noticia principal

                                                                 

Efemérides

54Grado.com : Hoy es miércoles 4 de febrero del 2026 . Faltan 330 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1493. A bordo de la carabela "La Niña", Cristóbal Colón embarca desde la isla La Española hacia España de regreso de su primer viaje a tierras desconocidas en el resto del mundo. 1802. El coronel Juan Barón y los oficiales franceses enviados por el general Antoine Nicolas Keverseau expresan al general Polo Loverture, en Santo Domingo, su propósito de tomar posesión de la isla en cumplimiento del tratado de Basilea firmado entre Francia y España. 1813. El niño Juan Pablo Duarte es bautizado en la iglesia Santa Bárbara, de la Capital. 1844. El Padre de la Patria, Juan Pablo Duarte escribe desde Curazao a su madre y hermanos, instruyéndoles para que vendan los muebles e inmuebles que constituyen la herencia paterna, y poner lo producido al servicio de la causa de la independencia. 1889. El Congreso reconoce la deuda por un monto de $39,195.60 del Estado dominicano con la Casa Remington/Sons, de Estados Unidos. 1912. La pareja formada por Joaquín Balaguer Lespier y Carmen Celia Ricardo Hereaux, contrae matrimonio en el municipio de Esperaza. 1928. Llega a Santo Domingo el aviador estadounidense Charles A. Lindberght, en su avión "El Espíritu de San Luís", declarando el Presidente Horacio Vásquez la fecha de fiesta oficial en honor al visitante. 1952. Muere en Santo Domingo el doctor Federico Henríquez y Carvajal. 1967. El presidente Joaquín Balaguer habla al país y alerta contra lo que denominó "el zarpazo de la bestia roja", y anuncia la creación mediante decreto de la Policía Escolar, con el objeto de reprimir el movimiento estudiantil. 1973. El grupo guerrillero encabezado por el coronel Francisco Caamaño llega a la comunidad de Los Quemados, en la Cordillera Central, en su afán de derrocar el gobierno del Presidente Joaquín Balaguer. 1986. El Comité Ejecutivo Nacional del PRD ratifica a unanimidad el pacto "La Unión", que proclama a Jacobo Majluta como candidato presidencial para los comicios del 16 de mayo. 1994. Un incendio arrasa las instalaciones del edificio de la Secretaría (hoy Ministerio) de Agricultura, en el Centro de los Héroes, en la gestión del agrónomo Víctor Hugo Hernández (Tito). 2004. La revista semanal ¡Ahora!, deja de circular en su segunda etapa de edición. 2012. Un naufragio provoca la muerte a 57 personas y 12 sobrevivientes al zozobrar una frágil embarcación con 70 indocumentados en el océano Atlántico, frente a la bahía de Samaná, constituyendo la mayor tragedia marítima de la historia en República Dominicana. 2019. El embajador adscrito a la Cancillería, Claudio de los Santos, niega ser el artífice de la campaña sucia contra el expresidente Leonel Fernández, como afirmara el secretario general del PLD y presidente del Senado, Reinaldo Pared Pérez. 2024. La Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales desmantela una red de internet operada de manera clandestina privados de libertad en el reclusorio La Victoria, mediante la cual estafaban a ciudadanos, instalada en la azotea del recinto, con seis parábolas satelital, las cuales estaban escondidas en las tapas de los tinacos y en cajas cubiertas de tela. Internacionales: 1169. Un fuerte terremoto azota la costa jónica de Sicilia, causando decenas de miles de heridos y muertes, especialmente en Catania. 1623. Sin el menor efecto práctico, Felipe IV abole los prostíbulos en España. 1789. George Washington es elegido primer Presidente de los EE. UU. 1794. En Francia, es proclamada la libertad general para todos los esclavos, como resultado de las gestiones realizadas por el ex-esclavo y diputado Bellay. 1797. Un terremoto causa 41,000 muertos en Quito, Ecuador. 1817. El ejército libertador de José de San Martín vence a los españoles en el combate del desfiladero de Achupallas. 1860. Tiene lugar la batalla de Tetuán entre fuerzas españolas y moras, tomando las primeras la ciudad de Tetuán tres días después. 1878. En la guerra hispano-cubana, el general Antonio Maceo derrota a los españoles en las llanuras de Juan Criollo. 1894. Fallece en País, Francia, Adolphe Sax, fabricante de instrumentos musicales e inventor del saxofón. 1897. El Gobierno español, presidido por Cánovas del Castillo, promulga un decreto de autonomía para Cuba y Puerto Rico. 1900. Estados Unidos y el Reino Unido llegan a un acuerdo definitivo sobre los alcances del Tratado Clayton-Bulwer sobre los derechos de construcción y control de Estados Unidos del futuro canal de Nicaragua. 