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54Grado.com : Hoy es sábado 31 de enero del 2026 . Faltan 334 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 868. Los baecistas derrocan el gobierno encabezado por el general José María Cabral. 1905. Fallece a la edad de 70 años el compositor José Reyes, autor de la música del Himno Nacional Dominicano 1938. El presidente Rafael Trujillo firma en Washington un acuerdo con el gobierno de Haití, consistente en indemnizarlo con US$750.000 por la matanza de haitianos en territorio nacional, pero valiéndose de artimañas sólo pagó US$550.000. 1960. Todas las iglesias católicas del país se ponen de acuerdo y mediante una carta pastoral muestran su desacuerdo con el régimen del dictador Rafael Trujillo, el que responde atacando mediáticamente a la iglesia y promoviendo protestas contra sus obispos. 1961. La prensa nacional al servicio de la dictadura trujillista, cita a Monseñor Octavio Beras, dando a entender que los obispos estudian la solicitud formulada por el Presidente Balaguer y el Gobierno en pleno, para que declarara al dictador Trujillo, "Benefactor de la Iglesia Católica Dominicana". 1964. Las señoritas Clara Chapuseaux, de Comendador; Mildred Almonte, de Mao, y Georgina Garrido, de Sosúa, son elegidas señoritas República Dominicana, Café y Merengue, respectivamente, en al Concurso Nacional de Belleza. 2005. Entra en vigor la disposición del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), que establece marcar los dígitos 809, antes del número de teléfono al que se quiera comunicar. 2006. La Junta Central Electoral (JCE) rechaza los colores del Partido Revolucionario Socialdemócrata (PRSD), fundado por el ex presidente del PRD, Hatuey De Camps, por considerar que coinciden con los de la bandera nacional. -La secretaría de Trabajo establece que los braceros haitianos empleados por la industria azucarera deberán llegar amparados en un contrato laboral, redactado en español y creole, que les garantice un salario adecuado y vivienda. 2010. La ganadora del Reality Show Latin American Idol, Martha Heredia, recibe el Gran Premio Nacional de la Juventud 2010, en un acto presidido por el vicepresidente de la República, Rafael Alburquerque. 2014. Fallece a la edad de de 88 años de edad, la señora Bélgica Adela Mirabal (Doña Dedé Mirabal) último reducto de la familia Mirabal que enfrentó la tiranía de Rafael Leonidas Trujillo Molina y asumió el reto de criar y educar los hijos de sus hermanas que quedaron huérfanos, porque la dictadura mató sus madres. 2018. El Tribunal Constitucional declara no conforme con la Constitución el Acuerdo de Servicios Aéreos suscrito en la ciudad de Nassau, Bahamas, el 17 de diciembre del 2016 entre la República Dominicana y Kuwait, por no estar conforme con la Constitución del país, siendo este el tercero que el organismo invalida. Internacionales: 1542. En la actual Argentina, el conquistador español Álvar Núñez Cabeza de Vaca y sus soldados se convierten en los primeros europeos que ven las Cataratas del Iguazú. 1854. Mediante el Tratado de Kanagawa, Estados Unidos obliga a Japón abrir sus puertos al comercio norteamericano 1558. En el actual Chile, García Hurtado de Mendoza toma posesión de la Isla Grande de Chiloé para el Imperio español. 1865. El Congreso de los Estados Unidos aprueba la Encomienda 13 de la Constitución promulgada por el presidente Abraham Lincoln, quien además prohíbe la esclavitud o servicio involuntario. 1917. Alemania anuncia el comienzo de la guerra submarina irrestricta. 1943. Los alemanes se rinden en Stalingrado. 1950 El presidente norteamericano Harry Truman anuncia la construcción de la bomba de hidrógeno. 1919. Nace Jackie Robinson, el primer negro jugador de baseball en liga mayor. 1949. El papa Pío XII anuncia el descubrimiento de la tumba de san Pedro bajo la cúpula vaticana. 1956. Tras ganar las elecciones el Partido Social Demócrata Brasileño, Juscelino Kubitshek asume la presidencia y promete un mandato con "50 años de progreso". 