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54Grado.com : Hoy es jueves 14 de mayo del 2026 . Faltan 231 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1655. Después de 22 días de ocupar el territorio nacional, los invasores ingleses encabezados por William Penn y Robert Venables abandonan la isla con destino a Jamaica. 1848. Muere en Puerto Plata el general José María Imbert 1854. Ante las amenazas de invasión haitiana, el general Juan Alejandro Acosta sale con su flotilla hacía la región Sur, llegando hasta Pedernales y dejando limpias de barcos enemigos las aguas dominicanas. 1890. El presidente Ulises Heureaux suscribe un empréstito con la firma Westendorp Co, para emitir y colocar bonos por la suma de 800 mil libras esterlinas, pactado por un plazo de 50 años, al 6% anual y con amortizaciones de 24,000 libras por año. 1916: En Estados Unidos, unos 200 ciudadanos protestan ante el Presidente norteamericano Woodrow Wilson y el Congreso, por ocupar militarmente el territorio dominicano. 1917. Mediante la Orden Ejecutiva No. 47 del jefe de las tropas de ocupación de Estados Unidos, Almirante William Knapp, se dispone la desaparición de la Marina de Guerra dominicana y en su lugar crear la Guardia Nacional. 1930. El general Rafael Leónidas Trujillo es nominado candidato a la presidencia de la República junto al licenciado Rafael Estrella Ureña. 1965. El gobierno constitucionalista encabezado por Francisco Caamaño Deñó, inició transmisiones radiales a través de equipos portátiles, luego de la destrucción de la antena de Radio Santo Domingo. -El coronel Rafael Fernández Domínguez, por gestión y orden de Juan Bosch, aborda en Puerto Rico un avión de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos, que lo trae a Santo Domingo. -El presidente de los Estados Unidos, Lindon B. Johnson y el abogado Abe Fortas analizan la posible salida a la crisis político-militar de Santo Domingo. -El Departamento de Defensa de Estados Unidos da cuenta de la muerte de 16 soldados estadounidenses y 86 heridos. 1974. Es promulgada la ley 664, que declara "Zona Reservada" o "parque Nacional", la isla Cabritos, localizada en el interior del lago Enriquillo, provincia Independencia. 1978. Por presión de la Junta Central Electoral y los partidos políticos de oposición, la OEA envía al país una comisión de observadores de los comicios de este año, integrada por los ex presidente Galo Plaza, de Ecuador, Misael Pastrana Borrero, de Colombia y Julio César Méndez Montenegro. También vino al país el diputado del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), Miguel Ángel Martínez. 1989. Muere en Panamá a la edad de 88 años, la ex Primera Dama María Martínez viuda del dictador Rafael Trujillo. 1991. El presidente Joaquín Balaguer inaugura el proyecto habitacional "Parque del Este II", levantado en el sector Villa Duarte de la capital, con un presupuesto de RD$9.1 millones. 1992. La Cámara de Diputados sanciona de manera unánime el proyecto de ley que actualiza el Código de Trabajo. 1999. Falleció el poeta Manuel del Cabral, uno de los principales cultores de ese general en la República Dominicana. 2003. Las autoridades anuncian la quiebra del Banco Intercontinental (Baninter), al acumular un déficit superior a los RD$55,000 millones. 2015. En Guatemala, el magistrado de la Corte de Constitucionalidad (CC) Alejandro Maldonado Aguirre es elegido nuevo vicepresidente de la República, para finalizar el presente período gubernamental, en sustitución de la renunciante Roxana Baldetti. 2018. La niñera dominicana Yoselyn Ortega, es condenada a cadena perpetua al ser hallada culpable de asesinar a dos niños que cuidaba en Nueva York. 2019. Según un medio israelí, República Dominicana habría adquirido tecnología de espionaje del mismo grupo que desarrolló las herramientas con las cuales un grupo de hackers vulneraría la seguridad de la aplicación de mensajería WhatsApp. 2025. El presidente Luis Abinader se reúne en la sede del Ministerio de Defensa, con sus antecesores Leonel Fernández, Hipólito Mejía y Danilo Medina, para abordar el tema de seguridad nacional y la crisis de Haití, centrado en coordinar respuestas ante el deterioro de las estructuras gubernamentales del vecino país. Internacionales: 1265. Nace Dante Alighieri, autor de La Divina Comedia. 1610. Un fanático católico asesina al monarca francés Enrique IV. 1509. Los franceses se apoderaron del Norte de Italia. 1607.