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Efemérides

54Grado.com : Hoy es viernes 25 de abril del 2025 . Faltan 250 días para el año 2026. tura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1809. El capitán general de Puerto Rico, Toribio Montes, despacha con destino a Santo Domingo un bergantín armado con catorce cañones, para secundar el movimiento a favor de España contra la dominación francesa, que dirigía Juan Sánchez Ramírez. 1843. El Padre de la Patria, Juan Pablo Duarte, dirige una reunión en la parroquia de Bayaguana, en su calidad de delegado de la Junta Popular de Santo Domingo, para escoger el Comité corresondiente a esa municipalidad. 1844. El general Juan Luis Pierrot, vencido el 30 de marzo en la ciudad de Santiago de los Caballeros, desconoce en Cabo Haitiano el gobierno del general Charles Riviere Herard y proclama la separación del Norte de Haití con el resto de su territorio. 1864. Las cuatro columnas españolas que se habían apoderado de San Cristóbal el día 21, regresan a sus cuarteles de la capital y Baní, cargando decenas de heridos y dejando muchos muertos en el camino. 1878. Muere el prócer de la Restauración y ex presidente de la República, Francisco Ulises Espaillat. 1933. Es promulgada una ley que obliga a los ciudadanos a respetar los símbolos patrios. 1937. El licenciado Joaquín Balaguer es nombrado con el decreto 1873, subsecretario de Estado de Relaciones Exteriores, en sustitución del profesor Telesforo R. Calderón. 1963. El Episcopado emite un comunicado en el que expresa su alarma por el contenido de la nueva constitución de la República "por la presencia de ideologías contrarias a Cristo, a la persona humana y a sus derechos, que siembran la agitación y el terrorismo". - En Haití, varios oficiales del ejército haitiano se asilan en la residencia del Embajador dominicano en Haití, provocando la presencia allí de militares de la vecina nación. 1965. Tropas constitucionalistas penetran sin oposición hasta el centro de la Capital, iniciándose movilizaciones populares, provocando la renuncia de los miembros del Triunvirato, siendo sustituidos por el doctor Rafael Molina Ureña. - Un grupo de militares forma el "Comando Militar Revolucionario", encabezado por los coroneles Vinicio A. Fernández Pérez, Giovanni Gutiérrez Ramírez, Francisco Alberto Caamaño Deñó y Eladio Ramírez Sánchez, entre otros. - Fuerzas conservadoras del ejército autodenominadas leales al depuesto régimen del Triunvirato, dirigidas por el general Elías Wessin y Wessin, tratan de contrarrestar el golpe de los constitucionalistas. 1984. Las autoridades informan que, como resultados de las protestas escenificadas en la capital y varias ciudades del interior, al menos 100 personas han perdido la vida, azuzadas por los aumentos de precios de varios artículos, al ser enfrentadas por tropas militares y policiales. 1991. El Cardenal Nicolás de Jesús López Rodríguez es elegido presidente del Consejo Episcopal Latinoamericano (CELAM), en su XXIII Asamblea Ordinaria celebrada en San Miguel, Argentina. 2016. El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Roberto Rosario, admite haber recibido presiones del embajador de Estados Unidos en el país, James Brewster, que incluían, el retiro de su visa de entrada al país norteamericano. 2019. La Corte Interamericana de Derechos Humanos reitera mediante resolución su competencia para conocer casos de República Dominicana relativos al derecho a la nacionalidad, en contra de una sentencia emitida por el Tribunal Constitucional dominicano en noviembre de 2014. - Autoridades dominicanas y haitianas firman una carta de entendimiento que permita eliminar la pesca ilegal, conservar los ecosistemas marítimos y aprovechar los recursos pesqueros de manera sostenible en la costa norte, específicamente en Montecristi y Tres Bahías, perteneciente a la vecina nación. 2023. El Poder Ejecutivo establece mediante el decreto 167-23, las pautas para convertir la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA) en una empresa pública, cuyo cambio de estatus se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 356 de la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana. 2024. La Oficina del Representante Comercial de EEUU, anuncia la eliminación de su Lista de Vigilancia, de la República Dominicana, tras 30 años de estar incluida, "por lograr avances significativos" en la observancia y la transparencia de la propiedad intelectual. - Luego de ocho horas de deliberaciones, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condena por decisión unánime, a 30, 20 y 15 años de prisión, a los acusados Alison de Jesús Pérez Mejía (Chiquito), Luis Brito Troncoso (Luisito) y Wesly Vincent Carmona ("El Dotolcito"), respectivamente, acusados de asesinar al joven Joshua Omar Fernández de un disparo en la cabeza. Internacionales: 1507. Se publica la obra de Gualtier Lud, "Cosmographie Introductivo" en que se propone por primera vez el nombre de América o América a las tierras descubiertas por Colón. 