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54Grado.com : Hoy es jueves 25 de diciembre del 2025. Faltan 6 días para el año 2026. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1492. La nave Santa María encalla en la costa noroeste de la isla Española, quedando inservible, por lo que Cristóbal Colón dispone que sus maderas se usaron para construir un fortín con empalizada que fue llamado "Fuerte Navidad". 1843. Durante el régimen del Presidente Boyer se presenta el primer caso de una epidemia de viruela, extendiéndose con tal rapidez, que fue necesario crear un hospital de aislamiento. 1855. El general Francisco Sosa recupera la villa de Neyba de la ocupación haitiana. - El gobierno dominicano ratifica a los cónsules en Gran Bretaña y Francia como agentes de mediación de nuestra guerra con Haití. 1863. El Gobierno Provisional de la Restauración, declara al general Pedro Santana, "culpable del crimen de alta traición, enajenando a favor de la corona de Castilla, la República Dominicana, sin la libre y legal voluntad de sus pueblos". - El vicepresidente Benigno Filomeno Rojas firma un decreto que declara legítimo el gobierno provisional de José Antonio Salcedo, lo que le convirtió en el primer presidente de la Segunda República. 1864. Es asesinado en Higüey Julián Alfau hijo, ex-diputado de la constituyente de Moca en 1857. Había participado en las gestas de independencia. 1918. Nace en Francisco de Macorís la niñaMaría Cristina Camilo Rodríguez, primera locutora del país y el primer rostro femenino en la televisión criolla. Sus padres fueron Basilio Camilo Pantaleón y María Antonia Rodríguez, a la no conoció por morir cuando era muy pequeña. 1946. Nace en la ciudad de Barahona la mártir universitaria Sagrario Ercira Díaz Santiago, asesinada el 4 de abril de 1972, cuando tripas policiales invaden el campus de la Universidad Autónoma de Santo Domingo. 1965. Un grupo de oficiales y alistados de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional que respaldan el gobierno encabezado por el general Antonio Imbert Barrera, emiten un comunicado en el anuncian su decisión de combatir por todos los medios "el comunismo ateo y disolvente". 2007. Un grupo de dominicanos de ascendencia haitiana anuncia la formación de una nueva organización política para luchar por un espacio político-comunitario que le garantice una representación en las instancias de poder. 2009. Los coroneles Miguel Sánchez Martínez, director de Planificación y Operaciones de la DNCD y el jefe de Servicios del aeropuerto de La Romana, Manuel Díaz Medina, son investigados en relación a la muerte de 13 balazos -el día anterior- del ex teniente coronel José Amado González González. 2015. El Departamento de Estado de Estados Unidos señala en un comunicado que la alegada retórica de odio anti gay del cardenal Nicolás de Js. López Rodríguez, sobre el embajador estadounidense en el país, Wally Brewster, "ilustra exactamente por qué es importante para los diplomáticos LGBT ser abiertos". 2022. Fallece a la edad de 83 años, el barítono Fausto Cepeda Bobadilla, en la Plaza de la Salud, luego de luchar en contra el cáncer de próstata que padecía. Internacionales: 274. El emperador romano Aureliano dedica un templo al dios Sol Invictus en el tercer día después del solsticio de invierno para conmemorar el renacimiento del Sol. 335. El papa Julio I sugiere que el nacimiento de Jesús -de fecha desconocida- sea celebrado este día y su bautizo el 6 de enero. 354. El papa Liberio decreta este día como la fiesta del nacimiento de Jesús de Nazaret 379. En Constantinopla, Gregorio Nacianceno realiza la primera mención de un "banquete navideño". 800. El papa León III corona en la Basílica de San Pedro (Roma) a Carlomagno como el primer emperador del renacido Imperio romano occidental. 1066. Guillermo el Conquistador es coronado Rey de Inglaterra. 1758. Se confirma el regreso del Cometa Halley, como lo predijo basándose en las leyes de la mecánica de Newton. 1926. Hirohito asume como Emperador del Japón. 