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54Grado.com : Hoy es miércoles 3 de diciembre del 2025 . Faltan 28 días para el año 2026. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1816. Nace en Santo Domingo, Francisco Javier Angulo Guridi, uno de los más firmes exponentes de la cultura dominicana durante el siglo antepasado. 1920. Nace en San Felipe de Puerto Plata, Héroe Nacional Antonio Imbert Barrera, hijo de Segundo Ml. Imbert Mesnier y María del Consuelo Barrera Steinkopf, quien participó en el ajusticiamiento del tirano Rafael Trujillo el 30 de mayo de 1961. 1932. Son celebradas las bodas en la comunidad de San José de las Matas, provincia Santiago, de los jóvenes Porfirio Rubirosa y Flor de Oro Trujillo Ledesma, apadrinadas por el padre de la novia, el presidente Rafael Trujillo y su esposa Bienvenida Ricardo, con la bendición del arzobispo de Santo Domingo, monseñor Adolfo. A. Nouel. 1961. Un grupo de 13 pilotos de la Fuerza Aérea Dominicana renuncia, como presión a su demanda de que el secretario de las Fuerzas Armadas, Rafael Santiago Rodríguez Echavarría dejara el cargo, "por conducir la nación otra vez a la tiranía y traicionar los ideales del pueblo por la libertad". 1962. Se anuncia que la República Dominicana podría quedar sin el servicio de energía eléctrica si el sindicato de trabajadores de la CDE y el Consejo de Estado no llegan a un acuerdo en torno a la petición de autonomía para la institución. 1963. El Triunvirato declara ilegal al Movimiento Revolucionario 14 de Junio. 1984. Mediante la Ley No. 245 es creada la Provincia de Hato Mayor, compuesta por los municipios de Hato Mayor como común cabecera, Sabana de La Mar y El Valle. 1988. Muere en Santo Domingo, el periodista y el miembro de la Academia Dominicana de la Historia, César Herrera Cabral. 2010. El Tercer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Distrito Nacional impone condenas de 30, 20, 10 y 5 años a 16 de los 22 acusados de la matanza de siete colombianos, en Paya Baní, por un tumbe de 1,300 kilos cocaína. 2015. Es estrenada la película "Del Color de la Noche", inspirada en la vida del extinto líder del PRD, José Francisco Peña Gómez, escrita, producida y dirigida por cineasta Agliberto Meléndez, en la que se relata aspectos de su origen hasta cubrir los 61 años de edad. Internacionales: 115. En Turquía, un terremoto de magnitud 7,5 en la escala sismológica de Richter, dejando un saldo de 260.000 muertos. 1552. Muere en China San Francisco Javier. 1621. El inventor Galileo Galilei muestra su telescopio perfeccionado. 1833. Nace el médico cubano Carlos Juan Finlay, investigador-descubridor del agente transmisor de la fiebre amarilla. 1837. Muere el fraile regiomontano, luchador por la causa de la independencia azteca, José Servando Teresa de Mier Noriega y Guerra. 1901. El presidente estadounidense Theodore Roosevelt lee un discurso de 20,000 palabras (más de dos horas) ante la Cámara de Representantes, pidiéndole que impida el desarrollo de monopolios. 1955. Muere en México, Distrito Federal, la pintora jaliscience María Izquierdo. 1965. Por primera vez en la historia de los tribunales de Estados Unidos, un jurado completamente blanco del sur de Alabama, condena a tres miembros del Ku Klux Klan por el asesinato a tiros de la activista blanca de derechos civiles, Viola Liuzzo. 1967. Un equipo médico encabezado por el doctor Christian Barnard realiza el primer trasplante de corazón humano, en la ciudad de El Cabo, Sudáfrica. 1976. El líder cubano Fidel Castro es electo presidente de los Consejos de Estado y de Ministros de la República de Cuba, cargos que ocupó hasta el 24 de febrero de 2008. 1982. Por resolución 12/82 de las Naciones Unidas, es aprobado el Programa de Acción Mundial para los Impedidos o discapacitados. 1984. En España se registran manifestaciones contra su ingreso en la OTAN. 1998. El ex jefe de operaciones de la Central Nacional de Informaciones (Policía Secreta) chilena, Alvaro Corbalán, es sometido a juicio por el asesinato de siete jóvenes 1987. 