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Efemérides

54Grado.com : Hoy es martes 23 de abril del 2024. Faltan 252 días para el año 2025. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1655. Se inicia la invasión del territorio nacional encabezada por los piratas ingleses, almirante general Willian Pen y general Roberto Venables. 1844. La Junta Central Gubernativa da cuenta al pueblo de la hazaña lograda por la flotilla nacional y sus tripulantes en un enfrentamiento contra naves haitianas. 1899. Muere en Santo Domingo el poeta, escritor y político Félix María del Monte. 1902. El vicepresidente de la República, general Horacio Vásquez, quien además es representante del gobierno en el Cibao, se alza en armas, desconociendo, a través de un manifiesto, al presidente Juan Isidro Jimenes. 1951. El Poder Ejecutivo instituye el 23 de abril de cada año, como "Día del Libro", para honrar la memoria de don Miguel de Cervantes Saavedra, falleció en Madrid el día anterior a este, en 1616. 1962. Eligen al doctor Juan Isidro Jimenes Grullón presidente del partido Alianza Social Demócrata, constituido en Santiago durante una convención. 1963. Se produce una huelga en la empresa Sociedad Industrial Dominicana, procesadora de aceite de maní, provocando escasez de ese producto en el mercado dominicano. 1965. El general Marcos Rivera Cuesta ordena apresar a los tenientes coroneles Giovanni Gutiérrez Ramírez y Pedro Álvarez Holguín, los mayores Juan Lora Fernández y Eladio Ramírez Sánchez, y el capitán Aníbal Noboa Garnes, por su participación en una conjura contra el Triunvirato. - El Departamento de Estado de Estados Unidos llama a su embajador en Santo Domingo, William Tapley Bennet, para consultarlo sobre la situación política del país. 1966. Las tropas de ocupación de la llamada Fuerza Interamericana de Paz (FIP), traspasan el control de "las zonas críticas" de Ciudad Nueva a tropas de las Fuerzas Armadas regulares dominicanas. 1975. El Secretario General del Partido Revolucionario Dominicano, José Francisco Peña Gómez, demanda del presidente Joaquín Balaguer devolver al pueblo dominicano las cenizas del líder de la revolución de abril de 1965, Francisco Caamaño Deñó y los restos de sus compañeros. 1983. Sale a la luz pública en Santo Domingo, la obra del profesor Juan Bosch "Conferencias y artículos". 1984. Los organismos de seguridad del Estado, ante la amenaza de protestas al día siguiente, apresan varios dirigente de izquierda, entre estos Narciso Isa Conde, Hamlet Hermann, Carlos Ascuasiati, Braulio Torres y Abelardo King. 1999. El infielder Fernando Tatis dispara dos jonrones con las bases llenas en un mismo inning y al mismo pitcher (Chan Ho Park), en el Dodger Stadium en un partido entre los Cardenales y los Esquivadores. 2011. Fallece a la edad de 85 años, el abogado, escritor y Premio Nacional de Literatura Víctor Villegas. 2013. El coronel de la Policía Nacional Julián Suárez Cordero es asesinado de un disparo en el rostro durante protestas escenificadas en el campus de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, acción en la que además resultaron heridos el raso Rafael Batista Pérez, y el civil Juan de Jesús Pérez. 2019. La Procuraduría General de la República defiende las interceptaciones telefónicas que realiza a dirigentes opositores y jueces activos, indicando que todas se hacen "bajo estricto apego a la ley, autorizadas por tribunales competentes". 2020. Aunque los expertos epidemiólogos mundiales planteaban que los menores de edad no serían infectados por el covid-19, el ministerio de Salud Pública informa el fallecimiento de cuatro niños a causa del coronavirus, cuyas edades oscilaban entre los 6 meses y los 14 años. Internacionales: 1014. El rey de Irlanda Brian Boru perece en combate ante los invasores vikingos en la batalla de Clontarf. 1564. Nace William Shakespeare, el más grande dramaturgo de Inglaterra, quien murió también un 23 de abril, en 1616. 1616. Son sepultados los cuerpos de los escritores español Miguel de Cervantes y el hispano-peruano Inca Garcilaso de la Vega fallecen y, según el calendario juliano, el inglés William Shakespeare. 1633. La Liga de Heilbron es formada con la unión de protestantes del sur de Alemania, Suecia y Francia, contra la Liga Católica y los Imperialistas. 1844. Inicia la publicación de los "Anales de la Universidad de Chile", la obra periódica en español más antigua de América. 1891. Los judíos son expulsados de Moscú. 1945. El Ejército Rojo rodea por completo la ciudad de Berlín, Alemania, por lo que el comandante en jefe de las Fuerzas Aéreas alemanas Joseph Goebbels, argumenta que estando el dictador Adolfo Hitler aislado en Berlín, él debe asumir la dirección del país. 1967. Se produce el primer accidente mortal conocido en la carrera espacial, al estrellarse la nave "Soyuz" y morir su piloto Vladimir Komarov. 1985. La Coca Cola cambia su centenaria fórmula, lo que provoca gran disgusto en el público, debido a lo cual sus propietarios se vieron obligados a retornar casi de inmediato a la tradicional. 1985. El Presidente argentino Raúl Alfonsín anuncia en la Plaza de Mayo el inicio de lo que denominó la "economía de guerra". 1990. Namibia es admitida oficialmente como miembro de la ONU. 1995. La mezzosoprano Teresa Berganza ingresa en la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, primera mujer que lo hace en los 221 años de existencia de esta institución. 2007. Muere a la edad de 76 años el ex presidente de Rusia Boris Yeltsin, quien marcó una nueva era después del colapso de la URSS y el fin del comunismo. 2012. El presentador hondureño de televisión Noel Valladares y dos personas que le acompañaban son asesinados a tiros en Tegucigalpa por un grupo de desconocidos. 2013. Los inmigrantes de ascendencia chechena, Tamerlan y Dzhokhar Tsarnaev, son señalados como los presuntos autores de los atentados de Boston. El segundo admite que él y su hermano colocaron y detonaron las bombas. 2019. El ex apoderado de la constructora Odebrecht en Perú, Jorge Barata, decodifica en Brasil los alias usados dentro del sistema que controlaba las tramas de corrupción de la empresa en el país andino. - El Senado de Florida aprueba un polémico proyecto de ley que permite a los profesores que lo deseen ir armados en los colegios, aunque deberán previamente recibir el entrenamiento adecuado y superar una evaluación psicológica. 2020. La Organización Mundial de la Salud (OMS) confirma que el total de contagios en el mundo supera los 2.54 millones, mientras los fallecidos totalizan 175.694, de los cuales 6.600 se produjeron en las últimas 24 horas. 2023. El expresidente peruano Alejandro Toledo (2001-2006) llega a su país extraditado desde Estados Unidos para ser juzgado por el proceso abierto en su contra por presuntos sobornos millonarios de la constructora Odebrecht para adjudicársele la construcción de dos tramos de la carretera Interoceánica sur.

