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Efemérides

54Grado.com : Hoy es viernes 26 de abril del 2024. Faltan 249 días para el año 2025. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1860. El gobierno declara abierto el Puerto marítimo de Montecristi para la exportación de ganado vacuno. 1902. Horacio Vásquez se levanta contra el gobierno del presidente Juan Isidro Jiménes, lanzando un manifiesto revolucionario, acusándolo de mala administración económica, defraudar los ideales del 26 de julio y violar las libertades públicas. 1933. El empresario periodístico Arturo J. Pellerano Alfau es excarcelado por disposición del general Rafael Trujillo, quien le designa diputado al Congreso Nacional. 1963. El gobierno haitiano acusa al teniente Francois Benoit, de dejar el asilo concedido por la embajada dominicana en Haití para alegadamente participar en el atentado perpetrado contra la vida de los hijos del presidente Francois Duvalier. 1965. El Presidente Rafael Molina Ureña designa al teniente coronel Hernández Ramírez, Ministro de las Fuerzas Armadas; al coronel Francisco A. Caamaño Deñó, Ministro de Interior; a Máximo Lovatón Pittaluga, Ministro de Relaciones Exteriores y a Ramón Ledesma Pérez, Secretario de Estado sin Cartera. También dispone la cancelación del general Elías Wessin y Wessin. 1965. El profesor Juan Bosch Juan Bosch anuncia en San Juan, Puerto Rico, que acepta la invitación de los constitucionalistas para asumir de nuevo el poder, reiterando que pronto retornaría a Santo Domingo. - Aviones de la Fuerza Aérea Dominicana ametrallan las inmediaciones del puente Juan Pablo Duarte y los campamentos militares ocupados por los constitucionalistas. - El Departamento de Defensa de ls EEUU pone en estado de alerta dos unidades de paracaidistas de las 82va. División Aerotransportada, en Carolina del Norte, para una "posible acción" en la República Dominicana. 2013. El Consejo de la Universidad Autónoma de Santo Domingo ratifica la disolución como agrupación universitaria, del Frente Estudiantil de Liberación Amín Abel (FELABEL), y disolver el mismo, por patrocinar actos violentos en la academia. 2020. Un grupo de personas dirigido por Mildomio Adames, conocido como El Peregrino, irrumpe en la Catedral San Felipe Apóstol, cerrada al público para evitar propagación del coronavirus, acción que es criticada acremente por obispo de la Diócesis de Puerto Plata, Monseñor Julio César Cornielle Amaro. 2022. Dos personas mueren y otras dos resultan gravemente lesionadas a causa de un incendio ocurrido mientras se realizaban labores de pintura y soldadura, en dos de los estudios del Canal del Sol, localizado en el sector Naco del Distrito Nacional. - Las autoridades informan la confiscación de 1.4 toneladas de cocaína en dos operativos realizados en las costas del país por miembros de la DNCD y la Armada, considerado como el de mayor y más costoso alijo descubierto en la historia del país. 2023. El canciller Roberto Álvarez, alerta ante la ONU de la "situación insostenible" de Haití, al tiempo de exigirle al Consejo de Seguridad "respuestas inmediatas", siendo esta una de las más de 13 ocasiones en el que el funcionario se pronuncia a favor de la intervención internacional en la vecina nación. - El Cuarto Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Distrito Nacional dicta 30 años de prisión contra Fausto Miguel Cruz, al ser hallado culpable de la muerte del entonces ministro de Medio Ambiente, Orlando Jorge Mera, acogiendo la petición del Ministerio Público contra el imputado. Internacionales: 121. Nace Marco Aurelio, emperador romano. 570. Nace Mahoma, profeta árabe, fundador del Islam. 1500. En Brasil es celebrada la primera misa, marcando la llegada de la armada de Pedro Álvares Cabral a este país, confirmando su descubrimiento por Portugal. 