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54Grado.com : Hoy es viernes 25 de abril del 2025 . Faltan 250 días para el año 2026. tura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1809. El capitán general de Puerto Rico, Toribio Montes, despacha con destino a Santo Domingo un bergantín armado con catorce cañones, para secundar el movimiento a favor de España contra la dominación francesa, que dirigía Juan Sánchez Ramírez. 1843. El Padre de la Patria, Juan Pablo Duarte, dirige una reunión en la parroquia de Bayaguana, en su calidad de delegado de la Junta Popular de Santo Domingo, para escoger el Comité corresondiente a esa municipalidad. 1844. El general Juan Luis Pierrot, vencido el 30 de marzo en la ciudad de Santiago de los Caballeros, desconoce en Cabo Haitiano el gobierno del general Charles Riviere Herard y proclama la separación del Norte de Haití con el resto de su territorio. 1864. Las cuatro columnas españolas que se habían apoderado de San Cristóbal el día 21, regresan a sus cuarteles de la capital y Baní, cargando decenas de heridos y dejando muchos muertos en el camino. 1878. Muere el prócer de la Restauración y ex presidente de la República, Francisco Ulises Espaillat. 1933. Es promulgada una ley que obliga a los ciudadanos a respetar los símbolos patrios. 1937. El licenciado Joaquín Balaguer es nombrado con el decreto 1873, subsecretario de Estado de Relaciones Exteriores, en sustitución del profesor Telesforo R. Calderón. 1963. El Episcopado emite un comunicado en el que expresa su alarma por el contenido de la nueva constitución de la República "por la presencia de ideologías contrarias a Cristo, a la persona humana y a sus derechos, que siembran la agitación y el terrorismo". - En Haití, varios oficiales del ejército haitiano se asilan en la residencia del Embajador dominicano en Haití, provocando la presencia allí de militares de la vecina nación. 1965. Tropas constitucionalistas penetran sin oposición hasta el centro de la Capital, iniciándose movilizaciones populares, provocando la renuncia de los miembros del Triunvirato, siendo sustituidos por el doctor Rafael Molina Ureña. - Un grupo de militares forma el "Comando Militar Revolucionario", encabezado por los coroneles Vinicio A. Fernández Pérez, Giovanni Gutiérrez Ramírez, Francisco Alberto Caamaño Deñó y Eladio Ramírez Sánchez, entre otros. - Fuerzas conservadoras del ejército autodenominadas leales al depuesto régimen del Triunvirato, dirigidas por el general Elías Wessin y Wessin, tratan de contrarrestar el golpe de los constitucionalistas. 1984. Las autoridades informan que, como resultados de las protestas escenificadas en la capital y varias ciudades del interior, al menos 100 personas han perdido la vida, azuzadas por los aumentos de precios de varios artículos, al ser enfrentadas por tropas militares y policiales. 1991. El Cardenal Nicolás de Jesús López Rodríguez es elegido presidente del Consejo Episcopal Latinoamericano (CELAM), en su XXIII Asamblea Ordinaria celebrada en San Miguel, Argentina. 2016. El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Roberto Rosario, admite haber recibido presiones del embajador de Estados Unidos en el país, James Brewster, que incluían, el retiro de su visa de entrada al país norteamericano. 2019. La Corte Interamericana de Derechos Humanos reitera mediante resolución su competencia para conocer casos de República Dominicana relativos al derecho a la nacionalidad, en contra de una sentencia emitida por el Tribunal Constitucional dominicano en noviembre de 2014. - Autoridades dominicanas y haitianas firman una carta de entendimiento que permita eliminar la pesca ilegal, conservar los ecosistemas marítimos y aprovechar los recursos pesqueros de manera sostenible en la costa norte, específicamente en Montecristi y Tres Bahías, perteneciente a la vecina nación. 2023. El Poder Ejecutivo establece mediante el decreto 167-23, las pautas para convertir la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA) en una empresa pública, cuyo cambio de estatus se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 356 de la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana. 2024. La Oficina del Representante Comercial de EEUU, anuncia la eliminación de su Lista de Vigilancia, de la República Dominicana, tras 30 años de estar incluida, "por lograr avances significativos" en la observancia y la transparencia de la propiedad intelectual. - Luego de ocho horas de deliberaciones, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condena por decisión unánime, a 30, 20 y 15 años de prisión, a los acusados Alison de Jesús Pérez Mejía (Chiquito), Luis Brito Troncoso (Luisito) y Wesly Vincent Carmona ("El Dotolcito"), respectivamente, acusados de asesinar al joven Joshua Omar Fernández de un disparo en la cabeza. Internacionales: 1507. Se publica la obra de Gualtier Lud, "Cosmographie Introductivo" en que se propone por primera vez el nombre de América o América a las tierras descubiertas por Colón. 