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54Grado.com : Hoy es domingo 26 de julio del 2026. Faltan 158 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1844. Llega a Santiago una delegación de la Junta Central Gubernativa con la misión de dar a conocer el manifiesto que declara a Juan Pablo Duarte, Matías Ramón Mella y Francisco del Rosario Sánchez, como "traidores" a la patria. 1898. El Poder Ejecutivo dispone la venta del templo donde en Santo Domingo se mantenía el culto a la virgen de la Altagracia. 1899. El presidente Ulises Heureaux (Lilís) cae abatido en la ciudad de Moca, víctima de un ataque a tiros perpetrado por Ramón Cáceres y Horacio Vásquez. -La casa donde era velado el cadáver del presidente Heureaux es tiroteada por sus matadores, provocando una estampida humana entre los asistentes. -El vicepresidente Wenceslao Figueroa es juramentado como presidente en funciones, manteniendo el poder sólo un mes, siendo relevado por una junta provisional. 1916. Inicia su circulación el periódico "Los Mosqueteros", constituyendo la primera publicación de La Romana, siendo su director el munícipe Asdrúbal Lluberes. 1920. Es promulgada la Ley No. 520, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, y sus modificaciones. 1934. Falleció en San Juan de Puerto Rico el ex vicepresidente Federico Velázquez Hernández. 1957. El tirano Rafael L. Trujillo Molina es señalado como responsable de ordenar el asesinato del presidente de Guatemala, Carlos Castillo Armas. 1961. Las autoridades excarcelaron al dirigente antitrujillista Manuel Aurelio Tavarez Justo, comenzando de inmediato los trabajos para constituir formal y públicamente la Agrupación Política 14 de Junio. 1962. El Movimiento Unión Cívica Nacional (UCN), es reconocido como partido político por la Junta Central Electoral, por solicitud de su presidente y secretario general, Ángel Severo Cabral y Luís Manuel Baquero, respectivamente. 1978 la Suprema Corte de Justicia (SCJ), presidida por Néstor Contín Aybar, se declaró incompetente para emitir una opinión sobre el fallo histórico de la Junta Central Electoral, como había solicitado la alta dirección del Partido Revolucionario Dominicano a través de su secretario general, José Francisco Peña Gómez y sus abogados 1990. El prospecto estadounidense de origen dominicano, Moisés Rojas Beltré (Moisés Alou) debuta en las Grandes Ligas con su equipo Piratas de Pittsburgh. 2000. El Poder Ejecutivo promulga la Ley 49-00, mediante la cual es creada la Secretaría de Estado de la Juventud. 2015. El ex lanzador de Grandes Ligas Pedro Martínez, es exaltado al Salón de la Fama del Béisbol, convirtiéndo en el segundo inmortal de Cooperstown, junto al también ex lanzador Juan Marichal. - El Ministro de Relaciones Exteriores de Haití, Lener Renaud, reitera la posición de su país, de que el gobierno no aceptará haitianos nacidos en República Dominicana, que las autoridades dominicanas "quieren expulsar". 2018. La Procuraduría General de la República inicia la persecución penal de once personas, entre ellas funcionarios, empresarios y exfuncionarios que están acusados de formar una asociación de malhechores para estafar a más de 63,000 ciudadanos con la venta fraudulenta de los terrenos del sector Los Tres Brazos, municipio Santo Domingo Este. 2019. El expelotero y actual consejero especial de los Boston Red Sox es dado de alta del Hospital General de Massachusetts para irse a su casa en Boston, donde seguirá el proceso de recuperación de los daños causados por un disparo de pistola que recibió en el país, el 9 de junio último. 2021. El ministro de Energía y Minas, Antonio Almonte, anuncia que el Gobierno licitará el contrato para la operación y mantenimiento de la central termoeléctrica Punta Catalina, desmintiendo así que la generadora eléctrica se venderá al sector privado. 2023. La Cámara de Diputados declara de urgencia y aprueba a unanimidad en dos sesiones consecutivas la reforma a la ley que rige la Cámara de Cuentas, que incluye diversas modificaciones para evitar los conflictos en la entidad supervisora de los fondos estatales. - El diputado del Partido Revolucionario Moderno (PRM) por el municipio Santiago de los Caballeros, Miguel Gutiérrez Díaz, ya está en condiciones de enfrentar el juicio que se le lleva en Miami, Estados Unidos, por presunto narcotráfico internacional. INTERNACIONALES: 920. Cerca de Pamplona (España) los musulmanes derrotaron en la batalla de Valdejunquera a la alianza cristiana navarro-leonesa. 1139. Alfonso I de Portugal es aclamado rey de Portugal y proclama la independencia del Reino de León. 1309. Enrique VII es reconocido como "rey de romanos" por el papa Clemente V. 1533 Francisco Pizarro ordena ejecutar a Atahualpa. 