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Un destacamento de la Policía Nacional de ocupación, "al mando del capital estadounidense Willians y el teniente Luna" asaltan por sorpresa, las fuerzas de Olivorio Mateo, muriendo éste, uno de sus hijos y otros seguidores. 1964. Se produce la renuncia del triunviro Manuel E. Tavárez Espaillat, único miembro de este gobierno colegiado, quedando este con solo dos integrantes. 1967. En un discurso radio-televisado, el presidente Galaguer declaró que desde ese momento asumió la presidencia de su Partido Reformista ni podrá hacerse nada a nivel nacional sin su autorización, lo que confirma su discrepancia con el vicepresidente Francisco Augusto Lora 2007. Alfred Joel Horford Reynoso se convierte en el noveno dominicano en ser seleccionado en un sorteo de la National Basketball Association (NBA), cuando el equipo de Atlanta Hawks lo captura en la tercera ronda. 2012. Falleció a la edad de 81 años en su casa de retiro de Monción, Santiago Rodríguez, el obispo emérito de la diócesis Mao-Montecristi, luego de una larga lucha contra el cáncer de pulmón, que le aquejaba. 2014. El Vaticano expulsa del sacerdocio al ex Nuncio Apostólico en República Dominicana, Jozef Wesolowski, acusado de haber cometido pederastia (abuso sexual de menores) durante su estancia en el país, entre enero de 2008 y agosto de 2013. - La República Dominicana traspasa a Belice la presidencia Pro Témpore del Sistema de Integración Centroamericano (SICA) reunidos en la Punta Cana, escenario en el que líderes del organismo rechaza que Estados Unidos deporte a sus naciones los niños migrantes de El Salvador, Guatemala y Honduras que cruzaron solos las fronteras a su territorio. 2019.-El Fiscalía General de Venezuela anuncia que el Ministerio Público investiga a 14 civiles y militares por su presunta vinculación con un nuevo plan para matar al presidente Nicolás Maduro, presuntamente coordinado desde República Dominicana por el exmilitar venezolano Eduardo José Báez Torrealba. 2022. El presidente Luis Abinader, es el mandatario de América Latina con mayor fortuna acumula, de acuerdo a informaciones compartidas por el sitio especializado Bloomberg Línea, al registrar informaciones referentes al patrimonio de varios jefes de Estados de la región. Duplica la de su parte que ocupa el segundo lugar. -República Dominicana fue seleccionada como vicepresidente de la Conferencia sobre los Océanos de las Naciones Unidas 2022, durante la apertura del evento que se celebra en Lisboa, capital de Portugal. 2025. El Ministerio Público apela la decisión del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional que otorgó libertad condicional a los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, al considerar que la medida no se corresponde con la gravedad del caso Jet Set, en el que fallecieron 236 personas y más de 180 resultaron heridas tras el colapso del techo de la discoteca, ocurrido el pasado 8 de abril. Internacionales: 1209. Es firmado el Tratado de Valladolid entre los reyes Alfonso IX de León y Alfonso VIII de Castilla, con el que se pone término a las disputas existentes entre ambos reinos. 1806. Simón Bolívar y su maestro, Simón Rodríguez, suben a la cima del monte Aventino, de Roma, donde el primero juró liberar a América. -Tropas inglesas al mando del general William Carr Beresford ocupan la ciudad de Buenos Aires, capital de Argentina, con el pretexto de que España se había aliado con su enemigo Napoleón. 1844. En EEUU, es linchado Joseph Smith, Jr, fundador de la iglesia de los Santos de los Últimos Días, mejor conocida como Los Mormones. 1874. Una coalición de indios comanches, kiowas, cheyennes y arapahos, al mando de Quanah Parker, asaltan la ciudad estadounidense de Adobe Walls. 1932. Fracasa en Chile el intento revolucionario encabezado por el coronel Grove, de establecer una república socialista. 1937. En Puerto Rico, el dirigente político Luis Muñoz Marín encabeza una asamblea para fundar el Partido Liberal Neto, Auténtico y Completo en contraposición del Partido Liberal que dirigía don Antonio R. Barceló. 1950. El presidente estadounidense Harry Truman ordenó a las fuerzas aeronavales acudir en socorro de los surcoreanos. 1960. La conferencia sobre desarme, iniciada en Ginebra, en marzo, concluye bruscamente al retirarse la delegación europea oriental formada por la URSS, Checoslovaquia, Polonia, Rumania y Bulgaria. 