1534. Pedro de Alvarado termina la conquista de Guatemala. 1846. Se inicia la guerra entre México y Estados Unidos. 1898. El presidente de Estados Unidos, William McKinley, declara la guerra a España y ordena invasiones militares simultáneas a Cuba, Puerto Rico y Filipinas. 1920. El Supremo Comando Aliado asigna a Gran Bretaña el protectorado de la Mesopotamia y Palestina, y a Francia los de Siria y Líbano. 1927. Nace en el barrio de Viavélez, municipio de El Franco, Asturias, España, la escritora María del Socorro Tellado López, conocida como Corín Tellado, 1974. Se inicia en Portugal la llamada "Revolución de los claveles", en la que las Fuerzas Armadas toman el poder en un golpe de Estado incruento y cambian el régimen autoritario imperante por otro democrático. 1989. La Unión Soviética inicia la retirada parcial de sus fuerzas de Hungría. 1990. Violeta Chamorro toma posesión del poder como candidata de la coalición Unión Nacional Opositora (UNO), siendo la primera mujer presidenta del país dos meses después de derrotar al presidente sandinista Daniel Ortega en las elecciones del 25 de febrero del mismo año. 1993. Boris Yeltsin recibe un amplio respaldo a su presidencia y a su política económica y social en un referéndum celebrado en Rusia. 2007. La Cámara de Representantes aprueba un proyecto de ley que ordena iniciar la retirada de las tropas de EEUU en Irak desde octubre próximo, previendo además una asignación extraordinaria de US$124,000 millones para operaciones de tropas en ese país. - Se descubre el primer planeta extra solar más parecido a la Tierra en temperatura, tamaño y composición. 2008. En el condado de Hays, Texas, Estados Unidos, la policía detiene al gurú krisnaísta Prakashanand Sáraswati por abusar de menores en los años ochenta y noventa. 2010. El ex dictador panameño Manuel Antonio Noriega, es extraditado de Estados Unidos a Francia, para que purgue cuentas pendientes con la justicia francesa, por delito de lavado de dinero procedente del narcotráfico. 2013. Ecuador ingresa en la lista de Naciones Espaciales en el mundo, al poner en órbita su primer satélite en el espacio. - El presidente Barack Obama destaca el esfuerzo del ex mandatario republicano George W. Bush por poner al día la política migratoria de Estados Unidos, afirmando que el fracaso de su antecesor para resolver el tema abrió el camino a la reforma. 2015. En Nepal, unas 8.964 personas mueren y otras 17.868 resultan lesionados, por el terremoto de 7,8 grados en la escala abierta de Richter, el que también destruyó numerosos edificios y monumentos históricos. 2016. Fallece a la edad de 69 años de neumonía y gastroenteritis, el merenguero típico Tomás Santana de la Cruz, mejor conocido como El General Larguito. 2019. El presidente ruso, Vladímir Putin, se reúne por primera vez con el líder norcoreano Kim Jong-un, al que ofrece apoyo en su tenso pulso con Estados Unidos para la desnuclearización de la península coreana. 2020. El presidente estadounidense, Donald Trump, causa revuelo en el sector médico mundial, con su sugerencia para que los pacientes se inyecten desinfectantes para matar el patógeno covid-19. Anter la repulsa, el mandatario aclaró que se trató "de una pregunta sarcástica a los reporteros". 2022. El juez de la Corte Suprema de Manhattan, Nueva York, Arthur F. Engoron, declara en desacato al expresidente estadounidense Donald Trump, le impune una multa y entregar los documentos pedidos por la fiscalía general del estado, como parte de la investigación sobre sus transacciones financieras y las de su empresa. - El empresario sudafricano Elon Musk se convierte en el nuevo propietario de Twitter, luego de los accionistas de la red social, aceptar su oferta de compra, por valor de US$44,000 millones. 2023. El presidente de Colombia, Gustavo Petro, inaugura en Bogotá la Conferencia Internacional sobre el proceso político de Venezuela, evento en el que trazó una breve historia de la construcción democrática en América, enfatizando que la región no puede ser un espacio de sanciones, en referencia a los bloqueos impuestos por Estados Unidos a Venezuela, Cuba y Nicaragua. 2024. A escondidas y ante un público reducido, prestan juramento oficialmente en Palacio Nacional de Haití, los nueve miembros del Consejo Presidencial de Transición, integrado por Smith Agustín, Louis Gérald Gilles, Fritz Alfonso Jean, Edgard Leblanc Hijo, Laurent Saint-Cyr, Emmanuel Vertilaire, Leslie Voltaire, Régine Abraham y Frinel Joseph. - La Defensa Civil Palestina revela el descubrimiento de 10 cadáveres con las manos atadas, en fosas comunes en la Franja de Gaza, mientras otros 20 aún tenían tubos médicos conectados, por lo que sospecha haber sido enterrados vivos, incluidos niños.

