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Atraído por los precios del azúcar el dictador incursiona en el negocio, al dejar en servicio el ingenio Río Haina, localizado en la comunidad de Haina, de su provincia natal San Cristóbal. 1954. El presidente, generalísimo Héctor Bienvenido Trujillo Molina promulga la Ley 4027, sobre Exoneraciones de Impuestos, contribuciones o derechos fiscales y municipales a personas o empresas. 1970. Organismos de seguridad del Estado apresan al dirigente izquierdista Maximiliano Gómez (El Moreno), máximo líder del Movimiento Popular Dominicano (MPD), estremeciendo su estructura organizativa y la política de golpe de Estado. 1997. El Banco Santa Cruz es autorizado a operar como banco de servicios múltiples, aunque inicia sus operaciones como tal el 1ro de noviembre de este año. 2005. La Procuraduría General de la República apodera la Suprema Corte de Justicia de la solicitud de extradición a Estados Unidos del ex capitán Quirino Ernesto Castillo Paulino, acusado de encabezar una banda de narcotraficantes. 2006. Un grupo de 69 haitianos indocumentados cruzan en una furgoneta a la República Dominicana, la cual se accidenta provocando la muerte a 24 estos extranjeros. 2008. El PLD emplaza al candidato presidencial del PRD, Miguel Vargas a explicar la forma en que, siendo secretario de Obras Públicas, adquirió por un millón de pesos, 577,000 metros cuadrados en un área protegida de Samaná, los que habría vendido al Estado en US$12 millones. 2013. La Comisión Nacional de Disciplina del PRD expulsa de manera definitiva al ex presidente Hipólito Mejía y Andrés Bautista García, presidente en funciones, suspendiendo además por dos años a Orlando Jorge Mera y Geanilda Vásquez, secretario general y de Organización, respectivamente. 2015. Estados Unidos incluye la República Dominicana para otorgar a sus ciudadanos visas H-2A y H-2B para labores agrícolas y empleos temporales en otras áreas. 2016. El presidente Danilo Medina declara su interés de que las elecciones del 15 de mayo sean transparentes, en respuesta a unas declaraciones del embajador de Estados Unidos en el país, James W. Brewster, en el sentido de esperar que esos comicios "sean limpios". 2021. El presidente Luis Abinader emite el decreto 8-21, mediante el cual dispone el traslado de los restos mortales del Héroe Nacional Gregorio Urbano Gilbert al Panteón de la Patria. Internacionales: 1514. Una orden real autoriza el matrimonio de españoles con nativas del Nuevo Mundo. 1526. Es firmado el Tratado de Madrid, entre Francisco I de Francia y Carlos I de España, tras la batalla de Pavía. 1698. Manuel de Prado y Maldonado, es nombrado gobernador del Río de la Plata, tras llegar de un viaje accidentado durante el cual varios ocuparon de manera interinatos el cargo. 1784. El Congreso de la Confederación ratifica el Tratado de París con Gran Bretaña, finalizando formalmente la Guerra de Independencia de Estados Unidos. 1807. En Argentina, tropas inglesas del navío Diadema, fondeado en Montevideo, piden al virrey Rafael de Sobremonte la rendición de Buenos Aires. 1809. Inglaterra y España firman un Tratado de alianza para luchar conjuntamente contra Napoleón, cuyos Ejércitos habían invadido España. 1814. Es firmado el Tratado de Kiel, en virtud del cual el reino danés, perdedor en las Guerras Napoleónicas, cedía Noruega al reino de Suecia a cambio de los territorios suecos de la Pomerania. 1852. Una nueva Constitución entra en vigor en Francia, la que otorga poder a Carlos Luis Bonaparte. 1887. El Senado de los Estados Unidos aprueba la disolución la secta de la Iglesia de Dios de los Ultimos Días, mejor conocida como Los M. 1943. En Marruecos, los presidentes Roosevelt y Churchill deciden durante la celebración de la Conferencia de Casablanca, el desembarco en Sicilia y un plan conjunto de bombardeos al III Reich. 1959. El presidente argentino Arturo Frondizi privatiza el Frigorífico Municipal Lisandro de la Torre y sus 9000 empleados inician una huelga con barricadas y atentados con bombas. 1971. En Camerún, el gobierno de la república conmuta la pena de muerte, por cadena perpetua al obispo Albert Ndogmo, atendiendo una petición del Vaticano. 1973. El cantante estadounidense Elvis Presley realiza el primer concierto de la historia transmitido vía satélite al mundo en el llamado Aloha from Hawaii. 1979. El presidente de los Estados Unidos, Jimmy Carter, propone al Congreso declarar festivo el día del nacimiento de Martin Luther King. 2000. Un tribunal de las Naciones Unidas condena cinco croatas católicos a más de 25 años de prisión por la matanza de más de 100 musulmanes en una aldea bosnia en 1993. 2006. El Presidente electo de Bolivia, Evo Morales, pide investigar una supuesta conspiración de Estados Unidos contra su futuro gobierno, basado en una denuncia formulada por el presidente de Venezuela, Hugo Chávez. 2009. El Congreso venezolano aprueba la realización de un referéndum para modificar para permitir la reelección no sólo del Presidente y los demás cargos de elección popular. 2011. El presidente de los Estados Unidos, Barack Obama anuncia la flexibilización de las restricciones de viajes y envío de remesas a Cuba, las que entrarían en vigor dos semanas después. - En Túnez, una serie de protestas y disturbios obligan al presidente Zine El Abidine Ben Ali a dimitir y abandona el país, refugiándose en Arabia Saudita. 2013. Cuba pone fin a décadas de restricciones a sus ciudadanos para viajar al exterior. 2016. En Indonesia, se producen cinco explosiones y varias cadenas de atentados terroristas, que dejan un saldo de dos civiles y cinco terroristas muertos, así como 19 heridos. -El presidente electo de Guatemala, Jimmy Morales asume la presidencia. 2021. En un insólito mensaje emitido por parte de los siete generales y el almirante que conforman el Estado Mayor Conjunto de EEUU, consideran que la violenta protesta en Washington D.C. el 6 de enero por parte de seguidores del presidente Donald Trump, "fue un asalto directo al Congreso, al edificio del Capitolio y al proceso constitucional". -Un equipo de expertos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) encargado de investigar los orígenes del coronavirus SARS-CoV-2 llega a la ciudad centro-oriental china de Wuhan, donde se afirma inició el mortífero virus. - La República Argentina ingresa al grupo de naciones despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo.

