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54Grado.com : Hoy es Domingo 3 de mayo del 2026 . Faltan 242 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1240 en el pueblo de Écija (Sevilla) las tropas cristianas vencen a los musulmanes. 1283 en el combate naval de Malta, la escuadra aragonesa de Roger de Lauria derrota a la francesa. 1487 en el pueblo de Vélez (Málaga) —que se rindió el 27 de abril— entra triunfal el rey Fernando el Católico. 1493 en la isla de San Miguel de La Palma (Canarias) se funda su capital, Santa Cruz de La Palma. 1493 en Roma, el papa Alejandro VI emite una bula que delimita la zona de descubrimientos de España y Portugal. 1494 se funda la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, capital de la isla de Tenerife, España. 1523 en la costa del mar Caribe, Cristóbal de Olid desembarca en lo que hoy es Honduras y toma posesión de ese territorio en nombre del rey de España. 1720 en Suecia, Federico de Hesse es coronado rey. 1787 Carlos III autoriza la creación, en Cusco, de una audiencia pretorial para administrar mejor el territorio. 1791 en Polonia se aprueba la primera Constitución del país; es la segunda Carta Magna moderna en el mundo para los chongos(después de la de EE. UU.). 1808 Durante la Guerra de Finlandia, la fortaleza de Suomenlinna, que estaba en manos de Suecia, se rindió a Rusia, facilitando la ocupación de Finlandia por las fuerzas rusas en 1809. 1808 Los rebeldes de Madrid que se levantaron el 2 de mayo son ejecutados cerca de la montaña del Príncipe Pío. Este acontecimiento dio origen al famoso cuadro de Goya. 1814 el gobierno chileno y el ejército realista de Gabino Gaínza firman el Tratado de Lircay, mediante el cual se produce un breve cese de las hostilidades. Un factor determinante fue la posterior evolución que asumió la Guerra de Emancipación de Chile. 1844 en Madrid, el general Ramón María Narváez ocupa por primera vez la presidencia del Gobierno español, con lo que se inicia la Década moderada. 1865 un Real Decreto deroga la anexión a España de Santo Domingo. 1902 en Argentina, un decreto presidencial da carácter oficial de fundación al asentamiento patagónico que lleva el nombre de San Carlos de Bariloche. 1909 en Berlín, el científico polaco Paul Ehrlich anuncia el éxito de su medicamento contra la sífilis. 1914 en Rusia, los diputados socialdemócratas son expulsados de la Duma. 1919 las tropas francesas abandonan Ucrania. 1919 primer vuelo de pasajeros en América (Nueva York-Atlantic City). 1922 el ministro del Interior prusiano anuncia la confiscación de los panfletos antisemitas, cada vez más abundantes. 1923 en EE. UU. se realiza el primer vuelo en avión sin escalas cruzando el país de costa a costa. 1924 en Barcelona se descubre una fábrica de moneda falsa. 1926 en Gran Bretaña comienza la gran huelga convocada por el Trade Union Congress. 1929 en México, un huracán interrumpe la línea férrea entre Tampico y Veracruz. 1930 en Madrid, el torero Cayetano Ordóñez (Niño de la Palma) sufre un grave cogida. 1931 en Portugal, el Gobierno sofoca la revolución promovida en la isla de Madeira por los deportados políticos. 1932 durante la primera mitad de 1931 se registraron en España 1210 suicidios. 1933 en Irlanda se aprueba una ley que deroga el juramento de fidelidad a la Corona inglesa. 1937 en Barcelona estalla una revolución anarquista y comunista que durará cinco días. La represión gubernamental causará 400 muertos y 1000 heridos. 1938 en España se restablece la Compañía de Jesús. 1942 en Colombia, Alfonso López Pumarejo es elegido presidente. 1942 los nazis alemanes reciben refuerzos para luchar contra los partisanos en Yugoslavia. 1945 los aliados ocupan Rangún. 1946 el general Douglas MacArthur prohíbe al presidente de los liberales japoneses, Ichirō Hatoyama, que acepte el mandato parlamentario obtenido. 1947 Japón se transforma en una monarquía constitucional. 1948 El dramaturgo estadounidense Tennesse Williams obtiene el Premio Pulitzer por su obra teatral Un tranvía llamado Deseo. 1948 en el Primer Gran Premio de la Peña Motorista Barcelona, los únicos pilotos españoles ganadores son Soler, Bultó y Cabestany. 1949 EE. UU. lanza el primer cohete sonda, el Viking, que se eleva a 80.000 metros de altura. 1950 en el sitio de pruebas atómicas en Semipalatinsk (Kazajistán) la Unión Soviética falla al detonar su segunda bomba atómica (que hubiera sido la novena de la Historia humana). 1952 en Chile, el Gobierno denuncia el acuerdo con Estados Unidos sobre el cobre. 1965 Camboya rompe relaciones diplomáticas con Estados Unidos. 1965 primera transmisión de TV por satélite. 1966 en Londres (RU), el periódico The Times inicia la publicación de noticias en primera plana, en lugar de los habituales pequeños anuncios.

