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Se reúnen en el Edificio de San Nicolás los presidentes Ulises Heureaux de República Dominicana y el General Tyresisa Simón San de Haití, en busca de una solución final al contenido fronterizo. 1962. Los presidentes de los partidos Unión Cívica Nacional y Revolucionario Social Cristiano, Viriato Fiallo y Alfonso Moreno Martínez, rechazan se confiera el rango de general a Luis Amiama Tió y Antonio Imbert Barreras, únicos sobrevivientes del ajusticiamiento del dictador Rafael Trujillo. 2005. El cantautor Juan Luis Guerra se convierte en el primer artista dominicano que logra llenar el Madison Square Garden, de la ciudad de Nueva York, cuando ofrece un concierto conmemorativo a sus 20 años en la música. 2015. El Senado aprueba con el voto absoluto y en segunda lectura el proyecto que convoca la Asamblea Nacional Revisora de la Constitución, para restablecer la reelección presidencial. -El papa Francisco pide a los obispos dominicanos prestar atención particular a los inmigrantes provenientes de Haití, al recibirlos en la visita "Ad Limina", la que cada obispo efectúa cada cinco años para dar cuenta del estado de su diócesis. - La Dirección General de Minería pone fin al contrato con la empresa Dovemco para la extracción de bauxita en la mina Las Mercedes de Pedernales, para dar paso a un proyecto turístico, cuya vigencia será efectiva a partir de los 30 días de la notificación. 2018. Mediante el decreto 202-18, el presidente Danilo Medina establece que cada 27 de junio se celebre el Día de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), encargando al Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES, "realizar las actividades conmemorativas a la fecha". 2024. La diputada oficialista Rosa Amalia Pilarte, es condena de manera unánime a cinco años de cárcel por la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), al ser encontrada culpable de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, pena que deberá cumplir en la cárcel de Rafey Mujeres, así como al pago de una multa de 200 salarios mínimos del sector público. 2025. Fallece a la edad de 72 años el académico Julio Sánchez Mariñez, quien desempeñaba la función de rector del Instituto Tecnológico de Santo Domingo (Intec). Internacionales 1358. Campesinos de la región de Beauvezer producen una violenta insurrección campesina en el Norte de Francia. 1830: El Rey Fernando VII crea en Sevilla una Escuela de Tauromaquia (preparación de toreros), única oficial de este tipo en el Mundo. 1876 - Colombia le otorga a Antonio Gogorza y al general Etienne Turr una concesión para construir un canal por Panamá. 1901. Es aprobada la controversial Enmienda Platt, mediante la cual Estados Unidos reconoce la independencia de Cuba. 1940: Bélgica Capitula ante Alemania. 1944: En Ecuador, se produce el levantamiento militar conocido como "La Gloriosa", que depone al presidente Carlos A. Arroyo del Río, que permite posteriormente el ascenso al poder del general José Velazco Ibarra. 1993. La ONU acepta como nuevo miembro del organismo a la República de Eritrea. 2006. El presidente de Colombia, Álvaro Uribe, es reelegido como mandatario de su país en las elecciones celebradas ese día, al obtener poco más de 62% de los votos, evitando así una segunda vuelta electoral. 2007. El ministro de agricultura japonés, Toshikatsu Matsuoka, de 62 años, se suicidó ahorcándose horas antes de que debía enfrentar en el parlamento cuestionamientos en relación con un escándalo político. - La estación de TV más antigua de Venezuela, RCTV (Radio Caracas Televisión), cesa su transmisión al no ser renovada su concesión por el gobierno. 2010. La guerrilla maoísta se atribuye el atentado contra el sistema de tren en India, que causó la muerte a 146 personas. 2013. Es detenido en Madrid Arthur Budovsky, máximo responsable de Liberty Reserve, plataforma financiera del cibercrimen, para blanquear más de US$6.000 millones, mediante más de 55 millones de transacciones ilegales en todo el mundo. 2014. El presidente de Estados Unidos, Barack Obama, asegura que el terrorismo "continúa siendo la mayor amenaza" para el país y anuncia la creación de un fondo de cooperación antiterrorista de 5.000 millones de dólares. - El expresidente de Ecuador Jamil Mahuad es condenado a 12 años de prisión por el delito de peculado o malversación de fondos públicos. 2018. El presidente de Paraguay, Horacio Cartes, presenta su renuncia al cargo, con miras a asumir como senador el 1 de julio, tras ganar un escaño en las elecciones del 22 de abril, y no caer en la duplicidad de funciones, acción que debe ser aprobada o rechazada en sesión extraordinaria de ambas Cámaras del Congreso. 2020. El gobernador de Minnesota, Tim Walz, declara el estado de emergencia, desplegando la Guardia Nacional en medio de los disturbios en Minneapolis y St. Paul causados por la muerte del afroamericano George Floyd, estando bajo custodia policial días antes, cuyo deceso ha provocado indignación nacional. 2025. Un grupo armado, alegadamente perteneciente a una de las bandas que controla gran parte de Haití, se apodera del puesto aduanero de Malpasse, comuna próxima a la localidad dominicana de Jimaní, según reportan medios de prensa del vecino país.

