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54Grado.com : Hoy es domingo 6 de julio del 2025 . Faltan 178 días para el año 2026. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1689. En La Herradura, Santiago, se produce un combate entre tropas españolas y francesas, cuya ciudad ocupan luego los franceses. 1843. Don Juan José Duarte le regala una casa a su hijo Juan Pablo, "en señal del mucho amor y cariño con que siempre ha mirado". 1878. Finaliza el primer mandato del presidente Cesáreo Guillermo y toma posesión en el cargo, por quinta vez, Ignacio María González, quien desempeñó el cargo hasta el 2 de septiembre de este año. 1885. Monseñor Fernando Arturo de Meriño, es consagrado como Arzobispo de Santo Domingo. 1960. Los dirigentes comunistas Máximo López Molina y Andrés Ramos Peguero son invitados por el dictador Rafael Trujillo a una reunión en el Palacio Nacional para tratar asuntos relacionados con el funcionamiento de la democracia en el país, siendo recibidos por el señor Francisco Prats Ramírez, quien, en nombre del dictador, les expuso los deseos del dictador "de darle paso a una democracia". 1961. El Presidente Joaquín Balaguer reitera que en el país habrá elecciones libres en 1962 y que no presentará su candidatura presidencial. 1962. La República Dominicana y Estados Unidos acuerdan investigar la desaparición del escritor español Jesús de Galíndez que luchó contra la tiranía trujillista. 1965. Vuelven a reunirse representantes del Gobierno Constitucionalista presidido por francisco Caamaño y la Comisión Ad-Hoc de la OEA para analizar la crisis política dominicana. 1966. El presidente Joaquín Balaguer promulga la ley de Austeridad, la que redujo todos los gastos corrientes del gobierno, a fin de incrementar el ahorro centralizado del Estado. 1972. La Junta Monetaria crea el Departamento para el Desarrollo de la Infraestructura Turística (INFRATUR). 1982. Son sepultados en el cementerio municipal de Santiago, los restos del Presidente Antonio Guzmán Fernández, quien se suicida de un disparo a la cabeza en el Palacio Nacional en día anterior. 2005. El Presidente de los Estados Unidos, George W. Bush, deja sin efecto la prohibición de la ayuda militar al país, después de un acuerdo bilateral para evitar que la Corte Internacional de Justicia Criminal juzgue al personal estadounidense presente en territorio dominicano. 2006. Mediante la Resolución, número 28-6, el Consejo de Regidores del Ayuntamiento de Santo Domingo Este, designa con el nombre del comerciante de origen español Pedro J. Lama, al tramo de la carretera Mella que va desde la avenida Sabana larga hasta la Charles Gaulle. 2011. La abogada dominico-boricua Wanda Pérez Maldonado, es nombrada jefa de la Oficina de Integridad Pública del Procurador General del Estado de Nueva York, Eric Schneiderman. 2015. Vence el plazo dado por las autoridades a los extranjeros residentes en situación irregular y no se acogieron al Plan Nacional de Regularización de Extranjeros, para que regresen de manera voluntaria a sus países. 2020. El candidato presidencial del oficialista Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Gonzalo Castillo, reconoce a la medianoche el triunfo de su contrincante, Luis Abinader, nominado por el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y otras organizaciones aliadas. - Entre las novedades de las elecciones presidenciales y legislativas celebradas el día 5 del cursante mes, los tradicionales partidos mayoritarios reciben sus más bajos porcentajes de votación: el PRD, 2.41% y el PRSC, 1.78%. 2021. Fallece a los 72 años de edad, el locutor Willie Rodríguez, director de la emisora Z-101, quien llevaba varias semanas hospitalizado debido al virus de la covid-19. 2022. Es asesinado de varios disparos en su despacho, el ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Orlando Jorge Mera por su amigo de infancia Miguel Cruz. - La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) afirma que República Dominicana presenta una disminución en sus niveles de hambre en los dos últimos años, superando la prevalencia en subalimentación de 6,7% para el 2021, registrando 8,3% en el periodo 2019-2020. - El Ministerio de Salud Pública confirmó el primer caso de viruela del mono en el país, luego de recibirlos análisis realizados a un paciente llegado al país desde Estados Unidos con los síntomas, por lo que fue ingresado en el hospital militar Ramón de Lara. Internacionales: 1539. Fray Bartolomé de Las Casas logra del gobernador de Guatemala, Don Alfonso Maldonado, el compromiso de que los nativos de Tuzulutlán, cuando fueran conquistados, no serían dados en encomienda, sino vasallos de la Corona. 