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54Grado.com :Hoy es martes 16 de junio del 2026 . Faltan 198 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1717. El gobernador de Hispaniola, Fernando Constanzo Ramírez, emite un decreto dirigido a las justicias Santiago, La Vega, Bánica e Hincha, "para que informen sobre quiénes son los que meten caballos, mulas, etcétera, en la colonia francesa". 1849. Una disposición legislativa restablece la Universidad de Santo Domingo, la que había sido cerrada debido a la ocupación haitiana. 1916. Inicia su circulación en La Romana, el periódico "Los Mosqueteros", primera publicación de esa ciudad, dirigido por don Asdrúbal Lluberes. 1954. El Papa Pío XII recibe en el Vaticano a Rafael Leónidas Trujillo, donde es firmado el "Concordato" entre la Santa Sede y el Estado dominicano. 1962. El ex general Federico Fiallo se suicida de un balazo, luego de haber sido requerido por las autoridades judiciales para que se presentará ante ellas, a declarar sobre varios crímenes. 1965. Son reiniciados los ataques de las tropas estadounidenses contra las posiciones constitucionalistas, con cañones e intentos de penetrar a la zona controlada por el presidente Francisco Caamaño, quien convoca a la prensa extranjera para denunciar la acción y los daños causados. -El gobierno estadounidense informa que a la fecha sus tropas han sufrido 22 muertos y 155 heridos. 1970. El senador perredeista Pablo Rafael Casimiro Castro acusa al Gobierno del Presidente Balaguer de vender a ciudadanos extranjeros importantes porciones de terrenos costeros aledaños a Higuey y Miches. 2005. El embajador de Estados Unidos en el país, Hans Hertell advierte que el desconocimiento de la sentencia arbitral que favoreció en un conflicto legal al socio norteamericano de la Compañía de Electricidad de Puerto Plata, es una irritante en la relación bilateral entre RD y EEUU que podría afectar la inversión extranjera en el país. 2014. La dominicana de origen haitiano, Juliana Deguis Pierre, cuyo caso dio origen a la sentencia del Tribunal Constitucional regulando la nacionalidad dominicana, recibe de la Junta Central Electoral su acta de nacimiento a los fines de adquirir la cédula de identidad y electoral. 2019. Más de un centenar de ex oficiales de las Fuerzas Armadas se manifiestan frente al Altar de la Patria en contra de cualquier intento de modificar la Constitución, entre los que habían cinco ex ministros del ramo, 10 ex jefes de estado mayor, 26 ex mayores generales y 67 generales de brigadas y contralmirantes. 2021. Llega al país un millón y medio de la vacuna Coronavac, de la farmacéutica china Sinovac junto a 1,150,000 jeringuillas, para continuar con las jornadas de vacunación que ha implantado el Gobierno en todo el territorio nacional. -La exministra de la Juventud, Kimsberly Taveras, afirma que el 70% de su patrimonio corresponde a deudas contraídas mucho antes de que se pensara que el PRM podría llegar a gobernar y ser la única persona en este país que es investigada por sus deudas. 2022. República Dominicana presenta al Parlamento Europeo su posición respecto a la crisis que desde hace meses afecta la vecina nación haitiana, la cual fue fijada por el presidente Luis Abinader en la reciente IX Cumbre de las Américas que se realizó en Los Ángeles, California, EEUU. 2025. - La línea aérea de bandera dominicana, Arajet, hace historia Internacional Liberty de Newark (EWR), en New Jersey, consolidándose como la primera en lograr esa conexión en tres décadas. Internacionales: 1598. Fuerzas inglesas al mando de George Clifford, conde de Cumberland, asaltan la ciudad de San Juan, Puerto Rico. 1848. Austria sofoca de forma sangrienta el levantamiento de los radicales checos de Praga. 1903. Se funda en Detroit (Estados Unidos) la empresa de automóviles Ford Motor Company: empresa multinacional estadounidense constructora de automóviles. 1940. Charles De Gaulle abandonó Francia y parte a Gran Bretaña, desde donde asume el mando de la Francia Libre o Francia Combatiente hasta el triunfo de los aliados. 1955. El papa Pío XII excomulga al Presidente argentino Juan Domingo Perón. 1963. La oficial del ejército soviético Valentina Tereshkova se convierte en la primera mujer astronauta. 1976. Sudáfrica: los disturbios raciales en Soweto causan 23 muertos. 