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Se reúnen en el Edificio de San Nicolás los presidentes Ulises Heureaux de República Dominicana y el General Tyresisa Simón San de Haití, en busca de una solución final al contenido fronterizo. 1962. Los presidentes de los partidos Unión Cívica Nacional y Revolucionario Social Cristiano, Viriato Fiallo y Alfonso Moreno Martínez, rechazan se confiera el rango de general a Luis Amiama Tió y Antonio Imbert Barreras, únicos sobrevivientes del ajusticiamiento del dictador Rafael Trujillo. 2005. El cantautor Juan Luis Guerra se convierte en el primer artista dominicano que logra llenar el Madison Square Garden, de la ciudad de Nueva York, cuando ofrece un concierto conmemorativo a sus 20 años en la música. 2015. El Senado aprueba con el voto absoluto y en segunda lectura el proyecto que convoca la Asamblea Nacional Revisora de la Constitución, para restablecer la reelección presidencial. -El papa Francisco pide a los obispos dominicanos prestar atención particular a los inmigrantes provenientes de Haití, al recibirlos en la visita "Ad Limina", la que cada obispo efectúa cada cinco años para dar cuenta del estado de su diócesis. - La Dirección General de Minería pone fin al contrato con la empresa Dovemco para la extracción de bauxita en la mina Las Mercedes de Pedernales, para dar paso a un proyecto turístico, cuya vigencia será efectiva a partir de los 30 días de la notificación. 2018. Mediante el decreto 202-18, el presidente Danilo Medina establece que cada 27 de junio se celebre el Día de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), encargando al Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES, "realizar las actividades conmemorativas a la fecha". 2024. La diputada oficialista Rosa Amalia Pilarte, es condena de manera unánime a cinco años de cárcel por la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), al ser encontrada culpable de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, pena que deberá cumplir en la cárcel de Rafey Mujeres, así como al pago de una multa de 200 salarios mínimos del sector público. 2025. Fallece a la edad de 72 años el académico Julio Sánchez Mariñez, quien desempeñaba la función de rector del Instituto Tecnológico de Santo Domingo (Intec). Internacionales 1358. Campesinos de la región de Beauvezer producen una violenta insurrección campesina en el Norte de Francia. 1830: El Rey Fernando VII crea en Sevilla una Escuela de Tauromaquia (preparación de toreros), única oficial de este tipo en el Mundo. 1876 - Colombia le otorga a Antonio Gogorza y al general Etienne Turr una concesión para construir un canal por Panamá. 1901. Es aprobada la controversial Enmienda Platt, mediante la cual Estados Unidos reconoce la independencia de Cuba. 1940: Bélgica Capitula ante Alemania. 1944: En Ecuador, se produce el levantamiento militar conocido como "La Gloriosa", que depone al presidente Carlos A. Arroyo del Río, que permite posteriormente el ascenso al poder del general José Velazco Ibarra. 1993. La ONU acepta como nuevo miembro del organismo a la República de Eritrea. 2006. El presidente de Colombia, Álvaro Uribe, es reelegido como mandatario de su país en las elecciones celebradas ese día, al obtener poco más de 62% de los votos, evitando así una segunda vuelta electoral. 2007. El ministro de agricultura japonés, Toshikatsu Matsuoka, de 62 años, se suicidó ahorcándose horas antes de que debía enfrentar en el parlamento cuestionamientos en relación con un escándalo político. - La estación de TV más antigua de Venezuela, RCTV (Radio Caracas Televisión), cesa su transmisión al no ser renovada su concesión por el gobierno. 2010. La guerrilla maoísta se atribuye el atentado contra el sistema de tren en India, que causó la muerte a 146 personas. 2013. Es detenido en Madrid Arthur Budovsky, máximo responsable de Liberty Reserve, plataforma financiera del cibercrimen, para blanquear más de US$6.000 millones, mediante más de 55 millones de transacciones ilegales en todo el mundo. 2014. El presidente de Estados Unidos, Barack Obama, asegura que el terrorismo "continúa siendo la mayor amenaza" para el país y anuncia la creación de un fondo de cooperación antiterrorista de 5.000 millones de dólares. - El expresidente de Ecuador Jamil Mahuad es condenado a 12 años de prisión por el delito de peculado o malversación de fondos públicos. 2018. El presidente de Paraguay, Horacio Cartes, presenta su renuncia al cargo, con miras a asumir como senador el 1 de julio, tras ganar un escaño en las elecciones del 22 de abril, y no caer en la duplicidad de funciones, acción que debe ser aprobada o rechazada en sesión extraordinaria de ambas Cámaras del Congreso. 2020. El gobernador de Minnesota, Tim Walz, declara el estado de emergencia, desplegando la Guardia Nacional en medio de los disturbios en Minneapolis y St. Paul causados por la muerte del afroamericano George Floyd, estando bajo custodia policial días antes, cuyo deceso ha provocado indignación nacional. 2025. Un grupo armado, alegadamente perteneciente a una de las bandas que controla gran parte de Haití, se apodera del puesto aduanero de Malpasse, comuna próxima a la localidad dominicana de Jimaní, según reportan medios de prensa del vecino país.

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martes, 13 de agosto de 2019

El colapso del Sistema Nacional de Pensiones

HERNANDO PÉREZ MONTAS
Santo Domingo, RD
La admisión reseñada en la prensa nacional por la presidenta ejecutiva de la Asociación Dominicana de Fondo de Pensiones (Adafp), anunciando que las AFP han erogado RD$16,000 millones a más de 126,000 afiliados de “ingreso tardío”, evidencia claramente el colapso del sistema nacional de pensiones, debido a graves fallas de implementación.