1821. En Perú, el administrador colonial español José de la Serna opta por abandonar la Ciudad de Lima, dirigiéndose al interior del país, dejando una guarnición en los Castillos del Real Felipe del callao al mando de José Ramón Rodil. 1827. El Tratado de Londres, concertado entre Inglaterra, Francia y Rusia, reconoce la independencia de Grecia. 1885. Louis Pasteur logra la primera inoculación para la rabia en seres humanos. 1923. Entra en vigor la primera Constitución de la Unión de República Socialistas Soviéticas (URSS). 1960. El presidente de los Estados Unidos, Dwight D. Eisenhower reduce el cupo de importación de azúcar cubano en un 95 %, como represalia a la nacionalización de propiedades norteamericanas. 1961. Militares peruanos obligan a retirarse de la campaña electoral al líder de APRA, Víctor Raúl Haya de la Torre, aduciendo que no permitirán que éste gane los comicios y asumir la presidencia. 1966. En la ciudad mexicana de San Luis Río Colorado, (estado de Sonora), se registra -a la sombra- la temperatura histórica mundial de 58.6 grados centígrados. 1991. Nelson Mandela es nombrado presidente del Congreso Nacional Africano (CNA) por aclamación, en sustitución de Oliver Tambo. 2005. La Corte de Apelación de Chile quita su fuero al ex dictador Augusto Pinochet, para que sea sometido a juicio por los crímenes de la "Operación Colombo". - En El Salvador, agentes policiales disuelven violentamente una manifestación estudiantil concentrada frente al campus central de la Universidad de El Salvador. 2006. El Instituto Federal Electoral de México, declara ganador de las elecciones presidenciales al candidato del Partido Acción Nacional (PAN), Felipe Calderón, luego de varios días de conteo de los más de 70 millones de votos depositados. 2009. Fallece a la edad de 93 años el ex jefe del Pentágono, Robert McNamara, tenido como el artífice de la escalada militar de Estados Unidos en Vietnam en la década de los años 60. 2010. El embarazoso caso de espionaje que enturbia la nueva era de relaciones entre Rusia y Estados Unidos queda cerrado con una imagen propia de la guerra fría: un canje de 10 agentes secretos rusos, por otros tantos estadounidenses en el ex estado comunista. 2012. El Instituto Federal Electoral (IFE) mexicano ratifica a Enrique Peña Nieto, candidato del Partido Revolucionario Institucional (PRI), como ganador de la elección presidencial. 2013. En Canadá, un accidente ferroviario se produce en la ciudad de Lac-Mégantic, provoca al menos la muerte de 50 personas, cuando un tren cargado de petróleo explota en el centro de esta localidad. 2020. La Fiscalía de Bolivia emite una acusación formal por supuestos delitos de terrorismo contra el expresidente del país Evo Morales,quien se encuentra exiliado en Argentina, a la que pide su detención preventiva. - Más de 200 científicos solicitan a la Organización Mundial de la Salud (OMS) en una carta abierta que reconozca "el potencial de transmisión aérea" de la covid-19 y se adopten medidas preventivas para mitigar esta vía de transmisión del coronavirus. 2022. El gobernador de la provincia ucraniana Donetsk, Pavlo Kyrylenko, insta a la población a abandonar la región, indicando que las tropas avanzarán pronto hacia esta zona del Donbás, tras la intensificación de los bombardeos rusos. - La policía de la localidad estadounidense de Highland Park, informa que Robert Crimo, detenido por el tiroteo mortal del pasado 4 de julio en esa ciudad localizada en la periferia de Chicago, había admitido ser el autor del crimen y haber considerado cometer un segundo ataque en Madison, en el estado aledaño de Wisconsin. 2023. El representante permanente de Rusia ante la ONU, Vasili Nebenzia, asegura que de confirmarse las informaciones que apuntan a que EE.UU. anunciará la entrega a Ucrania de las bombas de racimo, con lo que se dará "otro paso hacia la escalada" del conflicto. 2024. El primer ministro de Haití, Garry Conille, da un ultimátum a las bandas para que depongan las armas, un día después de que el líder rebelde Jimmy Cherisier, alias 'Barbecue', plantear esa posibilidad en procura de entablar un diálogo nacional con miras a recuperar la paz.