1875. Nace el poeta español Antonio Machado, autor del verso "Caminante, no hay camino". 1931. El presidente chileno Carlos Ibáñez del Campo dimite de su cargo en medio de una crisis política. 1933. El Gobierno del Reich promulgó una ley de esterilización con el fin de "mejorar la raza alemana". 1952. Muere en Buenos Aires Eva Duarte de Perón, esposa del presidente de la República Argentina, fallecida en la residencia presidencial a la edad de 33 años. 1953. Tropas leales al líder guerrillero Fidel Castro atacan Santiago de Cuba, lanzando oficialmente la ofensiva contra el dictador Fulgencio Batista. 1955. Los movimientos opositores sudafricanos adoptan la llamada "Carta de la Libertad", documento redactado por Nelson Mandela en la clandestinidad, en el que se exige la consecución de una sociedad democrática, libre y multirracial. 1956. Egipto nacionaliza el Canal de Suez y da comienzo a la invasión anglo-francesa. 1958. Es asesinado el Presidente guatemalteco, Coronel Carlos Castillo Armas, en cuya acción fue vinculado el Gobierno dominicano, a través de su agregado militar allí, Johnny Abbes García. 1961. Cuba anuncia la unificación de todas las organizaciones y entidades políticas en el Partido Unido de la Revolución Socialista. 1975. Miembros de las FARC, ultiman 10 personas al atacar en la comunidad de Guaduas Negras, estado de Boyacá, una columna de civiles que se disponía a rescatar el cadáver de un agricultor acusado de ser informante del Ejército colombiano. 1984. Doce hombres de negocios europeos reúnen en 48 horas la fianza de 25 millones de pesetas para pagar la libertad provisional del empresario español José María Ruiz-Mateos. 1988. El comandante Fidel Castro revela en un discurso de la fecha, que las tropas cubanas destacadas en Angola salvaron al ejército de esa nación en la batalla de Cuito-Cuanavale y forzaron a África del Sur a negociar la independencia de Namibia. 1990. Comienza la "operación dragón", que pone fin a veinte años de presencia de armas químicas estadounidenses en la República Federal Alemana. 2006. El presidente cubano Fidel Castro participó por última vez en un acto público, un día antes de ser sometido a una complicada cirugía intestinal. 2011. Unas 78 personas mueren cuando un avión militar Hércules C-130 marroquí se estrella contra una montaña cerca de Guelmim, Marruecos. 2014. Los primeros datos obtenidos de las cajas negras del Boeing 777 de Malaysia Airlines que se estrelló en el este de Ucrania el día 17 son consistentes con la explosión ocasionada por un misil. -El Departamento de Defensa de los Estados Unidos ordena la evacuación de su personal diplomático en la embajada en Trípoli (Libia) ante el temor a la violencia en el país. 2016. La ex secretaria de Estado Hillary Clinton hace historia al convertirse en la primera mujer candidata a la Presidencia de EE.UU. por uno de los dos grandes partidos del país, el Demócrata, que la eligió por aclamación a petición de su rival en las primarias, el senador Bernie Sanders. 2018. La corresponsal de la cadena de noticias CNN en la Casa Blanca, Kaitlan Collins, denuncia que se le prohibió asistir a un evento de prensa en los jardines de la residencia presidencial, debido a preguntas consideradas "inapropiadas" por funcionario que le hizo horas antes al presidente Donald Trump. 2021. La Fiscalía de Puerto Príncipe emite una orden de detención contra la magistrada Wendelle Coq Thélot, tras ser acusada de asesinato y robo a mano armada relacionados al asesinato del presidente, Jovenel Moïse, quien anteriormente le había destituido del Tribunal de Casación. - El presidente de EE.UU., Joe Biden, y el primer ministro iraquí, Mustafa al Kadhimi, firman un acuerdo para poner fin a la misión de combate del Ejército estadounidense en ese país a finales de año. 2023. Horas después de ser retenido por la guardia presidencial, el Presidente de Níger, Mohamed Bazoum, es derrocado y una junta militar queda al frente del país. - En medio de un crecente aislamiento, el régimen nicaragüense anuncia su decisión de abrir una embajada en Corea del Norte y recibir una delegación diplomática del país asiático de ese mismo nivel en Managua, la que se une a las legaciones de Brasil, Venezuela, Cuba y México. 2025. Tras los bombardeos israelíes, el conflicto continúa agravándose con cortes de internet generalizados en Irán y amenazas del líder supremo iraní rechazando las demandas de rendición incondicional del presidente estadounidense Donald Trump. -Un fuerte sismo sacude las ciudades peruanas de Lima y Callao en plena celebración del Día del Padre, dejando al menos un fallecido, heridos y deslizamientos de tierra.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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