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martes, 2 de julio de 2019

Leonel ve sería “incongruencia” reformar la Constitución sin dotarla de estabilidad

SANTO DOMINGO.- El ex presidente de la República Dominicana, Leonel Fernández, advirtió este lunes que “sería una incongruencia que se procediese a una nueva reforma constitucional que eliminase el transitorio al artículo 124” de la Constitución, sin cumplir con la necesidad, reconocida por todos, de dotar de mayor permanencia y estabilidad.

Indicó que establecer un tercer periodo presidencial consecutivo mediante una nueva reforma, sería asimismo “una modalidad desconocida” en nuestra historia constitucional, que dejaría en la incertidumbre el funcionamiento de la democracia.
A su juicio, tiende “a producir vértigo” el hecho de que durante un cuarto de siglo, la Constitución dominicana “haya  estado sometida a una situación de inestabilidad crónica, que la hace aparentar como una especie de columpio que se mueve hacia arriba con dos periodos presidenciales consecutivos; y hacia abajo, con periodos presidenciales no consecutivos”.
Fernández, quien fuera presidente en tres períodos (1996-2000, 2004-2008 y 2008-2012), emite estos criterios en  un artículo titulado “El debate sobre la reforma constitucional” que publicó en el periódico Vanguardia de Pueblo, órgano oficial del PLD.
El artículo
El texto del artículo es el siguiente:
“Para algunos, las discrepancias que prevalecen en las filas del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), no son más que expresiones de una lucha de poder. Para otros, conflictos entre distintas corrientes o facciones partidarias; y hay quienes no dejan de sostener que se refiere, simplemente, a una pugna de egos o mera rivalidad entre sus líderes.
Nada de eso es cierto. Para empezar, las llamadas tensiones políticas no son exclusivamente del PLD. Son, en realidad, de toda la sociedad dominicana; y esto así, en razón de que lo que constituye la esencia de las divergencias está en relación con los valores y principios contenidos en la Constitución de la República.
En el debate actual, lo que se plantea es una segunda reforma, en cuatro años, de la Carta Sustantiva de la nación para hacer posible un tercer periodo presidencial consecutivo.
En el 2015 se hizo una reforma a la Constitución con el propósito de modificar el modelo de mandato presidencial previsto en el texto constitucional aprobado en el 2010.
AHORA, SIN EMBARGO, EN EL DEBATE ACTUAL, LA NOVEDAD CONSISTIRÍA EN ESTABLECER UN TERCER PERIODO CONSECUTIVO.
Ese mandato presidencial, previsto en el 2010, establecía que el Presidente de la República sería electo por un periodo de cuatro años, no pudiendo postularse para un segundo periodo consecutivo.
Inicialmente, ese concepto se planteó en la reforma constitucional del 1994, luego de la crisis post electoral, entre el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), que dejaba sin efecto el modelo de reelección presidencial indefinida, prevista en la Constitución de 1966.
La reforma de 1994 fue modificada, a su vez, en el 2002, durante el gobierno del PRD, para hacer posible dos periodos presidenciales consecutivos y nunca más.
Así, de esa manera, durante los últimos 25 años, en la República Dominicana, por medio de tres reformas constitucionales, se han adoptado dos modalidades de mandato presidencial. El primero de ellos, en 1994, basado en la no reelección consecutiva. Este, abolido en el 2002, para hacer posible dos periodos consecutivos. Luego, modificado en el 2010 para volver al sistema de 1994; y posteriormente, sustituido, a su vez, en el 2015, para restablecer el mecanismo del 2002.
Todo eso, por supuesto, tiende a producir vértigo. Durante un cuarto de siglo, la Constitución dominicana ha estado sometida a una situación de inestabilidad crónica, que la hace aparentar como una especie de columpio que se mueve hacia arriba con dos periodos presidenciales consecutivos; y hacia abajo, con periodos presidenciales no consecutivos.
Ahora, sin embargo, en el debate actual, la novedad consistiría en establecer un tercer periodo consecutivo, una modalidad desconocida en nuestra historia constitucional, que dejaría en la incertidumbre el funcionamiento del modelo a futuro.
El Tercer Periodo
En virtud del decreto 410-01, del 21 de marzo de 2001, el entonces Presidente de la República creó una comisión especial, bajo la coordinación de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM) a los fines de proponer, luego de un amplio consenso, las modificaciones que deberían introducirse a nuestra Carta Sustantiva.