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miércoles, 14 de agosto de 2019

Fallo del TC impacta en elección de alcaldes y resolución de JCE

Wanda Méndez
Santo Domingo, RD
El fallo del Tribunal Constitucional que eliminó la disposición sobre el arrastre de los diputados a senadores contenida en la Ley 157-13, que instituye el sistema de voto preferencial, impactará la elección de los alcaldes,  pues sus efectos invalidan aspectos de la nueva ley de régimen electoral, y de la resolución de la Junta Central Electoral (JCE) sobre el arrastre en el ámbito congresual y municipal, que también han sido impugnadas ante la corte constitucional.  

En virtud de su propio precedente, que es vinculante, el TC tendría que declarar nulas las disposiciones de la Ley 15-19, sobre régimen electoral, que contemplan el voto de arrastre, y de la resolución de la JCE,  que lo estableció  para senadores en seis demarcaciones.  
Debido a que las declaratorias de inconstitucionalidad no son automáticas, el TC tendrá que pronunciarse en el mismo sentido que lo hizo con el fallo que eliminó el texto de la ley que instaura el voto preferencial, cuando conozca  las cuatro acciones directas de inconstitucionalidad que ha dejado en estado de fallo, sometidas en contra de la resolución 8/2019, de la Junta Central Electoral (JCE), que establece el voto de arrastre en seis demarcaciones, y de otras instancias en contra de la ley de régimen electoral, en las que se apoyó la JCE para aprobar el arrastre.
El Tribunal Constitucional dispuso la nulidad del párrafo del artículo 2 de la ley la Ley 157-13, que establece:  “Cuando el elector decide marcar la fotografía del candidato o la candidata a diputado de su preferencia, está favoreciendo con su voto al Partido de éste y por ende al candidato a senador de la misma organización política”.  
La ley de régimen electoral incluye una disposición similar a la anulada por el TC, que podría correr la misma suerte, porque dispone, en el artículo 104, párrafo IV, que a los candidatos a senadores se les computarán los votos obtenidos por el partido en la provincia, y en el caso de los alcaldes, los votos obtenidos en todo el municipio.  
Los cuatro niveles de elección
Ahora, la Junta también tendría que ajustarse al artículo 92 de la ley electoral, que define 4 niveles de elección, separando la elección de los senadores de los diputados para que los votantes tengan la opción de escoger a los candidatos de su preferencia en ambos niveles.
La ley electoral contempla, en el artículo 92,  los niveles de elección presidencial, senatorial, de diputaciones, municipal.
En el segundo párrafo del artículo primero de la resolución 8/2019, la JCE estableció: “Excepcionalmente y con la finalidad de cumplir con lo dispuesto por el Párrafo IV del Artículo 104 de la Ley No. 15-19, únicamente en el Distrito Nacional, y aquellas provincias que estén divididas en circunscripciones electorales para la elección de diputados y diputadas por circunscripción territorial, se les computarán todos 1os votos obtenidos por el partido en la provincia a 1os candidatos a senadores”.  Esto abarcó el Distrito Nacional, La Vega, Puerto Plata, San Cristóbal,  Santiago y Santo Domingo.
No solo la resolución de la JCE fue impugnada ante el TC, sino también los artículos 92 y 104 de la ley 15-19 de régimen electoral, cuyas acciones directas de inconstitucionalidad están pendientes de fallo.  
De todas formas, hay que esperar el criterio que ha fijado el Tribunal Constitucional para conocer más a fondo los alcances de la decisión, pues lo publicado el lunes en la tarde fue solamente el dispositivo, que no contiene las motivaciones. No se trató de una decisión a unanimidad, pues en el comunicado se hace constar que contiene votos particulares.  
En la decisión dada en dispositivo el pasado lunes, 12 de agosto, el TC rechazó anular los artículos 1, 2, 3 y 4 de la Ley 157-13, que contemplan el voto preferencial para la elección de diputados, regidores y vocales en los distritos municipales, declarándolos conforme con la Constitución.
En virtud de ese fallo, los senadores, alcaldes, y  directores de Distritos Municipales tendrán que ser elegidos directamente, con los votos que saquen en sus respectivas demarcaciones, sin que se les sumen los votos de arrastre de los candidatos a diputados, regidores, y vocales.
DATO
LEY
Voto preferencial.
 En el primer párrafo del artículo 1 de la Ley 157- 13 se explica que el voto preferencial “es aquel que se realiza por medio de listas cerradas y desbloqueadas, lo que permite que el elector escoja el candidato o la candidata de su preferencia sin importar la posición que tenga en la lista propuesta por el partido político”. La ley aplazó el voto preferencial de regidores para los comicios de 2020.

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