noticia principal

                                                                 

Efemérides

54Grado.com : Hoy es martes 17 de marzo del 2026 . Faltan 289 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1537. Hernando Gorjón otorga poder a Pedro de Villanueva para la construcción de un colegio de estudios generales en Santo Domingo. 1844. Se produce el segundo encuentro armado entre tropas invasoras haitianas y las avanzadas dominicanas en el paraje Las Hicoteas. 1861. El presidente Pedro Santana nombra como comandante de Barahona al coronel Ángel Féliz (Liberata), uno de los militares destacados en la última etapa de la Guerra de Independencia. 1864. Juan Pablo Duarte llega a Cabo Haitiano para retornar a su patria en armas contra España. 1930. Es presentada de manera oficial las candidaturas presidencial y vicepresidencial del general Rafael L. Trujillo Molina y el licenciado Rafael Estrella Ureña, de la Conferación de Partidos, en las elecciones del 16 de mayo de este año. 1947.-Es creada mediante la Ley 1367, la Caja Dominicana de Seguros Sociales, la cual fue modificada el 30 de diciembre de 1948 mediante la ley 1896. 1961: La CIA de Estados Unidos, informa a Henry Dearborn, ejecutivo del Consulado de esa nación en el país, que existían prohibiciones para el envío de armamentos a través de la valija diplomática, como éste había solicitado. 1974. Varias organizaciones políticas de oposición, encabezadas por el Partido de la Liberación Dominicana, recién formado por el ex presidente Juan Bosch, realizan un mitin, del que se ausenta inesperadamente el ex líder del PRD. 1975. Es asesinado próximo a la Universidad Autónoma de Santo Domingo, el periodista Orlando Martínez Howley, de cuya acción fueron acusado y condenados varios civiles y militares. 1986: El ex presidente Balaguer es escogido candidato presidencial del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y gana las elecciones del 16 de mayo de este año. 2004. Inicia su difusión informativa el desaparecido diario virtual "Clave Digital", bajo la dirección del periodista Fausto Rosario Adames y Gustavo Olivo Peña. 2008. El neurocirujano José Joaquín Puello y el licenciado Hatuey De Camps son escogidos como compañeros de boletas por los candidatos presidenciales Miguel Vargas Maldonado y Eduardo Estrella, por el PRD y Revolucionario Social Demócrata (PRSD) y aliados, respectivamente para las elecciones del 16 de mayo. 2020. El gobierno autoriza a los la­boratorios debidamen­te certificados y ba­jo el estricto seguimiento del Ministerio de Salud, a realizar pruebas diagnósticas de la afección provocada por el covid-19, como una de las medidas pa­ra detener la expansión del coronavirus en el país. - Co­mo parte de las medidas adoptadas por las autoridades sanitarias para conjurar la pandemia del corona­virus, se dispone la sus­pensión de las actividades comerciales durante los próximos 15 días, "con la excepción de aquellas que se dedican a actividades básicas para la población". 2021. Llega al país procedente de la República Popular China, un millón 50 mil dosis de vacunas Sinovac adquiridas por el Gobierno para ser aplicadas en el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19. -Las recomendaciones del Poder Ejecutivo, de incluir las tres causales dentro del nuevo Código Penal, vuelven a ser rechazadas por la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados que estudia el proyecto, manteniendo solo la iniciativa de permitir la interrupción del embarazo cuando la vida de la madre esté en peligro. 2022. La presidenta de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Julissa Mantilla, sugiere al gobierno dominicano "la posibilidad de crear una mesa para discutir la situación legal de los descendientes de inmigrantes haitianos en el país". 2025. El presidente Luis Abinader informa que gobierno de los Estados Unidos levantó las restricciones que impedían al Central Romana Corporation exportar azúcar y sus derivados a su territorio, tras dos años de ser aplicada la sanción, por alegados maltratos a sus trabajadores. -Los padres de la joven Sudiksha Konanki, desaparecida en la playa de un hotel de Punta Cana, Subbarayudu Konanki y SreeDevi Konanki, solicitan a la Policía Nacional declarar el fallecimiento de su hija de 20 años de edad, según revela el informativo de TV Noticias SIN. Internacionales 180. Muere el emperador Marco Aurelio. 1452. En la península ibérica, las tropas cristianas conquistan el reino de Murcia tras su victoria en la batalla de Los Alporchones. 1493. Son firmadas las Capitulaciones de Barcelona entre los Reyes Católicos y el ex rey de Granada Boabdil. 1526: Francisco I de Francia es liberado por los españoles. 1776. El ejército británico se retira de la ciudad de Boston y posibilita la proclamación de la independencia de Estados Unidos el 4 de julio de este mismo año. 1861. Philipp Reis presenta un aparato de transmisión eléctrica de sonidos al que denomina teléfono. 1914. Rusia aumenta sus efectivos militares desde los 460.000 hasta los 17.000.000 de soldados. 1942. Una división especial de las SS alemana iniaia el uso de cámaras de gas en el centro de matanza de Belzec, eliminando aproximadamente 600.000 personas, principalmente judíos y gitanos roma. 1969: Golda Meyer asume el cargo de primer ministro en Israel. 1974: Los ministros petroleros árabes deciden aplazar su embargo petrolero contra Estados Unidos, anunciado previamente. 