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martes, 2 de julio de 2019

Leonel ve sería “incongruencia” reformar la Constitución sin dotarla de estabilidad

SANTO DOMINGO.- El ex presidente de la República Dominicana, Leonel Fernández, advirtió este lunes que “sería una incongruencia que se procediese a una nueva reforma constitucional que eliminase el transitorio al artículo 124” de la Constitución, sin cumplir con la necesidad, reconocida por todos, de dotar de mayor permanencia y estabilidad.

Indicó que establecer un tercer periodo presidencial consecutivo mediante una nueva reforma, sería asimismo “una modalidad desconocida” en nuestra historia constitucional, que dejaría en la incertidumbre el funcionamiento de la democracia.
A su juicio, tiende “a producir vértigo” el hecho de que durante un cuarto de siglo, la Constitución dominicana “haya  estado sometida a una situación de inestabilidad crónica, que la hace aparentar como una especie de columpio que se mueve hacia arriba con dos periodos presidenciales consecutivos; y hacia abajo, con periodos presidenciales no consecutivos”.
Fernández, quien fuera presidente en tres períodos (1996-2000, 2004-2008 y 2008-2012), emite estos criterios en  un artículo titulado “El debate sobre la reforma constitucional” que publicó en el periódico Vanguardia de Pueblo, órgano oficial del PLD.
El artículo
El texto del artículo es el siguiente:
“Para algunos, las discrepancias que prevalecen en las filas del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), no son más que expresiones de una lucha de poder. Para otros, conflictos entre distintas corrientes o facciones partidarias; y hay quienes no dejan de sostener que se refiere, simplemente, a una pugna de egos o mera rivalidad entre sus líderes.
Nada de eso es cierto. Para empezar, las llamadas tensiones políticas no son exclusivamente del PLD. Son, en realidad, de toda la sociedad dominicana; y esto así, en razón de que lo que constituye la esencia de las divergencias está en relación con los valores y principios contenidos en la Constitución de la República.
En el debate actual, lo que se plantea es una segunda reforma, en cuatro años, de la Carta Sustantiva de la nación para hacer posible un tercer periodo presidencial consecutivo.
En el 2015 se hizo una reforma a la Constitución con el propósito de modificar el modelo de mandato presidencial previsto en el texto constitucional aprobado en el 2010.
AHORA, SIN EMBARGO, EN EL DEBATE ACTUAL, LA NOVEDAD CONSISTIRÍA EN ESTABLECER UN TERCER PERIODO CONSECUTIVO.
Ese mandato presidencial, previsto en el 2010, establecía que el Presidente de la República sería electo por un periodo de cuatro años, no pudiendo postularse para un segundo periodo consecutivo.
Inicialmente, ese concepto se planteó en la reforma constitucional del 1994, luego de la crisis post electoral, entre el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), que dejaba sin efecto el modelo de reelección presidencial indefinida, prevista en la Constitución de 1966.
La reforma de 1994 fue modificada, a su vez, en el 2002, durante el gobierno del PRD, para hacer posible dos periodos presidenciales consecutivos y nunca más.
Así, de esa manera, durante los últimos 25 años, en la República Dominicana, por medio de tres reformas constitucionales, se han adoptado dos modalidades de mandato presidencial. El primero de ellos, en 1994, basado en la no reelección consecutiva. Este, abolido en el 2002, para hacer posible dos periodos consecutivos. Luego, modificado en el 2010 para volver al sistema de 1994; y posteriormente, sustituido, a su vez, en el 2015, para restablecer el mecanismo del 2002.
Todo eso, por supuesto, tiende a producir vértigo. Durante un cuarto de siglo, la Constitución dominicana ha estado sometida a una situación de inestabilidad crónica, que la hace aparentar como una especie de columpio que se mueve hacia arriba con dos periodos presidenciales consecutivos; y hacia abajo, con periodos presidenciales no consecutivos.
Ahora, sin embargo, en el debate actual, la novedad consistiría en establecer un tercer periodo consecutivo, una modalidad desconocida en nuestra historia constitucional, que dejaría en la incertidumbre el funcionamiento del modelo a futuro.
El Tercer Periodo
En virtud del decreto 410-01, del 21 de marzo de 2001, el entonces Presidente de la República creó una comisión especial, bajo la coordinación de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM) a los fines de proponer, luego de un amplio consenso, las modificaciones que deberían introducirse a nuestra Carta Sustantiva.