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domingo, 24 de enero de 2021

La Sanción en el Estado de Emergencia

Ángel Lockward
Santo Domingo, RD

Recientemente la Procuraduría dejó sin efecto una instrucción general a los miembros del Ministerio Público respecto de la aplicación de multas por violaciones en ocasión del Toque de Queda; fue una disposición sabia, pues ese oficio – aunque oportuno y necesario en su objeto – contenía falencias administrativas y constitucionales serias.  Ahora, no tenemos ninguna sanción y eso tampoco es bueno.

El Toque de Queda es una medida excepcional dictada por el Ejecutivo con la autorización por resolución del Congreso Nacional – no por ley - para restringir determinados derechos fundamentales, en este caso la libertad de tránsito; recordemos que los derechos fundamentales solamente pueden ser regulados por la Ley, sin que en ningún caso esta viole el contenido esencial según dispone el artículo 74.

Las multas – medidas administrativas - que son necesarias ya están en la Ley General de Salud No. 42-01,  como medidas sancionatorias para diversas violaciones: Esas sanciones no son para el Estado de Excepción creado constitucionalmente en el 2010, sino para la Emergencia Sanitaria cuya declaratoria es potestad del Ministro de Salud. En resumen, si el Ministro de Salud dicta la resolución correspondiente declarando la emergencia sanitaria, la Procuraduría puede someter a los ciudadanos a la justicia y esta imponerle la sanción.

Siendo que se trataría de una disposición administrativa cae dentro del campo de Norma General previsto en la Ley 107-13 que requiere de publicación previa del borrador: En todo caso la que no tiene atribución de fijarla es la Ministra de Justicia y por ese motivo habría sido nula la aplicación de la “medida publicada y dejada sin efecto”.

A todos nos pareció que esa disposición era un acto administrativo; sin embargo, no lo era, se trataba de una disposición singular instructiva no creadora de derecho ni vinculante para la ciudadanía. No obstante es obvio que los fiscales iban a aplicarla.

La aplicación requería de una Norma previa, en este caso, la Ley General de Salud, empero esta normativa del Legislativo a quien atribuye la facultad reglamentaria – incluyendo las medidas sancionatorias - es al Ministro de Salud, no al de Justicia.

El zafarrancho ha sido bien resuelto al ser dejada sin efecto una disposición que nunca existió, pero la sanción sigue siendo necesaria y, por eso algunas voces que cuestionaron la medida ahora sugieren que se incluya en la siguiente solicitud de prórroga del Estado de Excepción: Otro error.

Eso sería tan inconstitucional como lo anterior puesto que la resolución de extensión no es una Ley y los derechos fundamentales solo se reglan por Ley conforme dispone el artículo 74.2 de la Carta Política: Hacer lo correcto a veces es la vía más sencilla.

Basta con que el Ministro de Salud declare la emergencia sanitaria – que nadie discute – y en virtud de ella dicte la correspondiente Norma General en virtud de las atribuciones contenidas en el artículo 153 de la Ley General de Salud; desde luego que la sanción es exclusivamente económica, puesto que la libertad, en todas sus manifestaciones, jamás puede ser afectada por medidas administrativas sancionatorias como dispone la Ley Fundamental del Estado.

El referido Oficio instructivo al Ministerio Público evacuado por la Ministra de Justicia incluía instrucciones a la Policía Nacional que depende de otro Ministerio, el de lo Interior y Policía; continuaba imponiendo como sanción la prestación de servicios comunitarios, que es una restricción a la libertad y contrario al artículo 40.17 y seguía disponiendo que los fondos generados – que son ingresos públicos – se destinaran para la plataforma tecnológica, atribución, la de disponer el uso del dinero público que corresponde al Congreso Nacional

Si recordamos que la Constitución en su artículo 40.15 establece que nadie puede ser obligado a hacer lo que la Ley no manda, reiteramos que fue atinada la medida de dejar sin efecto la disposición comentada, aunque una medida similar, dictada conforme a las normas, sigue haciendo falta.

 

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