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54Grado.com : Hoy es jueves 9 de julio del 2026 Faltan 175 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1809. Con la entrega del Castillo de San Gerónimo, el baluarte de la Puerta del Conde y otras plazas a los líderes criollos encabezados por Juan Sánchez Ramírez, los franceses abandonan Santo Domingo y se restablece el dominio español sobre la parte occidental de la isla. Este período es conocido como "España Boba". 1822. Vicente Celestino Duarte y Díez –hermano del Padre de la Patria, Juan Pablo- contrajo matrimonio en Santo Domingo, con la señorita María Trinidad Villeta y Ponce de León. 1843. En conocimiento de que el movimiento independentista había sufrido dilaciones frente a la inminente llegada del general Charles Rivier, con intenciones de detener a sus principales dirigentes, Juan Pablo Duarte se refugió en la casa de José Ginebra, situada en La Atarazana. 1844. El Padre de la Patria Juan Pablo Duarte es recibido en Puerto Plata con varias expresiones de adhesión al movimiento iniciado en Santo Domingo días antes, el cual lo había proclamado Presidente de la República. 1856. Con el decreto 435, Manuel de Regla Mota nombra al general Lorenzo Santamaría secretario de Guerra y Marina y a Miguel Lavastida y Fernández encargado del despacho de Relaciones Exteriores. 1865. El general José de la Gándara y Navarro reduce a prisión un grupo de dominicanos y dominicanas de prestancia, a los que se lleva como rehenes al abandonar la ciudad de Santo Domingo a bordo del vapor Vasco Núñez de Balboa "como garantía de los prisioneros españoles que habían hecho los soldados de la restauración. 1894. Falleció el médico Pedro Antonio Delgado, quien prestó valiosos servicios a la ciudadanía durante las epidemias que azotaron al país. 1959. El embajador dominicano en Ecuador, Homero Hernández Almánzar, renuncia a su cargo en una comunicación enviada al presidente Héctor Trujillo, en protesta por la masacre perpetrada contra los expedicionarios de Constanza, Maimón y Estero Hondo. 1961. Unos 300 estudiantes universitarios se reúnen en la capital para demandar del gobierno la autonomía de la Universidad de Santo Domingo, siendo esta la primera actividad en procura de ese propósito. - Queda constituido formalmente el partido político "14 de Junio". 1965. El bando constitucionalista presidido por Francisco Alberto Caamaño comunica el comité Ad Hoc de la OEA su no objeción a un gobierno provisional presidido por Héctor García Godoy y Eduardo Read Barreras. 2004. La comisión del Senado de Estados Unidos sobre los servicios de inteligencia afirma que eran "erróneas" las afirmaciones del Gobierno acerca de la existencia de armas de destrucción masiva en Irak, como motivo para la invasión de ese país, pero absuelve a la Casa Blanca. 2014. La República Dominicana y Haití reanudan el diálogo bilateral de alto nivel que busca llegar a acuerdos en temas de interés común, como la migración y la seguridad, luego de ser aplazado varias veces en mayo. 2015. Una misión de la Organización de Estados Americanos (OEA) constata en la frontera la situación migratoria generada por el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros, acción que repetirá en el lado haitiano. 2018. La Justicia de Panamá condena a 50 años de prisión a los dominicanos Gilberto Ventura Ceballos y Alcibíades Méndez por el homicidio y secuestro de cinco jóvenes panameños de raíces asiáticas, un caso registrado entre 2010 y 2011 y que conmocionó al país centroamericano. 2020. La República Dominicana se convierte en el principal exportador de banano y cacao orgánico a la Unión Europea, con 324 mil toneladas exportadas en 2019, según un informe de la Comisión Europea sobre la importación de productos orgánicos provenientes de terceros países. 2022. Conforme a un documento del gubernamental Banco de Reservas, la entidad se convierte en la primera entidad dominicana que alcanza un activo ascendente a RD$1,012.1 billones, equivalentes a un "trillón" de pesos. Internacionales 1762. En Rusia, Catalina II asume el cargo de emperatriz como sucesora de su marido Pedro III, asesinado en un complot. 1789. Francia: la Asamblea Nacional se declara Asamblea Constituyente. 1816. El Soberano Congreso, bajo la presidencia de Narciso Laprida, declara en Tucumán la Independencia de las Provincias Unidas en Sudamérica (actuales Argentina, Bolivia, Paraguay, Uruguay, Santa Catarina y Río Grande del Sur de Brasil). 1821. El libertador y general argentino José de San Martín, al mando de su ejército, entra en Lima, la capital de Perú. 1930. Nace en la ciudad de San Pedro de Macorís, el empresario Mario Lama Handal, hijo del matrimonio del comerciante Pedro J. Lama y doña Afife Handal de Lama. 1854. Barcos estadounidenses inician el bombardean y destruyen la costa atlántica de Nicaragua, para vengarse de un insulto proferido contra el Embajador estadounidense 1859. Se firma en Madrid un tratado mediante el cual España reconoce a Argentina como nación "libre, soberana e independiente". 