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Efemérides

54Grado.com : Hoy es martes 16 de diciembre del 2025 temperatura: la máxima estará entre 31 °C y 33 °C y la mínima entre 22 °C y 24 °C :.... Efemérides Nacionales: 1500. Los reyes de España ofrecen a Colón un desagravio por las ofensas recibidas del gobernador Francisco de Bobadilla. 1846. Un decreto del presidente Pedro Santana declara libres de gravamen de importación desde el primero de enero de 1847 hasta el 28 de febrero del mismo año el arroz, harina de trigo, bacalao, carne de cerdo y res, frijoles y maíz. 1911. El ex Presidente Horacio Vásquez inicia un movimiento armado en Puerto Plata, para impedir que el senador Eladio Victoria asuma el poder, tras ser proclamado presidente por el Senado, para llenar el vacío dejado por el asesinato del Presidente Ramón Cáceres. 1918. El comandante de las tropas de ocupación norteamericana mayor C. F. William, ordena realizar el examen físico al dominicano Rafael Trujillo, para su ingreso a la recién creada Guardia Nacional. 1933. Entra en la margen de la ría Ozama, a las 2:30 de la tarde, la primera unidad naval de guerra de la Marina de Guerra, bautizada con el nombre de "Presidente Trujillo". 1937. El Congreso Nacional otorga un voto de confianza al presidente Rafael Trujillo, "por su ejemplar actuación en el caso fronterizo", que causó la muerte de miles de haitianos. 1954. Son fusilados los 14 participantes en el asalto a la sucursal de Santiago del banco The Royal Banc of Canada, en el sector Los Platanitos, donde se le aplicó la ley de fuga. El general Ludovino Fernández que acusado de la acción. 1957. Es creada la provincia Pedernales, cuyo territorio fue segregado a la provincia Barahona. 1962. El Sacerdote Jesuita Láutico García acepta debatir con el candidato presidencial del PRD, Juan Bosch, su acusación de este era marxista-leninista hecha en un artículo titulado "Gobierno y Agitación". 1996. Muere en Santo Domingo, el abogado y el miembro de la Academia Dominicana de la Historia, Manuel de Js. Goico Castro. 1997. El Senado convierte en ley 271-97, mediante la cual se actualizan las funciones de la Junta Central Electoral, la previamente había sido aprobada el días nueve por la Cámara de Diputados. 2002. Fallece a la edad de 72 años en su ciudad natal de Bonao, la luchadora antitrujillista y defensora dela conservación del medio ambiente, Aniana Ondina Vargas Jáquez. 2005. El embajador de Estados Unidos en el país, Hans Hertell, visita el recinto de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), donde entrega una donación de US$19,000 al rector Roberto Reyna, para programas de lucha contra el Sida. 2007. Decenas de personas mueren ahogadas como consecuencia del vaciado de la presa de Tavera, con el paso por el territorio nacional de la tormenta Olga. 2018. El pastor evangélico Ezequiel Molina Rosario asegura que en el país "y en todo el mundo", los grandes empresarios y políticos consumen drogas, por lo que están equivocados quienes piensan que el uso de sustancias narcóticas sólo lo hacen los de abajo. 2020. La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) coloca el país entre las cuatro naciones de la región (Paraguay, Nicaragua y Panamá), cuyo nivel de endeudamiento con acreedores externos supera el 70% de su Producto Interno Bruto (PBI). Internacionales: 1485. Nace Catalina de Aragón, reina de Inglaterra, hija de los reyes católicos. 1631. Hace erupción el volcán Vesubio al sur de Italia, provocando la destrucción de cinco ciudades y la muerte de más de 3.000 personas. 1770. Nace Ludwig van Beethoven, compositor y pianista del clasicismo alemán. 1773. Se produce en Boston, el llamado Motín del Té, protesta de colonos americanos contra Gran Bretaña. 1901. Nace Margaret Mead, antropóloga estadounidense, célebre por sus estudios de las sociedades no industriales y su contribución a la antropología social. 1902. Nace el poeta español Rafael Alberti. 