- Es levantado en lo que hoy es el estado de Virginia, el fuerte de Jamestown, siendo el primer asentamiento o colonia inglesa en los Estados Unidos. 1643. Muere Luis XII, exactamente 33 años después de asumir el trono. 1769.- El rey Carlos III de España envía misioneros franciscanos a California, los que fundaron San Diego, Santa Bárbara, San Francisco y Monterrey, comenzando la colonización del territorio. 1810. Arriba al puerto de Buenos Aires la goleta de guerra británica HMS Mistletoe procedente de Gibraltar con periódicos del mes de enero que anunciaban la disolución de la Junta de Sevilla al ser tomada por los franceses. 1811. En Paraguay, una revuelta militar dirigida por el capitán Pedro Juan Caballero, toma el control de la capital y el gobernador Bernardo de Velasco, sede "pacíficamente" el mando. 1948. Se produce la declaración de independencia del estado de Israel, hito histórico logrado después de más de 60 años de esfuerzos políticos y diplomáticos por parte del sionismo para establecer una nación soberana en la que consideraban que era su patria, la antigua Tierra de Israel. 1961. Portugal hace pública su voluntad de continuar en Angola y Mozambique, pese al ofrecimiento de indemnización de Estados Unidos. 1965. Las Naciones Unidas enviaron a la República Dominicana al mayor general Jit Rikhye como observador militar en el conflicto de esta nación, iniciado el 24 de abril. 1977. Don Juan de Borbón renuncia a sus derechos sucesorios sobre su hijo Juan Carlos I. 2005. En Brasil, estalla la crisis política conocida como "escándalo del mensalão", consistente en un esquema de compra de votos en el congreso, observado durante el primer mandato del ex presidente Luiz Inacio Lula Da Silva (2003-2007). 2006. En el Atlántico norte, la Marina estadounidense hunde deliberadamente el portaviones América (CV-66), tras cuatro semanas de bombardeos, siendo este el barco más grande hundido como blanco en un ejercicio militar. 2010. En España, el Consejo General del Poder Judicial suspende en forma cautelar en sus funciones al juez Baltasar Garzón, por presunta prevaricación al declararse competente para investigar los crímenes de la represión franquista desde su juzgado de la Audiencia Nacional. 2014. En Nueva York, los premios nobel de la paz, la irlandesa Mairead Maguire y el argentino Adolfo Pérez Esquivel y decenas de catedráticos solicitan a la organización estadounidense de derechos humanos expulsar de su junta directiva a todo(as) lo(as) involucrado(as) con la CIA y a Javier Solana (exsecretario general de la OTAN). 2015. Un juez chileno condena a varias penas de prisión a 30 antiguos agentes de la policía secreta del ex dictador Augusto Pinochet, por la desaparición, en 1974, de una víctima de la llamada "Operación Colombo". -El magistrado de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala, Alejandro Maldonado Aguirre, es elegido nuevo vicepresidente de la República, para finalizar período gubernamental, en sustitución de la renunciante Roxana Baldetti, acusada de corrupción. 2018. Fuerzas israelíes matan al menos 58 palestinos e hieren a más de 1,200, durante protestas multitudinarias ayer en la frontera de Gaza, mientras a unos kilómetros de allí Israel y Estados Unidos inauguran la nueva embajada estadounidense en Jerusalén. - El magistrado argentino Julián Ercolini inicia el proceso contra la expresidenta Cristina Fernández (2007-2015) y a sus hijos, Máximo y Florencia Kirchner, por presunto lavado de activos y asociación ilícita, por supuestas irregularidades con empresarios de la obra pública a través de la empresa familiar Hotesur. 2019. El secretario de Estado estadounidense, Mike Pompeo, aseguró tras reunirse con su colega ruso, Serguéi Lavrov, que ya ha llegado la hora de que el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, abandone el poder. 2024. En Haití, bandas armadas toman el control de la ciudad de Gressier, ubicada al sur de Puerto Príncipe, siendo esta la primera que cae bajo el control de pandilleros desde la instalación del Consejo Presidencial de Transición (CPT), en rechazo a la llegada de la fuerza multinacional, lo que ha agravado más la crisis del empobrecido país. 2025. El expresidente uruguayo José "Pepe" Mujica, una de las figuras más queridas de la izquierda latinoamericana, es cremado y sus cenizas enterradas en su granja localizada en las afueras de Montevideo, junto a la tumba de su perra "Manuela", cumpliendo así su último deseo.