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domingo, 17 de octubre de 2021

Finjus plantea consideraciones sobre el proyecto de ley de uso de medios digitales en la justicia

Santo Domingo, RD

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación de Institucionalidad y Justicia (finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán emitió un documento acerca de las consideraciones que debe a tomar en cuenta el pleno de la Suprema Corte de Justicia con relación a su propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial.

Entre los hechos a considerar planteados por Castaños Guzmán se encuentra que en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha “quedado bastante rezagada” en comparación a otros sectores gubernamentales y que eso “se debe” a la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.   

A continuación el documento integro:

Consideraciones sobre propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial

A propósito de la propuesta de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial, preparada por la comisión de agenda legislativa del pleno de la Suprema Corte de Justicia y que ha sido remitida a la Cámara de Diputados en virtud de la facultad de iniciativa de ley en asuntos judiciales que la Constitución dominicana, en el numeral 3 de su artículo 96, le confiere al pleno de la Suprema Corte de Justicia, entendemos oportuno realizar algunas consideraciones.

Ciertamente existe una creciente demanda que apunta a la mejora de la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia; por años la sociedad dominicana le ha señalado aspectos al sector justicia, tales como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros; todo lo cual pone de manifiesto brechas significativas de cara a lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema.

En este contexto es preciso considerar la experiencia en los países de la región, la cual demuestra que el desarrollo y difusión de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la administración pública ha sido una estrategia apropiada en la búsqueda por modernizar el sector público y eficientizar la prestación de los servicios al ciudadano. Sin embargo, en materia de administración de justicia, la digitalización de los procesos y utilización del nicho virtual para su desarrollo ha quedado bastante rezagada en comparación a otros sectores gubernamentales, esto, en parte, encuentra justificación dada la complejidad de la estructura organizativa, la resistencia a la adopción de nuevos procesos, la naturaleza sensible de la información que suelen implicar los casos judiciales y la interacción políticamente compleja entre los diferentes actores que intervienen en los sistemas judiciales.

En nuestro país pueden destacarse diversos ejemplos de éxito en la administración pública respecto a la utilización de medios y canales digitales en aras de eficientizar los servicios y garantizar la accesibilidad de los mismos; a pesar de ello, en materia de administración de justicia, el avance hacia la virtualidad no fue el resultado de cambios paulatinos sino más bien el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial que, a fin de no paralizar totalmente el sistema de justicia durante el cierre de actividades y orden de confinamiento en el país en gran parte del año 2020 por la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, se abocó a incorporar diversas medidas y protocolos para el seguimiento de los asuntos judiciales y aun para el conocimiento de audiencias.

Cabe destacar que esta propuesta normativa orientada a reglamentar la utilización de los medios digitales en el Poder Judicial, responde al mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional mediante la sentencia número TC/0286/21, en la cual determinó la necesidad de que los servicios judiciales virtuales sean regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano, sin anular los procesos que ya han sido celebrados.