1988. Un contingente de 3,320 soldados de los Estados Unidos llegan a Honduras en "prevención" de una posible invasión a ese país desde su vecino Nicaragua. 1992. La mayoría de los electores blancos de Sudáfrica decide, mediante un referéndum, poner fin al apartheid. 1997. Es inaugurado en la ciudad de Atlanta, Estados Unidos el canal de cable CNN en Español. 2013. Un meteroide del tamaño de una roca pequeña choca sobre la superficie lunar en el Mare Imbrium, provocando una explosión diez veces más brillante que todas las que se habían observado hasta el momento. 2015. Investigadores que buscan los restos del autor español Don Miguel de Cervantes, informan haberlos ubicado "en muy mal estado", por lo que serían difíciles de aislar, identificar y cotejar con ADN, por estar mezclados en un osario con al menos otros 15 cuerpos en la cripta del convento de las Trinitarias Descalzas de Madrid, donde fue enterrado en 1616. 2017. La canciller alemana Angela Merkel y el presidente estadounidense Donald Trump hablan por primera vez en persona, durante su breve charla en el Salón Oval de la Casa Blanca, en la que el gobernante trata con frialdad a la canciller, a la que no quiso saludar de manocomo suele hacerlo con el resto de sus colegas. -En Japón, la Corte del Distrito de Maebashi sentencia que el desastre de la central nuclear de Fukushima Daiichi en 2011, podría haberse evitado con medidas de seguridad preventivas y ordena el pago de una indemnización de 38.6 millones de yenes a un grupo de evacuados que denunciaron el caso. 2019. El expresidente peruano Alejandro Toledo es arrestado en EE.UU., donde se encuentra huido de la Justicia peruana que lo reclama por corrupción, debido a encontrarse en estado de embriaguez en un restaurante. -El presidente de Venezuela Nicolás Maduro solicita a todos los miembros de su gabinete ministerial, poner sus cargos a disposición, en momentos que el país se recupera del apagón más prologando en décadas. - La cifra de muertos por los ataques ocurridos en dos mezquitas en Nueva Zelanda aumenta a 50 con el hallazgo de otra víctima cuando la policía retiraba cadáveres de ambos sitios. Unas 36 personas continúan hospitalizadas, dos de ellas en estado crítico. 2020. La República Popular China informa haber dado "luz verde" a investigadores de la Academia Militar de Ciencias Médicas, para realizar los primeros ensayos clínicos en humanos de una vacuna experimental contra el coronavirus. -El Fondo Monetario Internacional (FMI) desestima la petición de ayuda hecha por el gobierno venezolano, de US$5,000 millones del fondo de emergencia para hacer frente al coronavirus, alegando que "no hay claridad" sobre el reconocimiento internacional del presidente Nicolás Maduro. 2021. El presidente de Estados Unidos Joe Biden, define a su homólogo ruso Vladimir Putin como un asesino, al tiempo de amenazarlo con "hacerle pagar un precio" por las consecuencias de la injerencia rusa en las pasadas elecciones en las resultó electo. 2022. El juez de la Corte Suprema de Justicia hondureña, Edwin Ortez, apoderado de la solicitud de autorización para extraditar al expresidente Juan Orlando Hernández a Estados Unidos, da el visto bueno a la medida, para que el ex mandatario responda los cargos asociados al narcotráfico y uso de armas. - El Tribunal Constitucional peruano aprueba un recurso legal que permite excarcelar al expresidente Alberto Fujimori, condenado a 25 años de cárcel por asesinato y corrupción, decisión que restituye un indulto humanitario otorgado en la navidad de 2017 concedido por el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski. 2023. Once de los principales bancos de Estados Unidos anuncian un paquete de rescate de $30,000 millones para el First Republic Bank, en un intento por evitar que se convierta en la tercera institución crediticia en quebrar, como lo hicieron Silicon Valley Bank y el Signature Bank. 2024. Luego de tres días de votación, la Comisión Electoral Central (CEC) rusa informa que el presidente ruso, Vladímir Putin, seguirá en el Kremlin hasta 2030, al acumular el 87.34% de los votos, según el escrutinio del 50 % de los sufragios, siendo esta su mayor victoria electoral desde que llegó al poder en el año 2000, pese a la guerra en Ucrania y las sanciones económicas occidentales. - El bloque senatorial republicano mantiene "suspendido" el desembolso de US$40 millones destinados por el gobierno del presidente Joe Bidenn para cubrir los gastos esenciales del despliegue de policías kenianos en Haití, lo que oscurece aún más el panorama para una solución a la crisis de la nación caribeña. 2025. El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, afirma que los indultos concedidos por su antecesor, el demócrata Joe Biden, son "nulos" y "no tienen valor", alegando que fueron firmados con un bolígrafo automático (autopen). El juez federal James E. Boasberg, prohíbe de manera inmediata al presidente Donald Trump, llevar a cabo deportaciones bajo una ley del siglo XVIII, invocada para acelerar la expulsión de criminales venezolanos del Tren de Aragua.

mausan y noticia en vivo

El Tiempo

                                                      

Las Caliente Noticias

                                            Flag Counter

Buscar este blog


 


 


 

lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario


Noticias54

                             

Noticias