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54Grado.com : Hoy es Martes 21 de julio del 2026. Faltan 163 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1348 Pedro IV de Aragón somete y deshace a la poderosa Unión Aragonesa, que reunía a la nobleza de Aragón, en la Batalla de Épila. 1454 Enrique IV es proclamado rey de Castilla tras la muerte de su padre, Juan II, en Valladolid. 1568 Tiene lugar la batalla de Jemmingen en los Países Bajos, con victoria aplastante del ejército de la Corona Española. 1654 en la provincia Gansu (China), un terremoto de 8 grados en la escala de Richter deja un saldo de 31.000 víctimas. 1718 se firma el tratado de Passarowitz. 1773 el papa Clemente XIV ordena la disolución de la Compañía de Jesús. 1775 comienza la construcción de la nueva capital de Guatemala (la anterior, llamada la Antigua, fue destruida por un terremoto en 1773). Se sitúa a 40 km de la anterior y se denominará Ciudad de Guatemala. 1798 Batalla de las Pirámides y toma de El Cairo por las tropas francesas de Napoleón Bonaparte. 1831 Leopoldo I es oficialmente coronado rey de los belgas en Bruselas. 1847 España firma un tratado de paz y amistad con el Gobierno boliviano, en el que reconoce la independencia del nuevo país. 1861 Primera Batalla de Bull Run en la Guerra Civil Estadounidense. 1870 Se inaugura en Madrid el Café de Fornos. 1876 Aprobada una ley que anula el Régimen foral de las provincias vascongadas. 1901 Celebración de regatas internacionales en Santander. 1903 en Ciudad Bolívar, se libró la última batalla de la Revolución Libertadora donde el ejército gubernamental al mando de Juan Vicente Gómez vence a las fuerzas opositoras del general Nicolás Rolando. 1905 El sultán de Turquía es objeto de un atentado al salir de una mezquita. 1906 En Francia, Alfred Dreyfus es reintegrado en el Ejército y condecorado con la Legión de Honor. 1906 Por mediación de Theodore Roosevelt y de Porfirio Díaz se firma la paz entre Guatemala, El Salvador y Honduras. 1912 Albania se subleva contra la dominación turca. 1917 El Primer Ministro serbio Nikola Pašić publica un plan para una unión de los serbios, croatas y eslovenos en una monarquía serbia. 1917 Lanzamiento por los alemanes de las primeras bombas de gases asfixiantes durante la Primera Guerra Mundial. 1919 La Cámara de los Comunes ratifica el Tratado de Versalles. 1920 Chile: se produce la destrucción de la sede de la Federación de Estudiantes (FECh) durante la "Guerra de don Ladislao". 1925 "Martes rojo" en Gran Bretaña: para evitar una huelga, el primer ministro otorga a los mineros un adelanto especial a la espera de una negociación. 1928 Sublevación militar en varios estados de México. 1930 Se inaugura el aeródromo de Palomar de Zaragoza.

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miércoles, 4 de septiembre de 2024

JCE reitera no son dominicanos hijos de extranjeros irregulares

Santo Domingo, 4 sep.- La Junta Central Electoral (JCE) informó este martes que en los últimos 12 años se registran en el país 241,103 nacimientos de extranjeros frente a los 2,915,930 dominicanos registrados en ese mismo período y reiteró que no son dominicanos los hijos de inmigrantes indocumentados.

El órgano emitió un comunicado en el que señala las condiciones establecidas en la Constitución para que una persona pueda ser considerada dominicana.

En el primero de estos requisitos se destacan que son dominicanos «los hijos e hijas de madre o padre dominicanos; quienes gocen de la nacionalidad dominicana antes de la entrada en vigencia de esta Constitución, las personas nacidas en territorio nacional, con excepción de los hijos e hijas de extranjeros miembros de legaciones diplomáticas y consulares, de extranjeros que se hallen en tránsito o residan ilegalmente en territorio dominicano».

La JCE explicó que se considera persona en tránsito a toda extranjera o extranjero definido como tal en las leyes dominicanas.

También son ciudadanos dominicanos «los nacidos en el extranjero, de padre o madre dominicanos, no obstante haber adquirido, por el lugar de nacimiento, una nacionalidad distinta a la de sus padres. Una vez alcanzada la edad de dieciocho años, podrán manifestar su voluntad, ante la autoridad competente, de asumir la doble nacionalidad o renunciar a una de ellas».

El organismo responsable de las elecciones y del registro civil también informó que la Constitución establece que son dominicanos «quienes contraigan matrimonio con un dominicano o dominicana, siempre que opten por la nacionalidad de su cónyuge y cumplan con los requisitos establecidos por la ley, los descendientes directos de dominicanos residentes en el exterior, y las personas naturalizadas, de conformidad con las condiciones y formalidades requeridas por la ley».

En el documento, la JCE dijo que, de conformidad al artículo 28.1 de la Ley 285-04, General de Migración, se establece que «todo centro de salud que al momento de ofrecer su asistencia de parto a una mujer extranjera que no cuente con la documentación que la acredite como residente legal, expedirá una constancia de nacimiento de color rosado diferente a la constancia de nacimiento oficial, con todas las referencias personales de la madre».

Asimismo, que para el «registro de los nacimientos de extranjeros en el país, los centros de salud deberán entregar a las madres extranjeras una constancia del nacimiento de sus hijos e hijas para su posterior registro por la Junta Central Electoral en un libro para extranjeros, con el propósito de dar cumplimiento a la aplicación combinada del artículo 28.2 de la precitada ley y el artículo 25.2 de la Constitución dominicana».

Este proceso -añadió el documento- concluye con la remisión de estos registros de extranjeros desde la Dirección Nacional de Registro Civil de la Junta Central Electoral al despacho del presidente de este órgano, quien a su vez envía al Ministerio de Relaciones Exteriores para su posterior entrega a las embajadas de las diferentes nacionalidades que son registradas en el Libro de Extranjería, «lo cual no implica en lo absoluto que la persona inscrita en este libro de extranjería adquiera la nacionalidad dominicana».

La Junta Central Electoral reiteró su «compromiso con la integridad y preservación de la soberanía nacional y con un registro civil robusto fuerte y saneado».

En ese orden, conforme las disposiciones citadas precedentemente y tomando en consideración las informaciones presentadas, «la Junta Central Electoral ha cumplido y cumple estrictamente con lo dispuesto por la Constitución de la República y la ley».

El organismo abundó que, «reiteramos que el registro de nacimiento en el Libro de Extranjería de los hijos e hijas de extranjeros que se hallen en tránsito o residan ilegalmente en territorio dominicano, no les otorga la nacionalidad dominicana, sino, todo lo contrario, le da la condición de extranjero y, cuyo registro es un mandato de la propia Constitución y la ley, por lo que su cumplimiento es una responsabilidad de la Junta Central Electoral».EFE

 

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