisco viaja a la residencia veraniega de Castel Gandolfo para almorzar con su predecesor Benedicto XVI. 2014. Muere en Madrid a la edad de 81 años, el ex presidente del Gobierno español, Adolfo Suárez, hombre clave en la transición política española. 2016. El presidente colombiano Juan Manuel Santos revela que este día su gobierno y las Fuerzas Armadas revolucionarias de Colombia (FARC), sellan la paz y la guerrilla dejará las armas 60 días después. -El aspirante a la nominación presidencial republicana, Donald Trump, se burla de la esposa de su contrincanteTed Cruz, Heidi, publicando una foto ésta en su cuenta de Twitter y otra de Melania con el texto: "a picture is worth a thousand words (una fotografía vale por mil palabras". 2018. El ingeniero y empresario Martín Vizcarra jura como nuevo presidente de Perú, en la culminación de la sucesión constitucional que se produjo en su país tras la dimisión de Pedro Pablo Kuczynski en medio de una grave crisis política. -El Concejo municipal de Los Ángeles (California) declara esta fecha como el día para recordar al canonizado monseñor Oscar Romero, arzobispo asesinado en 1980 en El Salvador. 2019. La misión francesa antiterrorista militar Sentinelle es movilizada ante las manifestaciones de los "chalecos amarillos", para proteger edificios oficiales y otros "puntos fijos". 2021. El buque portacontenedores Ever Given queda atrapado el canal de Suez, de camino hacia Róterdam desde Tanjung Pelepas, bloqueando la vía acuática, tras perder la capacidad de maniobrar en medio de fuertes vientos y una tormenta de polvo. -Tras un tiroteo que deja diez muertos en un supermercado de Boulder (Colorado), el presidente estadounidense, Joe Biden, solicita al Congreso la aprobación "inmediata" medidas para reforzar el control de armas,incluidas las de asalto y los cargadores de munición de gran capacidad. 2022. El embajador de Nicaragua ante la OEA, Arturo McFields, se rebela contra el Gobierno de su país, con un duro e inesperado alegato en el que denunció la "dictadura" del presidente Daniel Ortega y exigiendo la liberación de los presos políticos. -El presidente de Rusia, Vladímir Putin, ordena aceptar el pago del suministro de gas natural ruso a Europa solo en rublos, argumentando que "no tiene sentido suministrar nuestros productos a la UE y a Estados Unidos y cobrar en dólares y euros". - Fallece a los 84 años de edad a causa de un cáncer, la ex secretaria de Estado de Estados Unidos, Madeleine Albright (la primera mujer en ocupar ese puesto en la historia de su país). 2023. Las acciones del gobierno de Nicaragua contra sus opositores políticos le genera el rechazo de líderes políticos latinoamericanos denominados "de izquierda", como Colombia, México, Chile y Argentina, quienes, según los expertos, estarían dejando atrás la "solidaridad ideológica". 2025. El director de la Práctica Global de Agua, del Banco Mundial, Saroj Kumar Jha, revela que el almacenamiento de agua natural ha disminuido cerca de 27 billones de metros cúbicos en los últimos 50 años, debido al cambio climático, la destrucción de humedales y el derretimiento de glaciares, situación que ocurre mientras la población mundial se ha duplicado, aumentando la demanda de agua en un contexto de sequías más frecuentes. -La Casa Blanca publica un memorando mediante el cual prohíbe a 15 ex altos funcionarios del país, el acceso a los registros clasificados, a través de departamentos y agencias del Ejecutivo, entre estos el expresidente Joe Biden, la pasada vice mandataria Kamala Harris, la ex secretaria de Estado Hilary Clinton, "y cualesquiera otros miembros de sus familias".

mausan y noticia en vivo

El Tiempo

                                                      

Las Caliente Noticias

                                            Flag Counter

Buscar este blog


 


 


 

lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario


Noticias54

                             

Noticias