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Efemérides

54Grado.com : Hoy es Domingo 7 de diciembre del 2025 . Faltan 25 días para el año 2026. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1703 entre el 5 y el 9 de diciembre («24 a 28 de noviembre» según el calendario juliano vigente en esas fechas en Europa) en las Islas británicas se produce la Gran Tormenta de 1703 ―la más violenta registrada en la Historia de la región―. Comenzó el 5 de diciembre, abarcando un área de 500 km de anchura, desde Gales, el centro y el sur de Inglaterra, el mar del Norte, los Países Bajos y el norte de Alemania. Se informaron tornados. El periodista y escritor británico Daniel Defoe (autor de Robinson Crusoe) escribió que fue «la más terrible tormenta que haya visto el mundo». Se hundieron muchos barcos de las flotas de guerra neerlandesas y británicas, con centenares de ahogados. En muchos lugares se produjeron marejadas ciclónicas. Las inundaciones generadas ahogaron a un número indeterminado de personas (entre 8000 y 15 000). 1732 en el barrio de Covent Garden (Londres) se inaugura la Royal Opera House. 1760 en Venezuela, el fraile capuchino Lucas de Zaragoza funda la localidad de Maturín. 1787 en Estados Unidos, el estado de Delaware es el primero que ratifica la constitución. 1848 en Costa Rica se funda el cantón de San José. 1895 los etíopes derrotan al ejército invasor italiano en Ambia Alagi. 1917 en Argentina se funda la ciudad de El Calafate (ciudad donde se encuentra el glaciar Perito Moreno). 1933 a 400 km al noroeste de Asunción y 60 km al norte de la frontera con Argentina, comienza el Cerco de Campo Vía, que terminará cuatro días después, en que el ejército paraguayo vencerá al ejército boliviano. 1941 en Hawái, la Marina Imperial Japonesa lanza su ataque a Pearl Harbor. 1943 en Trento (Italia), Chiara Lubich funda el Movimiento de los Focolares. 1953 dimite el jefe de gobierno israelí David Ben-Gurión. 1966 Siria pide el derribamiento del rey Hussein de Jordania. 1983 en el aeropuerto de Madrid-Barajas (Madrid), un accidente aéreo deja 93 muertos. 1987 en Lima (Perú) sucede la Tragedia aérea de Alianza Lima. 1988 en Armenia ocurre el terremoto de Spitak, que destruye varias ciudades y causa más de 70.000 muertos. 1991 la URSS firma un tratado y pasa a llamarse Rusia. 1995 la sonda atmosférica de la misión Galileo penetra en la atmósfera del planeta Júpiter. 1997 Último campeonato del equipo Cruz Azul en el fútbol mexicano. 2001 lanzamiento del satélite artificial TIMED, dedicado al estudio de las capas altas de la atmósfera. 2003 en Uruguay se realiza un referéndum de ANCAP, en el que ganará el voto positivo. 2005 en el Aeropuerto Internacional de Miami, un grupo de policías federales matan a tiros al pasajero costarricense Rigoberto Alpízar, quien dijo tener una bomba, lo que resultó no siendo cierto.

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viernes, 5 de febrero de 2021

El horario del toque de queda seguirá igual hasta el 22 de febrero

Santo Domingo, RD

Mediante el decreto 61-21, el presidente Luis Abinader mantuvo vigente todas las medidas para combatir la Covid-19 que forman parte del estado de emergencia declarado en el país por la pandemia.

El decreto del Poder Ejecutivo mantiene vigente todas las medidas de distanciamiento social y los horarios de toque de queda desde el martes 9 hasta el lunes 22 de este mes de febrero, e indica que en su momento las autoridades revisarán las medidas.

Recuerda que las medidas contenidas en el decreto 37-21, establecen que el horario de toque de queda en el territorio nacional de lunes a viernes, es de las 7:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana, mientras que los sábados y los domingos es desde las 5:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana. 

