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54Grado.com : Hoy es lunes 27 de julio del 2026. Faltan 157 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1843. El Arzobispo Tomás de Portes, bendice las banderas de los regimientos de infantería y caballería organizados por el general Charles Herard. 1858. El general Pedro Santana encabeza un golpe de Estado contra el Gobierno Constitucional del Cibao, encabezado por el presidente Buenaventura Báez, disponiendo la entrada en vigor de la Constitución de 1854, así como todas las leyes y disposiciones que se promulgaron durante su anterior mandato. 1864. Una columna española sale de San Carlos hacia el Sur, siendo obstaculizada en el paso de Angostura en el río Haina, defendido por el coronel Eusebio Evangelista. 1921. Ante el rechazo unánime a la iniciativa presentada por el Gobierno de ocupación estadounidense suspende por decreto las elecciones primarias para escoger los representantes dominicanos que firmaran un tratado de evacuación, que debía ratificar todos los actos del Gobierno Militar. 1939. Muere en Santiago de los Caballeros, a los 74 años, el ex presidente Eladio Victoria. 1953. El Presidente Héctor B. Trujillo Molina (Negro), designa al licenciado Joaquín Balaguer al frente de la Cancillería. Al momento de su designación se desempeñaba como secretario de Educación Bellas Artes y Cultos. 1961. Son dejados en libertad los dirigentes antitrujillistas y dirigentes del Movimiento 14 de Junio Manuel (Manolo) Aurelio Tavárez Justo, Bienvenido Aquino Pimentel, Ramón Isidro Imbert Rainieri, Raúl Cabrera Fernández, Julio Rafael, Gustavo Adolfo y Hugo Adolfo Estévez Cabrera. 2015. El Segundo Tribunal Colegiado de la Provincia de Santo Domingo condena a dos años de prisión al ex auditor de la Dirección Nacional de Impuestos Internos (DGII), José Natanael De La Cruz Sánchez, tras ser encontrado culpable de incurrir en los delitos de desfalco y tráfico de influencias o cohecho. 2019. El magnate estadounidense Jhon McAfee, creador del famoso antivirus, exige una disculpa del "régimen corrupto de la República Dominicana", por el alegado mal trato dado a sus perros después de ser deportado a Inglaterra. 2021. El Senado aprueba a unanimidad y única lectura, el proyecto de Ley Orgánica que crea el Ministerio de Vivienda, Hábitat y Edificaciones (Mivhed), pieza resultante de la fusión de una iniciativa del Poder Ejecutivo. Con otra del senador Félix Bautista. -La Casa Blanca anuncia que el presidente Joe Biden ha propuesto como nueva embajadora de Estados Unidos en España y Andorra, a la dominicana Julissa Reynoso Pantaleón, jefa de gabinete de la Primera Dama, Jill Biden. 2022. El Senado convierte en ley a unanimidad, la norma de extinción de dominio para el decomiso de bienes ilícitos, acogiendo las más de cuarenta enmiendas que hizo la Cámara de Diputados, por lo que la iniciativa legislativa pasa al Poder Ejecutivo, para su promulgación u observación. Internacionales: 1844. Muere en Londres el químico y físico británico John Dalton, autodidacta que comenzó a enseñar con 12 años en una escuela de su ciudad. 1794. Louis Antoine Saint-Just y Maximilien de Robespierre son detenidos por la Convención, tras ser atacados por fuerzas contrarrevolucionarias y moderadas, la burguesía liberal rica y la izquierda radical, descontentos con la política religiosa y con las ejecuciones de algunos líderes populares parisinos. 1915. El Palacio Nacional haitiano es asaltado por tropas militares durante horas de la madrugada, logrando acorralar al presidente Guillaume Sam, quien posteriormente se refugió en la Legación de Francia. 1936.- Mussolini y Hitler hacen sus primeros envíos de equipamiento militar al bando sublevado en España. 1953. Es firmado en Panmunjom, el armisticio que pone fin a la Guerra de Corea entre EEUU, Corea del Norte y China. 1954. En Guatemala, es derrocado el Presidente Jacobo Arbenz Guzmán, con el apoyo, asesoría y asistencia de la CIA, al ser señalado con el respaldo de la OEA de comunista. 1958. El presidente de los Estados Unidos, Eisenhower, firma la Ley que crea la NASA. 1972. El gobierno chino confirmó la muerte del dirigente comunista Lin Piao, en un accidente de aviación. 