1941. Los japoneses ocupan Hong Kong. 1961. El Papa Juan XXIII promulga la abula que anuncia el Concilio Vaticano II para celebrarse en 1962. 1978. Comienza el ataque vietnamita a Camboya. 1989. El ex presidente rumano, Nicolae Ceau?escu y su mujer Elena Petrescu son condenados a muerte por un tribunal militar, bajo los cargos de genocidio, daño a la economía, enriquecimiento injustificable y uso de las fuerzas armadas en acciones en contra de civiles. 1991. Se produce la renuncia Mijail Gorbachov, octavo y último lider de la desaparecida Unión Soviética. 1998. El Papa Juan Pablo II pide en su discurso de Navidad la abolición de la pena de muerte en todo el mundo. 1999. El Ejército ruso inicia el asalto a Grozni, capital de Chechenia. 2006. Muere en un hospital de Atlanta, a los 73 años, el cantante estadounidense James Brown, conocido como "el padrino del soul". 2008. Pakistán refuerza militarmente su frontera con India, al tiempo que Nueva Delhi pide a sus ciudadanos no viajar al país vecino, en una nueva escalada de la tensión entre ambas potencias nucleares a raíz de los atentados de noviembre en Bombay. 2010. Muere en Miami, a los 88 años de edad, el ex presidente de Venezuela Carlos Andrés Pérez. 2013. Unos 18 haitianos mueren en aguas de islas Turcos y Caicos después que un bote de vela que transportaba más de 50 personas zozobrara cuando era remolcado a puerto. 2015. El mexicano Andrés Moreno, considerado el hombre más obeso del mundo, fallece en Ciudad Obregón, estado de Sonora, dos meses después de someterse a una operación para perder peso. 2016. Un avión militar ruso se precipita al Mar Negro, muriendo las 92 personas a bordo. 2018. La incesante lluvia dificultan las labores de los equipos de rescate de Indonesia que registran palmo a palmo el litoral del estrecho de Sonda azotado por un tsunami, cuyo último balance de víctimas aumenta hasta los 429 muertos y 154 desaparecidos. 2020. Una fuerte explosión sacude el centro de la ciudad estadounidense de Nashville, en el estado de Tennessee, cuando un vehículo con una grabación que avisaba que "una bomba explotaría en los próximos 15 minutos", dejando al menos tres personales heridas levemente. 2021. Informes procedentes de Haití revelan el intento de asesinato contra el Primer Ministro interino Ariel Henry, cuando salía de uno de los actos protocolares conmemorativos del 218 aniversario de la independencia de su país, en la ciudad de Gonaives. 2023. El Ejército israelí informa en un comunicado, que su 551.ª Brigada de la 162.ª División desmantela la estructura de túneles al norte de la Franja de Gaza, de la organización política y paramilitar palestina Hamás, donde afirma haber encontrado los cuerpos de cinco rehenes que ya se habían confirmado muertos. - Un proyecto de ley sobre la actualización de las normas de movilización en Ucrania fue presentado en la Rada Suprema, documento donde se propone la posibilidad de reclutar personas con discapacidades, además de restringir los derechos de los que no vayan a los centros de reclutamiento. 2024. Fallece a la edad de 79 años, el líder militar surinames, Desi Bouterse, quien encabezó un golpe de estado en 1980 en la antigua colonia holandesa de Surinam y luego regresó al poder por elección, tres décadas después a pesar de enfrentar cargos por narcotráfico y asesinato. - Al menos 32 personas sobreviven al accidente de un avión de pasajeros que se ha estrellado en Kazajistán, cuando cubría la ruta entre la capital azerbaiyana, Bakú, y la ciudad rusa de Grozni.

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lunes, 23 de abril de 2018

Finjus aboga por más consenso en proyecto de ley sobre violencia contra las mujeres

SANTO DOMINGO. La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) considera que el Proyecto de Ley que crea el Sistema de Apoyo Integral para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres requiere de un mayor consenso entre los actores oficiales y sectores sociales vinculados, a fin de que su versión final tenga una mayor profundidad y especificidad para alcanzar la eficiencia y eficacia necesarias en la lucha contra este grave flagelo.

