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54Grado.com : Hoy es jueves 9 de abril del 2026. Faltan 266 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1494. Sale de La Isabela un contingente militar para mantener el éxito de su proyecto de conquista, disponiendo el almirante Cristóbal Colón, además, organizar administrativamente la primera ciudad del Nuevo Mundo. 1799. Muere el abogado e historiador Antonio Sánchez Valverde y Ocaña. 1849. El ejército dominicano es rechazado por los haitianos próximo a Azua. 1855. Son condenados a muerte por alegadamente conspirar contra el gobierno de Pedro Santana el general Antonio Duvergé y sus hijos Alcides y Daniel, este último con solo 16 años y su ejecución para cuando cumpliera 18, así como Juan Tomás de la Concha y Juan María Albert. 1865. Se inicia el intercambio de prisioneros españoles y dominicanos en la Guerra de la Restauración. 1880. El presidente Gregorio Luperón dispone el arresto del nombrado Francisco Otamendi, quien es acusado de atentar contra la vida del patriota cubano Antonio Maceo. 1948. Joaquín Balaguer es testigo ocular del llamado «Bogotazo» colombiano, al producirse el asesinato del líder político liberal Jorge Eliécer Gaitán. 1958. Argentina rompe relaciones diplomáticas con la República Dominicana porque la tiranía trujillista acogió como exiliado al depuesto presidente, general Juan Domingo Perón. 1962. Miles de personas procedentes de todas partes del país reciben de manera jubilosa al profesor Juan Bosch, presidente del Partido Revolucionario Dominicano, quien retornaba a su patria luego de varios años de exilio. 2007. El presidente de la JCE, Julio César Castaños Guzmán, afirma que venció el tiempo para ejercer cualquier acción legal para anular el acta de nacimiento de la activista y defensora de los derechos humanos Sonia Pierre, también conocida como Solange Pierre. 2011. Fallece a la edad de 87 años, en su residencia de la capital, la magistrada de la Suprema Corte de Justicia Margarita Tavares, quien padecía desde hace tiempo serios quebrantos de salud. 2020. Ante el agotamiento del «arsenal» de pruebas rápidas para la detección de COVID-19 y otros materiales médicos, el candidato presidencial del oficialista PLD, Gonzalo Castillo, anuncia el envío de tres aeronaves de su empresa a la República Popular China en busca de insumos para enfrentar la pandemia provocada por el nuevo coronavirus en el país. 2021. El gobernador del Banco Central, Héctor Valdez Albizu, descarta que el Gobierno destine recursos económicos para crear un fondo para garantizar préstamos a micro y pequeñas empresas, como sugiere la Asociación de Bancos Múltiples, porque implicaría la necesidad de emitir dinero inorgánico. 2024. El presidente de la Junta de Aviación Civil (JAC), José Marte Piantini, informa que la República Dominicana ha sido elegida a unanimidad para ocupar la primera vicepresidencia del Comité Ejecutivo de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC). 2025. Según un estudio del Centro Regional de Estrategias Económicas Sostenibles (CREES), desde 1991, el gasto real del Gobierno central ha crecido cerca de tres veces más rápido que el PIB real (multiplicándose por 15.8 frente a 5.3 del PIB), generando déficits recurrentes y deuda, expansión que se aceleró tras 2001, impulsada por deuda externa y baja contención del gasto, superando el crecimiento económico. -El Primer Tribunal Colegiado del distrito judicial de La Vega dictó la extinción de la acción penal en el caso contra el empresario Miguel Arturo López Florencio (Micky) y varios miembros de su familia, acusados de lavado de activos provenientes del narcotráfico. Internacionales: 1455. El cardenal español Alonso de Borja es elegido papa con el nombre de Calixto III. 1492. Muere Lorenzo de Médici, banquero y político italiano, que fue un importante mecenas de las artes y las letras durante el Renacimiento. 1682. Se produce el descubrimiento de la desembocadura del río Misisipi por el explorador francés Robert Cavelier, señor de La Salle. 1865. El general norteño Ulysses Grant derrota al general sureño Robert Lee para poner fin a la guerra de Secesión norteamericana. 1891. En Estados Unidos, James Foster, de 70 años de edad, dispara durante el recreo una escopeta contra alumnos del St. Mary's Parochial School, Newburgh, Nueva York, siendo este el primer asesinato en masa en un colegio estadounidense. 