1906. Nace en la ciudad de Lasalle, Illinois, Estados Unidos, el astrónomo Clyde Tombaugh, conocido por el descubrimiento, el 18 de febrero de 1930 del planeta enano Plutón 1913. En el parque Bolívar de San Salvador, tres hombres -posiblemente enviados por el jefe del Ejército- atacan a machetazos durante un concierto al presidente Manuel E. Araujo, quien fallece cinco días después. El ejército fusila inmediatamente a los sicarios, obstaculizando la investigación del autor intelectual del magnicidio. 1938: En Alemania, Adolfo Hitler asume el cargo de ministro de guerra. 1961. los ministros del Exterior de la Liga Árabe deciden en la Conferencia de Bagdad, emprender la guerra contra Israel, si este país desvía las aguas del Jordán con fines de regadío. 1971. En el Reino Unido, la firma automovilística Rolls Royce se declara en quiebra 1974. Un grupo terrorista de los Estados Unidos secuestra a Patricia Hearst, heredera del imperio periodístico Hearst, la que se unió forzosa o voluntariamente al grupo siendo luego detenida y condenada a prisión por robar un banco. 1976. En Guatemala, un huracán provoca la muerte de unas 23.000 personas muertos, cuyo origen fue establecido en el volcán Pacaya. 1987. Carlos Ledher Rivas, tenido como el más importante enlace del cartel extraditado en toda la historia de la lucha contra el narcotráfico, es capturado, extraditado y entregado a un juez de La Florida, por tráfico de drogas. 1992. En Venezuela, un grupo de militares encabezado por el teniente coronel Hugo Rafael Chávez Frías, encabeza un intento fallido de golpe de Estado contra el presidente Carlos Andrés Pérez. 2003. Yugoslavia cambia oficialmente su nombre por el de Serbia y Montenegro 2006. El presidente venezolano Hugo Chávez advierte que su gobierno estudia la posibilidad de comprar "suficientes fusiles" para armar a un millón de venezolanos y repeler una posible invasión estadounidense. 2012. En Rusia, decenas de miles de personas se manifiestan en concentraciones multitudinarias paralelas, a favor y en contra de la legitimidad del gobierno de Vladímir Putin. 2018. Legisladores republicanos y demócratas coinciden en que un memorando redactado por republicanos en el Congreso sobre los poderes de vigilancia del FBI no exonera al presidente Donald Trump en la investigación de los nexos de su campaña con Rusia. 2019. El secretario general de la ONU, António Guterres, anuncia que el organismo no va a sumarse a ninguna de las iniciativas propuestas por distintos países para tratar de solucionar la crisis en Venezuela, sino que optará por mantener sobre la mesa su oferta de mediación al Gobierno y a la oposición. -Un juez de Panamá niega una fianza al expresidente Ricardo Martinelli, quien se encuentra encarcelado desde hace año y medio acusado de intervenir conversaciones. 2021. El Congreso de Perú aprueba con 103 votos a favor, frente a 14 en contra y una abstención, la eliminación de la inmunidad parlamentaria, una prerrogativa que en los últimos años fue vista por gran parte de la ciudadanía como un mecanismo de impunidad para los legisladores. - Según análisis basados en las estimaciones de los distintos países, la campaña de vacunación contra el coronavirus a nivel mundial ha alcanzado un hito al superar el recuento de casos confirmados de COVID-19 desde el inicio de la pandemia. 2024. El Tribunal Supremo de Justicia de Panamá confirma la pena de 10 años y ocho meses de cárcel contra el expresidente Ricardo Martinelli, acusado deblanquear dinero en la compra de medios de comunicación en el llamado caso 'New Business', rechazando así un recurso de casación presentado por el imputado, lo que le impedirá participar en las elecciones del mes de mayo por el partido Realizando Metas junto a su 'número dos', José Raúl Mulino, exministro de Seguridad Pública. -Muere en un hospital de Namibia, el presidente Hage Geingob, líder de una de las democracias más estables de África. 2025. El gobierno chino anunció que a partir del 10 de febrero impondrá aranceles a algunas importaciones de Estados Unidos, entre las que figuran el petróleo crudo y gas natural, en respuesta a los impuestos del 10% establecidos por la Administración Trump a sus productos. -El presidente de El Salvador, Nayib Bukele, acuerda con el gobierno de Estados Unidos recibir en su país a migrantes indocumentados que hayan cometido crímenes graves, como los miembros del Tren de Aragua y de la Mara Salvatrucha, así como a delincuentes peligrosos de nacionalidad estadounidense que actualmente cumplen condena en territorio norteamericano.

mausan y noticia en vivo

El Tiempo

                                                      

Las Caliente Noticias

Buscar este blog


 


 


 

lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario


Noticias54

                             

Noticias