noticia principal

                                                                 

Efemérides

54Grado.com : Hoy es lunes 11 de mayo del 2026 . Faltan 234 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1502. En Sanlúcar de Barrameda (España), el almirante Cristóbal Colón zarpa para emprender su cuarto viaje a América. 1549. Fallece en Santo Domingo doña María de Toledo y Rojas, viuda del segundo Almirante y virrey de la colonia Española, don Diego Colón. Sus restos se encuentran sepultados en la Catedral de Santo Domingo. 1940. Es concertado en Ciudad Trujillo el "Tratado de Amistad Intervenido" pactado entre República Dominicana y la República de China (Taiwán). 1946. Muere en Buenos Aires, Argentina, a la edad de 61 años, el escritor, filólogo, crítico literario, periodista y abogado Pedro Henríquez Ureña. 1916. Fuerzas militares de los Estados Unidos establecen su campamento en el sector San Gerónimo y en otros lugares circundantes de Santo Domingo, exigiendo su rendición a los revolucionarios encabezados por Desiderio Arias. 1932. El presidente del Partido Dominicano, Mario Fermín Cabral, inscribe en la Junta Central Electoral el Partido Dominicano, la plataforma en que basó su política la dictadura del general Rafael Trujillo. 1965. Francotiradores de la 82va. División norteamericana disparan contra la zona constitucionalista, desde la azotea de la empresa Molinos Dominicanos, durante la guerra patria de este año. -El llamado Gobierno de Reconstrucción Nacional encabezado por el general Antonio Imbert recibe fondos del tesoro norteamericano para pagar su nómina de empleados. 1975. Todos los oficiales de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional firman sendos comunicados en los que respaldan "irrestrictamente las medidas tomadas y que en el futuro pudiere tomar nuestro Comandante en Jefe, Dr. Joaquín Balaguer". 2005. El expresidente Hipólito Mejía anuncia su decisión de presentarse como testigo en el juicio por difamación e injuria interpuesto por el senador Hermani Salazar contra el abogado y dirigente político Marino Vinicio –Vincho- Castillo y Rodríguez. 2009. La Federación Nacional de Transporte la Nueva Opción (Fenatrano), el Movimiento Unitario de Choferes de la Capital (Muchoca) y el Consejo Nacional de Choferes (Conachof) son sometidas a los tribunales por el Fondo de Desarrollo del Transporte Terrestre (Fondet), que las acusa de abuso de confianza y distracción de recursos pagados por sus afiliados para financiar vehículos a través del Plan Renove. 2010. El Poder Ejecutivo remite a la Suprema Corte de Justicia el acuerdo firmado entre los gobiernos de la República Federativa del Brasil y de la República Dominicana sobre cooperación de control preventivo de la constitucionalidad y supremacía de la Constitución. 2020. A pesar de que la frontera está cerrada y el mercado binacional no se realiza desde hace varias semanas, decenas de haitianos se asoman a la línea divisora en Pedernales, con la esperanza de cruzar a comprar alimentos para sus familiares. 2021. El gobierno dominicano anuncia un nuevo acuerdo con la farmacéutica Pfizer para la compra de dos millones de dosis más de su vacuna a las que ya habían sido pactadas, sumando así un total de 9,999,990 inoculaciones. 2022. El presidente Luis Abinader, a través de su consultor jurídico, Antoliano Peralta, comunica al Consejo Económico y Social (CES) que bajo ningún concepto impondrá la reforma constitucional propuesta si no cuenta con el aval de los sectores políticos, por lo que anuncia el retiro de su iniciativa. 2025. Llega a la República Dominicana en una visita oficial de dos días, el ministro de Exteriores de Kenia, Musalia Mudavadi, durante la cual se reúne con el presidente Luis Abinader, con el propósito de afianzar la cooperación bilateral y discutir el liderazgo del país africano en la pacificación de Haití. Internacionales: 1745. En el marco de la Guerra de Sucesión Austriaca, fuerzas francesas derrotan al ejército anglo-neerlandés en la Batalla de Fontenoy. 