1538. En Perú, se produce la batalla de Las Salinas, entre los conquistadores Hernando y Gonzalo Pizarro y Diego de Almagro. 1544. El capitán español Domingo Martínez de Irala es proclamado gobernador del Paraguay tras poner en prisión a Alvar Núñez Cabeza de Vaca. 1860. Firma en Tetuán del tratado de paz que puso fin a la guerra en África entre españoles y marroquíes. 1870. El general venezolano Antonio Guzmán Blanco toma Caracas, convoca a un congreso de plenipotenciarios, declara la vigencia de la constitución nacional de 1864 y nombra su gabinete. 1963. El dictador haitiano Francois Duvalier ordena incendiar la residencia del teniente Francois Benoit, acusado de dar muerte a tres agentes de seguridad de sus hijos, dando muerte a sus padres, su hijo de año y medio y miembros del servicio doméstico. 1964. Tanganica y Zanzíbar se unen para formar Tanzania. 1982. Soldados argentinos en las Islas Georgias o Malvinas, se rinden a los británicos. 1986. En Ucrania, se produce la explosión de la planta nuclear de Chernobyl. 1992. Fuertes terremotos en el norte de California (Estados Unidos) ocasionan 53 muertos y numerosos heridos. - Unas 264 personas resultan muertas al estrellarse un Airbus A-300 de la compañía taiwanesa China Airlines en el aeropuerto de Nagoya, a unos 250 kilómetros al oeste de Tokio. 1994. El Consejo Nacional Africano, liderado por Nelson Mandela, gana las primeras elecciones multirraciales de Sudáfrica con el 62,6% de los votos, frente al 20,4% del gobernante Partido Nacional. - Unas 264 personas perecen al estrellarse un Airbus A300-600R de la compañía taiwanesa China Airlines en el aeropuerto de Nagoya (Japón). 1998. El obispo de Ciudad de Guatemala, Juan Gerardi es salvajemente asesinado, quien dos días antes había publicado su informe Guatemala: nunca más, donde presentó pruebas del terrorismo de Estado en ese país: 200 000 indígenas asesinados y un millón de exiliados. 2000. Prolongados enfrentamientos armados se registran en la cárcel La Modelo de Bogotá, Colombia, dejando un saldo de 32 muertos, 17 heridos y 17 desaparecidos. 2008. La policía austríaca arresta al ingeniero Josef Fritzl, de 73 años, conocido como el 'monstruo de Amstetten', quien tuvo prisionera a una hija en un sótano durante 24 años con la que tuvo seis hijos/nietos. 2003. En el estado de Utah (Estados Unidos), el montañista Aron Ralston sufre un accidente en una cueva del cañón Blue John, cuando una enorme roca le aplasta el antebrazo derecho, dejándolo atrapado. Cinco días después logra liberarse, tras mutilarse el brazo. 2009. El presidente ecuatoriano Rafael Correa, es reelecto con más del 54% de los votos, lo que le permitirá gobernar el país hasta el 2013. - En Perú, el gobierno del presidente Alan García otorga asilo político al opositor venezolano Manuel Rosales, alcalde de Maracaibo, quien asegura ser un perseguido del presidente Hugo Chávez. 2010. La gobernadora de Arizona, Jan Brewer, decreta una ley que permite a la policía detener y castigar a un ciudadano por ser inmigrante ilegal. - Estados Unidos extradita al ex general panameño Manuel Antonio Noriega a Francia, donde ha sido condenado en ausencia a diez años de cárcel. 2013. La Policía Metropolitana de Buenos Aires, Argentina, ingresa al Hospital Borda y reprime brutalmente a médicos, pacientes y periodistas durante 8 horas, entre estos el actual presidente de la nación, Mauricio Macri (entonces jefe de Gobierno de Buenos Aires). 2018. El líder supremo de Corea del Norte Kim Jong-un y el presidente de Corea del Sur, Moon Jae-in, se reúnen por primera vez. 2019. Fuerzas de seguridad detienen un exmilitar estadounidense de 26 años acusado de planear un atentado con bombas en el área de Los Ángeles, con el que alegadamente pretendía vengar los recientes atentados contra mezquitas en Nueva Zelanda. 