Lo expuesto anteriormente garantiza el principio de juridicidad al momento de establecer los servicios digitales como medio para la administración de justicia, ya no específicamente como estrategia ante la crisis, sino con el propósito de dar soluciones y procesos transversales que brinden al Poder Judicial mayor capacidad y eficiencia mediante la transformación digital que permita lograr una adecuada interacción con el ciudadano, la accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos a lo interno.

Desde FINJUS hemos sido consistentes en enfatizar que deben ser progresivas las acciones para ir introduciendo el sistema de justicia dominicano en la nueva era de las tecnologías, priorizando, por ejemplo, con ciertas reservas, la gestión administrativa de manera virtual, especialmente lo relativo a la recepción de documentos/emisión de copias certificadas. Así también, pudiese ponderarse la factibilidad de aligerar la carga administrativa y judicial pasando a la virtualidad audiencias de menor envergadura como son: audiencia para fines de comunicación de documentos, audiencias de conciliación en materia laboral, audiencias de emisión de conclusiones en la Suprema Corte de Justicia, entre otras.

Y es que a pesar de los múltiples beneficios que ciertamente pudiese otorgar la adopción de nuevas tecnologías en el sistema judicial, especialmente en términos de accesibilidad, celeridad y economía, no debe dejarse de lado ni tratarse superficialmente el hecho de que, aspectos que están incluidos en esta propuesta de ley como por ejemplo la realización de audiencias virtuales en cualquier etapa procesal y en cualquier materia, pudiesen entrar en conflicto con principios y garantías constitucionalmente protegidos. Un ejemplo revelador lo constituyen las audiencias penales donde pueden verse diluidas en el entorno virtual principios como la oralidad, la contradicción, la publicidad y la inmediación.

A la revisión de aspectos sustanciales como lo referido, se le suma la necesidad de que, en el proceso de conocer esta propuesta de ley, sean ponderadas experiencias en otras latitudes a los fines de prever posibles escenarios que pudiesen tornar un servicio judicial digital en ineficiente, costoso y/o con nichos digitales mal diseñados.

Sobre ello conviene revisar enfoques críticos sobre el desarrollo digital de la justicia en otros países, así como las buenas prácticas que se sugieren. En ese sentido, debe tomarse en cuenta que:

“(…) La implementación de un enfoque de justicia digital en un país implica tres aspectos principales. En primer lugar, transformar y rediseñar los servicios de justicia en torno a las necesidades de los usuarios. Esto supone que los servicios se basen en las necesidades de todos los usuarios, tanto internos (funcionarios, jueces) como externos (abogados, partes procesales).  En segundo lugar, repensar la forma en que trabajan las autoridades judiciales, incorporando nuevas tecnologías. Esto supone hacer una transición completa de los procesos en papel a los digitalizados, lo que a su vez implica establecer métodos de trabajo horizontales y flexibles y reclutar nuevo personal profesional, como analistas de datos e informáticos y diseñadores. Por último, mejorar la recopilación de datos y la gestión de la información digital, incluida la incorporación de sistemas de datos que permiten facilitar el trabajo entre plataformas interoperables de distintas entidades. En el sector de la justicia, esto se refiere a sistemas que posibiliten el intercambio de información entre diversos actores, como agentes de policía, fiscales, tribunales y prisiones. Además, la interoperabilidad de estos sistemas puede permitir la recopilación y análisis de información más precisa en el contexto de la formulación y reforma de políticas. ”

En ese sentido, resulta necesario profundizar en la propuesta de ley de que se trata en cuanto a los estándares, modelos, lineamientos y normas técnicas para la incorporación de las TICs, a fin de que contribuyan a la mejora de los trámites y servicios del Poder Judicial, los cuales ofrecerá a los ciudadanos.

De igual manera, estos estándares y protocolos que deberán cumplir los operadores del sistema de justica deberán ser incorporados en los procedimientos administrativos de forma gradual, dentro de ellos los relativos a sede electrónica, la solicitud y recepción de documentos y el registro para el uso de medios electrónicos. Lo anterior, permitirá para garantizar el máximo aprovechamiento de las TICs en el desarrollo de nuestro sistema de justicia con el fin de lograr una prestación de servicios eficiente de cara a los ciudadanos.