Se infiere que casi la totalidad de los beneficiarios percibieron un pago único en vez de una pensión, equivalente a los ahorros capitalizados en su cuenta individual. Esta anomalía, que desvirtúa íntegramente el objetivo de la Ley 87/01, fue posible por una Resolución del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) de permitir el pago único en vez de una pensión.
Al dividir los valores erogados entre los beneficiarios, resulta un desembolso promedio de solo RD$127,000 que teóricamente solo alcanzaría para una pensión menor al 10% del salario promedio, y solo por un período de menos de tres años. Estimamos que la mayoría de estos pensionados quedarán en la indigencia a corto plazo, sin derecho al Fondo de Solidaridad Social o créditos retroactivos, por no haberse acreditado el Bono de Reconocimiento.
Otra normativa anómala del CNSS en materia de protección social que “de jure” es inconstitucional, lo constituye la decisión de no conceder pensiones al cónyuge sobreviviente de trabajadores que fallezcan en actividad con 65 y más años de edad, que es precisamente cuando se intensifica la frecuencia de la mortalidad, originada por una petición de las Compañías de Seguros y las AFP, que acordaron un “Contrato Póliza” excluyendo dicho beneficio. ¿Dónde consta está prohibición en la Ley 87/01?  
Lamentablemente, decisiones erróneas del Consejo Nacional de la Seguridad Social para  simplificar las normativas contenidas en la Ley 87/01, han desvirtuado totalmente el objetivo básico del sistema de seguridad social del país. El basamento legal y operativo de un sistema nacional de pensión es una cuestión de Estado, no de una entidad heterogénea como el CNSS o de entes privados con fines pecuniarios, y es hora de que el Gobierno intervenga decisivamente para corregir los errores y distorsiones de implementación de la Ley 87/01, y establecer un modelo actuarial que permita a cientos de miles de asegurados accesar a una pensión digna. Esto no será factible por al menos hasta el año 2040 en el régimen general, por la sencilla razón de que el aporte del 8% del salario a las cuentas de capitalización individual NO es suficiente para garantizar pensiones dignas bajo escenarios actuariales razonables. Hemos propuesto soluciones que coinciden con apreciaciones de organismos internacionales, que requieren el establecimiento de un segundo pilar de pensiones de beneficios definidos, con un impacto neutral en las finanzas empresariales, e incluso, con un flujo positivo de caja al postergar la erogación inmediata de la Cesantía.
Dicho pilar requiere aportes suplementarios de los asegurados, pues en ningún país del mundo los trabajadores pueden accesar a pensiones vitalicias dignas con aportes de solo 2.88% de los salarios en la cuenta individual. No obstante, percibo que continúo predicando en el desierto, pues nuestras propuestas parecen caer en el vacío. Ya prácticamente la población de “ingreso tardío” ha optado por el capital acumulado, y a partir del presente año las AFP y/o las Compañías de Seguro deberán comenzar a otorgar pensiones, cuyo monto promedio será tan exiguo que provocará un descenso drástico del nivel de vida de decenas de miles de pensionados, muchos de los cuales caerán en el umbral de la pobreza.
Los proyectos que cursan en las Cámaras Legislativas no solucionarán las carencias del régimen nacional de pensiones. Para ilustrar los déficit actuariales del sistema vigente, cabe mencionar que los RD$513,000 millones aportados por 3.8 millones de afiliados a las AFP reseñadas por la Adafp, solo promedian RD$135,000 por cápita después de 16 años de operación. Para un salario promedio de RD$15,000 mensuales, una pensión digna del 50% del salario pagadera 13 veces al año, con una esperanza de vida al retiro de 22 años (no debe confundirse la esperanza de vida al nacer con la esperanza de vida al retiro), requiere un capital “neto”, después de deducir la comisión de las Compañías de Seguro, de RD$1,460,000 aproximadamente, según tasas  reales de retorno del 3% al 4%, sin contar con la pensión subsidiaria al cónyuge sobreviviente.
Lo anterior muestra las carencias del actual régimen nacional de pensiones y la impostergable necesidad de modificaciones estructurales, estableciendo un pilar complementario de pensiones como en la mayoría de los países que se abocaron a una reforma estructural del régimen nacional  de pensiones.
Como colofón, el ajuste del 14% a los salarios mínimos acordados recientemente por el Comité Nacional de Salarios reducirá en el presente año la tasa real de retorno de las inversiones de las AFP de positiva a negativa, impactando negativamente las exiguas “tasas de reemplazo” de las pensiones a ser concedidas en los próximos años. Otro factor negativo es una Resolución del CNSS de permitir a las Compañías de Seguros fijar libremente las comisiones en caso de que el asegurado opte por una pensión vitalicia, que es el objetivo básico de un sistema nacional de pensiones, lo que reduciría aún más el porciento de pensión, y que obligaría al asegurado a optar por la renta programada en las AFP,  lo que podría agotar el capital acumulado en la cuenta individual en caso de longevidad en exceso de lo estimado, generando también la indigencia a mediano plazo.  
En cuanto a los cónyuges sobrevivientes, generalmente viudas, que usualmente fallecen después del pensionado masculino, parece que el nivel de desprotección social es más elevado, pues esto solo sería factible en rentas vitalicias, que constituirán una minoría, por los factores mencionados más arriba.

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