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Efemérides

54Grado.com : Hoy es Domingo 7 de diciembre del 2025 . Faltan 25 días para el año 2026. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1703 entre el 5 y el 9 de diciembre («24 a 28 de noviembre» según el calendario juliano vigente en esas fechas en Europa) en las Islas británicas se produce la Gran Tormenta de 1703 ―la más violenta registrada en la Historia de la región―. Comenzó el 5 de diciembre, abarcando un área de 500 km de anchura, desde Gales, el centro y el sur de Inglaterra, el mar del Norte, los Países Bajos y el norte de Alemania. Se informaron tornados. El periodista y escritor británico Daniel Defoe (autor de Robinson Crusoe) escribió que fue «la más terrible tormenta que haya visto el mundo». Se hundieron muchos barcos de las flotas de guerra neerlandesas y británicas, con centenares de ahogados. En muchos lugares se produjeron marejadas ciclónicas. Las inundaciones generadas ahogaron a un número indeterminado de personas (entre 8000 y 15 000). 1732 en el barrio de Covent Garden (Londres) se inaugura la Royal Opera House. 1760 en Venezuela, el fraile capuchino Lucas de Zaragoza funda la localidad de Maturín. 1787 en Estados Unidos, el estado de Delaware es el primero que ratifica la constitución. 1848 en Costa Rica se funda el cantón de San José. 1895 los etíopes derrotan al ejército invasor italiano en Ambia Alagi. 1917 en Argentina se funda la ciudad de El Calafate (ciudad donde se encuentra el glaciar Perito Moreno). 1933 a 400 km al noroeste de Asunción y 60 km al norte de la frontera con Argentina, comienza el Cerco de Campo Vía, que terminará cuatro días después, en que el ejército paraguayo vencerá al ejército boliviano. 1941 en Hawái, la Marina Imperial Japonesa lanza su ataque a Pearl Harbor. 1943 en Trento (Italia), Chiara Lubich funda el Movimiento de los Focolares. 1953 dimite el jefe de gobierno israelí David Ben-Gurión. 1966 Siria pide el derribamiento del rey Hussein de Jordania. 1983 en el aeropuerto de Madrid-Barajas (Madrid), un accidente aéreo deja 93 muertos. 1987 en Lima (Perú) sucede la Tragedia aérea de Alianza Lima. 1988 en Armenia ocurre el terremoto de Spitak, que destruye varias ciudades y causa más de 70.000 muertos. 1991 la URSS firma un tratado y pasa a llamarse Rusia. 1995 la sonda atmosférica de la misión Galileo penetra en la atmósfera del planeta Júpiter. 1997 Último campeonato del equipo Cruz Azul en el fútbol mexicano. 2001 lanzamiento del satélite artificial TIMED, dedicado al estudio de las capas altas de la atmósfera. 2003 en Uruguay se realiza un referéndum de ANCAP, en el que ganará el voto positivo. 2005 en el Aeropuerto Internacional de Miami, un grupo de policías federales matan a tiros al pasajero costarricense Rigoberto Alpízar, quien dijo tener una bomba, lo que resultó no siendo cierto.

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jueves, 25 de abril de 2019

Finjus ve improcedente eventual juicio político jueces Tribunal Superior Electoral

Santo Domingo, 25 abr.- La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) manifestó hoy su oposición a un eventual juicio político a varios jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE), luego de que ese organismo decidiera, por mayoría, anular la convención del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), celebrada en diciembre de 2017.

“En lo que respecta a la decisión del TSE es preciso resaltar, en general, que el solo disenso con una decisión adoptada por un órgano jurisdiccional no es criterio suficiente para la aplicación del juicio político”, expuso Finjus en un documento firmado por su vicepresidente ejecutivo, Servio Tulio Castaños Guzmán.
En ese orden, afirmó que para ejecutar un juicio político a los jueces del TSE es necesario que exista una “evidente e indudable violación constitucional” atribuible al órgano jurisdiccional, pues de lo contrario la independencia de los jueces de las Altas Cortes podría quedar amenazada por el poder político.
Finjus aseguró que no puede “siquiera entenderse como causal de juicio político” el que un tribunal adopte una decisión contraria a un precedente constitucional porque la dinámica del control jurisdiccional en nuestro país establece un sistema de recursos ante el Tribunal Constitucional (TC) que le permite verificar el apego a los precedentes establecidos.
Además, que esto permitiría abrir la posibilidad de que en un diálogo jurisdiccional el propio TC enriquezca, corrija o modifique sus precedentes a partir de las decisiones adoptadas por otros tribunales.
“Los precedentes son un derecho dinámico que se nutre precisamente de ese diálogo horizontal entre las distintas ramas del poder jurisdiccional”, agregó Castaños.
El jurista consideró, asimismo, que lo primero es dejar sentado que en el marco de un Estado social y democrático de derecho las sentencias y demás actos de un órgano jurisdiccional, como el Tribunal Superior Electoral, deben ser acatadas, y si existiera disconformidad con esas decisiones, existen recursos que contemplan la Constitución y las leyes, para que quienes las adversan puedan recurrirlas ante las instancias correspondientes.
“Todo lo anterior es muy importante considerando que hemos entrado en el período de antesala de las elecciones de 2020, que no solo serán las más complejas en los últimos tiempos, sino que deben servir para reforzar la credibilidad y legitimidad de nuestras instituciones democráticas”, destacó el documento.
Castaños destacó, en ese sentido, que por ello es importante en la coyuntura actual que predomine el respeto a las instituciones electorales, como es el caso de la Junta Central Electoral (JCE) y el Tribunal Superior Electoral, que son las encargadas de garantizar la transparencia, la legalidad y la idoneidad de los procesos electorales.
“Advertimos una grave incongruencia lógica en el contexto actual para invocar la figura del juicio político frente a las decisiones jurisdiccionales, pues esto constituye una amenaza real a la independencia del Poder judicial y las Altas Cortes, siendo esto un pilar básico para la democracia”, expuso la entidad.
En consecuencia, lo que en principio buscó ser una garantía de la independencia judicial, juicio excepcional de destitución por razones limitadas establecido en el artículo 83.1 de la Constitución, se puede convertir en un mecanismo contrario a los más genuinos principios democráticos, agregó Castaños Guzmán.
“Finjus exhorta a los actores y fuerzas políticas involucradas en la presente coyuntura a actuar con comedimiento, mesura y pausa, limitando sus actos a lo que estrictamente ordenan y permiten la Constitución y las leyes, evitando crear situaciones que impliquen el menoscabo de la institucionalidad democrática”, destacó la entidad    .EFE

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