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54Grado.com : Hoy es viernes 5 de junio del 2026 . Faltan 209 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1864. El capitán general de la Colonia, Juan José del Villar, ordena al general Pedro Santana ceder el mando al brigadier Baldomero de la Calleja de la división española bajo su mando, destacada en El Seybo. 1896. Es creado el Distrito Pacificador, en honor al presidente Ulises Hereaux (Lilís) el que desde 1925 se le denomina provincia Juan Pablo Duarte. 1924. Nace en La Romana, el fallecido merenguero y bolerista Alberto Beltrán, intérprete de El Negrito del Batey y Todo me Gusta de Tí. 1929. Nace en la capital dominicana el niño Rafael L. Trujillo Martínez (Ramfis), hijo mayor del tirano Rafael Trujillo Molina y su amante María Martínez. 1951. Es promulgada la Ley 2909, sobre Educación Primaria. 1959. La embajada cubana en el país es tiroteada por "desconocidos" y allanada por las autoridades con intención de incendiarla, en cuya acción murió el niño dominicano Ovidio Méndez. -El embajador cubano Juan José Díaz del Real y su acompañante, Mario Rivas, son atacados en el Banco de Reservas, resultando muerto uno de sus agresores. -Percatado de los aprestos militares del exilio dominicano, llegan al país procedentes de los Estados Unidos seis torres de ametralladoras y municiones, calculándose que en sólo tres meses el tirano Rafael Trujillo gastó US$70.0 millones en armas. 1963. La Asociación Nacional de Periodistas Profesionales (ANPP) elige su primera directiva, integrada por Carlos Curiel, presidente; Radhamés Gómez Pepín, secretario; Luis Miura Baralt, tesorero; Rafael Molina Morillo y Miguel Ángel Velásquez Mainardi, vocales. 1965. Es firmada la llamada Acta de Santo Domingo, mediante la cual se ratifica un cese el fuego entre los bandos enfrentados durante la guerra civil. - Morteros estadounidenses son disparados contra la llamada Zona Constitucionalista, mientras cientos de personas repudian la acción frente al Altar de la Patria, a los que habla el presidente Francisco Caamaño. 1978. El presidente de la JCE, Manuel Joaquín Castillo, es recusado por el Partido Reformista, siendo sustituido por Hugo Vargas Suberví. 2005. El Gobierno de Venezuela notifica a la Cancillería dominicana que bajo ninguna condición permitirá que empresas previamente convenidas, intervengan en el transporte del petróleo que suministra. -Una interpretación de última hora en el texto del DR-CAFTA provoca que en el gobierno y en el sector privado se planteen aprobar lo más rápido posible la reforma fiscal. 2014. El diputado por la Fuerza Nacional Progresista (FNP), Vinicio Castillo Semán, anuncia la presentación de un proyecto de ley que ordena la construcción de un muro en la frontera con Haití. 2015. El Tribunal Constitucional rechaza la medida cautelar interpuesta por la Fuerza Nacional Progresista (FNP), que buscaba la suspensión de la Asamblea Nacional Revisora convocada para reformar la Constitución y restablecer la reelección presidencial. 2018. El país junto a otras 19 naciones respalda la resolución de la OEA que declara ilegítimo el proceso electoral venezolano del pasado 20 de mayo de 2018, pese a que horas antes el canciller Miguel Vargas solicitó buscar "una salida pacífica, democrática y definitiva a la situación del país suramericano". 2024. Fallece a los 75 años de edad, el comunicador, político y abogadoWilfredo Alemany. Era hijo del señor Rafael Alemany y Juliana Ávila, así como el padre de Ernesto, Marel, Alan, Alejandra y Joan. Internacionales: 774. Carlomagno se hace coronar rey de Francia y Lombardía, luego de asediar y tomar Pavia en lugar de Desiderio. 1465. Es destronado Enrique IV de Castilla y León mediante la Farsa de Ávila. 1625. Durante la guerra de Flandes y tras un asedio de diez meses, la ciudad de Breda (Países Bajos), se rinde a las tropas españolas al mando del general Ambrosio Spinola. 1723. Nace el economista y filósofo inglés Adam Smith, considerado el padre de la economía política. 1832. En París se inician levantamientos estudiantiles, como consecuencia del funeral del general de división del imperio Jean Maximilien Lamarque fallecido durante una epidemia de cólera. 1865. Es destronado Enrique IV de Castilla y León mediante la Farsa de Ávila. 1870. Se produce un incendio en Estambul, en el que resultan muertas 1,200 personas y 60.000 quedan sin hogar. 1887. Nace, en San Juan del Río, Durango, el revolucionario mexicano Doroteo Arango, mejor conocido como Pancho Villa. 1898. Nace el poeta y dramaturgo español Federico García Lorca. 1925. Es aprobado en Ginebra el Protocolo sobre la prohibición de usar en guerra gases venenosos y armas bacteriológicas. 