“Es cada día más claro que el Estado dominicano ha mostrado, en los últimos años, una gran incapacidad para contener, prevenir y minimizar los daños que provoca la violencia de género en toda la sociedad. Los niveles que ha alcanzado, tanto en víctimas mortales como en el daño agudo a las familias, especialmente a los niños, niñas y adolescentes, y el impacto negativo que este fenómeno tiene en todas las áreas sociales, ameritan que el Estado asuma el compromiso de diseñar, ejecutar y sostener políticas públicas exitosas, que respondan adecuadamente a nuestra realidad y que enfoquen el problema desde una perspectiva integral, con responsabilidad y con los recursos suficientes”, expresa Finjus en un documento enviado a los medios.
Para la institución, “este es el momento en el que las políticas a aplicar para enfrentar la violencia de género han de ser transversales y verdaderamente eficaces. Para ello, un proyecto de ley que aborde integralmente esta materia, puede significar un importante paso de avance; lo cual sumado a la creación de las capacidades operativas concretas por parte de los poderes públicos, podría traducirse en resultados positivos y distintos a los obtenidos a lo largo de la historia reciente”.
Tal como ha sido presentada, la iniciativa otorga a la Procuraduría General de la República una suerte de dirección de las acciones de prevención de estos delitos puntuales, lo que ha creado reticencia en el Ministerio de la Mujer, que considera que dicha dirección ha de ser asumida por ese organismo y no por un organismo de persecución de la criminalidad.
Sobre estas divergencias, la Finjus entiende que la violencia de género debe afrontarse desde una perspectiva dual; en primer orden, la idea de un potencial hecho punible, y, por otro lado, como el resultado de patrones socio-culturales que responden a conductas normalizadas históricamente en sociedades como la nuestra. Asimismo, que conviene revisar la iniciativa legislativa en cuanto a la factibilidad y eficacia de la centralización que pareciera ser atribuida al Ministerio Público en tanto órgano rector en la labor de diseño y formulación de las políticas públicas en contra de este flagelo”. “En ese sentido, una atención integral, que busque contrarrestar este flagelo, debe considerar la interacción entre el órgano encargado de regir la política de Estado contra la criminalidad y la entidad responsable de fomentar y lograr la equidad de género”,
A continuación el texto íntegro de la Finjus
Finjus llama a alcanzar mayores consensos en el Estado y la sociedad en proyecto de ley sobre violencia contra la mujer
La Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc. (FINJUS) considera que el Proyecto de Ley que crea el Sistema de Apoyo Integral para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres requiere de un mayor consenso entre los actores oficiales y todos los sectores sociales vinculados, a fin de que su versión final tenga una mayor profundidad y especificidad para alcanzar la eficiencia y eficacia necesarias en la lucha contra este grave flagelo.
Es cada día más claro que el Estado dominicano ha mostrado, en los últimos años, una gran incapacidad para contener, prevenir y minimizar los daños que provoca la violencia de género en toda la sociedad. Los niveles que ha alcanzado, tanto en víctimas mortales como en el daño agudo a las familias, especialmente a los niños, niñas y adolescentes, y el impacto negativo que este fenómeno tiene en todas las áreas sociales, ameritan que el Estado asuma el compromiso de diseñar, ejecutar y sostener políticas públicas exitosas, que respondan adecuadamente a nuestra realidad y que enfoquen el problema desde una perspectiva integral, con responsabilidad y con los recursos suficientes.
La mayoría de las políticas públicas que han sido implementadas en esta temática en el país en los últimos años han mostrado graves insuficiencias en el conocimiento apropiado de los operadores de sistema sobre la magnitud del problema y las causas que lo generan. Han mostrado asimismo la falta de personal especializado para la atención de las víctimas, la falta de coordinación interinstitucional en el logro de las metas y objetivos y finalmente en la dispersión de los sistemas de registro, monitoreo y seguimiento de casos y lo peor, de los enfoques en que ha sido abordada la problemática.
