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54Grado.com : Hoy es viernes 27 de marzo del 2026 . Faltan 279 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1495. Se produce la Batalla de la Vega Real, entre españoles y nativos, a unos 100 kilómetros al Sudeste de La Isabela, con una victoria española que logra pacificar la Isla. 1844. El general José María Imbert toma el mando de las tropas en Santiago para enfrentar al ejército haitiano del general Jean Louis Pierrot, cuyas tropas avanzaron rápidamente y toman a comunidad de Dajabón. 1848. El Arzobispo Tomás de Portes e Infante, solicita y obtiene del Congreso Nacional la creación del "Seminario Conciliar Santo Tomás de Aquino", cuyo primer rector fue el Dr. Elías Rodríguez. 1911. Entra en vigor una nueva Ley de Policía, que dota del instrumento legal a esa institución, en la que se establece como principal objetivo la preservación del orden, seguridad y la tranquilidad pública. 1912. Llega al país el Secretario de Estado de los Estados Unidos, F.H. Knox, acompañado de un contingente de 750 soldados, para ponerlos a disposición del gobierno dirigido por el presidente Eladio Victoria (Quiquí), a los fines de proteder los intereses locales de la potencia del norte. 1924. Nace en Santo Domingo niño Johnny Abbes García, hijo del alemán George Abbes y la dominicana Altagracia García Alardo, quien fue el jefe del Servicio de Inteligencia Militar durante la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo. 1934. El presidente Rafael L. Trujillo designa a Anselmo Paulino Alvarez secretario de Primera Clase de la Legación y Cónsul General en Puerto Príncipe, Haití 1943. El Congreso consagra mediante Ley No. 237, que el Baluarte del Conde sea la tumba definitiva de los Padres de la Patria. 1958. Son creadas mediante la ley 4882, las provincias Valverde y Julia Molina, la primera, con su capital Santa Cruz de Mao y la segunda en honor a la madre del dictador Rafael Trujillo, cuya denominación le fue cambiada en 1961 por el actual María Trinidad Sánchez, con su capital Nagua. 1959. Se inicia en La Habana una reunión de representantes de casi todas las organizaciones políticas en el exilio, a los fines de conformar un Frente Unido de Lucha Antitrujillista. 1962. El Gobierno haitiano rechaza que el ex general Arismendy Trujillo (Petán) esté residiendo en la vecina nación, como se rumoró insistentemente en el país. 1963. El presidente Juan Bosch declara que la acusación de comunista formulada por algunos sectores, "no es más que una conjura prefabricada", y que él no puede dedicar todo su tiempo a desmentir dicha acusación. 2011. Funcionarios y legisladores seguidores del presidente Leonel Fernández celebran una concentración en el Palacio de los Deportes de Santo Domingo, para mostrar la recolectaron 2.2 millones de firmas con el fin de pedir su repostulación para un nuevo mandato. 2012. El narcotraficante puertorriqueño José Figueroa Agosto, alias "Junior Cápsula", se declara culpable en Puerto Rico, de los cargos de tráfico de estupefacientes y lavado de dinero en la República Dominicana, ante el juez federal Juan Pérez Jiménez. 2013. El Poder Ejecutivo emite el decreto 93-13, con el que instituye el Premio Internacional Pedro Henríquez Ureña, facultando al Ministerio de Cultura a cambiar el jurado cada año a su discreción y establecer las reglas que el jurado debe cumplir para otorgar el reconocimiento y las condiciones que debe reunir el galardonado. 2015. El juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, Alejandro Moscoso Segarra, dicta un auto de "No Ha Lugar" a favor del senador Félix Bautista y otras seis personas, acusadas de corrupción y lavado de activos en contra del Estado, por el procurador general Francisco Domínguez Brito. 2020. El Banco Central de la República anuncia la adquisición de equipos ultravioletas para desinfectar los billetes y monedas que circulan en el país, para evitar la propagación del coronavirus (COVID-19). - Fallece a los 73 años de edad en un hospital de Brookdale Brooklyn, Nueva York, el conocido merenguero de música típica Bartolo Alvarado, conocido popularmente como El Cieguito de Nagua, luego de ser ingresado tras presentar problemas respiratorios. 2024. "El Otro Muro Fronterizo que Se Levanta al Sur de EE. UU.", se titula un reportaje publicado en la página principal del periódico Wall Street Journal, sobre la construcción de una pared fronteriza a lo largo de las 250 millas que separan RD de Haití, señalando que la valla "ha captado la atención internacional", cuya obra fue dispuesta tres años antes por el presidente Luis Abinader. -Haití conecta el canal construido para desviar aguas de río Dajabón/Masacre en Juana Méndez, lo que en menos de 24 horas provoca la disminución del caudal del afluente, afectando a cientos de parceleros, productores del sistema de riego "Dique Don Pedro, Los Veteranos, la zona de Los Portalatín, El Coco, Sánchez y Manzanillo. Internacionales: 1272. El Cardenal Teobaldo Visconti es escogido Sumo Pontífice de la Iglesia Católica, con el nombre de Gregorio X. 1513: Juan Ponce de León, compañero de Colón en el segundo viaje, avista una península, la que llamó La Florida, pero no pudo llega a tierra hasta el dos de abril. 