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El Presidente Ignacio María González renuncia al cargo, por presión del liderazgo político nacional, que le acusa de incurrir en actos de corrupción. 1890. Llega al país Frederick Douglas, encargado de Negocios de los Estados Unidos, quedando sorprendido por los adelantos que se habían registrado en la Capital, respecto a su anterior visita 19 años atrás. 1924. Un teniente Guardia Nacional Dominicana ultima de varios disparos al jefe del Departamento Nortede esa institución, mayor César Lora, al ser sorprendido con la mujer del su victimario en las inmediaciones del puente sobre el río Yaque, de Santiago. 1930. Se inicia en Santiago un movimiento encabezado por el licenciado Rafael Estrella Ureña y otros políticos, con el respaldo del general Rafael Trujillo, encaminado al derrocamiento del Presidente Horacio Vásquez. 1933. Es inhumado en la capilla de Los Inmortales, de la Catedral de Santo Domingo, el cadáver del licenciado Francisco J. Peynado, autor del plan de desocupación norteamericana, fallecido días antes en Francia. 1944. Es inaugurado el Hipódromo Perla Antillana en la conmemoración del centenario de la Independencia. Obra a cargo de los ingenieros Alfredo González, Bienvenido Martínez Brea, José A. Caro y Guillermo González por órdenes del tirano Rafael Trujillo Molina, con un presupuesto de RD$5.0 millones. 1963. El Partido Vanguardia Revolucionaria Dominicana, (VRD), presidida por de Horacio Julio Ornes, decide no participar en el gobierno del profesor Juan Bosch. 1993. La Junta Central Electoral anula la inscripción para el nuevo registro electoral expedido a favor del Presidente Joaquín Balaguer, debido a que el mandatario violó el artículo 7 de la Ley Electoral, al delegar su cedulación al ayudante presidencial Aníbal Páez. 2006. Es inaugurado el Aeropuerto Internacional La Isabela, para reemplazar la terminal de que funcionaba eb en el sector capitalino de Herrera, cuyo primer vuelo que aterrizó fue de un avión propiedad de la empresa Caribair, procedente de Port-au-Prince, Haití. 2020. Cientos de manifestantes participan una protesta en "defensa de la Constitución" convocada por 14 partidos de la oposición, una semana después de la suspensión de las elecciones municipales. 2021. Aunque con retraso, llega al país desde China el primer gran lote de vacunas contra el Covid-10, con 768,000 unidades del suero Sinovac, adquiridos por el Gobierno dominicano para ser aplicadas dentro del Plan Nacional de Vacunación -Luego del Ministerio Público allanar la sede del organismo, el presidente de la Cámara de Cuentas, Hugo Álvarez, afirma que las acusaciones hechas en contra de los miembros del organismo deben ser probadas y hasta el momento no se han presentado indicios de las mismas. Internacionales: 451. Se inicia la batalla de los campos Catalúnicos, en la que la tropa al mando de Atila fue derrotada por los españoles, muriendo alrededor de 162,000 hombres. 1526. Muere en Puebla de Montalbán, Diego Colón, Virrey de la Colonia Española de Santo Domingo. 1535. El obispo Tomás de Berlanga descubre las Islas Galápagos. 1796. Napoleón es nombrado general en Jefe del Ejército de Italia. 1904. Japón y Corea firman un tratado de alianza por el que Corea se convierte en protectorado del imperio nipón. 1936. Es asesinado en San Juan, Puerto Rico el jefe de la policía, coronel Francis Riggs, acción atribuida a los jóvenes nacionalistas Hiram Rosado y Elías Beauchamp, los que fueron arrestados y fusilados. 1970. Guyana pone fin a su asociación con Gran Bretaña. 1977. Luego ser acusado de reci­bir dinero de la CÍA, el presidente venezolano Carlos Andrés Pérez retira su emba­jador en Washington, recibiendo al día siguiente las disculpas correspondientes de su homólogo estadounidense James Carter 1981. En España, el rey Juan Castos I interviene para frustrar un golpe de Estado encabezado por el teniente coronel Antonio Tejero Molina. 1990. Las Fuerzas Armadas toman el poder en Tailandia, arrestan al primer ministro, Chatichai Choonhaven, suspenden la Constitución y controlan el país con la ley marcial. 1994. Los países de la OEA firman la declaración de Cartagena de Indias, en la que se insta a educar a los pueblos para la democracia. 2002. Las dirigentes políticas colombianas Clara Rojas y Consuelo González son secuestradas por las Fuerzas Armadas Revolucionarias Colombianas (FARC). 2010. Es creada en, Quintana Roo, México, durante la cumbre del Grupo Río, la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC) durante la Sesión Plenaria de la Comunidad de la Cumbre de la Unidad de América Latina y el Caribe. 2013. El presidente colombiano, Juan Manuel Santos, amenaza con abandonar el diálogo con las FARC si el proceso no avanza, al tiempo de señalar que no habrá tregua como pide la guerrilla. 2015. El ex presidente de las Maldivas, Mohamed Nasheed, el primero en ser elegido democráticamente en el país, es citado por la corte bajo leyes antiterroristas, para juzgarlo por arrestar un juez durante su mandato de tres años y medio. 2019. Cargamentos de ayuda humanitaria para Venezuela, gestionados por el líder opositor Juan Guaidó, son replegados ante el férreo bloqueo impuesto militares, en medio de disturbios que dejan al menos dos muertos y decenas de heridos en las fronteras venezolanas con Colombia y Brasil. 2021. En Ecuador, varios amotinamientos simultáneos en distintas cárceles de del país, causan al menos 62 muertos, en incidentes registrados en las provincias de Guayas, Cotopaxi y Azuay. 2025. El presidente ucraniano, Volodímir Zelenski, se muestra dispuesto a renunciar a su cargo si a cambio se le ofrece a Ucrania la entrada en la OTAN, al ser preguntado en una rueda de prensa celebrada en Kiev por las demandas del presidente de EEUU, Donald Trump, de que convoque elecciones. - Un oficial keniano de la Fuerza Multinacional de Apoyo a la Seguridad en Haití (MSS) muere a consecuencia de las heridas de bala recibidas durante una operación conjunta con la Policía Nacional contra las bandas armadas, en Pont Sonde, municipio de Saint-Marc, en el departamento de Artibonite.