1914. Se produce el llamado «Incidente de Tampico», debido al cual el gobierno estadounidense «se sintió ofendido» por el gobierno de Victoriano Huerta y así apoyó a las fuerzas constitucionalistas de Venustiano Carranza en su lucha revolucionaria. 1948. En Bogotá, Colombia, un grupo de veintiún países firman la Carta constitutiva de la Organización de los Estados Americanos (OEA), teniendo como principales objetivos la soberanía y la lucha por la democracia. -El jurista, escritor y político colombiano Jorge Eliécer Gaitán Ayala es asesinado de varios balazos por el joven Juan Roa Sierra, quien fue linchado por la muchedumbre y su cadáver desnudo arrastrado por la calle después del asesinato, lo que dio inicio al episodio local conocido como El Bogotazo. 1965. Se firma el tratado que establece las instituciones comunes de la entonces Comunidad Económica Europea. 1992. El general Manuel Antonio Noriega, expresidente de Panamá, es condenado en Miami a prisión por tráfico de drogas, crimen organizado y blanqueo de dinero. 1995. Alberto Fujimori es reelegido presidente de Perú. 1998. En La Meca, Arabia Saudita, 118 personas mueren aplastadas por una multitud en el último día de la peregrinación ritual musulmana. 2000. Muere a manos de su guardia personal durante un golpe de Estado el presidente de Níger, Ibrahim Baré. 2003. Entran a Bagdad los primeros tanques estadounidenses sin encontrar mucha resistencia. 2008. El ministro de Defensa de Ecuador, Wellington Sandoval, presenta su renuncia al presidente Rafael Correa, siendo sustituido por el asesor presidencial Javier Ponce Ceballos. 2009. El presidente de Bolivia, Evo Morales, se declara en huelga de hambre junto con los movimientos sociales que lo apoyan para exigir al Congreso Nacional la aprobación de la ley electoral necesaria para convocar los comicios generales del próximo 6 de diciembre. 2012. El exoficial del Ejército peruano Telmo Hurtado admite su responsabilidad en la ejecución de 31 personas de las casi 70 asesinadas en 1985 en la localidad de Accomarca, en Ayacucho. 2013. Fallece a la edad de 87 años de un derrame cerebral la ex primera ministra británica (1979-1990) Margaret Thatcher. 2016. El Gobierno de Estados Unidos continúa su presión para lograr un precedente judicial que obligue a compañías tecnológicas como Apple a colaborar con las fuerzas de seguridad cuando sea requerido por un juez. 2018. El presidente chileno, Sebastián Piñera, presenta una propuesta de ley migratoria que busca la regularización de los inmigrantes en condición irregular, estimados en más de 300,000 personas. 2021. Fallece a la edad de 99 años, en el palacio de Windsor, el príncipe Felipe de Edimburgo, luego de ser intervenido con éxito de una dolencia cardíaca preexistente, según anunció su esposa, la reina Isabel II. -Un grupo de balseros cubanos rescatado tras huir de las autoridades migratorias de las Islas Caimán se niega a abandonar el buque de bandera panameña que los auxilió, exigiendo ser llevado a Panamá para continuar su travesía hacia la frontera sur de Estados Unidos. 2024. El Gobierno ecuatoriano acusa al de México, ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), de «socavar» la figura del asilo diplomático, al hacerse eco de la importancia y respeto que otorga a la institución del asilo. -La fiscalía de Venezuela anuncia el arresto de los exministros de Economía y de Finanzas, Tareck El Aissami y Simón Zerpa, además del empresario Samark López, por su presunta implicación en un escándalo de corrupción en perjuicio de Petróleos de Venezuela (PDVSA) y otras dos instituciones estatales, además de traición a la patria, apropiación del patrimonio público, tráfico de influencias, legitimación de capitales y asociación. 2025. El presidente de EE. UU., Donald Trump, se burla de los países que, según dice, quieren negociar los aranceles que ha impuesto de manera unilateral: «Estos países nos están llamando. Me están besando el trasero», proclamó. -Según un reporte de NBC News, la administración Trump está considerando atacar con drones a los cárteles de la droga en México, a pesar de los avances en seguridad del gobierno mexicano.

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jueves, 23 de enero de 2020

¿Por qué César el Abusador no ha sido extraditado a EEUU?