2021. La OMS califica de 'desgarradora', la cantidad diaria de infectados en La India, donde la pandemia de covid-19 registra más de 350.000 casos diarios (más de un tercio del total global), por lo que ha movilizado ayuda para asistir el país asiático. 2022. Tras un encuentro organizado por Washington en la base militar alemana de Ramstein, el secretario de Defensa estadounidense, Lloyd Austin, anuncia la conformación de un grupo de contacto militar para Ucrania, que incluye a más de 40 países, que coordinará el suministro de armas a largo plazo ante la agresión rusa. - Tras reunirse con el secretario general de la ONU, António Guterres, el canciller ruso Serguéi Lavrov, rechaza por "prematuro", la necesidad de mediadores internacionales en las negociaciones que realiza su país con Ucrania. 2023. Los gobiernos argentino y chino anuncian la firma de un acuerdo, mediante el cual la nación sudamericana pagar sus importaciones con el yuan, la moneda del país asiático, ante las escasas reservas de dólares y la baja recaudación por la sequía. - El presidente ucraniano Volodymyr Zelenskyy, revela haber sostenido una conversación telefónica "larga y significativa", durante una hora, con el mandatario chino Xi Jinping, en su primer contacto conocido desde que Rusia invadió Ucrania hace más de un año.

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jueves, 29 de noviembre de 2018

Cómo y cuándo los policías pueden usar la fuerza contra la ciudadanía

En los últimos meses se han dado a conocer vídeos en los cuales se observa a agentes de la Policía Nacional que actúan de manera violenta en contra de ciudadanos y ponen en riesgo la integridad física de éstos.
Pero ¿cuándo y cómo los agentes de esta institución pueden hacer uso de la fuerza en contra de la población? ¿Qué leyes o reglamentos así lo establecen?
El Reglamento sobre el Uso de la Fuerza en la Policía Nacional, aprobado mediante la resolución 011-2014, en la tercera reunión extraordinaria del Consejo del Poder Judicial de fecha abril de 2014, es muy claro en cuanto a la forma y el momento en que los miembros de la uniformada pueden hacer uso de la fuerza para lograr su principal objetivo, que no es otro que el “preservar la vida, la integridad física y moral de las personas”.
En uno de los considerados establece que solo en “circunstancias excepcionales ( la Policía) está facultada para requerir coactivamente una determinada conducta, mediante la aplicación inmediata del uso de la fuerza, si fuere necesario”.
También dice que la utilización de la fuerza física es el rasgo más destacado de la actividad policial, “y ha sido definida como la función de la que están investidos los miembros de la Policía Nacional para que, en nombre del Estado, puedan prevenir y reprimir la violación de ciertas leyes y derechos de las personas, si es necesario mediante intervenciones restrictivas que manifiestan el uso moderado de la fuerza”.
Explica que esa fuerza debe ser usada atendiendo a los parámetros internacionales que han establecidos diferentes tipos, a decir: desde la presencia misma de los agentes (con la influencia psicológica que ello implica) hasta la fuerza física en sus diversos grados, “cuya última escala se encuentra representada por la fuerza letal”, que es considerada como “el nivel de fuerza intrínsecamente probable de causar una lesión corporal o la muerte”.
Otro de los considerados indica que la amenaza a la vida y a la seguridad de los miembros de la Policía Nacional en el desempeño de sus funciones debe considerarse como una amenaza a la estabilidad de toda la sociedad.
En su primer artículo indica que “las disposiciones del Reglamento constituyen el marco sobre el cual los miembros de la Policía Nacional, en el cumplimiento de sus funciones, harán uso de la fuerza para salvaguardar y mantener el orden público, la integridad, los derechos y bienes jurídicos de las personas, preservar las libertades, la paz pública y prevenir la comisión de delitos”.