1534. Pedro de Alvarado termina la conquista de Guatemala. 1846. Se inicia la guerra entre México y Estados Unidos. 1898. El presidente de Estados Unidos, William McKinley, declara la guerra a España y ordena invasiones militares simultáneas a Cuba, Puerto Rico y Filipinas. 1920. El Supremo Comando Aliado asigna a Gran Bretaña el protectorado de la Mesopotamia y Palestina, y a Francia los de Siria y Líbano. 1927. Nace en el barrio de Viavélez, municipio de El Franco, Asturias, España, la escritora María del Socorro Tellado López, conocida como Corín Tellado, 1974. Se inicia en Portugal la llamada "Revolución de los claveles", en la que las Fuerzas Armadas toman el poder en un golpe de Estado incruento y cambian el régimen autoritario imperante por otro democrático. 1989. La Unión Soviética inicia la retirada parcial de sus fuerzas de Hungría. 1990. Violeta Chamorro toma posesión del poder como candidata de la coalición Unión Nacional Opositora (UNO), siendo la primera mujer presidenta del país dos meses después de derrotar al presidente sandinista Daniel Ortega en las elecciones del 25 de febrero del mismo año. 1993. Boris Yeltsin recibe un amplio respaldo a su presidencia y a su política económica y social en un referéndum celebrado en Rusia. 2007. La Cámara de Representantes aprueba un proyecto de ley que ordena iniciar la retirada de las tropas de EEUU en Irak desde octubre próximo, previendo además una asignación extraordinaria de US$124,000 millones para operaciones de tropas en ese país. - Se descubre el primer planeta extra solar más parecido a la Tierra en temperatura, tamaño y composición. 2008. En el condado de Hays, Texas, Estados Unidos, la policía detiene al gurú krisnaísta Prakashanand Sáraswati por abusar de menores en los años ochenta y noventa. 2010. El ex dictador panameño Manuel Antonio Noriega, es extraditado de Estados Unidos a Francia, para que purgue cuentas pendientes con la justicia francesa, por delito de lavado de dinero procedente del narcotráfico. 2013. Ecuador ingresa en la lista de Naciones Espaciales en el mundo, al poner en órbita su primer satélite en el espacio. - El presidente Barack Obama destaca el esfuerzo del ex mandatario republicano George W. Bush por poner al día la política migratoria de Estados Unidos, afirmando que el fracaso de su antecesor para resolver el tema abrió el camino a la reforma. 2015. En Nepal, unas 8.964 personas mueren y otras 17.868 resultan lesionados, por el terremoto de 7,8 grados en la escala abierta de Richter, el que también destruyó numerosos edificios y monumentos históricos. 2016. Fallece a la edad de 69 años de neumonía y gastroenteritis, el merenguero típico Tomás Santana de la Cruz, mejor conocido como El General Larguito. 2019. El presidente ruso, Vladímir Putin, se reúne por primera vez con el líder norcoreano Kim Jong-un, al que ofrece apoyo en su tenso pulso con Estados Unidos para la desnuclearización de la península coreana. 2020. El presidente estadounidense, Donald Trump, causa revuelo en el sector médico mundial, con su sugerencia para que los pacientes se inyecten desinfectantes para matar el patógeno covid-19. Anter la repulsa, el mandatario aclaró que se trató "de una pregunta sarcástica a los reporteros". 2022. El juez de la Corte Suprema de Manhattan, Nueva York, Arthur F. Engoron, declara en desacato al expresidente estadounidense Donald Trump, le impune una multa y entregar los documentos pedidos por la fiscalía general del estado, como parte de la investigación sobre sus transacciones financieras y las de su empresa. - El empresario sudafricano Elon Musk se convierte en el nuevo propietario de Twitter, luego de los accionistas de la red social, aceptar su oferta de compra, por valor de US$44,000 millones. 2023. El presidente de Colombia, Gustavo Petro, inaugura en Bogotá la Conferencia Internacional sobre el proceso político de Venezuela, evento en el que trazó una breve historia de la construcción democrática en América, enfatizando que la región no puede ser un espacio de sanciones, en referencia a los bloqueos impuestos por Estados Unidos a Venezuela, Cuba y Nicaragua. 2024. A escondidas y ante un público reducido, prestan juramento oficialmente en Palacio Nacional de Haití, los nueve miembros del Consejo Presidencial de Transición, integrado por Smith Agustín, Louis Gérald Gilles, Fritz Alfonso Jean, Edgard Leblanc Hijo, Laurent Saint-Cyr, Emmanuel Vertilaire, Leslie Voltaire, Régine Abraham y Frinel Joseph. - La Defensa Civil Palestina revela el descubrimiento de 10 cadáveres con las manos atadas, en fosas comunes en la Franja de Gaza, mientras otros 20 aún tenían tubos médicos conectados, por lo que sospecha haber sido enterrados vivos, incluidos niños.