1973. Es asesinado por un grupo de terroristas el señor Arturo Araya Peter, jefe de la Casa Militar del presidente de Chile Salvador Allende, 1974: La Cámara de Representantes de EEUU inicia un proceso de "denuncia y repulsa" contra el presidente Richard Nixon, el que es acusado de obstaculizar la justicia, falso testimonio y abuso de poder, en el caso "Watergate". 1976. En China, un terremoto con intensidad de 8,3 de la escala de Richter sacude la provincia de Ho-pei, provocando víctimas oscilantes entre las 242 000 (cifra oficial) y las 655 000 (estimación oficiosa). 1980: Muere el ex-dictador iraní, Mohammed Reza Shah Pahlavi. 1989: El Parlamento soviético aprueba provisionalmente la autonomía financiera de las repúblicas bálticas. 2000. El Gobierno de Nicaragua confirma que el presunto espía cubano que actuaba en Venezuela, Juan Alvaro Rosabal, pide asilo político en su embajada en Caracas. 2003. El Gobierno israelí aprueba la excarcelación de 210 presos radicales palestinos, en su mayoría miembros de Hamás y Yihad Islámica sin delitos de sangre. 2009. Las autoridades suecas piden explicaciones al gobierno venezolano por supuestos desvíos a las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia de armas que Suecia había vendido a Venezuela. 2015. Estados Unidos retira la República Socialista de Cuba de su lista de países que no hacen lo suficiente para combatir el tráfico de personas, manteniendo a Venezuela, junto a Rusia, Irán, Siria y Corea del Norte, entre otros. -Oscar Ramos, un obrero de la construcción, de 38 años y residente Brooklyn, Nueva York, se convierte en la primera víctima mortal de la marihuana sintética o K2, luego de ser encontrado inconsciente en su apartamento junto a un paquete vacío de la droga. 2016. El juez federal Paul L. Friedman ordena poner en libertad a John W. Hinckley, de 61 años, el hombre que tiroteó al presidente Ronald Reagan en 1981, quien saldrá del Hospital psiquiátrico St. Elizabeth's de Washington, el próximo 5 de agosto, luego de 35 años del intento de asesinato. 2018. La asociación "Víctimas del 30S" solicita al Consejo de la Judicatura ecuatoriana una investigación a los jueces y fiscales que colaboraron en sancionar a decenas de agentes de seguridad por unos desórdenes en 2010 que el entonces presidente Rafael Correa calificó de intento de golpe de Estado. 2020. Investigadores del Instituto Oswaldo Cruz (IOC), en Río de Janeiro, Brasil, informan que se mantienen en alerta por el potencial pandémico de una nueva variante de influenza A H1N2, que se transmite de los cerdos a los humanos, descubierta en el estado de Paraná, al sur de ese país. - Varias organizaciones denuncian el asesinato de 971 líderes sociales desde la firma de los Acuerdos de Paz en 2016, entre el gobierno y las ex guerrillas de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo. 2021. Agentes del FBI allanaron una vivienda en la ciudad de Weston, estado de La Florida, relacionada con la empresa Worldwide Capital Lending Group, que al parecer financió el magnicidio del presidente de Haití Jovenel Moïse, ocurrido el pasado 7 de julio. - Vestidos de uniforme, cuatro agentes de la policía testifican en la primera sesión del comité de la Cámara Baja de Estados Unidos que investiga el asalto al Capitolio el pasado 6 de enero, por parte de seguidores del expresidente Donald Trump (2017-2021). 2022. El Ministerio de Defensa chino advierte que los militares "no se quedarán de brazos cruzados", si la presidenta de la Cámara de Representantes de EE.UU., Nancy Pelosi, visita Taiwán. -Según la cadena de televisión CNN, el secretario de Estado Antony Blinken, le habría ofrecido a Rusia una "propuesta sustancial", para lograr la liberación a los estadounidenses Brittney Griner y Paul Whelan, detenidos en territorio ruso, a cambio del traficante de armas ruso Viktor Bout. 2023. Las autoridades australianas informaron que a pesar "de los desesperados intentos de rescate", mueren las 97 ballenas piloto -también conocidas como 'calderones'- detectadas en la playa Cheynes, a unos 400 km al sureste de Perth, Australia - Efectivos militares y Policiales reportaron el hallazgo de un arsenal de guerra, tras sofocar un amotinamiento de presidiarios del Centro de Privación de Libertad (CPL) Guayas No. 1, ubicada en la ciudad de Guayaquil, que duró tres días, con un saldo de 31 prisioneros asesinados.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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