1978. Se estrena en Estados Unidos la película musical Grease, dirigida por Randal Kleiser y protagonizada por John Travolta y Olivia Newton-John, la que se convierte en uno de los fenómenos cinematográficos más importantes de su época. 1989 Raúl Alfonsín anuncia al país que adelantaba su salida de la presidencia argentina. 1993. El Consejo de Seguridad de la ONU emite una resolución en la que declara la crisis que afecta la República de Haití, como amenaza a la paz y la seguridad internacional. 1997. Muere junto a su esposa y una cuñada en un accidente de aviación el editor y fundador de la revista "George", John Kennedy (Jhon-John), hijo del asesinado presidente de los Estados Unidos, John F. Kennedy. 1999. En Sudáfrica el candidato del Partido Congreso Nacional Africano Thabo Mbeki, es elegido presidente, sustituyendo al líder de la entidad política Nelson Mandela. -En Argelia son asesinadas unas 50 personas en la llamada "masacre de Dairat Labguer". 2005. Legisladores republicanos y demócratas piden al Gobierno de EEUU un calendario de retirada de las tropas de Irak, mientras el presidente Bush prepara una ofensiva política para frenar la impopularidad de la guerra. 2006. La Sala Tercera de la Corte de Apelaciones de Guatemala confirmó la captura con fines de extradición del ex presidente de esta nación Alfonso Portillo, refugiado en México desde el 2004. 2008. El gobierno de colombiano extradita a los Estados Unidos a Eugenio Montoya, hermano del principal jefe del cartel del narcotráfico de esa nación. 2011.- Italia reabre la Torre de Pisa después de 10 años de trabajo para su consolidación. 2014. El consorcio gasístico ruso Gazprom anuncia el paso a un sistema de pago por adelantado de los suministros de gas a Ucrania, lo que supone el corte inmediato del bombeo de combustible al vecino país. 2019. Varios países de América del Sur son afectados por un histórico apagón eléctrico originado en Argentina, Uruguay y Paraguay (excepto Tierra de Fuego). 2020. La OMS celebra los progresos alcansados en Reino Unido con el uso de dexametasona, un fármaco barato y de fácil acceso en todo el mundo, para tratar a pacientes críticos de COVID-19, al tiempo de felicitar la Universidad de Oxford y el Gobierno británico por el hallazgo. -Luego de ocho días en estado crítico en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Militar, en Managua, falleció el mítico "Comandante Cero" nicaragüense, Edén Atanacio Pastora Gómez, a los 83 años de edad por complicaciones de salud. 2021. Los presidentes de Estados Unidos y Rusia, Joe Biden y Vladimir Putin, respectivamente, se reúnen por primera vez en Ginebra, mientras las relaciones entre ambas naciones se deterioran hasta su punto más bajo de los últimos años. - El presidente de Colombia, Iván Duque, anuncia una recompensa de 500 millones de pesos (134.185 dólares) a quien proporcione información que lleve a la captura de los responsables de orquestar la explosión de un coche bomba en la brigada 30 del Ejército en Cúcuta, que dejó un saldo de 36 lesionados. 2022. El gobierno estadounidense decide levantar la restricción de viajar a la isla de Cuba, que estaba vigente desde 2019, impuesta durante el Gobierno de Donald Trump, por lo que quedan reanudados los vuelos entre EE.UU. y diversas provincias de Cuba. -El presidente de Estados Unidos, Joe Biden, culpa a su homólogo ruso, Vladímir Putin, "del dolor financiero que sufren la nación norteamericana y sus familias". 2023. Las chicas del grupo femenino de kpop LOONA son liberadas de sus injustos contratos con la empresa BBC después de siete meses de boicot. 2025. Teherán acusa a EE.UU. e Israel de haber lanzado un ataque coordinado contra Irán al tiempo que continúan los enfrentamientos entre las dos principales potencias militares de Medio Oriente. En represalia, Irán realiza un nuevo ataque contra Israel, con misiles sobre varias localidades y edificios residenciales, escalada que no tiene precedentes. - "El periodismo debe ocuparse de poner en contexto las cosas", expresa el periodista y escritor argentino Martín Caparrós, tras recibir el XIII Premio Internacional de Periodismo Cátedra Manu Leguineche, subrayando la necesidad hoy, más si cabe, del periodismo "honesto y veraz" y "el intento de aclarar o de acercarse, como habría dicho Leguineche, un poco más a la verdad".

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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