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lunes, 23 de abril de 2018

Finjus aboga por más consenso en proyecto de ley sobre violencia contra las mujeres

SANTO DOMINGO. La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) considera que el Proyecto de Ley que crea el Sistema de Apoyo Integral para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres requiere de un mayor consenso entre los actores oficiales y sectores sociales vinculados, a fin de que su versión final tenga una mayor profundidad y especificidad para alcanzar la eficiencia y eficacia necesarias en la lucha contra este grave flagelo.

“Es cada día más claro que el Estado dominicano ha mostrado, en los últimos años, una gran incapacidad para contener, prevenir y minimizar los daños que provoca la violencia de género en toda la sociedad. Los niveles que ha alcanzado, tanto en víctimas mortales como en el daño agudo a las familias, especialmente a los niños, niñas y adolescentes, y el impacto negativo que este fenómeno tiene en todas las áreas sociales, ameritan que el Estado asuma el compromiso de diseñar, ejecutar y sostener políticas públicas exitosas, que respondan adecuadamente a nuestra realidad y que enfoquen el problema desde una perspectiva integral, con responsabilidad y con los recursos suficientes”, expresa Finjus en un documento enviado a los medios.
Para la institución, “este es el momento en el que las políticas a aplicar para enfrentar la violencia de género han de ser transversales y verdaderamente eficaces. Para ello, un proyecto de ley que aborde integralmente esta materia, puede significar un importante paso de avance; lo cual sumado a la creación de las capacidades operativas concretas por parte de los poderes públicos, podría traducirse en resultados positivos y distintos a los obtenidos a lo largo de la historia reciente”.
Tal como ha sido presentada, la iniciativa otorga a la Procuraduría General de la República una suerte de dirección de las acciones de prevención de estos delitos puntuales, lo que ha creado reticencia en el Ministerio de la Mujer, que considera que dicha dirección ha de ser asumida por ese organismo y no por un organismo de persecución de la criminalidad.
Sobre estas divergencias, la Finjus entiende que la violencia de género debe afrontarse desde una perspectiva dual; en primer orden, la idea de un potencial hecho punible, y, por otro lado, como el resultado de patrones socio-culturales que responden a conductas normalizadas históricamente en sociedades como la nuestra. Asimismo, que conviene revisar la iniciativa legislativa en cuanto a la factibilidad y eficacia de la centralización que pareciera ser atribuida al Ministerio Público en tanto órgano rector en la labor de diseño y formulación de las políticas públicas en contra de este flagelo”. “En ese sentido, una atención integral, que busque contrarrestar este flagelo, debe considerar la interacción entre el órgano encargado de regir la política de Estado contra la criminalidad y la entidad responsable de fomentar y lograr la equidad de género”,
A continuación el texto íntegro de la Finjus
Finjus llama a alcanzar mayores consensos en el Estado y la sociedad en proyecto de ley sobre violencia contra la mujer
La Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc. (FINJUS) considera que el Proyecto de Ley que crea el Sistema de Apoyo Integral para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres requiere de un mayor consenso entre los actores oficiales y todos los sectores sociales vinculados, a fin de que su versión final tenga una mayor profundidad y especificidad para alcanzar la eficiencia y eficacia necesarias en la lucha contra este grave flagelo.
Es cada día más claro que el Estado dominicano ha mostrado, en los últimos años, una gran incapacidad para contener, prevenir y minimizar los daños que provoca la violencia de género en toda la sociedad. Los niveles que ha alcanzado, tanto en víctimas mortales como en el daño agudo a las familias, especialmente a los niños, niñas y adolescentes, y el impacto negativo que este fenómeno tiene en todas las áreas sociales, ameritan que el Estado asuma el compromiso de diseñar, ejecutar y sostener políticas públicas exitosas, que respondan adecuadamente a nuestra realidad y que enfoquen el problema desde una perspectiva integral, con responsabilidad y con los recursos suficientes.