1808: El papa Pío VII excomulga al emperador Napoleón. 1854: Gran Bretaña y Francia declararon la guerra a Rusia. 1942. Las autoridades alemanas empiezan deportaciones sistemáticas de judíos de Francia. 1968. Es declarado desaparecido al cosmonauta Yuri Gagarin. 1973. El actor Marlon Brando rechaza el Oscar de la Academia de Hollywood, en rechazo al trato que los indios recibían por parte del pueblo americano y en las películas. 1976. En España, un accidente aéreo en el aeropuerto de los Rodeos, provoca 575 víctimas. 2006. Zacarías Moussaoui, único procesado en EEUU por los atentados del 11 de septiembre, anuncia durante su juicio, que él iba a estrellar un avión contra la Casa Blanca. 2008. El gobernador de Puerto Rico, Aníbal Acevedo Vilá y otras 12 personas, incluidos algunos cercanos colaboradores, son acusados por el gobierno federal de conspiración para violar la Ley Federal de Elecciones y para defraudar el Servicio de Rentas Internas, entre otras infracciones. 2014. El Gobierno filipino y la guerrilla del Frente Moro de Liberación Islámica firman la paz después de 30 años de lucha fratricida, a cambio de la creación de una región autónoma musulmana en el sur del país. - Francisco, el primer papa latinoamericano y Barack Obama, primer presidente afroamericano de Estados Unidos sostienen una histórica reunión de 50 minutos en la Sala del Tronetto de la Casa Blanca. -La Asamblea General de la ONU aprueba una resolución mediante la cual declara ilegal el referendum celebrado en Crimea respaldado por Rusia y apoya la integridad territorial de Ucrania. 2015. El Senado de Estados Unidos, dominado por los republicanos, aprueba un proyecto de presupuesto para 2016, que apunta a equilibrar el gasto federal en 10 años sin aumentar los impuestos, recortes de gastos sociales y la derogación de la ley de seguridad social llamada "Obamacare". 2016. El FBI anuncia haber logrado acceder a la información del iPhone 5C del llamado "Terrorista de San Bernardino", California, luego de varias semanas de polémica pública con Apple, que se negaba a poner a sus ingenieros al servicio de la investigación. 2018. El presidente de Haití, Jovenel Moise, juramenta al general Sadrac Saintil como jefe de Estado Mayor de las restablecidas Fuerzas Armadas, algunos de los cuales fueron anteriormente acusados de violar los derechos humanos. 2019. La Justicia argentina condena al expresidente Carlos Menem (1989-1999) a tres años y nueve meses de prisión por fraude en la venta de un inmueble, orden que no será efectiva por el momento debido a los fueros que disfruta como senador nacional. 2020. El presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, firma la ley de más de US$2 billones de alivio económico por el coronavirus, en un momento en que las empresas y los hogares se preparan para más penurias económicas, constituyendo la medida el gasto de emergencia más grande en la historia de Estados Unidos. -El registro del Negociado Federal de Prisiones de los Estados Unidos confirma la puesta en libertad del narcotraficante puertorriqueño José David Figueroa Agosto, quien cumplía 209 años de prisión en la Federal Correctional Institution Terre Haute, en Indiana. En el país fue acusado de dirigir una red de narcotráfico internacional. 2022. A solicitud del presidente Nayib Bukele, el Congresode El Salvador decreta en una sesión extraordinaria, un régimen de excepción con la intención de frenar un "incremento desmedido" de los asesinatos, que ha puesto en jaque la estrategia gubernamental de seguridad con 76 asesinatos en dos días. -El presidente de Ucrania, Volodymyr Zelenski, acusa a Occidente de cobardía mientras su país lucha por frenar una invasión rusa, en una exasperada petición de aviones de combate y tanques para mantener la defensa en un conflicto que se ha convertido en una guerra de desgaste. 2024. El subcomandante de operaciones de la Guardia Costera de los Estados Unidos, vicealmirante Peter Gautier, asegura que el buque mercante que chocó horas antes contra un puente en Baltimore, lleva a bordo 4,700 contenedores, 56 de ellos con material peligroso, no suponen un peligro público. 2025. El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, confirma la suspensión de dos años contra vicepresidenta, Verónica Abad, a la que acusa de ser "una traidora", situación que se da en medio de un conflicto político que se intensifica durante la campaña para la segunda vuelta presidencial, prevista para el 13 de abril.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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