Carolina Pichardo
Santo Domingo, RD
A casi dos meses de la captura del narcotraficante César Emilio Peralta (César el Abusador), las autoridades de Colombia no han completado el proceso de extradición del imputado hacia Estados Unidos.

Sobre el tema se refirió el congresista dominicano en Estados Unidos, Adriano Espaillat, quien pidió al embajador de Colombia en EE.UU., Francisco Santos Calderón, que se agilice el proceso de extradición.
El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia define la extradición como “un mecanismo de cooperación internacional en el que un Estado ofrece, concede o solicita la entrega de un sindicado o condenado, nacional o extranjero, a otro Estado, por la presunta comisión de un delito en el territorio del Estado requirente”.
El narcotraficante dominicano César Emilio Peralta (César el Abusador), quien fue capturado en Cartagena de Indias, Colombia, el pasado 2 de diciembre, está en proceso de trámite de extradición pasiva desde ese país sudamericano hacia Estados Unidos, país que lo estaba requiriendo desde abril de 2019 por el Distrito Judicial del Sur de Florida.
De acuerdo con la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Internacionales, este tipo de extradición se refiere a cuando autoridades internacionales requieren a un prófugo que se encuentra dentro de territorio colombiano. 
En la actualidad este no es el único en espera de extradición. Según el director de Investigación Criminal e Interpol de Colombia, mayor general Fabio López, al menos 159 personas están en proceso de extradición desde Colombia hacia otros territorios, y que algunos tienen hasta seis meses en espera.
El trámite para el proceso de extradición pasiva se inicia cuando la embajada del Estado requirente presenta al Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia una solicitud de detención preventiva, esto para fines de extradición.
Luego se verifica si la solicitud cumple con los requisitos y de ser así la Fiscalía decreta la captura con fines de extradición y notifica al ministerio de Justicia y del Derecho y al Ministerio de Relaciones Exteriores.
Las autoridades deben verificar si esta solicitud está acompañada de los siguientes documentos: Copia o trascripción auténtica de la sentencia, de la resolución de acusación o su equivalente; indicación exacta de los actos que determinaron la solicitud de extradición y del lugar y fecha en que fueron ejecutados; todos los datos que se posean y que sirvan para establecer la plena identidad de la persona reclamada y una copia auténtica de las disposiciones penales aplicables al caso.
El Ministerio de Justicia y del Derecho examina la documentación en un término improrrogable de cinco días y si faltan piezas sustanciales lo devuelve al ministerio de Relaciones Exteriores con indicación de lo faltante.
Posteriormente la Cancillería pide al Estado Requirente que formalice la solicitud de extradición y cuando esta es recibida Relaciones Exteriores la envía al ministerio de Justicia y del Derecho, con el concepto sobre el tratado aplicable.
Este organismo judicial procede a revisar los documentos entregados y los remite a la Corte Suprema de Justicia para el correspondiente concepto, que de ser aceptado el ministerio de Justicia y del Derecho transmite la Resolución Ejecutiva a la Cancillería, que se la envía al Estado requirente.
Cuando el Estado que requiere al extraditable ofrece las garantías, Relaciones Exteriores la cursa al Ministerio de Justicia y del Derecho que la trasmite a la Fiscalía General de la Nación, entidad que efectúa la entrega del requerido.
Por otra parte, el Ministerio de Justicia y del Derecho explica en otro documento que el extraditable podrá renunciar al procedimiento previsto para la etapa judicial y solicitar a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia que se emita concepto de plano, lo cual procederá dentro de los 20 días siguientes si se cumplen los presupuestos para hacerlo.
En la Ley 906 de 2004 se cita que “dentro de los quince días siguientes al recibo del concepto de la Corte Suprema de Justicia, el Gobierno Nacional expide la resolución que decide sobre la extradición. El gobierno podrá subordinar el ofrecimiento o la concesión de la extradición a las condiciones que considere oportunas. En todo caso deberá exigir que el solicitado no vaya a ser juzgado por un hecho anterior diverso del que motiva la extradición, ni sometido a sanciones distintas de las que se hubieren impuesto en la condena”.
¿Cuál es la función de las entidades que intervienen en el trámite?
La Fiscalía General de la Nación, el ministerio de Justicia y del Derecho, el ministerio de Relaciones Exteriores, la Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Penal y el Ministerio Público.
