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54Grado.com : Hoy es Domingo 10 de mayo del 2026 . Faltan 235 días para el año 2027. temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1508 en Roma, Miguel Ángel inicia la pintura de los frescos de la Capilla Sixtina. 1534 el explorador Jacques Cartier llega a la isla de Terranova. 1713 en España se promulga la Ley Sálica que prohíbe el acceso de las mujeres al trono. 1720 en Salamanca (España) se inicia la construcción de la Plaza Mayor. 1774 en Francia sube al trono Luis XVI. 1789 en Brasil es detenido el patriota Tiradentes (José da Silva Xavier). 1796 en Francia sucede la Conspiración de los Iguales. 1807 en Montevideo (Uruguay), el general inglés John Whitelocke llega a este puerto con el propósito de atacar Buenos Aires (Invasiones inglesas). 1808 en Bayona, Fernando VII de España renuncia a sus derechos a la corona española. 1832 Tomás Escalante deja el cargo como Gobernador de Sonora. 1837 en Nueva York se produce un crash bancario. 1840 en España se funda la Sociedad de Tejedores, primer sindicato español. 1841 las Cortes nombran al general Espartero regente de España. 1847 R. W. Thonson patenta los neumáticos de goma. 1857 en Mirut (India) se rebelan los cipayos (soldados indios al mando de oficiales británicos). El levantamiento se tradujo en la proclamación de la India como virreinato de la corona británica. 1869 en Estados Unidos se termina la construcción de la primera línea férrea que cruza de costa a costa. 1871 entre Francia y Alemania se firma el Tratado de Fráncfort. 1873 el padre Damián viaja hacia la isla de Molokai, donde estaban confinados todos los enfermos de lepra. 1877 Rumania se independiza de Turquía (la cual la reconoce el 26 de marzo de 1881). 1886 en España se abren las primeras Cortes de la Regencia de María Cristina, viuda de Alfonso XII de España. 1891 en España se estrena el primer número de la revista ilustrada Blanco y Negro, fundada por Torcuato Luca de Tena y Álvarez Ossorio. 1900 en Buenos Aires se estrena Atahualpa, ópera en cuatro actos de Cattelani. 1906 en San Petersburgo el zar ruso abre las sesiones de la Duma. 1907 en París se estrena la ópera Ariane y Barba Azul (de Paul Dukas). 1911 el proyecto de ley para dividir el archipiélago canario en dos provincias es aplaudido en Las Palmas y rechazado en Tenerife. 1911 en el marco de la Revolución mexicana, las tropas maderistas toman Ciudad Juárez. 1914 un temblor de tierra causa 60 muertos en Sicilia. 1915 en El Salvador se funda el periódico La Prensa Gráfica. 1915 Londres recibe el primer ataque con zepelines. 1920 en Irlanda, 180 detenidos inician una huelga de hambre de 18 días. 1920 en Madrid se inaugura una exposición de abanicos antiguos. 1921 Dinamarca declara a Groenlandia territorio de su soberanía. 1924 Alfonso XIII inaugura la exposición oficial del automóvil. 1924 en EE. UU., J. Edgar Hoover es designado director del FBI. 1928 la aeronave Jesús del Gran Poder parte con dirección a Oriente con el objetivo de batir el récord mundial de distancia en línea recta. 1929 Alberto Moravia publica Los indiferentes. 1932 Albert Lebrun es elegido presidente de la República Francesa. 1933 en Berlín, el régimen nazi quema 20.000 libros de autores que figuraban en su lista negra. 1933 Paraguay declara la guerra a Bolivia. 1934 Famous funnies se convierte en el primer libro de cómics publicado en los Estados Unidos que se pone a la venta en los kioscos.

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lunes, 21 de noviembre de 2016

Hacienda asegura pago adelantado ITBIS no afectará las exportaciones

SANTO DOMINGO.- El establecimiento del 50% adelantado del Impuesto sobre Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) en la Dirección General de Aduanas no afectará las exportaciones ni la producción de bienes exentos, aseguró el Ministerio de Hacienda.

Explicó que el ITBIS pagado por los exportadores para la producción del bien, así como el pagado por los productores de bienes exentos es reembolsable o se puede solicitar la exención ante la Administración Tributaria.
Recordó que el artículo 350 del Código Tributario de la República Dominicana otorga a los exportadores el derecho a solicitar ante la Administración Tributaria, reembolso o compensación cuando reflejen crédito por impuestos adelantados en bienes y servicios adquiridos para su proceso productivo.
eñaló que los contribuyentes recibirán la devolución o compensación en caso de que hayan realizado algún pago de ITBIS alcanzado con la exención, en vista de que la Administración Tributaria cuenta con un fondo especial de reembolso tributario de reposición permanente  para atender con celeridad y eficacia las solicitudes de los contribuyentes.
“Adicionalmente, la Administración Tributaria prevé un mecanismo expedito aplicando un tratamiento de exención a la adquisición de bienes y servicios para el proceso productivo de los exportadores mediante el cual los suplidores de insumos recurrentes puedan facturar con comprobantes fiscales especiales. De igual forma, se puede requerir la autorización de facturas proformas en caso de que se traten de ventas o servicios no recurrentes”, indicó Hacienda en un documento enviado a ALMOMENTO.NET.
Aclaró que “el párrafo III del artículo 343 del Código Tributario deja exento del ITBIS las materias primas, materiales de empaque e insumos utilizados en diferentes tipos productos, destacándose los de la canasta básica: pollo, arroz, habichuelas, salchicha, salchichones, leche y harina etcétera; así como insecticidas, herbicidas y material educativo, entre otros”.
Sostuvo que el Código Tributario permite un tratamiento similar de exención sobre las materias primas, material de empaque, insumos, maquinarias, equipos y sus repuestos directamente relacionados con la fabricación o producción de medicinas para uso humano y animal, los fertilizantes, agroquímicos y alimentos, que sean adquiridos directamente por los productores de estos bienes.
Aseguró que a los productores de bienes exentos alcanzados por el indicado artículo 343 se les otorgan los mismos mecanismos de reembolso o compensación que a los exportadores y los mismos procedimientos de facturación y de autorización de proveedores recurrentes.
“Este tratamiento fiscal, sin duda desfavorable para el fisco y por ende para las finanzas públicas, es asumido por el Estado con el objetivo de preservar la competitividad de nuestras exportaciones para no portar impuestos; y de no sobrecargar de costos adicionales a los productores locales de bienes estratégicos para el consumo de la población con bajos ingresos”, señaló.
Consideró que son otros factores micro y macroeconómicos los que inciden en la competencia internacional, tras reiterar que los impuestos al valor agregado no afectan la competitividad de nuestras exportaciones en la medida en que proveemos mecanismos de compensación o devolución.

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