1973. El presidente uruguayo, Juan María Bordaberry, disuelve el Congreso tras 40 años continuos de gobierno constitucional. 1976. En Uganda, un grupo de terroristas palestinos secuestraron un autobús francés en el aeropuerto de Tel-Aviv, llevándolo a Entebbe (Uganda) con 248 pasajeros a bordo, exigiendo a cambio la liberación de 53 presos palestinos, encarcelados en distintos países. 1986. El Tribunal Internacional de Justicia de La Haya condena a los Estados Unidos a pagar una indemnización provisional de 370 millones de dólares por sus actividades contra Nicaragua. 1991. Eslovenia, dos días después de declarar su independencia, es invadida por las tropas yugoslavas iniciando la Guerra de los Diez Días. 1994. El gobierno venezolano suspende una serie de garantías constitucionales para combatir la crisis financiera y monetaria. 2002. Los legisladores cubanos votan de manera unánime para que el socialismo se convierta en parte "irrevocable" de la Constitución. 2005. El presidente interino de Haití, Boniface Alexandre, y el primer ministro, Gerard Latortue, asisten a una misa en un violento barrio de Puerto Príncipe mientras se producían tiroteos en las afueras del templo. 2007. Gordon Brown se convierte en el nuevo Primer Ministro británico, después de que la reina Isabel II le encargara formar gobierno, tras sustituir a Tony Blair, quien encabezó el gobierno durante 10 años. 2008. El Senado de EE.UU. aprueba la llamada "Iniciativa Mérida", consistente en un paquete de ayuda para la lucha contra el narcotráfico en México, Centroamérica y República Dominicana. 2012. En Bolivia, tras varias horas de negociación, el gobierno del presidente Evo Morales firmó un acuerdo para subir los salarios a miles de policías de bajo rango y terminar su motín tras siete días de disturbios y un cerco al Palacio de Gobierno. 2018. Un juez de San Salvador emite órdenes de captura a escala nacional e internacional contra el expresidente salvadoreño Mauricio Funes, varios de sus familiares y algunos ex funcionarios vinculados a una red de corrupción que alegadamente malversó US$351 millones. 2021. El ministro de Defensa colombiano, Diego Molano, revela el retrato hablado realizado de dos presuntos atacantes que dispararon contra el helicóptero en el que viajaba el presidente Iván Duque cuando aterrizaba en el aeropuerto de Cúcuta. 2022. El primer ministro británico, Boris Johnson, deja entre ver que Gran Bretaña podría estar dispuesta a incumplir la legislación internacional para salvaguardar su industria siderúrgica, argumentando que el sector disfrute de "las mismas protecciones" que tienen otras economías siderúrgicas de la Unión Europea. -Los fiscales generales de 21 de los 50 estados de Estados Unidos difunden un comunicado conjunto, en el que reafirman su "compromiso a apoyar y expandir el acceso a la atención médica del aborto", en reacción a la decisión del Tribunal Supremo de prohibir la interrupción del embarazo. 2023. En Londres, la casa de subastas Sotheby's vende la pintura Dama con abanico (1918); obra de Gustav Klimt, por un valor de £85,3 millones de libras esterlinas (U$108,4 millones de dólares) a un coleccionista hongkonés, convirtiéndola en la obra de arte más costosa jamás subastada en Europa. 2024. El destituido comandante militar boliviano Juan José Zúñiga, acusado de un "intento de golpe de Estado" contra el Gobierno del presidente Luis Arce, afirma que al momento de ser capturado el mandatario le ordenó sacar los "blindados" para "levantar" su popularidad. - El Observatorio Sudanés de Derechos Humanos denuncia que el grupo paramilitar Fuerzas de Apoyo Rápido (FAR) asesinó de varios disparos a más de 40 personas "de manera brutal y premeditada" en el monte Moya, dos días antes de tomar la estratégica zona. 2024. El presidente de Estados Unidos, Joe Biden, y el expresidente Donald Trump, se enfrentan en un tenso cara a cara, en el primer debate televisado, durante el cual los lapsus del aspirante a la reelección le impidieron refutar las medias verdades y falsedades que lanzó su contrincante republicano. 2025. Irán realiza de forma recurrente funerales de Estado en Teherán para honrar a los altos mandos militares y científicos fallecidos durante los enfrentamientos y ataques aéreos en el conflicto en curso con Israel y Estados Unidos.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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