En ese sentido, desde FINJUS consideramos que este es el momento en el que las políticas a aplicar para enfrentar la violencia de género han de ser transversales y verdaderamente eficaces. Para ello, un proyecto de ley que aborde integralmente esta materia, puede significar un importante paso de avance; lo cual sumado a la creación de las capacidades operativas concretas por parte de los poderes públicos, podría traducirse en resultados positivos y distintos a los obtenidos a lo largo de la historia reciente.
El Proyecto de Ley que crea el Sistema de Apoyo Integral para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres, representa una iniciativa loable de cara a la gravísima problemática que constituye el auge de la comisión de este delito. En el contenido del proyecto se reflejan presupuestos interesantes como la colaboración interinstitucional, el manejo de datos estadísticos concretos y la articulación y coordinación de políticas sectoriales en el seno de las distintas instancias de los poderes públicos y el Estado a través de un sistema integral que planifique en base a ejes transversales.
Sin embargo, esta iniciativa de ley ha encontrado cierta reticencia por las competencias que atribuye, pues otorga a la Procuraduría General de la República una suerte de dirección de las acciones de prevención de estos delitos puntuales. Con relación a ello, el Ministerio de la Mujer considera que dicha dirección ha de ser asumida por ese organismo y no por un organismo de persecución de la criminalidad.
En cuanto a las divergencias planteadas, es preciso puntualizar que la violencia de género debe afrontarse desde una perspectiva dual; en primer orden, la idea de un potencial hecho punible, y, por otro lado, como el resultado de patrones socio-culturales que responden a conductas normalizadas históricamente en sociedades como la nuestra. En ese sentido, una atención integral, que busque contrarrestar este flagelo, debe considerar la interacción entre el órgano encargado de regir la política de Estado contra la criminalidad y la entidad responsable de fomentar y lograr la equidad de género.
El artículo 169 de nuestra Ley Sustantiva establece que “El Ministerio Público es el órgano del sistema de justicia responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, dirige la investigación penal y ejerce la acción pública en representación de la sociedad República Dominicana. Constitución Política. Artículo 169. Subrayado nuestro.”. De igual manera, la Ley No. 86-99, que crea la Secretaría de Estado de la Mujer (hoy Ministerio), establece en su artículo 1, que este organismo es “responsable de establecer las normas y coordinar la ejecución de políticas, planes y programas a nivel sectorial, interministerial y con la sociedad civil, dirigidos a lograr la equidad de género y el pleno ejercicio de la ciudadanía por parte de las mujeres Ley de Creación de la Secretaría de Estado de la Mujer No. 86-99. Artículo 1..”
De ambas disposiciones puede colegirse que el Ministerio Público define políticas contra la criminalidad, lo cual contiene el delito de violencia de género; mientras que el Ministerio de la Mujer coordina la ejecución de políticas y planes dirigidos a lograr la equidad de género y que la mujer pueda ejercer sus derechos ciudadanos a plenitud.
La Ley No. 133-11 Orgánica del Ministerio Público, establece en su artículo 7 el alcance y las especificidades de la formulación de la elaboración de la política criminal por parte del Ministerio Público al indicar que “(...) es el órgano responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, que está dirigida a prevenir, controlar, gestionar y perseguir los hechos punibles Ley Orgánica del Ministerio Público No. 133-11. Artículo 7. Subrayado y resaltado nuestro.” y que “(...) para garantizar su eficacia y vinculación, las políticas preventivas y de control serán articuladas bajo la responsabilidad directa del Procurador General de la República en colaboración con los otros órganos e instituciones que corresponda.
De ahí que pudiese entenderse que corresponde expresamente a la Procuraduría General de la República la función de elaborar las políticas contra la criminalidad y de articular las políticas de prevención y control que comprende con la colaboración de otros organismos involucrados en estos fenómenos.
Ahora bien, más allá de definir competencias absolutas respecto a este tema que, de entrada, obliga a la cooperación de todas las instancias del Estado a la ejecución de una planificación que surja homogeneizada tanto desde la Procuraduría como del Ministerio de la Mujer, conviene revisar la iniciativa legislativa en cuanto a la factibilidad y eficacia de la centralización que pareciera ser atribuida al Ministerio Público en tanto órgano rector en la labor de diseño y formulación de las políticas públicas en contra de este flagelo.
