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Efemérides

54Grado.com : Hoy es domingo 6 de julio del 2025 . Faltan 178 días para el año 2026. Temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1689. En La Herradura, Santiago, se produce un combate entre tropas españolas y francesas, cuya ciudad ocupan luego los franceses. 1843. Don Juan José Duarte le regala una casa a su hijo Juan Pablo, "en señal del mucho amor y cariño con que siempre ha mirado". 1878. Finaliza el primer mandato del presidente Cesáreo Guillermo y toma posesión en el cargo, por quinta vez, Ignacio María González, quien desempeñó el cargo hasta el 2 de septiembre de este año. 1885. Monseñor Fernando Arturo de Meriño, es consagrado como Arzobispo de Santo Domingo. 1960. Los dirigentes comunistas Máximo López Molina y Andrés Ramos Peguero son invitados por el dictador Rafael Trujillo a una reunión en el Palacio Nacional para tratar asuntos relacionados con el funcionamiento de la democracia en el país, siendo recibidos por el señor Francisco Prats Ramírez, quien, en nombre del dictador, les expuso los deseos del dictador "de darle paso a una democracia". 1961. El Presidente Joaquín Balaguer reitera que en el país habrá elecciones libres en 1962 y que no presentará su candidatura presidencial. 1962. La República Dominicana y Estados Unidos acuerdan investigar la desaparición del escritor español Jesús de Galíndez que luchó contra la tiranía trujillista. 1965. Vuelven a reunirse representantes del Gobierno Constitucionalista presidido por francisco Caamaño y la Comisión Ad-Hoc de la OEA para analizar la crisis política dominicana. 1966. El presidente Joaquín Balaguer promulga la ley de Austeridad, la que redujo todos los gastos corrientes del gobierno, a fin de incrementar el ahorro centralizado del Estado. 1972. La Junta Monetaria crea el Departamento para el Desarrollo de la Infraestructura Turística (INFRATUR). 1982. Son sepultados en el cementerio municipal de Santiago, los restos del Presidente Antonio Guzmán Fernández, quien se suicida de un disparo a la cabeza en el Palacio Nacional en día anterior. 2005. El Presidente de los Estados Unidos, George W. Bush, deja sin efecto la prohibición de la ayuda militar al país, después de un acuerdo bilateral para evitar que la Corte Internacional de Justicia Criminal juzgue al personal estadounidense presente en territorio dominicano. 2006. Mediante la Resolución, número 28-6, el Consejo de Regidores del Ayuntamiento de Santo Domingo Este, designa con el nombre del comerciante de origen español Pedro J. Lama, al tramo de la carretera Mella que va desde la avenida Sabana larga hasta la Charles Gaulle. 2011. La abogada dominico-boricua Wanda Pérez Maldonado, es nombrada jefa de la Oficina de Integridad Pública del Procurador General del Estado de Nueva York, Eric Schneiderman. 2015. Vence el plazo dado por las autoridades a los extranjeros residentes en situación irregular y no se acogieron al Plan Nacional de Regularización de Extranjeros, para que regresen de manera voluntaria a sus países. 2020. El candidato presidencial del oficialista Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Gonzalo Castillo, reconoce a la medianoche el triunfo de su contrincante, Luis Abinader, nominado por el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y otras organizaciones aliadas. - Entre las novedades de las elecciones presidenciales y legislativas celebradas el día 5 del cursante mes, los tradicionales partidos mayoritarios reciben sus más bajos porcentajes de votación: el PRD, 2.41% y el PRSC, 1.78%. 2021. Fallece a los 72 años de edad, el locutor Willie Rodríguez, director de la emisora Z-101, quien llevaba varias semanas hospitalizado debido al virus de la covid-19. 2022. Es asesinado de varios disparos en su despacho, el ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Orlando Jorge Mera por su amigo de infancia Miguel Cruz. - La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) afirma que República Dominicana presenta una disminución en sus niveles de hambre en los dos últimos años, superando la prevalencia en subalimentación de 6,7% para el 2021, registrando 8,3% en el periodo 2019-2020. - El Ministerio de Salud Pública confirmó el primer caso de viruela del mono en el país, luego de recibirlos análisis realizados a un paciente llegado al país desde Estados Unidos con los síntomas, por lo que fue ingresado en el hospital militar Ramón de Lara. Internacionales: 1539. Fray Bartolomé de Las Casas logra del gobernador de Guatemala, Don Alfonso Maldonado, el compromiso de que los nativos de Tuzulutlán, cuando fueran conquistados, no serían dados en encomienda, sino vasallos de la Corona. 