Así se procedió. Esa comisión especial hizo entrega de su trabajo, mediante un informe, fechado 13 de agosto de 2001, que contemplaba una reforma integral de la Constitución de la República.
En el artículo 58 de la misma se preveía que el presidente sería elegido por un periodo de cuatro años, no pudiendo ser electo para el periodo constitucional siguiente.
En vista de su desacuerdo con el modelo de periodo presidencial esbozado en el informe, el entonces primer mandatario de la nación, en forma atropellante y escandalosa, impuso una reforma a nuestra Carta Magna con la única finalidad de garantizar su continuación en el poder, que establecía dos periodos consecutivos y nunca más.
Eso quedó enmendado en la reforma integral que se hizo a la Constitución de la República en el 2010. En la misma, como hemos dicho, se volvió al modelo de 1994, de periodos presidenciales no consecutivos. Esto así, a petición de nuestro interlocutor en dicha reforma, el presidente del opositor Partido Revolucionario Dominicano (PRD).
En el 2015 se retornó al modelo del 2002, de dos periodos presidenciales consecutivos y nunca más. En esa última ocasión, al artículo 124 de la Constitución de la República, que es el que consigna los dos periodos consecutivos, se le añadió un transitorio, que dice así: “En el caso de que el presidente de la República correspondiente al periodo constitucional 2012-2016, sea candidato al mismo cargo para el periodo 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente periodo y a ningún otro periodo ni a la Vicepresidencia de la República.” Ese artículo transitorio es el que cierra las puertas para un tercer periodo presidencial consecutivo, y el cual se aspira, en estos momentos, reformar. Esto así, a pesar de no contar con el apoyo de la mayoría de la población (en distintas encuestas, 7 de cada 10 dominicanos se opone a la misma), de las distintas fuerzas políticas y sin consultar a los distintos sectores de la sociedad civil.
Para garantizar la unidad del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), en el 2015 se suscribió un acuerdo o pacto entre los miembros del Comité Político del partido fundado por el profesor Juan Bosch.
Ese pacto, hizo posible la votación unánime del bloque parlamentario peledeista en favor de la reforma constitucional de ese año; y por consiguiente, la reelección del Presidente de la República para un segundo periodo consecutivo.
La necesidad del consenso
En el ordinal segundo del referido pacto suscrito por los miembros del Comité Político del PLD, se estipula lo que sigue: “Se acuerda respaldar e iniciar oportunamente a través de la representación legislativa de nuestro Partido, una modificación de los artículos 270, 271 y 272 de la Constitución de la República a los fines de fortalecer y hacer más calificados los porcentajes requeridos para la reforma de la misma a futuro.” Ese acuerdo del Comité Político del PLD fue de singular importancia. Quería indicar que aunque se procedió en el 2015 a modificar nuestra Carta Magna, hacia el futuro se quería contar con unos denominados “candados” a la Constitución, que consistirían en establecer una superior mayoría calificada para una reforma a nuestra ley de leyes.
Esa parte del acuerdo del Comité Político del PLD aún no se ha cumplido; y sería, por consiguiente, una incongruencia que se procediese a una nueva reforma constitucional que eliminase el transitorio al artículo 124, y no se cumpliese con la necesidad, reconocida por todos, de dotar de mayor permanencia y estabilidad a nuestra Carta Magna. Al referirse, precisamente, acerca de los límites de los mandatos presidenciales, el secretario general de las Naciones Unidas, António Guterres, en un informe al organismo sobre elecciones y democracia, ha sostenido: “En determinadas circunstancias la modificación de los límites de la duración del mandato (presidencial) puede socavar la confianza necesaria para que el sistema político funcione bien. La posibilidad de que la modificación de un marco jurídico socave la confianza es mayor cuando…se realiza poco antes de las elecciones o si el proceso no se basa en un consenso nacional amplio.” Por su parte, al referirse a este tema, la Comisión de Venecia lo hace con claridad meridiana, al señalar: “Un amplio consenso…es crucial para mantener una democracia fuerte y la confianza en las instituciones y los procesos electorales.” Así es. El consenso es imprescindible.

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