Así se procedió. Esa comisión especial hizo entrega de su trabajo, mediante un informe, fechado 13 de agosto de 2001, que contemplaba una reforma integral de la Constitución de la República.
En el artículo 58 de la misma se preveía que el presidente sería elegido por un periodo de cuatro años, no pudiendo ser electo para el periodo constitucional siguiente.
En vista de su desacuerdo con el modelo de periodo presidencial esbozado en el informe, el entonces primer mandatario de la nación, en forma atropellante y escandalosa, impuso una reforma a nuestra Carta Magna con la única finalidad de garantizar su continuación en el poder, que establecía dos periodos consecutivos y nunca más.
Eso quedó enmendado en la reforma integral que se hizo a la Constitución de la República en el 2010. En la misma, como hemos dicho, se volvió al modelo de 1994, de periodos presidenciales no consecutivos. Esto así, a petición de nuestro interlocutor en dicha reforma, el presidente del opositor Partido Revolucionario Dominicano (PRD).
En el 2015 se retornó al modelo del 2002, de dos periodos presidenciales consecutivos y nunca más. En esa última ocasión, al artículo 124 de la Constitución de la República, que es el que consigna los dos periodos consecutivos, se le añadió un transitorio, que dice así: “En el caso de que el presidente de la República correspondiente al periodo constitucional 2012-2016, sea candidato al mismo cargo para el periodo 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente periodo y a ningún otro periodo ni a la Vicepresidencia de la República.” Ese artículo transitorio es el que cierra las puertas para un tercer periodo presidencial consecutivo, y el cual se aspira, en estos momentos, reformar. Esto así, a pesar de no contar con el apoyo de la mayoría de la población (en distintas encuestas, 7 de cada 10 dominicanos se opone a la misma), de las distintas fuerzas políticas y sin consultar a los distintos sectores de la sociedad civil.
Para garantizar la unidad del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), en el 2015 se suscribió un acuerdo o pacto entre los miembros del Comité Político del partido fundado por el profesor Juan Bosch.
Ese pacto, hizo posible la votación unánime del bloque parlamentario peledeista en favor de la reforma constitucional de ese año; y por consiguiente, la reelección del Presidente de la República para un segundo periodo consecutivo.
La necesidad del consenso
En el ordinal segundo del referido pacto suscrito por los miembros del Comité Político del PLD, se estipula lo que sigue: “Se acuerda respaldar e iniciar oportunamente a través de la representación legislativa de nuestro Partido, una modificación de los artículos 270, 271 y 272 de la Constitución de la República a los fines de fortalecer y hacer más calificados los porcentajes requeridos para la reforma de la misma a futuro.” Ese acuerdo del Comité Político del PLD fue de singular importancia. Quería indicar que aunque se procedió en el 2015 a modificar nuestra Carta Magna, hacia el futuro se quería contar con unos denominados “candados” a la Constitución, que consistirían en establecer una superior mayoría calificada para una reforma a nuestra ley de leyes.
Esa parte del acuerdo del Comité Político del PLD aún no se ha cumplido; y sería, por consiguiente, una incongruencia que se procediese a una nueva reforma constitucional que eliminase el transitorio al artículo 124, y no se cumpliese con la necesidad, reconocida por todos, de dotar de mayor permanencia y estabilidad a nuestra Carta Magna. Al referirse, precisamente, acerca de los límites de los mandatos presidenciales, el secretario general de las Naciones Unidas, António Guterres, en un informe al organismo sobre elecciones y democracia, ha sostenido: “En determinadas circunstancias la modificación de los límites de la duración del mandato (presidencial) puede socavar la confianza necesaria para que el sistema político funcione bien. La posibilidad de que la modificación de un marco jurídico socave la confianza es mayor cuando…se realiza poco antes de las elecciones o si el proceso no se basa en un consenso nacional amplio.” Por su parte, al referirse a este tema, la Comisión de Venecia lo hace con claridad meridiana, al señalar: “Un amplio consenso…es crucial para mantener una democracia fuerte y la confianza en las instituciones y los procesos electorales.” Así es. El consenso es imprescindible.

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