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54Grado.com : Hoy es martes 2 de diciembre del 2025 . Faltan 29 días para el año 2026. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1518. Es detectada una epidemia de viruela que reduce la población aborigen a sólo 3,000 personas, coincidiendo con el inicio del cultivo intensivo de la caña de azúcar. 1562. Un terremoto destruye completamente las ciudades de Santiago y La Vega. 1634. Muere en la ciudad de Santo Domingo el gobernador de la isla Don Gabriel de Chávez Osorio, quien hizo construir el fuerte de Santo Jerónimo, en una playa a tres kilómetros de esta ciudad, aunque no lo vio completamente terminado. 1834. Nace en la comunidad de Arenoso, provincia Santiago, el educador, periodista y poeta, Manuel de Jesús Peña y Reynoso. 1873. El generalísimo dominicano Máximo Gómez al frente de tropas cubanas derrota en la comunidad de Palo Seco, al ejército español en la guerra en el marco de la Guerra de los 10 años". 1913. Son realizadas en la capital las elecciones municipales, durante las cuales se produce un enfrentamiento a tiros entre gobiernistas y opositores en la calle 19 de Marzo. 1916. Combatiendo las tropas invasores de los Estados Unidos, muere en la Sabana de San Diego, el general Juan Nicomedes Paredes Santos. 1942. El Poder Ejecutivo promulga la Ley Núm. 130, sobre Cámara de Cuentas de la República. 1948. Nace en la ciudad de Moca, provincia Espaillat, el niño Adriano Miguel Tejada Escoboza, quien por coincidencia del destino fallece a los 72 años en esta fecha, en 2020. Fue un reconocido abogado, periodista e historiador y director del periódico Diario Libre. - Se suicida Aníbal Trujillo Molina, hermano del dictador generalísimo Rafael Leónidas Trujillo Molina. 1960. Es reformada la Constitución de la República, en la que se establece "el derecho de expresar el pensamiento sin sujeción a censura previa", así como la elección de gobernadores provinciales, síndico, regidores y sus suplentes del Distrito Nacional. 1961. Varias organizaciones cívicas, profesionales, laborales, estudiantiles, comerciales e industriales, se constituyen en comité mediador, a fin de que se discuta entre todos, la crisis que afecta al país. 1999. Los presidentes de República Dominicana, Leonel Fernández y de Haití, René Preval, firman un protocolo de entendimiento sobre los mecanismos de repatriación de sus respectivos nacionales. 2009. El presidente Leonel Fernández inicia una visita oficial tres días a Francia, durante la cual se entrevista con el presidente francés Nicolás Sarkozy, el Ministro de Asuntos Extranjeros, Bernard Kouchner, y el presidente de la Asamblea Nacional francesa, Bernard Accoyer. 2015. El Tribunal Constitucional declara inconstitucional la ley 550-14 que instituye un nuevo Código Penal en el República Dominicana y declaró la vigencia del anterior, que data de 1884. 2020. La Comisión de Liquidación de Órganos del Estado dispone el traspaso y entrega al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones unos 50 proyectos y obras del Estado ejecuta la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), así como todos los expedientes técnicos, financieros, contables, reportes de supervisión y toda la documentación concerniente a esas obras. - El Gobierno anuncia al país que evalúa la posibilidad de negociar con otras farmacéuticas para adquirir más vacunas contra el Covid-19 que produce la enfermedad del coronavirus. 2024. La República Dominicana sigue con pasos firmes su meta de superar los 11 millones de visitantesal final de año, al superar la llegada de más de 10,005,800 de personas, por segundo año consecutivo, según informaron el presidente Luis Abinader y el ministro de Turismo, David Collado. Internacionales: 1547. Muere en Castilleja de la Cuesta el conquistador de México, Hernán Cortés. 1804. Napoleón es coronado emperador de Francia por el Papa Pío VII. 1811. En Chile, el general republicano José Miguel Carrera disuelve el Congreso y proclama la dictadura. 1823. El Presidente de Estados Unidos, James Monroe anuncia que no permitirá intervención europea en América, dando nacimiento a la llamada "Doctrina Monroe" o América para los americanos. 1851. Luis Napoleón Bonaparte disuelve la Asamblea Nacional francesa y asume poderes dictatoriales. 1852. Se restaura la monarquía en Francia con el reinado de Luis Napoleón o Napoleón III. 1823. Se produce la proclamación de la Doctrina de Monroe (América para los americanos), contra la injerencia de Europa en América. - Este día nace en New York María Callas, cantante de ópera. 1848. Francisco José asume como Emperador de Austria y Rey de Hungría. 1880. El arqueólogo británico William Matthew Flinders Petrie comienza su trabajo en la Gran Pirámide de Giza, introduciendo el uso de métodos científicos precisos y estableciendo medidas detalladas de la pirámide. 1897. España concede la autonomía a Puerto Rico (pero meses después será invadido por Estados Unidos, hasta la actualidad). 