1962. Cuba es expulsada de la Organización de Estados Americanos. 1966. La Unión Soviética lanza la sonda espacial "Lunik 9", primer en posarse suavemente sobre la superficie de la Luna. 1980. En ciudad Guatemala, varios disidentes políticos y campesinos indígenas toman la embajada de España para protestar por el Genocidio maya, pero horas después la policía los quema vivos con fósforo blanco, muriendo 36 personas, sobreviviendo el embajador Máximo Cajal López y el campesino Gregorio Iujá-Shoná, quien es secuestrado esa misma noche en el hospital, y torturado hasta morir. 1994. El Gran teatro del Liceo de Barcelona es devorado por las llamas. 1996. Más de 200 muertos y mil 400 heridos en una acción suicida de la guerrilla tamil al estrellarse un camión-bomba contra el edificio del Banco Central en Colombo (Sri Lanka). 1999. Científicos de los Estados Unidos descubren en los restos de un chimpancé el virus VIH-1. 2000. El vuelo MD-83 de Alaska Airlines cae al Océano Pacífico cerca de Point Mugu, California. Fallecen los 83 pasajeros y los 5 miembros de la tripulación que iban a bordo. 2006. Muere a la edad de 78 años en la comunidad mexicana de Rosarito, la señora Coretta Scott King, quien consagró su vida, brutalmente alterada por el asesinato de su marido, Martin Luther King, a promover su legado por los derechos humanos y la igualdad de razas. 2009. En Kenia, centenares de persona que recogían gasolina de un carro tanque que se había accidentado, son sorprendidas con una explosión, provocando la muerte de 111 de estas. 2010. En Ciudad Juárez (México), durante una fiesta 17 jóvenes son asesinados por miembros de grupos de narcotraficantes(Masacre de Villas de Salvárcar). 2013. Unas 37 personas mueren y más de un centenar de heridos en una explosión en la sede central de Petróleos Mexicanos (Pemex), en Ciudad de México. 2015. En Madrid es celebrada una marcha por el cambio político a la que acuden más de 300.000 personas, entre ellos, muchos militantes del partido político Podemos. 2017. La Asamblea Constituyente de la Ciudad de México termina la redacción de la Constitución de la CDMX. 2019. La ola de frío extremo que azota a Estados Unidos con temperaturas que alcanzan los 39 grados bajo cero y una sensación térmica de -45 en zonas del medio-oeste del país, deja ya al menos 11 muertos y alcanza a cerca del 75 % de la población, lo que supone cerca de 216 millones de habitantes. 2021. Coreando consignas contra el presidente Vladimir Putin, decenas de miles de personas salen a las calles en toda Rusia para exigir la liberación del encarcelado líder opositor Alexei Navalny. 2023. The Boeing Company, la empresa multinacional estadounidense que diseña, fabrica y vende aviones, helicópteros, misiles y satélites, se despedirá definitivamente de su modelo más emblemático apodado Reina de los cielos , el Boeng 747, tras 55 años de producción. 2024. El Parlamento de Austria aprueba una nueva ley de acceso a la información, que elimina el secreto oficial, establecido desde hace un siglo en la Constitución del país centroeuropeo, la que entrará en vigor en septiembre de 2025, siendo la única nación de la Unión Europea (UE) que limitaba el acceso ciudadano a ciertas informaciones de interés general. -El ex asesor presidencial peruano Vladimiro Montesinos, considerado el "hombre fuerte" del Gobierno de Alberto Fujimori (1990-2000), es condenado a cumplir 19 años y 8 meses de cárcel por el secuestro, tortura y asesinato de seis personas supuestamente vinculadas a Sendero Luminoso, perpetrado en las ciudades de Pativilca y La Cantuta, cometidas en 1992 por el grupo militar encubierto Colina. 2025. Decenas de miles de personas marchan en Buenos Aires para repudiar el discurso homofóbico que el presidente, Javier Milei, llevó como bandera al Foro Económico Mundial en Davos, recordando que el mandatario vincula la homosexualidad con la pedofilia como parte de sus ataques contra lo que llama "el cáncer de la ideología woke".

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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