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54Grado.com : Hoy es miércoles 18 de febrero del 2026 . Faltan 317 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1794. El gobernador de Santo Domingo, don Joaquín García, da cuenta de la recepción de las tres medallas de oro para tres jefes negros y de doce de plata "para que éstos las distribuyan entre los caudillos más beneméritos de su séquito". 1801. Se rinde el capitán general español destacado en Santo Domingo, Joaquín García Moreno, luego de resistir en todo el país a las tropas haitianas encabezadas por Toussaint Loverture. 1818. Una orden del Gobierno español manda a abrir el comercio extranjero en todos los puertos de la isla de Santo Domingo. 1855. La República Dominicana y España firman un Tratado de reconocimiento, paz, amistad, comercio, navegación y extradición, así como la prohibición de que se enajene "la menor parte del territorio dominicano. 1867. Es ejecutado en El Seibo el ex presidente Pedro Guillermo Guerrero. 1868. Un pelotón de fusilamiento hace efectiva la sentencia dictada contra los baecistas, general Pedro Guillermo, José Mata y Secundino Belén, acusados de rebelión armada contra la República. 1880. Es inaugurada en Santo Domingo la primera Escuela Normal -llamada La Escuela sin Dios-, dirigida por el educador puertorriqueño Eugenio María de Hostos, a cuya actividad sólo asistieron dos personas. 1962. Los doctores Julio César Castaños Espaillat y Miguel A. Piantini, así como el ingeniero Andrés Aybar Nicolás, son elegidos rector y vice rectores de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). 1962. El consejo de Estado nombra al civil Manuel Secundino Pérez Peña jefe de la Policía Nacional. 1973. El teniente general retirado EN, Fausto Caamaño Medina, su esposa, hijos y demás familiares solicitan al Presidente Joaquín Balaguer la entrega del cadáver de su pariente Francisco Caamaño Deñó "enterrado inhumanamente sin una caja protectora". 1997. Es promulgada la Ley 194-97, mediante la cual se le concede autonomía presupuestaria y administrativa al Ministerio Público y la Cámara de Cuentas de la República, además de establecer el los Poderes Legislativos y Judicial. 1999. Es inaugurado el Instituto Politécnico "Máximo Gómez", construido en la ciudad de Baní, con el auspicio del gobierno cubano, como muestra de agradecimiento por la participación del militar dominicano en la lucha independentista de Cuba. 2020. Varios técnicos de la Junta Central Electoral trabajan con los equipos del voto automatizado, sin avisarlo con anterioridad a los delegados políticos informando horas después la imposibilidad de mostrar algunos de los candidatos. 2025. El presidente Luis Abinader informó en la Conferencia de Energía y Expo sobre la Cadena de Suministro, Guyana 2025, que el país está listo para la exploración petrolera en el bloque Berbice de esa nación, destacando que, después de estudios e intercambios entre ambas comisiones, RD está en las condiciones para completar los acuerdos sobre la exploración minera. Internacionales: 1519. Hernán Cortés, zarpa del cabo de San Antón Cubano, con una flota de once naves y un millar de hombres, con propósito de conquistar México. 1546. Muere a causa de una apoplejía, el ex-sacerdote Martín Lutero, fundador de la reforma protestante del siglo XVI. 1806. Napoleón Bonaparte ordena la construcción del Arco de Triunfo de París, en memoria d la batalla de Austerlitz, ganada por su Ejército. 1815. Los Estados Unidos y Gran Bretaña firman su primer Tratado de paz. 1960. Argentina, Chile, México, Paraguay, Perú y Uruguay firman, en Montevideo, un convenio sobre la formación de una zona de Libre Co­mercio Latinoamericano (LAFTA). 1961. En Gran Bretaña, cerca de 2000 personas, encabezadas por el filósofo Bertrand Russell, protagonizan una sentada ante el Ministerio de Defensa, contra la instalación en Escocia de una base americana de lanzamiento de misiles atómicos. 1965. Es proclamada la Independencia de Gambia, de Gran Bretaña. 1977. El dictador argentino, general Jorge Rafael Videla, sale ileso de un atentado, perpetrado por el Ejército Republicano del Pueblo. 