1960. El presidente de los Estados Unidos, Dewigt D. Eisenhower, proclama que no tolerará jamás el establecimiento en el hemisferio americano de un régimen "dominado por el comunismo internacional". -La Unión Soviética, a través de su presidente Nikita Jruschov, amenazó con atacar con misiles a EE UU, en caso que ese país decidiera intervenir en Cuba. 1961. En Turquía, un referéndum aprueba la nueva Constitución, reforzando los poderes del presidente de la república, en detrimento del Parlamento, y en Atenas es firmado el acuerdo de asociación de Grecia a la Comunidad Económica Europea. 1981. El dirigente guerrillero nicaragüense Edén Pastora renuncia a sus cargos y vuelve a la lucha, esta vez contra sus antiguos compañeros del FSLN, a quienes acusa de haber instaurado una dictadura comunista. 1982. Un avión 727 de Pan Amercian se estrella en una zona residencial de New Orleáns, causando la muerte de 149 personas. 1998.- El presidente electo Andrés Pastrana celebra una primera reunión con el jefe y fundador de las FARC, Pedro Antonio Marín, "Tirofijo". 1994. Kim Jong II, hijo del fallecido presidente Kim il-Sung, se proclama nuevo jefe de Estado de Corea del Norte. 2005. La Policía italiana informa la detención de 142 personas en dos días de redadas antiterroristas en Milán, Roma, como consecuencia de los ataques terroristas de Londres. 2006. Ciento cincuenta personas mueren al estrellarse un avión A-310 con 200 pasajeros a bordo contra un edificio durante la maniobra de aterrizaje en el aeropuerto de la ciudad rusa de Irkutsk (Siberia). 2011. Es asesinado en Guatemala el cantautor argentino Facundo Cabral, durante un ataque a tiros al vehículo en el que viajaba rumbo al aeropuerto de esa nación centroamericana, atribuido a un grupo de sicarios. 2012. En Rusia, alrededor de 200 personas pierden la vida debido a las inundaciones sin precedentes registradas en el sur del país, en el litoral del Mar Negro. 2015. El presidente boliviano, Evo Morales, le regala al papa Francisco una réplica del crucifijo del periodista, cineasta y sacerdote marxista Luis Espinal (1932-1980), asesinado en La Paz (el día anterior, el papa había orado en el sitio donde fue hallado el cadáver del jesuita). -El ex dirigente de la FIFA, el estadounidense Chuck Blazer, es suspendido de por vida de todas las actividades relacionadas con el fútbol profesional por su implicación en los escándalos de corrupción. 2018. El presidente de EE.UU., Donald Trump, nombró al juez conservador Brett Kavanaugh para cubrir la vacante del magistrado del Tribunal Supremo, tras el anuncio de jubilación del derechista moderado Anthony Kennedy. -La Conferencia Episcopal de Nicaragua, mediadora y testigo del diálogo nacional, suspende las mesas de trabajo creadas para superar la crisis que vive ese país debido a la agresión física que sufrieron los obispos en la basílica de San Sebastián, en la ciudad de Diriamba. 2019. Muere en Buenos Aires a la edad de 81 años, el ex presidente argentino (1999-2001) Fernando de la Rúa, quien logró vencer al peronismo en 1999, asumiendo la presidencia el 10 de diciembre de ese año. 2020. El diario estadounidense The New York Times revela que funcionarios federales y expertos estudian la posibilidad de que los hispanos y afroamericanos sean quiénes reciban las primeras dosis de una vacuna eficaz contra el coronavirus que pudiera estar lista a fin de año. - La Corte Suprema de los Estados Unidos determina que el fiscal de Nueva York, Cyrus Vance Jr., tiene derecho a ver los registros financieros privados y comerciales del presidente Donald Trump, lo que representan una derrota para el mandatario, quien había luchado para mantenerlos ocultos. 2021. El gobierno haitiano solicita a Estados Unidos y la ONU, el envío de tropas para proteger sus puertos, aeropuertos y otros sitios estratégicos, tras el asesinato del presidente Jovenel Moise, dijo el viernes un ministro del gobierno haitiano. 2024. Tras casi dos meses de investigación, la Fiscalía de Nueva York concluye que el ex presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado, el demócrata Robert 'Bob' Menéndez, puso su poder en venta, participando en un "caso clásico de corrupción a gran escala". -Al menos 680 reclusos perdieron la vida en cárceles del Ecuador durante el período 2018-2023, según revela un informe presentado el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH), el Comité de Familiares por Justicia en Cárceles y la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), enviado al Comité contra la Tortura (CAT, por sus siglas en inglés) de las Naciones Unidas.