Es menester considerar que uno de los mayores problemas del modelo de centralización de competencias en la elaboración estratégica de iniciativas legislativas y políticas públicas, se encuentra al momento de su formulación, ya que la misma centralización no permite una debida coordinación efectiva con los distintos actores. Es por ello que entendemos que se debe apostar a la instalación de un modelo con responsabilidades articuladas que no hagan las instancias incumbentes dependientes de la voz de un órgano que, hasta por su misma naturaleza, no puede conocer las particularidades sectoriales de las demás entidades.
La distribución de funciones con una buena coordinación interinstitucional permite una mayor eficiencia a cada una de los actores, los cuales tendrán objetivos precisos y mecanismos apropiados para que cada órgano cumpla con su función, a fin de cuentas la vinculación y coordinación transversal entre órganos del Estado, resulta fundamental para lograr una eficacia mayor en la ejecución de las políticas de que se trate.
Reiteramos que, en la violencia de género inciden factores culturales, sociológicos, históricos y sociales, que rodean el contenido meramente jurídico que pudiera hacerse al respecto; a modo de ilustración, resultaría engorroso atribuir al órgano persecutor de la criminalidad el diseño de políticas especializadas para la atención de violencia de género desde las unidades de atención sanitaria. Diferente fuera que desde salud pública se diseñe un plan y/o políticas enfocadas a ese sector que sean discutidas en la mesa de trabajo del sistema de apoyo donde de manera genérica podrán valorarse los ejes transversales de prevención del crimen y de equidad de género.
La labor del Ministerio Público, dentro de ese sistema de apoyo, debe enfocarse en lograr una coordinación para aplicar las políticas correspondientes a la prevención del delito, fomentando que los demás ministerios y/o entidades asuman responsablemente lineamientos que permitan combatir las causales de la violencia contra la mujer. Entendiendo que, en materia de manejo de la criminalidad, son los encargados de indicar las estrategias que correspondan.
De su lado, el Ministerio de la Mujer, como entidad que busca lograr la equidad de género, debe estar inmersa en todas las iniciativas que afecten directa o indirectamente a las mujeres y sus familias; su rol debe materializarse desde la procura de hacer reconocer y visibilizar la transversalidad del tema de género en todas las políticas públicas del país a ser ejecutadas por los distintos ministerios e instancias gubernamentales.
En definitiva, el Estado reconoce que todo acto de violencia y discriminación contra las mujeres tiene que ser enfrentado de manera integral y multidimensional, facilitando que las mujeres se conviertan, a través de los órganos e instituciones oficiales y privados, en parte de las iniciativas que diseñen y ejecuten propuestas de soluciones a estos males.
Al haber explicado los aspectos jurídicos, sin dejar de lado la factibilidad del asunto, desde FINJUS expresamos nuestro deseo de que este proyecto legislativo recorra el camino del consenso social y, más allá de su marco formal, puedan definirse los detalles sustantivos que hacen de las normas un instrumento de operativización de políticas integrales. De este modo, podrán generarse los apoyos y la legitimidad que puedan dar al país una respuesta conjunta e institucional frente a esta grave problemática que preocupa enormemente a toda la población dominicana.
Finalmente, consideramos que como en toda sociedad democrática, es necesario que una ley de esa naturaleza sea producto del conocimiento amplio de todos los sectores involucrados, de forma que las mejores iniciativas y propuestas sean debatidas y adoptadas por los órganos correspondientes, en el marco de nuestro ordenamiento jurídico.
Solo así podremos convertir las leyes, políticas públicas y propuestas ciudadanas en herramientas de cambio en todas las áreas que lo requieren, pero de manera muy especial en el campo de la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres donde el Estado dominicano ha mostrado graves dificultades, debilidades y deficiencias. La sociedad dominicana desea que en este caso específico y en otros similares, reine la coordinación interinstitucional e intersectorial y que en los diferentes órganos del ámbito estatal predomine la inteligencia y el diálogo para articular sus respectivas competencias en una causa tan imperiosa como la erradicación de la violencia contra la mujer.

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