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54Grado.com : Hoy es miercole 8 de mayo del 2024. Faltan 237 días para el año 2025. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1254 en España, el rey Alfonso X el Sabio otorga la normativa fundacional de la Universidad de Salamanca 1360 Francia e Inglaterra firman el Tratado de Brétigny. 1366 en la actual España, Pedro IV de Aragón dona a don Pedro Jordán de Urriés el castillo y villa de Ayerbe y sus términos. 1456 en Málaga (España), las tropas cristianas del rey Enrique IV de Castilla arrebatan a los musulmanes la villa de Estepona. Acontecimiento 1521 la Dieta de Worms condena las tesis de Martín Lutero. Martín Lutero Fundador del Protestantismo Martín Lutero 1527 en la actual Argentina, el navegante italiano Sebastián Caboto y sus soldados son los primeros europeos que avistan el río Paraná. Acontecimiento 1541 en la actual Estados Unidos, el conquistador español Hernando de Soto y sus soldados son los primeros europeos que avistan el río Misisipi, al que bautiza Río de Espíritu Santo. Hernando de Soto Conquistador y explorador Hernando de Soto 1701 en España, las Cortes reconocen como rey a Felipe V de Borbón. 1788 en Francia, el Parlamento se suspende con la creación de 47 nuevas cortes. 1794 en París (Francia), el químico francés Antoine Lavoisier ―acusado de traidor― es apresado, condenado y guillotinado en el mismo día por los revolucionarios. 1821 en Gravia ―en el marco de la Guerra de independencia de Grecia― los griegos derrotan a los turcos otomanos. 1847 Robert Thomson patenta uno de los primeros modelos de neumático para vehículo. 1863 la Confederación Granadina toma el nombre de Estados Unidos de Colombia. 1878 en Londres (Inglaterra), David Edward Hughes da a conocer a la Royal Society el micrófono de carbón (el primer micrófono). 1886 en Estados Unidos, John Stith Pemberton inventa la coca cola. 1895 China cede Taiwán a Japón. 1902 en la isla de Martinica se produce la erupción del Mont Pelée (Monte Pelado), que sepulta a Saint Pierre. 1906 en México se funda el Club Deportivo Guadalajara. 1914 en Estados Unidos, se crea Paramount Pictures. 1923 en México se inaugura la CYL, una de las primeras emisoras de radio de ese país. 1931 en España, las Cortes Constituyentes reconocen por primera vez a las mujeres como elegibles. 1932 en Andalucía se funda el Diario Ideal. 1933 en la India, Gandhi comienza una huelga de hambre de tres semanas contra los invasores británicos. 1942 en Corea termina la Batalla del Mar del Coral entre navíos japoneses y estadounidenses. 1942 en Filipinas se rinden las tropas estadounidenses, luego de cinco meses de lucha contra Japón. 1943 en Nueva York (Estados Unidos) se crea la FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación). 1945 la Alemania nazi firma la rendición incondicional. Día de la Victoria en Europa para los Aliados. 1953 en el Sitio de pruebas de Nevada, Estados Unidos detona la bomba atómica Encore, de 27 kt. Es la octava bomba (de once) de la operación Upshot-Knothole, y la número 42 del total de 1054 bombas atómicas que hizo detonar ese país entre 1945 y 1992. 1967 la sonda espacial lunar Orbiter 4 alcanza la órbita de la Luna. 1967 Muhammad Ali pierde su título de campeón mundial por negarse a prestar el servicio militar. 1970 en el Reino Unido sale a la venta el álbum Let it be, de Los Beatles. 1972 en Estados Unidos, el presidente Richard Nixon ordena el bloqueo y minado de los puertos de Vietnam del Norte. 1980 la OMS declara oficialmente erradicado el virus de la viruela en todo el planeta. 1981 Luis Buñuel, Cristóbal Halffter, Eduardo Chillida, Nicanor Zabaleta y Alfredo Kraus reciben la Medalla de Oro al Mérito en las Bellas Artes. 1983 segundas elecciones municipales democráticas en España después del franquismo. 1984 la Unión Soviética no participa en los Juegos Olímpicos de Los Ángeles. Trece países siguen su ejemplo. Acontecimiento 1987 Javier Pérez de Cuéllar, secretario general de la ONU, recibe el Premio Príncipe de Asturias de Cooperación Internacional. Javier Pérez de Cuéllar Político y secretario general de las Naciones Unidas Javier Pérez de Cuéllar 1996 la Asamblea Constituyente de Sudáfrica aprueba la nueva Constitución. 2005 en Uruguay se celebran elecciones municipales; por primera vez el Frente Amplio conquista varias intendencias en el interior. 2006 en Costa Rica, Óscar Arias asume por segunda ocasión la presidencia. 2008 el club argentino San Lorenzo de Almagro elimina a River Plate de la Copa Libertadores de América. 2009 el papa Benedicto XVI inicia visita a Israel, Jordania y los Territorios Palestinos.