La mayoría de las políticas públicas que han sido implementadas en esta temática en el país en los últimos años han mostrado graves insuficiencias en el conocimiento apropiado de los operadores de sistema sobre la magnitud del problema y las causas que lo generan. Han mostrado asimismo la falta de personal especializado para la atención de las víctimas, la falta de coordinación interinstitucional en el logro de las metas y objetivos y finalmente en la dispersión de los sistemas de registro, monitoreo y seguimiento de casos y lo peor, de los enfoques en que ha sido abordada la problemática.
En ese sentido, desde FINJUS consideramos que este es el momento en el que las políticas a aplicar para enfrentar la violencia de género han de ser transversales y verdaderamente eficaces. Para ello, un proyecto de ley que aborde integralmente esta materia, puede significar un importante paso de avance; lo cual sumado a la creación de las capacidades operativas concretas por parte de los poderes públicos, podría traducirse en resultados positivos y distintos a los obtenidos a lo largo de la historia reciente.
El Proyecto de Ley que crea el Sistema de Apoyo Integral para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres, representa una iniciativa loable de cara a la gravísima problemática que constituye el auge de la comisión de este delito. En el contenido del proyecto se reflejan presupuestos interesantes como la colaboración interinstitucional, el manejo de datos estadísticos concretos y la articulación y coordinación de políticas sectoriales en el seno de las distintas instancias de los poderes públicos y el Estado a través de un sistema integral que planifique en base a ejes transversales.
Sin embargo, esta iniciativa de ley ha encontrado cierta reticencia por las competencias que atribuye, pues otorga a la Procuraduría General de la República una suerte de dirección de las acciones de prevención de estos delitos puntuales. Con relación a ello, el Ministerio de la Mujer considera que dicha dirección ha de ser asumida por ese organismo y no por un organismo de persecución de la criminalidad.
En cuanto a las divergencias planteadas, es preciso puntualizar que la violencia de género debe afrontarse desde una perspectiva dual; en primer orden, la idea de un potencial hecho punible, y, por otro lado, como el resultado de patrones socio-culturales que responden a conductas normalizadas históricamente en sociedades como la nuestra. En ese sentido, una atención integral, que busque contrarrestar este flagelo, debe considerar la interacción entre el órgano encargado de regir la política de Estado contra la criminalidad y la entidad responsable de fomentar y lograr la equidad de género.
El artículo 169 de nuestra Ley Sustantiva establece que “El Ministerio Público es el órgano del sistema de justicia responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, dirige la investigación penal y ejerce la acción pública en representación de la sociedad República Dominicana. Constitución Política. Artículo 169. Subrayado nuestro.”. De igual manera, la Ley No. 86-99, que crea la Secretaría de Estado de la Mujer (hoy Ministerio), establece en su artículo 1, que este organismo es “responsable de establecer las normas y coordinar la ejecución de políticas, planes y programas a nivel sectorial, interministerial y con la sociedad civil, dirigidos a lograr la equidad de género y el pleno ejercicio de la ciudadanía por parte de las mujeres Ley de Creación de la Secretaría de Estado de la Mujer No. 86-99. Artículo 1..”
De ambas disposiciones puede colegirse que el Ministerio Público define políticas contra la criminalidad, lo cual contiene el delito de violencia de género; mientras que el Ministerio de la Mujer coordina la ejecución de políticas y planes dirigidos a lograr la equidad de género y que la mujer pueda ejercer sus derechos ciudadanos a plenitud.
La Ley No. 133-11 Orgánica del Ministerio Público, establece en su artículo 7 el alcance y las especificidades de la formulación de la elaboración de la política criminal por parte del Ministerio Público al indicar que “(...) es el órgano responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, que está dirigida a prevenir, controlar, gestionar y perseguir los hechos punibles Ley Orgánica del Ministerio Público No. 133-11. Artículo 7. Subrayado y resaltado nuestro.” y que “(...) para garantizar su eficacia y vinculación, las políticas preventivas y de control serán articuladas bajo la responsabilidad directa del Procurador General de la República en colaboración con los otros órganos e instituciones que corresponda.
De ahí que pudiese entenderse que corresponde expresamente a la Procuraduría General de la República la función de elaborar las políticas contra la criminalidad y de articular las políticas de prevención y control que comprende con la colaboración de otros organismos involucrados en estos fenómenos.