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martes, 27 de octubre de 2020

El Presidente de la Cámara de Cuentas no puede ser interpelado

JULIO CURY
Santo Domingo, RD

 Nuestro sistema presiden­cial se basa en una suerte de simbiosis entre el Congreso Nacional y el Poder Ejecuti­vo que, a modo de ejemplo, se manifiesta en las cuen­tas que debe rendir el presi­dente de la República los 27 de febrero de cada año por mandato de los arts.

93.2 li­teral d) y 128.2 literal f) de la Constitución. La interpela­ción es una de las dos técni­cas de control a través de la cual las cámaras legislativas fiscalizan las políticas públi­cas del gobierno y sus institu­ciones autónomas y descen­tralizadas.

Del literal f) del art. 93.2 constitucional y del vínculo de fiducia o estrecha colabora­ción entre ambos poderes es­tatales, se infiere que los fun­cionarios de la rama ejecutiva son los que pueden ser inter­pelados. No obstante, el art. 95 induce a cierta confusión, ya que al listar quienes pueden ser alcanzados por esta herra­mienta incluye “… a los direc­tores o administradores de los organismos autónomos y des­centralizados del Estado…”. Una lectura precipitada y nada analítica llevaría a creer enton­ces que todos los funcionarios públicos son pasibles de inter­pelarse, pero por más de una razón no es así.

Aunque se piense lo con­trario, el indicado precepto no ofrece dudas interpretativas. Para empezar, se refiere a “di­rectores o administradores”, título que no ostenta ningún miembro de los órganos extra­poder creados directamente por el texto supremo, mas co­mo el método textual no es el más aconsejable para concre­tar el significado de las normas constitucionales, abandonaré todo esfuerzo argumentativo inspirado en la literalidad de dicha disposición y abordaré otros de mayor peso que per­miten llegar a la misma con­clusión.

Como es sabido, los órga­nos extrapoder, entre los cua­les figuran el Tribunal Constitu­cional, la Cámara de Cuentas, el Ministerio Público, el Defensor del Pueblo y el Tribunal Supe­rior Electoral, escapan a toda lí­nea jerárquica, o lo que es igual, no están orgánicamente supe­ditados a ninguno de los tres po­deres clásicos. Su previsión en la Carta Fundamental obedece al interés de dotarlos de garantías de actuación e independencia para que puedan desempeñar sin conrtapisas sus funciones esenciales en beneficio del Esta­do y la sociedad.