1901. El empresario estadounidense King Camp Gillette patenta la primera máquina de afeitar de hojas desechables. 1902. Es creada la Organización Panamericana de la Salud (OPS), en la I Convención Sanitaria Internacional celebrada en Washington D.C., siguiendo la resolución de la II Conferencia Internacional Americana. 1915. Albert Einstein publica su "Teoría de la Relatividad General", una nueva teoría de la Gravitación que sustituye a la de Newton aportando una visión revolucionaria del Universo. 1939. Es inaugurado el aeropuerto La Guardia, en New York. 1952. El comandante del Ejército venezolano, general Marcos Pérez Jiménez, desconoce los resultados electorales, perpetrando así un golpe de estado y dando inicio a una dictadura militar. 1954. El Senado de los Estados Unidos vota una "moción de censura" para detener las actividades del senador republicano Joseph McCarthy, "cuya conducta trajo al Senado el deshonor y la infamia". 1956. Fidel Castro y 81 rebeldes desembarcan en Cuba a bordo del yate 'Granma', siendo la mayoría muertos o detenidos, mientras un grupo de supervivientes, incluyendo a Castro, su hermano Raúl y el argentino Ernesto 'Che' Guevara, se refugian en las montañas de la Sierra Maestra y lanzan la guerra de guerrillas. 1961. El presidente cubano Fidel Castro se declara marxista-leninista. 1965. La Corte Constitucional de Tailandia anuncia la disolución del partido en el gobierno por fraude electoral. 1968. La ONU condena la política de apartheid del gobierno Sudáfrica. 1971. Abu Zabi, Dubay, Sarya, Fuyayra, Aymán y Umm al-Qawayn forman la Unión de Emiratos Árabes, proclamándose de esta forma independientes de Gran Bretaña. 1980. En El Salvador, ocho mujeres -entre ellas las monjas estadounidenses Ita Ford, Maura Clarke, Jean Donovan y Dorothy Kazel- son violadas y asesinadas por los "escuadrones de la muerte" de la dictadura de derechas autodenominada Junta "Revolucionaria" de Gobierno. 1982. Es implantado exitosamente el primer corazón artificial permanente, diseñado por Robert Jarvik. 1984. En una fábrica de la empresa estadounidense Union Carbide de la ciudad en Bhopal (India) se produce una fuga de pesticida, la cual provoca más de 20.000 muertos y unos 550.000 heridos. 1990. se realizan las primeras elecciones en la Alemania reunificada. 1993. El jefe del cartel de Medellín, Pablo Escobar Gaviria, cae abatido en una de sus residencias al intentar escapar de miembros del ejército colombiano que lo ubicaron tras llamar a una radioemisora. 1998. Las fuerzas de paz de la OTAN radicadas en Bosnia capturan al general serbio-bosnio, Radislav Krstic, acusado de genocidio por el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia. 2002. En Venezuela se inicia un paro petrolero que dura más de un mes. 2005. En Estados Unidos, Kenneth Lee Boyd, de 57 años, un asesino condenado a muerte, recibe una inyección letal, convirtiéndose en la ejecución número 1.000 desde la reinstalación de la pena capital en 1977. 2007. El presidente Hugo Chávez sufre su primer revés electoral con el rechazo por una estrecha mayoría de su propuesta de reforma constitucional con la reelección sin límites. 2009. Tras seis años de obras se inaugura el rascacielos Torre Jalifa (Burj Dubái), en los Emiratos Árabes Unidos, convirtiéndose en el edificio más alto hasta esa fecha, con 828 metros de altura. 2014. La ONU revela que 21 millones de personas viven en condiciones de esclavitud y exige a todos los países que tomen medidas para terminar con el problema. 2015. El Tribunal Constitucional (TC) español anula la resolución independentista aprobada por el Parlamento de Cataluña el nueve de noviembre, apenas dos días antes de empezar la campaña para las elecciones legislativas del 20 de diciembre. - En Brasil, la bancada del gobernante Partido de los Trabajadores en la Cámara de Diputados vota a favor de un proceso contra el presidente de ese organismo, Eduardo Cunha, por sospechas de corrupción. 2020. Luego de 1.529 investigaciones penales, la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol), anuncia el arresto de 422 personas en 26 países, principalmente europeos, durante la operación internacional "EMMA 6", que le permitió identificar a más de 4,000 "mulas" de dinero y 227 reclutadores. 2024. El presidente de EEUU, Joe Biden, no solo ha protegido a su hijo Hunter Biden de dos condenas por delitos graves, sino que también le evitó cumplir una posible pena significativa en una prisión federal, por cargos de evasión fiscal y falsificación en solicitudes de armas, con penas máximas combinadas que ascendían a 42 años. - El ministro de Exteriores iraní, Abás Araqchí, acusa a Estados Unidos e Israel de "desestabilizar" Siria mediante el apoyo a grupos armados de la oposición, a los que acusa de "terroristas", en la actual ofensiva contra el régimen de Bachar Al Asad.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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