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Efemérides

54Grado.com : Hoy es Domingo 7 de diciembre del 2025 . Faltan 25 días para el año 2026. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1703 entre el 5 y el 9 de diciembre («24 a 28 de noviembre» según el calendario juliano vigente en esas fechas en Europa) en las Islas británicas se produce la Gran Tormenta de 1703 ―la más violenta registrada en la Historia de la región―. Comenzó el 5 de diciembre, abarcando un área de 500 km de anchura, desde Gales, el centro y el sur de Inglaterra, el mar del Norte, los Países Bajos y el norte de Alemania. Se informaron tornados. El periodista y escritor británico Daniel Defoe (autor de Robinson Crusoe) escribió que fue «la más terrible tormenta que haya visto el mundo». Se hundieron muchos barcos de las flotas de guerra neerlandesas y británicas, con centenares de ahogados. En muchos lugares se produjeron marejadas ciclónicas. Las inundaciones generadas ahogaron a un número indeterminado de personas (entre 8000 y 15 000). 1732 en el barrio de Covent Garden (Londres) se inaugura la Royal Opera House. 1760 en Venezuela, el fraile capuchino Lucas de Zaragoza funda la localidad de Maturín. 1787 en Estados Unidos, el estado de Delaware es el primero que ratifica la constitución. 1848 en Costa Rica se funda el cantón de San José. 1895 los etíopes derrotan al ejército invasor italiano en Ambia Alagi. 1917 en Argentina se funda la ciudad de El Calafate (ciudad donde se encuentra el glaciar Perito Moreno). 1933 a 400 km al noroeste de Asunción y 60 km al norte de la frontera con Argentina, comienza el Cerco de Campo Vía, que terminará cuatro días después, en que el ejército paraguayo vencerá al ejército boliviano. 1941 en Hawái, la Marina Imperial Japonesa lanza su ataque a Pearl Harbor. 1943 en Trento (Italia), Chiara Lubich funda el Movimiento de los Focolares. 1953 dimite el jefe de gobierno israelí David Ben-Gurión. 1966 Siria pide el derribamiento del rey Hussein de Jordania. 1983 en el aeropuerto de Madrid-Barajas (Madrid), un accidente aéreo deja 93 muertos. 1987 en Lima (Perú) sucede la Tragedia aérea de Alianza Lima. 1988 en Armenia ocurre el terremoto de Spitak, que destruye varias ciudades y causa más de 70.000 muertos. 1991 la URSS firma un tratado y pasa a llamarse Rusia. 1995 la sonda atmosférica de la misión Galileo penetra en la atmósfera del planeta Júpiter. 1997 Último campeonato del equipo Cruz Azul en el fútbol mexicano. 2001 lanzamiento del satélite artificial TIMED, dedicado al estudio de las capas altas de la atmósfera. 2003 en Uruguay se realiza un referéndum de ANCAP, en el que ganará el voto positivo. 2005 en el Aeropuerto Internacional de Miami, un grupo de policías federales matan a tiros al pasajero costarricense Rigoberto Alpízar, quien dijo tener una bomba, lo que resultó no siendo cierto.

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viernes, 4 de septiembre de 2020

Tres jueces no serán acusados por caso Quirinito


Tres jueces no serán acusados por caso QuirinitoSanto Domingo, RD
La Secretaría del Conse­jo del Poder Judicial (CPJ) notificó ayer a los jueces disciplinados y a la Inspec­toría de ese órgano la reso­lución que confirma la im­posibilidad de acusación disciplinaria en contra de tres magistrados por el caso Quirinito.

La decisión favorece a los jueces Aleida Jiménez, Wi­llys de Jesús y Fátima Veloz, en vista de que la acusación disciplinaria fue deposita­da por la inspectoría luego de vencido el plazo para su presentación.
Esta resolución responde a una apelación que había formulado la Inspectoría General del Poder Judicial, en rechazo a la decisión del consejero de la instruc­ción, que declaró perimida la acusación. La Inspectoría todavía puede recurrir esta decisión, ante el mismo or­ganismo o una instancia di­ferente.
El fallo contó con el vo­to favorable de las conseje­ras suplentes Karen Mejía y Brenda Galán. La conse­jera que presidía, Migue­lina Ureña, emitió un voto disidente, indicando que el proceso no podía prescribir sobre la base de una norma que no existía cuando suce­dieron los hechos de la acu­sación disciplinaria.
La indicada consejera ha­ce referencia a que el proce­so debió continuar confor­me al Reglamento de la Ley 327-98 y no conforme a la Resolución 25-18.
En la actualidad, la Ins­pectoría del CPJ evalúa la posibilidad de recurrir esta decisión, conforme al artí­culo 21.3 de la Resolución 25-18 y las disposiciones de la Ley 107-13, sobre la Ad­ministración y los Procesos Administrativos, las cuales permiten interponer un re­curso de reconsideración ante las mismas consejeras que tomaron la decisión o uno contencioso-adminis­trativo ante el Tribunal Su­perior Administrativo.
Como todo proceso dis­ciplinario, este caso debe agotar tres etapas; la pri­mera de ellas es la instruc­ción, en la que se recolectan las pruebas y se presenta la acusación al consejero de la instrucción preparatoria. Este consejero resuelve las solicitudes que presenten Inspectoría y el disciplina­do. Además, decide si emite apertura a juicio disciplina­rio o no. Si el consejero dic­ta la no apertura a juicio en­tonces la decisión puede ser recurrida.
Por el contrario, si la so­lución es apertura a un jui­cio disciplinario, el caso continúa a la segunda eta­pa, que es el juicio, en don­de se determina la culpabi­lidad o no del disciplinado por medio de una audien­cia privada y conforme las pruebas depositadas.
La decisión adoptada por el Consejo del Poder Judicial puede ser recu­rrida ante el mismo órga­no, por medio de un re­curso de reconsideración o por un recurso conten­cioso-administrativo ante el Tribunal Superior Admi­nistrativo, pasando así a la tercera etapa.
Este proceso disciplinario se inició en 2017, cuando el recluso Pedro Alejandro Castillo Paniagua, alias Qui­rinito, condenado a 30 años de prisión, recibió un cam­bio de modalidad en el régi­men de cumplimiento de su pena. Esto sirvió para que el interno simulara su muer­te y escapara evitando así el cumplimiento de su con­dena.
Investigación
Como producto de lo an­terior, se inició una investi­gación disciplinaria confor­me al reglamento de la Ley 327-98, que era el vigente al momento de la realiza­ción de los hechos imputa­dos. Posteriormente, en di­ciembre de 2018, se aprobó el Reglamento 25-18, apli­cable a los jueces del Poder Judicial.

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