Según el artículo 506 de la Ley 906 de 2004 del Código de Procedimiento Penal de Colombia,  “si la extradición fuere concedida, el Fiscal General de la Nación ordenará la captura del procesado si no estuviere privado de la libertad, y lo entregará a los agentes del país que lo hubieren solicitado… Si fuere rechazada la petición, el Fiscal General de la Nación ordenará poner en libertad al detenido”.
Indica que la Fiscalía iniciará el proceso de captura cuando se conozca la solicitud formal de extradición.
El artículo 511 del Código señala que si en los 60 días siguientes a la captura de la persona reclamada no se hubiere formalizado la petición de extradición o si transcurren 30 días desde que  fuere puesta a disposición del Estado requirente y este no procedió a su traslado, el Fiscal General de la Nación deberá concederle la libertad incondicional.
“En los casos aquí previstos, la persona podrá ser capturada nuevamente por el mismo motivo, cuando el Estado requirente formalice la petición de extradición u otorgue las condiciones para el traslado”, indica el mismo artículo.
El ministerio de Justicia y del Derecho es otra de las instituciones que juega un papel importante en el proceso de extradición.
El artículo 491, que habla sobre la “Concesión u ofrecimiento de la extradición”, explica que corresponde al gobierno de Colombia, por medio del ministerio del Interior y de Justicia, ofrecer o conceder la extradición de una persona condenada o procesada en el exterior.
Este ministerio se encarga de examinar los documentos “en un término improrrogable de cinco días y si encuentra que faltan piezas sustanciales en el expediente, lo devolverá al ministerio de Relaciones Exteriores, con indicación detallada de los nuevos elementos de juicio que sean indispensables”.
El artículo 498 dice que luego el ministerio de Relaciones Exteriores adelantará las gestiones que fueren necesarias ante el gobierno extranjero para terminar de completar los documentos.
“Una vez perfeccionado el expediente, el ministerio del Interior y de Justicia lo remitirá a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, para que esta Corporación emita concepto”, señala el artículo 499.
El papel del ministerio de Relaciones Exteriores es de convertirse en un canal diplomático en el trámite de extradición. Pero también es responsable de emitir concepto en el trámite de extradición pasiva en cuanto a la existencia de un tratado aplicable al caso.
“Recibida la documentación, el ministerio de Relaciones Exteriores ordenará que pasen las diligencias al ministerio del Interior y de Justicia junto con el concepto que exprese si es del caso proceder con sujeción a convenciones o usos internacionales o si se debe obrar de acuerdo con las normas de este código”, cita el artículo 496, de la Ley 906 de 2004, del Código Procesal Penal de Colombia.
Por otro lado, la Corte Suprema de Justicia tiene como función la revisión judicial que se realiza en Colombia del trámite de extradición pasiva.
En el artículo 499 se indica que cuando las instituciones perfeccionen el expediente del imputado, Interior y Justicia debe remitirlo a la Corte Suprema de Justicia, específicamente a la Sala de Casación Pena donde se emitirá concepto.
“Recibido el expediente por la Corte, se dará traslado a la persona requerida o a su defensor por el término de diez días para que soliciten las pruebas que consideren necesarias… Vencido el término de traslado, se abrirá a pruebas la actuación por el término de diez días, más el de distancia, dentro del cual se practicarán las solicitadas y las que a juicio de la Corte Suprema de Justicia sean indispensables para emitir concepto”, se detalla en los documentos judiciales.
De acuerdo con la Cancillería de Colombia, si la Corte decide que debe ser extraditado, el Poder Ejecutivo tendrá que aceptar o negar la solicitud de extradición. “Por el contrario, de emitirse un concepto negativo, el Poder Ejecutivo deberá negar la solicitud de extradición”.
El ministerio Público de Colombia tiene como meta emitir concepto no vinculante cuando el caso se encuentre bajo escrutinio por parte de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.
Las funciones del Ministerio Público en este tipo de casos son las de participar en las diligencias o actuaciones realizadas por la Fiscalía General de la Nación y los jueces de la República que impliquen afectación o menoscabo de un derecho fundamental; procurar que las decisiones judiciales cumplan con los cometidos de lograr la verdad y la justicia; asimismo, que las condiciones de privación de la libertad como medida cautelar y como pena o medida de seguridad se cumplan de conformidad con los Tratados Internacionales, la Carta Política y la ley y, por supuesto, velar por el cumplimiento del debido proceso y el derecho de defensa.

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