1939. Nace la actriz sueca Liv Ullman. 1944. Adolfo Hitler desencadena la ofensiva de las Ardenas, el último intento del régimen nazi por cambiar el curso de la guerra. 1946. La ONU admite como miembro de la organización la República de Tailandia. 1950. El presidente de los EE.UU. Harry Truman declara el estado de emergencia nacional a raíz de la guerra en Corea. 1963. La ONU acepta como su nueva miembro, la República de Kenya. 1966. La Asamblea General de la ONU adopta los pactos internacionales de Derechos Civiles y Políticos, Económicos, Sociales y Culturales, como refuerzo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. 1986. El presidente estadounidense, Ronald Reagan, solicita al Congreso otorgar inmunidad a los principales responsables del Irangate, teniente coronel Oliver North y el ex consejero de Seguridad Nacional John Poindexter, en un intento de evitar el lento goteo, de revelaciones que amenazan con desintegrar su presidencia y persuadirles a testificar. - Sicarios al servicio del narcotraficante colombiano Pablo Escobar acribillan frente a las instalaciones del periódico El Espectador, a su director Guillermo Cano, quien al momento de su muerte escribía sobre ascenso del capo colombiano. 1990. En Haití, el candidato del Frente Nacional para el Cambio y la Democracia y cabeza del movimiento Lavalás, el ex sacerdote Jean Bertrand Aristide, obtiene el triunfo con el 67% de los votos sobre Marc Bazin, candidato respaldado por Estados Unidos. 1999. Venezuela es escenario por segundo días de las intensas lluvias que dejan más de 30,000 muertos, en lo que se llamó la Tragedia de Vargas. 2002.En Lusaka (Zambia) se firma el Acuerdo de Lusaka, que establece las bases del proceso de paz que finalizarían la Segunda Guerra del Congo. 2013. En Venezuela, el oficialismo chavista se impone en 20 de los 23 estados y el opositor Henrique Capriles gana en Miranda, en las elecciones generales. 2014. Un grupo talibán abre fuego contra una escuela en Peshawar (Pakistán), causando al menos 151 muertos y 131 heridos, en su mayoría niños. 2015. El ministro de Hacienda de Brasil, Joaquim Levy, deja el cargo y el país sudamericano pierde su "grado de inversión" por parte de la agencia calificadora Fitch. 2017. El Congreso peruano aprueba debatir el pedido de destitución del presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, por "incapacidad moral permanente", al presuntamente ocultar pagos de la constructora brasileña Odebrecht, a una de su empresa Westield Capital, cuando era ministro de Economía. - El juez federal conservador de Texas Reed O´Connor, declara "inválida" la Ley de Cuidado de Salud Asequible, promulgada por el presidente Barack Obama, en un fallo emitido la víspera de que venza el plazo para contratar pólizas para el año entrante. 2020. El presidente iraní, Hasan Rohaní, expresa su alegría de que su par estadounidense, Donald Trump, deje su cargo, tras calificarle de "terrorista" y "desprovisto de principios humanos". 2021. Con la liberación de los 12 misioneros que continuaban secuestrados en Haití, se pone fin a una larga agonía iniciada a mediados del mes de octubre, cuando un comando del grupo armado "400.Mawozo" capturó a 17 religiosos que regresaban de una misión. 2022. El Instituto Nacional Penitenciario (INPE) de Perú anuncia el traslado del expresidente peruano Pedro Castillo Terrones a una cárcel en Lima, tras el Poder Judicial dictaminar 18 meses de prisión preventiva en su contra. 2024. Más de 1,300 menores separados a la fuerza de sus padres en la frontera de México y EEUU siguen sin reunirse con ellos seis años después, lo que representa casi una tercera parte de los que en ese momento sufrieron una de las medidas más radicales de la política migratoria del entonces presidente Donald Trump, según un informe conjunto de Human Rights Watch, la ONG Texas Civil Rights Project y un centro de derechos humanos de la Universidad de Yale.