1821. En Perú, el administrador colonial español José de la Serna opta por abandonar la Ciudad de Lima, dirigiéndose al interior del país, dejando una guarnición en los Castillos del Real Felipe del callao al mando de José Ramón Rodil. 1827. El Tratado de Londres, concertado entre Inglaterra, Francia y Rusia, reconoce la independencia de Grecia. 1885. Louis Pasteur logra la primera inoculación para la rabia en seres humanos. 1923. Entra en vigor la primera Constitución de la Unión de República Socialistas Soviéticas (URSS). 1960. El presidente de los Estados Unidos, Dwight D. Eisenhower reduce el cupo de importación de azúcar cubano en un 95 %, como represalia a la nacionalización de propiedades norteamericanas. 1961. Militares peruanos obligan a retirarse de la campaña electoral al líder de APRA, Víctor Raúl Haya de la Torre, aduciendo que no permitirán que éste gane los comicios y asumir la presidencia. 1966. En la ciudad mexicana de San Luis Río Colorado, (estado de Sonora), se registra -a la sombra- la temperatura histórica mundial de 58.6 grados centígrados. 1991. Nelson Mandela es nombrado presidente del Congreso Nacional Africano (CNA) por aclamación, en sustitución de Oliver Tambo. 2005. La Corte de Apelación de Chile quita su fuero al ex dictador Augusto Pinochet, para que sea sometido a juicio por los crímenes de la "Operación Colombo". - En El Salvador, agentes policiales disuelven violentamente una manifestación estudiantil concentrada frente al campus central de la Universidad de El Salvador. 2006. El Instituto Federal Electoral de México, declara ganador de las elecciones presidenciales al candidato del Partido Acción Nacional (PAN), Felipe Calderón, luego de varios días de conteo de los más de 70 millones de votos depositados. 2009. Fallece a la edad de 93 años el ex jefe del Pentágono, Robert McNamara, tenido como el artífice de la escalada militar de Estados Unidos en Vietnam en la década de los años 60. 2010. El embarazoso caso de espionaje que enturbia la nueva era de relaciones entre Rusia y Estados Unidos queda cerrado con una imagen propia de la guerra fría: un canje de 10 agentes secretos rusos, por otros tantos estadounidenses en el ex estado comunista. 2012. El Instituto Federal Electoral (IFE) mexicano ratifica a Enrique Peña Nieto, candidato del Partido Revolucionario Institucional (PRI), como ganador de la elección presidencial. 2013. En Canadá, un accidente ferroviario se produce en la ciudad de Lac-Mégantic, provoca al menos la muerte de 50 personas, cuando un tren cargado de petróleo explota en el centro de esta localidad. 2020. La Fiscalía de Bolivia emite una acusación formal por supuestos delitos de terrorismo contra el expresidente del país Evo Morales,quien se encuentra exiliado en Argentina, a la que pide su detención preventiva. - Más de 200 científicos solicitan a la Organización Mundial de la Salud (OMS) en una carta abierta que reconozca "el potencial de transmisión aérea" de la covid-19 y se adopten medidas preventivas para mitigar esta vía de transmisión del coronavirus. 2022. El gobernador de la provincia ucraniana Donetsk, Pavlo Kyrylenko, insta a la población a abandonar la región, indicando que las tropas avanzarán pronto hacia esta zona del Donbás, tras la intensificación de los bombardeos rusos. - La policía de la localidad estadounidense de Highland Park, informa que Robert Crimo, detenido por el tiroteo mortal del pasado 4 de julio en esa ciudad localizada en la periferia de Chicago, había admitido ser el autor del crimen y haber considerado cometer un segundo ataque en Madison, en el estado aledaño de Wisconsin. 2023. El representante permanente de Rusia ante la ONU, Vasili Nebenzia, asegura que de confirmarse las informaciones que apuntan a que EE.UU. anunciará la entrega a Ucrania de las bombas de racimo, con lo que se dará "otro paso hacia la escalada" del conflicto. 2024. El primer ministro de Haití, Garry Conille, da un ultimátum a las bandas para que depongan las armas, un día después de que el líder rebelde Jimmy Cherisier, alias 'Barbecue', plantear esa posibilidad en procura de entablar un diálogo nacional con miras a recuperar la paz.