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lunes, 29 de mayo de 2023

DGII saluda TC fallara en contra de abogado que buscaba entrega de más de RD$500 MM

SANTO DOMINGO. – La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) saludó la decisión del Tribunal Constitucional (TC) «que ha logrado proteger más de RD$500 millones pertenecientes al pueblo y que el abogado Ramón Emilio Concepción ha estado tratando de que les sean transferidos estos fondos por el pago de una astreinte, sin estar esto sustentado de forma alguna en una sentencia que establezca dicho pago».

El director general de Impuestos Internos, Luis Valdez Veras, ha dejado en claro que el patrimonio del Estado no puede ser visto como botín de guerra, por lo que el pueblo dominicano puede tener la seguridad de que nuestras actuaciones siempre estarán apegadas a lo que mandan la Constitución y las leyes.

“Gracias a Dios en nuestro país hoy contamos con un marco jurídico estable, con una alta corte responsable como es el Tribunal Constitucional y la mayoría de jueces de carrera con un criterio apegado a las leyes a la hora de impartir justicia”, destacó Concepción, a través de un comunicado.

¿Cómo surge el conflicto? Su curso en los tribunales

La DGII explicó que en fecha 08 de mayo del año 2009 fue emitida por la Segunda Sala de la Cámara Civil del Distrito Nacional la Sentencia de amparo No. 0058-09, que ordenaba a la DGII, transferir a favor de Ramón Emilio Concepción un total de 15 inmuebles.

Estos inmuebles fueron obtenidos por Concepción, mediante un contrato de cuota litis. Es decir, un tipo de contrato entre un abogado y cliente en el que los honorarios que cobra se obtienen de una parte de la ganancia del litigio.

El juez de amparo ordenó que debían ser transferidos sin obtemperar DGII al cobro del impuesto a la trasferencia inmobiliaria.

Asimismo, ordenó una astreinte de RD$ 100,000.00 diarios en contra de la DGII por cada día que pasara y se mantuviera la “arbitrariedad manifiesta comprobada por notarios”.

Una vez recibida la notificación de la decisión del TC, la DGII dijo que procedió a dar cumplimiento a la decisión ya firme de primera instancia, Sentencia 00358-09 de fecha 08/05/2009; transfiriendo a cargo de Concepción, sin el pago del impuesto a trasferencia, los inmuebles descritos en la sentencia. Actuación que le fue certificada y notificada desde el 08/01/2021.

Señala que DGII nunca se negó al cumplimiento pues antes del fallo del Tribunal Constitucional, ya se había transferido once (11) de los inmuebles descritos en la sentencia sin el cobro del impuesto, a requerimiento de la parte interesada una vez se presentaba para hacer el trámite.

Antes de lo anterior, en fecha 13/11/2020, el abogado Concepción se apersonó a la DGII solicitando una “liquidación amigable del astreinte” contestándole la DGII que no era posible la liquidación “de boca” y que la única forma de erogar fondos del tesoro, por tratarse de fondos públicos, era vía el procedimiento debido, a saber: vía la sentencia de liquidación de astreinte y la inscripción de la deuda, si la hubiese, en el Ministerio de Hacienda para el presupuesto del gasto.

Esto provocó una serie de acusaciones respecto a que la DGII había desacatado la decisión del Tribunal Constitucional, lo que conllevó a que Ramón Emilio apoderara a esa alta corte de varios expedientes.

Por ello en fecha 19 del mes de abril del año 2023 el Tribunal Constitucional, mediante la sentencia TC/0209/23 declaró su incompetencia para conocer la solicitud de liquidación de astreinte y de ejecución de sentencia presentada por el señor Ramón Emilio Concepción en contra de la DGII y declinó el asunto a la Segunda Sala del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

«Esto evidencia que no ha existido desacato alguno de la DGII a las decisiones del Tribunal Constitucional, pues se ha pretendido, a través de falsas noticias y escudándose en terceros, hacer creer a la opinión pública que esa astreinte había sido ordenado por el TC», indicó la DGII.

Destacar que la astreinte es una figura jurídica conminatoria, no indemnizatoria. Por lo que si se le ha dado cumplimiento a la decisión judicial es improcedente pretender su pago. Sin embargo, si un tribunal así lo ordenase mediante una sentencia irrevocablemente juzgada, esta Dirección General de Impuestos Internos no dudaría en darle cumplimiento, conforme los procedimientos de ley.

 

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