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54Grado.com : Hoy es miércoles 3 de junio del 2026 . Faltan 211 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1770. Un terremoto, considerado por algunos historiadores como sin precedentes en las Antillas, sacude la Isla de Santo Domingo. 1777. Es ratificado el Tratado de Aranjuez, entre los representantes de España, el Conde de Floridablanca y el de Francia, el Marqués de Ossun, mediante el cual se pone fin a los problemas fronterizos de la isla de Santo Domingo. 1913. Nace en San Pedro de Macorís, el escritor Pedro Julio Mir Valentín, declarado en 1984 por el Congreso, Poeta Nacional. Era hijo del ingeniero cubano Pedro Mir y la puertorriqueña Vicenta Valentín Mendoza. 1929. El joven Joaquín Balaguer Ricardo recibe el título de licenciado en Derecho de la Universidad de Santo Domingo. 1961. El Presidente Joaquín Balaguer pronuncia el panegírico basado en la vida y obra del generalísimo Rafael Trujillo, parado ante el féretro del ajusticiado tirano, previo a su entierro en San Cristóbal. 1965. Llega al país la segunda comisión de la Organización de Estados Americanos (OEA), para "mediar" en el conflicto iniciado el 24 de abril último. Mientras, en Higuey y San Juan de la Maguana se registran disturbios callejeros, siendo reprimidos los manifestantes por agentes policiales. -El presidente de los Estados Unidos, Lindon B. Johnson, anuncia el retiro del resto de unidades de marines destacados en la República Dominicana. 1973. El guerrillero Hamlet German es autorizado por el gobierno del presidente Joaquín Balaguer a viajar a México, tras ser capturado en las proximidades de Villa Altagracia por tropas gubernamentales. 1987. Son declarados Refugios de Aves Marinas, los cayos "Las Siete Hermanas", en la bahía de Manzanillo y "Patrimonio Natural de la Nación" todas las cuevas del territorio nacional. 1998. Es aprobado el reglamento de aplicación de la ley minera 146, en el que se define e interpreta las aplicaciones de la indicada legislación. 1999. Muere a la edad de 93 años de edad el mayor EN retirado Zacarías de la Cruz, quien conducía el vehículo cuando fue ajusticiado el tirano Rafael L. Trujillo Molina. 2005. El informe del año 2005 del Departamento de Estado de Estados Unidos señala que la República Dominicana, junto a Haití y México, es ubicada en la segunda categoría sobre tráfico de personas explotadas sexualmente o mantenidas en la esclavitud. -El embajador dominicano en Estados Unidos, Flavio Darío Espinal, declara que el país no está en condiciones de absorber los efectos de una crisis haitiana, cuyas dimensiones y duración son económica, política, social, ecológica, de seguridad y orden. 2006. Es clausurada en La Romana, la II Cumbre de Presidentes y Jefes de Estado Centroamericanos, México, Colombia y República Dominicana, en la que se trataron temas relacionados con el problema energético de la región. 2014. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), anuncia que demandará al Estado dominicano ante el Relator Especial de las Naciones Unidas, Christof Heyns, bajo la acusación de realizar "ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias", a través de la Policía Nacional contra los ciudadanos Wandy Sánchez y Juan Carlos de la Cruz Adames. 2015. La Cámara de Diputados conoce el proyecto de ley que convoca a la asamblea revisora para modificar la Constitución de la República, luego del acuerdo arribado por el Comité Político del gubernamental y mayoritario congresual Partido de la Liberación Dominicana. 2018. Fallece a los 71 años de edad el médico y político de izquierda, Nelson Moreno Ceballos, quien fue presidente de la Academia de Ciencias de la República Dominicana y un destacado médico especialista en Psiquiatría. 2020. El ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, anuncia que la República Dominicana ha entrado a la segunda fase de la reapertura económica, cerrada debido a la pandemia del coronavirus, en la que las microempresas podrán trabajar el 100% de su personal; las pequeñas, el 75%. Las grandes y medianas podrán operar con hasta el 50%. - Falleció a la edad de 96 años, el ex jefe de la Policía Nacional, general retirado José Morillo López, definido como uno de los mejores titular de la institución desde su creación. 2021. El Juzgado de Atención Permanente de Santo Domingo Este, dicta tres meses de prisión preventiva contra Luis Abel Bens Álvarez, uno de los acusados de "sustraer cables eléctricos" del Aeropuerto Las Américas, que provocó la cancelación de varios vuelos y el desvío de aviones a otras terminales aéreas. 2024. La República Dominicana registró desde el 1991 un aumento significativo en la inversión de su defensa, revelándose que sólo en el siglo XXI ese incremento alcanzó el 262 %, según datos que compila el Instituto de Investigación para la Paz de Estocolmo (Sipri). Internacionales: 1763. En virtud del tratado de Fontainebleau, los ingleses vuelven a ocupar la isla de Menorca. 