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jueves, 23 de enero de 2020

¿Por qué César el Abusador no ha sido extraditado a EEUU?

Carolina Pichardo
Santo Domingo, RD
A casi dos meses de la captura del narcotraficante César Emilio Peralta (César el Abusador), las autoridades de Colombia no han completado el proceso de extradición del imputado hacia Estados Unidos.

Sobre el tema se refirió el congresista dominicano en Estados Unidos, Adriano Espaillat, quien pidió al embajador de Colombia en EE.UU., Francisco Santos Calderón, que se agilice el proceso de extradición.
El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia define la extradición como “un mecanismo de cooperación internacional en el que un Estado ofrece, concede o solicita la entrega de un sindicado o condenado, nacional o extranjero, a otro Estado, por la presunta comisión de un delito en el territorio del Estado requirente”.
El narcotraficante dominicano César Emilio Peralta (César el Abusador), quien fue capturado en Cartagena de Indias, Colombia, el pasado 2 de diciembre, está en proceso de trámite de extradición pasiva desde ese país sudamericano hacia Estados Unidos, país que lo estaba requiriendo desde abril de 2019 por el Distrito Judicial del Sur de Florida.
De acuerdo con la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Internacionales, este tipo de extradición se refiere a cuando autoridades internacionales requieren a un prófugo que se encuentra dentro de territorio colombiano. 
En la actualidad este no es el único en espera de extradición. Según el director de Investigación Criminal e Interpol de Colombia, mayor general Fabio López, al menos 159 personas están en proceso de extradición desde Colombia hacia otros territorios, y que algunos tienen hasta seis meses en espera.
El trámite para el proceso de extradición pasiva se inicia cuando la embajada del Estado requirente presenta al Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia una solicitud de detención preventiva, esto para fines de extradición.
Luego se verifica si la solicitud cumple con los requisitos y de ser así la Fiscalía decreta la captura con fines de extradición y notifica al ministerio de Justicia y del Derecho y al Ministerio de Relaciones Exteriores.
Las autoridades deben verificar si esta solicitud está acompañada de los siguientes documentos: Copia o trascripción auténtica de la sentencia, de la resolución de acusación o su equivalente; indicación exacta de los actos que determinaron la solicitud de extradición y del lugar y fecha en que fueron ejecutados; todos los datos que se posean y que sirvan para establecer la plena identidad de la persona reclamada y una copia auténtica de las disposiciones penales aplicables al caso.
El Ministerio de Justicia y del Derecho examina la documentación en un término improrrogable de cinco días y si faltan piezas sustanciales lo devuelve al ministerio de Relaciones Exteriores con indicación de lo faltante.
Posteriormente la Cancillería pide al Estado Requirente que formalice la solicitud de extradición y cuando esta es recibida Relaciones Exteriores la envía al ministerio de Justicia y del Derecho, con el concepto sobre el tratado aplicable.
Este organismo judicial procede a revisar los documentos entregados y los remite a la Corte Suprema de Justicia para el correspondiente concepto, que de ser aceptado el ministerio de Justicia y del Derecho transmite la Resolución Ejecutiva a la Cancillería, que se la envía al Estado requirente.
Cuando el Estado que requiere al extraditable ofrece las garantías, Relaciones Exteriores la cursa al Ministerio de Justicia y del Derecho que la trasmite a la Fiscalía General de la Nación, entidad que efectúa la entrega del requerido.
Por otra parte, el Ministerio de Justicia y del Derecho explica en otro documento que el extraditable podrá renunciar al procedimiento previsto para la etapa judicial y solicitar a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia que se emita concepto de plano, lo cual procederá dentro de los 20 días siguientes si se cumplen los presupuestos para hacerlo.
En la Ley 906 de 2004 se cita que “dentro de los quince días siguientes al recibo del concepto de la Corte Suprema de Justicia, el Gobierno Nacional expide la resolución que decide sobre la extradición. El gobierno podrá subordinar el ofrecimiento o la concesión de la extradición a las condiciones que considere oportunas. En todo caso deberá exigir que el solicitado no vaya a ser juzgado por un hecho anterior diverso del que motiva la extradición, ni sometido a sanciones distintas de las que se hubieren impuesto en la condena”.