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miércoles, 14 de agosto de 2019

Fallo del TC impacta en elección de alcaldes y resolución de JCE

Wanda Méndez
Santo Domingo, RD
El fallo del Tribunal Constitucional que eliminó la disposición sobre el arrastre de los diputados a senadores contenida en la Ley 157-13, que instituye el sistema de voto preferencial, impactará la elección de los alcaldes,  pues sus efectos invalidan aspectos de la nueva ley de régimen electoral, y de la resolución de la Junta Central Electoral (JCE) sobre el arrastre en el ámbito congresual y municipal, que también han sido impugnadas ante la corte constitucional.  

En virtud de su propio precedente, que es vinculante, el TC tendría que declarar nulas las disposiciones de la Ley 15-19, sobre régimen electoral, que contemplan el voto de arrastre, y de la resolución de la JCE,  que lo estableció  para senadores en seis demarcaciones.  
Debido a que las declaratorias de inconstitucionalidad no son automáticas, el TC tendrá que pronunciarse en el mismo sentido que lo hizo con el fallo que eliminó el texto de la ley que instaura el voto preferencial, cuando conozca  las cuatro acciones directas de inconstitucionalidad que ha dejado en estado de fallo, sometidas en contra de la resolución 8/2019, de la Junta Central Electoral (JCE), que establece el voto de arrastre en seis demarcaciones, y de otras instancias en contra de la ley de régimen electoral, en las que se apoyó la JCE para aprobar el arrastre.
El Tribunal Constitucional dispuso la nulidad del párrafo del artículo 2 de la ley la Ley 157-13, que establece:  “Cuando el elector decide marcar la fotografía del candidato o la candidata a diputado de su preferencia, está favoreciendo con su voto al Partido de éste y por ende al candidato a senador de la misma organización política”.  
La ley de régimen electoral incluye una disposición similar a la anulada por el TC, que podría correr la misma suerte, porque dispone, en el artículo 104, párrafo IV, que a los candidatos a senadores se les computarán los votos obtenidos por el partido en la provincia, y en el caso de los alcaldes, los votos obtenidos en todo el municipio.  
Los cuatro niveles de elección
Ahora, la Junta también tendría que ajustarse al artículo 92 de la ley electoral, que define 4 niveles de elección, separando la elección de los senadores de los diputados para que los votantes tengan la opción de escoger a los candidatos de su preferencia en ambos niveles.
La ley electoral contempla, en el artículo 92,  los niveles de elección presidencial, senatorial, de diputaciones, municipal.
En el segundo párrafo del artículo primero de la resolución 8/2019, la JCE estableció: “Excepcionalmente y con la finalidad de cumplir con lo dispuesto por el Párrafo IV del Artículo 104 de la Ley No. 15-19, únicamente en el Distrito Nacional, y aquellas provincias que estén divididas en circunscripciones electorales para la elección de diputados y diputadas por circunscripción territorial, se les computarán todos 1os votos obtenidos por el partido en la provincia a 1os candidatos a senadores”.  Esto abarcó el Distrito Nacional, La Vega, Puerto Plata, San Cristóbal,  Santiago y Santo Domingo.
No solo la resolución de la JCE fue impugnada ante el TC, sino también los artículos 92 y 104 de la ley 15-19 de régimen electoral, cuyas acciones directas de inconstitucionalidad están pendientes de fallo.  
De todas formas, hay que esperar el criterio que ha fijado el Tribunal Constitucional para conocer más a fondo los alcances de la decisión, pues lo publicado el lunes en la tarde fue solamente el dispositivo, que no contiene las motivaciones. No se trató de una decisión a unanimidad, pues en el comunicado se hace constar que contiene votos particulares.  
En la decisión dada en dispositivo el pasado lunes, 12 de agosto, el TC rechazó anular los artículos 1, 2, 3 y 4 de la Ley 157-13, que contemplan el voto preferencial para la elección de diputados, regidores y vocales en los distritos municipales, declarándolos conforme con la Constitución.
En virtud de ese fallo, los senadores, alcaldes, y  directores de Distritos Municipales tendrán que ser elegidos directamente, con los votos que saquen en sus respectivas demarcaciones, sin que se les sumen los votos de arrastre de los candidatos a diputados, regidores, y vocales.
DATO
LEY
Voto preferencial.
 En el primer párrafo del artículo 1 de la Ley 157- 13 se explica que el voto preferencial “es aquel que se realiza por medio de listas cerradas y desbloqueadas, lo que permite que el elector escoja el candidato o la candidata de su preferencia sin importar la posición que tenga en la lista propuesta por el partido político”. La ley aplazó el voto preferencial de regidores para los comicios de 2020.

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