Así las cosas, su esfera com­petencial está libre de controles e injerencias, por lo que sus inte­grantes no pueden ser siquiera objeto de las dos únicas conse­cuencias que el párrafo del art. 95 constitucional apareja en perjuicio de los funcionarios in­terpelados: voto de censura y petición de destitución a sus su­periores. En efecto, la separa­ción anticipada de sus cargos apenas es posible a través de la celebración de un juicio políti­co derivado de la comprobable comisión de faltas graves, por lo que el presidente de la Cáma­ra de Cuentas, como sugirió re­cientemente cierto senador, no puede ser interpelado.

El contenido esencial de la autonomía reforzada de que goza el órgano extrapode que encabeza, rechaza de plano que otras autoridades pue­dan fiscalizar sus competen­cias fundamentales, accesorias e instrumentales, y muy parti­cularmente su desempeño insti­tucional, que es lo que se procu­ra con la interpelación. Suponer lo contrario, esto es, que están sometidos a la vigilancia del Congreso Nacional, equivaldría a minar la autonomía funcional de la que están revestidos como órganos troncales del Estado y, más aún, que sus titulares pue­den ser censurados o destutidos por recomendación hecha al “Presidente de la República o al superior jerárquico correspon­diente”, como dispone el párra­fo del art. 95, lo cual, insisto, es absolutamente imposible.

Pero eso no es todo; los orga­nismos autónomos del Estado que caen bajo la órbita del refe­rido precepto son que se seña­lan en el art. 141 del propio tex­to supremo, tal como precisó el Tribunal Constitucional en su Sentencia TC/0305/14, reafir­mada en la TC/0001/15: “… la autonomía de la que han sido revestidos los órganos extrapo­der en la Constitución de 2010 es cualitativamente superior a la autonomía meramente admi­nistrativa que la Constitución re­conoce a los organismos autó­nomos y descentralizados de la Administración Pública, los cua­les podrán ser creados por ley y estarán adscritos al sector de la administración compatible con su actividad, bajo la vigilancia de la ministra o ministro titular del sector”.

Nada distinto prevén los arts. 50 y siguientes de la Ley núm. 247-12, que al desarrollar di­chos organismos aclaran que la ley que los cree –no la Constutu­ción- deberá adscribirlo “al mi­nisterio que sea rector del sector de políticas públicas afines a su misión y competencia”, el cual lo controlará “con el propósito de garantizar la coherencia po­lítica de la acción del gobierno”. Son justamente esos y no otros los organismos aludidos por el constituyente en el repetido art. 95, y en vista de que los mismos dependen de la rama ejecutiva, sus titulares pueden ser interpe­lados, pero no así los de los ór­ganos extrapoder, cuyo grado de autogobierno y autonomía constitucional –no legal- los si­túa fuera del perímetro de eva­luación y control de los hemici­clos de La Feria.

Agustín Ruiz Robledo, en su Compendio de Derecho Cons­titucional español, sostiene que la función de fiscalización del parlamento, llamadas allá Cor­tes Generales en tributo a una tradición de la Edad Media, se ejerce exclusivamente sobre los funcionarios del gobierno, cri­terio que secunda el formidable tratadista argentino Néstor Pe­dro Sagués: “Las interpelacio­nes, típicas de los sistemas parla­mentaristas, significan también un requerimiento de informes a los miembros del Gabinete, pero tienen como objeto even­tual, después de oído los minis­tros, formular votos de confian­za o de censura que importan, en uno y otro caso, la continui­dad o la conclusión de los minis­tros”.

Exactamente lo mismo con­sidera Germán Bidart Campos, en tanto que Jorge Rodríguez-Zapata, haciendo referencia a la Sentencia núm. 225/1992 del Tribunal Constitucional es­pañol, expresa que “las interpe­laciones versan sobre los moti­vos o propósitos de la conducta del Poder Ejecutivo”. Efectiva­mente, la decisión de referen­cia apuntó que el derecho a interpelar está circunscrito al “ejecutivo en cuestiones de po­lítica general, bien del Gobier­no, bien de algún Departamen­to Ministerial”. Recapitulando: ni el Presidente de la Cámara de Cuentas ni ninguno de sus miembros, como tampoco los de los demás órganos extrapo­der, pueden ser interpelados, instrumento de control de des­empeño funcional de aplicabi­lidad restringida a los funciona­rios del ramo ejecutivo.

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