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martes, 27 de octubre de 2020

El Presidente de la Cámara de Cuentas no puede ser interpelado

JULIO CURY
Santo Domingo, RD

 Nuestro sistema presiden­cial se basa en una suerte de simbiosis entre el Congreso Nacional y el Poder Ejecuti­vo que, a modo de ejemplo, se manifiesta en las cuen­tas que debe rendir el presi­dente de la República los 27 de febrero de cada año por mandato de los arts.

93.2 li­teral d) y 128.2 literal f) de la Constitución. La interpela­ción es una de las dos técni­cas de control a través de la cual las cámaras legislativas fiscalizan las políticas públi­cas del gobierno y sus institu­ciones autónomas y descen­tralizadas.

Del literal f) del art. 93.2 constitucional y del vínculo de fiducia o estrecha colabora­ción entre ambos poderes es­tatales, se infiere que los fun­cionarios de la rama ejecutiva son los que pueden ser inter­pelados. No obstante, el art. 95 induce a cierta confusión, ya que al listar quienes pueden ser alcanzados por esta herra­mienta incluye “… a los direc­tores o administradores de los organismos autónomos y des­centralizados del Estado…”. Una lectura precipitada y nada analítica llevaría a creer enton­ces que todos los funcionarios públicos son pasibles de inter­pelarse, pero por más de una razón no es así.

Aunque se piense lo con­trario, el indicado precepto no ofrece dudas interpretativas. Para empezar, se refiere a “di­rectores o administradores”, título que no ostenta ningún miembro de los órganos extra­poder creados directamente por el texto supremo, mas co­mo el método textual no es el más aconsejable para concre­tar el significado de las normas constitucionales, abandonaré todo esfuerzo argumentativo inspirado en la literalidad de dicha disposición y abordaré otros de mayor peso que per­miten llegar a la misma con­clusión.

Como es sabido, los órga­nos extrapoder, entre los cua­les figuran el Tribunal Constitu­cional, la Cámara de Cuentas, el Ministerio Público, el Defensor del Pueblo y el Tribunal Supe­rior Electoral, escapan a toda lí­nea jerárquica, o lo que es igual, no están orgánicamente supe­ditados a ninguno de los tres po­deres clásicos. Su previsión en la Carta Fundamental obedece al interés de dotarlos de garantías de actuación e independencia para que puedan desempeñar sin conrtapisas sus funciones esenciales en beneficio del Esta­do y la sociedad.

Así las cosas, su esfera com­petencial está libre de controles e injerencias, por lo que sus inte­grantes no pueden ser siquiera objeto de las dos únicas conse­cuencias que el párrafo del art. 95 constitucional apareja en perjuicio de los funcionarios in­terpelados: voto de censura y petición de destitución a sus su­periores. En efecto, la separa­ción anticipada de sus cargos apenas es posible a través de la celebración de un juicio políti­co derivado de la comprobable comisión de faltas graves, por lo que el presidente de la Cáma­ra de Cuentas, como sugirió re­cientemente cierto senador, no puede ser interpelado.