1765. En la actual Guatemala, el primer asentamiento de la ciudad de Chiquimula es destruido por un violento huracán y varios temblores de tierra, conocidos como Terremotos de la Santísima Trinidad. 1863. Un terremoto derriba la catedral de Manila, capital de Filipinas, pereciendo en la catástrofe los miembros del Cabildo. 1899. Reanudación de las relaciones diplomáticas entre España y los Estados Unidos, tras la pérdida de las últimas colonias españolas alimentadas por el país norteamericano. 1908. El rey de España Alfonso XIII recibe en audiencia al nuevo embajador de Nicaragua, el poeta Rubén Darío. 1937. El duque de Windsor de Gran Bretaña se casa con la norteamericana Wallis Simpson, por la que renuncia a ser rey de Inglaterra. 1960. Costa de Marfil, Dahomey, Níger y Alto Volta piden a Francia su independencia total. 1961. El presidente de Estados Unidos, John F. Kennedy vi­sita Viena, donde se entrevista du­rante dos días con el Primer Ministro sovié­tico Nikita Kruschov. 1963. Muere en El Vaticano, a la edad de 82 años el Papa Juan XXIII. 1965. En EE. UU. el astronauta Edward White realiza el primer paseo espacial desde la nave Gémini 4, desplazándose con la ayuda de una pistola de gases. 1971. En España fallece, a los 83 años, en Zaragoza, el político Miguel Maura Gamazo, uno de los firmantes del «Pacto de San Sebastián», y ministro de la II República. 1980. En Estados Unidos, un fallo técnico dispara una importante alerta de guerra termonuclear (Incidente del Chip Defectuoso). 1981. El Papa Juan Pablo II abandona el hospital y regresa al Vaticano luego de ser herido tres semanas antes. 1989. Se produce la masacre en la plaza Tianamen en Beijing, China. -Muere, en Teherán, a la edad de 89 de un cáncer de próstata, el Sha de Irán, Ayatollaj Ruhollah Jomeini. 1993. La Asamblea General de las Naciones Unidas proclama este día como el "Día Mundial de la Libertad de Prensa". 1996. La OTAN aprueba una profunda reforma estructural que permitirá a los aliados europeos operaciones autónomas sin la participación de tropas estadounidenses. 1998. En Alemania se produce la muerte de más de cien personas al descarrilar un tren de alta velocidad. 2006. El Parlamento de Montenegro declara la independencia tras aprobarse en el plebiscito de ese mismo año. -Se registran 40 muertos al estrellarse un avión militar en China. 2009. En Honduras, durante una histórica decisión, la Asamblea de Cancilleres de la OEA, reunida, con el aval de Estados Unidos, es anulada la resolución que, en 1962, sacó del gran foro continental el gobierno comunista de Cuba. 2012. Un avión de la línea nigeriana Dana Air con 153 pasajeros y tripulantes a bordo se estrella en una zona densamente poblada de la ciudad de Lagos, Nigeria, provocando la muerte a 159 y decenas de heridos. 2014. En Nueva York, la ONG Human Rights Watch afirma oficialmente que no expulsará de su junta directiva a Javier Solana (ex secretario general de la OTAN) ni a otros de sus más altos directivos que tienen relación directa con el gobierno de Estados Unidos y con la CIA. 2016. Fallece a la edad de 74 años en un hospital de Phoenix, Arizona, el triple campeón mundial de los pesos pesados, Mohamed Ali (antes Cassius Clay), leyenda del boxeo y del deporte mundial. 2018. Fallece a la edad de 92 años, el cardenal emérito Miguel Obando y Bravo, quien enfrentó al gobierno sandinista de Nicaragua con el que se reconcilió después. -En Guatemala, la erupción del Volcán de Fuego causó más de 100 muertos, 200 desaparecidos, 600 heridos y cerca de dos millones de habitantes afectados. Dos días más tarde se produciría otra explosión. 2019. El Tribunal Supremo de Estados Unidos rechaza valorar por el momento la intención del presidente estadounidense, Donald Trump, de eliminar el programa de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA), promulgado por su antecesor, el ex mandatario Barack Obama. 2020. El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, se ha autoproclama como el líder que más progresos ha logrado para la población afroamericano en toda la historia del país, con la "posible excepción" de Abraham Lincoln, bajo cuyo mandato se abolió la esclavitud. 2024. El Consejo Presidencial de Transición oficializa el nombramiento de Garry Conille como primer ministro de Haití, lo que le faculta para iniciar el proceso de formación de Gobierno. - La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) de Argentina anuncia una nueva jornada de manifestaciones contra la polémica ley Bases, también conocida como 'ómnibus', proyecto que el Gobierno de Javier Milei pretende aprobar en el Congreso para comenzar una reforma radical en el país que sería acompañada por una declaratoria de emergencia nacional. 2025. El dólar estadounidense sufre su peor comienzo de año desde 1973, al caer más del 10% en los primeros seis meses del año en comparación con una cesta de divisas fuertes, situación que economistas atribuyen a la política arancelaria del presidente Donald Trump.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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