De acuerdo a este mismo precepto debe puntualizarse que los proyectos estratégicos de transformación digital, incluyendo esta propuesta de ley, que sin dudas marcará el camino hacia la transformación digital del sistema de justicia, deberán orientarse entre otros, por los principios de interoperabilidad administrativa en cuanto a las interacciones entre el ciudadano y el gobierno digital del Poder Judicial.

Lograr una reforma eficiente en el sistema de justicia mediante la adopción de los medios digitales y otras tecnologías conlleva importantes retos que deben ser valorados incluso en esta primera etapa de este proceso que lo constituye el diseño normativo. Con relación a ello, hacemos énfasis en la necesidad de ponderar límites con relación a materia o etapas procesales determinadas para la admisibilidad de las audiencias virtuales; así también entendemos necesario que desde la ley sean indicados criterios lo suficientemente claros que orienten las diversas reglamentaciones que pudiesen producirse a fin de dotar al usuario de previsibilidad y certeza respecto de los procesos judiciales.

De igual manera otro aspecto a valorar normativamente son los controles a establecer, tanto a nivel interno con supervisión e inspección de la interacción del nicho digital y el recurso humano del Poder Judicial, y a nivel externo en relación a la experiencia de los usuarios y previsiones en materia de ciberseguridad. 

Resulta de interés apuntar que la tecnología no es una mera herramienta, sino que tiene propiedades reguladoras y configurativas particulares que pueden afectar a los sistemas judiciales de diversas maneras. Las reformas en materia de justicia electrónica no tienen lugar en un vacío institucional y tecnológico. A la hora de planificar, diseñar e implementar reformas en materia de justicia electrónica debe tenerse en cuenta el ecosistema tecnológico institucional y de gobierno electrónico específico de cada país. El marco nacional de gobierno electrónico proporciona estándares tecnológicos, arquitectura y funcionalidades comunes que pueden aprovecharse para reducir la complejidad del desarrollo de la justicia electrónica y aumentar la compatibilidad e interoperabilidad con otros sistemas.

La introducción de soluciones digitales en las administraciones de justicia debe entenderse como una reforma sistémica e integral que no solo concierne al uso de las tecnologías. Debe recordarse que se trata de una transformación que representa reformas de diversos tipos, legales, organizativas y culturales, desde el desafío que representa la interoperabilidad en razón de que los diversos tribunales se manejan con amplia independencia uno de otro en cuanto a la gestión del servicio judicial y en su relación con otros órganos del sistema de justicia, hasta un eventual requerimiento de estandarización y simplificación de los procesos en diversas instancias a fin de digitalizarlos.

A fin de apostar a una transformación efectiva, sugerimos la socialización de esta pieza legislativa enfocando la clarificación de los aspectos que puedan generar una preocupación válida en los actores judiciales y usuarios del sistema, así como conocer los aspectos de mejora que pudiesen nutrir la propuesta de ley y la implementación del servicio.

Desde FINJUS entendemos que resultan importantes y loables los trabajos encaminados a la adaptación de las nuevas tecnologías en el servicio judicial, lo cual representará un hito de cara a la transformación del sistema de justicia; valoramos la iniciativa del Consejo del Poder Judicial en incursionar en el desarrollo digital del servicio judicial, aun en momentos de crisis, y con logros destacables en poco más de un año de implementación y, de igual manera, alentar la iniciativa de ley del pleno de la Suprema Corte de Justicia que viene a dotar de respaldo normativo al esfuerzo que se ha venido realizando.

Después de todo, y más allá de los considerables retos que se plantean y se presentarán, es necesario entender que una sociedad globalizada como la de hoy, que día a día nos conduce a un ritmo vertiginoso en materia de desarrollo tecnológico, hace necesario la adopción definitiva de las tecnologías como paradigma de la modernización en los sistemas judiciales en todo el mundo.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

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