El contenido esencial de la autonomía reforzada de que goza el órgano extrapode que encabeza, rechaza de plano que otras autoridades pue­dan fiscalizar sus competen­cias fundamentales, accesorias e instrumentales, y muy parti­cularmente su desempeño insti­tucional, que es lo que se procu­ra con la interpelación. Suponer lo contrario, esto es, que están sometidos a la vigilancia del Congreso Nacional, equivaldría a minar la autonomía funcional de la que están revestidos como órganos troncales del Estado y, más aún, que sus titulares pue­den ser censurados o destutidos por recomendación hecha al “Presidente de la República o al superior jerárquico correspon­diente”, como dispone el párra­fo del art. 95, lo cual, insisto, es absolutamente imposible.

Pero eso no es todo; los orga­nismos autónomos del Estado que caen bajo la órbita del refe­rido precepto son que se seña­lan en el art. 141 del propio tex­to supremo, tal como precisó el Tribunal Constitucional en su Sentencia TC/0305/14, reafir­mada en la TC/0001/15: “… la autonomía de la que han sido revestidos los órganos extrapo­der en la Constitución de 2010 es cualitativamente superior a la autonomía meramente admi­nistrativa que la Constitución re­conoce a los organismos autó­nomos y descentralizados de la Administración Pública, los cua­les podrán ser creados por ley y estarán adscritos al sector de la administración compatible con su actividad, bajo la vigilancia de la ministra o ministro titular del sector”.

Nada distinto prevén los arts. 50 y siguientes de la Ley núm. 247-12, que al desarrollar di­chos organismos aclaran que la ley que los cree –no la Constutu­ción- deberá adscribirlo “al mi­nisterio que sea rector del sector de políticas públicas afines a su misión y competencia”, el cual lo controlará “con el propósito de garantizar la coherencia po­lítica de la acción del gobierno”. Son justamente esos y no otros los organismos aludidos por el constituyente en el repetido art. 95, y en vista de que los mismos dependen de la rama ejecutiva, sus titulares pueden ser interpe­lados, pero no así los de los ór­ganos extrapoder, cuyo grado de autogobierno y autonomía constitucional –no legal- los si­túa fuera del perímetro de eva­luación y control de los hemici­clos de La Feria.

Agustín Ruiz Robledo, en su Compendio de Derecho Cons­titucional español, sostiene que la función de fiscalización del parlamento, llamadas allá Cor­tes Generales en tributo a una tradición de la Edad Media, se ejerce exclusivamente sobre los funcionarios del gobierno, cri­terio que secunda el formidable tratadista argentino Néstor Pe­dro Sagués: “Las interpelacio­nes, típicas de los sistemas parla­mentaristas, significan también un requerimiento de informes a los miembros del Gabinete, pero tienen como objeto even­tual, después de oído los minis­tros, formular votos de confian­za o de censura que importan, en uno y otro caso, la continui­dad o la conclusión de los minis­tros”.

Exactamente lo mismo con­sidera Germán Bidart Campos, en tanto que Jorge Rodríguez-Zapata, haciendo referencia a la Sentencia núm. 225/1992 del Tribunal Constitucional es­pañol, expresa que “las interpe­laciones versan sobre los moti­vos o propósitos de la conducta del Poder Ejecutivo”. Efectiva­mente, la decisión de referen­cia apuntó que el derecho a interpelar está circunscrito al “ejecutivo en cuestiones de po­lítica general, bien del Gobier­no, bien de algún Departamen­to Ministerial”. Recapitulando: ni el Presidente de la Cámara de Cuentas ni ninguno de sus miembros, como tampoco los de los demás órganos extrapo­der, pueden ser interpelados, instrumento de control de des­empeño funcional de aplicabi­lidad restringida a los funciona­rios del ramo ejecutivo.

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