El decreto del presidente Luis Abinader dispone de una gracia de libre circulación de 3 horas adicionales todos los días, con el propósito de que las personas puedan dirigirse a sus respectivas residencias.

Precisa que el libre tránsito de lunes a viernes es hasta las 10:00 de la noche, mientras que los sábados y los domingos es hasta las 8:00 de la noche. 

Resalta que las medidas forman parte de la estrategia preparada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para guiar la respuesta estatal durante la pandemia de la COVID-19, que establecen que los países con transmisión comunitaria, como la República Dominicana, deben adoptar medidas de distanciamiento físico y restricciones de movimiento que reduzcan el contacto de las personas para reducir la mortalidad y curva de contagio de la enfermedad, así como para aliviar parte de la presión de los servicios de atención médica.

Distanciamiento social 

El decreto reitera lo contenido en el capítulo IV del decreto 37-21, que contiene todas las medidas de salud, donde se confirma que en el territorio nacional es obligatorio el uso de mascarillas en lugares públicos y privados de uso público.

Además, indica que es obligatorio cumplir con las demás medidas y protocolos de distanciamiento social adoptados por las autoridades correspondientes y recuerda que su incumplimiento será sancionado con las disposiciones que establece la ley de Salud, número 42-01. 

También se mantienen prohibidas las actividades y eventos masivos que impliquen la aglomeración de personas.

Comunica que el horario laboral en el sector público es hasta las 3:00 de la tarde y que el 40% de la plantilla de empleados públicos no esenciales para la actividad del Estado, continuará sus labores a través del teletrabajo.

Regulación de espacios de uso público

Mediante el decreto se reitera también que las personas pueden utilizar los espacios abiertos al aire libre, tales como parques y malecones, para actividades que no impliquen aglomeración y en estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios dispuestos por las autoridades de salud.

Establece que los lugares dedicados a prácticas deportivas y ejercicio físico, tales como gimnasios, pueden recibir clientes y operar en sus instalaciones sólo hasta el 60% de su capacidad total.

De igual forma, los lugares de consumo de alimentos y bebidas pueden recibir clientes en sus instalaciones hasta el 60% de su capacidad total, en estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes y sin exceder 6 personas por mesa en los lugares que aplique.

En cuanto a las actividades religiosas, el decreto recuerda que se pueden celebrar tres veces por semana las actividades de las diferentes iglesias y otras denominaciones religiosas, en estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes y sin exceder el 60% de la capacidad total de sus instalaciones. 

El sector turístico seguirá operando bajo el protocolo sectorial dispuesto por las autoridades de salud. 

Excepciones durante el toque de queda

Se reitera también que durante el horario de toque de queda, sólo se permitirá la circulación de las personas dedicadas a los servicios de salud y los ciudadanos con alguna emergencia que se dirijan a un centro de salud o a una farmacia.

También, el personal dedicado a las labores de seguridad, debidamente identificados, miembros de la prensa o medios de comunicación acreditados y los prestadores de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos, durante el ejercicio de sus funciones y correctamente identificados.

Además, los operadores de vehículos dedicados a la distribución de mercancías, insumos y combustibles, así como las personas que laboran en la industria, el comercio de alimentos, productos médicos y farmacéuticos, siempre que porten autorización de la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y Control del Coronavirus.

Igualmente, los empleados o contratistas de comercios que brinden servicio a domicilio, quienes tendrán permiso de circular hasta las 11:00 de la noche, exclusivamente en el ejercicio de sus funciones, los pasajeros internacionales y las personas que los trasladen, debidamente identificados en tránsito hacia o desde los puertos y los aeropuertos.

Finalmente, los empleados de empresas que brindan servicios funerarios, en el ejercicio de sus funciones, el personal y los contratistas de los sectores de hotelería, minería y zonas francas, durante ejercicio de sus funciones, así como los empleados de la Oficina para el Reordenamiento del Tránsito (OPRET) y la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA), tras la culminación de sus labores, identificados y que se dirijan a sus residencias.

 

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