1983. En Venezuela, la estabilidad y fiabilidad que había caracterizado al Bolívar como signo monetario, inicia su declive, al cotizarse a 4.30 bolívares por dólar. 1984. Se firma un nuevo concordato entre Italia y la Santa Sede. 2004. En Irán, más de 295 personas, incluyendo cerca de 200 rescatistas, mueren cuando se incendia y explota un tren que carga azufre, petróleo y fertilizantes. 2005. La revista Science presenta el primer mapa de las insignificantes diferencias genéticas existentes entre los seres humanos. 2006. En los Territorios Palestinos se constituye el nuevo parlamento, controlado por Hamás. 2007. Se inicia la conmemoración del Día Internacional del Síndrome de Asperger (en honor al nacimiento del pediatra Hans Asperger, ). 2013. El presidente Evo Morales anuncia la nacionalización de la empresa Servicios de Aeropuertos Bolivianos SA (SABSA), filial del grupo español Abertis-Airports, que desde 1997 administraba los tres principales aeropuertos internacionales de Bolivia. -El presidente venezolano Hugo Chávez, llega a su país y recluido en el Hospital Militar de Caracas, para continuar el tratamiento contra el cáncer al que estaba siendo sometido en La Habana, Cuba. 2014. El presidente colombiano, Juan Manuel Santos, introduce cambios en la cúpula militar precipitados por el escándalo causado por las denuncias sobre supuesta corrupción en las compras y licitaciones del Ejército y otras irregularidades. -Arqueólogos israelíes informan haber descubierto una pequeña aldea de 2.300 años de antigüedad cerca de la carretera que conecta Tel Aviv con Jerusalén. 2015. Kate Brown se convierte en la primera gobernadora abiertamente bisexual de la historia de Estados Unidos, al jurar el cargo en el estado de Oregón, tras la renuncia de su antecesor por presunto tráfico de influencias. 2016. Es una poca habitual intervención en campaña para un presidente en ejercicio, Barack Obama duda de la capacidad del favorito en las primarias republicanas, Donald Trump, para ejercer el cargo de presidente de los Estados Unidos. 2018. La Cumbre de las Américas aprueba la exclusión de Venezuela y la incorporación de Cuba, con lo que la próxima cita política de la región, que se celebrará en Lima (Perú) en abril, volverá a estar incompleta. 2019. El primer ministro de Haití, Jean Henry Céant, anuncia una serie de medidas para tratar de paliar la crisis económica y luchar contra la corrupción en un intento por bajar la tensión política de los últimos días, para reclamar la dimisión del presidente haitiano, Jovenel Moise. -El Secretario de Defensa de Estados Unidos, Patrick Shanahan, dice no haber determinado si levantar un muro fronterizo con México con dinero del Pentágono, era una "necesidad militar". 2020. Tras 35 años después del papa Juan Pablo II suspender ´a divinis´ por formar parte de la revolución sandinista, el Papa Francisco concede la absolución al poeta y sacerdote nicaragüense Ernesto Cardenal. 2021. La NASA informa que la misión espacial del Programa de Exploración de Marte, Rover Perseverance, ha llegado al cráter Jezero del llamado Planeta Rojo, convirtiéndose en el quinto vehículo de exploración que la agencia espacial estadounidense coloca en la superficie de ese planeta. - La OMS reitera su reclamo a las compañías farmacéuticas de compartir sus "conocimientos" sobre las vacunas contra el coronavirus, para "ampliar la fabricación del suero y aumentar drásticamente su suministro mundial". 2022. En la provincia de Corrientes (Argentina), el gobernador Gustavo Valdes declara ese territorio como "Zona de Catástrofe Ecológica y Ambiental", debido a los incendios forestales sin precedentes que quemaron más del 10% de su superficie. 2024. La justicia rusa condena a penas de cárcel a al menos 150 personas detenidas en manifestaciones de homenaje al líder opositor Alexei Navalni, quien falleció dos días antes mientras cumplía una pena de 19 años en una prisión del Ártico de Yamal. 2025. Funcionarios rusos y estadounidenses de alto nivel, incluidos los principales diplomáticos de ambos países, mantienen conversaciones sobre la mejora de sus lazos y las primeras negociaciones de un acuerdo para poner fin a la guerra en Ucrania.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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