¿Cuál es la función de las entidades que intervienen en el trámite?
La Fiscalía General de la Nación, el ministerio de Justicia y del Derecho, el ministerio de Relaciones Exteriores, la Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Penal y el Ministerio Público.
Según el artículo 506 de la Ley 906 de 2004 del Código de Procedimiento Penal de Colombia,  “si la extradición fuere concedida, el Fiscal General de la Nación ordenará la captura del procesado si no estuviere privado de la libertad, y lo entregará a los agentes del país que lo hubieren solicitado… Si fuere rechazada la petición, el Fiscal General de la Nación ordenará poner en libertad al detenido”.
Indica que la Fiscalía iniciará el proceso de captura cuando se conozca la solicitud formal de extradición.
El artículo 511 del Código señala que si en los 60 días siguientes a la captura de la persona reclamada no se hubiere formalizado la petición de extradición o si transcurren 30 días desde que  fuere puesta a disposición del Estado requirente y este no procedió a su traslado, el Fiscal General de la Nación deberá concederle la libertad incondicional.
“En los casos aquí previstos, la persona podrá ser capturada nuevamente por el mismo motivo, cuando el Estado requirente formalice la petición de extradición u otorgue las condiciones para el traslado”, indica el mismo artículo.
El ministerio de Justicia y del Derecho es otra de las instituciones que juega un papel importante en el proceso de extradición.
El artículo 491, que habla sobre la “Concesión u ofrecimiento de la extradición”, explica que corresponde al gobierno de Colombia, por medio del ministerio del Interior y de Justicia, ofrecer o conceder la extradición de una persona condenada o procesada en el exterior.
Este ministerio se encarga de examinar los documentos “en un término improrrogable de cinco días y si encuentra que faltan piezas sustanciales en el expediente, lo devolverá al ministerio de Relaciones Exteriores, con indicación detallada de los nuevos elementos de juicio que sean indispensables”.
El artículo 498 dice que luego el ministerio de Relaciones Exteriores adelantará las gestiones que fueren necesarias ante el gobierno extranjero para terminar de completar los documentos.
“Una vez perfeccionado el expediente, el ministerio del Interior y de Justicia lo remitirá a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, para que esta Corporación emita concepto”, señala el artículo 499.
El papel del ministerio de Relaciones Exteriores es de convertirse en un canal diplomático en el trámite de extradición. Pero también es responsable de emitir concepto en el trámite de extradición pasiva en cuanto a la existencia de un tratado aplicable al caso.
“Recibida la documentación, el ministerio de Relaciones Exteriores ordenará que pasen las diligencias al ministerio del Interior y de Justicia junto con el concepto que exprese si es del caso proceder con sujeción a convenciones o usos internacionales o si se debe obrar de acuerdo con las normas de este código”, cita el artículo 496, de la Ley 906 de 2004, del Código Procesal Penal de Colombia.
Por otro lado, la Corte Suprema de Justicia tiene como función la revisión judicial que se realiza en Colombia del trámite de extradición pasiva.
En el artículo 499 se indica que cuando las instituciones perfeccionen el expediente del imputado, Interior y Justicia debe remitirlo a la Corte Suprema de Justicia, específicamente a la Sala de Casación Pena donde se emitirá concepto.
“Recibido el expediente por la Corte, se dará traslado a la persona requerida o a su defensor por el término de diez días para que soliciten las pruebas que consideren necesarias… Vencido el término de traslado, se abrirá a pruebas la actuación por el término de diez días, más el de distancia, dentro del cual se practicarán las solicitadas y las que a juicio de la Corte Suprema de Justicia sean indispensables para emitir concepto”, se detalla en los documentos judiciales.
De acuerdo con la Cancillería de Colombia, si la Corte decide que debe ser extraditado, el Poder Ejecutivo tendrá que aceptar o negar la solicitud de extradición. “Por el contrario, de emitirse un concepto negativo, el Poder Ejecutivo deberá negar la solicitud de extradición”.
El ministerio Público de Colombia tiene como meta emitir concepto no vinculante cuando el caso se encuentre bajo escrutinio por parte de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.
Las funciones del Ministerio Público en este tipo de casos son las de participar en las diligencias o actuaciones realizadas por la Fiscalía General de la Nación y los jueces de la República que impliquen afectación o menoscabo de un derecho fundamental; procurar que las decisiones judiciales cumplan con los cometidos de lograr la verdad y la justicia; asimismo, que las condiciones de privación de la libertad como medida cautelar y como pena o medida de seguridad se cumplan de conformidad con los Tratados Internacionales, la Carta Política y la ley y, por supuesto, velar por el cumplimiento del debido proceso y el derecho de defensa.

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