Ahora bien, más allá de definir competencias absolutas respecto a este tema que, de entrada, obliga a la cooperación de todas las instancias del Estado a la ejecución de una planificación que surja homogeneizada tanto desde la Procuraduría como del Ministerio de la Mujer, conviene revisar la iniciativa legislativa en cuanto a la factibilidad y eficacia de la centralización que pareciera ser atribuida al Ministerio Público en tanto órgano rector en la labor de diseño y formulación de las políticas públicas en contra de este flagelo.
Es menester considerar que uno de los mayores problemas del modelo de centralización de competencias en la elaboración estratégica de iniciativas legislativas y políticas públicas, se encuentra al momento de su formulación, ya que la misma centralización no permite una debida coordinación efectiva con los distintos actores. Es por ello que entendemos que se debe apostar a la instalación de un modelo con responsabilidades articuladas que no hagan las instancias incumbentes dependientes de la voz de un órgano que, hasta por su misma naturaleza, no puede conocer las particularidades sectoriales de las demás entidades.
La distribución de funciones con una buena coordinación interinstitucional permite una mayor eficiencia a cada una de los actores, los cuales tendrán objetivos precisos y mecanismos apropiados para que cada órgano cumpla con su función, a fin de cuentas la vinculación y coordinación transversal entre órganos del Estado, resulta fundamental para lograr una eficacia mayor en la ejecución de las políticas de que se trate.
Reiteramos que, en la violencia de género inciden factores culturales, sociológicos, históricos y sociales, que rodean el contenido meramente jurídico que pudiera hacerse al respecto; a modo de ilustración, resultaría engorroso atribuir al órgano persecutor de la criminalidad el diseño de políticas especializadas para la atención de violencia de género desde las unidades de atención sanitaria. Diferente fuera que desde salud pública se diseñe un plan y/o políticas enfocadas a ese sector que sean discutidas en la mesa de trabajo del sistema de apoyo donde de manera genérica podrán valorarse los ejes transversales de prevención del crimen y de equidad de género.
La labor del Ministerio Público, dentro de ese sistema de apoyo, debe enfocarse en lograr una coordinación para aplicar las políticas correspondientes a la prevención del delito, fomentando que los demás ministerios y/o entidades asuman responsablemente lineamientos que permitan combatir las causales de la violencia contra la mujer. Entendiendo que, en materia de manejo de la criminalidad, son los encargados de indicar las estrategias que correspondan.
De su lado, el Ministerio de la Mujer, como entidad que busca lograr la equidad de género, debe estar inmersa en todas las iniciativas que afecten directa o indirectamente a las mujeres y sus familias; su rol debe materializarse desde la procura de hacer reconocer y visibilizar la transversalidad del tema de género en todas las políticas públicas del país a ser ejecutadas por los distintos ministerios e instancias gubernamentales.
En definitiva, el Estado reconoce que todo acto de violencia y discriminación contra las mujeres tiene que ser enfrentado de manera integral y multidimensional, facilitando que las mujeres se conviertan, a través de los órganos e instituciones oficiales y privados, en parte de las iniciativas que diseñen y ejecuten propuestas de soluciones a estos males.
Al haber explicado los aspectos jurídicos, sin dejar de lado la factibilidad del asunto, desde FINJUS expresamos nuestro deseo de que este proyecto legislativo recorra el camino del consenso social y, más allá de su marco formal, puedan definirse los detalles sustantivos que hacen de las normas un instrumento de operativización de políticas integrales. De este modo, podrán generarse los apoyos y la legitimidad que puedan dar al país una respuesta conjunta e institucional frente a esta grave problemática que preocupa enormemente a toda la población dominicana.
Finalmente, consideramos que como en toda sociedad democrática, es necesario que una ley de esa naturaleza sea producto del conocimiento amplio de todos los sectores involucrados, de forma que las mejores iniciativas y propuestas sean debatidas y adoptadas por los órganos correspondientes, en el marco de nuestro ordenamiento jurídico.
Solo así podremos convertir las leyes, políticas públicas y propuestas ciudadanas en herramientas de cambio en todas las áreas que lo requieren, pero de manera muy especial en el campo de la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres donde el Estado dominicano ha mostrado graves dificultades, debilidades y deficiencias. La sociedad dominicana desea que en este caso específico y en otros similares, reine la coordinación interinstitucional e intersectorial y que en los diferentes órganos del ámbito estatal predomine la inteligencia y el diálogo para articular sus respectivas competencias en una causa tan imperiosa como la erradicación de la violencia contra la mujer.

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