Y en su artículo 3 define a la fuerza pública como “el medio restrictivo que posee el Estado para mantener e imponer las normas que se han dictado para su funcionamiento ordenado, garantizar las libertades individuales que permitan una convivencia pacífica, el mantenimiento del orden, la protección de los derechos individuales, de los bienes y la vida de los ciudadanos, haciendo cumplir las leyes”.
Cuándo sí y cuándo no
El artículo 4 del referido reglamento señala que la aplicación de técnicas, tácticas y métodos ”para garantizar el ejercicio de los derechos de las personas de parte de agentes de la Policía, será de conformidad con las disposiciones que la Constitución y las Leyes regulan sobre el uso de la fuerza, por lo que este debe ser continuo y gradual, que va desde la presencia como medida disuasiva hasta el uso de fuerza letal. Pero aclara en el párrafo 1 que en todo caso, la escala de fuerza permitida a los miembros de la PN debe responder a los requisitos de necesidad y racionalidad y que no puede tener otro objetivo que el de hacer cumplir la Constitución y las leyes, salvaguardar el orden público y proteger los bienes jurídicos de las personas, “y en ningún caso deberá violar los derechos humanos”.
De igual modo, expresa que el policía solo podrá hacer uso de la fuerza física cuando no haya logrado hacer cumplir la ley “por medio del diálogo, la persuasión o la advertencia”.
En tanto, el artículo 5 establece cuándo y cómo el agente puede hacer uso de la fuerza y dice: que podrá hacerlo para “lograr el control de una situación que atenta contra la seguridad, el orden público y el libre ejercicio de los derechos de las personas, la propiedad, la integridad y la vida de las personas; dentro del marco de la ley, aplicándola de manera gradual, proporcional, legal, legítima y profesional”.
También en el artículo 7 y sus numerales indica que el agente puede hacerlo para ”neutralizar o disminuir al máximo” los posibles riesgos que debe enfrentar el miembro policial o para favorezcan la protección de la vida e integridad física de terceras personas; cuando en su contra o de terceras personas se ejerza violencia por la vía de los hechos o amenazas por persona armada y represente riesgo para su integridad física; cuando se ponga resistencia al cumplimiento a una orden judicial o realización de un arresto ante un hecho flagrante y el sospechoso ofrezca resistencia ostensible; así como en otras intervenciones dispuestas por las autoridades competentes. Igualmente, cuando se tenga que defender instalaciones bajo su responsabilidad o personas que estén bajo custodia, además, cuando tengan que disolver manifestaciones públicas no pacíficas y que en las mismas participen elementos con armas de fuego o que esgriman objetos de forma tal que puedan ser utilizados para agredir.
De igual modo, el artículo 8 aclara que “en ningún caso será legítimo utilizar alguna de las escalas de la fuerza o seguir utilizándola cuando ya ha sido controlado el transgresor o persona que debe ser detenida”.
Asimismo, el párrafo 1 del artículo 11 indica que el uso de la fuerza por los miembros de la Policía Nacional, “es excepcional” y que legalmente podrán hacer uso de ella en la medida en que razonablemente sea necesaria según las circunstancias, “para la prevención de un delito, para efectuar la detención legalmente autorizada o en flagrante delito, o para ayudar a efectuarla; no podrán usarla cuando exceda esos límites, de conformidad a lo establecido en las leyes”.
Uso de armas de fuego o fuerza letal
La utilización de la fuerza letal y las armas de fuego están reglamentadas en el artículo 9 que dice: “Es el nivel de fuerza intrínsecamente probable de causar una lesión corporal o la muerte. El uso de armas de fuego se considera fuerza letal y se le concede a la Policía Nacional, cuando la o las personas involucradas, son un peligro inmediato para los agentes actuantes o para terceras personas” y agrega en su párrafo 1 que ésta “es un recurso excepcional y el más extremo al que podrían recurrir los miembros de la PN en el cumplimiento de sus deberes” y solo se debe hacer uso de ella cuando se hayan agotado todos los medios nocivos “y hubieren fracasado todos los demás medios de control para proteger una vida y el sujeto agresor no depone su actitud hostil”.

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