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lunes, 8 de febrero de 2021

La JCE: Consolidar la democracia y fortalecer los partidos

Leonel Fernández
Santo Domingo, RD

En base a un reglamento y una resolución, ambas enumeradas como 01-2021, la Junta Central Electoral adoptó, el pasado miércoles 27 de enero, dos decisiones mediante las cuales establece el orden en que figurarían los partidos políticos en la boleta electoral de las elecciones del 2024, así como el financiamiento público que recibirían. 

El criterio para adoptar esas dos decisiones se fundamentó en la idea de realizar una sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización política en los tres niveles efectuados en la última elección, esto es, presidencial, senatorial y de diputados.

El impacto que esas decisiones han tenido en el escenario político nacional ha sido desconcertante. El método aplicado por el órgano electoral para distribuir los recursos económicos a las organizaciones políticas ha concitado un amplio rechazo en la opinión pública nacional, al considerarse que debilita el sistema de partidos, afecta el clima de gobernabilidad y vulnera disposiciones constitucionales y legales.

La dimensión de alarma que ha generado la decisión de la JCE ha sido de tal magnitud que ha provocado el hecho insólito de que 20 organizaciones de todo el espectro político nacional hayan alzado su voz y soliciten su modificación, por injusta, atropellante e inequitativa.

Resulta difícil encontrar un precedente en la historia de la Junta Central Electoral en el que 20 organizaciones políticas le hayan solicitado por escrito a la institución electoral la reconsideración de una decisión porque la misma amenace la estabilidad y supervivencia del sistema de partidos. 

Más escaso resulta aún en contrar un episodio en que la primera decisión significativa adoptada por un nuevo pleno hubiese suscitado en la generalidad de los partidos políticos una reacción de indignación de tal dimensión como la provocada por el desatinado criterio adoptado por la junta electoral. 

NULIDAD Y SILENCIO LEGISLATIVO

La situación es peor cuando se toma en consideración que el antecedente de la reciente decisión de la Junta Central Electoral se encuentra en la Resolución No. 02- 2017, del 7 de febrero del 2017, la cual establecía el mismo criterio de sumatoria de los votos válidos en los tres niveles para asignar el financiamiento público a las organizaciones partidistas.

¿Qué ocurrió con esa resolución del 2017, concebida en los mismos términos que la de ahora de la JCE?

Simplemente, que fue declarada nula. Esto así, mediante sentencia del Tribunal Superior Electoral número 013-2017, de fecha 26 de abril de 2017.

En su dispositivo, dicha sentencia reza así: “Anula con todas sus consecuencias legales la Resolución Núm. 02/2017, dictada por la Junta Central Electoral (JCE), el 7 de febrero de 2017, por ser violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución de la República, conforme a los motivos expuestos en esta sentencia.”

Así pues, ya había un antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad de una resolución que establecía como criterio de asignación de fondos públicos a los partidos políticos, la sumatoria de los votos válidos emitidos en los tres niveles de elección.

Si ya existía ese antecedente de declaratoria de inconstitucionalidad a una resolución que establecía los mismos criterios contemplados en el Reglamento No. 01-2021, ¿por qué se procedió a su reiteración, a pesar de su anterior rechazo?