2001. El presidente argentino Fernando de la Rúa impone el "corralito", consistente en la restricción de la libre disposición de dinero en efectivo de plazos fijos, cuentas corrientes y cajas de ahorros. 2006. El Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez, logra su reelección con el 62% de los votos emitidos, equivalente al 20% sobre su contrincante, el gobernador del Estado de Zulia, Manuel Rosales. 2007. Los votantes venezolanos rechazan en referendo el proyecto de reforma de la Constitución propuesta por el presidente Hugo Chávez. 2008. La banda terrorista ETA), asesina de varios disparos en Guipúzcoa, España, al empresario Ignacio Uria Mendizábal. 2009. Las autoridades cubanas anuncian el arresto del contratista estadounidense Alan Gross, al que condenan en 2011 a 15 años de prisión acusado de entregar ordenadores y teléfonos móviles a un colectivo judío. 2010. Una huelga sorpresa de controladores del tráfico aéreo español paraliza todo el espacio aéreo nacional. 2011. Es creada en Venezuela la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC). 2012. Al menos 450 personas mueren tras el paso por Filipinas del tifón Bopha por ese país. 2017. En Bolivia, se desarrollaron en todos los sectores del Poder Judicial, las elecciones judiciales en las que el voto nulo alcanza un 51.32% en Consejo de Magistratura. 2018. El Gobierno de Uruguay niega el asilo al expresidente de Perú Alan García, quien pidió refugio en la residencia del embajador uruguayo en Lima, al considerar que no es un refugiado político y la Justicia funciona "autónoma y "libremente". - La Justicia chilena condena a 53 agentes represores de la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990), una de las mayores sentencias relacionadas con violaciones a derechos humanos, por responsabilidad en crimen de 8 opositores del Partido Comunista ejecutados 1976. 2020. La farmacéutica Pfizer y la compañía alemana BioNTech anuncian en un comunicado que recortarán a la mitad el número de dosis de su vacuna contra la covid que tenían previsto fabricar este mes, después de que el Reino Unido anunciara la autorización de este fármaco. - La tensión entre el presidente de EEUU, Donald Trump y el fiscal general del país, William Barr, crece entre rumores de que podría despedir a ese miembro de su gabinete, que ha reconocido que no ha visto pruebas de un fraude electoral. 2023. Como parte de la 28° Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático (COP28), el Enviado Especial del gobierno de Estados Unidos para el Cambio Climático, John Kerry, anuncia el lanzamiento del programaAcelerador de la Transición Energética, con la participación de República Dominicana, Chile, Nigeria y Filipinas, como los primeros cuatro países piloto que serán beneficiarios de esta iniciativa. - En medio del aumento de las tensiones en el mar Rojo, un buque de guerra estadounidense y al menos tres barcos mercantes reciben el impacto de otros tantos misiles o drones hutíes, informó el Mando Central de EEUU, que cubre la región militar que va de Egipto a Pakistán y Kazajistán. - El presidente electo de Guatemala, Bernardo Arévalo, renuncia a su afiliación y a la Secretaria General del Movimiento Semilla, como manda el artículo 32 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, en medio del cuestionado embate judicial que llevó a la Fiscalía a suspender la formación política con la que ganó las elecciones. 2024. El presidente electo Donald Trump, le sugiere al primer ministro de Canadá, Justin Trudeau, que su país se convierta en el 51.º estado de EEUU si no puede controlar su frontera y mantenerse a flote sin "estafar" a su vecino, al tiempo de amenazarle con imponer aranceles del 25 % a todos los productos de Canadá y México. - El Kremlin califica de "amenazante" para Rusia la posibilidad del ingreso de Ucrania en la OTAN, opción en la que insisten las autoridades de Kiev para garantizar su seguridad una vez concluya la guerra, propuesta que entiende inadmisible, por tratarse de un evento amenazante".

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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