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El periódico El Progreso establece en su primera edición, que será un "periódico político, literario y mercantil", en el que plasmará con su nombre "figuras de la literatura nacional como lo fueron los hermanos Javier y Alejandro Angulo Guridi, Manuel de Jesús Heredia, Nicolás Ureña de Mendoza y Félix María Del Monte". 1856. Muere el general Gerónimo de Peña por las heridas recibidas durante la Batalla de Sabana Larga. 1865. La Junta Gubernativa de Santiago, presidida por el general Benigno Filomeno Rojas, pacta con los españoles el canje de prisioneros capturados durante la Guerra Restauradora. 1929. República Dominicana y Haití firman un Tratado de Paz y Amistad Perpetua y Arbitraje el que establece en su Artículo 10, el compromiso de no desviar el caudal del río Masacre, "en razón de que ríos y otros cursos de agua nacen en el territorio de un Estado y corren por el del otro o sirven de límites entre los dos Estados 1932. El Poder Ejecutivo nombra al Capitán Aníbal Vallejo Sosa, Comandante de la recién creada "Arma de Aviación", adscrita al Ejército Nacional" y al primer teniente Piloto Frank A. Feliz Miranda segundo en mando. 1956. Un grupo de exiliados dominicanos radicados en Cuba, funda el Movimiento Popular Dominicano (MPD), con la consigna de "Lucha interna o Trujillo siempre". 1962. Representantes del gobierno dominicano y del vaticano sostienen una reunión sobre la solicitud de salvoconducto para que el ex presidente Joaquín Balaguer poder salir del país, sin ningún resultado concreto. 1973. El presidente Joaquín Balaguer informa por escrito al general retirado Fausto Caamaño Medina haberle ordenado al Secretario de las Fuerzas Armadas, Ramón Emilio Jiménez Reyes "no proceder al enterramiento sin que se le ofreciera antes a usted" la oportunidad de sepultar los restos de su hijo Francisco A. Caamaño Deñó. 1981. Fallece en Santo Domingo a la edad de 68 años, el abogado y escritor, Freddy Prestol Castillo, quien ocupó importantes funciones en la judicatura nacional y autor de la obra "El Masacre se pasa a pie", publicada en el año 1973. 2010. El dominicano Jorge Torres Orellana, acusado de dirigir una red internacional de trata de blancas y relacionado con estadounidenses que intentaron llevarse 33 niños de Haití, declara su disposición de entregarse en El Salvador si le garantizan su integridad. 2015. El comunicador Daniel Adriano Gómez Jorge revela en carta enviada al matutino Elcaribe, haber sido alegadamente utilizado en 1986 por su primo y presidente de la República, Salvador Jorje Blanco, para acusar al extinto expresidente Joaquín Balaguer, de tener una cuenta en Grand Cayman con US$30 millones. 2018. La Autoridad Metropolitana de Transporte (Amet) pasa a llamarse Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett), entidad presentó su nueva imagen institucional que implica cambios desde los uniformes de los agentes hasta un nuevo protocolo para abordar a los ciudadanos. 2019. El Gobierno dominicano deja oficialmente iniciados los trabajos de construcción del nuevo complejo penitenciario, Centro de Corrección y Rehabilitación La Nueva Victoria en el municipio de Guerra, con un presupuesto de RD$6,372 millones. 2020. El Informe de Actividades 2019 del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) coloca la República Dominicana como el país de mayor crecimiento económico en América Latina, Centroamérica y el Caribe, durante ese período. 2022. El presidente de la República Luis Abinader deja iniciados los trabajos de la construcción del muro fronterizo de hormigón armado con una estructura metálica de 160 kilómetros de extensión, una altura de 3.90 metros, 170 torres de vigilancia y control, además de unas 71 puertas de acceso. Internacionales: 1472. Noruega le entrega a Escocia las Islas Shetland y las Órcadas como pago de una dote. 1534. El rey Carlos I de España, decreta que se estudie la posibilidad de unir el Mar del Sur (Pacífico) con el Mar del Norte (Atlántico), por el istmo de Panamá. 1564. Se produce el asesinato del Cuarto Virrey de Perú, Diego de Acevedo y Zúñiga. 1950. El senador Joseph McCarthy pronuncia un discurso ante el Senado, en el que mencionará la infiltración por comunistas, en la administración demócrata de Harry Truman. 1964. Marruecos y Argelia firman un acuerdo para poner fin a su conflicto fronterizo. 1966. Las autoridades franquistas prohíben los actos organizados para honrar la memoria del poeta Antonio Machado, opositor al régimen y fallecido en su destierro de Francia luego de la guerra civil. 1974. La Unión Soviética prueba lo que califica como el Proyectil balístico intercontinental más grande existente al momento. 2000. Los reformistas iraníes partidarios del presidente Mohamed Jatami obtienen mayoría absoluta en las elecciones parlamentarias, lo que les permite controlar el Gobierno y el Parlamento por primera vez en la historia de la República Islámica. 2006. Un tribunal de Viena condena al historiador británico David Irving por negar el Holocausto. 2010. El presidente venezolano Hugo Chávez, revela que propondrá a los mandatarios asistentes a la cumbre del Grupo de Río, que se celebra en México, la creación de una nueva organización de Estados latinoamericanos y caribeños, excluyendo a Estados Unidos y Canadá. 2014. Decenas de personas mueren en las calles de Kiev durante una jornada de violencia armada, mientras los ministros de Exteriores de tres países europeos mediaban en el conflicto ante el presidente ucraniano, Víktor Yanukóvich. 2018. Un equipo de científicos logra secuenciar el primer genoma humano completo del Caribe a partir de unos dientes de hace más de mil años, piezas que pertenecieron a una mujer de la etnia de los Taínos, los primeros indígenas americanos que experimentaron el impacto de la colonización europea en 1492. -El FBI revela los alegados "entresijos" de la operación diseñada desde Rusia para interferir en las pasadas elecciones presidenciales de Estados Unidos. 2022. El presidente de Estados Unidos, Joe Biden, encabeza una reunión de su consejo de seguridad nacional para abordar la crisis en Ucrania, debido a su preocupación de que Rusia pueda atacar el país vecino "en cualquier momento". 2024. Inicia en Nueva York el juicio contra el expresidente de Honduras Juan Orlando Hernández acusado de conspirar para introducir toneladas de cocaína en Estados Unidos durante casi dos décadas, cargos que rechaza haber cometido. El ex mandatario fue detenido en su casa de Tegucigalpa, el año 2022, 19 días después de dejar el poder. 2025. El asesor de Seguridad Nacional de Estados Unidos, Michael Waltz, recomienda al presidente de Ucrania, Volodimir Zelenski, "rebar el tono" y aceptar la "oportunidad histórica" que le ofrece la Administración Trump con el acuerdo de explotación de sus recursos naturales.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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