Eso resulta tan absurdo, incoherente y descabellado, que habría, tal vez, que encontrar la respuesta consultando al Oráculo de Delfos. No hay ninguna disposición legal que establezca la metodología o el criterio que debe acogerse para distribuir los fondos públicos entre los partidos políticos. No figura en la Constitución de la Republica. Tampoco se encuentra en la ley de partidos; y está ausente en la legislación sobre régimen electoral.

La única referencia o guía sobre el particular es el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual señala el criterio que sirve de fundamento para la distribución de los fondos del Estado.

Lo dice así: Un ochenta por ciento (80%), entre los partidos que hayan alcanzado más del cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la última elección; un doce por ciento (12%) entre los que hayan alcanzado más del uno por ciento (1%) y menos del cinco por ciento (5%); y un ocho por ciento (8%) entre los que hayan alcanzado entre cero puntos cero uno por ciento (0.01%) y uno por ciento (1%) de los votos válidos obtenidos. Como puede observarse, en esa disposición legal no se hace consignar cuál de los niveles de elección es el requerido para acceder a los fondos públicos. Tampoco indica que la Junta Central Electoral debe sumar, multiplicar, dividir, promediar o ejecutar ejercicio aritmético alguno para determinar el porcentaje que le corresponde a cada partido.

Por consiguiente, cuando una organización política ha alcanzado más del 5%, más del 1 % y más del 0.01% de los votos válidos emitidos en la última elección, tiene legítimo derecho a participar del financiamiento público previsto en nuestra legislación electoral.

ENMENDAR UN DESACIERTO

Ante las lagunas, falta de claridad o insuficiencia de la ley, corresponde a la Junta Central Electoral, en todo lo concerniente a su competencia, ejercer su poder reglamentario, tal como lo prevé el artículo 215 de la Constitución de la República. 

Pero no puede hacerlo en forma caprichosa o antojadiza. Tiene que hacerlo en base a los principios de igualdad, así como a los de razonabilidad y favorabilidad, contemplados en la aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales previstos en los artículos 39, 74.2 y 74.4, de nuestra Carta Magna. El derecho a elegir y ser elegible, la libertad de asociación, la libertad de conciencia y cultos, la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de tránsito, son derechos fundamentales, de los cuales disfrutan los partidos políticos. 

Al ser así, es evidente que la Junta Central Electoral debió haber aplicado los referidos principios de equidad, razonabilidad y favorabilidad, al momento de establecer el criterio de asignación de fondos a los partidos políticos en base a los porcentajes obtenidos en la última elección.

Sin embargo, no procedió de esa manera. Por el contrario, en franca violación a la Constitución estableció una fórmula de sumatoria a través de la cual decidió otorgar recursos de la forma más desigual, irracional e injusta que pudiera imaginarse en detrimento de la democracia y del fortalecimiento del sistema de partidos en la Republica Dominicano.

Lo hizo confiriéndole el 80 por ciento de los recursos a dos partidos; el 12 por ciento a cinco partidos; y el 8 por ciento a 18 partidos. La arbitraria e improcedente fórmula aritmética de la Junta Central Electoral terminó en la práctica desconociendo la voluntad de los electores que le otorgaron a una organización como la Fuerza del Pueblo, el 5.69 por ciento de los votos válidos en las elecciones presidenciales, lo que le convierte en un partido mayoritario con derecho a obtener el financiamiento correspondiente a esa categoría

Como un rayo de luz en medio de la tenebrosa tiniebla que ha representado el Reglamento No. 01-2021, para la consolidación de la democracia y el fortalecimiento de los partidos, la Magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular de la Junta Central Electoral, con su voto disidente razonado, abre un camino de esperanza para retornar por el sendero de la razón, la equidad y la justicia.

En su ya antológica decisión, afirmó: “A nuestro juicio, el criterio establecido en el Reglamento No. 01-2021, la sumatoria de los votos válidos recibidos de forma individual por cada organización partidista en los tres niveles disputados en las últimas elecciones celebradas el 5 de julio de 2020, no resulta aplicable en virtud de que transgrede el principio de igualdad establecido en el artículo 39 de la Cara Sustantiva y los principios de razonabilidad y favorabilidad.”

 

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