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lunes, 12 de diciembre de 2022

La agravante del artículo 309.3 a) del Código Penal

Julio Cury
Santo Domingo, RD.

En nuestro país reina cierta anarquía en la aplicación de la ley penal. Muy a menudo, la actividad interpretativa que tanto en abstracto como en concreto debe precederle, adolece de un riguroso análisis de su contenido normativo y, peor todavía, del sentido atribuido. Es lo que ocurre con el literal a) del art.

309.3 del Código Penal, una disposición de tipo condicional que prevé el siguiente supuesto como agravante de la violencia intrafamiliar:

 “a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual”.

 Entre las operaciones típicas de interpretación, se destaca el análisis textual que, según Riccardo Guastini, consiste en “[i]dentificar la función gramatical de los vocablos empleados en la formulación de un enunciado normativo… la función lógica de los vocablos empleados… y la estructura sintáctica”. Como la disposición citada no presenta problemas en cuanto a las dos primeras operaciones, me circunscribiré a revisarla sintácticamente, no sin antes aclarar que se trata de una oración compuesta coordinada.

Más claramente, su contenido está formado por tres cláusulas o proposiciones que se encuentran al mismo nivel sintáctico, sin que ninguna de ellas forme parte del sujeto o del predicado de la otra. Por consiguiente, el significado de la primera proposición –penetrar en la casa del sujeto pasivo del delito- debe necesariamente sumarse al de las demás, toda vez que el nexo “y” que le sigue establece una relación copulativa con estas últimas.

 Siendo así, la agravante exige la concurrencia de los presupuestos de esas proposiciones: ejercer dentro de la casa de la víctima uno o más de los actos constitutivos de la violencia doméstica del art. 309.2, y disponer su desalojo. Empero, al ubicarse la conjunción “y” inmediatamente después del primer enunciado, no pocos juzgadores retienen dicha circunstancia a partir de la mera comisión del acto de agresión, conclusión que se divorcia del sentido objetivo y subjetivo del señalado art. 309.3 a).

 En primer lugar, conviene recordar que los defectos legislativos –y no creo que el art. 309.3 a) acuse ninguno de tipo semántico ni sintáctico- deben sancionarse con la interpretación más restrictiva de lo prohibido, tal como establece el art. 25 del Código Procesal Penal. Para comprender esto mejor, le cederé la palabra al maestro Raúl Zaffaroni:

 “El derecho penal, dada la excepcionalidad de los tipos penales, no solo debe prohibir la analogía, sino incluso imponer como regla general la interpretación más restrictiva de la ley penal prohibitiva, salvo en los casos en que de esta resulte una solución manifiestamente irracional”.

 Más claramente, si la colocación de la “y” después de la primera oración del referido texto normativo fue un desliz sintáctico del legislador, el remedio que aconseja el principio de preferente interpretación restrictiva es ubicarlo antes del verbo disponer, de suerte que la circunstancia agravante adquiera sus netos perfiles con la concurrencia de los tres –no de dos- de sus antecedentes. Sin embargo, estoy convencido de que es innecesario reubicar la conjunción copulativa, porque el primer enunciado de la disposición en comento no está enlazado a los dos restantes mediante un nexo coordinante disyuntivo.

 En efecto, de haber estado así concebida la formulación legal, la agravante consistiese en penetrar en la casa y, disyuntivamente, embestir a la víctima u ordenar su desalojo, porque este tipo de conjunciones (“o” y “u”) aportan un significado de alternancia. No obstante, la “y” que sigue a la primera oración del art. 303.9 a), es una conjunción coordinante copulativa que une las partes del sintagma, por lo que a la penetración en la morada de la víctima –primer enunciado al que le precede la “y”- deben indefectiblemente sumársele no uno, sino los dos elementos que mantienen con ella un enlace y sentido positivo: agredir al sujeto pasivo + disponer su desalojo.

 Por otro lado, conviene no olvidar que la habitualidad o recurrencia que entraña el patrón de conducta que integra la violencia intrafamiliar del art. 309.2, comprende por muy obvias razones la posibilidad de que la agresión tenga lugar en el hogar. De ahí que independientemente del análisis textual que aquí he hecho, sea necesaria una interpretación correctora, pues las variables en una pareja van desde la de haber procreado hijos, vivir bajo el mismo techo y confrontar desavenencias, hasta la de no tener prole, vivir separados y mantener buenas relaciones.

 Siendo elevadísima la probabilidad de que los hechos reprochados por el art. 309.2 sucedan en el lugar donde la víctima reside, es absurdo creer que su ocurrencia en el cine, en un restaurante o en cualquier otro lugar público conlleve penas sensiblemente inferiores. Tampoco olvidemos que el patrón de conducta del ilícito penal en cuestión no se define con un episodio aislado o con varios distanciados en el tiempo, sino que implica una secuencia recurrente de violencia, de lo que resulta comprensible que la casa de la víctima sea el escenario lógico de los hechos.

Es alrededor del desalojo que se vertebra la circunstancia agravante, en razón de que desmejora el ambiente de pánico que doctrinal y jurisprudencialmente se ha asociado de forma indisoluble al concepto de habitualidad o patrón conductual. En fin, la atipicidad que acontece cuando un suceso no se adecúa a la descripción típica de la ley, es constatable en ausencia de ese elemento que tiene que concurrir. No hay área de penumbra ni referencia dudosa en el literal a) del art. 309.3 que justifique –y duele admitirlo- la fláccida hermenéutica que viene haciéndose en torno al mismo, lo que al tiempo de renegar de la buena técnica interpretativa, esparce las comprensibles aprensiones de muchos en la administración de justicia.

 

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