1797. Varios barcos de la armada británica, influidos por la Revolución Francesa, izan la bandera roja. 1812. El comerciante John Bellingham asesina de un balazo en el pecho al primer ministro británico Spencer Perceval, cuando entraba a la Cámara de los Comunes. 1814. En España, Fernando VII anula la Constitución de Cádiz y la legislación de las Cortes de Cádiz. -El marqués Arthur Coley Wellesley es nombrado duque de Wellington, como reconocimiento a su campaña contra Napoleón. 1820. En Inglaterra se realiza la botadura del HMS Beagle, barco que, una década más tarde, llevará a Charles Darwin a su viaje científico. 1858. Minnesota se convierte en el estado número 32 de Estados Unidos. 1916. El científico judío-alemán Albert Einstein publica las conclusiones de su Teoría General de la Relatividad. 1949. Siam cambia su nombre oficial por Tailandia. 1960. El exnazi Adolf Eichmann es capturado por un comando israelí en Buenos Aires. 1984. El pueblo chileno sale a la calle para manifestarse contra la dictadura del general Augusto Pinochet Ugarte. 1995. En Nueva York, más de 170 países deciden extender el Tratado de No Proliferación Nuclear de forma indefinida y sin condiciones. 2001. Los programadores Jason Richey y Toan Vo abren 11 wikis para iniciar las diferentes ediciones de Wikipedia en varios idiomas, entre ellos el español. 2010. El arzobispo de Dublín, Diarmuid Martin, denuncia la existencia de fuerzas poderosas en la Iglesia Católica irlandesa "que prefieren mantener oculta la verdad" sobre los abusos sexuales cometidos contra menores por curas pederastas en este país. 2012. Un hombre lanza un zapato contra el ultraderechista y fundamentalista cristiano Anders Behring Breivik durante el juicio en Oslo por los atentados del pasado 22 de julio en Noruega, en los que murieron 77 personas. -Los "indignados" anuncian retomar las protestas en distintos puntos de España, al aproximarse el primer año de su nacimiento: el 15 de mayo de 2011. 2014. En Venezuela, dos tribunales ordenan el arresto y enjuiciamiento de 11 jóvenes detenidos en dos de los cuatro campamentos opositores desmantelados por fuerzas policiales y militares. 2019. El dirigente opositor venezolano Juan Guaidó revela haber "dado instrucciones" a su enviado político en Washington, Carlos Vecchio, para iniciar contactos con las fuerzas armadas de Estados Unidos con el fin de aumentar la presión contra el presidente Nicolás Maduro y obligarlo a renunciar. 2020. Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) alertan de que el número de muertos por el coronavirus en la ciudad de Nueva York podría ser alrededor de 24,000 personas más alto que las cifras oficiales. 2021. Un adolescente abre fuego en una escuela de la ciudad rusa de Kazán, provocando la muerte de nueve personas, entre ellas siete estudiantes de octavo grado, un maestro y otro trabajador escolar, así como 21 hospitalizadas. -El Ministerio de Salud palestino confirma el asesinato de la periodista Shireen Abu Akleh, que laboraba para el canal de TV Al Jazeera, por fuego israelí durante una redada del Ejército en la ciudad de Yenín, al norte de Cisjordania ocupada. 2024. El Ejército ucraniano anuncia que las fuerzas rusas han intensificado durante las últimas horas sus operaciones en la región de Járkov, con nuevos ataques en dirección a siete poblaciones de la zona, por lo que casi 2,000 personas han abandonado sus hogares. 2025. El presidente de EE. UU., Donald Trump, pide a Ucrania aceptar «de inmediato» la propuesta del presidente ruso, Vladímir Putin, de reunirse en Turquía, para que ambos puedan determinar si un acuerdo es posible.

mausan y noticia en vivo

radio

El Tiempo

                                                      

Las Caliente Noticias

                                            Flag Counter

Buscar este blog


 


 


 

lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario


Noticias 54

                             

Noticias