1944. Roma es liberada por los Aliados mientras más de 1000 bombarderos británicos lanzan cerca de 5000 toneladas en bombas sobre baterías alemanas en Normandía en preparación del Día D. 1945. Tras la derrota alemana en la Segunda Guerra Mundial, Berlín es gobernado por Estados Unidos, Francia, Reino Unido y la Unión Soviética 1947. Es presentado el Plan Marshall de ayuda a los países europeos afectados por la Segunda Guerra Mundial. 1963. El Ayatollah Jomeini es arrestado por las autoridades iraníes. En Teherán se producen graves disturbios y el Sha y su familia abandonan la capital. 1967. Israel inicia la guerra contra Egipto, quedando la aviación árabe fuera de combate en tres horas al ser destrui­dos 300 aparatos egipcios, en tierra. 1968. Es baleado mortalmente en California el senador y aspirante presidencial estadounidense Robert Kennedy, acción cometida por el jordano, Sirhan Bishara Sirhan. -En Checoslovaquia, el presidente Antonín Novotny, pierde el cargo de secretario general del Comité Central de PC checo, siendo sucedido por Alexander Dubcek. 1975. El canal de Suez es reabierto, luego de haber permanecido cerrado desde la guerra de los Seis Días, de 1975. 1981. El presidente Ronald Reagan autoriza la fabricación en EE.UU. de la bomba de neutrones o "bomba limpia". Los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (Centers for Disease Control and Prevention en inglés) de Estados Unidos describen en conferencia cinco casos de neumonía por Pneumocoystis carinii en la ciudad de Los Ángeles, California. 1982. La actriz italiana Sofía Loren, abandona la prisión tras 30 días de condena por evasión de impuestos. 1988. En la Unión de República Socialista Soviética se conmemora el primer milenio del cristianismo, iniciado con el bautismo del príncipe Vladimir de Kiev en el año 988. 1991. La Asamblea General de la OEA aprueba en Chile, la Resolución 1080, la que concede potestad al Secretario General de solicitar la convocatoria inmediata del Consejo Permanente, "en caso de que se produzcan hechos que ocasionen una interrupción abrupta o irregular del proceso institucional democrático". 1993. Unos 600 refugiados son masacrados en Liberia, de cuya acción fueron responsabilizados soldados del gobierno. 2000. El ex dictador chileno, general Augusto Pinochet, pierde su inmunidad como senador vitalicio y queda expuesto para ser juzgado en Chile por violación de los derechos humanos cuando era jefe del Estado. 2002. La multinacional tabacalera Philip Morris, es condenada por un tribunal de apelación de Salem (Oregón), a pagar US$79.5 millones a la familia de un fumador que fallecido de cáncer. 2003. En India y Pakistán, la grave ola de calor alcanza su punto máximo, con temperaturas superiores a los 50 °C. 2004. Es celebrado en Francia el primer matrimonio homosexual, realizado por el alcalde Noël Mamère, a pesar de la prohibición del gobierno nacional. -Muere en Los Ángeles, California, a la edad de 93 años el ex presidente de los Estados Unidos, Ronald Wilson Reagan, después de sufrir la enfermedad de Alzheimer durante casi una década. 2005. El secretario general de la ONU condena los últimos ataques a diplomáticos extranjeros en Irak y se muestra esperanzado de que no debiliten la determinación de la comunidad mundial de apoyar al pueblo iraquí. 2009. En Bagua (Perú), las protestas en contra de la explotación petrolera en la selva peruana provocan la muerte de 23 policías y nueve nativos. 2015. Fallece a los 79 años de edad el ex viceprimer ministro iraquí Tarek Aziz, en un hospital dependiente de la cárcel donde estaba recluido en Irak, tenido como el representante con la cara más amable y diplomática del régimen de Sadam Husein. 2016. En Perú, Pedro Pablo Kuczynski obtiene la presidencia del país tras vencer a Keiko Fujimori en la segunda vuelta. 2018. La asamblea general de la OEA, el principal foro político del continente, aprueba una resolución promovida por Estados Unidos que abre la puerta a una eventual suspensión de Venezuela del organismo y declara ilegítima la reelección de Nicolás Maduro "por quebrar el orden democrático". 2019. El presidente ruso, Vladímir Putin, recibe en el Palacio del Kremlin a su "querido amigo", el presidente chino Xi Jinping, en el momento más álgido de las relaciones bilaterales y en medio de las tensiones de ambos países con Estados Unidos. 2024. La NASA y Boeing confirman el lanzamiento de la primera misión espacial tripulada, tras la cancelación a menos de cuatro minutos del despegue, con los astronautas Barry 'Butch' Wilmore y Sunita "Suni" Williams a bordo, desde una plataforma de la Estación de la Fuerza Espacial de Cabo Cañaveral, en Florida (EE. UU.). -El "número dos" de la misión de Estados Unidos, Thomas Hastings, presenta ante la OEA una resolución sobre Haití la que se votará en la Asamblea General del organismo, que se celebrará en Asunción (Paraguay) del 26 al 28 de este mes.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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